El Comité se constituye como una medida preventiva de acoso laboral, el cual se fundamenta en la Ley 1010 de 2006, la Ley 2646 de 2008, la Resolución 0652 de 2012 y la Resolución 1356 de 2012 y se reúne ordinariamente cada tres (3) meses, sesionando con la mitad más uno.
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