Bienestar Universitario

FONDO PATRIMONIAL SENA             

Según la reforma tributaria, Ley 223 de 1995, artículo 181, Las Universidades privadas aprobadas por el ICFES que sean entidades sin ánimo de lucro, no están obligadas a efectuar aportes al SENA. Con los recursos liberados deberá constituirse un Fondo Patrimonial, cuyos rendimientos se destinen exclusivamente a financiar las matrículas de estudiantes de bajos ingresos, cuyos padres demuestren que no tienen ingresos superiores a 4 salarios mínimos mensuales legales vigentes y a proyectos de Educación, Ciencia y Tecnología.

 


Con fundamento en lo anterior, la Universidad Libre creó el Fondo Patrimonial SENA, cuyos rendimientos se destinan exclusivamente al financiamiento de la matrícula de estudiantes de bajos ingresos económicos y a proyectos de Educación, Ciencia y Tecnología.
 
REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO

Para ser beneficiario del Fondo Patrimonial SENA se requiere llenar los siguientes requisitos:

a.Para los estudiantes:

Solicitud al Consejo Directivo la cual deberá ser presentada antes de los plazos establecidos para la renovación de la matrícula

Demostrar que depende económicamente de los padres y que estos no tienen ingresos superiores a cuatro salarios mínimos legales mensuales, o que es independiente y se encuentra en las mismas condiciones económicas

No tener créditos pendientes con la Universidad


b.Proyectos institucionales de Educación, Ciencia y Tecnología

Para los proyectos institucionales orientados a la Educación, Ciencia y Tecnología se requiere la recomendación previa de la Comisión Académica del Consejo Directivo a instancia del Centro de Investigaciones

 

 

 

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