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La importancia de los derechos de autor en la investigación

A partir de la labor investigativa se generan nuevos conocimientos y surgen interrogantes para los investigadores. Algunas preguntas están vinculadas a la importancia de los derechos de autor y su protección.
 
Por lo anterior, a continuación se pretende aclarar dudas y dar a conocer los principales aspectos relacionados con este tipo de derechos.

DERECHOS DE AUTOR

Es la protección que el Estado otorga a los creadores de obras artísticas, científicas y literarias. Surge a partir de la creación de la obra. Dentro de las obras protegidas por el derecho de autor, se encuentra el software, el cual se asimila a una obra literaria por el lenguaje alfanumérico en el que está escrito.

El registro que se efectúa ante la autoridad nacional competente, la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA), únicamente tiene efectos de publicidad y oponibilidad ante terceros. Se otorgan dos clases de derechos:

Derechos morales: Son derechos con carácter perpetuo, inalienable e irrenunciable. Los derechos enunciados por la ley son:

  • Paternidad: Es el derecho que tiene todo autor a que su nombre o seudónimo sea reconocido cuando se emplee su obra.
  • Integridad: Derecho a oponerse a toda deformación o mutilación de la obra cuando tales actos demeriten la misma o repercutan en la reputación del autor.
  • Inédito: Es el derecho que tiene el autor de mantener su obra como anónima durante su vida o después de su fallecimiento por disposición testamentaria.
  • Modificación: Derecho a realizar modificaciones antes o después de su publicación.
  • Retiro: Derecho a solicitar el retiro de la obra de circulación o suspender las formas de utilización, a pesar de la previa autorización. En caso de que el retiro genere impactos económicos al titular de los derechos patrimoniales, dará lugar a reclamos de responsabilidad civil para el autor.

Derechos patrimoniales: Tienen una duración de la vida del autor más 80 años posmortem, según la ley colombiana. Pueden ser objeto de transferencia entre vivos o transmitirse por causa de muerte. Son:

  • Reproducción: Es la fijación material de la obra o parte de ella en cualquier medio o formato.
  • Transformación: Es la posibilidad que ostenta el autor de realizar o autorizar adaptaciones o transformaciones de su obra, para obtener obras derivadas.
  • Comunicación pública: Facultad de dar a conocer la obra a un público indeterminado. La comunicación de las obras en un medio digital recibe el nombre de ‘puesta a disposición’.
  • Distribución: Derecho de autorizar o prohibir la venta, alquiler o cualquier otra modalidad de explotación de la obra al público.

Los derechos patrimoniales dependen de la forma de utilización de la obra.

NORMATIVA APLICABLE

  • Convenio de Berna.
  • Convenio de Roma.
  • Decisión Andina 351 de 1993: Régimen común sobre derechos de autor y derechos conexos.
  • Ley 1915 de 12 de julio de 2018: Por la cual se modifica la ley 23 de 1982 y se establecen otras disposiciones en materia de derechos de autor y derechos conexos.
  • Ley 23 de 1982 sobre derechos de autor.
  • Circular 06 de 2002 sobre derechos de autor en el ámbito universitario.

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