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Resolución 04 (DICIEMBRE 12 DE 2016)

«Por la cual se reglamentan los descuentos para cursar estudios a grupos de personas de una misma empresa».

La Consiliatura de la UNIVERSIDAD LIBRE en ejercicio de sus funciones estatutarias y,

C O N S I D E R A N D O:

  1. Que la Constitución Política en su artículo 69 garantiza la autonomía universitaria.
  1. Que un postulado esencial de la Universidad Libre es su acendrada misión social, que la convierte en una institución que propende por el acceso a la educación superior de alta calidad a todos los niveles socioeconómicos, en especial a los más necesitados.
  1. Que es objetivo del Plan de Desarrollo posicionar a la Universidad dentro de los grupos de interés nacionales e internacionales (Gobierno, ONG, sector productivo, gremios profesionales, medios de comunicación, instituciones de educación básica y media, etc.), como una universidad de excelencia académica que propende por la libertad de cátedra, y por la construcción permanente de un mejor país y de una sociedad democrática, pluralista y tolerante.
  1. Que es objetivo del Plan de Desarrollo realizar las acciones de mercadeo tendientes a lograr la asociación de la imagen corporativa de la Universidad, con su nombre para generar una recordación de marca.
  1. Que es necesario promover el acceso de estudiantes a los programas académicos que la Universidad desarrolla especialmente en aquellos que tienen menor demanda.
  1. Que se debe autorizar a los directivos de las diferentes seccionales y sedes de la Universidad para que puedan firmar convenios con empresas que respaldan a grupos de sus trabajadores o afiliados que quieren cursar estudios de pregrado, posgrado o de educación continuada en la Universidad Libre con el estímulo de un descuento.
  1. Que la Consiliatura en sesión de diciembre 10 de 2012 aprobó como política que: «para las Especializaciones, cuando se matricule un grupo de más de diez personas de una misma empresa, se les conceda un descuento del 10% en el valor de la matrícula. En el caso de los diplomados ocurre lo mismo y está sujeto al presupuesto del Diplomado. No incluye la Maestría y los Doctorados».
  1. Que se hace necesario redefinir dicha política con el propósito de realizar convenios, adicionalmente, con empresas para que sus trabajadores y afiliados cursen estudios en la Universidad Libre con un descuento.

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1. Los Delegados Personales del Presidente Nacional y los Rectores Seccionales con apoyo del Síndico, estudiarán la viabilidad de otorgar los siguientes descuentos:

  1. Un descuento del 5% en el valor de la matrícula en los programas académicos de pregrado, posgrado y educación continuada para grupos de trabajadores y afiliados, de 4 a 9 personas, presentados por una empresa.
  2. Un descuento del 8% en el valor de la matrícula en los programas académicos de pregrado, posgrado y educación continuada para grupos de trabajadores y afiliados, de 10 a 15 personas, presentados por una empresa.
  3. Un descuento del 10% en el valor de la matrícula en los programas académicos de pregrado, posgrado y educación continuada para grupos de trabajadores y afiliados, de 16 o más personas, presentados por una empresa.

PARÁGRAFO. Este beneficio no aplicará cuando se utilicen otras formas de pago y no es acumulable con otros descuentos que otorga la Universidad.

ARTÍCULO 2. En los casos en los que sea la empresa la que pague el valor de la matrícula de sus trabajadores o afiliados, dicho pago deberá hacerse en los plazos convenidos con la Universidad.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 12 días del mes de diciembre de 2016.

JORGE ALARCÓN NIÑO                                 FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA

Presidente Nacional                                                 Secretario General

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