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Resolución n.º 21 de 2023 (30 de noviembre)

Resolución n.º 21 de 2023

Resolución n.º 21 de 2023
(30 de noviembre)


«Por la cual se modifica el plan de estudios del programa de la Licenciatura en Educación Infantil de la Seccional Bogotá».
La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 8, y,



CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución Política, artículo 69, «garantiza la autonomía universitaria».

  2. Que la Ley 30 de 1992, artículo 28, señala que en ejercicio de la autonomía universitaria la Universidad goza de la facultad para «crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes».

  3. Que mediante Resolución 001038 del 3 de febrero de 2023 el Ministerio de Educación Nacional renovó de oficio por siete (7) años el registro calificado al programa de Licenciatura en Educación Infantil, para ser ofrecido en la ciudad de Bogotá.

  4. Que, con la participación activa de profesores, estudiantes, egresados y directivos, del programa de Licenciatura en Educación Infantil de la Seccional Bogotá, se llevó a cabo un proceso de revisión y análisis de los programas similares de referencia.

  5. Que de acuerdo con el Estatuto, artículo 37, numeral 8, corresponde a la Consiliatura: «Crear, modificar o suprimir las unidades académicas, dependencias administrativas u otras formas de organización institucional y académica, directamente, o a instancias del Consejos Directivos correspondiente».

  6. Que el Acuerdo n.° 1 de 2007 «Por el cual se expide el Reglamento de la Consiliatura», en su artículo 18 establece que «corresponde a la Comisión Académica, elaborar, proyectar y programar lo relacionado con la planeación académica, con el funcionamiento, de los procesos de Registro Calificado y Acreditación de Programas Académicos, los procesos de investigación, la inspección y vigilancia de los programas y métodos de enseñanza [...]».

  7. Que la Comisión Académica de la Consiliatura en sesión de 13 de septiembre de 2023, Acta n.º 6, recomendó por unanimidad a la Consiliatura aprobar la propuesta de modificación del plan de estudios del programa de Licenciatura en Educación Infantil de la Seccional Bogotá.

  8. Que la Consiliatura de la Universidad Libre en sesión de 20 de septiembre de 2023, Acta n.º 11, acogió la recomendación de la Comisión Académica y autorizó las modificaciones al Plan de Estudios del programa de Licenciatura en Educación Infantil de la Seccional Bogotá, en el sentido de disminuir de diez a ocho semestres y de 165 a 139 créditos académicos.

  9. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Modifíquese el plan de estudios de la Licenciatura en Educación Infantil, que se oferta en la Seccional Bogotá para la renovación del registro calificado, el cual quedará así:

PLAN DE ESTUDIOS 

 

Curso - Módulo - Asignatura 

Créditos académicos 

Horas de trabajo académico (1)  

Ciclos 

Básico 

Profesional 

Componentes de Formación del Currículo  

Horas de trabajo directo 

Horas de trabajo independiente 

Horas de trabajo totales 

Básico 

Humanístico 

Electivo 

Profesional  

Optativo 

SEMESTRE I 

HISTORIA Y ENFOQUES CONTEMPORANEOS

3

96

48

144

 

 

 

3

  

DIDÁCTICAS PARA EL TRABAJO CON LAS INFANICAS 

3

96

48

144 

 

 

 

3

  

LITERATURA E INFANCIAS 

96 

48 

144 

 

 

 

3

  

EPISTEMOLOGÍA DE LA PEDAGOGÍA 

32 

64 

96 

 

 

 

  

TALLER DE EXPRESIÓN ORAL 

64 

32 

96 

 

 

 

  

CÁTEDRA UNILIBRISTA 

16 

32 

48 

 

 

 

  

ELECTIVA 1 

32 

64 

96 

 

 

 

 

TOTAL, CRÉDITOS  

16

SEMESTRE II 

PERSPECTIVAS SOBRE EL DESARROLLO INFANTIL 

3

80 

64 

144 

 

 

 

 

CONSTRUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO SOCIAL EN LAS INFANCIAS 

3

96 

48 

144 

 

 

 

 

CUERPO Y MOVIMIENTO EN LAS INFANCIAS  

80 

64 

144 

 

 

 

 

CONTEXTOS EDUCATIVOS 

64 

128 

192 

 

 

 

 

TEORÍAS Y MODELOS DE LA EDUCACIÓN 

48 

96 

144 

 

 

 

 

TALLER DE EXPRESIÓN ESCRITA 

64 

32 

96 

 

 

 

 

TOTAL, CRÉDITOS 

18 

SEMESTRE III 

ESTRATEGIAS PARA EL TRABAJO DESDE LA DIVERSIDAD Y LA DIFERENCIA

96

48 

144 

 

 

 

3

 

EDUCACIÓN ARTISTICA MUSICAL 

96 

48 

144 

 

 

 

3

 

PRÁCTICA EN CONTEXTOS SOCIAL Y COMUNITARIO 

96 

192

288

 

 

 

 

MODELOS CURRICULARES 

48 

48 

96 

 

 

 

 

COMPRENSIÓN Y PRODUCCIÓN DEL TEXTO ACADÉMICO 

64 

32 

96 

 

 

 

 

PRINCIPIOS GENERALES DE INVESTIGACIÓN 

48 

48 

96 

 

 

 

 

TOTAL, CRÉDITOS 

18 

SEMESTRE IV 

PROCESOS DE LA ORALIDAD, LECTURA Y ESCRITURA PARA LAS INFANCIAS  

96 

48 

144 

 

 

 

3

 

JUEGO Y EXPRESIÓN EN LA EDUCACIÓN INFANTIL

80 

64 

144 

 

 

 

3

 

PRÁCTICA PEDAGOGICA EN CONTEXTOS DE 0 A 3 AÑOS 

96 

192 

288 

 

 

 

6

 

MODELOS DE EVALUACIÓN 

48 

48 

96 

 

 

 

 

TIC EN LA EDUCACIÓN 

64 

32 

96 

 

 

 

  

PARADIGMAS Y DISEÑOS DE INVESTIGACIÓN 

48 

48 

96 

 

 

 

 

TOTAL, CRÉDITOS 

18

SEMESTRE V 

LENGUAJE Y COGNICIÓN EN LAS INFANCIAS 

96 

48 

144 

 

 

 

 

CONSTRUCCIÓN DEL PENSAMIENTO MATEMÁTICO EN LAS INFANCIAS 

96 

48 

144 

 

 

 

 

PRÁCTICA PEDAGOGICA EN CONTEXTOS DE 3 A 6 AÑOS

6

96

192

288

 

 

 

6

 

OPTATIVA 1 

1

32

16 

48 

 

 

 

 

2

EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y GEOPOLÍTICA 

48 

48 

96 

 

 

 

 

SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN DISCIPLINAR 

48 

96 

144 

 

 

 

 

TOTAL, CRÉDITOS 

18

SEMESTRE VI 

EDUCACIÓN ARTISTICA PLASTICA 

3

96

48

144

3

PRÁCTICA PEDAGOGICA INVESTIGATIVA I 

6

96

192

288

6

RAZONAMIENTO ABSTRACTO Y LÓGICA 

1

32

16

48

1

OPTATIVA 2

2

64

32

96

 

 

 

 

2

EDUCACIÓN PARA LA PAZ Y LOS DERECHOS HUMANOS 

2

48

48

96

2

INNOVACIÓN, CREATIVIDAD Y EMPRENDIMIENTO 

2

32

64

96

2

ELECTIVA 2 

2

32

64

96

2

TOTAL, CRÉDITOS 

18

SEMESTRE VII 

ESCUELA, FAMILIA E INFANCIAS 

3

80

64

144

 

3

CONSTRUCCIÓN DEL PENSAMIENTO CIENTÍFICO EN LAS INFANCIAS 

3

80

64

144

3

EDUCACIÓN ARTÍSTICA CORPORAL 

3

96

48

144

3

PRÁCTICA PEDAGÓGICA INVESTIGATIVA II 

6

96

192

288

6

POLÍTICAS PÚBLICAS LEGISLACIÓN Y GESTIÓN EDUCATIVA COLOMBIANA 

1

32

16

48

1

ELECTIVA 3 

2

32

64

96

2

TOTAL, CRÉDITOS 

 18 

SEMESTRE VIII 

AMBIENTES DIGITALES Y EDUCACIÓN INFANTIL 

3

80 

64 

144 

 

 

 

3

 

DIDÁCTICA DE LAS LENGUAS EXTRANJERAS PARA LAS INFANCIAS 

80 

64 

144 

 

 

 

3

 

PRÁCTICA PEDAGÓGICA INVESTIGATIVA III 

96 

192 

288 

 

 

 

 

OPTATIVA 3 

32

64 

96 

 

 

 

 

FUNDAMENTOS DE BIOÉTICA 

32 

16 

48 

 

 

 

 

TOTAL, CRÉDITOS 

15 

Total, Número Horas  

   

3296 

3376

6672 

 

 

 

 

 

Total, Porcentaje Horas (%)  

   

49.4% 

50.6% 

100% 

 

 

 

 

 

Total, Número Créditos del Programa  

139

 

 

 

32 

90

Total, Porcentaje Créditos (%)  

100% 

 

 

 

23.02% 

4.31% 

4.31% 

64.74% 

3.59% 



PRERREQUISITOS

SEM  

ASIGNATURA REQUISITO  

COMPONENTE  

SEM  

ASIGNATURA  

COMPONENTE  

II 

CONTEXTOS EDUCATIVOS  

C. PRÁCTICA PEDAGÓGICA  

III  

PRÁCTICA EN CONTEXTO SOCIAL Y COMUNITARIO 

C. PRÁCTICA PEDAGÓGICA  

II-III-IV 

PRÁCTICA PEDAGÓGICA EN CONTEXTOS DE0 A 3 AÑOS 
PRÁCTICA PEDAGÓGICA EN CONTEXTOS DE 3 A 6 AÑOS 

C. PRÁCTICA PEDAGÓGICA  

VI  

PRÁCTICA PEDAGÓGICA INVESTIGATIVA I  

C. PRÁCTICA PEDAGÓGICA  

VI 

PRÁCTICA PEDAGÓGICA INVESTIGATIVA I  

C. PRÁCTICA PEDAGÓGICA  

VII  

PRÁCTICA PEDAGÓGICA INVESTIGATIVA II  

C. PRÁCTICA PEDAGÓGICA  

VII 

PRÁCTICA PEDAGÓGICA INVESTIGATIVA II  

C. PRÁCTICA PEDAGÓGICA  

VIII  

PRÁCTICA PEDAGÓGICA INVESTIGATIVA III  

C. PRÁCTICA PEDAGÓGICA  

COMPONENTE COMUNICACIÓN

I-II

TALLER DE EXPRESIÓN ORAL
TALLER DE EXPRESIÓN ESCRITA 

C. COMUNICACIÓN

III

COMPRENSIÓN Y PRODUCCIÓN DEL TEXTO ACADÉMICO

C. COMUNICACIÓN

Parágrafo. De las equivalencias, de las asignaturas nuevas y las asignaturas que salen del plan de estudios de la Licenciatura en Educación Infantil.  El siguiente cuadro contiene las equivalencias entre materias del plan actual de la Licenciatura en Educación Infantil con el nuevo plan, las asignaturas nuevas y las que salen del plan actual de estudios, que se aprueba mediante este acuerdo:

PLAN DE TRANSICIÓN   

COMPONENTE     

PROGRAMA ACTUAL     

NUEVO PROGRAMA 8 SEMESTRES     

CONCEPTO A APLICAR     

JUSTIFICACIÓN     

ASIGNATURA     

CR     

IH     

ASIGNATURA     

CR     

IH     

INFANCIAS Y CONTEXTOS 

HISTORIA Y ENFOQUES CONTEMPORÁNEOS SOBRE INFANCIAS  

3  

6  

HISTORIA Y ENFOQUES CONTEMPORÁNEOS SOBRE INFANCIAS  

3  

6  

EQUIVALENCIA     

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS Y CONTENIDOS   

CUERPO Y MOVIMIENTO  

3  

6  

CUERPO Y MOVIMIENTO  
EN LAS INFANCIAS  
 

3  

5  

EQUIVALENCIA     

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS Y CONTENIDOS   

LENGUAJE Y COGNICIÓN  

4  

6  

LENGUAJE Y COGNICIÓNEN LAS INFANCIAS  

3  

6  

EQUIVALENCIA     

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS Y CONTENIDOS   

DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL  

3  

6  

CONSTRUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO SOCIAL EN LAS INFANCIAS  

3  

6  

EQUIVALENCIA  

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS   

ESCUELA, FAMILIA E INFANCIAS  

4  

4  

ESCUELA, FAMILIA E INFANCIAS  

3  

5  

EQUIVALENCIA     

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS Y CONTENIDOS   

ALTERIDAD E INCLUSIÓN  

3  

6  

ESTRATEGIAS PARA EL TRABAJO DESDE LA DIVERSIDAD Y LA DIFERENCIA  

3  

6  

EQUIVALENCIA  

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS    

  

  

  

PERSPECTIVAS SOBRE  
EL DESARROLLO INFANTIL   

3  

5  

SIN EQUIVALENCIA   

NUEVA ASIGNATURA    

  

  

  

AMBIENTES DIGITALES  
Y EDUCACIÓN INFANTIL  

3  

5  

SIN EQUIVALENCIA 
 

NUEVA ASIGNATURA    

   
 
 
CONSTRUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y DIDÁCTICAS 

DIDÁCTICAS PARA EL TRABAJO CON LAS INFANCIAS  

3  

6  

DIDÁCTICAS PARA EL TRABAJO CON LAS INFANCIAS  

3  

6  

EQUIVALENCIA     

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS Y CONTENIDOS   

CONSTRUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO SOCIAL  

3  

6  

CONSTRUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO SOCIAL EN LAS INFANCIAS  

3  

6  

EQUIVALENCIA     

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS  Y CONTENIDOS   

PROCESOS DE LECTURA Y ESCRITURA PARA LAS INFANCIAS  

3  

8  

PROCESOS DE ORALIDAD, LECTURA Y ESCRITURA PARA LAS INFANCIAS  

3  

6  

EQUIVALENCIA     

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS    

CONSTRUCCIÓN DEL PENSAMIENTO MATEMÁTICO  

3  

8  

CONSTRUCCIÓN DEL PENSAMIENTO MATEMÁTICO EN LAS INFANCIAS   

3  

6  

EQUIVALENCIA    

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS Y CONTENIDOS    

ESTRATEGIAS PARA EL TRABAJO CON LA DIVERSIDAD  

3  

6  

ESTRATEGIAS PARA EL TRABAJO DESDE LA DIVERSIDAD Y LA DIFERENCIA   

3  

6  

EQUIVALENCIA    

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS Y CONTENIDOS    

CONSTRUCCIÓN DEL PENSAMIENTO CIENTÍFICO  

3  

8  

CONSTRUCCIÓN DEL PENSAMIENTO CIENTÍFICO EN LAS INFANCIAS  

3  

5  

EQUIVALENCIA    

EQUIVALENCIA EN COMPETENCIAS Y CONTENIDOS    

FUNDAMENTOS Y PRINCIPIOS DE LA EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL  

3  

8  

   

   

   

VALIDACIÓN 
O CURSO DE NIVELACIÓN    

ASIGNATURA QUE SALE DEL PLAN    

  

  

  

DIDÁCTICA DE LAS LENGUAS EXTRANJERAS PARA LAS INFANCIAS 

3 

5 

SIN EQUIVALENCIA    

NUEVA ASIGNATURA    

LÚDICA Y ARTÍSTICA

JUEGO Y EXPRESIÓN   

 4  

 6  

JUEGO Y EXPRESIÓN EN LA EDUCACIÓN INFANTIL   

 3  

 5  

EQUIVALENCIA   

EQUIVALENCIA EN CONTENIDOS Y COMPETENCIAS   

LITERATURA E INFANCIAS    

 4  

 6  

LITERATURA E INFANCIAS   

 3  

 6  

 EQUIVALENCIA  
 

 EQUIVALENCIA EN CONTENIDOS Y COMPETENCIAS  

 CUERPO Y MOVIMIENTO   

 3  

 6  

 CUERPO Y MOVIMIENTO EN LAS INFANCIAS  

3   

5  
 

 EQUIVALENCIA  
 

 EQUIVALENCIA EN CONTENIDOS Y COMPETENCIAS  

 EDUCACIÓN ARTÍSTICA CORPORAL  

 4  

 6  

EDUCACIÓN ARTÍSTICA CORPORAL   

 3  

6   

 EQUIVALENCIA  
 

EQUIVALENCIA EN CONTENIDOS Y COMPETENCIAS   

 EDUCACIÓN ARTÍSTICA PLÁSTICA   

 4  

 6  

 EDUCACIÓN ARTÍSTICA PLASTICA  

 3  

 6  

 EQUIVALENCIA  
 

EQUIVALENCIA EN CONTENIDOS Y COMPETENCIAS   

EDUCACIÓN ARTÍSTICA MUSICAL   

 4  

 6  

 EDUCACIÓN ARTÍSTICA PLÁSTICA  

3   

 6  

 EQUIVALENCIA  
 

EQUIVALENCIA EN CONTENIDOS Y COMPETENCIAS   

Los estudiantes del programa actual que tengan pendiente cursar y aprobar créditos de optativas y de electivas deberán cursarlas de acuerdo con lo ofrecido en el nuevo plan de estudios, aquellas que ya no se oferten podrán ser validadas.  

Artículo 2. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de noviembre de 2023.

 

(Original firmada)                                                   (Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO                                     FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                               Secretario General


Elaboró                                                                 Transcribió                                                           Revisó:
Nadia Paola Acosta Martín                                   Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón                           Sonia Liliana Amaya Mora
Directora de la Licenciatura en                              Técnico Administrativo I                                         Jefe de la División Académica
Educación Infantil

 



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Resolución n.º 19 de 2023 (15 de noviembre)

Resolución n.º 19 de 2023

Resolución n.º 19 de 2023
(15 de noviembre)

«Por la cual se crea el programa de Entrenamiento Deportivo en la Seccional Bogotá».

Contenido

Artículo 1. De la creación.
Artículo 2. De la solicitud de registro calificado.
Artículo 3. De la vigencia.

Resolución n.º 19 de 2023
(15 de noviembre)

«Por la cual se crea el programa de Entrenamiento Deportivo en la Seccional Bogotá».

La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 8, y,


CONSIDERANDO:


  1. Que la Constitución Política, artículo 69, «garantiza la autonomía universitaria».

  2. Que la Ley 30 de 1992, artículo 28, señala que en ejercicio de la autonomía universitaria la Universidad goza de la facultad para «crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes».

  3. Que la Ley 1188 de abril 25 de 2008 que regula el registro calificado de los programas de educación superior, establece las condiciones de calidad de los programas académicos.

  4. Que de acuerdo con el Estatuto, artículo 37, numeral 8, corresponde a la Consiliatura: «Crear, modificar o suprimir las unidades académicas, dependencias administrativas u otras formas de organización institucional y académica, directamente, o a instancias del Consejos Directivos correspondiente».

  5. Que el Acuerdo n.° 1 de 2007 «Por el cual se expide el Reglamento de la Consiliatura», en su artículo 18 establece que «corresponde a la Comisión Académica, elaborar, proyectar y programar lo relacionado con la planeación académica, con el funcionamiento, de los procesos de Registro Calificado y Acreditación de Programas Académicos, los procesos de investigación, la inspección y vigilancia de los programas y métodos de enseñanza [...]».

  6. Que institucionalmente la UNIVERSIDAD LIBRE cuenta con:

    1. Un Reglamento Estudiantil y un Reglamento Docente que establecen (ambos) mecanismos de selección y evaluación de estudiantes y profesores que garantizan la escogencia por méritos e impiden cualquier discriminación por concepto de raza, sexo, credo, discapacidad o condición social.

    2. Una estructura administrativa y académica flexible, ágil y eficiente al servicio de la misión de las instituciones de educación superior.

    3. Una cultura de la autoevaluación con espíritu crítico y constructivo hacia el mejoramiento continuo.

    4. Un programa de egresados que hace seguimiento a largo plazo de los resultados institucionales, involucra la experiencia del egresado en la vida universitaria y hace realidad el requisito de que el aprendizaje debe continuar a lo largo de la vida.

    5. Un modelo de bienestar universitario que procura hacer agradable la vida universitaria y facilitar la resolución de necesidades insatisfechas en salud, cultura, convivencia, recreación y condiciones económicas y laborales.

    6. Recursos suficientes para garantizar el cumplimiento de las metas con calidad, bienestar y capacidad de proyectarse hacia el futuro, de acuerdo con las necesidades de las regiones en donde opera, en particular, y del país, en general.

    7. Una Guía para la creación, modificación y renovación de los registros calificados de programas académicos.

    8. Convenios interinstitucionales de apoyo en actividades académicas que enriquecen los procesos de aprendizaje y permiten el intercambio cultural, investigativo, y académico, además de facilitar y procurar la movilidad nacional e internacional de la comunidad estudiantil y profesoral.

  7. Que la Resolución del DANE n.º 1791 de 3 de julio de 2018 establece la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación – Campos de Educación y Formación adaptada para Colombia (CINE-F 2013 A. C.) en cumplimiento del parágrafo 1 del artículo 160 de la Ley 1753 de 2015 y los numerales 6 y 7 del artículo 2.2.3.1.7 del Decreto 1743 de 2016.

  8. Que de conformidad con CINE-F 2013 A. C., se tiene:

CAMPO

DESCRIPCIÓN

AMPLIO

ESPECÍFICO

DETALLADO

10

108

1088

Servicios

  1. Que, en sesión de 13 de septiembre de 2023 la Comisión Académica de la Consiliatura, teniendo en cuenta las condiciones institucionales y las específicas de los campos amplio, específico y detallado, avaló y propuso a la Consiliatura la creación del programa de Entrenamiento Deportivo, adscrito a la Facultad de Ciencias de la Educación.

  2. Que en sesión de 20 de septiembre de 2023 la Consiliatura, teniendo en cuenta que la Seccional Bogotá cuenta con los recursos docentes, físicos y administrativos suficientes para dar respuesta a las necesidades de la región, autorizó la creación del pregrado universitario presencial de Entrenamiento Deportivo para solicitar al Ministerio de Educación Nacional el registro calificado. Este programa estará adscrito a la Facultad de Ciencias de la Educación y será ofertado a través de la Seccional Bogotá.

RESUELVE:

Artículo 1. De la creación. Créase el programa de Entrenamiento Deportivo adscrito a la Seccional Bogotá, Facultad de Ciencias de la Educación:


INFORMACIÓN DEL PROGRAMA

Nombre del programa:

Entrenamiento Deportivo

Nivel académico:

Pregrado

Nivel de formación:

Universitario

Modalidad:

Presencial

Número de créditos:

128

Duración del programa:

8 semestres

Título para otorgar:

Profesional en Entrenamiento Deportivo

Departamento de oferta:

Cundinamarca

Municipio de oferta:

Bogotá D.C.

Periodicidad de admisión:

Semestral

CINE F 2013 AC

Campo amplio:

10 Servicios

Campo específico:

108 Programas y certificaciones interdisciplinarios relativos a servicios

Campo detallado

1088 Programas y certificaciones interdisciplinarios relativos a servicios

NÚCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO

Área del conocimiento:

Ciencias sociales y humanas

NBC:

Deportes, educación física y recreación

Artículo 2. De la solicitud de registro calificado. Se autoriza a la Rectoría Seccional de la Seccional Bogotá para que, a través de la Dirección Nacional de Planeación, radique en la plataforma Nuevo SACES del Ministerio de Educación Nacional la solicitud de registro calificado.


Artículo 3. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición, para los efectos de la petición ante el Ministerio de Educación Nacional, y a partir de la fecha de aprobación por parte del Ministerio de Educación Nacional, para la oferta del programa.


COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de noviembre de 2023.

 

(Original firmada)                                                    (Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO                                     FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                               Secretario General

 

Elaboró y revisó: Sonia Liliana Amaya Mora, Jefe de la División Académica.
Transcripción:      Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón, Técnico Administrativo I.


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Resolución n.º 18 de 2023 (15 de noviembre)

Resolución n.º 18 de 2023

Resolución n.º 18 de 2023

(15 de noviembre)

«Por la cual se crea el programa de Especialización en Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en la Seccional Bogotá».

Contenido

Artículo 1. De la creación.
Artículo 2. De la solicitud de registro calificado.
Artículo 3. De la vigencia.

Resolución n.º 18 de 2023

(15 de noviembre)

«Por la cual se crea el programa de Especialización en Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en la Seccional Bogotá».

La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 8, y,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución Política, artículo 69, «garantiza la autonomía universitaria».

  2. Que la Ley 30 de 1992, artículo 28, señala que en ejercicio de la autonomía universitaria la Universidad goza de la facultad para «crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes».

  3. Que la Ley 1188 de abril 25 de 2008 que regula el registro calificado de los programas de educación superior, establece las condiciones de calidad de los programas académicos.

  4. Que de acuerdo con el Estatuto, artículo 37, numeral 8, corresponde a la Consiliatura: «Crear, modificar o suprimir las unidades académicas, dependencias administrativas u otras formas de organización institucional y académica, directamente, o a instancias del Consejos Directivos correspondiente».

  5. Que el Acuerdo n.° 1 de 2007 «Por el cual se expide el Reglamento de la Consiliatura», en su artículo 18 establece que «corresponde a la Comisión Académica, elaborar, proyectar y programar lo relacionado con la planeación académica, con el funcionamiento, de los procesos de Registro Calificado y Acreditación de Programas Académicos, los procesos de investigación, la inspección y vigilancia de los programas y métodos de enseñanza [...]».

  6. Que institucionalmente la UNIVERSIDAD LIBRE cuenta con:

    1. Un Reglamento Estudiantil y un Reglamento Docente que establecen (ambos) mecanismos de selección y evaluación de estudiantes y profesores que garantizan la escogencia por méritos e impiden cualquier discriminación por concepto de raza, sexo, credo, discapacidad o condición social.

    2. Una estructura administrativa y académica flexible, ágil y eficiente al servicio de la misión de las instituciones de educación superior.

    3. Una cultura de la autoevaluación con espíritu crítico y constructivo hacia el mejoramiento continuo.

    4. Un programa de egresados que hace seguimiento a largo plazo de los resultados institucionales, involucra la experiencia del egresado en la vida universitaria y hace realidad el requisito de que el aprendizaje debe continuar a lo largo de la vida.

    5. Un modelo de bienestar universitario que procura hacer agradable la vida universitaria y facilitar la resolución de necesidades insatisfechas en salud, cultura, convivencia, recreación y condiciones económicas y laborales.

    6. Recursos suficientes para garantizar el cumplimiento de las metas con calidad, bienestar y capacidad de proyectarse hacia el futuro, de acuerdo con las necesidades de las regiones en donde opera, en particular, y del país, en general.

    7. Una Guía para la creación, modificación y renovación de los registros calificados de programas académicos.

    8. Convenios interinstitucionales de apoyo en actividades académicas que enriquecen los procesos de aprendizaje y permiten el intercambio cultural, investigativo, y académico, además de facilitar y procurar la movilidad nacional e internacional de la comunidad estudiantil y profesoral.

  7. Que la Resolución del DANE n.º 1791 de 3 de julio de 2018 establece la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación – Campos de Educación y Formación adaptada para Colombia (CINE-F 2013 A. C.) en cumplimiento del parágrafo 1 del artículo 160 de la Ley 1753 de 2015 y los numerales 6 y 7 del artículo 2.2.3.1.7 del Decreto 1743 de 2016.

  8. Que de conformidad con CINE-F 2013 A. C., se tiene:

CAMPO

DESCRIPCIÓN

AMPLIO

ESPECÍFICO

DETALLADO

04

041

0413

Administración de empresas y derecho

  1. Que, en sesión de 13 de septiembre de 2023 la Comisión Académica de la Consiliatura, teniendo en cuenta las condiciones institucionales y las específicas de los campos amplio, específico y detallado, avaló y propuso a la Consiliatura la creación del programa de Especialización en Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad, adscrito a la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables.

  2. Que en sesión de 20 de septiembre de 2023 la Consiliatura, teniendo en cuenta que la Seccional Bogotá cuenta con los recursos docentes, físicos y administrativos suficientes para dar respuesta a las necesidades de la región, autorizó la creación del posgrado universitario presencial de Especialización en Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad para solicitar al Ministerio de Educación Nacional el registro calificado. Este programa estará adscrito a la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables y será ofertado a través de la Seccional Bogotá.

RESUELVE:

Artículo 1. De la creación. Créase el programa de Especialización en Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad adscrito a la Seccional Bogotá, Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables:


INFORMACIÓN DEL PROGRAMA

Nombre del programa:

Especialización en Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad

Nivel académico:

Posgrado

Nivel de formación:

Especialización universitaria

Modalidad:

Presencial

Número de créditos:

25

Duración del programa:

2 semestres

Título para otorgar:

Especialista en Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad

Departamento de oferta:

Cundinamarca

Municipio de oferta:

Bogotá D.C.

Periodicidad de admisión:

Semestral

CINE F 2013 AC

Campo amplio:

04 Administración de empresas y derecho

Campo específico:

041 Educación comercial y administración

Campo detallado

0413 Gestión y administración

NÚCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO

Área del conocimiento:

Economía, administración, contaduría y afines

NBC:

Administración

Artículo 2. De la solicitud de registro calificado. Se autoriza a la Rectoría Seccional de la Seccional Bogotá para que, a través de la Dirección Nacional de Planeación, radique en la plataforma Nuevo SACES del Ministerio de Educación Nacional la solicitud de registro calificado.

Artículo 3. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición, para los efectos de la petición ante el Ministerio de Educación Nacional, y a partir de la fecha de aprobación por parte del Ministerio de Educación Nacional, para la oferta del programa.


COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de noviembre de 2023.

 

(Original firmada)                                                    (Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO                                     FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                               Secretario General

 

Elaboró y revisó: Sonia Liliana Amaya Mora, Jefe de la División Académica.
Transcripción:      Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón, Técnico Administrativo I.


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Acuerdo n.º 4 de 2023

Acuerdo n.º 4 de 2023 (28 de noviembre)

Acuerdo n.º 4 de 2023

(28 de noviembre)


«Por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 6 del Acuerdo n.° 1 de 2020 (Reglamento de exámenes preparatorios del programa de Derecho)»
La Consiliatura de la Universidad Libre en uso de sus facultades estatutarias y en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 21, y


CONSIDERANDO:

  1.  Que en las pruebas Saber Pro, no siempre se evalúan las competencias específicas.
  2. Que se hace necesario adecuar el reglamento de exámenes preparatorios del programa de Derecho a esta realidad.
  3. Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:


Artículo 1. Adiciónese con un parágrafo el artículo 6 del Acuerdo n.° 1 de 2020, el cual quedará así:


Parágrafo. Cuando en las pruebas Saber Pro o su equivalente no se evalúen competencias específicas, los estudiantes que hayan aprobado la totalidad de los créditos académicos del plan de estudios, no hayan reprobado asignatura alguna, alcancen un promedio acumulado igual o superior a cuatro punto cinco (4.5) durante toda su carrera y logren un percentil igual o superior al 80% en las pruebas genéricas, quedarán exonerados de la presentación de exámenes preparatorios.


Artículo 2. De la vigencia. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.


COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE


Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de noviembre de 2023.

 

(Original firmado)                                                    (Original firmado)
JORGE ALARCÓN NIÑO                                     FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                               Secretario General



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Convocatorias INPEC y EON.

Convocatorias INPEC y EON.

Línea Call center de la convocatoria: (57+1) 382 1111

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

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Avisos Informativos INPEC

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Guías INPEC

Guias ENLACE

Guía de orientación al aspirante pruebas escritas

Guías EON

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Normatividad

Pronto más Información

Guías

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Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

"Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y DOS PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2024-0083-00, Interpuesta por el aspirante LEIDY YULLIETH PEDRAZA VALDERRAMA ordena publicar la acción constitucional, con el fin que los interesados, conozcan su contenido, y si es su voluntad, se pronuncien al respecto, para cuyos efectos se les otorga el término de un (1) día, contado a partir de la publicación en esta página.”

TUTELA

AUTO ADMITE

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMEINTO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2024-018-00, Interpuesta por el aspirante GILBERTO ANDRES MONTES CARTAGENA, ordena publicar la acción constitucional, con el fin que los interesados, conozcan su contenido, y si es su voluntad, se pronuncien al respecto, para cuyos efectos se les otorga el término de un (1) día, contado a partir de la publicación en esta página.” 

TUTELA

AUTO AVOCA

“Se informa que el JUZGADO OCTAVO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001-31-03-008-2024-00011-00, Interpuesta por la aspirante YEIMY ANDREA ROSAS ROJAS, ordena publicar la acción constitucional, con el fin que los interesados, conozcan su contenido, y si es su voluntad, se pronuncien al respecto, para cuyos efectos se les otorga el término de un (1) día, contado a partir de la publicación en esta página.”

TUTELA

AUTO ADMITE

“Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y CINCO (55) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001-33-42-055-2023-00250-00, Interpuesta por la aspirante YHONA CAROLINA AZUERO ALFONSO, ordena publicar la acción constitucional, con el fin que los interesados, conozcan su contenido, y si es su voluntad, se pronuncien al respecto, para cuyos efectos se les otorga el término de un (1) día, contado a partir de la publicación en esta página.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Respuestas a peticiones anónimas

Pronto más Información

Actuaciones Administrativas EON

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 025 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 026 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 027 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 028 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 029 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 030 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 031 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 032 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 033 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 034 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 035 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 036 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 191 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1544 de 2020 - Unidad Administrativa Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
"Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 038 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 039 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 040 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 041 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 042 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 - Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 180 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 044 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 045 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 046 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 047 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - Entidades del Orden Nacional 2020 - 2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 048 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 049 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 050 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 - Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 051 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 052 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2"
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 053 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 054 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 055 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 056 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 057 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 058 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 059 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 060 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 061 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 062 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 063 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 064 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 - Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - Entidades del Orden Nacional 2020 - 2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 065 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 181 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1533 de 2020 – Dirección Nacional de Derecho de Autor – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 067 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 - Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 068 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 069 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 070 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1542 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 071 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 072 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 073 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1540 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 184 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1536 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales – ITRC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 075 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1531 de 2020 – Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas – IPSE – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 076 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 077 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 079 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 080 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 081 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1535 de 2020 – Ministerio de Justicia y del Derecho – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 082 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 083 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 084 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1544 de 2020 – Unidad Administrativa Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 085 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1542 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 086 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1531 de 2020 – Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas – IPSE – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 087 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1535 de 2020 – Ministerio de Justicia y del Derecho – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 088 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 – Ministerio del Interior - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 089 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 090 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 091 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 092 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 093 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 094 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 190 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1535 de 2020 – Ministerio de Justicia y del Derecho – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 096 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 189 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1544 de 2020 – Unidad Administrativa Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 098 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 099 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1544 de 2020 – Unidad Administrativa Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC- Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 188 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 101 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1544 de 2020 – Unidad Administrativa Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 102 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1544 de 2020 – Unidad Administrativa Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 178 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1527 de 2020 - Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 104 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1537 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 105 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 106 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 107 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 108 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 109 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1536 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales – ITRC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 110 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 111 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 112 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 113 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 114 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 115 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1527 de 2020 – Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 116 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 - Dirección Nacional de Bomberos de Colombia - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 117 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 118 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1533 de 2020 – Dirección Nacional de Derecho de Autor – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 119 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1528 de 2020 - Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 120 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 121 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 122 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 192 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 124 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 125 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 126 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 127 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 128 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1531 de 2020 – Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas – IPSE – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 129 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 130 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 131 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 193 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1544 de 2020 – Unidad Administrativa Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 133 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 134 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1528 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 135 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 136 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1535 de 2020 – Ministerio de Justicia y del Derecho – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 137 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1540 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 138 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 139 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”     
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 140 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 141 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 142 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 143 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1534 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 144 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1544 de 2020 – Unidad Administrativa Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 145 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 146 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 147 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 148 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 149 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 150 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 151 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 152 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 153 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1542 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 154 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1536 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales – ITRC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 155 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1538 de 2020 – Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 156 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 157 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 158 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 179 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1527 de 2020 – Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 160 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 161 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1536 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales – ITRC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 162 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1530 de 2020 – Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 163 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 164 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 165 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1531 de 2020 – Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas – IPSE – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 166 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1534 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 167 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 168 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 169 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 170 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 171 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 172 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1540 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 173 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 - Ministerio del Interior – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 174 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1540 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 175 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1540 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 185 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1534 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – Entidades del Orden Nacional 2020-2”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 177 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 186 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 023 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 022 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 021 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 020 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 019 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 018 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 017 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 016 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 015 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 014 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 013 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 012 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 011 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 010 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2””

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 009 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 008 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1542 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 007 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

"Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 006 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 005 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 004 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 003 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 103 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante JESUS ALEXANDER DELGADO SANCHEZ, en el marco del Proceso de Selección No. 1535 de 2020- Ministerio de Justicia y del Derecho. Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 159 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante CRISTIAN DAVID PERALTA AVENDAÑO, en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA. Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 043 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante WILSON BASTOS DELGADO, en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA - Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 066 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante OSCAR ARMANDO ORTEGA VILLOTA, en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA. Entidades del Orden Nacional 2020-2”

"Por medio del cual se archiva el AUTO No. 037 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante JAVIER DEL CARMEN MARTINEZ PEREZ, en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 –Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 123 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante JIMMY ALBERTO CENDALES MORA, en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 187 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante LUIS ALBERTO ROMERO, en el marco del Proceso de Selección No. 1528 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 074 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante SILVIA LILIANA CAMACHO BELTRÁN, en el marco del Proceso de Selección No. 1532 de 2020 – Ministerio del Interior. Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 176 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante GLORIA SEINEF CALVACHE ESGUERRA, en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

"Por medio del cual se archiva el AUTO No. 024 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante ALFREDO MANUEL BARRIOS AGUIRRE, en el marco del Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA. Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 183 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante MARLEN YISEL MORAN RIASCOS, en el marco del Proceso de Selección No. 1527 de 2020 – Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 100 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante ESTEBAN GUZMÁN VALENCIA, en el marco del Proceso de Selección No. 1544 de 2020 – Unidad Administrativa Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 097 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante CATHERINE GARZON FLOREZ, en el marco del Proceso de Selección No. 1535 de 2020- Ministerio de Justicia y del Derecho. Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 095 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante ELVIS LEONARDO SIERRA JIMÉNEZ, en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

"Por medio del cual se archiva el AUTO No. 182 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante OMAR ROSAS ALDANA, en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por el cual se decreta la práctica de una prueba dentro la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 123 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1541 de 2020 – Dirección Nacional de Bomberos de Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 132 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del aspirante GERMAN RUBIANO BELTRAN, en el marco del Proceso de Selección No. 1539 de 2020 – Unidad Administrativa Especial Migración Colombia – Entidades del Orden Nacional 2020-2”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 020 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante LADY KATHERINE RAMIREZ LOMBO, en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 043 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante MÓNICA JULIANA SIERRA GUTIÉRREZ, en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 044 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante MYRIAM BERMÚDEZ TAVERA, en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 016 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante INELDA CECILIA MORENO QUINTERO, en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 015 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante CAMILA CORTES GAITÁN, en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 030 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante MARIA FERNANDA CASTILLO MONSALVE, en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por medio del cual se archiva el AUTO No. 004 DE 2023 “Por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de la aspirante ERICA YURLEY GALVIS CHAPARRO, en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 001 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 002 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 003 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 045 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 005 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 006 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 007 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 008 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 009 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 010 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos” 

Actuaciones Administrativas INPEC

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO
“Por la cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos en contra de la Resolución No. 039 de 2024, expedida en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución No. 035 DE 2023 “Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 035 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución No. 032 DE 2023 “Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 032 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos””
“Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución No. 028 DE 2023 “Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 028 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos””
“Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución No. 027 DE 2023 “Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 027 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución No. 014 DE 2023 “Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 014 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución No. 011 DE 2023 “Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 011 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos””
“Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución No. 008 DE 2023 “Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 008 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución No. 004 DE 2023 “Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 045 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 046 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 042 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 041 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 040 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 039 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 038 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 037 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 036 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 035 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 034 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 033 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 032 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 031 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 029 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 028 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 027 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 026 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 025 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 024 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 023 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 022 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 021 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 019 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 018 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 017 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 014 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 013 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 012 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”
“Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada a través del Auto No. 011 de 2023, expedido en el marco del Proceso de Selección No. 1357 de 2019 - INPEC Administrativos”

Acciones constitucionales

Pronto más Información

Acuerdo n.º 5 de 2023

Acuerdo n.º 5 de 2023 (29 de noviembre)

Acuerdo n.º 5 de 2023


(29 de noviembre)


«Por el cual se definen las opciones de grado para los programas de pregrado y posgrado, y se modifican los artículos 46, 47 y 48 del Acuerdo no. 1 de 2019 (Reglamento de Investigaciones) y el artículo 34 del Acuerdo no. 3 de 2020 (Reglamento de Posgrados)».


Contenido


CAPÍTULO I
DEL CAMPO DE APLICACIÓN, DEFINICIÓN, OBJETIVOS Y MODALIDADES
Artículo 1. Del campo de aplicación.
Artículo 2. De la definición.
Artículo 3. De los objetivos.
Artículo 4. De las opciones de grado.
CAPÍTULO II
DE LAS OPCIONES DE GRADO CON COMPONENTE INVESTIGATIVO
Artículo 5.
Artículo 6.
Artículo 7.
Artículo 8.
CAPÍTULO III
DE LAS OPCIONES DE GRADO SIN COMPONENTE INVESTIGATIVO EN PREGRADO
Artículo 9. De los coterminales.
Artículo 10. De los cursos de perfeccionamiento, profundización o diplomado.
Parágrafo 1.
Parágrafo 2.
Artículo 11. De la doble titulación.
Artículo 12. Curso internacional.
Artículo 13. Judicatura.
Artículo 14. Plan de negocios
Artículo 15. De la práctica laboral
Parágrafo.
Artículo 16. Rendimiento académico superior.
Artículo 17. Resultados en las Pruebas de Estado.
CAPÍTULO IV
DE LAS DISPOSICIONES FINALES
Artículo 18. De la aplicación.
Artículo 19. De la transición
Artículo 20. Vigencia


Acuerdo n.º 5 de 2023


(29 de noviembre)


«Por el cual se definen las opciones de grado para los programas de pregrado y posgrado, y se modifican los artículos 46, 47 y 48 del Acuerdo no. 1 de 2019 (Reglamento de Investigaciones) y el artículo 34 del Acuerdo no. 3 de 2020 (Reglamento de Posgrados)»

La Consiliatura de la Universidad Libre, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las señaladas en el artículo 37, numeral 2, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución Política, artículo 69, «garantiza la autonomía universitaria».

  2. Que la Ley 30 de 1992, artículo 28, señala que en ejercicio de la autonomía universitaria la Universidad goza de la facultad para «crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes».

  3. Que la misma ley 30 de 1992, artículo 109, establece que «Las instituciones de educación superior deberán tener un reglamento estudiantil que regule al menos los siguientes aspectos: requisitos de inscripción, admisión y matrícula, derechos y deberes, distinciones e incentivos, régimen disciplinario y demás aspectos académicos».

  4. Que el Acuerdo 02 de 2006 (Reglamento Estudiantil), artículo 74, numeral 2, establece que para optar a un título es necesario «haber cumplido con los requisitos generales y especiales de grado para cada programa».

  5. Que los documentos maestros de los programas de pregrado y posgrado que oferta la Universidad Libre tienen establecidos dentro de los requisitos especiales de grado distintas opciones para optar al título correspondiente.

  6. Que el Acuerdo 01 de 2019 (Reglamento de Investigaciones) modificado por el Acuerdo 06 de 2019, título III, capítulo I, establece el trabajo de investigación como un requisito especial de grado.

  7. Que el Acuerdo 03 e 2020 (Reglamento de Posgrados) modificado por el Acuerdo 06 de 2020, capítulo V, establece las modalidades de los trabajos de investigación para las especializaciones, maestrías y doctorados.

  8. Que el Acuerdo 04 de 2020 (Reglamento Estudiantil para las Especializaciones Médico-quirúrgicas), capítulo VI, establece los requisitos especiales de grado para los matriculados en especializaciones diagnósticas, médicas, médico-quirúrgicas y quirúrgicas.

  9. Que, con base en los procesos de autoevaluación, autorregulación y mejoramiento continuo, es conveniente constituir en un sólo cuerpo normativo las opciones de grado establecidas por la Universidad.

  10. Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

CAPÍTULO I

DEL CAMPO DE APLICACIÓN, DEFINICIÓN, OBJETIVOS Y MODALIDADES

 

Artículo 1. Del campo de aplicación. Este reglamento recoge y adecúa las opciones de grado por las que podrá optar un estudiante de pregrado o de posgrado en la Universidad Libre para cumplir con los requisitos especiales de grado.

Artículo 2. De la definición. La opción de grado es un requisito especial que el estudiante elige, dentro de las diferentes opciones que oferta el programa, para obtener el título correspondiente.

Artículo 3. De los objetivos. Son objetivos de este reglamento promover:

  1. La apropiación de las competencias y conocimientos inherentes a la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación, CINE, adaptada para Colombia.

  2. La articulación entre la teoría y la práctica, para que se analicen, comprendan y solucionen problemas propios del arte, disciplina o profesión.

  3. La capacidad para organizar y sistematizar distintas experiencias propias del arte, disciplina o profesión.

Artículo 4. De las opciones de grado. La Universidad ofrece las siguientes opciones de grado:

  1. Con componente investigativo:

    1. En pregrado. En los pregrados, que la normatividad especial lo permita, los estudiantes que deseen cumplir con el requisito de grado mediante una opción con componente investigativo, podrán elegir entre las siguientes alternativas:
      1. Monografía.

      2. Artículo.

      3. Participación en semillero de investigación.

      4. Participación como auxiliar de investigaciones.
    2. En posgrado. Según el nivel de formación, los estudiantes podrán elegir entre las siguientes alternativas:
  1. Trabajo de grado.

  2. Participación como auxiliar de investigaciones.

  3. Artículo científico.

  4. Estancia Internacional de investigación.

  5. Doble Titulación.
  1. Sin componente investigativo. En los pregrados, que la normatividad especial lo permita, los estudiantes que deseen cumplir con el requisito de grado mediante una opción sin componente investigativo, podrán elegir entre las siguientes alternativas:
  1. Coterminales.

  2. Cursos de perfeccionamiento, profundización o diplomado.

  3. Doble Titulación.

  4. Curso internacional.

  5. Judicatura.

  6. Plan de negocios.

  7. Práctica laboral.

  8. Rendimiento académico superior.

  9. Resultados en las pruebas de Estado.

 

CAPÍTULO II

DE LAS OPCIONES DE GRADO CON COMPONENTE INVESTIGATIVO

Artículo 5. Modifíquese el artículo 46 del Acuerdo n.º 01 de 2019, el cual quedará así:

Artículo 46. De los trabajos de grado con componente investigativo en pregrado. Con excepción de los estudiantes de Medicina, el trabajo con componente en investigación debe ser realizado desde la propuesta y su desarrollo por el estudiante, con el acompañamiento y la asesoría de un profesor disciplinar. La Universidad ofrece las siguientes posibilidades:

  1. Monografía. En el desarrollo de un proyecto de investigación, corresponde a un diagnóstico, un análisis o un estudio que asume la forma de monografía aprobado por un comité de evaluación designado por la dirección del Centro de Investigaciones de la facultad, desarrollada por un máximo de 2 estudiantes.
  2. La monografía está compuesta por un informe escrito y una sustentación del mismo.

    El primero, es un documento que desarrolla el proyecto de investigación y que permite evaluar la capacidad para describir, analizar, sintetizar y presentar información de forma clara y coherente sobre un tema específico de interés académico o científico relevante para el área de conocimiento.

    Una vez realizada la sustentación, la monografía se calificará como «APROBADA» o «IMPROBADA». Cuando existan condiciones de calidad, coherencia y pertinencia académica, a aquella calificada como aprobada se le podrá conceder la distinción Cum laude.

  3. Artículo. Es un texto aprobado para su publicación o un texto publicado en una revista científica indexada, o un documento de carácter académico en forma de artículo (modelo IMRyD: Introducción, Métodos, Resultados y Discusión), desarrollado por un máximo de 2 estudiantes y bajo la dirección un tutor designado por la Universidad.
  4. Se considera revista científica indexada aquella publicación evaluada y clasificada en una categoría específica por el modelo Publindex de Minciencias.

    El texto aprobado para publicación o el texto publicado deberá dar crédito a la Universidad Libre en la filiación institucional del autor o autores.

    El documento de carácter académico en forma de artículo que no se postula ante revistas científicas deberá ser sustentado ante el comité de evaluación designado por el director del Centro de Investigaciones de la facultad y será calificado como «APROBADO» o «IMPROBADO».

  5. Participación en semillero de investigación. Implica la participación en un semillero de investigación avalado por la Universidad, mínimo durante 3 periodos académicos, liderado por un profesor de planta. Se deberá presentar un informe sobre la participación en el semillero y los productos correspondientes, por un máximo de dos estudiantes, los cuales serán evaluados por el comité designado por el director del Centro de Investigaciones de la facultad.

  6. Participación como auxiliar de investigaciones.  Hace alusión a la función desarrollada por un estudiante vinculado como auxiliar de investigación a un proyecto avalado por la Universidad, durante al menos 2 periodos académicos y bajo la dirección de un tutor. Al finalizar deberá presentar un informe que será evaluado por el comité designado por el director del Centro de Investigaciones de la facultad, en el que describa su actividad dentro del proyecto y sus resultados. Adicionalmente, debe entregar al menos un producto dentro de cualquiera de las tipologías establecidas por Minciencias.

Artículo 6. Modifíquese el artículo 47 del Acuerdo n.º 01 de 2019, el cual quedará así:

Artículo 47. Del contenido de la monografía. El informe escrito debe incluir, al menos:

  • Título.

  • Nombre de autor o de los 2 autores.

  • Resumen en dos idiomas: español, inglés u otro idioma.

  • Introducción, que deberá tener en cuenta los elementos básicos del proyecto de investigación: descripción y delimitación del objeto de estudio, problema, objetivos, justificación, marco de referencia.

  • Metodología.

  • Hallazgos y resultados.

  • Conclusiones.

  • Recomendaciones (si las hubiere).

  • Referencias bibliográficas.

El informe escrito debe elaborarse de acuerdo con la norma de citación aplicada al campo de conocimiento.

La sustentación del informe se realizará ante el comité de evaluación designado por el director del Centro de Investigaciones de la facultad, el cual evaluará y calificará la calidad, rigor y originalidad del trabajo realizado.

Parágrafo. Cuando un estudiante curse simultáneamente dos programas académicos en la Universidad, que pertenezcan al mismo campo de conocimiento, será válido el mismo trabajo de grado.

Artículo 7. Modifíquense los artículos 48 del Acuerdo n.° 1 de 2019 y el artículo 34 del Acuerdo n.° 3 de 2020. El texto para cada uno de los artículos, quedará así:

Artículo (numeración correspondiente). De los trabajos de investigación en posgrado. Deben estar articulados a líneas y grupos de investigación que correspondan al campo de conocimiento del programa.

  1. ESPECIALIDAD MÉDICO-QUIRÚRGICA. Los residentes deberán hacer parte del grupo de investigación de la especialización, como auxiliares de investigación en una de las líneas relacionadas con su trabajo de grado. Cada residente deberá presentar dos productos durante los dos últimos años de residencia, sometidos a publicación en revistas científicas, sean estas de la Universidad o de otra institución, y presentar y sustentar un trabajo de grado dirigido a la investigación aplicada a la solución de un problema concreto.

  2. MAESTRÍA.El trabajo de grado en las maestrías de profundización debe estar dirigido a la investigación aplicada, al estudio de caso, a la solución de un problema concreto o al análisis de una situación particular. Este trabajo podrá ser desarrollado por un máximo de 2 estudiantes y bajo la dirección de un tutor con formación de maestría o doctorado.

En las maestrías de investigación debe ser el resultado del proceso formativo que demuestre conocimientos, actitudes y habilidades científicas avanzadas en investigación, innovación o creación que generen nuevos conocimientos, procesos y productos tecnológicos u obras e interpretaciones artísticas, según el caso, de acuerdo con lo contemplado en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Scienti), o el que haga sus veces. Por su calidad puede ser profundizado en un programa de doctorado. Este trabajo solamente podrá ser desarrollado por un estudiante.
Los trabajos que deben realizarse para obtener el respectivo título de magister se harán bajo una de las siguientes modalidades:

  1. Trabajo escrito.El trabajo escrito desarrolla un proyecto de investigación y permite evaluar la capacidad del estudiante o estudiantes para describir, analizar, sintetizar y presentar información de forma clara y coherente sobre un tema específico de interés académico o científico relevante para su área de estudio, bajo la dirección de un profesor vinculado a un grupo de investigación avalado por la Universidad Libre, y que deberá ser sustentado ante un comité evaluador designado por el director del Centro de Investigaciones de la facultad.
  2. Sin perjuicio de las normas especiales del respectivo campo de conocimiento, el trabajo escrito debe incluir, al menos:

    1. Título.

    2. Nombre de autor o de los 2 autores.

    3. Resumen dos en dos idiomas: español, inglés o un tercer idioma.

    4. Introducción, en la que se mencionará de manera sucinta el problema de investigación y los objetivos del proyecto de investigación.

    5. Metodología.

    6. Hallazgos y resultados.

    7. Conclusiones.

    8. Recomendaciones, si las hubiere.

    9. Referencias bibliográficas, que deberán estar inscritas en la norma de citación aplicada al correspondiente campo del conocimiento.

    El trabajo escrito y su sustentación serán evaluados por 2 jurados designados por el director del Centro de Investigaciones de la facultad, quienes evaluarán la calidad, rigor y originalidad del mismo. Los jurados dispondrán de un término de 15 días hábiles para la lectura del trabajo e informarán si este requiere ajustes.

    El trabajo escrito puede ser presentado y sustentado bajo la modalidad de cotutela en la IES nacional o extranjera con la que exista convenio.

  3. Estancia Internacional de investigación:Es la vinculación de un estudiante o un egresado no graduado de la Universidad a un proyecto de investigación que esté desarrollando un profesor o un investigador de otra institución de educación superior, entidad, empresa u organización internacionales por un tiempo no inferior a un mes. Esta actividad concluye con la presentación y sustentación del trabajo escrito o artículo aceptado para publicación por una revista especializada reconocida por Minciencias o sustentación pública ante 2 jurados designados por el director del Centro de Investigaciones de la facultad.

  4. Artículo científico. Es un texto académico, producto del desarrollo de un proyecto de investigación, aprobado para su publicación o un texto académico publicado en una revista reconocida por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de Colombia, Minciencias, o un documento de carácter académico sustentado ante el comité de evaluación correspondiente, desarrollado por un máximo de dos estudiantes y bajo la dirección de un tutor designado por la Universidad.
  5. En caso de que el texto sea aceptado para su publicación en una revista especializada, el autor o los autores deberán entregarlo a la dirección de posgrados bajo la respectiva reserva para garantizar la confidencialidad y la constancia otorgada de que el documento ha sido aceptado para su publicación luego de la revisión por los evaluadores.

    En caso de que el artículo ya haya sido publicado, el autor o los autores deberán entregar a la dirección de posgrados la versión impresa o electrónica en la que conste, al menos, el DOI, ISSN y/o e-ISSN, URL de la revista y fecha de publicación, que no podrá ser anterior a la de la matrícula.
    El documento de carácter científico que no se postula ante revistas científicas podrá ser formulado en el formato de artículo científico (modelo IMRyD: Introducción, Métodos, Resultados y Discusión) y deberá ser sustentado ante el comité de evaluación designado por el director de posgrados, o quien haga sus veces, y se calificará como «APROBADO» o «IMPROBADO». 

  6. Doble Titulación.Consiste en el trabajo de grado presentado y sustentado en otra universidad nacional o extranjera, bajo la modalidad de convenio de doble titulación.

  7. Participación como auxiliar de investigaciones.  Hace alusión a la función desarrollada por un estudiante vinculado como auxiliar de investigación a un proyecto y grupo de investigación avalados por la Universidad, durante al menos 2 periodos académicos y bajo la dirección de un tutor designado por la Universidad. Al finalizar deberá presentar un informe que será evaluado por el comité designado por el director del Centro de Investigaciones de la facultad, en el que describa su actividad dentro del proyecto y sus resultados. Adicionalmente, debe entregar al menos un producto dentro de cualquiera de las tipologías establecidas por Minciencias.

  8. Doctorado.La investigación doctoral debe ser una contribución significativa al conocimiento existente en el campo de estudio, análisis crítico de la literatura relevante, recolección y análisis de datos, y el desarrollo de nuevas teorías o modelos en la disciplina o profesión.

La tesis doctoral tiene como propósito demostrar la capacidad investigadora del autor/a de alta calidad en su campo de estudio y es un trabajo original de investigación que capacita para la labor autónoma en el ámbito de la investigación, innovación, ciencia y tecnología y hace un aporte al conocimiento.

Deberá ser redactada por el estudiante con la dirección de un profesor con título de doctor adscrito a un grupo de investigación avalados por la Universidad Libre, cuyas funciones son de orientación, asesoramiento, revisión y hasta el acompañamiento de la defensa de la tesis doctoral, garantizando la autonomía del estudiante investigador.

La tesis doctoral debe incluir, al menos: 

  1. Título.

  2. Nombre de la universidad y la fecha de presentación.

  3. Resumen en dos idiomas: español, inglés o un tercer idioma.

  4. Tabla de contenido.

  5. Introducción.

  6. Marco de referencia.

  7. Metodología que describa la recolección y análisis de datos.

  8. Resultados en los que se presentan los hallazgos de la investigación.

  9. Discusión de resultados.

  10. Conclusiones.

  11. Referencias bibliográficas.

  12. Anexos.

  13. Demás requerimientos que disponga la normativa vigente del doctorado.

Parágrafo 1. Teniendo en cuenta que los programas de especializacióntienen como propósito profundizar en los saberes propios del área de conocimiento, no será exigible la presentación de un trabajo de grado, salvo las especializaciones del núcleo básico de conocimiento Salud Pública.

Parágrafo 2.Excepcionalmente, el estudiante podrá contar con la dirección de un profesor externo para su tesis doctoral, previa autorización del Comité de Evaluación Doctoral.

Parágrafo 3. Los trabajos de grado en todos los niveles de formación que tiene la Universidad serán calificados como «APROBADO» o «IMPROBADO». Adicionalmente, los calificados como «APROBADO» podrán ser declarados:

  1. Cum laude, porque existen condiciones de calidad, coherencia y pertinencia académica. Se podrá conceder a trabajos de pregrado y especialidad médico-quirúrgica, maestría o doctorado.

  2. Magna cum laude, porque existe un aporte significativo al conocimiento que contribuye al avance científico de la disciplina o profesión. No procede en trabajos de pregrado. Se podrá conceder a trabajos de especialidad médico-quirúrgica, maestría o doctorado, y

  3. Summa cum laude, porque existe un aporte riguroso y original a la disciplina o profesión. No procede en trabajos de pregrado ni de maestría. Sólo se podrá conceder a trabajos de doctorado y especialidad médico-quirúrgica.

De estas calificaciones se dejará constancia en el acta de grado correspondiente.

Artículo 8. Deróguense los artículos 35, 36 y 37, Acuerdo n.° 3 de 2020.

CAPÍTULO III

DE LAS OPCIONES DE GRADO SIN COMPONENTE INVESTIGATIVO EN PREGRADO

Artículo 9.De los coterminales. Es una opción de grado que permite cursar la totalidad de créditos del primer semestre de una especialización o maestría, conforme a la reglamentación interna.

Artículo 10.De los cursos de perfeccionamiento, profundización o diplomado . Esta modalidad de grado está dirigida a egresados no graduados que hayan estado desvinculados del respectivo programa académico por 2 años.

Consiste en actividades académicas colectivas, teórico-prácticas, organizadas y programadas por la respectiva facultad, tendientes a la actualización, profundización y cualificación de conocimiento, teorías y aplicaciones prácticas de un(os) tema(s) específico(s) del pregrado que se concreta en un trabajo escrito.

Parágrafo 1. Los cursos de perfeccionamiento, profundización o diplomado se desarrollarán bajo la metodología de seminario-taller con una intensidad horaria mínima de 120 horas presenciales.

Parágrafo 2. El número mínimo de participantes se establecerá de acuerdo con el presupuesto y con el diseño metodológico del mismo.

Artículo 11.De la doble titulación . Es una opción de grado desarrollada bajo la modalidad de convenio de doble titulación nacional o internacional.

Artículo 12.Curso internacional. Es una modalidad de grado que hace parte de la estrategia de movilidad internacional estudiantil, ofertado por la Oficina de Relaciones Interinstitucionales, el cual debe estar relacionado con el campo de conocimiento del programa, contar con una intensidad horaria mínima de 120 horas, realizado en una universidad extranjera y que debe concluir con la presentación de un producto académico.

Artículo 13. Judicatura. Exclusiva para egresados no graduados del programa académico de Derecho, la cual consiste en el desarrollo práctico de los conocimientos teóricos adquiridos, una vez se haya cursado y aprobado la totalidad de las asignaturas que hacen parte del plan de estudios, de acuerdo con la reglamentación vigente. 

Artículo 14.Plan de negocios . Según mandato legal es una modalidad universal de grado que aplica a estudiantes que de manera autónoma o en asocio con actores del ecosistema empresarial, desarrollen y pongan en marcha proyectos de emprendimiento e innovación; o cuando proyectos de emprendimiento e innovación o empresas lideradas por los estudiantes, sean admitidos en alguno de los programas e instrumentos en materia de competitividad e innovación de entidades gubernamentales.

Artículo 15. De la práctica laboral . Acorde con lo preceptuado en la ley, esta opción de grado se entiende como aquellas prácticas laborales desarrolladas por un egresado no graduado, en las cuales aplica y desarrolla actitudes, habilidades y competencias necesarias para el desempeño dentro de un entorno laboral sobre los asuntos relacionados con el programa académico, previamente autorizadas por el correspondiente programa y sin exceder las horas de trabajo ordinarias semanales.

El estudiante debe presentar un informe final en el cual describe los resultados alcanzados, así como el certificado de satisfacción de los tutores de la empresa y la Universidad.

Parágrafo. Las prácticas como requisito de grado no deben confundirse con la Práctica Laboral como opción de grado.

Artículo 16.Rendimiento académico superior. Esta opción de grado aplica para los egresados no graduados que hayan aprobado los créditos académicos exigidos en el plan de estudios del programa, que no hayan reprobado asignatura alguna y alcancen un promedio acumulado igual o superior a cuatro punto seis (4.6) durante toda su carrera.

Artículo 17.Resultados en las Pruebas de Estado. Esta opción de grado aplica para los egresados no graduados que logren un percentil igual o superior al 75% en las competencias genéricas y un percentil igual o superior al 80% en cada una de las competencias específicas de la Prueba Saber Pro, o su equivalente.

CAPÍTULO IV

DE LAS DISPOSICIONES FINALES

Artículo 18. De la aplicación. Las opciones de grado señaladas en este acuerdo no suplirán los requisitos especiales de grado. Los programas académicos no podrán aplicar opciones de grado diferentes a las consagradas en el presente acuerdo.

Artículo 19.De la transición . Los estudiantes o egresados no graduados que a la fecha de entrada en vigencia de este acuerdo se hayan acogido a una opción de grado, se regirán por la reglamentación previamente establecida, salvo que decidan acogerse a este nuevo régimen.

Artículo 20. Vigencia . El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.


COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de noviembre de 2023.

 

(Original firmado)                                                    (Original firmado)
JORGE ALARCÓN NIÑO                                     FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                               Secretario General



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Resolución n.º 4 de 2023 (8 de mayo)

Resolución n.º 4 de 2023

Resolución n.º 4 de 2023
(8 de mayo)

«Por la cual se ajusta y corrige el Plan de Estudios del programa de Derecho».

La Consiliatura de la UNIVERSIDAD LIBRE en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 25, numeral 10, y,

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 6 de Ley 2113 de 2021 «Por medio de la cual se regula el funcionamiento de los consultorios jurídicos de las instituciones de educación superior» señala«[…]Con todo, los estudiantes ejercerán las funciones de representación de terceros consagradas en el Artículo 9 de esta Ley a partir de la aprobación de todas las asignaturas habilitantes para este efecto según el respectivo Programa de Derecho y por lo menos durante dos semestres, para lo cual los consultorios propiciarán las condiciones necesarias para la prestación efectiva de este servicio[…]».

  2. Que el artículo 2.5.3.2.4.1 del Decreto 1330 de 2019 «Por el cual se sustituye el Capítulo 2 y se suprime el Capítulo 7 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación» señala «[…]El crédito equivale a cuarenta y ocho (48) horas para un periodo académico y las instituciones deberán determinar la proporción entre la relación directa con el profesor y la práctica independiente del estudiante, justificada de acuerdo con el proceso formativo y los resultados de aprendizaje previstos para el programa[…]».

  3. Que mediante Resolución 016134 del 18 de diciembre de 2019 el Ministerio de Educación Nacional renovó por siete (7) años el registro calificado al programa de Derecho, para ser ofrecido en la ciudad de Barranquilla.

  4. Que mediante Resolución 018128 del 27 de septiembre de 2021 el Ministerio de Educación Nacional renovó por ocho (8) años el registro calificado al programa de Derecho, para ser ofrecido en la ciudad de Bogotá, D.C.

  5. Que mediante Resolución 014474 del 25 de julio de 2022 el Ministerio de Educación Nacional renovó por siete (7) años el registro calificado al programa de Derecho, para ser ofrecido en la ciudad de Cali.

  6. Que mediante Resolución 017320 del 27 de diciembre de 2019 el Ministerio de Educación Nacional renovó por siete (7) años el registro calificado al programa de Derecho, para ser ofrecido en la ciudad de Cartagena.

  7. Que mediante Resolución 013311 del 14 de agosto de 2018 el Ministerio de Educación Nacional renovó por siete (7) años el registro calificado al programa de Derecho, para ser ofrecido en la ciudad de Cúcuta.

  8. Que mediante Resolución 016013 del 18 de diciembre de 2019 el Ministerio de Educación Nacional renovó por siete (7) años el registro calificado al programa de Derecho, para ser ofrecido en la ciudad de El Socorro.

  9. Que mediante Resolución 013198 del 17 de julio de 2020 el Ministerio de Educación Nacional renovó por siete (7) años el registro calificado al programa de Derecho, para ser ofrecido en la ciudad de Pereira.

  10. Que la Consiliatura de la Universidad Libre en sesión de 28 de marzo de 2023, Acta Nº 3, acogió la recomendación de la Comisión Académica y autorizó que desde Consultorio Jurídico III de IX semestre, los estudiantes ejercerán las funciones de representación de terceros y las asignaturas habilitantes serán Procesal Penal I y II, Procesal Civil General, Probatorio, Procesal Laboral y Procesal Administrativo I, por lo cual se ajusta el Plan de Estudios del programa de Derecho, en el sentido de modificar la ubicación de la asignatura Procesal Administrativo I de IX semestre a VIII semestre, y también se hace necesario modificar la ubicación de las asignaturas Procesal Administrativo II de X semestre a IX semestre y Derecho Ambiental de VIII semestre a X semestre.

  11. Que la Consiliatura de la Universidad Libre en sesión de 28 de marzo de 2023, Acta Nº 3, acogió la recomendación de la Comisión Académica y autorizó las correcciones de las horas de trabajo totales de las asignaturas de 3 créditos académicos y de las asignaturas Derecho Internacional Público de IV semestre y Derecho Internacional Privado de V semestre en el Plan de Estudios del programa de Derecho, para el cumplimiento de lo enunciado en el artículo 2.5.3.2.4.1 del Decreto no. 1330 de 2019 del Ministerio de Educación Nacional.

  12. Que, con la participación activa de directivos del programa de Derecho de las diferentes Seccionales de la Universidad Libre, se llevó a cabo un proceso de revisión de las normatividades ministeriales.

  13. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Ajústese y corríjase el plan de estudios del pregrado en Derecho que se oferta en la Sede Principal y las Seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, Pereira y El Socorro, así:

ASIGNATURAS

CRÉDITOS ACADÉMICOS

HORAS DE TRABAJO ACADÉMICO

Relación

HORAS DE TRABAJO PRESENCIAL

HORAS DE TRABAJO INDEPENDIENTE

TOTAL HORAS SEMANALES

TOTAL HORAS SEMESTRALES

HORAS DE TRABAJO PRESENCIAL

HORAS DE TRABAJO INDEPENDIENTE

PRIMER SEMESTRE

Teoría del Estado

3

4

5

9

144

1

1,25

Derecho Romano

2

3

3

6

96

1

1

Introducción al Derecho

3

4

5

9

144

1

1,25

Teoría Económica

2

3

3

6

96

1

1

Historia de la Filosofía

2

3

3

6

96

1

1

Electiva I

2

2

4

6

96

1

2

Habilidades comunicativas

2

3

3

6

96

1

1

Cátedra Unilibrista

1

1

2

3

48

1

2

TOTAL SEMESTRE

17

23

28

51

816

 

 

SEGUNDO SEMESTRE

Teoría de la Constitución

3

4

5

9

144

1

1,25

Derechos Humanos y D.I.H.

3

4

5

9

144

1

1,25

Civil General y Personas

3

4

5

9

144

1

1,25

Sociología General y Jurídica

2

3

3

6

96

1

1

Economía Colombiana

2

3

3

6

96

1

1

Ciencia Política

2

3

3

6

96

1

1

Ética I

2

3

3

6

96

1

1

Electiva II

2

2

4

6

96

1

2

TOTAL SEMESTRE

19

26

31

57

912

 

 

TERCER SEMESTRE

Constitucional Colombiano

4

6

6

12

192

1

1

Bienes

3

4

5

9

144

1

1,25

Teoría del Delito

4

6

6

12

192

1

1

Lógica Jurídica

2

3

3

6

96

1

1

Investigación I

3

4

5

9

144

1

1,25

Electiva III

2

2

4

6

96

1

2

TOTAL SEMESTRE

18

25

29

54

864

 

 

CUARTO SEMESTRE

Derecho Internacional Público

2

3

3

6

96

1

1

Laboral Individual y Prestacional

3

4

5

9

144

1

1,25

Tutela Penal de los Bienes Jurídicos I

2

3

3

6

96

1

1

Teoría General del Proceso

3

4

5

9

144

1

1,25

Solución Alternativa de Conflictos

3

4

5

9

144

1

1,25

Investigación II

3

4

5

9

144

1

1,25

Electiva IV

2

2

4

6

96

1

2

TOTAL SEMESTRE

18

24

30

54

864

 

 

QUINTO SEMESTRE

Administrativo General

3

4

5

9

144

1

1,25

Obligaciones

3

4

5

9

144

1

1,25

Procesal Penal I

2

3

3

6

96

1

1

Tutela Penal de los Bienes Jurídicos II

2

3

3

6

96

1

1

Hermenéutica Jurídica

2

3

3

6

96

1

1

Derecho Internacional Privado

2

3

3

6

96

1

1

Investigación III

3

4

5

9

144

1

1,25

Electiva V

2

2

4

6

96

1

2

TOTAL SEMESTRE

19

26

31

57

912

 

 

SEXTO SEMESTRE

Laboral Colectivo

2

3

3

6

96

1

1

Administrativo Colombiano

3

4

5

9

144

1

1,25

Argumentación Jurídica

2

3

3

6

96

1

1

Derecho Comercial General

3

4

5

9

144

1

1,25

Procesal Penal II

2

3

3

6

96

1

1

Procesal Civil General

3

4

5

9

144

1

1,25

Investigación IV

3

4

5

9

144

1

1,25

TOTAL SEMESTRE

18

25

29

54

864

 

 

SÉPTIMO SEMESTRE

Filosofía del Derecho

3

4

5

9

144

1

1,25

Contratos

3

4

5

9

144

1

1,25

Títulos Valores

3

4

5

9

144

1

1,25

Probatorio

4

6

6

12

192

1

1

Familia, Infancia y Adolescencia

3

4

5

9

144

1

1,25

Criminología y Política Criminal

2

3

3

6

96

1

1

Consultorio Jurídico I

2

4

2

6

96

2

1

TOTAL SEMESTRE

20

29

31

60

960

 

 

OCTAVO SEMESTRE

Criminalística y Ciencias Forenses

3

4

5

9

144

1

1,25

Procesal Civil Especial y de Familia

3

4

5

9

144

1

1,25

Procesal Laboral

3

4

5

9

144

1

1,25

Procesal Administrativo I

2

3

3

6

96

1

1

Laboral Administrativo

2

3

3

6

96

1

1

Seguridad Social

4

6

6

12

192

1

1

Consultorio Jurídico II

2

4

2

6

96

2

1

TOTAL SEMESTRE

19

28

29

57

912

 

 

NOVENO SEMESTRE

Procesal Administrativo II

2

3

3

6

96

1

1

Sucesiones

3

4

5

9

144

1

1,25

Jurisprudencia Constitucional

3

4

5

9

144

1

1,25

Optativa I

2

3

3

6

96

1

1

Optativa II

2

3

3

6

96

1

1

Optativa III

2

3

3

6

96

1

1

Consultorio Jurídico III

2

4

2

6

96

2

1

TOTAL SEMESTRE

16

24

24

48

768

 

 

DÉCIMO SEMESTRE

Finanzas Públicas

3

4

5

9

144

1

1,25

Derecho Ambiental

2

3

3

6

96

1

1

Responsabilidad Civil

4

6

6

12

192

1

1

Ética II

2

3

3

6

96

1

1

Optativa IV

2

3

3

6

96

1

1

Optativa V

2

3

3

6

96

1

1

Consultorio Jurídico IV

2

4

2

6

96

2

1

TOTAL SEMESTRE

17

26

25

51

816

 

 

TOTAL NÚMERO DE HORAS Y CREDITOS

181

256

287

543

8688

 

 

TOTAL PORCENTAJE HORAS Y CREDITOS

100%

47,1%

54,3%

100%

100%

 

 

Artículo 2. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los 8 días del mes de mayo de 2023.

(Original firmada)                                      (Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO                           FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                 Secretario General

Elaboró y revisó:                 Sonia Liliana Amaya Mora, Jefe de la División Académica.
Transcripción:                      Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón, Técnico Administrativo I.

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Cuerpos Oficiales de Bomberos - Procesos de Selección CNSC – UNILIBRE

Cuerpos Oficiales de Bomberos

Convocatoria Cuerpos Oficiales de Bomberos

Línea call center de la convocatoria: (601) 382 1115

Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.


Avisos Informativos

DOCUMENTO ENLACE

 La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan a los aspirantes citados a presentar la prueba de aptitud física en la ciudad de Bogotá D.C, que, por motivos logísticos, se modificó el sitio de aplicación, por lo que deberán presentarse UNICAMENTE en la sede Bosque Popular de la Universidad Libre ubicada en la dirección carrera 70 No 53-40 en la misma fecha y hora en la que fueron citados.

Para consultar la citación deben ingresar con su usuario y contraseña, al Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad -SIMO- a través del link https://simo.cnsc.gov.co/, opción “ALERTAS”, donde encontrarán la información actualizada de la fecha, hora y sitio de aplicación.

Por último se recuerda la importancia de revisar la Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Aptitud Física, donde encontrará la descripción detallada de los TEST que se aplicarán, ejemplos de los mismos, indicaciones, recomendaciones y restricciones para presentar la prueba, documento publicado el 13 de marzo de 2024 en el siguiente enlace: https://historico.cnsc.gov.co/index.php/guias-cuerpos-oficiales-bomberos

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan a los aspirantes que el día 05 de abril de 2024 se publicará la citación a la Prueba de Aptitud Física.

Al respecto se indica que, serán citados ÚNICAMENTE los aspirantes, acorde al ponderado de las Pruebas Escritas y que se encuentren en las posiciones parciales de mérito, según los cupos definidos, en el numeral 4.2 de los anexos de los acuerdos de convocatoria.

Para consultar la citación deben ingresar con su usuario y contraseña, al Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad -SIMO- a través del link https://simo.cnsc.gov.co/, opción “ALERTAS”, donde encontrarán fecha, hora y sitio de aplicación.

Es importante que se revise la Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Aptitud Física, donde encontrará la descripción detallada de los TEST que se aplicarán, ejemplos de los mismos, indicaciones, recomendaciones y restricciones para presentar la prueba, la cual fue publicada el 13 de marzo de 2024 en la página www.cnsc.gov.co, siguiendo la ruta: https://historico.cnsc.gov.co/index.php/guias-cuerpos-oficiales-bomberos

“La Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC- y la Universidad Libre, informan a los aspirantes que, el día 22 de marzo de 2024, se publicaran las respuestas a las reclamaciones y los RESULTADOS DEFINITIVOS DE LAS PRUEBAS ESCRITAS.

Para conocer las respuestas y los resultados, los aspirantes deben ingresar con su usuario y contraseña al Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad -SIMO-, a través de la página web, www.cnsc.gov.co,  o a través del link: https://simo.cnsc.gov.co/ .

Se recuerda que, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo y sus anexos, frente a la respuesta a la reclamación no procede ningún recurso”

Normatividad

DOCUMENTO ENLACE

RESOLUCION ADJUDICACION LP 004 BOMBEROS

Guías

GUÍAS ENLACE

La Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSC y la Universidad Libre, informan a los aspirantes del Proceso de Selección de los Cuerpos Oficiales de Bomberos, que la Guía de Orientación al Aspirante para la Aplicación de la Prueba de Aptitud Física, podrá ser consultada en el enlace: https://historico.cnsc.gov.co/index.php/guias-cuerpos-oficiales-bomberos

En este documento encontrará la descripción detallada de los test que se aplicarán, ejemplos de los mismos, indicaciones, recomendaciones y restricciones para presentar la prueba.
Se recomienda estar atento A LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LAS CITACIONES A LA APLICACIÓN DE LA PRUEBA DE APTITUD FISICA.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a los aspirantes que presentaron la PRUEBA ESCRITA, cuyos resultados preliminares fueron publicados el 12 de febrero de 2024, que la JORNADA DE ACCESO AL MATERIAL DE PRUEBAS para las personas que así lo solicitaron en su reclamación, se realizará el día 3 de marzo de 2024, en dos (2) Jornadas.

Recuerde que puede consultar la Guía de Orientación al Aspirante para el Acceso a Material de Pruebas Escritas, en el siguiente link: https://historico.cnsc.gov.co/index.php/guias-cuerpos-oficiales-bomberos

Publicación Guía de Orientación al Aspirante para la Etapa de Verificación de Requisitos Mínimos – VRM, Proceso de Selección Cuerpos Oficiales de Bomberos

La Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC y la Universidad Libre en virtud de la Licitación Pública LP – 004 de 2023, invitan a los aspirantes a consultar la Guía de Orientación al Aspirante, publicada en el link: https://historico.cnsc.gov.co/index.php/guias-cuerpos-oficiales-bomberos

Publicación Guía de Orientación al Aspirante para la presentación de pruebas escritas, Proceso de Selección de los Cuerpos Oficiales de Bomberos.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a los aspirantes ADMITIDOS en la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos del Proceso de Selección de los Cuerpos Oficiales de Bomberos, que se encuentra publicada la Guía de Orientación al Aspirante para la Aplicación de Pruebas Escritas y podrá ser consultada en el enlace:

https://historico.cnsc.gov.co/index.php/guias-cuerpos-oficiales-bomberos

En este documento encontrará la información relacionada con los tipos de pruebas a aplicar (de conocimientos generales, de personalidad y estrategias de afrontamiento), ejemplos de preguntas y respuestas de las mismas, los aspectos que se deben tener en cuenta para su presentación, y los ejes temáticos del empleo al cual se inscribió.

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Docentes - Procesos de Selección CNSC – UNILIBRE

Docentes

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Aviso Informativos

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AVISOS INFORMATIVO ENLACE

Guía de Orientación al Aspirante Prueba Escrita para el Proceso de Selección No. 601 de 2018

Publicación: Guía de orientación al aspirante, y fecha de presentación de las Pruebas de Conocimientos Específicos y Pedagógicos para el contexto Rural y Aptitudes y Competencias Básicas para el contexto No Rural y la Prueba Psicotécnica

La Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC, y la Universidad Libre INFORMAN a los participantes del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, que se encuentra publicada la Guía de Orientación al aspirante para la presentación de las pruebas de Conocimientos Específicos y Pedagógicas (contexto rural); Aptitudes y Competencias básicas (contexto no rural) y la prueba Psicotécnica, la cual podrá ser consultada en lo siguiente link:

https://historico.cnsc.gov.co/index.php/2150-docentes-guias

Así mismo, se informa que la fecha de presentación de las pruebas de Conocimientos Específicos y Pedagógicas (contexto rural); Aptitudes y Competencias Básicas (contexto no rural) y la prueba Psicotécnica, está programada para el domingo 25 de septiembre de 2022.

Finalmente se recuerda que, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.3 del Anexo de los Acuerdos del Proceso de Selección, la citación para aplicación de las pruebas, la cual, contiene fecha, hora y lugar de presentación, será comunicada con una antelación de diez (10) días calendario a la fecha de aplicación de las citadas pruebas, misma que podrá ser consultada por los aspirantes en la plataforma SIMO, ingresando con su usuario y contraseña.

Se recuerda que es deber de los aspirantes citados a las pruebas, prever las dificultades climáticas o viales que se puedan presentar para la fecha prevista, razón por la cual es necesario que adopten las medidas necesarias para garantizar su participación en el proceso de selección, dado que la fecha definida para la aplicación no será objeto de modificación.

Publicación de resultados de las Pruebas de Conocimientos Específicos y Pedagógicos y la Psicotécnica para el cargo de Docentes de Primaria, Proceso de Selección No. 601 de 2018

El 09 Septiembre 2022.

En cumplimiento del artículo 23 del Acuerdo del Proceso de Selección No. 601 de 2018, la CNSC y la Universidad Libre, informan a los aspirantes que presentaron las pruebas de Conocimiento Específicos y Pedagógicos y la Prueba Psicotécnica dentro del Proceso de Selección 601 de 2018 – Docente Primaria – Departamento de Norte de Santander, el pasado 28 de agosto de 2022, que, los resultados de estas pruebas serán publicados el 16 de septiembre de 2022.

Para conocer los resultados, los aspirantes deberán ingresar al sitio web www.cnsc.gov.co / enlace SIMO - Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, con su usuario y contraseña. 

A dichos aspirantes les asiste el derecho de presentar reclamación frente a los resultados obtenidos en estas pruebas de considerarlo procedente, en los términos establecidos en el artículo 24 del Acuerdo del Proceso de Selección No. 601 de 2018, la cual se podrá presentar únicamente a través del SIMO a partir de las 00:00 del día 19 de septiembre y hasta las 23:59:59 del día 23 de septiembre de 2022.

No se recibirán reclamaciones por otro medio diferente al SIMO, ni por fuera del término aquí señalado, es decir, hasta las 23:59:59 del día 23 de septiembre de 2022, y que, de requerir acceso a pruebas, lo deberá manifestar a través de dicho aplicativo, actividad que tendrá lugar el 9 de octubre de 2022.

De conformidad con el artículo 25 del Acuerdo del Proceso de Selección No. 601 de 2018, la reclamación se podrá completar durante los 2 días hábiles siguientes al acceso al material de pruebas, por tanto, se habilitará el aplicativo SIMO a partir de las 00:00 horas del día 10 y hasta las 23:59 horas del día 11 de octubre de 2022, para que los aspirantes que asistan a la mencionada jornada de acceso al material de pruebas escritas, completen su reclamación inicial.

Citación para la aplicación de las Pruebas de Aptitudes y Competencias Básicas, las Prueba de Conocimientos Específicos y Pedagógicos y Pruebas Psicotécnicas, Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes

El 15 Septiembre 2022.

La Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC y la Universidad Libre, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.3. de los acuerdos del proceso de selección, INFORMAN a los participantes del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, que a partir del 15 de septiembre de 2022 pueden consultar y descargar la citación a la presentación de la prueba de Aptitudes y Competencias Básicas (    Zona No Rural), la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos (Zona Rural) y Pruebas Psicotécnicas (Zonas Rural y No Rural), que serán aplicadas el próximo 25 de septiembre de 2022; la citación se podrá visualizar ingresando con su usuario y contraseña a la plataforma SIMO https://simo.cnsc.gov.co/ 

En la pestaña - ALERTAS - encontrará para su conocimiento y consulta el lugar, fecha y hora de la aplicación de las pruebas escritas.

Los invitamos a consultar en detalle la Guía de Orientación al Aspirante, que se encuentra publicada desde el pasado 26 de agosto de 2022, en la que podrán obtener toda la información relacionada con los tipos de pruebas a aplicar y la validación de los ejes temáticos, así como todos los aspectos a tener en cuenta el día de las pruebas escritas. Dicha guía se encuentra publicada en el enlace: https://historico.cnsc.gov.co/index.php/2150-docentes-guias# 

Acceso a material de las Pruebas de Aptitudes y Competencias Básicas, las Prueba de Conocimientos Específicos y Pedagógicos y Pruebas Psicotécnicas, en el marco del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022

El 15 de noviembre de 2022.

En cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.7.1 anexo técnico de los Acuerdos del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 - Directivos Docentes y Docentes, la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a los aspirantes que solicitaron acceso al material de las pruebas de Aptitudes y Competencias Básicas (Zona No Rural), de Conocimientos Específicos y Pedagógicos (Zona Rural) y Pruebas Psicotécnicas (Zonas Rural y No Rural) que, la jornada de acceso a material de pruebas tendrá lugar el domingo 27 de noviembre de 2022

Se recuerda a los aspirantes que la jornada se dará en las mismas ciudades donde aplicaron las pruebas escritas, y la citación podrá ser consultada a partir del 18 de noviembre de 2022 en la opción “ALERTAS” de SIMO https://simo.cnsc.gov.co/ con su usuario y contraseña, donde se indicará el lugar, fecha y hora que podrá asistir a dicha jornada.

De igual manera se informa que, la guía de orientación para acceso a material de pruebas será publicada el 17 de noviembre de 2022, por lo que respetuosamente sugerimos hacer consulta de la misma para conocer y acatar las recomendaciones e instrucciones que deberán tener en cuenta en la jornada de acceso al material de pruebas. 

Finalmente se precisa que, la reclamación contra los resultados de pruebas escritas se podrá complementar durante los 2 días siguientes al acceso al material de pruebas, para lo cual se habilitará el aplicativo SIMO a partir de 00:00 horas del 28 de noviembre de 2022 y hasta las 23:59 horas del 29 de noviembre de 2022, a través de SIMO. 

Publicación de resultados definitivos Pruebas Escritas de los Procesos de Selección 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes – Población Mayoritaria

El 25 de enero de 2023.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan que el próximo 02 de febrero de 2023 se publicarán los resultados definitivos de las Pruebas Escritas del citado Proceso de Selección, así como las respuestas a las reclamaciones interpuestas en la etapa respectiva. A excepción de los resultados de las OPEC asociadas al empleo DOCENTE DE ÁREA IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS.

Por lo tanto, los aspirantes inscritos al empleo DOCENTE DE ÁREA IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS, deberán remitirse al siguiente aviso: Publicación de resultados preliminares Pruebas Escritas para las OPEC del empleo Docente de Área Idioma Extranjero Inglés de los Procesos de Selección 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes – Población Mayoritaria. (CONSULTE AQUÍ LAS OPEC - LINK OPEC)

Acceso a material de las Pruebas de Aptitudes y Competencias Básicas, la Prueba de Conocimientos Específicos y Pedagógicos y Pruebas Psicotécnicas, para el cargo de Docente de Área Idioma Extranjero Inglés, - Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021,

el 10 Febrero 2023.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre de conformidad con lo establecido en el numeral 2.7.1 de Anexo Técnico de los Acuerdos de los Procesos de Selección Nos. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 - Directivos Docentes y Docentes, informan a los aspirantes que solicitaron el acceso al material de las pruebas de Aptitudes y Competencias Básicas (Zona No Rural), de Conocimientos Específicos y Pedagógicos (Zona Rural) y Pruebas Psicotécnicas (Zonas Rural y No Rural) – DOCENTE DE ÁREA IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS, que, la jornada de acceso a material de pruebas tendrá lugar el domingo 19 de febrero de 2023, la cual, se llevará a cabo en las mismas ciudades donde aplicaron las pruebas escritas, y la citación podrá ser consultada a partir del 10 de febrero de 2023 en la opción “ALERTAS” de SIMO https://simo.cnsc.gov.co/ con su usuario y contraseña, donde se indicará el lugar, fecha y hora que podrá asistir a dicha jornada.

La Guía de Orientación al Aspirante para el Acceso a Pruebas Escritas será publicada el 10 de febrero de 2023, documento que le permitirán conocer de manera detallada las recomendaciones e instrucciones para el acceso al material de Pruebas Escritas, las cuales se deben cumplir a cabalidad.

Es de precisar, que de conformidad con la normatividad de de los Procesos de Selección Nos. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 - Directivos Docentes y Docentes, la reclamación se podrá completar durante los 2 días siguientes al acceso al material de pruebas, es decir, que se habilitará el aplicativo SIMO a partir a partir de 00:00 horas del 20 de febrero de 2023 y hasta las 23:59 horas del 21 de febrero de 2023, para que los aspirantes que asistan a la mencionada jornada de acceso a pruebas, complementen su reclamación inicial.

Cargue y validación de documentos Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 - Directivos Docentes y Docentes

el 03 Marzo 2023.

La Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, INFORMA a los aspirantes que superaron las Pruebas de Aptitudes y Competencias Básicas, la Prueba de Conocimientos Específicos y Pedagógicos y Pruebas Psicotécnicas, en el marco del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 - Directivos Docentes y Docentes, que el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad – SIMO, estará habilitado para que realicen el respectivo cargue y validación de documentos, desde las 00:00 horas del día 10 de marzo  de 2023 hasta las 23:59 horas del día 16 de marzo del presente año. 

Así en cumplimiento de lo establecido en el numeral 3 de los Acuerdos de los Procesos de Selección, la CNSC publicó un Instructivo, con el fin de orientar a los aspirantes en el cargue y validación de los documentos, el cual podrá ser consultado en el link  https://historico.cnsc.gov.co/index.php/2150-docentes-guias

Vencido el término previsto para el cargue y validación de documentos, no existirá otra oportunidad para llevar a cabo este procedimiento, por lo que no se admitirá la entrega por ningún otro medio, siendo SIMO el único canal habilitado para tal fin en las fechas indicadas.

 

Guías

GUÍAS ENLACE

Guía de orientación al aspirante para cargue y/o actualización de documentos, Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 - Directivos Docentes y Docentes.

Guía de orientación al aspirante - Población Mayoritaria

Guía de orientación al aspirante – Acceso al material de Pruebas Escritas

Guía de Orientación al Aspirante Prueba Escrita para el Proceso de Selección No. 601 de 2018

Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE VILLAVICENCIO, META, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 50-001-31-07-004-2024-00036-00, interpuesta por la señora MARÍA ELIZABETH ROJAS CRUZ ordena publicar la presente acción constitucional con el propósito ponerla en conocimiento a los participantes del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria que tengan un interés legítimo frente a la misma, con el fin de que intervengan si lo consideran necesario. Los interesados, podrán dirigir sus escritos de defensa y contradicción al correo electrónico del juzgado: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMITE

ANEXOS

“Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y TRES ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. - SECCIÓN SEGUNDA ORAL, en conocimiento de la acción de tutela con radicado No. 0110013342053-2024-00084-00, interpuesta por el señor NÉSTOR LEONEL GÁLVEZ ARCE, ordenó publicar la presente providencia a fin de que quienes se sientan con interés ejerzan sus derechos dentro del término de dos (2) días siguientes a la presente publicación."

TUTELA

AUTO AVOCA

“Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 50001- 3333-005-2024-00059-00, interpuesta por la señora ALCIRA RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ ordena publicar la presente acción constitucional con el propósito ponerla en conocimiento a los participantes del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria que tengan un interés legítimo frente a la misma o eventualmente pudieran salir afectados con la decisión que se profiera, con el fin de que intervengan si lo consideran necesario. Los interesados, podrán dirigir sus escritos de defensa y contradicción al correo electrónico del juzgado: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMITE

ANEXOS

“Se informa que el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Villavicencio, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 50001310400420240002900, interpuesta por el señor Yorleidy Quinto Hinestroza ordena publicar la presente acción constitucional con el propósito ponerla en conocimiento a los participantes del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria, con el fin de que intervengan si lo consideran necesario. Los interesados, podrán dirigir sus escritos de defensa y contradicción al correo electrónico del juzgado: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”

TUTELA

AUTO AVOCA

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE VILLAVICENCIO, META, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 50-001-31-07-004-2024-00027-00, interpuesta por el señor PEDRO ALIRIO BERNAL TOVAR ordena publicar la presente acción constitucional con el propósito ponerla en conocimiento de todas aquellas personas que aprobaron el OPECE No. 2150 a 2237 de 2021; 2316 Y 2406 de 2022, para el cargo de Directivos Docentes y Docentes, con el fin de que intervengan si consideran necesario, en el término de dos (2) días. Se precisa que, podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del juzgado: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .”

TUTELA

AUTO ADMITE

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO VILLAVICENCIO – META, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 50001 31 04 004 2024 00026 00, interpuesta por la señora ALYS YOLIMA HERNÁNDEZ CÉSPEDES ordena publicar la presente acción constitucional con el propósito de vincular a los particulares que podrían tener interés legítimo por verse afectados con las decisiones adoptadas al interior de la misma, o encontrarse relacionados con la presunta vulneración de las garantías constitucionales impetradas, con el fin de que intervengan si consideran necesario, en el término de dos (2) días. Se precisa que, podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del juzgado: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .”

TUTELA

AUTO AVOCA

“Se informa que el CONSEJO DE ESTADO - SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN C, en conocimiento de la acción de tutela con radicado No. 47001-23-33-000-2023-00247-01 , interpuesta por el señor ÁLVARO BELEÑO CUESTA, ordenó publicar la sentencia de segunda instancia proferida el 02 de febrero del 2024 en la página web del proceso de selección de Docentes y Directivos Docentes, que se rige por el Acuerdo 2131 de 2021 – OPEC 183200 correspondiente a Docente de área de Ciencias Sociales, historia, geografía, constitución política y democrática – NO RURAL; lo anterior, con el fin de que los interesados en dicha convocatoria tengan conocimiento de esta."

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES YOPAL - CASANARE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 85001 31 18 001-2024-00012-00, interpuesta por el señor ARLINTON PEREA AMPUDIA R, ordena publicar la presente acción constitucional con el propósito de vincular a los participantes del Proceso de Selección inscritos en el empleo con número de OPEC 184778, con el fin de que intervengan si consideran necesario, en el término de dos (2) días. Se precisa que, podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del juzgado: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO DÉCIMO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado No. 08-001-33-33-010-2023-00301-00, interpuesta por el señor JAVIER EMILIO NAVARRO BLANCO, ordenó publicar la presente providencia a fin de que quienes se inscribieron y hagan parte de la Convocatoria, conozcan la medida cautelar de urgencia decretada en el proceso del asunto."

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE VILLAVICENCIO, META en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 50-001-31-07-004-2024-00014-00, interpuesta por la señora DIANA CAROLINA PUENTES DÍAZ, ordena publicar la presente acción constitucional con el propósito de notificar a aquellas personas que se encuentran en aprobaron para la OPEC No. 2150 a 2237 de 2021; 2316 Y 2406 de 2022, para el cargo de Directivos Docentes y Docentes. Se precisa que, podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del juzgado.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Primero Civil Del Circuito Especializado En Restitución De Tierras De Villavicencio (Meta) en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 500013121001 2024 100 14 00, interpuesta por la señora Cindy Brigith Rueda Piratoba, ordena publicar la presente acción constitucional con el propósito de notificar a los demás interesados. Se precisa que, podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del juzgado.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDA DE SEGURIDAD DE RIOHACHA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 44-001-31-87-001-2024-00004-00, Interpuesta por SEILI SIVES QUINTERO MOLINA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de dar a conocer la misma a cada uno de los interesados y partícipes inscritos en el proceso de proceso de selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 - Directivos Docentes y Docentes. OPEC No. 182864, convocatoria SEC Riohacha rural, nivel jerárquico: Coordinador Directivo Docente regido bajo el acuerdo No. 263 de 2022, quienes eventualmente pudieran salir afectados con la decisión, para que se pronuncien en torno a los hechos puestos de manifiesto por la accionante, para que si lo consideran pertinente, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, procedan a intervenir dentro de esta acción en el término de dos días. La intervención correspondiente deberá ser allegadas al correo del juzgado: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMITE

OFICIO

ACTA

“Se informa que el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Rioacha; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 2024-00001 interpuesta por la señora ISABEL CRISTINA SUÁREZ ROJAS, ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Séptimo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Palmira -Valle del Cauca; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 765203109007-T-2023-00126-00, interpuesta por el señor ANA CECILIA HURTADO HURTADO ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Valledupar; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 2023 00134, interpuesta por el señor GUSTAVO ADOLFO GAVIRIA ARRIETA ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE PALMIRA -VALLE; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 76-520-31-05-002-2023-00206-02, interpuesta por el señor OSVALDO BENAVIDES RIOS ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Tribunal Administrativo del Magdalena; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 47-001-2333-000-2023-00296-00, interpuesta por la señora JENNIFER JULIETH IRIARTE MARQUEZ ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE SAN JOSÉ DEL GUAVIARE; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 950013184001 – 2023 – 00209 – 00, interpuesta por la señora BLANCA MARÍA JESÚS CARRILLO ESTUPIÑÁN ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE MANIZALES; en conocimiento de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho identificada con número de radicado 17-001-31-07-001-2023-00147-00, interpuesta por el señor MAURICIO GIRALDO HERRERA ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE SOGAMOSO; en conocimiento de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho identificada con número de radicado 15759-33-33-001-2023-00199-00, interpuesta por el señor JORGE ELIECER SIERRA ÁLVAREZ ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DE ARAUCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 81001 3333 005 2023 00042 00, interpuesta por el señor JORGE ESGARDO CONTRERAS MARTINEZ, ordenó notificar a los aspirantes quienes conforman la lista de elegibles de la OPEC N° 182636 de la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes – población mayoritaria 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022, con el fin de que se de a conocer la existencia del presente trámite"

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE TUNJA; en conocimiento de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho identificada con número de radicado 150013333002202300168 00, interpuesta por la señora CLAUDIA YANETH MORENO MEDINA ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO DECRETA

“Se informa que el JUZGADO DIECISÉIS ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ -SECCIÓN SEGUNDA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 110013335016202300354.00, interpuesta por la señora CENELIA TORRES TORRES ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AVOCA ACUMULA

“Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MEDELLÍN; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 05001 31 10 004 2023 523 00, interpuesta por la señora XIOMARA LUZ MORALES MARÍN ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

FALLO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL SANTUARIO -ANTIOQUIA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 05697-31-84-001-2023-00348-00, interpuesta por el señor STEEVEENSON RIVAS RÍOS ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ -SECCIÓN PRIMERA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 11001 3334 003 2023 00522 00, interpuesta por el señor SERGIO OLMEDO HERRERA HERNÁNDEZ ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE EL SANTUARIO -ANTIOQUIA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 05697-31-84-001-2023-00348-00, interpuesta por el señor STEEVEENSON RIVAS RÍOS ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

AUTO VINCULA

“Se informa que el JUZGADO ÚNICO PROMISCUO DE FAMILIA DEL PLATO -MAGDALENA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 47-555-3184-001-2023-00118-00, interpuesta por el señor CARLOS AUGUSTO OSPINO ARAGON ordena publicar la providencia, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE PALMIRA -VALLE; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 76-520-31-05-002-2023-00206-01, interpuesta por el señor OSVALDO BENAVIDES RIOS ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

AUTO OBEDEZCASE

“Se informa que el JUZGADO DIECISÉIS DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-31-87-016-2023-00090- 00, interpuesta por el señor SERGIO OLMEDO HERRERA HERNÁNDEZ ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

DEMANDA

AUTO AVOCA

AUTO DECRETA

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SOCHA -BOYACÁ; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00081, interpuesta por la señora ASTRID YAMILE DELGADO PINZÓN ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO OBEDEZCASE

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MEDELLÍN; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05001 31 10 004 2023 00523 00, interpuesta por la señora XIOMARA LUZ MORALES MARÍN ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO ÚNICO PROMISCUO DE FAMILIA DEL PLATO -MAGDALENA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 47-555-3184-001-2023-00118-00, interpuesta por el señor CARLOS AUGUSTO OSPINO ARAGON ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

FALLO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA ORAL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 47001-31-60-004-2023-00284-00, interpuesta por el señor JUAN CAMILO ARÉVALO GARZÓN ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE EL SANTUARIO -ANTIOQUIA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05697-31-84-001-2023-00255-00, interpuesta por la señora ADRIANA MARÍA CARRILLO PINEDA ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

FALLO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE MEDELLÍN; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05001 31 07 002 2023 00130 00, interpuesta por el señor JOSÉ EDGAR PATIÑO GAGÍA ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

FALLO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MANIZALES -CALDAS; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 17001311000420230040200, interpuesta por el señor MANUEL ANDRÉS TAMAYO MARTÍNEZ ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA EL SANTUARIO -ANTIOQUIA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05697-31-84-001-2023-00255-00, interpuesta por la señora ADRIANA MARÍA CARRILLO PINEDA ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO 2 CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ENRESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTAMARTA en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-10062-00 Interpuesta por el aspirante Arnulfo Benavides Trigos, ordena a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y a la Universidad Libre de Colombia que publiquen la cursante acción de tutela (junto con sus respectivos anexos) y todas las decisiones judiciales de este trámite especial en sus páginas web institucionales en donde se registren las actuaciones del proceso de selección número 2150 a 2237 de 2021; 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, población mayoritaria, zona rural y no rural, lo anterior con el fin de que cualquier interesado en dicho concurso de méritos (especialmente aquellos aspirantes al cargo de Docente de área de educación física, recreación y deporte) y en esta acción de tutela concurran a esta sede judicial para ser notificados del cursante asunto. Para tales efectos elabórese por parte de la secretaría de este juzgado un edicto donde se comunique lo anterior, documento que deberá ser remitido a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y a la Universidad Libre de Colombia para la materialización de la orden dictada en líneas anteriores. Asimismo, se hará la publicación de dicho registro en el micrositio que para tales efectos tiene la Rama Judicial."

EDICTO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y CUATRO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00117-00, interpuesta por el señor SEBASTIÁN DAVID ROMERO MARTÍNEZ ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

DEMANDA

AUTO AVOCA

ANEXOS

““Se informa que el JUZGADO OCTAVO LABORAL DEL CIRCUITO- Medellín, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-0284, Interpuesta por la aspirante YORLADIZ RUEDA LONDOÑO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, correspondientes deberán ser allegadas ; al correo del juzgado: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

CUMPLASE

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 54 001 33 33 001-2023-00416-00, interpuesta por la señora DENNYS XIOMARA CASTAÑEDA ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO DÉCIMO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00099-00, interpuesta por el señor SERGIO ANDRÉS VILLAMIZAR FLOREZ ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE MEDELLÍN; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05001 31 07 002 2023 00130 00, interpuesta por el señor JOSÉ EDGAR PATIÑO GARCÍA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO VEINTE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE MEDELLÍN; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05001-31-09-020-2023-00111-00, interpuesta por la señora ASTRID ELENA PÉREZ LÓPEZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEXTO PENAL DEL CIRCUITO DE MANIZALES - CALDAS; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 17001 31 04 006 2023 00130 00, interpuesta por el señor DIEGO FERNANDO GARCÍA FLÓREZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN ANDRÉS; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 686694089001 – 2023 – 00074 – 00, interpuesta por el señor NYBER JOAQUIN RENNÉ BOHÓRQUEZ CÁRDENAS, ordena publicar el fallo de la acción de tutela presentada, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

FALLO

“Se informa que el MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y la UNIVERSIDAD LIBRE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 13001311000720230045300, interpuesta por el aspirante ODALIS DEL ROSARIO ROMERO VARGAS, a las entidades accionadas, la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, y a la UNIVERSIDAD LIBRE, que de publiquen la presente admisión de tutela en sus respectivas páginas web insertando el presente auto y los escritos de tutela, a fin de integrar debidamente el contradictorio para que los participantes del Concurso Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021 y 2316 y 2406 de 2022 – Directivos Docentes Y Docentes y quienes tengan interés en la presente acción de tutela ejerza sus derechos de contradicción si a bien lo tienen. Las entidades deberán enviar constancia de la publicación."

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.."

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN ANDRÉS; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 686694089001 – 2023 – 00074 – 00, interpuesta por el señor NYBER JOAQUIN RENNÉ BOHÓRQUEZ CÁRDENAS, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa."

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO APARTADÓ-ANTIOQUIA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 05045 31 03 001 2023-0335-00, Interpuesta por la aspirante YARLEYS GÓMEZ RENTERÍA, ordena a la Comisión Nacional del Servicio Civil, para que una vez recibida la notificación de este auto admisorio proceda a correr traslado del mismo a los aspirantes de dicha convocatoria, ello al correo electrónico que hubieren informado dentro de la convocatoria para la cual se ha postulado. Igualmente, dicha notificación se surtirá en las páginas oficiales de la Comisión Nacional del Servicio Civil, de la Universidad Libre y la de este Despacho Judicial, para lo cual se oficiará a cada uno de ellas.”

OFICIO

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Cartagena, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 1300131050062023 00222 00, Interpuesta por la aspirante JOHANNA CAROLINA BERNAL ARIZA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, correspondientes deberán ser allegadas en el término de 24 horas; al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.."

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

AUTO VINCULA

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001-31-87-002-2023-00085-00, Interpuesta por la aspirante CINDY TATIANA GARZÓN MARTÍNEZ, ordena AL REPRESENTANTE LEGAL COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, AL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD LIBRE Y A LA SECRETARIADE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, a través de su página web institucional o medio más expedido notifique a cada uno de los aspirantes del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 directivos docentes y docentes; población mayoritaria, zona rural y no rural y publique en su página web institucional el presente fallo de tutela, de lo cual deberá allegar constancia a este despacho.

FALLO

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001-31-87-002-2023-00085-00, Interpuesta por la aspirante CINDY TATIANA GARZÓN MARTÍNEZ, ordena AL REPRESENTANTE LEGAL COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, AL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD LIBRE Y A LA SECRETARIADE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, a través de su página web institucional o medio más expedido notifique a cada uno de los aspirantes del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 directivos docentes y docentes; población mayoritaria, zona rural y no rural y publique en su página web institucional el presente fallo de tutela, de lo cual deberá allegar constancia a este despacho.

FALLO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO 3º ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ SECCIÓN PRIMERA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001 3334 003 2023 00447 00, Interpuesta por la aspirante YULI ESTHER CUERVELO CARRILLO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la denominación del empleo “docente de área de Humanidades y Lengua Castellana, con números de OPEC 182834 de la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste” .

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO 3º ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ SECCIÓN PRIMERA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001 3334 003 2023 00447 00, Interpuesta por la aspirante YULI ESTHER CUERVELO CARRILLO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la denominación del empleo “docente de área de Humanidades y Lengua Castellana, con números de OPEC 182834 de la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste” .

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO 57 ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-33-42-057-2023-00333-00, interpuesta por el señor JAVIER EMILIO NAVARRO BLANCO, ordenó publicar de forma inmediata la acción constitucional mediante la página web de la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes – población mayoritaria 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE MALAMBO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 08-433-40-89-001-2023-00260-00, Interpuesta por la aspirante MARILOURDES CANDELA CONRADO, ordena publicar en su página web en la convocatoria del proceso de selección No 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES, POBLACIÓN MAYORITARIA NO RURAL, dentro del término de las doce (12) horas siguientes contadas a partir de la notificación de esta providencia, la existencia del a presente acción, con el fin de que las personas que tengan interés puedan intervenir dentro del presente trámite”

AUTO VINCULA

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE CARTAGENA DE INDIAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 13001310700220230007700, Interpuesta por la aspirante LUCELYS PAOLA JAIME PÉREZ, ordena publicar el fallo de tutela, en la página web de la entidad.”

FALLO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTA en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001-31-87-002-2023-00085-00 Interpuesta por la aspirante CINDY TATIANA GARZON MARTINEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AVOCA

“Se informa que el TRIBUNAL SUPERIOR DE MANIZALES; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 17001-31-04-006-2023-00060-02, interpuesta por el señor MAURICIO GIRALDO HERRERA, ordena publicar el presente fallo de tutela, con el propósito de notificar a las personas que fueron admitidas al Proceso de Selección No. 2210 de 2021 – Directivos Docentes y Docentes.”

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO DIECINUEVE CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 05001310301920230033600 Interpuesta por la aspirante OSCAR JULIAN MONTOYA ALVAREZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO OCTAVO PENAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA - BOLIVAR; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 13001-31-04-008-2023-00086-00, interpuesta por el señor WILLIAM ALBERTO CUETO DE LA ROSA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de comunicar su existencia y garantizarles a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE OROCUE en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 8523203189001-2023-00083-00 Interpuesta por el aspirante JORGE WILLIAM MOSQUERA REYES ordena a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y a la UNIVERSIDAD LIBRE publicar la providencia emitida, para lo que corresponda a los terceros determinados e indeterminados con interés""

FALLO

“Se informa que el JUZGADO CATORCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA - ATLANTICO; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 08001310901420230002800, interpuesta por el señor LUIS ALBERTO MALLARINO BELEÑO, ordena publicar el presente fallo de tutela, con el propósito de que sea notificada a las personas que ostenten interés jurídico dentro del proceso indicado."

FALLO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 850013107001-2023-00040-00 interpuesta por el aspirante MILLER ARLEY MOJICA RODRIGUEZ ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes y demás interesados"

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE SALAMINA CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 17653-31-04-001-2023-00061-00 interpuesta por el aspirante YURI ALEXANDRA CARDENAS RIOS, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes y demás interesados"

FALLO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE ITAGUI en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00056-00 Interpuesta por la aspirante ISABEL CRISTINA ZAPATA TIRADO ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

““Se informa que el JUZGADO VEINTITRÉS DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 111001-31-87-023-2023-00082-00 Interpuesta por la aspirante Juan Pablo Ruíz López ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO AVOCA

“Se informa que la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y la UNIVERSIDAD LIBRE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 54-001-31-53-007-2023-00272-00, interpuesta por el aspirante NILSA FERNANDA GUTIÉRREZ MÚNERA, a las entidades accionadas, la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, y a la UNIVERSIDAD LIBRE, remitir copia de la solicitud, sus anexos y la presente providencia a los aspirantes que se encuentran activos dentro del concurso objeto de acción e igualmente públicas en el sitio web oficial de la entidad a fin de que los interesados en el asunto, concurran a hacer vales sus derechos si a ello hay lugar, dentro del término de dos (2) días siguientes." Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO 27 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001318702720230008200Interpuesta por la aspirante CARMEN CONSTANZA RUANO MARROQUÍN, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.."

TUTELA

AUTO

“Se informa que el JUZGADO QUINCE DE FAMILIA DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 110013110015202300550-00, interpuesta por el señor CARLOS AUGUSTO PÉREZ MEDELLÍN, ordenó notificar a los aspirantes inscritos a la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes – población mayoritaria 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022 que estén interesados, con el fin de que den a conocer ante esta instancia judicial las razones que apoyen o rechacen la presente acción, allegando y haciendo valer las pruebas que consideren pertinentes, y obtener una decisión vinculante de acuerdo con su intervención, si hubiere lugar a ello."

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

AUTO VINCULA

“Se informa que el MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y la UNIVERSIDAD LIBRE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 85 162 31 89 001 2023-00157-00, interpuesta por el aspirante KELY PAULIN SANDOVAL RAMOS, a las entidades accionadas, la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, y a la UNIVERSIDAD LIBRE, para que notifique la misma a todos los concursantes, y publiquen en su página web el presente auto. Lo anterior, para efectos de la notificación de los terceros interesados, según la parte motiva." Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

AUTO ADMISORIO

ANEXO 1

“Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO SALAMINA, CALDAS en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 17-653-31-04-001-2023-00061-00 Interpuesta por la aspirante YURI ALEXANDRA CARDENAS RIOS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE PALMIRA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 76-520-40-03-005-2023-00292-00, interpuesta por el señor Juan Sebastián Figueroa Gutiérrez, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle su derecho a la defensa a las personas que tengan interés en el resultado de la misma, quienes, si a bien lo consideran, podrán remitir sus escritos al despacho antes referido, dentro de los dos (2) días siguientes a la presente publicación”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE PITALITO en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 741551318400220230017900Interpuesta por la aspirante Claudia milena Quesada Gonzalez, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..“

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05001-31-07-003-2023-00063-00, interpuesta por la señora ANA MILENA PULGARÍN VANEGAS, ordenó publicar el traslado de la demanda y sus anexos, con el fin de que quienes consideren estar interesados en el asunto puedan ejercer sus derechos de contradicción y defensa, de manera específica, los aspirantes inscritos a las OPEC de Docente de Lengua Extranjera -Inglés, de la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes – población mayoritaria 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022."

TUTELA

AUTO VINCULA

ANEXOS

“Se informa que el JUZGADO CATORCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 08001310901420230002800, Interpuesta por el aspirante LUIS ALBERTO MALLARINO BELEÑO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste. “

TUTELA

AUTO ADMISORIO

AUTO MEDIDA PROVISIONAL

“Se informa que la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05001-31-07-003-2023-00063, interpuesta por la señora ANA MILENA PULGARÍN VANEGAS, anuló el fallo de primera instancia, ordenó remitir la actuación al despacho de origen, y notificar la presente providencia y la iniciación de la acción de tutela, a los aspirantes inscritos a las OPEC de Docente de Lengua Extranjera -Inglés, de la Convocatoria directivos docentes y docentes – población mayoritaria 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022." "

AUTO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE CALI VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 760013105 004 2023 00244 00Interpuesta por la aspirante Diana de los Ángeles Piedrahita Carmona ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho- Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 850013104002–2023-0050-00, Interpuesta por la aspirante MILLER ARLEY MOJICA RODRÍGUEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

ANEXOS

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA OROCUÉ– CASANARE, dando trámite de la impugnación interpuesta por la accionante BLANCA CARDENAS GELVEZ, contra el fallo de tutela de primera instancia, proferida al interior del proceso No. 85-325-40-89-001-2023-00047-00, ordena publicar el auto de fecha 08 de agosto de 2023, con el cual se admitió la impugnación interpuesta por la señora CARDENAS GELVEZ, así como la providencia que CORRIGE Y ACLARA el referido auto. Lo anterior, con el propósito de notificar a los demás participantes de la Convocatoria - Proceso de Selección directivos docentes y docentes No 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022”

AUTO IMPUGNACIÓN

AUTO CORRECCIÓN

“Se informa que el   JUZGADO VEINTINUEVE PENAL DEL CIRCUITO CO0N FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001310902023 6170 00 Interpuesta por la aspirante Juan Pablo Bohórquez Forero    ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 17-001-31-07-001-2023-00101-00, interpuesta por el señor JORGE ENRIQUE SUÁREZ GÓMEZ, ordena publicar la presente providencia en el sitio web donde se lleva a cabo la Convocatoria directivos docentes y docentes – población mayoritaria 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022, para lo que corresponda a los terceros determinados e indeterminados con interés"

FALLO

“Se informa que el JUZGADO DIECINUEVE CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 10500131030192023 00309 00 Interpuesta por la aspirante Esteban Sepúlveda López ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE AGUADAS- CALDAS en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 1701331120012023-00134-00 Interpuesta por la aspirante María Cristiana Restrepo Osorio ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 05001-33-33-011-2023-00319-00, Interpuesta por la aspirante ZULI YUANA HENAO FLOREZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA- MANIZALES, CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00281, Interpuesta por el aspirante DIANA MILENA OSORIO ALVAREZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y la UNIVERSIDAD LIBRE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00458, interpuesta por el aspirante JAZMIN VANESSA LÓPEZ RODRÍGUEZ, a las entidades accionadas, la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, y a la UNIVERSIDAD LIBRE, realizar la publicación de esta providencia y del texto de la demanda de tutela en la página web oficial de cada entidad y que realicen publicación en la página web donde se divulgó la convocatoria y se han efectuado todas y cada una de las publicaciones durante el surtimiento del CONCURSO ABIERTO DE MÉRITOS, CONVOCATORIA No. 2150 A 2237 DE 2021, 2316 y 2406 DE 2022 - DIRECTIVOS DOCENTES y DOCENTES, POBLACION MAYORITARIA. ENTIDAD: Secretaria de Educación Departamento de Valle del Cauca – Rural, NUMERO OPEC 183978, DENOMINACIÓN: DOCENTE DE AREA CIENCIAS NATURALES QUIMICA, NIVEL: DOCENTE DE AULA. De igual forma, se les ordena a las entidades accionadas, igual proceder con las restantes providencias que se profieran con ocasión del presente trámite. Lo anterior, para efectos de la notificación de los terceros interesados, según la parte motiva."
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO UNICO DE FAMILIA- DOSQUEBRADAS, RISARALDA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00458, Interpuesta por la aspirante JAZMIN VANESSA LÓPEZ RODRÍGUEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE TURBACO – BOLIVAR, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 13836310500120230004000, interpuesta por la señora ANGIE PAOLA GONZÁLEZ GÓMEZ, ordena publicar la presente providencia en el sitio web donde se lleva a cabo la Convocatoria directivos docentes y docentes – población mayoritaria 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022, Secretaría de Educación del Departamento de Bolívar, con el No. de empleo 184953, para docente de área de humanidades y lengua castellana, con el fin de que quienes crean necesaria su vinculación, se hagan parte en la presente acción."

TUTELA

“Se informa que el MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y la UNIVERSIDAD LIBRE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 13 430 31 04 001 2023-10031-00, interpuesta por el aspirante EDUIN MANUEL TRESPALACIOS MULETT, a las entidades accionadas, la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, y a la UNIVERSIDAD LIBRE, que de forma inmediata publiquen la presente admisión de tutela en sus respectivas páginas web insertando el presente auto y los escritos de tutela, a fin de integrar debidamente el contradictorio para que los participantes del Concurso Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021 y 2316 y 2406 de 2022 – Directivos Docentes Y Docentes y quienes tengan interés en la presente acción de tutela ejerza sus derechos de contradicción si a bien lo tienen. Las entidades deberán enviar constancia de la publicación. correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO LA VIRGINIA RISARALDA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 66400-31-89-001-2023-00081-01 Interpuesta por la aspirante KEILA FAISURY BUSTAMANTE RUIZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

VINCULA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO- YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 850013107001-2023-00040-00, interpuesta por el señor MILLER ARLEY MOJICA RODRIGUEZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

En atención a la acción de tutela con radicado 2023 – 00165-00 incoada por la señora Sandra Milena Lozano Vera y al Auto emitido por el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA ORAL DE NEIVA - HUILA de fecha 26 de junio de 2023 en donde solicita: "ORDENAR a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y UNIVERSIDAD LIBRE, publicar el presente auto admisorio en sus páginas web, a efectos de que los vinculados aspirantes inscritos, admitidos y rechazados de la “CONVOCATORIA CNSC OPEC 181931 – Acuerdo No. 21303 del 29 de octubre de 2021, efectúen el pronunciamiento que consideren pertinente; tal publicación deberá efectuarse de manera inmediata al recibo de la comunicación y deberá permanecer hasta que se profiera sentencia. La constancia de la publicación deberá allegarse en el término de 1 día siguientes al recibo de la comunicación"

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO 001 PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SAN JOSÉ DEL GUAVIARE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 950013189001-2023-00065-00, interpuesta LUZ ONEIDA MORENO MORENO, ordena publicar la presente acción de tutela, con el propósito de notificar a los demás participantes e interesados del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEXTO PENAL DEL CIRCUITO MANIZALES, CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 17001 31 04 006 2023 00060 00, Interpuesta por el aspirante MAURICIO GIRALDO HERRERA, ordena publicar el Auto que niega la medida provisional solicitada por el accionante, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022.

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO VEINTINUEVE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05001-31-09-029-2023-00053, interpuesta por la señora SANDRA LILIANA OCAMPO CORTES, ordena publicar la presente decisión, con el propósito de los ciudadanos que se presentaron a la convocatoria para proveer los empleos en vacancia definitiva, Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, Población Mayoritaria, zonas rural y no rural; con el propósito que conozcan el contenido completo de la providencia."

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO OCTAVO LABORAL DEL CIRCUTO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 08-001-31-05-008-2023-00139-00 Interpuesta por la aspirante LUIS STEFFI LUZ PEÑA CASTRO ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA DE DECISIÓN LABORAL en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 66170-31-05-001-2023-00169-01, interpuesta por el aspirante DUBERNEY GALVIS CARDONA ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los Participantes de la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes - Población mayoritaria – 2150 a 2237 y 2316 de 2022 Secretaría de Educación de Dosquebradas, inscritos para el cargo identificado con el “Código No. de Empleo: 183107”, “Denominación: 29950246 DOCENTE DE ÁREA CIENCIAS SOCIALES, HISTORIA, GEOGRAFÍA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y DEMOCRACIA”, “Nivel jerárquico: Docente de Aula”; “Grado: 0”.-, de la sentencia proferida por la M.P. OLGA LUCÍA HOYOS SEPÚLVEDA"

TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO-YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 850013105002-2023-00123-00, Interpuesta por el aspirante EDWIN AURELIO PAZ ALVAREZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE ORALIDAD, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 050453184002202300420-00 Interpuesta por la aspirante LUIS YESID BECERRA CUESTA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-0152 Interpuesta por la aspirante MAURICIO ANDRÉS AGUDELO RODRÍGUEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

AUTO ORDENA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CICRCUITO DE MAICAO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 44-430-31-53-001-2023-00092-00 Interpuesta por la aspirante MANUEL ANTONIO SALGADO TORRES ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO NOVENO LABORAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 13001-31-05-009-2023-00118-00 Interpuesta por la aspirante JOSE CARLOS OCHOA ARAGÓN ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE POPAYÁN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 19001318700420231105700, interpuesta por el aspirante SANDRA PATRICIA DUEÑAS VELASCO, ordenó  publicar el presente fallo de tutela en sus respectivas páginas web.correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

En atención a la acción de tutela con radicado 63001-3333-003-2023-00098-01 incoada por la señora Isabel Cristina Berrio Loaiza y al Auto emitido por el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL QUINDÍO de fecha 08 de junio de 2023 en donde solicita: "se ordena que se publique en la página web oficial de cada entidad, así como en la página web que se haya dispuesto para la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria – 2150 a 2237 del 2021 y 2316 de 2022, copia del escrito de tutela y de esta providencia, informando a los interesados que deseen intervenir en esta actuación, que deberán allegar su pronunciamiento en el término de un (01) día siguiente a la respectiva publicación, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

REPARTO

“Se informa que el UZGADO TERCERO DE FAMILIA MANIZALES, CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00187-00, interpuesta ALBA LILIANA GALLEGO DUQUE, ordena publicar el presente fallo de tutela, con el propósito de notificar a los interesados en la OPEC Nro. 183545 proceso de Selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes.”

TUTELA

Se informa que el JUZGADO TREINTA Y UNO ADMINISTRATIVO DE BOGOTÁ SECCIÓN TERCERA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 110013336031-2023-00-155-00, interpuesta por el aspirante JOSÉ LEONARDO OLMOS STEINHOF ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, y demás interesados

FALLO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO MANIZALES-CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 17001310400120230007200, interpuesta por el aspirante Jorge Abel Rivera Castaño, procedan inmmediatamente a publiquar en la página web de la entidad, informando la admisión de la demanda a todas aquellas personas que tengan o puedan llegar a interés en las resueltas del proceso. para que, dentro del término de ocho (8) horas contadas a partir de la publicación en la página web, a todas aquellas personas que aleguen algún interés en las resueltas de la acción constitucional, para que si a bien lo tienen se pronuncien dentro del presente trámite, remitiendo su respuesta al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE GRANADA- META, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 50 313 04 001 2023 00030 00Interpuesta por la aspirante JESÚS ANTONIO MORENO RIVERA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE PAZ DE ARIPORO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 85250-31-89-002-2023-00083-00, interpuesta por la señora EMILCE CETINA ALBARRACÍN, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle su derecho a la defensa a las personas que tengan interés en el resultado de la misma, quienes, si a bien lo consideran, podrán remitir sus escritos al despacho antes referido.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 17001-31-07-001-2023-00066-00, interpuesta por el aspirante SERGIO JOAN VARGAS VARGAS, procedan inmediatamente a publique la presente acción constitucional, para lo que corresponda a los terceros determinados e indeterminados con interés. correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO DIECIENUEVE CIVIL DEL CIRCUITO de  Medellín, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 05001310301920230020000, interpuesta por el aspirante Ferney Antonio Guzmán Holguín, procedan a notificar la presente acción de tutela a todas las personas que se encuentran en la etapa de valoración de antecedentes y entrevista que estén inscritos para el cargo de Docente en el Área de Ciencias Sociales, código OPEC 184405 correspondiente al proceso de selección número 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 para proveer por mérito vacantes definitivas de Directivos y Docentes pertenecientes al sistema especial de carrera docente que prestan sus servicios en instituciones educativas del municipio de Medellín, mediante la página web y/o aplicativo dispuesto para tal fin. correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SOLEDAD, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 08-758-31-04-001-2023-00066-00, interpuesta por el aspirante TEDDY ROBERTO HERNANDEZ SOLANO ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, en la Secretaría de Educación de Malambo- Atlántico y demás interesados

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 05001 3187007 2023 00083 Interpuesta por la aspirante CAMILO HERNANDO ÁNGLE OCTAVIO VELANDIA ESPÍNDOLA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MONTERREY, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 85 162 31 89 001 2023-00053-01, Interpuesta por el aspirante YESID EFRAIN CORDOBA MENA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos al nivel de DIRECTIVOS DOCENTES de la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción en el término de dos (2) días, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste. Así las cosas, en el siguiente Link se encuentra el expediente de la acción de tutela: LINK

OBEDECE Y CUMPLE

“Se informa que el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 0800131050042023-00165-00 Interpuesta por la aspirante JOVANA GISELLA MIRANDA FERNANDEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE RIOHACHA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 44-001-31-04-002-2023-00023-00 Interpuesta por la aspirante JOHANA PAOLA BARROS GONZÁLEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador de nivel: Directivo Docente número OPEC: 1828866 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 050001311806-2023-00065-00 Interpuesta por el aspirante LUZ ÁNGELA RESTREPO MONTOYA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador de nivel: Directivo Docente número OPEC: 184241 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES MIXTAS DE SOLEDAD, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 08-758-31-04-001-2023-00066-00 Interpuesta por el aspirante TEDDY ROBERTO HERNANDEZ SOLANO ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área Idioma Extranjero Ingles de nivel: Docente de Aula número OPEC: 182535 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE CERETE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 23-162-31-03-002-2023-00067-00 interpuesta por el aspirante ESTEFANÍA DEL CARMEN PADILLA MONTIEL, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes y demás interesados

TUTELA

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 850013104002-2023-00029-00 Interpuesta por el aspirante SANDRA YOLIMA PITA NIÑO ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Primaria de nivel: Docente de Aula número OPEC: 182509 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 05-001-31-10-003-2023-00250-00 Interpuesta por el aspirante ÁLVARO ANDRÉS GÓMEZ ZUÑIGA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área Idioma Extranjero Ingles de nivel: Docente de Aula número OPEC: 184744 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 850013107001-2023-00022-00, interpuesta por el aspirante LISNEY ESPERANZA ORTIZ MALDONADO, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, en la Secretaría de Educación del Municipio de Neiva No Rural y demás interesados

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO VEINTIOCHO PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00057, interpuesta por el aspirante Yeiny Zulay Osorio Cortés, ordena la publicación del presente fallo de tutela en la página web del proceso de selección No. “2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, Población Mayoritaria, Zonas Rural y No Rural”, dentro de la OPEC No.1842, con el fin de que los aspirantes del mismo, si a bien lo tienen, ejerzan oportunamente el recurso de impugnación. De la publicación de este fallo, deberán remitir a este Juzgado las constancias correspondientes al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

FALLO

“Se informa que el  JUZGADO VEINTIOCHO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.2023-00194-00 Interpuesta por el aspirante JOHN ALEXANDER ROJAS ROBAYO ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador de nivel: Docente Directivo número OPEC: 183896 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO CON FUNCIONES DE CONOCIMEINTO POPAYÁN- CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 190013107003-2023-30035-00, interpuesta por el aspirante DIANA MILDRED SALAZAR POBRE, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, en la Secretaría de Educación del Municipio de Neiva No Rural y demás interesados

FALLO

“Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 08-001-33-33-006-2023-00130-00, interpuesta CARLOS MISAL VILLARRUEL, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Penal del Circuito La Unión – Nariño, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: No 52399310400120230003500, interpuesta por la señora DEISI LILIANA MUÑOZ MUTIZ ordena publicar el presente fallo para efectos de notificación a los participantes de la Convocatoria "

FALLO

“Se informa que el Juzgado Primero Penal Del Circuito Especializado de Pasto, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 5200131070012023-00060-00, interpuesta por el aspirante LUCIO ANTONIO MAYA MUÑOZ, ordena publicar la acción constitucional sus páginas web, para que a través de su página web inmediatamente procedan a publicar la admisión de la demanda y sus anexos, en aras de surtirse la notificación a los terceros interesados de  la admisión de la acción de tutela a efectos de que los participantes del concurso de méritos No. 2150 a 237 de 2021 y 2316 de 2022 de Directivos Docentes en la Secretaria de Educación Municipal de Popayán, en concreto el cargo de rector con código 184375, nivel jerárquico del nivel Directivo Docente, denominación 29950246, ejerzan su derecho a la defensa, remitiendo además copia de la presente desición a los correos electrónicos reportados por los participantes, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

OFICIO

“Se informa que el juzgado promiscuo de familia  de Puerto Berrio, Antioquia, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado :Nº 05579 31 84 001 2023 00103-00 , interpuesta por el señor FABIO ALEXANDER GALLEGO DÍAZ ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. "

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE SANTA MARTA- MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 47-001-33-33-009-2023-00189-00 Interpuesta por el aspirante LUIS EDUARDO SIERRA CÁRDENAS ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinadorde nivel: Docente Directivo número OPEC: 183439 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO VEINTIOCHO PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 1100131090282023-00030-00, interpuesta por el aspirante JULY CATHERINE SANCHEZ PEREZ, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, demás interesados

ADICIÓN SENTENCIA

FALLO

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE VÉLEZ- SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 6886131103002-2023-00040-00, interpuesta por el aspirante CHARIN YISED ARIZA GONZALEZ, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, en la Secretaría de Educación del Municipio de Girón No Rural y demás interesados.

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA DE INDIAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 13001310400420230003800 interpuesta por el aspirante ODALIS DEL ROSARIO ROMERO VARGAS ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, OPEC: 183384 para que, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO YOPAL-CASANARE. , en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 85001310400120230002400, interpuesta por el aspirante José Daniel Ferreira Muñoz , ordena publicar la acción constitucional sus páginas web, con el propósito de notificar  la admisión de la acción de tutela a efectos de que los participantes de la “CONVOCATORIA DE DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES - POBLACIÓN MAYORITARIA - 2150 A 2237 DE 2021 Y 2316 DE 2022 DE 2022 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN MUNICIPIO DE YOPAL, MISMA QUE DEBERÁ PROVEER CARGOS DISCRIMINADOS Y ESPECIALMENTE EN LA OPEC NO. 182553 PARA LAS VACANTES DE DOCENTE DE AULA DE CIENCIAS SOCIALES, HISTORIA, GEOGRAFÍA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y DEMOCRACIA EN EL ÁREA NO RURAL DEL MUNICIPIO DE YOPAL CASANARE”, ejerzan su derecho a la defensa, remitiendo además copia de la presente desición a los correos electrónicos reportados por los participantes, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. "

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado 01 Promiscuo Familia - Antioquia - Urrao, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023 00045, interpuesta por la señora ADRIANA CRISTINA ARBOLEDA MARIACA ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. "

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Alcance a la respuesta de reclamación del aspirante Carlos Misal Villarruel, participante del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, Convocatoria Directivos Docentes y Docentes Entidad Territorial Certificada en Educación Distrital de Barranquilla - No Rural.

TUTELA

Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, actualmente se encuentra en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 08-001-33-33-006-2023-00130-00, interpuesta por el señor Carlos Misal Villarruel, razón por la cual se procede a publicar el contenido de la referida acción.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-000112, Interpuesta por el aspirante NÉSTOR EUDELIO MUÑOZ CADAVID ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Rector de nivel: Directivo Docente número OPEC: 183843 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ SECCIÓN TERCERA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001 3334 003 2023 00241 00 Interpuesta por el aspirante MARÍA DEL PILAR HURTARO PARRA Y OTROS ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área Humanidades y Lengua Castellana de nivel: Docente de Aula número OPEC: 183545; 183160; 182837; 184543; 184457; 184496; 182867; 182834; 184701; 183642; 183549; y184002 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 54-001-33-33-005-2023-00214-00, Interpuesta por el aspirante JUAN CAMILO ISIDRO ARENAS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 que aprobaron la etapa de las pruebas escritas para el cargo de docente del área de ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia concurso docente y directivos docentes población mayoritaria, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Cuarenta y Siete (47) Civil del Circuito de Bogotá D.C. , en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 11001 31 03 047 2023 00236 00, interpuesta por el aspirante DIANA MARÍA CARDONA TORRES, ordena publicar la acción constitucional sus páginas web, con el propósito de notificar  la admisión de la acción de tutela a efectos de que los participantes del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 y 601 de 2018 PDET Norte de Santander Docentes y Directivos Docentes (Población Mayoritaria) Zonas rural y No rural, ejerzan su derecho a la defensa, remitiendo además copia del presenta auto admisorio a los correos electrónicos reportados por los participantes, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. "

TUTELA

AUTO ADMISORIO

CONSTANCIA

Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE NEIVA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00088-00, interpuesta por el aspirante FRIEDRID SANTIAGO VALDERRAMA GUTIERREZ, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, en la Secretaría de Educación del Municipio de Neiva No Rural y demás interesados

FALLO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 193- 2023, interpuesta MARTHA LUCIA GONZALEZ CASTAÑO, ordena publicar la presente acción de tutela, con el propósito de notificar a los demás participantes e interesados del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Primero de Familia del Circuito de Barranquilla, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 080013110001-2023-00172-00, interpuesta ROBERTO CARLOS PITALÚA QUIÑONEZ, ordena publicar la presente acción de tutela, con el propósito de notificar a los demás participantes e interesados del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Penal del Circuito de La Unión – Nariño, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00035-00 , interpuesta por la señora DEISI LILIANA MUÑOZ MUTIZ ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Décimo Administrativo Oral de Medellin, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05001 33 33 010 2023 00098 00, interpuesta ANDREA DE LOS ANGELES ESCOBAR, ordena publicar la presente acción de tutela, con el propósito de notificar a los demás participantes e interesados del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria, en especial a todos los aspirantes al cargo ofertado de Nº Código Denominación Nº de empleo 184574 29950246 RECTOR Nivel jerárquico Directivo Docente Grado 0 DE LA SECRETARIA DE EDUCACION DEL ATLANTICO, así como a todas las personas que actualmente se encuentren nombradas en provisionalidad o mediante encargo en los cargos de la referencia que fueron sometidos a convocatoria en el Proceso de Selección”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Promiscuo De Familia de Chinchiná, Caldas, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00129, interpuesta por el aspiranteMateo Cano Charry, ordena publicar la acción constitucional sus páginas web, con el propósito de notificar  la admisión de la acción de tutela a efectos de que los participantes del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 y 601 de 2018 PDET Norte de Santander Docentes y Directivos Docentes (Población Mayoritaria) Zonas rural y No rural, ejerzan su derecho a la defensa, remitiendo además copia del presenta auto admisorio a los correos electrónicos reportados por los participantes, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. "

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO QUINCE DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.110013110015-2023-00275-00, Interpuesta por el aspirante HERNÁN JAIRO NARVÁEZ LEGARDA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo DOCENTE DE AREA CIENCIAS NATURALES FISICA de nivel: Docente de Aula número OPEC: 186077para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

AUTO VINCULA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE GARZÓN, HUILA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023 00077 00, interpuesta por el aspirante LUIS ALFREDO BAUTISTA SALSEDO, ordena publicar la acción constitucional sus páginas web, con el propósito de notificar a los demás aspirantes inscritos o que tengan interés en esta tutela, en cuanto alude al empleo de Directivo Docente Coordinador, Población Mayoritaria, zona rural, código OPEC N° 181868. a los demás aspirantes inscritos o que tengan interés en esta tutela, en cuanto alude al empleo de Directivo Docente Coordinador, Población Mayoritaria, zona rural, código OPEC N° 181868, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.2023-00128-00, Interpuesta por el aspirante MARÍA FERNANDA MEZA BONILLA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente De Área Idioma Extranjero Ingles de nivel: Docente de Aula número OPEC: 183157 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 54 001 33 33 001-2023-00242-00, Interpuesta por la aspirante Zunlay Josefa Andrade Parra,  ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE ITAGUI, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.2023-00128-00, Interpuesta por el aspirante CARLOS ANDRES JARAMILLO PUERTA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de área Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia de nivel: Docente de Aula número OPEC: 184731 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 08001310700220230003800, interpuesta por el aspirante HUGO JOSÉ URIELES CAMPO, ordena publicar en la página web esta acción constitucional para la Convocatoria Procesos de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 20221 (Directivos Docentes y Docentes), la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC, con el fin de informar a los aspirantes inscritos en la , OPEC: 184418 nivel: Directivo Docente, denominación: COORDINADOR, de la entidad certificada en educación Departamento de Atlántico – No rural acerca de la vinculación de estos al trámite en mención, de manera que, posterior a la publicación del presente aviso, puedan proceder, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE YOPAL- CASANARE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 850013107002 2023-00028-00, Interpuesta por la aspirante NILSA STELLA BERNAL LEMUS,  ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado 01 Promiscuo Familia Del Circuito - Meta - Granada, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: No. 2023-00110-00, interpuesta por el señor JUAN SEBASTIAN ROMERO GUTIERREZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO CON FUNCIONES DE CONOCIMEINTO DE POPAYÁN- CAUCA , en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.190013107003-2023-30035-00 ,Interpuesta por el aspirante DIANA MILDRED SALAZAR POBRE ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área de Humanidades y Lengua Castellana de nivel: Docente de Aula número OPEC: 185073 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE BARRANCABERMEJA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 6808131040012023-00024-00, Interpuesta por el aspirante CINDY YULANI CONTRERAS PRADOS ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente De Primaria de nivel: Docente de Aula número OPEC: 184245 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTA MARTA en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 470013121001-2023-10029-00, Interpuesta por el aspirante GINA MARCELA SALAS HERREA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de idioma extranjero ingles de nivel: Docente de Aula número OPEC: 183359 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE CIRCUITO DE ORALIDAD DE ENVIGADO.  en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.05266310300220230011100, Interpuesta por el aspirante MONICA LILIANA MONTOYA RODRIGUEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de idioma extranjero ingles de nivel: Docente de Aula número OPEC: 183971 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Primero de Familia del Circuito de Barranquilla, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 080013110001-2023-00172-00, interpuesta ROBERTO CARLOS PITALÚA QUIÑONEZ, ordena publicar la presente acción de tutela, con el propósito de notificar a los demás participantes e interesados del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE YOPAL- CASANARE en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 85001310700220230002600, Interpuesta por el aspirante LADY JOHANNA ESTUPIÑAN BALLESTEROS ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Primaria de nivel: Docente de Aula número OPEC: 184778 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

"Se informa que el Juzgado 01 Promiscuo de Familia Circuito Antioquia Fredonia-  mediante auto admisorio del día 28 de abril de 2023, en el marco de la acción de tutela, radicada con el Número 2023-00048, promovida por el señor HECTOR FABIO ATEHORTUA HIGINIO , ordenó a la Universidad Libre la publicación de la presente acción de tutela a efectos de garantizar los derechos de contradicción y defensa de los terceros afectados"

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 05 001 31 09 001 2023 00053 00, Interpuesta por el aspirante OSCAR ANDRES PARDO VELEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente De Área Educación Artística - Artes Plásticas de nivel: Docente de Aula número OPEC: 184432 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al Despacho

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE DOSQUEBRADAS en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 66170-31-05-001-2023-00166-00, Interpuesta por el aspirante EDWIN LEON CASTRILLON GARCIA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de área educación física, recreación y deporte de nivel: Docente de Aula  número OPEC: 183117 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO (01) PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE YOPAL CASANARE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 850013107001-2023-00022-00, interpuesta por la aspirante LISNEY ESPERANZA ORTIZ MALDONADO, ordena publicar en la página web esta acción constitucional para la Convocatoria Procesos de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 20221 (Directivos Docentes y Docentes), la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC, con el fin de informar a los aspirantes inscritos en la , OPEC: 183560 nivel: DOCENTE DE AULA, denominación: DOCENTE DE AREA TECNOLOGIA E INFORMATICA, de la entidad certificada en educación Departamento de Casanare – No rural acerca de la vinculación de estos al trámite en mención, de manera que, posterior a la publicación del presente aviso, puedan proceder, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE PASTO en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52-001-31-07-2023-00062-00, Interpuesta por el aspirante LADY DIANA COLIMBA NARVAEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de idioma extranjero de nivel: Docente de Aula  número OPEC: 184257 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE DOSQUEBRADAS en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 66170-31-05-001-2023-00169-00, Interpuesta por el aspirante DUBERNEY GALVIS CARDONAordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de área de Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia de nivel: Docente de Aula  número OPEC: 183107 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO DIECINUEVE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 1100131090192023-00095-00, Interpuesta por el aspirante SERGIO ARMANDO POLANIA ALVAREZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador de nivel: Directivo Docente  número OPEC: 184910 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

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AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TREINTA Y UNO LABORAL DEL CIRCUITO D BOGOTÁen conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001310503120230019500, Interpuesta por el aspirante MARGARITA RUIZ SILVA MONSALVE ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador de nivel: Directivo Docente  número OPEC: 184887 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

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AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE AGUADAS, CALDASen conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 17013311200120230005400, Interpuesta por el aspirante SERGIO OLMEDO HERRERA HERNANDEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Aula de nivel: Docente de Área humanidades y lengua castellana  número OPEC: 183164 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

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AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO VEINTIOCHO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTAen conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00173, Interpuesta por el aspirante EDUARDO ANTONIO GARATIVO ZAPATA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área Idoma Extranjero Ingles a de nivel: Docente de Aula número OPEC: 183361 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”. 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el DÉCIMO ADMINISTRATIVO DE BOGOTA en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001333501020230013300, Interpuesta por el aspirante GUSTAVO ALFONSO MARIN MONSALVE ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Primaria a de nivel:Docente de Aula  número OPEC: 181848 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADOTREINTA Y SIETE CIVIL DEL CIRCUITO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 110131030372023-00138-00, Interpuesta por el aspirante MARINA HOYOS GOMEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente De Área Humanidades y Lengua Castellana de nivel: Docente de Aula número OPEC: 184450, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TRECE DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 76-001-31-10-013-2023-00190-00, interpuesta por la señora SANDRA PATRICIA RUBIO CERON, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle su derecho a la defensa a las personas que tengan interés en el resultado de la misma, quienes, si a bien lo consideran, podrán remitir sus escritos al despacho antes referido.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO (01) PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA CIRCUITO CASANARE - MONTERREY, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 851623184001-2023–00066-00, interpuesta por la aspirante MARÍA OLGA MORENO MOLINA, ordena publicar en la página web esta acción constitucional para la Convocatoria Procesos de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 20221 (Directivos Docentes y Docentes), la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC, con el fin de informar a los aspirantes inscritos en la , OPEC: 183584 nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Ciencias Naturales Y Educación Ambiental, acerca de la vinculación de estos al trámite en mención, de manera que, posterior a la publicación del presente aviso, puedan proceder, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Penal del Circuito de Granada, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 50-313-31-04-001-2023-00030-00, interpuesta por el aspirante JESÚS ANTONIO MORENO RIVERA, ordena publicar la acción constitucional sus páginas web y de redes sociales, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: Coordinador, OPEC NO 182456, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

REQUIERE

“Se informa que el JUZGADO VEINTINUEVE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: No. 2023-00053., interpuesta por la señora SANDRA OCAMPO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA - ORALIDAD DEL CIRCUITO DE TUNJA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: No. 15001316000220230021100, interpuesta por la señora ANGIE PAOLA ESPITIA URREGO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLÍN en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 05-001-31-10-003-2023-00207-00, Interpuesta por el aspirante OLMAR ARELY GÓMEZ ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador a de nivel: Directivo Docente número OPEC: 184241 para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO VEINTICUATRO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 1100131050242023-00186-00, Interpuesta por el aspirante JUAN SEBASTIAN GUTIERREZ AVILA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente De Área educación ética y valores humanos a de nivel: Docente de Aula número OPEC: 183946, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADOPRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00097-00, Interpuesta por el aspirante JHON GERARDO MORILLO OSPINA ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente De Área educación ética y valores humanos a de nivel: Docente de Aula número OPEC: 182655, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: No. 08-001-33-33-012-2023-00116-00, interpuesta por la señora YESENIA ALVAREZ CASTRO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO VEINTIOCHO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001310902820230003000, interpuesta por la señora JULY7 CATHERINE SÁNCHEZ PÉREZ, ordena vincular a los aspirantes que concursaron por el empleo de Coordinador, Opec184910, ofertado dentro del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022, con el objetivo que ejerzan su derecho de contradicción y se pronuncien sobre los hechos puestos en conocimiento por la accionante, por un término improrrogable de un (1) día hábil."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

NOTIFICACION ACCIONANTE

ORDEN TRANSLADO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO - YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 850013107001-2023-00018-00, interpuesta por la aspirante NATALIA MORENO LÓPEZ, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes y demás interesados."

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO OCTAVO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO -Valledupar, Cesar, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 20001 31 04 008 2023 00005 00, Interpuesta por el aspirante SARA MARCELA VASQUEZ GAMEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TREINTA Y CINCO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO – MEDELLIN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 05001 33 33 035 2023 00041-00, interpuesta LEIDY YADIRA MONSALVE ORREGO, ordena publicar el presente fallo de tutela, con el propósito de notificar a los demás participantes e interesados del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria.”

SENTENCIA

Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO LABORAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No.  13001310500720230010400, interpuesta por la aspirante FLORENCIA PADILLA BARRIOS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

ACTA REPARTO

“Se informa que el JUZGADO TREINTA Y SIETE CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 1100131030372023-00138-00, interpuesta por la señora MARIANA HOYOS GÓMEZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TREINTA Y CINCO (35) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023 - 00041, interpuesta por la aspirante LEIDY YADIRA MONSALVE ORREGO, ordena notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Matemáticas, OPEC: 184516 acerca de la vinculación de estos al trámite en mención, de manera que, posterior a la publicación del presente aviso, pueden proceder, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 54-001-33-33-005-2023-00201-00, interpuesta por la aspirante SHEYLA SALOMÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO (01) PRIMERO PENAL ESPECIALIZADO DE CASANARE - YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 850013107001-2023-00018-00, interpuesta por la aspirante NATALIA MORENO LÓPEZ, ordena publicar en la página web esta acción constitucional para la Convocatoria Procesos de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 20221 (Directivos Docentes y Docentes), la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC, con el fin de informar a los aspirantes inscritos en la , OPEC: 183536  nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Humanidades y Lengua Castellana, acerca de la vinculación de estos al trámite en mención, de manera que, posterior a la publicación del presente aviso, puedan proceder, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-061, interpuesta por el señor JOSÉ GILDARDO ECHAVARRIA BERMÚDEZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

AUTO OBEDEZCASE Y CUMPLASE

OFICIO OBEDEZCASE Y CUMPLASE

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL BOGOTÁ SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00099, interpuesta por la aspirante ADRIANA XIMENA ESPITIA QUIÑONEZ, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes y demás interesados."

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO SESENTA Y TRES ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTA SECCIÓN TERCERA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001-33-43-063-2023-00109-00, Interpuesta por el aspirante JAIRO DANIEL PRIETO URBANO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente De Área Matemáticas de nivel: Docente de Aula número OPEC: 184924, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO SESENTA Y TRES (63) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 110013343063-202300109-00 , interpuesta por el aspirante JAIRO DANIEL PRIETO URBANO, ordena publicar  y comunicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, especialmente a los participantes de la OPEC 184924 DOCENTE DE AULA - DOCENTE DE MATEMATICAS para la entidad territorial Distrital de Bogotá para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción dentro de los terminos señalados, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOACHA en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 257543103001-2023-002600, interpuesta por el señor ILDEFONSO CENTENO PATERNINA, ordena publicar Auto de Obedecer y cumplir, dentro de la acción constitucional, con el propósito de notificar a los demás participantes e interesados del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, número OPEC: 183933, para que, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

OBEDEZCASE Y CUMPLASE

“Se informa que el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-015, interpuesta por la señora MENRY YARID MALDONADO RINCON, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MONTERREY, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 851623189001-2023-0053-00, interpuesta por el aspirante YESID EFRAIN CORDOBA MENA, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes y demás interesados."

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO VEINTIOCHO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001-31-87-028-2023-00032-00, Interpuesta por el aspirante NATALLY NIÑO MATIZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de primaria de nivel: Docente de Aula número OPEC: 184909, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE LA MESA- CUNDINAMARCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00035-00, Interpuesta por el aspirante CLARA MILEYDI ZAMBRANO SUÁREZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área de Humanidades y Lenguas Castellanas de nivel: Docente de Aula número OPEC: 184647, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE LA MESA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00035, interpuesta por la señora CLARA MILEYDI ZAMBRANO SUÁREZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO OCTAVO ORAL ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE IBAGUÉ- TOLIMA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 73001-33-33-008-2023-00104-00, Interpuesta por el aspirante JANER EDUARDO RODRÍGUEZ LÓPEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador de nivel: Directivo Docente número OPEC: 184200, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”. 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE QUIBDÓ - CHOCO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00043-00, Interpuesta por el aspirante SANDRA MILENA TABORDA HOYOS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador de nivel: Directivo Docente número OPEC: 181817, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MONTERREY - CASANARE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 851623189001-2023-0047-00, interpuesta por la aspirante NELLY MARIA FONSECA GUECHA, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes y demás interesados."

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE AGUADAS- CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 170133112001202300003900, Interpuesta por el aspirante GABRIELA DUQUE LOPEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Primaria de nivel: Docente de Aula docente número OPEC: 183076, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 17001310400220230004300, Interpuesta por el aspirante ALBA NELLY LONDOÑO RAMIREZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área humanidades y lengua castellana de nivel: Docente de Aula docente número OPEC: 183545, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA, Pamplona, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 54-518-31-84-002-2023-00043-00, interpuesta por DORIS AYDEE VALENCIA MORA, ordena publicar el presente fallo de tutela, con el propósito de notificar a los demás participantes e interesados del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 11001-3335-007-2023-00099-00, Interpuesta por el aspirante ADRIANA XIMENRA ESPITIA QUIÑONEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área Educación Artística- Danzas de nivel: Docente de Aula docente número OPEC: 184918, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00096-00, Interpuesta por el aspirante JUAN MANUEL SIERRA VARON, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de primaria de nivel: Docente de Aula docente número OPEC: 183590, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00096-00, Interpuesta por el aspirante JUAN MANUEL SIERRA VARON, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de primaria de nivel: Docente de Aula docente número OPEC: 183590, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MONTERREY, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 85 162 31 89 001 2023-00047-00, Interpuesta por el aspirante Nelly Maria Fonseca Guecha, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: al Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE VALLEDUPAR -CESAR; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 20001-31-09-003-2023-00045-00, interpuesta por el señor SEBASTIÁN CASADIEGOS GULLEN, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEPTIMO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 13001310400720230001800, interpuesta por el aspirante YEISON ENRIQUE CUADRO NORIEGA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: DOCENTE DE ÁREA CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL, DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE CARTAGENA, OPEC NO 183309, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

NULIDAD ACTUACION

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE SONSÓN - ANTIOQUIA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00044-00, interpuesta por la aspirante MARA DEISY GIRALDO HENAO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Primaria, OPEC: 181848, para que, dentro de un término de tres (3) días siguientes a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA MANIZALES, CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00086, interpuesta por el señor ANDRÉS FELIPE TORRES, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes y demás interesados".

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE ZIPAQUIRA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 25899-33-33-001 2023 00113 00, interpuesta por la aspirante YOANA MAVEL PATIÑO VARGAS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente De Area Ciencias Naturales Fisica, OPEC: 184674, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

ADMITRE Y NIEGA

 “Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE SONSÓN - ANTIOQUIA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 05756 31 04 001 2023-00023- 00, interpuesta por el aspirante HAROLD ALBERTO LOZANO URREGO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente De Área Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política Y Democracia, OPEC: 184731, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TREINTA Y SEIS ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 110013336036-2023-00077-00, Interpuesta por el aspirante DIANA CAROLINA JOYA ACOSTA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de primaria de nivel: Docente de Aula docente número OPEC: 184908, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Solicito amablemente de su colaboración, para publicar en la página de la Universidad, Convocatoria Docentes– enlace Tutelas, los archivos adjuntos, con el siguiente texto

“Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DESQUEBRADAS RISARALDA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 66001-40-03-001-2023-00069-00, Interpuesta por el aspirante Angy Verónica Chaves Garcia, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria

Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO QUINTO (5) DE FAMILIA DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-091 00, interpuesta por la aspirante NANCY GOMEZ ORDOÑEZ, ordena publicar fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes y demás interesados."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA NORTE DE SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 54001-3153-007-2023-00059-00, Interpuesta por el aspirante ANDERSEN RANGEL VERA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador de nivel: Docente Directivo número OPEC: 183244, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO (2) PROMISCUO DE FAMILIA DE PAMPLONA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00043-00, interpuesta por la aspirante DORIS AYDÉE VALENCIA MORA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Primaria, OPEC: 185108, para que, dentro de dos (2) días siguientes a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. "

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO NOVENO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00022-00, interpuesta por la aspirante FLORINDA ALVARADO RUBIANO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Primaria, OPEC: 184245, para que, dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 13-001-31-10-006-2023-00051-01, Interpuesta por el aspirante LAUREANO BLANQUICETT SANJUANELO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área Matemáticas de nivel: Docente de Aula  número OPEC: 183364, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

AUTO OBEDECE

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO (2) CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 20001-31-21-002-2023-00020-00, interpuesta por la aspirante ALJADY JAIDITH CAMPO CASTRO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Matemáticas, OPEC: 184703, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO (3) DE FAMILIA DE MANIZALES - CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00086, interpuesta por el aspirante ANDRÉS FELIPE TORRES, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: Rector, OPEC: 183033, para que, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00075, interpuesta por el señor HAIVER ANTONIO SALAZAR PALACIOS, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónicoEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 54001 31 04 002 2023 00039 00, Interpuesta por el aspirante ISIDRO MALDONADO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Coordinador de nivel: Directivo docente  número OPEC: 185078, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Soledad, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00034, interpuesta por el señor JONNY ANDRÉS ROMERO PUENTES, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónicoEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO 48 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-0029, interpuesta por el señor Juan Carlos Barrera Huertas, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ITINERANTE DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00020, interpuesta por el señor OSCAR TERAN NOGUERA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE ORALIDAD DE ENVIGADO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 005266 31 03 002 2023 00054 00, Interpuesta por el aspirante ALEJANDRA PAOLA MONTOYA RESTREPO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área Matemáticas de nivel: docente de aula número OPEC: 184516, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 050013333011 202300050 00 , interpuesta por la aspirante ANDRÉS MAURICIO NACAZA ENRIQUEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área de Ciencias Economicas y Politicas, OPEC: 184732, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y OCHO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 11001-31-09-048-2023-0029-00, interpuesta por la aspirante JUAN CARLOS BARRERA HUERTAS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: Rector, OPEC: 184905, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

PRUEBAS

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE IPIALES - NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 5235631030022023 - 00014-00, interpuesta por el aspirante LUIS GABRIEL HERNANDEZ RODRIGUEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: Rector, OPEC: 183869, para que, posteriores a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO NOVENO PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO DE CALI- VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 7600131040092023-00019-00, Interpuesta por el aspirante DIANA JOSEFA ACOSTA URBANO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Primaria de nivel: docente de aula número OPEC: 182685, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO APLICACIÓN SISTEMA PROCESAL ORAL DE SAHAGÚN - CÓRDOBA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 23660310300120230004100, interpuesta por la aspirante CARMEN ROCÍO ROSARIO GONZÁLEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente De Área Ciencias Naturales Y Educación Ambiental, OPEC: 184366, para que, dentro del siguiente tres (3) días hábiles posteriores a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y OCHO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-048, interpuesta por el señor William Martín Rodríguez Prieto, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO ONCE (11) PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ - CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 11001 31 09 011 2023 00047 00, interpuesta por el aspirante DUMAR IVÁN ESPINOSA MOLINA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: RectorOPEC: 184905, para que, dentro del siguiente día hábil posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDA LABORAL DEL CIRCUITO DE ITAGUÍ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00056-00, Interpuesta por el aspirante NAIDY CAROLINA ZULUAGA VÁSQUEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Primaria de nivel: docente de aula número OPEC: 184278, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE DUITAMA- BOYACÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 152383103-003-2023 00016 00 , interpuesta por la aspirante JORGE HERNANDO VILLAREAL, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: Rector, OPEC: 182636, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y SIETE (47) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No.  110013342047-2023-00064-00, interpuesta por el aspirante OSCAR FABIÁN ARIZA BARROSO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente De Área Humanidades Y Lengua Castellana, OPEC: 184922"

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 17001-31-03-004-2023-00055-00, interpuesta por la aspirante JUDY ADRIANA LOTERO GIRALDO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente De Área Idioma Extranjero Inglés, OPEC: 183168, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 08-001-33-33-006-2023-00072-00, Interpuesta por el aspirante GENNIS ESTHER CERVANTES CLAVIJO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022,  número OPEC: 185272, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y SIETE CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00099, interpuesta por el señor Camilo Andrés Martínez Morales, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CALI en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00016, Interpuesta por la aspirante CAROLINA ISABEL PANTOJA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS - BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 11001340300520230005800, interpuesta por la aspirante SANDRA MILENA OCAMPO HOYOS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente De Área Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política Y Democracia, OPEC: 184907, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE TUNJA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 15001316000220230007800, interpuesta por la señora DIANA ELIZABETH RIAÑO CHAPARRO, ordena publicar el presente fallo de tutela, con el propósito de notificar a los demás participantes e interesados del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes Población Mayoritaria.”

Sentencias

"Se informa que el Juzgado Tercero Laboral del Circuito Judicial de Bogotá, ordenó a la Universidad Libre publicar la acción de tutela adelantada por el señor DANIEL DE JESÚS SÁNCHEZ MARÍN, con radicado No. 078-2023, para que los interesados ejerzan su derecho de contradicción y defensa en el término de un (1) día."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD DEL CIRCUITO - MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00057, interpuesta por el aspirante CARLOS ARIEL CARMONA LOPEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: Rector, OPEC: 183065, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO SANTA MARTA – MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 470013105001-2023-00049-00, Interpuesta por el aspirante CATALINA TREJOS AGUDELO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE MÁLAGA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 684323184001-2023-00035-00, Interpuesta por el aspirante Blanca Rocio Arias Ortiz, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos la Convocatoria Directivos Docentes y Docentes 2150 a 22 37 de 2021 y 2316 de 2022 para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 08-001-33-33-006-2023-00072-00, Interpuesta por el aspirantet GENNIS ESTHER CERVANTES CLAVIJO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022,  número OPEC: 185272, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE NEIVA - HUILA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No.  41001-3109-001-2023-00013-00, interpuesta por el aspirante JOSUÉ GUTIÉRREZ POLO, ordena publicar el fallo de tutela, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria Entidades del Orden Nacional 2022"

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CALI - VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No.2023-00050-00, interpuesta por la aspirante LEIDY JULIETH SALAMANCA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Ciencias Naturales y Educación Ambiental, OPEC: 183963, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

ANEXOS

“Se informa que el JUZGADO DIECIOCHO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO - BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No.  2023-00042, interpuesta por el aspirante EDGAR HERNÁN LOZANO RODRÍGUEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia, OPEC: 184907, para que, dentro del término de dos días posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00013-00, Interpuesta por el aspirante MARILUZ DALLYS RAMIREZ VARELA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Rector  de nivel: Directivo docente  número OPEC: 185271, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS - CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No.   54-001-31-21-002-2023-00033-00, interpuesta por el aspirante LUIS ALBERTO CORZO BAEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: Coordinador, OPEC: 183244, y demás aspirantes a la convocatoria en mención, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

ANEXO 1

ANEXO 2

ANEXO 3

PRUEBA 1

PRUEBA 2

“Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 08001310700320230001500, interpuesta por la señora ANGIE PAOLA SAMPER TABOADA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO 18 LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: No. 2023-00078, interpuesta por el señor RICARDO ALBERTO TORRES CIFUENTES, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE LA DORADAL- CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 17380 31 03 001 202300023 00, Interpuesta por el aspirante ANA CAROLINA HENAO GIL, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria del proceso de selección Nro. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022, en el cargo Docente de Área Idioma Extranjero Ingles de nivel: docente de aula número OPEC: 183170, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”. 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA -MAGDALENA., mediante providencia del 22 de febrero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la decisión de la acción  de tutela identificada con número de radicado: 470013105001-2023-00049-00, interpuesta por la señora CATALINA TREJOS AGUDELO, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO DÉCIMO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO - BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00013-00, interpuesta por la aspirante SUSANA OTILIA BONILLA MENDOZA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Matemáticas, OPEC: 183176, y demás inscritos a la mencionada convocatoria, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

AUTO TUTELA

Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LETICIA - AMAZONAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No.  91001-31-87-001-2023-00019-00, interpuesta por el aspirante YOVANY JOSE ROMERO ACUÑA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Tecnología e Informática, OPEC: 184911, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

ANEXO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD - MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No.  05001-31-10-002-2023-00094-00, interpuesta por la aspirante LAURA CELENY GUTIÉRREZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Primaria, OPEC: 184558, para que, dentro del término de 24 horas hábiles posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO MONTERÍA-CÓRDOBA , en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 23-001-31-05-003-2023-00033-00 , interpuesta por el señor Julio Cesar Galindo Lozano, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas de la OPEC 182420 que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Primero Familia del Circuito de Quibdó, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 270013110001 2023 00031 00, interpuesta por la señora ANA LUISA RÍOS LOBÓN, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIeO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO RESTITUCIÓN DE TIERRAS SANTIAGO DE CALI - VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 76001-31-21-002-2023-00015-00, interpuesta por la señora FAYSURY TORRES, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas de la OPEC 182685. que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electróEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-0016, interpuesta por la señora ANA ALBARRACÍN COGOLLO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO DÉCIMO MIXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE POPAYÁN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 19 001 33 33 010 2023 00025 00 , interpuesta por el señor PAULO CÉSAR SANDOVAL FLÓREZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO VEINTISÉIS LABORAL DEL CIRCUITO - BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No.  2023 – 076, interpuesta por el aspirante BAYRON EDUARDO PINZON HERNANDEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: Coordinador, OPEC: 184910 demás aspirantes inscritos a la mencionada convocatoria, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste, remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL ESPECIALIZADO DEL CIRCUITO - BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 08-001-31-07-002-2023-00014-00, interpuesta por la aspirante ANA LUCIA BARRIOS TORRES, ordena publicar la acción constitucional, auto admisorio y auto de traslado de la misma, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Primaria, OPEC: 184356 a los terceros interesados, para que, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

RECEPCIÓN DE CORREO

 “Se informa que el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 080013107003202300014, Interpuesta por el aspirante LAURA MARGARITA SANMARTIN BELEÑO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria Directivos Docentes y Docentes No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 en el cargo de nivel: Coordinador, número OPEC: 185273, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

ACTA REPARTO

“Se informa que el JUZGADO DIECIOCHO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTIAGO DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado:202300030, interpuesta por el señorMAURICIO VARON GUZMAN,ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CATORCE PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO - MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.  2023 - 00022 00, interpuesta por el aspirante JESUS ENIL RENTERIA RENTERIA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: DOCENTE DE ÁREA CIENCIAS SOCIALES, HISTORIA, GEOGRAFÍA, CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y DEMOCRACIA, OPEC:  184405, terceros interesados, para que procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CARTAGO –VALLE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00009, interpuesta por la señora MIRYAN HENAO PATIÑO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el Juzgado Sexto Penal del circuito con funciones de conocimiento de Villavicencio, Meta, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 50-001-31-04-006-2023-00014-00, Interpuesta por el aspirante CLAUDIA MARCELA CELEITA RAMÍREZ, ordena publicar la admisión de la mencionada acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 2150 A 2237 DE 2021, 2316 y 2406 DE 2022-Directivos Docentes y Docentes, para que, si lo consideran pertinente, intervengan dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO - PALMIRA VALLE, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 76520310300320230002400, interpuesta por el aspirante ADRIAN PASTRANA FRANCO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Tecnología e Informática, OPEC: 184467, para que, en el término de un (1) día, posterior a la publicación del presente aviso, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Segundo Civil del Circuito Riohacha La Guajira, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 440013103002- 2023-00017-00, Interpuesta por el aspirante DIDIER YOHANA CABALLERO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en los cargos públicos de básica primaria en la Secretaría de Educación de ENTE TERRITORIAL RIOHACHA, OPEC 182786 en la convocatoria Proceso de Selección No. 2150 A 2237 DE 2021, 2316 y 2406 DE 2022-Directivos Docentes y Docentes, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE NEIVA, HUILA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 41001 3109 001 2023 00015 00, interpuesta por la señora MARITZA CUADRADO PERAZA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA - ARMENIA, QUINDÍO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2023-00047-00, interpuesta por la aspirante JENNIFER KATHERINE ROBAYO MARÍN, ordena publicar la acción constitucional, auto admisorio de la tutela y auto de modulación de la medida provisional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Primaria, OPEC: 181790 y a terceros interesados, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.."

AUTO MODULA

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO DIECISIETE LABORAL DEL CIRCUITO - BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.  2023-00065, interpuesta por el aspirante DAVID LEONARDO RODRÍGUEZ MOLINA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Área Matemáticas, OPEC:  184924 y a los funcionarios provisionales, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

ANEXO

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO MONTERÍA-CÓRDOBA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 23-001-31-05-003-2023-00028-00 Interpuesta por el aspirante EUGENIO DE JESUS GOMEZ HERNANDEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Docente de Aula, denominación: Docente de Primaria, OPEC: 182424, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00048, interpuesta por el señor DANIEL MAURICIO SANTA CASTAÑO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

ANEXO

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE ZIPAQUIRA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-075-00 Interpuesta por el aspirante CARLOS ARTURO HOLGUIN MARIN, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, nivel: Directivo Docente, denominación: Rector, OPEC: 183274, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el Juzgado 33 Laboral del Circuito de Bogotá, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 110013105033 2023 00049 00, Interpuesta por el aspirante Marlon Giovanny Morales Pabón, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria Directivos Docentes y Docentes No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 en el cargo de nivel: Coordinador, número OPEC: 184910, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

El suscrito, Jonh Fredy Devia Molina, mayor de edad, residenciando en el municipio de medellin (Antioquía), identificado con el numero de ciudadania 93384662 de ibague actuando en el nombre propio y amparo del articulo86 de la Constitucion Nacional, con el debido respeto,acudo ante su despacho para interponer ACCION DE TUTELA contra la COMISUION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la UNIVERCIDAD LIBRE, con el fin de que me sean protegidos los derechos fundamentales de PETICION; DEBIDO PROCESO e IGUALDAD, con fundamento en los siguientes

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BUCARAMANGA - SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00102, interpuesta por el aspirante Ludwing Coronel Quintero, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos al Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, en el empleo de Directivo Docente en el cargo de Rector, identificado con código OPEC 184456, perteneciente a la entidad territorial certificada en educación Municipio de Bucaramanga, para que en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción de tutela, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

CARATULA

TUTELA

ACTA REPARTO

AUTO ADMISORIO

OFICIOS

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 54-001-33-33-002-2022-00693-00, interpuesta por el aspirante Yersson Ramiro Carrillo Amado, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos al Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, en el empleo de Directivo Docente en el cargo de Rector, identificado con código OPEC 183226, perteneciente a la entidad territorial certificada en educación Municipio de Cúcuta, para que en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción de tutela, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE ORALIDAD DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUCUTA – NORTE DE SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.54 001 31 60 004 2022 – 00511 00, interpuesta por la aspirante Martha Cecilia Gómez Castilla y otros docentes, ordena publicar la sentencia de primera instancia de la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección No. 601 de 2018 PDET Norte de Santander – Convocatoria Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armando, en el cargo de Docente de Primaria.”.

FALLO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA – CÓRDOBA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 23001310300320220026600, Interpuesta por el aspirante Carlos Alberto Ruíz Campo ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, en el empleo de Docente de Aula en el cargo de Docente de Ciencias Naturales y Educación Ambiental, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”. 

AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE ORALIDAD DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA - NORTE DE SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00511-00, Interpuesta por la aspirante Martha Cecilia Gómez Castilla y otros ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección No. 601 de 2018 – PDET Norte de Santander – Convocatoria Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado, en el cargo DOCENTE DE PRIMARIA, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

AUTO ADMISORIO

TUTELA

Respuestas a peticiones anónimas

RESPUESTA ENLACE

ASUNTO: Respuesta a petición interpuesta por medio de la ventanilla única de la CNSC, con ocasión a la aplicación de pruebas escritas, en el marco del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021 y 2136, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes. RADICADO: 2022RE203846 - 2022RS107693

ASUNTO: Respuesta a petición interpuesta por medio de correo electrónico, con ocasión a la aplicación de las Pruebas Escritas, en el marco del Proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021 y 2136, 2406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes.

RADICADO: 2022RE209242 - 2022RS109225.

Respuesta a petición interpuesta a través de la ventanilla única de la CNSC, con ocasión a la aplicación de pruebas escritas y en el marco del Proceso de Selección no. 2150 a 2237 de 2021; no. 2316 y 2406 de 2022, y no. 601 de 2018. Radicado CNSC: no. 2022RE201602, 2022RS105095.

Asuntos judiciales CNSC

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Resolución n.º 17 de 2023 (4 de octubre)

Resolución n.º 17 de 2023

Resolución n.º 17 de 2023
(4 de octubre)

«Por la cual se crea el programa de Especialización en Cuidado de Enfermería al Adulto en Estado Crítico en la Seccional Pereira».


Contenido

Artículo 1. De la creación.
Artículo 2. De la solicitud de registro calificado.
Artículo 3. De la vigencia.

Resolución n.º 17 de 2023
(4 de octubre)


«Por la cual se crea el programa de Especialización en Cuidado de Enfermería al Adulto en Estado Crítico en la Seccional Pereira».

La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 8, y,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución Política, artículo 69, «garantiza la autonomía universitaria».
  2. Que la Ley 30 de 1992, artículo 28, señala que en ejercicio de la autonomía universitaria la Universidad goza de la facultad para «crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes».
  3. Que la Ley 1188 de abril 25 de 2008 que regula el registro calificado de los programas de educación superior, establece las condiciones de calidad de los programas académicos.
  4. Que de acuerdo con el Estatuto, artículo 37, numeral 8, corresponde a la Consiliatura: «Crear, modificar o suprimir las unidades académicas, dependencias administrativas u otras formas de organización institucional y académica, directamente, o a instancias del Consejos Directivos correspondiente».
  5. Que el Acuerdo n.° 1 de 2007 «Por el cual se expide el Reglamento de la Consiliatura», en su artículo 18 establece que «corresponde a la Comisión Académica, elaborar, proyectar y programar lo relacionado con la planeación académica, con el funcionamiento, de los procesos de Registro Calificado y Acreditación de Programas Académicos, los procesos de investigación, la inspección y vigilancia de los programas y métodos de enseñanza [...]».
  6. Que institucionalmente la UNIVERSIDAD LIBRE cuenta con:
    1. Un Reglamento Estudiantil y un Reglamento Docente que establecen (ambos) mecanismos de selección y evaluación de estudiantes y profesores que garantizan la escogencia por méritos e impiden cualquier discriminación por concepto de raza, sexo, credo, discapacidad o condición social.
    2. Una estructura administrativa y académica flexible, ágil y eficiente al servicio de la misión de las instituciones de educación superior.
    3. Una cultura de la autoevaluación con espíritu crítico y constructivo hacia el mejoramiento continuo.
    4. Un programa de egresados que hace seguimiento a largo plazo de los resultados institucionales, involucra la experiencia del egresado en la vida universitaria y hace realidad el requisito de que el aprendizaje debe continuar a lo largo de la vida.
    5. Un modelo de bienestar universitario que procura hacer agradable la vida universitaria y facilitar la resolución de necesidades insatisfechas en salud, cultura, convivencia, recreación y condiciones económicas y laborales.
    6. Recursos suficientes para garantizar el cumplimiento de las metas con calidad, bienestar y capacidad de proyectarse hacia el futuro, de acuerdo con las necesidades de las regiones en donde opera, en particular, y del país, en general.
    7. Una Guía para la creación, modificación y renovación de los registros calificados de programas académicos.
    8. Convenios interinstitucionales de apoyo en actividades académicas que enriquecen los procesos de aprendizaje y permiten el intercambio cultural, investigativo, y académico, además de facilitar y procurar la movilidad nacional e internacional de la comunidad estudiantil y profesoral.
  7. Que la Resolución del DANE n.º 1791 de 3 de julio de 2018 establece la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación – Campos de Educación y Formación adaptada para Colombia (CINE-F 2013 A. C.) en cumplimiento del parágrafo 1 del artículo 160 de la Ley 1753 de 2015 y los numerales 6 y 7 del artículo 2.2.3.1.7 del Decreto 1743 de 2016.
  8. Que de conformidad con CINE-F 2013 A. C., se tiene:

CAMPO

DESCRIPCIÓN

AMPLIO

ESPECÍFICO

DETALLADO

09

091

0913

Salud y bienestar

  1. Que, en sesión de 18 de julio de 2023 la Comisión Académica de la Consiliatura, teniendo en cuenta las condiciones institucionales y las específicas de los campos amplio, específico y detallado, avaló y propuso a la Consiliatura la creación del programa de Especialización en Cuidado de Enfermería al Adulto en Estado Crítico, adscrito a la Facultad de Ciencias de la Salud, Exactas y Naturales.
  2. Que en sesión de 24 de julio de 2023 la Consiliatura, teniendo en cuenta que la Seccional Pereira cuenta con los recursos docentes, físicos y administrativos suficientes para dar respuesta a las necesidades de la región, autorizó la creación del posgrado universitario presencial de Especialización en Cuidado de Enfermería al Adulto en Estado Crítico para solicitar al Ministerio de Educación Nacional el registro calificado. Este programa estará adscrito a la Facultad de Ciencias de la Salud, Exactas y Naturales y será ofertado a través de la Seccional Pereira.

RESUELVE:

Artículo 1. De la creación. Créase el programa de Especialización en Cuidado de Enfermería al Adulto en Estado Crítico adscrito a la Seccional Pereira, Facultad de Ciencias de la Salud, Exactas y Naturales:


INFORMACIÓN DEL PROGRAMA

Nombre del programa:

Especialización en Cuidado de Enfermería al Adulto en Estado Crítico

Nivel académico:

Posgrado

Nivel de formación:

Especialización universitaria

Modalidad:

Presencial

Número de créditos:

28

Duración del programa:

Dos semestres

Título para otorgar:

Especialista en Cuidado de Enfermería al Adulto en Estado Crítico

Departamento de oferta:

Risaralda

Municipio de oferta:

Pereira

Periodicidad de admisión:

Anual

CINE F 2013 AC

Campo amplio:

09 Salud y bienestar

Campo específico:

091 Salud

Campo detallado

0913 Enfermería y partería

NÚCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO

Área del conocimiento:

Ciencias de la salud

NBC:

Enfermería

Artículo 2. De la solicitud de registro calificado. Se autoriza a la Rectoría Seccional de la Seccional Pereira para que, a través de la Dirección Nacional de Planeación, radique en la plataforma Nuevo SACES del Ministerio de Educación Nacional la solicitud de registro calificado.
Artículo 3. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición, para los efectos de la petición ante el Ministerio de Educación Nacional, y a partir de la fecha de aprobación por parte del Ministerio de Educación Nacional, para la oferta del programa.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de octubre de 2023.

 

(Original firmada)                                                    (Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO                                     FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                               Secretario General

 

Elaboró y revisó: Sonia Liliana Amaya Mora, Jefe de la División Académica.
Transcripción:      Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón, Técnico Administrativo I.


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Procesos de Selección CNSC – UNILIBRE

Distrito Capital

Convocatorias 740 y 741 de 2018 Distrito Capital.

Línea Call center de la convocatoria: (601) 382 1111

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.


Avisos Informativos

Más Información - Avisos Informativos

AVISOS INFORMATIVOS ENLACE

Resultados definitivos de la Prueba de Valoración de Antecedentes y reclamaciones de los empleos pertenecientes a la Cárcel Distrital y la Línea 123 - Convocatoria 741 de 2018 – SCJ

Resultados preliminares de la Prueba de Valoración de Antecedentes y reclamaciones de los empleos pertenecientes a la Cárcel Distrital y la Línea 123 - Convocatoria 741 de 2018 - SCJ

Publicación de resultados definitivos y respuestas a reclamaciones de la Prueba de Ejecución sobre Competencias Funcionales - del Proceso de Selección 741 Secretaria de Seguridad, Convivencia y Justicia.

Modificada la fecha de publicación de los resultados preliminares Prueba de Ejecución.

Resultados definitivos de la Prueba de Valoración de Antecedentes y respuesta a reclamaciones de la Convocatoria 740 y 741 de 2018

Publicación de resultados preliminares de la Prueba de Ejecución sobre Competencias Funcionales - Proceso de Selección 741 Secretaria de Seguridad, Convivencia y Justicia.

Fechas de Citación y Publicación de la Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Ejecución sobre Competencias Funcionales - Proceso de Selección 741 Secretaria de Seguridad, Convivencia y Justicia.

Resultados preliminares de la Prueba de Valoración de Antecedentes 740 y 741 de 2018

Publicación del jurado calificador (entrevistadores) para la Prueba de Entrevista Psicológica – Proceso de Selección 741 de 2018 - Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia.


Guía de Entrevista y Físico Atlética.

Fechas de Citación y Publicación de la Guía de Orientación al Aspirante para las Pruebas de Entrevista Psicológica y Físico – Atlética del Cuerpo de Custodia y Vigilancia - Proceso de Selección 741 Secretaria de Seguridad, Convivencia y Justicia.

Publicación de respuestas a reclamaciones y resultados definitivos de las Pruebas Básicas, Funcionales, Comportamentales, y Comportamental Estandarizada del C4.

Consulte la Citación y la Guía de Acceso al Material de las Pruebas Escritas y, complete su reclamación.



Por medio de la cual se determina que no existe mérito para iniciar actuación administrativa en contra de la aspirante MARÍANA CRISTINA CORREA JARAMILLO identificada con la cédula de ciudadanía No. 65.775.334 por hechos acaecidos el día de las pruebas escritas (14/07/2019) efectuadas dentro de la Convocatoria 740 – 741 Distrito Capital.

Se ha modificado para el 1 de septiembre de 2019, el acceso a cuadernillos de los Procesos de Selección No. 740 y 741 de 2018 Distrito Capital

Modificación de las fechas de publicación de resultados preliminares de las Pruebas Básicas, Funcionales y Comportamentales, y Comportamental Estandarizada del C-4, de los Procesos de Selección No. 740 y 741 de 2018; así como de la etapa de reclamaciones

Publicación de resultados preliminares de las Pruebas Básicas, Funcionales y Comportamentales, y Comportamental Estandarizada del C-4, de los Procesos de Selección No. 740 y 741 de 2018. Reclamaciones y Acceso a las pruebas. La CNSC y la Universidad Libre, informan a todos los aspirantes que presentaron las pruebas de competencias básicas, funcionales y comportamentales el pasado 14 de Julio, que los resultados preliminares se publicarán en un solo momento el día 31 de Julio de 2019.

Este domingo 14 de julio se realizarán pruebas para el proceso de selección Distrito Capital

Aviso Informativo - Convocatoria 740 y 741 de 2018 Distrito Capital - ANEXO No. 02 de la Guía de Orientación al Aspirante a Pruebas Escritas Convocatoria 740 y 741 Distrito Capita

Guía de Orientación para la Presentación de Pruebas Escritas y Ejes Temáticos - Convocatoria 740 y 741 de 2018 Distrito Capital

SIMO

 

Actuaciones administrativas

ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

RESOLUCIÓN No. 054. Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el aspirante MARTIN FELIPE TALERO AGUDELO, contra la Resolución No. 038 del 10 de febrero de 2020

RESOLUCIÓN No. 053.Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la aspirante NHORA ELCY MORENO ZAMORA, contra la Resolución No. 027 del 10 de febrero de 2020.

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante DASSY STEPHANNY SOTO CASTRO inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75626, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 27, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante DAVID ARTURO JAIMES MARTINEZ inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75628, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante MARÍA JOSÉ CABALLERO GONZÁLEZ, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75826,, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante VICTOR ALFONSO GARRIDO, inscrito para el empleo identificado con el Código OPEC No. 75627, denominado Inspector de policía urbano categoría especial y 1ª categoría, Código 233, Grado 23, Proceso de Selección 740 de 2018 – Secretaría Distrital de Gobierno

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante CLAUDIA JAZMITH PEREZ SARMIENTO inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 50896, denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante KATHERINE MULLER RUEDA, inscrita en el empleo denominado Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1ª Categoría, Código 233, Grado 23, ofertado Proceso de Selección No. 740 de 2018, Convocatoria Distrito Capital, identificado con el Código OPEC No. 75627

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante BRAYAN JULIÁN CALDERÓN LÓPEZ inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75628, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante ALBA CAROLINA MORA GARZON, inscrita en el empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria Distrito Capital, Proceso de Selección 740 de 2018 – SECRETARÍA DE GOBIERNO.

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante NÉSTOR FERNANDO FONSECA FIGUEROA, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 51195, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante JOHN ALEXANDER GALINDO PARRA, inscrito para el empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria Distrito Capital, Proceso de Selección 740 de 2018 – SECRETARÍA DE GOBIERNO.

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante ANGIE JULYNE BARRIOS QUINCHANEGUA, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante JOSE RAFAEL VIVAS NUÑEZ, inscrito para el empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria Distrito Capital, Proceso de Selección 740 de 2018 – SECRETARÍA DE GOBIERNO.

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante JUAN DAVID RESTREPO GONZALEZ, inscrito para el empleo identificado con el Código OPEC No. 51125, Profesional Universitario, Código 219, Grado 16, ofertado en la Convocatoria Distrito Capital, Proceso de Selección 741 de 2018 – Seguridad, Convivencia y Justicia – SDSCJ.

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante NICHOL ANDREA VARGAS MORENO, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante MARTIN FELIPE TALERO AGUDELO, inscrito para el empleo identificado con el Código OPEC No. 51047, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 16, Proceso de Selección 741 de 2018 – Seguridad, Convivencia y Justicia – SDSCJ

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante JUAN MANUEL ZAPATA FORERO inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75940, denominado Profesional Universitario, Código 222, Grado 24, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante JOSUE LEONARDO CRISPIN DAVILA inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 51199, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante JAIME HUMBERTO RODRÍGUEZ BARRERA inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75755, denominado Conductor, Código 480, Grado 13, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante YENY PAOLA PINTO PEÑALOZA, inscrita para el empleo inscrita para el empleo identificado con el Código OPEC No. 50859, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, ofertado en la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante VIVIANA CAROLINA PÁEZ, inscrita para el empleo inscrita para el empleo identificado con el Código OPEC No. 75763, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, ofertado en la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante MARÍA CAROLINA BOHÓRQUEZ RODRÍGUEZ, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75796, denominado Secretario Ejecutivo, Código 425, Grado 27, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante OLGA LUCIA ORTEGON ESPITIA, inscrita para el empleo inscrita para el empleo identificado con el Código OPEC No. 75766, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, ofertado en la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante NAYIBE RODRIGUEZ MARTINEZ, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75630, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante LYS LEANDRA MENDEZ ANGULO, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75777, denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante SONIA ANDREA FRANCO GOMEZ, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75659, denominado Profesional Universitario, Código 219,, Grado 15, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante NHORA ELCY MORENO ZAMORA, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 50868, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante ALBA CAROLINA MORA GARZON, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante ANGIE JULYNE BARRIOS QUINCHANEGUA, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a el aspirante BRAYAN JULIÁN CALDERÓN LÓPEZ inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75628, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante CLAUDIA JAZMITH PEREZ SARMIENTO inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 50896, denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a el aspirante DAVID ARTURO JAIMES MARTÍNEZ inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75628, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante JOHN ALEXANDER GALINDO PARRA, inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a el aspirante JOSE RAFAEL VIVAS NUÑEZ inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante JOSUE LEONARDO CRISPIN DAVILA inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 51199, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a el aspirante JAIME HUMBERTO RODRIGUEZ BARRERA inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75755, denominado Conductor, Código 480, Grado 13, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante JUAN DAVID RESTREPO GONZÁLEZ inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 51125, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 16, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a el aspirante JUAN MANUEL ZAPATA FORERO inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75940, denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante KATHERINE MULLER RUEDA, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75627, denominado Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1ª Categoría, Código 233, Grado 23, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante LYS LEANDRA MENDEZ ANGULO inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75777, denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante MARÍA CAROLINA BOHÓRQUEZ RODRIGUEZ, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75796, denominado Secretario Ejecutivo, Código 425, Grado 27, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante MARÍA JOSÉ CABALLERO GONZÁLEZ, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75826, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante MARTIN FELIPE TALERO AGUDELO inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 51047, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 16, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante NAYIBE RODRIGUEZ MARTINEZ, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75630, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante NÉSTOR FERNANDO FONSECA FIGUEROA inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 51195, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante NHORA ELCY MORENO ZAMORA inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 50868, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante NICHOL ANDREA VARGAS MORENO, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75765, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 19, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante OLGA LUCIA ORTEGON ESPITIA, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75766, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante SONIA ANDREA FRANCO GOMEZ inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75659, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir al aspirante VÍCTOR ALFONSO GARRIDO VELILLA, inscrito al empleo identificado con el Código OPEC No. 75627, denominado Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1ª Categoría, Código 233, Grado 23, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante VIVIANA CAROLINA PÁEZ LOZANO, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75763, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante YENY PAOLA PINTO PEÑALOZA inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 50859, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital
Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa tendiente a determinar la procedencia de excluir a la aspirante DASSY STEPHANNY SOTO CASTRO, inscrita al empleo identificado con el Código OPEC No. 75626, denominado Auxiliar administrativo, Código 407, Grado 27, ofertado a través de la Convocatoria 740 y 741 de 2018 – Distrito Capital

Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO
Se informa que EL JUZGADO CINCUENTA Y TRES (53) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ- SECCIÓN SEGUNDA - ORAL, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 110013342053-2020-00106-00 interpuesto por las señoras JENNY CRISTINA BOHORQUEZ VARGAS y DIANA CRISTINA LÓPEZ COLLAZOS y por los señores GEOVANY VELASQUEZ BAYONA, CESAR MAURICIO PATIÑO CADENA Y CARLOS JULIO VARGAS, ordena publicar el Auto Admisorio y el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Distrito Capital 740, inscritos en la OPEC 75826 (Profesional Universitario cód: 219, grado 12), para que si a bien lo tienen, en el término de dos días (siguientes a la fecha de esta publicación), se hagan parte dentro lo la promovida acción y presenten las pruebas que pretendan hacer valer, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. TUTELA
ADVOCA
ACTA REPARTO
LISTA DE ELEGIBLES
PODER CARLOS VARGAS
PODER CESAR PATIÑO
PODER DIANA LÓPEZ
Acción de tutela 2020 –00012-00, presentada por la Señora NHORA ELCY MORENO ZAMORA, que adelanta el Juzgado primero penal del circuito para adolescentes con función de conocimiento de Manizales, Caldas. AUTO ADMISORIO
“Se informa que EL JUZGADO VEINTIUNO (21) DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 11001-31-87-021-2019-00402-00 interpuesto por el señor FERNEY JOVANI CRUZ DAZA, ordena publicar el Auto Admisorio, el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria ordenada en el proceso de selección Nº. 741 a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.” TUTELA
MEDIDA PROVISIONAL
“Se informa que EL JUZGADO CINCUENTA Y TRES (53) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C- sección segunda oral, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 052-2019-00483-00 interpuesto por el señor CHRISTIAN CAMILO HERMOSO FORERO, ordena publicar el Auto Admisorio, el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Distrito Capital 7470-741 inscritos en la Opec:75775 a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.” ACCIÓN DE TUTELA
Se informa que EL JUZGADO DIECISÉIS ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 11001 – 33 – 35 – 016 – 2019 – 00495– 00 interpuesto por el señor JUAN SEBASTIÁN RODRÍGUEZ COMAS, ordena publicar el Auto Admisorio, el escrito de Tutela y sus anexos, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Distrito Capital 740, inscritos en la OPEC 75765 (Auxiliar Administrativo cód: 407, grado 19) a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. TUTELA
NEGACIÓN MEDIDA PROVISIONAL
“Se informa que EL JUZGADO VEINTE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, en razón al escrito de tutela con número de radicado No 2019 – 00100 interpuesto por la señora DANIELA SOFÍA GARZÓN MUÑOZ, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes interesados de la convocatoria 741 a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.” ACCIÓN DE TUTELA
AUTO ADMISORIO
“Se informa que EL JUZGADO 58 ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C., SECCIÓN TERCERA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No 110013343058-2019-00312-00 interpuesto por el señor DIEGO MAURICIO PACHÓN PARADA, ordena publicar el auto admisorio, el escrito de tutela y sus anexos, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria 741 a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. ” ADMISIÓN DE TUTELA
NEGACIÓN MEDIDA PROVISIONAL
“Se informa que EL JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C., SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado N. 2019-00431 interpuesto por la señora GLORIA HELENA PATIÑO MOLANO, ordena publicar el auto admisorio, el escrito de tutela y sus anexos, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria 740 opec:51117 a fin de garantizar el derecho al debido proceso de cada uno de ellos. ” ADMISIÓN DE TUTELA
ACCIÓN DE TUTELA
Se informa que el JUZGADO 41 ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ -SECCIÓN CUARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por FRANCISCO GUILLERMO PÉREZ MARTÍNEZ, bajo el número de Radicación 11-001-33-37-041-201900301-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de que las personas inscritas en la Convocatoria 740 de 2018 - de la Secretaría Distrital de Gobierno no de Bogotá en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, OPEC 75804, y los interesados que puedan resultar afectados con la decisión que se adopte, ejerzan los derechos de defensa y contradicción en el término de dos ( 2 ) días siguientes a la publicación. ACCIÓN DE TUTELA
Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y TRES ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTA SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NANCY NIÑO PALACIOS, bajo el número de Radicación 2019-00180, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 740 y 741 Distrito Capital, con el propósito de que los terceros interesados en el cargo denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, OPEC 75815, si así lo desean, puedan intervenir dentro del término de dos (02) días siguientes a esta publicación, y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial ADMISIÓN
VINCULACIÓN

Referencia :    Notificación Admisión de Tutela Nº  2019 – 00368 – 00.

Accionante:    Gustavo Castellanos Herrera.

Accionado :    Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y la Universidad Libre.

ACCIÓN DE TUTELA

Guías

Más Guías

GUÍAS - DESCRIPCIÓN ENLACE

INSTRUCTIVO DE ORIENTACIÓN AL ASPIRANTE PARA EL ACCESO A MATERIAL DE PRUEBAS ESCRITAS CONVOCATORIA 740 Y 741 DISTRITO CAPITAL

Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Ejecución sobre Competencias Funcionales

Guía de Acceso Material de Pruebas

Guía de Entrevista y Físico Atlética.

Anexo 2 Alcance Guía Orientación al Aspirante Pruebas Escritas Convocatoria No. 740 y 741 Distrito Capital

TIPS de Inscripción en SIMO

Instructivo de Actualización de Documentos en SIMO

Guía de Orientación al Aspirante - Pruebas Escritas de Competencias BFC

Distrito Capital - CNSC



Convocatorias 806 a 825
Distrito Capital - CNSC

Línea Call center de la convocatoria: (601) 3821114

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.


Avisos Informativos

AVISOS INFORMATIVOS ENLACE

Publicación resultados prueba valoración de antecedentes Convocatoria 806 a 825 de 2018 Distrito Capital - CNSC

Publicación Guía de orientación al aspirante prueba de Valoración de Antecedentes, Convocatoria 806 a 825 de 2018 Distrito Capital-CNSC.

Avance convocatoria 806 a 825 de 2018 Distrito Capital - CNSC

Publicación Respuesta a Reclamaciones y de Resultados Definitivos de la prueba de Valoración de Antecedentes - Convocatoria 806 a 825 de 2018 Distrito Capital-CNSC.

Normatividad

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SIMO

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Acciones Constitucionales

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Actuaciones administrativas

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Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

Se informa que el JUZGADO VEINTINUEVE DE FAMILIA DE BOGOTA D.C., en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora SANDRA MILENA SUAREZ TAMAYO,bajo radicado N° 2020-00062-00en auto del 29 de septiembre de 2020. “RESUELVE: SEXTO. - COMUNICAR la presente providencia a todos los participantes de la Convocatoria en el cargo de Instructor, grado 14, código 313, correspondiente a la OPEC 84567, dentro de la Convocatoria 806 a 825 de 2018. Distrito Capital – Secretaria Distrital de Integración Social – SDIS -. Todos ellos podrán contestar la tutela y allegar los documentos que pretendan hacer valer como pruebas, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la notificación.  Para ese efecto, se ordenará a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, y la UNIVERSIDAD LIBRE, que publique de inmediato en la página web de estas entidades, y den a conocer la existencia de la presente acción constitucional, con él envió el mensaje de datos a los correos electrónicos de los participantes de la Convocatoria en mención, dejando las constancias pertinentes. 

AUTO ADMISORIO

Acción de tutela - Sandra Milena Suárez Tamay Auto que Admite acción de tutela – Sandra Milena Suárez Tamay
Escrito de tutela - Sandra Milena Suárez Tamay
“Se informa que EL JUZGADO 18 LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No 2019-0128 interpuesto por la señora MARÍA FERNANDA LÓPEZ MESA, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria 806-825 de 2018 Inscritos al Cargo: Profesional Especializado, código: 22 Grado: 30 de la Secretaría Distrital de la Mujer; informando que posterior a esta publicación cuentan con un día para que se pronuncien frente al despacho al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. sobre los hechos de la tutela de la referencia, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos” ACCIÓN DE TUTELA
AUTO ADMISORIO

Centro Oriente


Convocatorias 639 a 733, 736 a 739, 742 – 743, 802 y 803 de 2018
Territorial Centro Oriente.

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.


Avisos Informativos

Más Información - Avisos Informativos

AVISOS INFORMATIVOS ENLACE

El Juzgado SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE MANIZALES – CALDAS, ORDENA publicar la presente tutela, con el fin de que las personas que participan en el Proceso de Selección No. 698 de 2018 - Convocatoria Territorial Centro Oriente.

SENTENCIA DE 1ª INSTANCIA No. 104 RAD. 2019-00085-00 JULIANA ECHEVERRY ARCILA C.C. 1.053.768.266

"La Universidad Libre se permite informar que: el Juzgado Primerto Penal del Circuito para Adolescentes con Conocimiento Manizales – Caldas, en el trámite de la Acción de Tutela promovida por la Señora Juliana Echeverry Arcila, ordenó, entre otros, la publicación del presente fallo."

“La Universidad Libre y la Comisión Nacional del Servicio Civil informa:”

“Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el aspirante EUGENIO GÓMEZ TAMAYO contra la resolución No. 006 de 2019.”

“Se informa que el JUZGADO ÚNICO DE FAMILIA DE DOS QUEBRADAS, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA VASQUEZ LOPEZ , radicada bajo el consecutivo 2019-00512, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con el fin de VINCULAR a los concursantes y/o participantes del concurso abierto de méritos Convocatoria 651 de 2018 Territorial Centro Oriente, proceso de selección Alcaldía de Dos Quebradas (Risaralda) OPEC 73847 Técnico Administrativo Grado I que tengan interés en la presente acción de tutela, para que dentro del termino de tres (3) días hábiles y si lo consideren intervengan en el presente tramite.”

“Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa iniciada mediante Resolución No. 001 del 17 de junio de 2019, tendiente a determinar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en la Oferta Pública de Empleo de Carrera No. 68886, denominado Inspector de Tránsito y Transporte, Código 312, Grado 4, con relación al aspirante OSCAR ALBERTO TORO FRANCO, dentro del Concurso de Méritos conocido como Convocatoria Territorial Centro Oriente”.

“Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa iniciada mediante Resolución 002 del 17 de junio de 2019, tendiente a determinar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en la Oferta Pública de Empleo de Carrera No. 25587, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 1, con relación a la aspirante LILIANA ANDREA ISAZA NOREÑA, dentro del Concurso de Méritos conocido como Convocatoria Territorial Centro Oriente”.

“Por medio de la cual se concluye la Actuación Administrativa iniciada mediante Resolución No. 003 del 17 de junio de 2019, tendiente a determinar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en la Oferta Pública de Empleo de Carrera No. 68875, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 4, con relación al aspirante EUGENIO GOMEZ TAMAYO, dentro del Concurso de Méritos conocido como Convocatoria Territorial Centro Oriente”.

Respuestas a reclamaciones y resultados definitivos de la verificación de requisitos mínimos, Procesos de Selección No. 639 a 641, 643 a 733, 736 a 739, 742 - 743, 802 y 803 de 2018, Territorial Centro Oriente

Aviso aclaratorio Convocatoria Territorial Centro Oriente Proceso de Selección No. 642 Alcaldía De Santuario – Risaralda Levantamiento de suspensión y resultados preliminares

Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa para determinar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en la Oferta Pública de Empleo de Carrera No. 68875, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 4, con relación al aspirante EUGENIO GOMEZ TAMAYO, dentro del Concurso de Méritos conocido como Convocatoria Territorial Centro Oriente.

Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa para determinar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en la Oferta Pública de Empleo de Carrera No. 25587, denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 1, con relación a la aspirante LILIANA ANDREA ISAZA NOREÑA, dentro del Concurso de Méritos conocido como Convocatoria Territorial Centro Oriente.

Por medio de la cual se inicia la Actuación Administrativa para determinar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en la Oferta Pública de Empleo de Carrera No. 68886, denominado Inspector de Tránsito y Transporte, Código 312, Grado 4, con relación al aspirante OSCAR ALBERTO TORO FRANCO, dentro del Concurso de Méritos conocido como Convocatoria Territorial Centro Oriente.

 

SIMO

 

Acciones Constitucionales

Pronto más información

Actuaciones Administrativas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante JOSE LUIS BARRETO INFANTE, del Proceso de selección No. 663 de 2018 Personería de Villavicencio - Meta – Convocatoria Territorial Centro Oriente.”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante JUAN DIEGO CARDONA OSPINA, del Proceso de selección No. 688 de 2018 - ALCALDÍA DE LA DORADA – CALDAS - Convocatoria Territorial Centro Oriente”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante LISETH TATIANA TUIRAN POVEDA, del Proceso de selección No. 663 de 2018 - PERSONERIA DE VILLAVICENCIO (META) - Convocatoria Territorial Centro Oriente.”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante LUZ ADRIANA PINEDA AGUIRRE, del Proceso de selección No. 696 de 2018 ALCALDÍA DE AGUADAS (CALDAS) - Convocatoria Territorial Centro Oriente”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante MARIA CLAUDIA MARTINEZ CIFUENTES, del Proceso de selección No. 652 de 2018 GOBERNACIÓN DE RISARALDA – Convocatoria Territorial Centro Oriente”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante NATALIA URREA CASTRILLON, del Proceso de selección No. 686 de 2018 ALCALDÍA DE ANSERMA (CALDAS) – Convocatoria Territorial Centro Oriente”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante LUZ ESTELLA TORO OSORIO, del Proceso de selección No. 691 de 2018 (Alcaldía de Manizales - Caldas) - Convocatoria Territorial Centro Oriente”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante YAMILETH CONCHA MEJIA, del Proceso de selección No. 715 de 2018 - ALCALDÍA DE PITALITO (HUILA) - Convocatoria Territorial Centro Oriente”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante DIANA MILENA LOZANO TORRES, del Proceso de selección No. 715 de 2018 ALCALDÍA DE PITALITO - HUILA – Convocatoria Territorial Centro Oriente.”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante ENGIE CAMILA RAMIREZ ZULUAGA, del Proceso de selección No. 691 de 2018 ALCALDÍA DE MANIZALES - CALDAS- Convocatoria Territorial Centro Oriente.”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante FRANCIA ELENA HENAO ARANGO, del Proceso de selección No. 652 de 2018 PROCESO DE SELECCIÓN GOBERNACIÓN DE RISARALDA- Convocatoria Territorial Centro Oriente.”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante APOLINAR MEJIA GALLO, del Proceso de selección No. 699 de 2018 Instituto de Valoración de Manizales, Invima-Caldas - Convocatoria Territorial Centro Oriente”.

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante JORGE LUIS GAONA AVILA, del Proceso de selección No. 653 de 2018 ALCALDÍA DE ACACIAS - META, Convocatoria Territorial Centro Oriente.”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante RUBÉN DARÍO GALLEGO GIRALDO, del 694 de 2018 PROCESO DE SELECCIÓN GOBERNACIÓN DE CALDAS, Convocatoria Territorial Centro Oriente.”

“Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa tendiente a modificar el puntaje en la prueba de valoración de antecedentes, del aspirante HAROLD DAVID GONZALEZ CASTAÑO, para el empleo identificado con el código OPEC 71549, denominado Profesional Universitario, Nivel: Profesional, Código 219, Grado 4, en el Proceso de selección No. 647 de 2018, ALCALDÍA DE PEREIRA – RISARALDA, Convocatoria Territorial Centro Oriente”.

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante JOSÉ LUIS BARRETO INFANTE del Proceso de selección No. 663 PERSONERÍA MUNICIPAL DE VILLAVICENCIO - META - Convocatoria Territorial Centro Oriente.

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante JUAN DIEGO CARDONA OSPINA, del Proceso de selección No. 688, ALCALDÍA DE LA DORADA – CALDAS - Convocatoria Territorial Centro Oriente.

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante LIZETH TATIANA TUIRAN POVEDA, del Proceso de selección No. 663 de 2018, PERSONERÍA MUNICIPAL DE VILLAVICENCIO - META - Convocatoria Territorial Centro Oriente.

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante LUZ ADRIANA PINEDA AGUIRRE, del Proceso de selección No. 696 de 2018 ALCALDÍA DE AGUADAS – CALDAS, Convocatoria Territorial Centro Oriente. 

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante MARÍA CLAUDIA MARTÍNEZ CIFUENTES, del Proceso de selección No. 652 GOBERNACIÓN DE RISARALDA - Convocatoria Territorial Centro Oriente.

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante NATALIA URREA CASTRILLÓN, del Proceso de selección No. 686 ALCALDÍA DE ANSERMA - CALDAS - Convocatoria Territorial Centro Oriente

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante LUZ ESTELLA TORO OSORIO, del Proceso de selección No. 691 de 2018 ALCALDÍA DE MANIZALES - CALDAS - Convocatoria Territorial Centro Oriente

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante YAMILETH CONCHA MEJÍA del Proceso de selección No. 715 de 2018, ALCALDÍA DE PITALITO - HUILA - Convocatoria Territorial Centro Oriente.

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante DIANA MILENA LOZANO TORRES, del Proceso de selección No. 715 de 2018, ALCALDÍA DE PITALITO - HUILA - Convocatoria Territorial Centro Oriente. 

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante ENGIE CAMILA RAMÍREZ ZULUAGA, del Proceso de selección No. 691 de 2018 ALCALDÍA DE MANIZALES - CALDAS Convocatoria Territorial Centro Oriente. 

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión de la aspirante FRANCIA ELENA HENAO ARANGO, del Proceso de selección No. 652 GOBERNACIÓN DE RISARALDA - Convocatoria Territorial Centro Oriente.

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante APOLINAR MEJÍA GALLO, del Proceso de selección No. 699 INSTITUTO DE VALORIZACION DE MANIZALES INVAMA – CALDAS - Convocatoria Territorial Centro Oriente. 

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante JORGE LUIS GAONA AVILA, del Proceso de selección No. 653 ALCALDÍA DE ACACÍAS - META - Convocatoria Territorial Centro Oriente. 

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la inadmisión del aspirante RUBÉN DARÍO GALLEGO GIRALDO, del Proceso de selección No. 694 GOBERNACIÓN DE CALDAS - Convocatoria Territorial Centro Oriente.  

Por medio de la cual se concluye la actuación administrativa tendiente a modificar el puntaje en la prueba de valoración de antecedentes, del aspirante HAROLD DAVID GONZALEZ CASTAÑO, en el Proceso de selección No. 647 de 2018, ALCALDÍA DE PEREIRA – RISARALDA, Convocatoria Territorial Centro Oriente 

RESOLUCIÓN No. 031.Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el aspirante JUAN DIEGO CARDONA OSPINA, contra la Resolución No. 017 del 14 de febrero de 2020. 

RESOLUCIÓN No. 032. “Por medio de la cual se rechaza recurso de reposición interpuesto por la aspirante LUZ ADRIANA PINEDA AGUIRRE , contra la Resolución No. 019 del 14 de febrero de 2020.

RESOLUCIÓN No. 033. “Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la aspirante LUZ ESTELLA TORO OSORIO, contra la Resolución No. 022 del 14 de febrero de 2020

RESOLUCIÓN No. 034. “Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la aspirante YAMILETH CONCHA MEJÍA, contra la Resolución No. 023 del 14 de febrero de 2020.

RESOLUCIÓN No. 036. Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el aspirante APOLINAR MEJÍA GALLO, contra la Resolución No. 027 del 14 de febrero de 2020.

RESOLUCIÓN No. 037. Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el aspirante JORGE LUIS GAONA AVILA, contra la Resolución No. 028 del 14 de febrero de 2020.

RESOLUCIÓN No. 038. Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el aspirante RUBÉN DARÍO GALLEGO GIRALDO, contra la Resolución No. 029 del 14 de febrero de 2020.

RESOLUCIÓN No. 035. “Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la aspirante ENGIE CAMILA RAMÍREZ ZULUAGA, contra la Resolución No. 025 del 14 de febrero de 2020

Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO
“Se informa que EL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO GARZÓN-HUILA, en conocimiento de la acción de tutela con número de radicado No. 41 298 31 09 002 2020 00002 00 interpuesta por el señor JUAN DIEGO BAUTISTA REYES, ordena publicar el Auto Admisorio, el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria, a fin de garantizarles el derecho al debido proceso y para que aquellos que tengan interés en el trámite, ejerzan sus derechos.” AUTO

ACCIÓN DE TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS, en conocimiento del escrito de tutela Nº 17001-31-04-007-2020-00094-00 interpuesto por el señor EDUARD ANDRÉS RAMÍREZ DELGADO, ordenó en el Auto Nº125 publicar el auto admisorio y el escrito de tutela a fin de notificar a todos y cada uno de los aspirantes inscritos en la Convocatoria Territorial Centro Oriente, en aras de que puedan hacer uso de su derecho a la defensa Comunicándose a: “PALACIO DE JUSTICIA FANNY GONZALES FRANCO oficina 309, tel: 8879675 ext. 11730 y 11732, o al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. AUTO ADMISORIO

ACCIÓN DE TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS, en conocimiento del escrito de tutela Nº 17001-31-004-007-2020-00068-00 decidió acumular la acción de tutela bajo radicado Nº 17001-31-004-007-2020-00093-93 interpuesta por la señora DANIELA CASTAÑEDA CASTAÑEDA, por lo tanto, ordenó en el Auto Nº 116 publicar el auto admisorio y el escrito de tutela a fin de notificar a todos y cada uno de los aspirantes inscritos en la Convocatoria Territorial Centro Oriente, en aras de que puedan hacer uso de su derecho a la defensa Comunicándose a: “PALACIO DE JUSTICIA FANNY GONZALES FRANCO oficina 309, tel: 8879675 ext. 11730 y 11732, o al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. AUTO ADMISORIO

ACCIÓN DE TUTELA

AUTO ADMISORIO – ACCIÓN DE TUTELA. REF. 110013343 062 2020 00048 00. DEMANDANTE. DIDIER ARMANDO PARDO LEYTON. AUTO ADMISORIO
ESCRITO DE TUTELA. DIDIER ARMANDO PARDO LEYTON. DEMANDA
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE MANIZALES, en conocimiento del escrito de tutela interpuesto por la señora Liana Maria Otalvaro bajo radicado Nº 17001-31-18-001-2019-00149-00, ordena la publicación del fallo de la tutela de la referencia proferido por este mismo despacho, a fin notificar a todos los aspirantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente de la decisión tomada y así garantizar sus derechos al debido proceso. SENTENCIA
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE MANIZALES, en conocimiento del escrito de tutela interpuesto por la señora Liana Maria Otalvaro bajo radicado Nº 17001-31-18-001-2019-00149-00, ordena la publicación del fallo de la tutela de la referencia proferido por este mismo despacho, a fin notificar a todos los aspirantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente de la decisión tomada y así garantizar sus derechos al debido proceso. SENTENCIA
Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS, en conocimiento del escrito de tutela Nº 17001-31-004-007-2020-00068-00 a la que se acumulan los radicados 17001-31-04-007-2020-00069-00 // 17001-31-04-007-2020-00071-00 // 17001-31-04-007-2020-00072-00// 17001-31-04-007-2020-00077-00// 17001-31-04-007-2020-00078-00// 17001-31-04-007-2020-00079-00// 17001-31-04-007-2020-00080-00// 17001-31-04-007-2020-00081-00// 17001-31-04-007-2020-00082-00// 17001-31-04-007-2020-00083-00// 17001-31-04-007-2020-00084-00// 17001-31-04-007-2020-00085-00// 17001-31-04-007-2020-00086-00// 17001-31-04-007-2020-00087-00// 17001-31-04-007-2020-00089-00// 17001-31-04-007-2020-00090-00// 17001-31-04-007-2020-00091-00, ordenó en el Auto Nº 104 publicar el auto admisorio y los escritos de tutela a fin de notificar a todos y cada uno de los aspirantes inscritos en la Convocatoria Territorial Centro Oriente, en aras de que puedan hacer uso de su derecho a la defensa Comunicándose a: “PALACIO DE JUSTICIA FANNY GONZALES FRANCO oficina 309, tel: 8879675 ext. 11730 y 11732, o al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. AUTO ADMISORIO
2020-00068-00
2020-00069-00
2020-00071-00
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Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE MANIZALES, en conocimiento del escrito de tutela radicado Nº 17001-31-18-001-2020-00013-00, mediante la sustanciación Nº 074 ordena la publicación de dicha providencia, a fin de enterar de la decisión allí contenida, a todas las personas que se han manifestado dentro de la acción de tutela de la referencia. ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS, en conocimiento del escrito de tutela Nº 17001-31-04-007-2020-00066-00 a la que se acumulan los radicados 17001-31-04-007-2020-00075-00 y 17001-31-04-007-2020-00076-00, ordenó en el Auto Nº 103 publicar el auto admisorio y los escritos de tutela a fin de notificar a todos y cada uno de los aspirantes inscritos en la Convocatoria Territorial Centro Oriente, en aras de que puedan hacer uso de su derecho a la defensa Comunicándose a: “PALACIO DE JUSTICIA FANNY GONZALES FRANCO oficina 309, tel: 8879675 ext. 11730 y 11732, o al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. AUTO ADMISORIO

ACCIÓN DE TUTELA 1

ACCIÓN DE TUTELA 2

Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENLA DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTOS DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela bajo número de radicado Nº 17001-31-18-001-2020-00013-00, ordenó mediante el Auto interlocutorio Nº 063 la publicación del mismo, a fin de notificar a todos y cada uno de los aspirantes de la convocatoria territorial centro oriente, para que puedan hacerse parte dentro del trámite adelantado por dicho despacho y así garantizar sus derechos a la defensa y al debido proceso. AUTO INTERLOCUTORIO

Se informa que EL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTOS DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela con número de radicado No. 17001-31-18-001-2020-00013-00, ordena publicar la providencia Nº 71 proferida el 19 de febrero de 2020 , con ocasión de comunicar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente que se han manifestado dentro de la tutela de la referencia, sobre la decisión allí contenida. A fin de garantizar el derecho al debido proceso de cada uno de ellos. ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el juzgado primero penal del circuito para adolescentes con función de conocimiento de Manizales, ordenó la publicación del auto interlocutorio 059 del 18 de febrero de 2020, con el fin de notificar a todos y cada uno de los aspirantes de la convocatoria Territorial Centro Oriente, inscritos en los procesos 691, 694 y 698, en aras de garantizar su derecho al debido proceso y a la defensa. AUTO INTERLOCUTORIO

Se informa que EL CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA, SUBSECCIÓN C, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 11001 03 15 000 2020 00293 00 interpuesta por ALEXANDER MOLINA GUZMÁN , ordena publicar el Auto Admisorio y el escrito de tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria 711 Territorial Centro Oriente inscritos en la OPEC 74358 Profesional Universitario, a fin de garantizar el derecho al debido proceso de cada uno de ellos. AUTO ADMISORIO

Acción de Tutela No. 17001 – 31 – 18 – 001 – 2019 – 00149 – 00. Accionante: LIANA MARIA OTALVARO ORDUÑA. ACCIONADOS: Universidad Libre y Comisión Nacional del Servicio Civil. JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE MANIZALES CALDAS. Conforme a lo ordenado en el auto 57, que dispuso entre otros: “SEPTIMO: ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil y a la Universidad Libre de Colombia, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Numeral Cuarto, para que publiquen esta providencia en la página Web de la entidad, junto con la copia del escrito contentivo de la acción de tutela, con el fin de notificar por el término de UN (1) día, a los DEMÁS CONCURSANTES DE A CONVOCATORIA TERRITORIAL CENTRO ORIENTE, PROCESOS DE SELECCIÒN 691, 694, Y 698 TODOS DEL AÑO 2018, haciéndoles saber que pueden hacerse parte dentro del trámite(…)” AUTO ADMISORIO

Acción de Tutela No. 17001 – 31 – 04 – 007 – 2020 – 00066 – 00. Accionante: LUZ AMPARO RAMIREZ GIRALDO. ACCIONADOS: Universidad Libre y Comisión Nacional del Servicio Civil. JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO MANIZALES CALDAS. Conforme a lo ordenado en el auto 96, que dispuso entre otros: “2. Publiquen en la página web en la que se encuentran los avisos de la Convocatoria Territorial Centro Oriente copia de las demandas de tutela de las que se le ha corrido traslado bajo el presente radicado y a fin de que tanto los destinatarios de la selección como los aspirantes inscritos y todos aquellos que tengan interés concurran a esta Sede Judicial a hacer valer el mismo y manifiesten lo que a bien tengan; indicando en tal aviso dirección de este Despacho Judicial y teléfonos email, así: Palacio de Justicia "Fanny González Franco" oficina 309, 8879675 extensiones 11730 y 11732; pcto07macendoj.ramajudicial.gov.co; siendo de su cargo allegar las constancias pertinentes. AUTO ADMISORIO

TUTELA

Sentencia No. 010 JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES MANIZALES - CALDAS- ACCIONANTE: NHORA ELCY MORENO ZAMORA - CONVOCATORIA 741 de 2018 Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia AUTO ADMISORIO

SENTENCIA

Fallo de Tutela – JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE MANIZALES – CALDAS. RAD. 17001 – 31 – 18 – 001 – 2020 – 00004 – 00 – ACIONANTES: JULIO CESAR OSPINA MARÍN – NHORA ELCY MORENO ZAMORA – MARLENLLEY VILLEGAS MORA – IVON PATRICIA JARAMILLO CUELLO – MIGUEL ANDRES RUEDA RAMIREZ – JUAN DIEGO ORTÍZ MORENO. SENTENCIA
ACCIÓN DE TUTELA - AUTO INTERLOCUTORIO No. 013 - Radicación: 17001-31-18-001-2020-00012-00 Accionante: Nhora Elcy Moreno Zamora. AUTO INTERLOCUTORIO

Se informa que EL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO-MANIZALES, CALDAS, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 2019-00149-00 Acumulada interpuesta por HADER LEANDRO SOTO GÓMEZ // GLORIA ELENA OSPINA OSPINA // JOSÉ IDARDO GIRALDO OSPINA // JANETH ACOSTA OLAYA // NELSON ENRIQUE LÓPEZ OSPINA // MARTHA CECILIA YARA ECHEVERRY // ALEXANDRA RÍOS VILLA // MABEL STELLA BETANCOURT CUELLAR // VERÓNICA GONZÁLEZ GONZÁLEZ // JORGE EDUARDO CEBALLOS RÍOS // GERMÁN ALONSO DAMIÁN RESTREPO, ordena publicar el Auto 015, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente, a fin de garantizar el derecho al debido proceso de cada uno de ellos. ACCIÓN DE TUTELA
Se informa que EL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO-MANIZALES, CALDAS, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 2019-00149-00 Acumulada interpuesto por HADER LEANDRO SOTO GÓMEZ // GLORIA ELENA OSPINA OSPINA // JOSÉ IDARDO GIRALDO OSPINA // JANETH ACOSTA OLAYA // NELSON ENRIQUE LÓPEZ OSPINA // MARTHA CECILIA YARA ECHEVERRY // ALEXANDRA RÍOS VILLA // MABEL STELLA BETANCOURT CUELLAR // VERÓNICA GONZÁLEZ GONZÁLEZ // JORGE EDUARDO CEBALLOS RÍOS // GERMÁN ALONSO DAMIÁN RESTREPO, ordena publicar el fallo de tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente, a fin de garantizar el derecho al debido proceso de cada uno de ellos. SENTENCIA

Acción de tutela 2020-00009-00, presentada por la Señora IVON PATRICIA JARAMILLO CUELLO y acción de tutela 2020-00010-00 presentada por el señor MIGUEL ANDRES RUEDA RAMIREZ, acumulada a la acción de tutela masiva, radicada al número 2020 – 000004 – 00, que adelanta el Juzgado Penal del Circuito para adolescentes con función de conocimientos.” ACCIÓN DE TUTELA
Acción de tutela 2020 – 00011, presentada por el señor JUAN DIEGO ORTIZ MORENO, acumulada a la acción de tutela masiva, radicada al número 2020 – 000004 – 00, que adelanta el Juzgado Penal del Circuito para adolescentes con función de conocimientos AUTO ADMISORIO

Acción de tutela 2020 – 00008 -00, presentada por la Señora MARLENLLEY VILLEGAS MORA, acumulada a la acción de tutela masiva, radicada al número 2020 – 000004 – 00, que adelanta el Juzgado Penal del Circuito para adolescentes con función de conocimientos AUTO ADMISORIO

Se informa que EL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 2020-00007-00 interpuesto por la señora NHORA ELCY MORENO ZAMORA, ordena publicar el Auto Admisorio, y el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.” AUTO ADMISORIO

Se informa que EL JUZGADO TERCERO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD MANIZALES CALDAS, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 2020–0003-00 interpuesto por la señora ANDREA RODRIGUEZ ZULUAGA, ordena publicar el Auto Admisorio, y el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. AUTO ADMISORIO PARTE 1

AUTO ADMISORIO PARTE 2

AUTO ADMISORIO PARTE 3

AUTO ADMISORIO PARTE 4

AUTO ADMISORIO PARTE 5

Se informa que EL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de los escritos de tutela con números de radicado No. 2019–00154–00– 2019-00155-00- 2019-00156-00 interpuestos por el señor NELSON ENRIQUE LÓPEZ OSPINA, la señora MARTHA CECILIA YARA ECHEVERRY y el señor ALEXANDRA RÍOS VILLA, ordena publicar el Auto Admisorio, y los escritos de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. AUTO ADMISORIO

Se informa que EL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLSCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de los escritos de tutela con números de radicado No. 2019–00149–00 – 2019-00150-00 interpuestos por el señor HADER LEONARDO SOTO GÓMEZ y la señora GLORIA ELENA OSPINA OSPINA, ordena publicar el Auto Admisorio, el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que EL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de los escritos de tutela con números de radicado No. 2019–00152–00 – 2019-00153-00 interpuestos por el señor JOSÉ IDARDO GIRALDO OSPINA y la señora JANETH ACOSTA OLAYA, ordena publicar el Auto Admisorio, el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Centro Oriente, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que EL JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD MANIZALES-CALDAS, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 2019-00099 interpuesto por el señor LEONARDO LOPEZ OSORIO, ordena publicar el Auto Admisorio, el escrito de Tutela y sus anexo, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Centro Oriente a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.” TUTELA - PARTE 1

TUTELA - PARTE 2

“Se informa que EL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES MANIZALES, CALDAS, en conocimiento del escrito de impugnación presentado contra el fallo de la tutela con número de radicado N.17-001-31-18-001-2019-00085 interpuesto por la señora JULIANA ECHEVERRY ARCILA, ordena publicar el fallo de la presente acción que concede impugnación, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria 691-2018 a fin de garantizar el derecho al debido proceso de cada uno de ellos. ” ACCIÓN DE TUTELA

Territorial Norte


Convocatorias 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 -
Territorial Norte

Línea Call center de la convocatoria: (601) 382 1113

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.


Elige la información deseada

Avisos Informativos

Más Avisos Informativos
AVISOS INFORMATIVOS ENLACE

Inicio de inscripciones

14 Enero 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil informa a la ciudadanía en general que a partir del próximo 28 de Enero de 2019, inicia la etapa de venta de derechos de participación e inscripciones para participar en las Convocatorias No. 744 a 799, 805, 826 y 827 - Territorial Norte.

Este proceso de selección que busca proveer definitivamente 2.146 vacantes de la planta de personal, está conformada por:

  • Asesor: 1
  • Profesional: 757
  • Técnico: 768
  • Asistencial: 620

A los interesados en participar en este concurso abierto de méritos los invitamos a consultar los Acuerdos de Convocatoria que se encuentran publicados junto con la Oferta pública de empleos – OPEC en la página www.cnsc.gov.co, enlace SIMO

Inscripciones

Del 28 de enero de 2019 al 28 de febrero de 2019

a. PSE Línea Virtual

Fecha de inicio del recaudo: 28 de enero de 2019
Fecha de terminación del recaudo PSE: 28 de febrero de 2019

b. Formato Código de barras que se genera a través del aplicativo - SIMO
Fecha de inicio del recaudo: 28 de enero de 2019

Fecha de terminación del recaudo: 26 de febrero de 2019

Valor del derecho de participación

  • Para el nivel Asesor/Profesional: $41.450
  • Para el nivel Técnico y Asistencial: $27.650

Los aspirantes podrán efectuar el pago de los derechos de participación en el Banco Popular con el formato con código de barras que genera SIMO o de manera electrónica online por PSE.

Tenga en cuenta:

Conforme lo establecido en el Artículo 15 de los Acuerdos de Convocatoria, para realizar la inscripción, los aspirantes deben registrarse en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad – SIMO, consultar la OPEC, seleccionar el empleo, cargar los documentos exigidos para concursar, efectuar el pago, y finalmente formalizar su inscripción. Para estos efectos, la CNSC ha dispuesto una serie de ayudas electrónicas: Videos tutoriales y Manual en línea, que le permiten conocer la funcionalidad y ventajas del Sistema.

Mayor información www.cnsc.gov.co, enlace SIMO Teléfono: 3259700

Inicio de inscripciones

el 14 Enero 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil informa a la ciudadanía en general que a partir del próximo 28 de Enero de 2019, inicia la etapa de venta de derechos de participación e inscripciones para participar en las Convocatorias No. 744 a 799, 805, 826 y 827 - Territorial Norte.

Este proceso de selección que busca proveer definitivamente 2.146 vacantes de la planta de personal, está conformada por:

  • Asesor: 1
  • Profesional: 757
  • Técnico: 768
  • Asistencial: 620

A los interesados en participar en este concurso abierto de méritos los invitamos a consultar los Acuerdos de Convocatoria que se encuentran publicados junto con la Oferta pública de empleos – OPEC en la página www.cnsc.gov.co, enlace SIMO

Inscripciones

Del 28 de enero de 2019 al 28 de febrero de 2019

a. PSE Línea Virtual

Fecha de inicio del recaudo: 28 de enero de 2019

Fecha de terminación del recaudo PSE: 28 de febrero de 2019

b. Formato Código de barras que se genera a través del aplicativo - SIMO

Fecha de inicio del recaudo: 28 de enero de 2019

Fecha de terminación del recaudo: 26 de febrero de 2019

Valor del derecho de participación

  • Para el nivel Asesor/Profesional: $41.450
  • Para el nivel Técnico y Asistencial: $27.650

Los aspirantes podrán efectuar el pago de los derechos de participación en el Banco Popular con el formato con código de barras que genera SIMO o de manera electrónica online por PSE.

Tenga en cuenta:

Conforme lo establecido en el Artículo 15 de los Acuerdos de Convocatoria, para realizar la inscripción, los aspirantes deben registrarse en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad – SIMO, consultar la OPEC, seleccionar el empleo, cargar los documentos exigidos para concursar, efectuar el pago, y finalmente formalizar su inscripción. Para estos efectos, la CNSC ha dispuesto una serie de ayudas electrónicas: Videos tutoriales y Manual en línea, que le permiten conocer la funcionalidad y ventajas del Sistema.

Mayor información www.cnsc.gov.co, enlace SIMO Teléfono: 3259700

Ajustes en algunos empleos de las Convocatorias No. 744 a 799, 805, 826 y 827 – Territorial Norte

25 Enero 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, informa a la ciudadanía en general que, se realizaron modificaciones en algunos empleos de la Oferta Publica de Empleos – OPEC de entidades que hacen parte de la Convocatoria Territorial Norte, de conformidad con lo establecido en los artículos 11º y 13º de los Acuerdos de Convocatoria. Las referidas modificaciones se detallan a continuación:

  • Alcaldía de Galapa – Atlántico “Proceso de Selección No. 746 de 2018” 
    27946, 27944, 27945, 27938, 27949, 27947, 27939, 4711, 5842, 5841, 6803, 2773, 6799, 5840, 6802, 4709, 6800, 4714, 2774, 4708, 4712, 5839, 4710, 19739, 19737, 19738, 19741, 21097, 21094, 19740, 19736, 21509, 21098, 21099, 21096, 21095.
  • Alcaldía de Piojó – Atlántico “Proceso de Selección No. 749 de 2018”
    74384, 74353.  
  • Alcaldía de Campo de la Cruz – Atlántico “Proceso de Selección No. 745 de 2018”
    21092, 2771, 4705, 19732, 25558, 19734, 4707, 19728, 26502, 19733.
  • Alcaldía de Santo Tomás – Atlántico “Proceso de Selección No. 759 de 2018” 
    20605, 20606, 21089, 21090, 21845, 25556.
  • Alcaldía de Puerto Colombia – Atlántico “Proceso de Selección No. 752 de 2018” 
    72663, 72679, 72680, 72621, 72771, 72770, 72768, 72767, 72766, 72763, 72674, 72673, 72665, 72664, 72663, 72661, 72659, 72658, 72657, 72650, 72648, 72639, 72637, 72635, 72628, 72626, 72624, 72619, 72618, 72605.
  • Alcaldía de San Estanislao de Kostka – Bolívar “Proceso de Selección No. 763 de 2018” 


    73379.
  • Alcaldía de Santa Rosa Norte – Bolívar “Proceso de Selección No. 767 de 2018” 
    68363, 62919.
  • Gobernación de Bolívar - “Proceso de Selección No. 772 de 2018” 
    75523, 77162, 77155, 77153, 77184, 77171, 77174, 77157, 74294, 77178, 77154, 77191, 77166, 77152, 77160, 77181, 77156.
  • Alcaldía de Cartagena – Bolívar “Proceso de Selección No. 771 de 2018” 
    73477, 73541, 78272, 73320, 73317, 73321, 73322, 73407.
  • Alcaldía de Turbaco – Bolívar “Proceso de Selección No. 768 de 2018” 
    20615.
  • Alcaldía de Villa del Rosario – Norte de Santander “Proceso de Selección No. 794 de 2018” 
    21857.
  • Alcaldía de Cáchira – Norte de Santander “Proceso de Selección No. 781 de 2018” 
    75456, 75457, 75459, 75461, 75462, 83778.
  • Gobernación de Norte de Santander - “Proceso de Selección No. 805 de 2018” 
    48359.
  • Alcaldía de Los Patios – Norte de Santander “Proceso de Selección No. 787 de 2018” 
    68827, 68898, 68911, 68913, 68904, 68902, 68910, 68901, 68909, 68900, 68912, 68916, 68914, 68917, 68951, 68949, 68918, 68950, 68952.

¡Recuerde!

Para participar en el proceso de selección de las No. 744 a 799, 805, 826 y 827 – 987 y 988 - Territorial Norte, los aspirantes deben leer detalladamente los Acuerdos que rigen las mismas, consultar la oferta pública de empleos  - OPEC y el Manual de funciones y competencias laborales de las Alcaldías, allí se encuentran detallados cada uno de los empleos, sus características, requisitos, equivalencias. El aspirante debe determinar para qué empleo puede aplicar de acuerdo con sus condiciones de formación académica y experiencia y comprobar que cumple con la totalidad de los requisitos exigidos para el empleo de su interés, lo cual será verificado por la universidad o institución de educación superior contratada por la CNSC.

Inicio de la etapa de inscripciones para la oferta pública de empleos de las Alcaldías de Bochalema y Santo Domingo de Silos - Norte de Santander

25 Enero 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil informa que en sesión de Sala Plena de Comisionados del 23 de enero de 2019, se aprobó incorporar a la Alcaldía de Bochalema y  la Alcaldía de Santo Domingo de Silos, entes territoriales del Norte de Santander, en la Convocatoria Territorial Norte, para lo cual se expidieron los Acuerdos de Convocatorias No. 20191000000296 – Convocatoria No. 987  y No. 20191000000316 – Convocatoria No. 988 del 24 de enero de 2019.

En cumplimiento del artículo 16º de los acuerdos de Convocatoria No. 20191000000296 y No. 20191000000316 del 24 de enero de 2019, el inicio de la etapa de inscripciones para la oferta pública de empleos de las Alcaldías de Bochalema y Santo Domingo de Silos; se adelantará como se detalla a continuación:

Inscripciones: Del 11 de febrero de 2019 al 14 de marzo de 2019

a) PSE Línea Virtual

  • Fecha de inicio del recaudo: 11 de febrero de 2019
  • Fecha de terminación del recaudo PSE: 14 de marzo de 2019

b) Formato Código de barras que se genera a través del aplicativo - SIMO

  • Fecha de inicio del recaudo: 11 de febrero de 2019
  • Fecha de terminación del recaudo: 12 de marzo de 2019

Valor del derecho de participación

  • Para el nivel Asesor/Profesional: $41.450
  • Para el nivel Técnico y Asistencial: $27.650

Las inscripciones para las demás entidades que hacen parte de la Convocatoria Territorial Norte no se modifican y se realizarán en las siguientes fechas:

Del 28 de enero de 2019 al 28 de febrero de 2019

a. PSE Línea Virtual

  • Fecha de inicio del recaudo: 28 de enero de 2019
  • Fecha de terminación del recaudo PSE: 28 de febrero de 2019

b. Formato Código de barras que se genera a través del aplicativo - SIMO

  • Fecha de inicio del recaudo: 28 de enero de 2019
  • Fecha de terminación del recaudo: 26 de febrero de 2019

Los aspirantes podrán efectuar el pago de los derechos de participación en el Banco Popular con el formato con código de barras que genera SIMO o de manera electrónica online por PSE.

Tenga en cuenta antes de formalizar su inscripción que:

La convocatoria Territorial Norte es “un solo proceso de selección” e involucra a 61 entidades dentro de las cuales se encuentran las alcaldías de Bochalema y Santo Domingo de Silos, por lo tanto los aspirantes solamente podrán aplicar a un (1) empleo y a una (1) vacante dentro del proceso de selección, así mismo, la aplicación de las pruebas escritas se realizará en una misma sesión, en un único día, en las ciudades a las que se hace referencia en el artículo No. 27 de los Acuerdos de Convocatoria.

La CNSC invita a consultar los Acuerdos de Convocatoria que se encuentran publicados, junto con la Oferta pública de empleos – OPEC en la página www.cnsc.gov.co, enlace SIMO.

Etapa de Inscripciones Convocatorias 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988 Territorial Norte

04 Febrero 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, se permite informar que los empleos relacionados a continuación con corte al 01 de febrero de 2019 no cuentan con ningún inscrito o tienen menor o igual número de inscritos respecto de las vacantes ofertadas, por lo tanto, se invita a la ciudadanía, a adquirir los derechos de participación y formalizar el proceso de Inscripción para esta convocatoria.

Ver listado de empleos

Finalmente se recuerda que la fecha máxima para realizar la compra de los Derechos de Participación de las Convocatorias No. 744 a 799, 805, 826 y 827 -Territorial Norte, vence el próximo 26 de febrero de 2019 por entidad bancaria y 28 de febrero de 2019 por pago electrónico PSE y para las Convocatorias No. 987 – Alcaldía de Bochalema y 988 Alcaldía de Santo Domingo de Silos, vence el 14 de marzo de 2019 por entidad bancaria y 12 de marzo de 2019 por pago electrónico PSE.

Etapa de Inscripciones Convocatorias 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988 -Territorial Norte

18 Febrero 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, se permite informar que los empleos relacionados a continuación con corte al 17 de febrero de 2019 no cuentan con ningún inscrito o tienen menor o igual número de inscritos respecto de las vacantes ofertadas, por lo tanto, se invita a la ciudadanía, a adquirir los derechos de participación y formalizar el proceso de Inscripción para esta convocatoria.

Ver listado de empleos

Finalmente se recuerda que la fecha máxima para realizar la compra de los Derechos de Participación de las Convocatorias No. 744 a 799, 805, 826 y 827 -Territorial Norte, vence el próximo 26 de febrero de 2019 por entidad bancaria y 28 de febrero de 2019 por pago electrónico PSE y para las Convocatorias No. 987 – Alcaldía de Bochalema y 988 Alcaldía de Santo Domingo de Silos, vence el 14 de marzo de 2019 por entidad bancaria y 12 de marzo de 2019 por pago electrónico PSE.

Etapa de Inscripciones Convocatorias 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988 -Territorial Norte

25 Febrero 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, se permite informar que los empleos relacionados a continuación con corte al 24 de febrero de 2019 no cuentan con ningún inscrito o tienen menor o igual número de inscritos respecto de las vacantes ofertadas, por lo tanto, se invita a la ciudadanía, a adquirir los derechos de participación y formalizar el proceso de Inscripción para esta convocatoria.

Ver listado de empleos

Finalmente se recuerda que la fecha máxima para realizar la compra de los Derechos de Participación de las Convocatorias No. 744 a 799, 805, 826 y 827 Territorial Norte, vence el próximo 26 de febrero de 2019 por entidad bancaria y 28 de febrero de 2019 por pago electrónico PSE y para las Convocatorias No. 987 - Alcaldía de Bochalema y 988 Alcaldía de Santo Domingo de Silos, vence el 12 de marzo de 2019 por entidad bancaria y 14 de marzo de 2019 por pago electrónico PSE.

Ampliación etapa de inscripciones Convocatoria Territorial Norte

26 Febrero 2019.

La CNSC se permite informar que se amplía el plazo de inscripciones de la Convocatoria Territorial Norte, teniendo en cuenta lo establecido en el parágrafo del artículo 16 de los acuerdos de convocatoria de las 61 entidades que hacen parte de la misma, que indica:

PARÁGRAFO: AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INSCRIPCIONES. Si antes de finalizar el plazo de inscripciones no se han inscrito aspirantes para uno o varios empleos o cuentan con menos inscritos que vacantes ofertadas, la CNSC podrá ampliar el plazo de inscripciones, lo cual se divulgará en oportunidad a los interesados a través de las alertas que se generan en SIMO y por medio de la página web de la Comisión.

En virtud de lo anterior los plazos para inscripciones y pagos de derechos de participación son los siguientes:

Para las convocatorias No. 744 a 799, 805, 826 y 827

Inscripciones: Del 28 de enero de 2019 al 08 de marzo de 2019

a. PSE Línea Virtual

  • Fecha de inicio del recaudo: 28 de enero de 2019
  • Fecha de terminación del recaudo PSE: 08 de marzo de 2019

b. Formato Código de barras que se genera a través del aplicativo - SIMO

  • Fecha de inicio del recaudo: 28 de enero de 2019
  • Fecha de terminación del recaudo: 06 de marzo de 2019

Para las convocatorias No. 987 y 988

Inscripciones: Del 11 de febrero de 2019 al 22 de marzo de 2019

a. PSE Línea Virtual

  • Fecha de inicio del recaudo: 11 de febrero de 2019
  • Fecha de terminación del recaudo PSE: 22 de marzo de 2019

b. Formato Código de barras que se genera a través del aplicativo - SIMO

  • Fecha de inicio del recaudo: 11 de febrero de 2019
  • Fecha de terminación del recaudo: 20 de marzo de 2019

Etapa de Inscripciones Convocatorias No. 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988 -Territorial Norte

04 Marzo 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, se permite informar que los empleos relacionados a continuación con corte al 17 de febrero de 2019 no cuentan con ningún inscrito o tienen menor o igual número de inscritos respecto de las vacantes ofertadas, por lo tanto, se invita a la ciudadanía, a adquirir los derechos de participación y formalizar el proceso de Inscripción para esta convocatoria.

Ver listado de empleos

Finalmente se recuerda que la fecha máxima para realizar la compra de los Derechos de Participación de las Convocatorias No. 744 a 799, 805, 826 y 827 -Territorial Norte, vence el próximo 06 de marzo de 2019 por entidad bancaria y 08 de marzo de 2019 por pago electrónico PSE y para las Convocatorias No. 987 – Alcaldía de Bochalema y 988 Alcaldía de Santo Domingo de Silos, vence el 20 de marzo de 2019 por entidad bancaria y 22 de marzo de 2019 por pago electrónico PSE.

Estado actual de la Convocatoria Territorial Norte

25 Abril 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil se permite informar a los aspirantes inscritos en la Convocatoria Territorial Norte, que se realizó la Licitación Pública para la contratación de la Universidad o Institución de Educación Superior, en cumplimiento del artículo 30 de la Ley 909 de 2004.

La Institución de Educación Superior que fue la seleccionada en el proceso de Licitación Pública LP-001-2019 para ejecutar las etapas de verificación de requisitos mínimos y aplicación de pruebas de la Convocatoria Territorial Norte es la Universidad Libre, entidad educativa con la cual se legalizó Contrato de Prestación de Servicios Nº 247 de 2019.

La ejecución de contrato inicia con la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos, la cual se realizará exclusivamente con base en la documentación aportada por los aspirantes en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad – SIMO, en la etapa de inscripciones.

Los resultados sobre la verificación efectuada por la Universidad Libre serán publicados en la página www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO, en la fecha que será informada oportunamente por estos mismos medios, por lo que se invita a consultar permanentemente esta página, medio a través del cual se informa sobre el desarrollo y fechas de las diferentes etapas del proceso, conforme lo dispuesto en el Artículo 33 de la Ley 909 de 2004.

Finalmente, se debe tener en cuenta que el no cumplimiento de requisitos mínimos exigidos para el empleo en la etapa de verificación de requisitos mínimos dará lugar a la exclusión del proceso.

Estado actual de la Convocatoria Territorial Norte

29 Mayo 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil, se permite informar a los aspirantes inscritos en la Convocatoria Territorial Norte, que la Universidad Libre entidad educativa con la cual se legalizó Contrato de Prestación de Servicios Nº 247 de 2019, se encuentra en la ejecución de la etapa de verificación de Requisitos Mínimos.

Posteriormente a los aspirantes que hayan superado la etapa de requisitos mínimos, se les realizara la citación a pruebas escritas sobre competencias Básicas Funcionales y Comportamentales a través del aplicativo SIMO.

Los resultados sobre la verificación efectuada por la Universidad Libre serán publicados en la página www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO, en la fecha que será informada oportunamente por estos mismos medios, por lo que se invita a consultar permanentemente esta página, medio a través del cual se informa sobre el desarrollo y fechas de las diferentes etapas del proceso, conforme lo dispuesto en el Artículo 33 de la Ley 909 de 2004.

Finalmente, se debe tener en cuenta que el no cumplimiento de requisitos mínimos exigidos para el empleo en la etapa de verificación de requisitos mínimos dará lugar a la exclusión del proceso.

Guía de Orientación al Aspirante para la Verificación de Requisitos Mínimos Convocatoria Territorial Norte.

15 Julio 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC y la Universidad Libre, informan a todos los aspirantes inscritos a la Convocatoria Territorial Norte, que pueden consultar la Guía de Orientación al Aspirante para la Verificación de Requisitos Mínimos, que tiene como finalidad dar a conocer los lineamientos, las particularidades y la forma en que se desarrollará dicha etapa en la cual se determinará si el aspirante es ADMITIDO o NO ADMITIDO en el proceso de selección.

Consulta la Guía de Orientación al Aspirante para la Verificación de Requisitos Mínimos haciendo clic aquí.

Estado actual de la Convocatoria Territorial Norte

04 Septiembre 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil, se permite informar a los aspirantes inscritos en la Convocatoria Territorial Norte, que los resultados de la verificación de requisitos mínimos, efectuada por la Universidad Libre serán publicados en la página www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO, en el mes de septiembre del 2019,  por lo que se invita a consultar permanentemente esta página, medio a través del cual se informa sobre el desarrollo y fechas de las diferentes etapas del proceso, conforme lo dispuesto en el Artículo 33 de la Ley 909 de 2004.

Resultados de la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos Convocatoria Territorial Norte

13 Septiembre 2019.

En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 23º de los Acuerdos de la Convocatoria Territorial Norte, la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan a los aspirantes inscritos, que los resultados de admitidos y no admitidos se publicarán el día:

20 de septiembre de 2019

Para conocer el resultado, los aspirantes deben ingresar a la página web www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO - Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, con su usuario y contraseña, en donde podrán conocer el listado de los aspirantes admitidos y no admitidos del empleo al cual se postuló.

Así mismo, las reclamaciones podrán ser presentadas por los aspirantes a través del SIMO, desde las 00:00 horas del día 23 de septiembre de 2019 y hasta las 23:59.59 horas del día 24 de septiembre de 2019, en los términos del artículo 24º de los acuerdos de convocatoria y del artículo 12 del Decreto Ley 760 de 2005, las cuales serán recibidas y decididas por la Universidad Libre, a través del mismo medio.

Respuestas a reclamaciones y resultados de Verificación de Requisitos Mínimos de la Convocatoria Territorial Norte

16 Octubre 2019.

En cumplimiento a lo establecido en los artículos 24º y 25º de los Acuerdos de la Convocatoria Territorial Norte, la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan a los aspirantes, que las respuestas a las reclamaciones presentadas oportunamente por los aspirantes  respecto de los resultados de la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos publicados el 20 de septiembre, se publicarán el día 23 de Octubre de 2019.

Para consultar las respuestas a las reclamaciones en mención, los aspirantes deben ingresar a la página web www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO - Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, con su usuario y contraseña.

Guía de Orientación para la Presentación de Pruebas Escritas Convocatoria Territorial Norte - Procesos de selección No. 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988.

01 Noviembre 2019.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 de los Acuerdos de la Convocatoria Territorial Norte, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC y la Universidad Libre INFORMAN a los aspirantes ADMITIDOS en los Procesos de selección 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988, que ya pueden consultar la Guía de orientación para las pruebas escritas que se aplicarán el día primero (01) de diciembre de 2019.

Consulte la Guía de Orientación de Pruebas Escritas de la Convocatoria Territorial Norte, Procesos de selección No. 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988.

Próximamente, se informará la fecha a partir de la cual, los aspirantes podrán ingresar al SIMO con su usuario y contraseña, para consultar la fecha, hora y lugar de presentación de las pruebas.

Actualización en la publicación de Ejes Temáticos – Convocatoria Territorial Norte.

08 Noviembre 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan a los aspirantes admitidos para los empleos identificados con código OPEC 21508, 72926, 20610, 22258, 69134, 70265, 70267, 70269, 75461, 75476, 75477, 75478, 75481, 75482, que se presentan actualizaciones en los respectivos ejes temáticos, por lo cual se les invita a realizar nuevamente la revisión de esta información en el link: http://ejespruebas.unilibre.edu.co/EjesPruebasTerritorialNorte/ con su respectivo número de inscripción.

Cabe aclarar que esta actualización se efectuó únicamente sobre los empleos antes relacionados; los demás no presentan cambios.

Actualización en la publicación de Ejes Temáticos – Convocatoria Territorial Norte.

13 Noviembre 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan a los aspirantes admitidos para los empleos identificados con código OPEC 21508, 72926, 20610, 22258, 69134, 70265, 70267, 70269, 75461, 75476, 75477, 75478, 75481, 75482, 75488, 75495, 75502, 75503, 75514, 75524, 75839, 75843, 75846, 75938, 75942, 75943, 75947, 75949, 75951, 76746, 27236, 48456, 69137, 69356, 74381, 73379, 73466, 69131, 74803, 74810, 76574, 73357, 73472, 75606 que se presentan actualizaciones en los respectivos ejes temáticos, por lo cual se les invita a realizar nuevamente la revisión de esta información en el link: http://ejespruebas.unilibre.edu.co/EjesPruebasTerritorialNorte con su respectivo número de inscripción.

Cabe aclarar que esta actualización se efectuó únicamente sobre los empleos antes relacionados; los demás no presentan cambios.

Citación a Pruebas Escritas de la Convocatoria Territorial Norte

15 Noviembre 2019.

En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 26 de los Acuerdos de la Convocatoria Territorial Norte, la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a los aspirantes que quedaron admitidos que, a partir de la fecha podrán consultar su citación para la aplicación de pruebas escritas que se realizarán el 1 de diciembre de 2019, ingresando a la página web www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO, con su usuario y contraseña, en donde podrá conocer la ciudad, lugar y hora de aplicación de las mismas.

¡Recuerde!

Los aspirantes deben revisar la Guía de Orientación para la aplicación de pruebas básicas, funcionales y comportamentales, documento que le permitirá conocer de manera detallada las recomendaciones e instrucciones para la presentación de las mismas, así como la forma en que los resultados de aplicación de las distintas pruebas serán calificadas y/o evaluadas en el Proceso de Selección.

Corrección de dirección de la citación a Pruebas de Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales - Convocatoria Territorial Norte

29 Noviembre 2019.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a los aspirantes citados para aplicación a pruebas Básicas, Funcionales y Comportamentales de la Convocatoria Territorial Norte en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA SOLEDAD ACOSTA DE SAMPER - 13000106 - CARTAGENA DE INDIAS, que la dirección indicada en la citación remitida el 15 de noviembre de 2019 no es la correcta, por lo tanto, se indica a continuación la dirección correcta donde deben presentarse el 1 de diciembre de 2019:

INSTITUCIÓN EDUCATIVA SOLEDAD ACOSTA DE SAMPER – 13000106

Dirección: BLAS DE LEZO SECTOR COMERCIAL PLAZOLETA LUIS CARLOS LÓPEZ - CARTAGENA BOLIVAR

Recomendaciones

Leer previamente la Guía de orientación para el aspirante publicada en la página de la CNSC.

Llegar al sitio indicado, con la antelación señalada en la Guía.

No está permitido el ingreso de elementos o dispositivos móviles o electrónicos, como celulares, relojes inteligentes, tabletas, calculadoras, audífonos o cualquier otro medio de comunicación, dispositivos de almacenamiento digital, maletines, libros, anotaciones, hojas, cuadernos, o cualquier otro tipo de almacenamiento de información de datos.

Ningún aspirante podrá reproducir ni física ni digitalmente (fotos, fotocopias, documento escaneado, notas, transcripciones, etc.) ni retirar del sitio de aplicación de pruebas, los formularios, cuadernillos y/o documentos que le fueron facilitados para la presentación de las mismas.

Resultados de las Pruebas Básicas, Funcionales y Comportamentales Convocatoria Territorial Norte

04 Diciembre 2019.

En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 31 de los Acuerdos de la Convocatoria Territorial Norte, la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan a los aspirantes que, los resultados de las pruebas básicas, funcionales y comportamentales se publicarán el día 23 de diciembre de 2019.

Para conocer el resultado, los aspirantes deben ingresar a la página web https://www.cnsc.gov.co/ y/o enlace SIMO - Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, con su usuario y contraseña, en donde podrán conocer el resultado de las pruebas básicas, funcionales y comportamentales del empleo al cual se postuló.

Así mismo, las reclamaciones podrán ser presentadas por los aspirantes a través del aplicativo SIMO, desde las 00:00 horas del día 24 de diciembre de 2019 y hasta las 23:59.59 horas del día 31 de diciembre de 2019, en los términos del artículo 13 del Decreto Ley 760 de 2005, las cuales serán recibidas y decididas por la Universidad Libre, a través del mismo medio.

Guía de Orientación al Aspirante Prueba de Valoración de Antecedentes de la Convocatoria Territorial Norte

30 Diciembre 2019.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 37º de los Acuerdos de la Convocatoria Territorial Norte, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC informa a los aspirantes que continúan en concurso, que la CNSC y la Universidad Libre elaboraron la Guía de Orientación para la Prueba de Valoración de Antecedentes, que se publica con este Aviso.

Próximamente, la CNSC y la Universidad Libre, informarán a través de sus páginas web, la fecha a partir de la cual los aspirantes podrán ingresar al SIMO con su usuario y contraseña para consultar los resultados de dicha etapa.

Consulta la Guía de Orientación al Aspirante para la Valoración de Antecedentes haciendo clic aquí.

Guía de Orientación al Aspirante y Citación Acceso a Pruebas Convocatoria Territorial Norte - Procesos de Selección No. 744 a 799, 805, 826 a 827, 987 y 988 de 2018 y complemento a las reclamaciones.

07 Enero 2020.

La CNSC y la Universidad Libre informan a los aspirantes que durante la etapa de reclamaciones solicitaron el acceso al material de las pruebas escritas, que el día 13 de enero de 2020 podrán consultar en el aplicativo SIMO, con su usuario y contraseña, el sitio de la citación para el acceso que se llevará a cabo el día domingo 19 de enero de 2020.

Se recomienda llegar al sitio con por lo menos 30 minutos de anticipación a la hora de inicio (8:00 am). La duración del acceso será igual el tiempo previsto para la aplicación de las pruebas y los reclamantes solo podrán ingresar hasta las 8.30 am.

Es obligatorio el documento de identidad para ingresar al sitio y acceder al material de pruebas.

El material de pruebas escritas está amparado con reserva legal y su disposición a los reclamantes tiene como finalidad garantizar el debido proceso e integridad de acceso a la información para complementar la reclamación. Asimismo, se informa que en el link: https://www.cnsc.gov.co/index.php/guias-744-a-799-805-826-y-827-987-y-988-territorial-norte está publicada la Guía de orientación para el acceso al material de pruebas.

Finalmente se precisa que el aspirante tiene la oportunidad de complementar su reclamación durante los dos (2) días hábiles siguientes al acceso, esto es, a partir de las 00:00 del día 20 y hasta las 23:59 del día 21 de enero de 2020, y serán recibidas UNICAMENTE a través del aplicativo SIMO

 

Ajuste a la Guía de Orientación al Aspirante Prueba de Valoración de Antecedentes de la Convocatoria Territorial Norte.

15 Enero 2020.

La Comisión Nacional del Servicio Civil, informa a los aspirantes que continúan en

concurso, que se realizaron algunos ajustes a la Guía de Orientación para la Prueba de Valoración de Antecedentes, la cual ya se encuentra publicada en la página web de la CNSC, en el siguiente link:

https://www.cnsc.gov.co/index.php/guias-744-a-799-805-826-y-827-987-y-988-territorial-norte, en donde usted podrá consultarla.

 

AVISO INFORMATIVO

20 Enero 2020.

La CNSC y la Universidad Libre de Colombia informan a los aspirantes que asistieron a la jornada de acceso al material de pruebas escritas de la Convocatoria Territorial Norte, realizada el pasado domingo 19 de enero de 2020, que debido a un error de digitación en las hojas clave de respuestas, el encabezado de las mismas contiene el nombre de la “CONVOCATORIA DISTRITO CAPITAL-CNSC”, error que no afecta el contenido de la información principal de este documento que corresponde a las claves de las pruebas escritas de la “CONVOCATORIA TERRITORIAL NORTE” cuya aplicación tuvo lugar el 1 de diciembre de 2019.

AVISO INFORMATIVO - 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988 - Territorial Norte

30 Enero 2020.

La CNSC y la Universidad Libre de Colombia informan a los aspirantes que aprobaron las pruebas básicas y funcionales de la Convocatoria Territorial Norte, que con ocasión de las reclamaciones recibidas contra los resultados de la Prueba Comportamental, se identificó que algunos de los resultados de esta prueba, por un error humano involuntario, se publicaron con algunas imprecisiones, las cuales son objeto de correcciones que serán publicadas nuevamente el 31 de enero de 2020 con la información correcta.

Para garantizar el debido proceso, una vez publicados los resultados con las correcciones realizadas, se abrirá una nueva etapa de reclamaciones frente a estos resultados, desde el lunes 3 de febrero hasta el viernes 7 de febrero de 2020. Se aclara que en esta etapa sólo se atenderán las reclamaciones relacionadas con la Prueba Comportamental, es decir, si se reciben reclamaciones sobre las Pruebas Básicas y Funcionales, éstas no serán atendidas por considerarse extemporáneas.

Citación Acceso a Pruebas Convocatoria Territorial Norte - Procesos de Selección No. 744 a 799, 805, 826 a 827, 987 y 988 de 2018 y complemento a las reclamaciones.

17 Febrero 2020.

La CNSC y la Universidad Libre informan a los aspirantes que durante la etapa de reclamaciones que se realizó del 3 de febrero hasta el viernes 7 de febrero de 2020, solicitaron el acceso al material de las pruebas comportamentales, que pueden consultar en el aplicativo SIMO, con su usuario y contraseña, el sitio de la citación para el acceso que se llevará a cabo durante el próximo fin de semana.

Se recomienda llegar al sitio con por lo menos 30 minutos de anticipación a la hora de inicio (8:00 am). La duración del acceso será igual el tiempo previsto para la aplicación de las pruebas y los reclamantes solo podrán ingresar hasta las 8.30 am.

Es obligatorio el documento de identidad para ingresar al sitio y acceder al material de pruebas.

Finalmente se precisa que el aspirante tiene la oportunidad de complementar su reclamación durante los dos (2) días hábiles siguientes al acceso, es decir desde las de las 00:00 del día 24 y hasta las 23:59 del día 25 de febrero de 2020 y serán recibidas UNICAMENTE a través del aplicativo SIMO.

Publicación de las respuestas a las reclamaciones de las Pruebas Básicas, Funcionales y Comportamentales de la Convocatoria Territorial Norte

27 Mayo 2020.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a los aspirantes que presentaron las pruebas básicas, funcionales y comportamentales, el pasado 1 de diciembre de 2019, en el marco de la Convocatoria Territorial Norte, que el día 03 de junio de 2020, se publicarán las respuestas a las reclamaciones de quienes hicieron uso de ese derecho.

Para conocer las respuestas a las reclamaciones, los aspirantes deben ingresar a la página web https://www.cnsc.gov.co/ enlace SIMO - Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, con su usuario y contraseña.

Igualmente se informa que de conformidad con lo establecido en el artículo 34º de los Acuerdos de Convocatoria, contra la decisión que resuelve las reclamaciones no procede ningún recurso.

Nota: Se recomienda a los aspirantes que antes de consultar sus resultados, borren datos de navegación como cookies, archivos caché y otros, de su navegador de internet.

¡Importante!

Para los aspirantes que presentaron las pruebas básicas, funcionales y comportamentales, de los empleos identificados con Código OPEC 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273, no se publicarán las respuestas a las reclamaciones, toda vez que a la fecha cursa en la CNSC una actuación administrativa en torno a la prueba funcional de las mismas.

Publicación resultados de la Prueba de Valoración de Antecedentes de la Convocatoria Territorial Norte

28 Mayo 2020.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, INFORMAN a los aspirantes que aprobaron las pruebas escritas eliminatorias de competencias básicas y funcionales (con puntaje igual o mayor a 65,00), en la Convocatoria Territorial Norte, que el día 04 de Junio de 2020 se publicarán los resultados de la Prueba de Valoración de Antecedentes.

Para conocer el resultado, los aspirantes deben ingresar a la página web https://www.cnsc.gov.co/ enlace SIMO - Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, con su usuario y contraseña.

Asimismo, las reclamaciones podrán ser presentadas por los aspirantes a través del aplicativo SIMO, desde las 00:00 horas del día 05 de junio de 2020 y hasta las 23:59.59 horas del día 11 de junio de 2020, en los términos del artículo 13 del Decreto Ley 760 de 2005, las cuales serán recibidas y decididas por la Universidad Libre, a través del mismo medio.

Nota: Se recomienda a los aspirantes que antes de consultar sus resultados, borren datos de navegación como cookies, archivos caché y otros de su navegador de internet.

¡Importante!

Para los aspirantes que presentaron las pruebas básicas, funcionales y comportamentales de los empleos identificados con los código OPEC 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273, no se publicarán los resultados de la etapa de Valoración de Antecedentes, toda vez que a la fecha se encuentra en curso una actuación administrativa por parte de la CNSC, en tono a la prueba de Competencias Funcionales practicada a las mismas.

Aviso importante - Alcance en la publicación de resultados de Valoración de Antecedentes Convocatoria Territorial Norte Procesos de selección No. 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988 para los niveles Asesor, Técnico y Asistencial

05 Junio 2020.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, INFORMAN a los aspirantes inscritos en los niveles Asesor, Técnico y Asistencial que aprobaron las pruebas escritas eliminatorias de competencias básicas y funcionales en la Convocatoria Territorial Norte, que por motivos técnicos del aplicativo SIMO, la publicación de resultados de Valoración de Antecedentes se adelantará en el transcurso del día 5 de junio de 2020, garantizando en todo caso que el término para presentar reclamaciones empiece a contabilizarse desde el día hábil siguiente a esta fecha, esto es desde el 8 hasta el 12 de junio de 2020, conforme lo establecido en el artículo 13 del Decreto Ley 760 de 2005.

Para conocer el resultado, los aspirantes deben ingresar a la página web https://www.cnsc.gov.co/ enlace SIMO - Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, con su usuario y contraseña.

Nota: Se recomienda a los aspirantes que antes de consultar sus resultados, borren datos de navegación como cookies, archivos caché y otros de su navegador de internet.

¡Importante!

Para los aspirantes que presentaron las pruebas básicas, funcionales y comportamentales de los empleos identificados con los códigos OPEC 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273, no se publicarán los resultados de la etapa de Valoración de Antecedentes, toda vez que a la fecha se encuentra en curso una actuación administrativa por parte de la CNSC, en tono a la prueba de Competencias Funcionales practicada a las mismas.

 

Publicación de respuestas a reclamaciones frente a resultados de la prueba de Valoración de Antecedentes Convocatoria Territorial Norte

24 Junio 2020.

En cumplimiento con lo establecido en los artículos 44 y 45 de los Acuerdos de la Convocatoria Territorial Norte, la CNSC y la Universidad Libre, informan a todos los aspirantes que presentaron reclamación frente a los resultados de la prueba de Valoración de Antecedentes, que las respuestas a las mismas se publicarán el día 2 de julio de 2020.

Para consultar la respuesta a la reclamación y los resultados que hayan sido objeto de recalificación del puntaje obtenido con ocasión a la misma, los aspirantes deben ingresar al aplicativo SIMO con su usuario y contraseña a partir de la fecha señalada.

Nota: Se recomienda a los aspirantes que antes de consultar sus resultados, borren datos de navegación como cookies, archivos caché y otros de su navegador de internet.

Importante

Para los aspirantes que presentaron las pruebas básicas, funcionales y comportamentales de los empleos identificados con los códigos OPEC 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273, no se publicarán los resultados de la etapa de Valoración de Antecedentes, toda vez que a la fecha se encuentra en curso una actuación administrativa por parte de la CNSC, en torno a la prueba de Competencias Funcionales practicada a las mismas.

Publicación de respuestas a reclamaciones frente a resultados de la prueba de Valoración de Antecedentes Convocatoria Territorial Norte.

En cumplimiento con lo establecido en los artículos 44 y 45 de los Acuerdos de la Convocatoria Territorial Norte, la CNSC y la Universidad Libre, informan a todos los aspirantes que presentaron reclamación frente a los resultados de la prueba de Valoración de Antecedentes, que las respuestas a las mismas se publicarán el día 2 de julio de 2020.

Para consultar la respuesta a la reclamación y los resultados que hayan sido objeto de recalificación del puntaje obtenido con ocasión a la misma, los aspirantes deben ingresar al aplicativo SIMO con su usuario y contraseña a partir de la fecha señalada.

Nota: Se recomienda a los aspirantes que antes de consultar sus resultados, borren datos de navegación como cookies, archivos caché y otros de su navegador de internet.

Importante

Para los aspirantes que presentaron las pruebas básicas, funcionales y comportamentales de los empleos identificados con los códigos OPEC 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273, no se publicarán los resultados de la etapa de Valoración de Antecedentes, toda vez que a la fecha se encuentra en curso una actuación administrativa por parte de la CNSC, en torno a la prueba de Competencias Funcionales practicada a las mismas.

COMUNICADO DE PRENSA Proceso de selección Territorial Norte

La CNSC y la Universidad Libre de Colombia informan a los aspirantes que asistieron a la jornada de acceso al material de pruebas escritas de la Convocatoria Territorial Norte, realizada el pasado domingo 19 de enero de 2020, que debido a un error de digitación en las hojas clave de respuestas, el encabezado de las mismas contiene el nombre de la “CONVOCATORIA DISTRITO CAPITAL-CNSC”, error que no afecta el contenido de la información principal de este documento que corresponde a las claves de las pruebas escritas de la “CONVOCATORIA TERRITORIAL NORTE” cuya aplicación tuvo lugar el 1 de diciembre de 2019.

Aplicación de la Prueba de Competencias Funcionales de los empleos con código OPEC No. 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273

el 29 Enero 2021.

En cumplimiento a lo establecido en los Acuerdos de la Convocatoria de los Procesos de Selección No. 752, 758, 768 y 771 de 2018, de la Convocatoria Territorial Norte y a la Resolución No. 20202020084315 del 12 de agosto de 2020, por la cual se decidió dejar sin efectos la Prueba de Competencias Funcionales TEC001, aplicada por la Universidad Libre el 1 de diciembre de 2019, la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a los aspirantes admitidos de los empleos identificados con el código OPEC 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273 que, a partir del 29 de enero de 2021 podrán consultar su citación para la aplicación de la prueba de competencias funcionales que se realizará el 7 de febrero de 2021, ingresando a la página web www.cnsc.gov.co enlace SIMO, con su usuario y contraseña, en donde cada uno, podrá conocer la ciudad, lugar y hora de aplicación de las mismas.

La aplicación de la prueba en mención se realiza en cumplimiento a lo establecido en el Decreto No. 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria”.

Por otra parte, se informa que la Universidad Libre cuenta con la aprobación del Protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del COVID-19 de acuerdo a los lineamientos de la Resolución No. 666 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, por parte de cada una de las entidades territoriales donde se llevará a cabo la aplicación de la prueba.

Recuerde

Los aspirantes deben revisar la Guía de Orientación para la aplicación de las pruebas funcionales, documento que le permitirá conocer de manera detallada las recomendaciones e instrucciones para la presentación de las mismas en el siguiente link: https://www.cnsc.gov.co/index.php/guias-744-a-799-805-826-y-827-987-y-988-territorial-norte

CITACIÓN ACCESO A PRUEBAS Y COMPLEMENTO A LAS RECLAMACIONES- EMPLEOS CON CÓDIGO OPEC No. 20616, 70330, 72678, 78272 Y 78273- Convocatoria Territorial Norte.

El 26 Febrero 2021.

La CNSC y la Universidad Libre informan a los aspirantes que durante la etapa de reclamaciones que se realizó del 18 de febrero hasta el 24 de febrero de 2021 y solicitaron el acceso al material de las pruebas Funcionales, que pueden consultar en el aplicativo SIMO, con su usuario y contraseña, el sitio de la citación para el acceso que se llevará a cabo el domingo 7 de marzo de 2021.

Se recomienda llegar al sitio con por lo menos 30 minutos de anticipación a la hora de inicio (8:00 am). La duración del acceso será igual el tiempo previsto para la aplicación de las pruebas y los reclamantes solo podrán ingresar hasta las 8.30 am.

Es obligatorio el documento de identidad para ingresar al sitio y acceder al material de pruebas.

Finalmente se precisa que el aspirante tiene la oportunidad de complementar su reclamación durante los dos (2) días hábiles siguientes al acceso, es decir desde las de las 00:00 del día 8 y hasta las 23:59 del día 9 de marzo de 2021 y serán recibidas UNICAMENTE a través del aplicativo SIMO. Señor(a) aspirante, tenga en cuenta que se trata de un complemento a dicha reclamación, por lo tanto, el aplicativo no le permitirá generar una nueva reclamación.

Publicación resultados de la Prueba de Valoración de Antecedentes Empleos con código OPEC No. 20616, 70330, 72678, 78272 Y 78273- Convocatoria Territorial Norte.

el 15 Marzo 2021.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, INFORMAN a los aspirantes que aprobaron las pruebas escritas eliminatorias de competencias básicas y funcionales (con puntaje igual o mayor a 65,00) inscritos en los empleos identificados con el código OPEC 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273, en la Convocatoria Territorial Norte, que el día 23 de marzo de 2021 se publicarán los resultados de la Prueba de Valoración de Antecedentes.

Para conocer el resultado, los aspirantes deben ingresar a la página web https://www.cnsc.gov.co/ enlace SIMO - Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, con su usuario y contraseña.

Tenga en cuenta que el plazo para presentar las reclamaciones es de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de resultados, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de los Acuerdos de Convocatoria, en consonancia con los términos del artículo 13 del Decreto Ley 760 de 2005.

Por tanto, las reclamaciones podrán ser presentadas por los aspirantes únicamente a través del aplicativo SIMO, iniciando a las 00:00 horas del día 24 de marzo de 2021 y finalizando a las 23:59.59 horas del día 30 de marzo de 2021, las cuales serán recibidas y decididas por la Universidad Libre, a través del mismo medio.

Publicación de respuestas a reclamaciones frente a resultados de la Prueba de Valoración de Antecedentes Empleos con código OPEC No. 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273- Convocatoria Territorial Norte.

el 06 de abril 2021.

En cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 y 45 de los Acuerdos de la Convocatoria Territorial Norte, la CNSC y la Universidad Libre, informan a todos los aspirantes que presentaron reclamación frente a los resultados de la prueba de Valoración de Antecedentes, que las respuestas a las mismas se publicarán el día 13 de abril de 2021.

Para consultar la respuesta a la reclamación y los resultados definitivos de la prueba de Valoración de Antecedentes, los aspirantes deben ingresar al aplicativo SIMO con su usuario y contraseña a partir de la fecha señalada.

Nota: Se recomienda a los aspirantes que antes de consultar sus resultados, borren datos de navegación como cookies, archivos caché y otros de su navegador de internet.

Guías

GUÍAS
DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

Protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del COVID-19

Guía del Orientación al Aspirante - Prueba TECN001A

Guía del Orientación al Aspirante - Prueba TUTELA 2

Guía para el acceso dos Pruebas

Guia para el acceso a TECN001A Def

SIMO

 

Acciones Constitucionales

Pronto más información

Actuaciones administrativas

ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

Por el cual se inicia la actuación administrativa tendiente a determinar la procedencia de dejar sin efectos la Prueba de Competencias Funcionales de los empleos identificados con Código OPEC 20616, 70330, 72678, 78272 y 78273 aplicadas en ejecución de la Convocatoria Territorial Norte.

Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANUAR DAVID RAMÍREZ CHAMORRO, bajo el número de Radicación 2020-00026, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte, con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Auto No. 20202000003754 “Por el cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a determinar la posible exclusión del elegible JAIME ANDRÉS TELLO CIFUENTES de la lista conformada mediante Resolución No. CNSC - 20202320017455 del 20 de enero de 2020 dentro del Proceso de Selección No. 437 de 2017 – Valle del Cauca, de conformidad con la solicitud formulada por la Comisión de Personal de la UNIDAD EJECUTORA DE SANEAMIENTO DEL VALLE DEL CAUCA – UESVALLE” 

AUXILIADORA SIXTA VERGARA BARBOSA.

AUTO No. 001 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante KATHIUSKA JUDITH ARAUJO TABOADA, del Proceso de selección No.755 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

AUTO No. 002 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante JORGE ARTURO VITOLA SAMPAYO, del Proceso de selección No.758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

AUTO No. 003 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante MARIA EMILSE URIBE VASQUEZ, del Proceso de selección No.771 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

AUTO No. 004 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante JOSE HUMBERTO MARMOL IZQUIERDO, del Proceso de selección No.773 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

AUTO No. 005 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante JOHN JAIRO GOMEZ SERNA, del Proceso de selección No.758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

AUTO No. 006 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante THALIA PATRICIA OBREDOR BALDOVINO, del Proceso de selección No.758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

AUTO No. 007 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante SAUL ANTONIO ARCON VARGAS, del Proceso de selección No.758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

AUTO No. 008 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante PAOLA MARGARITA LORA DIAZ, del Proceso de selección No.752 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

AUTO No. 009 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante WILSON HAROLDO CASTRO FORERO, del Proceso de selección No.805 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

AUTO No. 010 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante KAREN PATRICIA GUTIERREZ RODRIGUEZ, del Proceso de selección No.746 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

AUTO No. 011 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante JORGE LUIS MONTERO SANCHEZ, del Proceso de selección No.755 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

AUTO No. 012 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante XIMENA GÓMEZ CEPEDA, del Proceso de selección No.755 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

AUTO No. 013 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante ZAILETH SUSANA CEDEÑO ARIAS, del Proceso de selección No.771 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

RESOLUCIÓN No. 014 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante KATHIUSKA JUDITH ARAUJO TABOADA, del Proceso de selección No.755 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

RESOLUCIÓN No. 015 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante JORGE ARTURO VITOLA SAMPAYO, del Proceso de selección No.758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

RESOLUCIÓN No. 016 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante MARIA EMILSE URIBE VASQUEZ, del Proceso de selección No.771 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

RESOLUCIÓN No. 017 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante JOSE HUMBERTO MARMOL IZQUIERDO, del Proceso de selección No.773 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

RESOLUCIÓN No. 018 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante JOHN JAIRO GOMEZ SERNA, del Proceso de selección No.758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

RESOLUCIÓN No. 019 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante THALIA PATRICIA OBREDOR BALDOVINO, del Proceso de se-lección No.758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

RESOLUCIÓN No. 020 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante SAUL ANTONIO ARCÓN VARGAS, del Proceso de selección No.758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

RESOLUCIÓN No. 021 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante PAOLA MARGARITA LORA DIAZ, del Proceso de selección No.752 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

RESOLUCIÓN No. 022 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante WILSON HAROLDO CASTRO FORERO, del Proceso de selección No.805 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

RESOLUCIÓN No. 023 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante KAREN PATRICIA GUTIERREZ RODRIGUEZ, del Proceso de selección No.746 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

RESOLUCIÓN No. 024 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro del aspirante JORGE LUIS MONTERO SÁNCHEZ, del Proceso de selección No.755 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

AUTO No. 025 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante XIMENA GÓMEZ CEPEDA, del Proceso de selección No.755 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

RESOLUCIÓN No. 026 “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia del retiro de la aspirante ZAILETH SUSANA CEDEÑO ARIAS, del Proceso de selección No.771 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

AUTO No. 027 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia de dejar sin efectos la calificación asignada al aspirante ALEJANDRO ELIAS BRUGES LAFAURIE, en las pruebas escritas, en el Proceso de selección No.772 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”.

RESOLUCIÓN No. 028. “Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el aspirante JOSÉ HUMBERTO MARMOL IZQUIERDO, contra la Resolución No. 017 del 30 de junio de 2020.”

RESOLUCIÓN No. 029. “Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la aspirante PAOLA MARGARITA LORA DÍAZ, contra la Resolución No. 021 del 30 de junio de 2020.”

AUTO No. 030. “Por medio del cual se decreta la práctica de pruebas dentro de la actuación administrativa tendiente a decidir la procedencia de dejar sin efectos la calificación asignada al aspirante ALEJANDRO ELIAS BRUGES LAFAURIE, en las pruebas escritas, en el Proceso de selección No.772 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

AUTO No. 031. “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir sobre la procedencia de modificación de la calificación asignada al aspirante, WILLIAM ACOSTA DELGADO, en la prueba de Valoración de Antecedentes, dentro del Proceso de selección No.805 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte"

RESOLUCIÓN No. 032. “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir la pro-cedencia de dejar sin efectos la calificación asignada al aspirante ALEJANDRO ELIAS BRUGES LAFAURIE, en las pruebas escritas en el Proceso de selección No.772 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

RESOLUCIÓN No. 033. “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a decidir sobre la procedencia de modificación de la calificación asignada al aspirante, WILLIAM ACOSTA DELGADO, en la prueba de Valoración de Antecedentes, dentro del Proceso de selección No.805 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte”

 RESOLUCIÓN No. 034. Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el aspirante ALEJANDRO ELIAS BRUGES LAFAURIE, contra la Resolución No. 032 del 31 de agosto de 2020.”

AUTO No. 035. “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a determinar la procedencia de modificar el puntaje obtenido en la prueba de Valoración de Antecedentes, al aspirante WILBER ENRIQUE FIGUEROA RICARDO, y efectuar la respectiva recalificación, dentro del Proceso de Selección No. 771 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte – Alcaldía de Cartagena”

AUTO No. 036 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a determinar la procedencia de dejar sin efectos los resultados de las pruebas de competencias básicas y funcionales, asignados a los aspirantes inscritos al empleo de Profesional Especializado, código 222, Grado 12, OPEC 68453, Proceso de Selección No. 772 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte, y efectuar la recalificación correspondiente.”

RESOLUCIÓN No. 037. “Por medio del cual se concluye una actuación administrativa tendiente a determinar la procedencia de modificar el puntaje en la prueba de Valoración de Antecedentes, al aspirante WILBER ENRIQUE FIGUEROA RICARDO, y efectuar la respectiva recalificación, dentro del Proceso de Selección No. 771 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte – Alcaldía de Cartagena”

 AUTO No. 038 “Por medio del cual se decide sobre la práctica de pruebas solicitadas dentro de la actuación administrativa aperturada mediante Auto No. 036 de 2021.”

 RESOLUCIÓN No. 039  “Por medio del cual se concluye la actuación administrativa tendiente a determinar la procedencia de dejar sin efectos los resultados de las pruebas de competencias básicas y funcionales, asignados a los aspirantes al empleo de Profesional Especializado, código 222, Grado 12, OPEC 68453, Proceso de Selección No. 772 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte, y efectuar recalificación.”

AUTO No. 040. “Por medio del cual se decide sobre el decreto y práctica de las pruebas solicitadas por el aspirante, Alejandro Elías Bruges Lafaurie, en el marco del Recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 039 de 2021.”

RESOLUCIÓN No. 041.“Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el aspirante ALEJANDRO ELIAS BRUGES LAFAURIE, contra la Resolución No. 039 del 14 de abril de 2021.”

Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SOLEDAD, ATLÁNTICO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 08-758-31-04-001-2022-00052-00, interpuesta por la señora KATHERIN SOFÍA PADILLA RECIO,  ordena publicar el contenido de esta sentencia, por el medio más expedito, ya sea en los correos electrónicos y/o en las páginas web institucionales de tales entidades, con destino a que las PERSONAS NATURALES INSCRITAS, PARTICIPANTES E INTERESADOS en la Convocatoria Territorial Norte – Proceso de Selección N° 755 de 2018 – Cargo Auxiliar Administrativo, código 407, Grado 03, OPEC 75708, conozcan del contenido de la providencia y ejerzan su derecho a la defensa y contradicción dentro del término legal”.

FALLO

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SOLEDAD, ATLÁNTICO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 08-758-31-04-001-2022-00036-00, interpuesta por el señor JORGE ENRIQUE SILVA RUEDA, ordena publicar el contenido de esta sentencia, por el medio más expedito, ya sea en los correos electrónicos y/o en las páginas web institucionales de tales entidades, con destino a que las PERSONAS NATURALES INSCRITAS, PARTICIPANTES E INTERESADOS en la Convocatoria Territorial Norte – Proceso de Selección N° 755 de 2018 – Cargo Profesional Universitario 219, Grado 2, OPEC 75681, a fin de que conozcan del contenido de la providencia y ejerzan su derecho a la defensa y contradicción dentro del término legal”.

FALLO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES MIXTAS DE SOLEDAD, ATLÁNTICO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 08-758-31-04-001-2022-00036-00, interpuesta por el señor JORGE ENRIQUE SILVA RUEDA, ordena publicar la presente acción constitucional, con destino a que las PERSONAS NATURALES INSCRITAS, PARTICIPANTES E INTERESADOS en la Convocatoria Territorial Norte – Proceso de Selección N° 755 de 2018 – Cargo Profesional Universitario 219, Grado 2, OPEC 75681, a fin de que conozcan del contenido de la presente acción de tutela, del auto admisorio y demás providencias proferidas por el Despacho durante el trámite tutelar que nos ocupa”.

 

AUTO ADMISORIO
TUTELA

 Se informa que el JUZGADO TERCERO ORAL DE FAMILIA DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor ADIEL DE JESUS PEREZ TORRES Y COADYUVANTES CONTRA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, bajo RAD No. 080013110003-2021-00191-00, en el auto del 26 de mayo de 202. Resuelve: 1.- ORDENAR a laUNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que publiquen en sus páginas web y notifiquen por correo la presente acción Constitucional a todos los participantes que superaron las etapas de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988- Convocatoria Territorial Norte, Nivel: técnico, Denominación: Inspector de Tránsito y Transporte, Grado: 04 código: 312, Número OPEC: 70330, para que intervengan en defensa de sus intereses si lo consideran pertinente. Para lo cual se le concede el término de cuatro (4) horas, contadas a partir de la notificación de la presente providencia. Notifíquese por medio electrónico. De conformidad con las motivaciones que anteceden. (…)”.   

DEMANDA

ADMITE

AUTO CUMPLASE

Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor CARLOS JOSE BERRIO BELLO CONTRA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC, UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, COMISIÓN DE PERSONAL DE LA ALCALDÍA DE BARRANQUILLA Y MINISTERIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE, bajo RAD No. 021-00310, en el auto del 23 de octubre de 2020. Resuelve: (…) Así mismo, se requiere a las entidades accionadas CNSC y Universidad Libre de Colombia, se publique en la página web de estas, la existencia de la presente acción de tutela a efectos de dar a conocer la misma a quienes eventualmente pudieran salir afectados con la decisión que resuelva la presente acción constitucional. (…)”. 

AUTO ADMISORIO
OFICIO

Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora YOSAIRA MARIA JINETE GONZALEZ CONTRA LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, representada por el Doctor JORGE ALIRIO ORTEGA CERÓN, y/o quien hagas sus veces, y la SECRETARIA DISTRITAL DE GESTIÓN HUMANA -ALCALDIA DISTRITAL DE BARRANQUILLA en cabeza de su de su Alcalde JAIME PUMAREJO por considerar vulnerado su derecho fundamental de PETICION contemplado en la Constitución Política de Colombia. VINCÚLESE a este trámite constitucional a la UNIVERSIDAD DE LIBRE DE COLOMBIA, Representada Legalmente por la Dra. LUZ AMAPARO CARDOSO CANIZALEZ Y FERNANDO DEJANON RODRIGUEZ o quien hagas sus veces, bajo RADNo.080013110001-2021-00-175-00, en el auto del 23 de octubre de 2020. Resuelve: (…) 5. ORDÉNESE a los accionados publicar en sus páginas web o por cualquier otro medio eficaz la existencia de la presente acción para los fines de publicidad e interés a quienes consideren perturbado su derecho por los mismos motivos facticos de esta solicitud de amparo(…)”. 

DEMANDA

ACTA INDIVIDUAL DE REPARTO

ADMISORIO

OFICIO

“Se informa que JUZGADO QUINTO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 08-001-31-10-005-2021-00047-00, Interpuesto por el señor CARLOS JOSE BERRIO BELLO, ordena publicar el Auto Admisorio y el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Norte, inscritos en los procesos de Selección No. 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988, Nivel Técnico, Denominación Inspector de Tránsito y transporte, Grado 04, Código 312, No. OPEC 70330toda vez que han sido vinculados en la presente acción y por lo tantopara que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional si lo estiman conveniente en defensa de sus intereses, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.”

TUTELA
AUTO ADMISORIO

 “Se informa que JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 08001310500120210004100, Interpuesto por el señor JULIAN ROBERTO DE LA PARRA VILLA, ordena publicar el Auto Admisorio y el escrito de Tutela, con el propósito de enterar a los terceros interesados que conforman la convocatoria abierta de méritos, en cumplimiento a lo establecido en los Acuerdos de Convocatoria de los Proceso de Selección No. 752,758,768 y 771 del 2018, de la Convocatoria Territorial Norte y a la Resolución No. 20202020084315 del 12 de agosto de 2020, por lo cual se decidió dejar sin efecto la Prueba de Competencias Funcionales TEC001, aplicada por la Universidad Libre el 1 de diciembre de 2019. Específicamente a los aspirantes inscritos en los empleos identificados con los códigos OPEC 20616, 703030,72678, 78272 Y 78273, de los Procesos de Selección No.752,758,768 y 771 de 2018, de la Convocatoria Territorial Norte, a la aplicación de la prueba de Competencias Funcionales TEC001, para que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional si lo estiman conveniente en defensa de sus intereses, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.”

ADMITE

AUTO ADMISORIO

EXPEDIENTE

“Se informa que JUZGADO TRECE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 08-001-33-33-013-2020-00017-00, Interpuesto por la señora TATIANA MILENA BORRAS SALCEDO, ordena publicar el Auto Admisorio y el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Norte, inscritos en los procesos de Selección No. 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988, para que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional si lo estiman conveniente en defensa de sus intereses, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.”

TUTELA
ADMISIÓN - NIEGA MEDIDA

“Se informa que JUZGADO QUINCE CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 08-001-31-53-015-2021-00024-00, Interpuesto por la señora DILSA IBARRA BAHOQUE, ordena publicar el Auto Admisorio y el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria Territorial Norte, inscritos en los procesos de Selección No. 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988, para que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional si lo estiman conveniente en defensa de sus intereses, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.”

DEMANDA DE TUTELA

NEGACIÓN DE MEDIDA - ADMISORIO DE TUTELA

 Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLAen conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora MARGARITA EUFEMIA SANCHEZ MENDOZA CONTRA LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, LA ALCALDIA DISTRITAL DE BARRANQUILLA Y LA UNIVERSIDAD LIBRE, bajo RAD. 080013110001-2020-00-247-00, en el auto del 23 de octubre de 2020. Resuelve: (…) 5. ORDENESE a los accionados publicar en sus páginas web o por cualquier otro medio eficaz la existencia de la presente acción para los fines de publicidad e interés a quienes consideren perturbado su derecho por los mismos motivos facticos de esta solicitud de amparo (…)”. 

DEMANDA
AUTO ADMISORIO
NULIDAD SEGUNDA INSTANCIA

Se informa que el JUZGADO 2 CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTAMARTA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor HÉCTOR ELIAS MORALES AMAYA, bajo RAD. 470013121002-2020-10026-00, en el auto del 15 de diciembre de 2020. Resuelve:  PRIMERO: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo ordenado por el H. Tribunal Superior de Santa Marta – Sala Civil Familia, en auto adiado el 14 de diciembre de 2020, que decreto la nulidad al interior del presente tramite de acción de tutela a partir del proveído del veintitrés (23) de octubre de dos mil veinte (2020), exclusive. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, REQUERIR a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL “CNSC”, a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, y a la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA, que si no lo hubiesen hecho ya; publiquen tanto la acción de tutela como el auto admisorio de fecha 23 de octubre de 2020 proferido al interior de la presente causa, por medio de sus Páginas Web Institucionales en donde se registren las actuaciones del concurso de méritos denominado "Proceso de Selección No. 758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte; y en consecuencia, alleguen las certificaciones de dichas publicaciones. Para dicha labor contaran con un término de 48 horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia.TERCERO: Notifíquese esta providencia por el medio más expedito posible. Por secretaría, líbrese los oficios correspondientes.”  

DEMANDA

OFICIO

AUTO INTERLOCUTORIO

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora CARMEN ISABEL MUÑOZ AREVALO, bajo RAD. 08001-31-87-2020-000026-00, en el auto del 10 de diciembre de 2020. ordena “Se ordena como medida provisional que UNILIBRE y COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL publiquen en sus respectivas páginas web la presentación de esta acción constitucional. Asimismo, se dispone suspender la publicación de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 69458 de la convocatoria No. 758 de 2018 Alcaldía Distrital de Barranquilla.”  

ESCRITO DE TUTELA
AUTO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO 2 CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTAMARTA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor HÉCTOR ELIAS MORALES AMAYA, bajo radicado N° 470013121002-2020-10026-00en el auto del 23 de octubre de 2020. “QUINTO: ORDENARa la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL “CNSC”, a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, y a la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA, que publiquen tanto la acción de tutela como el presente auto admisorio, durante las próximas 48 horas contadas a partir de la notificación de este proveído por medio de sus Páginas Web Institucionales en donde se registren las actuaciones del concurso de méritos denominado "Proceso de Selección No. 758 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte.” 

AUTO INTERLOCUTORIO

ACTA REPARTO

OFICIO

ANEXOS

Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora MARGARITA EUFEMIA SANCHEZ MENDOZA, bajo radicado N° 080013110001-2020-00-247-00en el auto del 23 de octubre de 2020. “5.ORDENESE a los accionados publicar en sus páginas web o por cualquier otro medio eficaz la existencia de la presente acción para los fines de publicidad e interés a quienes consideren perturbado su derecho por los mismos motivos facticos de esta solicitud de amparo.” 

ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CUCUTA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora ZUELKING JANE BUITRAGO MORALES, bajo radicado N° 54-001-31-53-004-2020-00161-00, en el auto del 20 de octubre de 2020. “QUINTO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC- y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA que procedan a vincular y/o notificar a través de su página web y por medio de las direcciones electrónicas y/o el medio que consideren más expedito, a todos los integrantes de la admisión del presente trámite de tutela, colocándoles a su disposición todos los documentos que se remitirán con la presente providencia, esto es, el auto admisorio y el escrito accionario con sus anexos. Para ello se le concede el terminó de dos días siguientes a la comunicación de esta decisión, dentro de los cuales deberá allegar a este despacho las pruebas de las diligencias realizadas.” 

ESCRITO DE TUTELA

AUTO DECRETA NULIDAD

SEGUNDA ADMISIÓN

Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y TRES (53) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. - SECCIÓN SEGUNDA-ORAL, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por SINDICATO DE TRABAJADORES OFICIALES Y PÚBLICOS DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS D.T Y C. –SINTRAOFIPUCAR, bajo radicado N° 110013342053-2020-00278-00, en el auto del 6 de octubre de 2020. “TERCERO: VINCULACIÓN DE TERCEROS INTERESADOS. Para proteger los intereses de quienes se sientan afectados con las resultas del presente trámite constitucional, se ordenará a los accionados que publiquen en la página web de las respectivas entidades y de SIMO, en la parte de avisos del concurso que origina la acción, el presente auto y la demanda de tutela, para que quienes se sientan con interés ejerzan sus derechos dentro del término de dos (2) días siguientes a la respectiva publicación, haciendo mención a que el accionante pretende conocer el soporte de la decisión de cambio en la ponderación de la valoración de antecedentes con ocasión de la etapa de reclamaciones, dentro de la Convocatoria 771 de 2018 para la Alcaldía de Cartagena. Lo anterior, de conformidad con lo previsto por el artículo 13 del Decreto 2591 de 1991, que establece que “quien tuviere un interés legítimo en el resultado del proceso podrá intervenir en él como coadyuvante del actor o de la persona o autoridad pública contra quien se hubiere hecho la solicitud”, tema respecto del cual deberá atenderse a la orientación que fijó el Máximo Tribunal de la Jurisdicción constitucional, en el siguiente sentido. 

“la coadyuvancia surge en los procesos de tutela, como la participación de un tercero con interés en el resultado del proceso que manifiesta compartir reclamaciones y argumentos expuestos por el demandante de la tutela, sin que ello suponga que éste pueda realizar planteamientos distintos o reclamaciones propias que difieran de las hechas por el demandante” 1 (subrayado del Juzgado)”.  

Además, en concordancia con el artículo 71 del Código General del Proceso, que prevé que quien pueda afectarse en virtud de una determinada relación sustancial podrá intervenir en el proceso como coadyuvante, sin embargo, no se extenderán a ella los efectos jurídicos de la sentencia, lo cual reitera la imposibilidad de extender los efectos de una sentencia de tutela a terceros.” 

Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y TRES (53) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. - SECCIÓN SEGUNDA-ORAL, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta porSINDICATO DE TRABAJADORES OFICIALES Y PÚBLICOS DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS D.T Y C. –SINTRAOFIPUCAR, bajo radicado N° 110013342053-2020-00278-00, en el auto del 6 de octubre de 2020. “TERCERO: VINCULACIÓN DE TERCEROS INTERESADOS. Para proteger los intereses de quienes se sientan afectados con las resultas del presente trámite constitucional, se ordenará a los accionados que publiquen en la página web de las respectivas entidades y de SIMO, en la parte de avisos del concurso que origina la acción, el presente auto y la demanda de tutela, para que quienes se sientan con interés ejerzan sus derechos dentro del término de dos (2) días siguientes a la respectiva publicación, haciendo mención a que el accionante pretende conocer el soporte de la decisión de cambio en la ponderación de la valoración de antecedentes con ocasión de la etapa de reclamaciones, dentro de la Convocatoria 771 de 2018 para la Alcaldía de Cartagena. Lo anterior, de conformidad con lo previsto por el artículo 13 del Decreto 2591 de 1991, que establece que “quien tuviere un interés legítimo en el resultado del proceso podrá intervenir en él como coadyuvante del actor o de la persona o autoridad pública contra quien se hubiere hecho la solicitud”, tema respecto del cual deberá atenderse a la orientación que fijó el Máximo Tribunal de la Jurisdicción constitucional, en el siguiente sentido. 

“la coadyuvancia surge en los procesos de tutela, como la participación de un tercero con interés en el resultado del proceso que manifiesta compartir reclamaciones y argumentos expuestos por el demandante de la tutela, sin que ello suponga que éste pueda realizar planteamientos distintos o reclamaciones propias que difieran de las hechas por el demandante” 1 (subrayado del Juzgado)”.  

Además, en concordancia con el artículo 71 del Código General del Proceso, que prevé que quien pueda afectarse en virtud de una determinada relación sustancial podrá intervenir en el proceso como coadyuvante, sin embargo, no se extenderán a ella los efectos jurídicos de la sentencia, lo cual reitera la imposibilidad de extender los efectos de una sentencia de tutela a terceros.” 

ESCRITO DE TUTELA

ACTA DE REPARTO

AUTO ADVOCA

Se informa que el JUZGADO OCTAVO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por MILENA DEL SOCORRO NIEBLES UCROS, bajo radicado N° A.T. 2020 – 00052-00en auto que decreta la nulidad de lo actuado de fecha 5 de octubre de 2020, En consecuencia. “se decreta la nulidad de lo actuado a partir del auto mediante el cual se aprehendió el conocimiento de la presente acción de tutela, por lo que se ordena vincular a la institución UNIVERSIDAD LIBRE y a las personas que optaron al mismo cargo que en la actualidad ostenta la accionante en provisionalidad, es decir, el identificado con la OPEC No. 75540, a quienes se les notificara de esta decisión a fin de que hagan uso de su defensa a la mayor brevedad, en torno a los hechos expuestos por el actor en su demanda de tutela. Se ordena delegar la labor de notificación de las personas que optaron al mismo cargo que en la actualidad ostenta la accionante en provisionalidad, es decir, el identificado con la OPEC No. 75540, a la Universidad Libre y a la Comisión Nacional del Estado Civil”.  

DEMANDA DE TUTELA
AUTO DECRETA NULIDAD
NOTIFICACIÓN AL VINCULADO
ANEXOS

Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por KAREN CECILIA CARO GOMEZ Y BEATRIZ CECILIA DIAZ PACHECO, bajo radicado N° 08001-33-33-014-2020-00161-00, en fallo del 7 de octubre de 2020, ordena. “Tercero. - ORDENAR a la Universidad Libre de Colombia (UNILIBRE) y a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), que publiquen en sus respectivas páginas web, el presente fallo de tutela, lo cual deberán acreditar al despacho dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes.

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO DÉCIMO LABORAL DEL CIRCUITO BARRANQUILLA, ATLÁNTICO, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora DOLLYS DE JESÚS ROMERO CANTILLO, bajo radicado N° 08001-31-05-010-2020-00148-00, en el auto del 2 de octubre de 2020. “CUARTO: ORDENAR a la Comisión Nacional del Estado Civil, Universidad Libre y vinculada Alcaldía Municipal de Polonuevo, publicar la demanda de tutela y este auto admisorio en lugar visible en sus portales web, para poner en conocimiento a los demás participantes Concurso de Méritos Convocatoria Territorial Norte No 750 de 2018 para el cargo OPEC 72522, cargo nivel Técnico –Inspector de Policía, código 303, grado 3, Alcaldía Municipal de Polonuevo. Las anteriores entidades deberán allegar constancia de la fecha y hora de la publicación, para garantizar de esta forma el debido proceso de todos los terceros interesados, para que, en el término de dos (2) días siguiente a la publicación, aleguen con su silencio o intervención en el presente trámite. Secretaría deberá enviar copia de la demanda y copia del presente auto.” 

AUTO ADMITE
AUTO ADMISORIO
OFICIO ADMISIÓN DE TUTELA
DEMANDA TUTELA
PODER
RESOLUCIÓN 8431 - CNSC

Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor HERIBERTO ABRAHAM VENGOECHEA RODRÍGUEZ, bajo radicado N° 08001-31-10-004-2020-00150-00en auto del 30 de septiembre de 2020. “RESUELVE: TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA que dentro del término improrrogable de cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la notificación de este proveído, si aún no lo han hecho, NOTIFIQUEN a todas las personas que aspiraron al cargo con número OPEC 76004 perteneciente a la Convocatoria No. 758 de 2018 Territorial Norte, quienes pudieran estar interesados en los resultados de la presente acción y que pudieran verse afectados con lo que aquí se decida, indicándoles que cuentan con el término improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de dicha notificación para que se pronuncien sobre la tutela. Del cumplimiento de tal actuación DEBERÁN REMITIR constancia a este Juzgado a través del correo electrónico institucional Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE SAN JUAN DEL CESAR - GUAJIRA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor JORGE RAFAEL MORA OSPINO, bajo radicado N° 44-650-31-05-001-2020-00062-00en auto del 29 de septiembre de 2020. “RESUELVE: QUINTO: Ordenar a los representantes legales de las entidades accionadas ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE DE CUCUTA, la UNIVERSIDAD LIBRE y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, que en el término de veinticuatro (24) horas a partir de la notificación de este auto, se sirva informar, mediante publicación en la página web y/o aplicativo dispuesto para tales fines, “a todas las personas cobijadas como aspirantes al proceso de selección No. 826 de 2018 convocatoria de selección Territorial Norte”, sobre la admisión de la presente acción de tutela, a fin de que tengan conocimiento de la existencia de este mecanismo constitucional como terceros interesados, de los cual las accionadas allegaran constancia de la publicación.

ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora MARIBEL PATRICIA GRANADOS RODRIGUEZ, bajo radicado N° 54-001-31-21-001-2020-00116-00, en el numeral cuarto del auto del 24 de septiembre de 2020. “RESUELVE. CUARTO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE SECCIONAL CÚCUTA Y EL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA, para que dentro de las 24 horas siguientes a la notificación del presente proveído publiquen dentro de sus respectivas páginas web la presente acción constitucional de tutela promovida por la señora por la señora MARIBEL PATRICIA GRANADOS RODRIGUEZ y a quienes hacen parte de la lista de elegibles de la convocatoria Nº 826 – 2018 opec Nº 76532 cargo denominado SECRETARIO GRADO 10 CÓDIGO 440, para que si así lo estiman, expresen sus opiniones y arrimen pruebas sobre el presente trámite. Debiéndose allegar a esta judicatura a través de las cuentas de correo electrónico institucionales Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..” 

ADMISORIO

RECEPCIÓN

 Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora MÓNICA CORONADO SERJE, bajo radicado N° 080013109001-2020-00034-00. Referencia Interna: 080013109001-2020-00148-00, en el fallo del 22 de septiembre de 2020. “RESUELVE: PRIMERO: Negar por improcedente la presente acción de tutela, acorde a las consideraciones planteadas en este proveído. SEGUNDO: ORDENAR al Representante Legal de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL- CNSC, Frídole Ballén Duque, de la ALCALDÍA DE BARRANQUILLA, Jaime Pumarejo Heins y de la UNIVERSIDAD LIBRE, Jorge Orlando Alarcón Niño y/o quien haga sus veces, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, a través de su página web institucional o medio más expedito, notifique a cada uno de los aspirantes de la OPEC 75970 del proceso de selección 758 de 2018 convocatoria Territorial Norte y publique en su página web institucional la presente acción de tutela, de lo cual deberá allegar constancia a este despacho. TERCERO: en caso de no ser impugnada esta decisión, remítase a la Corte Constitucional para su eventual revisión. CUARTO: devuelto el expediente por la Corte Constitucional, salvo orden en contrario, archívense las presentes actuaciones. 

ADMISORIO

FALLO

Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora VIVIANA DE JESÚS DE LA CERDA VALLE, bajo radicado N° 08001-33-33-014-2020-00155-00, en el fallo del 25 de septiembre de 2020. “FALLA: Primero. - DENIEGUESE el amparo de los derechos fundamentales invocados por la señora Viviana de Jesús De La Cerda Valle, por las consideraciones expuestas. Segundo. – NOTIFICAR esta providencia a las partes y al Ministerio Público, por el medio más expedito, a más tardar al día siguiente de haber sido proferida. Tercero. - ORDENAR a la Universidad Libre de Colombia (UNILIBRE), a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, que publiquen en sus respectivas páginas web, el presente fallo de tutela, lo cual deberán acreditar al despacho dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes. Cuarto. - Reconocer personería para actuar a la abogada Nelcy Cecilia Mosquera Mariottis como apoderada del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, conforme al poder otorgado. Quinto. - Reconocer personería para actuar al abogado Diego Hernán Fernández Guecha como apoderado de la Universidad Libre, conforme al poder otorgado. Sexto. - RECONOCER la calidad de interviniente al señor David Andres Garcia Barrios. Séptimo. - REMITIR esta providencia a la Honorable Corte Constitucional, al día siguiente de su ejecutoria, en caso de no ser impugnada, para su eventual revisión.” 

FALLO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA NORTE DE SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor DAVID ALEJANDRO AMAYA CASTILLO, bajo radicado N° 54001-3153-007-2020-00171-00, en el auto del 25 de septiembre de 2020. “RESUELVE: CUARTO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA DIRECCION GENERAL Y SECCIONAL CUCUTA, y a PORTAL WEB de la RAMA JUDICIAL, PUBLICAR inmediatamente en la página web –sitio oficial- de la entidad, el contenido del auto admisorio y la solicitud, a efectos de que los ciudadanos que figuran inscritos en el cargo de carrera administrativa de Inspector de Policía 3ra a 6ta categoría del municipio de Lourdes, numero OPEC 69368, y demás personas que tengan interés en el asunto y en la decisión que se emita, concurran al ejercicio de sus derechos e intereses dentro del día siguiente. Para el efecto, se precisa que el asunto gira en torno al proceso de selección que se desarrolla en virtud de las Convocatoria Nos. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte de Santander, adelantada por la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL.” 

DEMANDA

ANEXOS

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO TRECE PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO CARTAGENA – BOLÍVAR en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor CARLOS GUERRA GUARDO, bajo radicado N° 13-001-40-09013-2020-00164-00 y N.I. 2020-236- L.7, en el auto del 25 de septiembre de 2020. “RESUELVE: CUARTO: Como quiera que con la decisión que se adopte por parte de este Despacho puede afectar a tercero, se REQUERIRÁ a las accionadas: COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE Y ALCALDÍA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS, publicar en sus páginas web o por cualquier medio expedito, la presente acción, para que la sociedad en General coadyuve o rechace la misma y puedan aportar sus fundamentos en hechos y en derecho, que contribuyan al presente y para los fines pertinentes que así lo consideren. De dicha actuación deberán allegar al Despacho constancia dentro de las 24 horas siguientes a la realización de esta.” 

ADMISORIO

DEMANDA

Se informa que el JUZGADO 7º ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora INES SOFIA BARRERO RIOS, bajo radicado N° 08-001-33-33-007-2020-00145-00, en el fallo del 24 de septiembre de 2020. “FALLA PRIMERO: DENEGAR la presente acción de tutela impetrada por la señora INÉS SOFÍA BARRERO RÍOS contra UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL –CNSC- y la vinculada ALCALDIA DE BARRANQUILLA, por la denunciada violación de los derechos fundamentales a la igualdad, al ejercicio de cargos públicos y del debido proceso, de acuerdo a las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia. SEGUNDO: Las accionadas COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL –CNSC- y/o UNIVERSIDAD LIBRE, deben publicar el presente fallo de tutela en las páginas web del concurso o por cualquier medio expedito, para que sea conocido por los concursantes en la OPEC 69458, Proceso de Selección 758 de 2018, Convocatoria Territorial Norte, con interés legítimo en el resultado del proceso. TERCERO: Notifíquese esta providencia por el medio más expedito a las partes. CUARTO: Dentro del término legal, remítase el cuaderno original a la H. Corte Constitucional, para su eventual REVISIÓN. Esto, en el evento de que el presente fallo no sea IMPUGNADO. QUINTO: En caso de exclusión de revisión de la presente acción, archívese el expediente sin necesidad de auto que lo ordene.” 

FALLO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora MARIBEL PATRICIA GRANADOS RODRIGUEZ, bajo radicado N° 54-001-31-21-001-2020-00116-00, en el numeral cuarto del auto del 24 de septiembre de 2020. “RESUELVE. CUARTO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE SECCIONAL CÚCUTA Y EL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA, para que dentro de las 24 horas siguientes a la notificación del presente proveído publiquen dentro de sus respectivas páginas web la presente acción constitucional de tutela promovida por la señora por la señora MARIBEL PATRICIA GRANADOS RODRIGUEZ y a quienes hacen parte de la lista de elegibles de la convocatoria Nº 826 – 2018 opec Nº 76532 cargo denominado SECRETARIO GRADO 10 CÓDIGO 440, para que si así lo estiman, expresen sus opiniones y arrimen pruebas sobre el presente trámite. Debiéndose allegar a esta judicatura a través de las cuentas de correo electrónico institucionales Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..” 

ADMISORIO

Expediente

Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por las señoras KAREN CECILIA CARO GOMEZ Y BEATRIZ CECILIA DIAZ PACHECO, bajo radicado N° 08001-33-33-014-2020-00161-00, en el numeral noveno del auto del 24 de septiembre de 2020. “RESUELVE. 9. ORDENAR a la Universidad Libre de Colombia (UNILIBRE) y a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), para que en el término perentorio de un (1) día, contado a partir de la notificación del presente auto, publiquen por el medio que fue usado para comunicar el concurso, la admisión de la presente acción de tutela con ocasión de la Convocatoria No. 753 de 2018 Territorial Norte, con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción, quienes tendrán el término máximo de dos (2) días para que se pronuncien sobre la demanda de tutela. Las citadas entidades aportarán a este Juzgado el cumplimiento de esta orden en el término de dos (2) días hábiles.” 

ADMISORIO

Radicado (ZIP)

Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora SANDRA MILENA ABRIL ESPITIA, bajo radicado No54-001-33-33-006-2020-00156-00, en el numeral cuarto del auto del 11 de septiembre de 2020. “RESUELVE. 4. Se ORDENA a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL –CNSC- y a la UNIVERSIDAD LIBRE para que dentro de un (1) día siguiente a la notificación de esta providencia, publique en su respectiva página web el escrito de tutela y el auto admisorio de la acción de la referencia, con el fin de que los aspirantes de la Convocatoria No. 805 Territorial Norte Acuerdo N° CNSC – 20181000006906 del 23 de octubre de 2018, en el empleo OPEC – 48421 adelantada por la CNSC, puedan intervenir en el presente trámite constitucional, si a bien lo tienen, quienes contarán con un término de dos (02) días siguientes a la publicación de la comunicación para comparecer.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CUCUTA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor JOSE LUIS ZAMBRANO GONZALES, bajo radicado N° 54001-31-04-2020-0126, en el numeral tercero del auto del 16 de septiembre de 2020. “RESUELVE. 3. VINCULAR a través del portal web de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y/o UNIVERSIDAD LIBRE a que quienes estén interesados en el concurso de mérito N° 787 de 2018 convocatoria territorial norte, para que, de considerarlo necesario, intervengan en la acción constitucional. LA ACCIONADAS DEBERÁN ALLEGAR CONSTANCIA DE LAS ACTUACIONES REALIZADAS.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO QUINCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor PEDRO ELISEO ROMERO ABAD, bajo radicado N° 08001-33-31-015-2020-00051-00, en el numeral tercero del auto del 16 de septiembre de 2020. “RESUELVE. TERCERO: Ordénese a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) para que en un término no superior a veinticuatro (24) horas, contados desde la notificación de la presente providencia, PUBLIQUE en la página web de esa entidad el presente auto tutela y lo remita, vía correo electrónico, a todas las personas que aparecen registradas en la lista de elegibles de la Convocatoria 758 Territorial Norte - OPEC 76731 de la Alcaldía Distrital de Barranquilla. Al momento de rendir el informe solicitado, deberá remitir prueba que acredite el cumplimiento a la anterior ordenación.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES MIXTA DE SOLEDAD, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor HECTOR MANUEL CERVANTES GUTIERREZ, bajo radicado No08-758-31-04-001-2020-0070-00, en el numeral cuarto del auto del 10 de septiembre de 2020. “RESUELVE. ORDENAR a las accionadas publicar este auto en su página web, en el link relacionado con concurso de mérito correspondiente a la OPEC 75722 del proceso de selección 755 de 2018 convocatoria Territorial Norte, así como el envío del mismo a los correos electrónicos de las personas que se encuentran en la lista de elegibles de ese concurso.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES MIXTA DE SOLEDAD, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora ESTEHELA GARCIA CARCAMO,bajo radicado N° 08-758-31-04-001-2020-00-00., en el numeral cuarto del auto del 9 de septiembre de 2020. “RESUELVE. 4°. ORDENAR a las accionadas publicar este auto en su página web, en el link relacionado con concurso de mérito correspondiente a la OPEC 75722 del proceso de selección 755 de 2018 convocatoria Territorial Norte, así como el envío del mismo a los correos electrónicos de las personas que se encuentran en la lista de elegibles de ese concurso.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO QUINCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor CARLOS ALFONSO OJITO VILLA, bajo radicado N° 08001-33-31-015-2020-00050-00, en el numeral tercero del auto del 14 de septiembre de 2020. “RESUELVE. TERCERO: Ordénese a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), a la Alcaldía Distrital de Barranquilla y a la Universidad Libre, que en un término no superior a veinticuatro (24) horas, contados a partir de la notificación de la presente providencia, PUBLIQUE en la página web de dichas entidades el presente auto admisorio y lo remita, vía correo electrónico, a todas las personas que aparecen registradas en la lista de elegibles de la OPEC 75939 del Proceso de Selección No. 758 de 2018 – Convocatoria Territorial Norte. Al momento de rendir el informe solicitado, deberá remitir prueba que acredite el cumplimiento de presente ordenación.” 

ADMISORIO

ESCRITO TUTELA

Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora VIVIANA DE JESÚS DE LA CERDA VALLE, bajo radicado N° 08001-33-33-014-2020-00155-00, en el numeral noveno del auto del 15 de septiembre de 2020. “RESUELVE. 9. ORDENAR a la Universidad Libre de Colombia (UNILIBRE) y a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), para que en el término perentorio de un (1) día, contado a partir de la notificación del presente auto, publiquen por el medio que fue usado para comunicar el concurso, la admisión de la presente acción de tutela con ocasión de la Convocatoria No. 758 de 2018 Territorial Norte, con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción, quienes tendrán el término de dos (2) días para que se pronuncien sobre la demanda de tutela.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO 1° PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES MIXTAS DE SOLEDAD, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor JUAN ENRIQUE OLIVO GUERRERO,bajo radicado N° 087583104001-2020-0071-00, en el numeral cuarto del auto del 8 de septiembre de 2020. “RESUELVE. 4.- Atendiendo a la celeridad que debe darse en el trámite de las notificaciones en la presente acción constitucional y a fin de garantizar el debido proceso de la parte accionante, accionada y demás vinculados, se ORDENA: A la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL “CNSC” y a la UNIVERSIDAD LIBRE, que, por su intermedio, NOTIFIQUE en el término de la distancia y/o publique por el medio más expedito en las páginas web institucionales con destino a que las PERSONAS NATURALES PARTICIPANTES DEL CONCURSO QUE SUPERARON LA ETAPA CLASIFICATORIA AL CARGO EN DISPUTA DE LA CONVOCATORIA TERRITORIAL NORTE – PROCESO DE SELECCIÓN N° 755 DE 2018 - OPEC 75692 conozcan del contenido de la presente acción de tutela, del auto admisorio y demás providencias proferidas por el Despacho durante el trámite tutelar que nos ocupa. Así mismo, se solicita aportar con destino a esta Célula Judicial, urgentemente los datos de aquellas personas y sus respectivos correos electrónicos, en el evento de ser posible.” 

TUTELA

Se informa que el JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA - ATLÁNTICO, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor HUGO JAVIER GUERRERO GOMEZ, bajo radicado No. 0800110310005-2020-000183-00, en el numeral quinto del auto del 3 de septiembre de 2020. “RESUELVE. 5.- VINCULAR a los participantes de la convocatoria pública Territorial del proceso de selección 758 de 2018, OPEC 75998 por el cual se adelanta el proceso de selección y se Convoca al concurso de méritos para la provisión de los cargos. Para lo cual se requiere a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC), ALCALDIA DISTRITAL DE BARRANQUILLA y LA UNIVERSIDAD LIBRE, a fin de que publique esta providencia y la Acción de Tutela en la página web de dicha convocatoria en un término de dos (2) días contados a partir de tal publicación y allegue a este proceso la constancia respectiva.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO DOCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor JORGE ELIECER OVIEDO PIÑERES, bajo radicado N° 2020-102-00, en el numeral quinto del auto del 11 de septiembre de 2020. “RESUELVE. QUINTO: VINCULAR a esta acción de tutela a todas las personas que aspiraron al cargo con número OPEC 76041 perteneciente a la Convocatoria No. 758 de 2018 Territorial Norte. Esto con la finalidad de que puedan ejercer sus derechos de defensa y contradicción, para lo cual se ORDENA a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC, que publiquen en sus respectivas páginas web, la admisión de la presente acción de tutela, así como el escrito de tutela, a fin de que se notifique a quienes pudieran estar interesados en los resultados de la presente acción, quienes tendrán el término de cuarenta y ocho horas (48) días para que se pronuncien sobre la demanda de tutela. Y se le REQUIERE a las accionadas para que, junto con el informe solicitado por este Juzgado, aporten la constancia de dicha notificación”. 

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora INES SOFIA BARRERO RIOS,bajo radicado N° 08-001-33-33-007-2020-00145-00, en el numeral sexto del auto del 10 de septiembre de 2020. “RESUELVE. SEXTO: ORDENAR a las accionadas COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC, ALCALDIA DE BARRANQUILLA y UNIVERSIDAD LIBRE para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación de este proveído, realicen la publicación del auto admisorio de la presente tutela en las páginas web del concurso o por cualquier medio expedito, para que los concursantes en dicha OPEC 69458, Proceso de Selección 755 de 2018, Convocatoria Territorial Norte, como terceros con interés legítimo en el resultado del proceso, decidan si intervienen en él como coadyuvantes de la actora o de las personas o autoridades públicas contra quien se hubiere hecho”.

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO DÉCIMO LABORAL DEL CIRCUITO BARRANQUILLA - ATLÁNTICO, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor JUAN CARLOS MARTÍNEZ SAMUEL,bajo radicado N° 08001-31-05-010-2020-00154-00, en el numeral cuarto del auto del 4 de septiembre de 2020. “RESUELVE. CUARTO: ORDENAR a la Comisión Nacional del Estado Civil, Universidad Libre y Procuraduría General de la Nación y vinculada Alcaldía Distrital de Barranquilla, publicar la demanda de tutela y este auto admisorio en lugar visible en sus portales web, para poner en conocimiento a los demás participantes del Concurso de Méritos Convocatoria Territorial Norte No 758 para el cargo OPEC 76020 de la Alcaldía de Barranquilla. Las anteriores entidades deberán allegar constancia de la fecha y hora de la publicación, para garantizar de esta forma el debido proceso de todos los terceros interesados, para que, en el término de dos (2) días siguiente a la publicación, aleguen con su silencio o intervención en el presente trámite. Secretaría deberá enviar copia de la demanda y copia del presente auto” 

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora ANA MARÍA JIMENEZ BARRIOS, bajo radicado N° 130013118001 202000050-00, en el numeral quinto del auto del 8 de septiembre de 2020. “RESUELVE. 3. VINCULAR a todos los terceros con interés legítimo que participaron en el concurso público de méritos denominado "Convocatoria No. 772 de 2018- Territorial Norte” que tuvo como finalidad proveer los empleos vacantes de la planta de personal del Sistema General de Carrera Administrativa de la GOBERNACIÓN DE BOLÍVAR, específicamente la OPEC 68550 en la que ofertaron los cargos de “Auxiliar Administrativo- Código 407 Grado 19” - creada por la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC, mediante el Acuerdo No. 20181000006486 del 16 de octubre de 2018.- En consecuencia, se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL- CNSC, a la GOBERNACIÓN DE BOLÍVAR y a la UNIVERSIDAD LIBRE, que, de manera inmediata, una vez sean notificadas de este proveído, publiquen en su página web, el escrito de tutela, y de este auto admisorio, con la finalidad de dar a conocer su existencia a todos los interesados en las resultas de esta actuación.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO (7º) ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora LUCILA ESTHER POLO MARGALEF, bajo radicado N° 08001-33-33-007-2020-00142-00, en el numeral quinto del auto del 7 de septiembre de 2020. “RESUELVE. QUINTO: ORDENAR a las accionadas COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC, ALCALDIA DE BARRANQUILLA y UNIVERSIDAD LIBRE para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación de este proveído, realicen la publicación del auto admisorio de la presente tutela en las páginas web del concurso o por cualquier medio expedito, para que los concursantes en dicha OPEC 75970, Proceso de Selección 758 de 2018, Convocatoria Territorial Norte, como terceros con interés legítimo en el resultado del proceso, decidan si intervienen en él como coadyuvantes de la actora o de las personas o autoridades públicas contra quien se hubiere hecho.” 

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO CATORCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor FREY MARIN OCHOA GUEVARA, bajo radicado N° 2020-00151-00, en el numeral segundo del auto del 3 de septiembre de 2020. “RESUELVE. SEGUNDO: VINCULAR a la presente tutela a los demás aspirantes al empleo identificado con Código OPEC 68916, dentro del proceso de selección N° 787 de 2018, Territorial Norte, notificando a los mismos a través de la Universidad Libre.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO CATORCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor MARLA PAOLA ALMENAREZ CABARCAS, bajo radicado N° 08001-31-05-014-2020-00161-00, en el numeral sexto del auto del 4 de septiembre de 2020. “RESUELVE. ORDENAR, UNIVERSIDAD LIBRE Y COMISION NACIONAL SERVICIO CIVIL – CNSC-, que una vez reciba notificación del presente auto, publiquen en un lugar visible del portal web del concurso la admisión de la tutela de la referencia y el escrito de tutela junto con sus anexos.” 

ACCIÓN DE TUTELA

 Se informa que el JUZGADO OCTAVO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor GUSTAVO JAVIER PELUFFO SUÁREZ,bajo radicado N° 08001-33-33-008-2020-00151-00, en el numeral sexto del auto del 4 de septiembre de 2020. “RESUELVE. Sexto. - Ordénese la publicación del presente Auto en el Portal Web de las entidades accionadas, para información de las personas interesadas en el concurso.” 

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor JAVIER ENRIQUE ZÚÑIGA PADILLA, bajo radicado N° 0800131530092020-00128-00, en el numeral cuarto del auto del 7 de septiembre de 2020. “RESUELVE. 4. Ordenar a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y A LA UNIVERSIDAD LIBRE para que publiquen, en su página web, el inicio de la presente acción constitucional, a fin de que, si a bien lo tienen, se hagan parte los participantes en el concurso de méritos identificado bajo el proceso de selección No. 758 de la Convocatoria Territorial Norte, en especial los que hacen parte de la OPEC 69995.” 

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora DOLLYS DE JESÚS ROMERO CANTILLO, bajo radicado N° 08001-33-33-014-2020-00142-00, en el numeral segundo del auto del 31 de agosto de 2020. RESUELVE. 8. ORDENAR a la Universidad Libre de Colombia (UNILIBRE) y a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), para que en el término perentorio de un (1) día, contado a partir de la notificación del presente auto, publiquen por el medio que fue usado para comunicar el concurso, la admisión de la presente acción de tutela con ocasión de la Convocatoria No. 750 de 2018 Territorial Norte, con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción, quienes tendrán el término de dos (2) días para que se pronuncien sobre la demanda de tutela. Las citadas entidades aportarán a este Juzgado el cumplimiento de esta orden en el término de dos (2) días hábiles.

ADMISORIO DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO SEXTO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor YONYS ALBERTO CANTILLO MORA, bajo radicado N° T-08001-31-10-006-2020-00175-00, en el numeral segundo del auto del 27 de agosto de 2020. 2.Vincular a esta acción constitucional a la Universidad Libre de Colombia y a todos los aspirantes que participaron de la Convocatoria No. 758 de 2018- Convocatoria Territorial Norte, Cargo: Auxiliar Administrativo 407-02, Numero OPENC: 70336, por ser parte interesada en las resultas de la convocatoria, para lo cual se le solicita a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC y UNIVERSIDAD LIBRE, que publiquen en su página web sobre la existencia de esta tutela, a fin de se hagan parte en el trámite de la presente acción de tutela. 

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO DÉCIMO LABORAL DEL CIRCUITO BARRANQUILLA (ATLÁNTICO), en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor LUIS ESCORCIA VARELA, bajo radicado N° 08001-31-05-010-2020-00141-00, en el numeral segundo del auto del 26 de agosto de 2020. RESUELVE. PRIMERO: Por secretaría, remitir copia del presente auto, auto admisorio y de la demanda de tutela a la Comisión Nacional del Servicio Civil, Universidad Libre y Alcaldía de Soledad para que sean publicado en un lugar visible en sus portales web, para poner en conocimiento a los demás participante del concurso de méritos para la planta de personal de la Alcaldía de Soledad. 

TUTELA

AUTO PUBLICACIÓN

Se informa que el JUZGADO DÉCIMO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora MARÍA CAROLINA BURGOS PINEDO y otros, bajo radicado N° 13001-33-33-011-2020-00097-00, en el numeral cuarto del auto del 24 de agosto de 2020. CUARTO. Ordenar a las aludidas accionadas, publicar esta providencia en la página web de dicha convocatoria y allegue a este proceso la constancia respectiva, con la finalidad de notificar de la presente acción a los participantes de la convocatoria pública ordenada por el Acuerdo Nº CNSC - Acuerdo 20181000006486 por el cual se establecen las reglas del Concurso abierto de méritos y se convoca para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Gobernación de Bolívar Proceso de Selección 772 de 2018 - Convocatoria Territorial Norte, específicamente al cargo de Profesional Universitario Área de la Salud, Código 237, Grado 6, identificado con el Código OPEC Nº 68738.. (…) 

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor FELIX ESCORCIA ATENCIO, bajo radicado N° 13001-31-03-009-2020-00093-00, en el numeral tercero del auto del 19 de agosto de 2020. TERCERO: Para los efectos del numeral anterior REQUIERACE a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE Y ALCALDIA DE CARTAGENA, para que dé a conocer la existencia de esta acción constitucional, mediante edicto emplazatorio en su Página Web Oficial y allegar la constancia de cumplimiento en el término improrrogable de (1) día (…) 

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO SEXTO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora MARTA MARINA VERGARA BRIEVA, bajo radicado N° T-08001-31-10-006-2020-00166-00, en el numeral segundo del auto del 24 de agosto de 2020. 2. Vincular al Ministerio de Educación Nacional representado por la señora ministra o quien haga sus veces, y a todos los aspirantes que participaron de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827, 987 y 988- Convocatoria Territorial Norte, Nivel: técnico, Denominación: TÉCNICO OPERATIVO, Grado: 01 código: 314, Número OPEC: 75516, por ser parte interesada en las resultas de la convocatoria, para lo cual se le solicita a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC y UNIVERSIDAD LIBRE, que publiquen en su página web sobre la existencia de esta tutela, a fin de se hagan parte en el trámite de la presente acción de tutela”. (…) 

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO DOCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora NIDIA ALICIA RODRIGUEZ LOZANO, bajo radicado No. 2020-144-00, en el numeral quinto del auto del 20 de agosto de 2020. QUINTO: VINCULAR a esta acción de tutela a todas las personas que aspiraron al cargo con número OPEC 75845 perteneciente a la Convocatoria No. 758 de 2018 Territorial Norte. Esto con la finalidad de que puedan ejercer sus derechos de defensa y contradicción, para lo cual se ORDENA a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC, que publiquen en sus respectivas páginas web, la admisión de la presente acción de tutela, así como el escrito de tutela, a fin de que se  notifique a quienes pudieran estar interesados en los resultados de la presente acción, quienes tendrán el término de cuarenta y ocho horas (48) días para que se pronuncien sobre la demanda de tutela. Y se le REQUIERE a las accionadas para que, junto con el informe solicitado por este Juzgado, aporten la constancia de dicha notificación”. (…) 

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor JUAN EVANGELISTA CÓRDOBA CUERO, bajo radicado No. 13-001-31-10-004-2020-00158-00, en el numeral tercero del auto del 21 de agosto de 2020. TERCERO: Ordenar la notificación a los vinculados PARTICIPANTES A LA CONVOCATORIA TERRITORIAL NORTE OPEC No. 73517 PROCESO DE SELECCIÓN 771 DE 2018, publicando en la página Web de la convocatoria el auto que admite esta acción y los anexos”. (…) 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor HERIBERTO ABRAHAM VENGOECHEA RODRÍGUEZ, bajo radicado N° 08001-31-10-004-2020-00150-00, en el numeral tercero del fallo del 20 de agosto de 2020. TERCERO: ORDENAR a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, publiquen en sus respectivas páginas web, el presente fallo de tutela, lo cual deberán acreditar al Despacho dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes. 

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor YEISON AGUIRRE BURBANO, bajo radicado N° 13001310400720200044, en el numeral tercero del auto del 12 de agosto de 2020. TERCERO: VINCULAR A ESTE TRÁMITE TUTELAR, a través de la plataforma digital dispuesta por la UNIVERSIDAD LIBRE, a todas aquellas personas que figuran como participantes de la convocatoria que menciona el actor en la demanda. Para tal fin se oficiará a la Universidad mencionada, para que haga la publicación de este auto y del traslado de la demanda en la mencionada plataforma, a efectos de que los vinculados, si a bien lo estimaren se pronuncien, en el término de 48 horas siguientes a la notificación y en relación con los hechos expuestos por la parte accionante en la demanda. (…)

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor IBETHS STELLA PISCIOTTI OROZCO, bajo radicado N° 13001-31-10-002-2020-0018100, en el numeral cuarto del auto del 18 de agosto de 2020. CUARTO: C. ORDÉNESE a los accionados publicar en sus páginas web o por cualquier otro medio eficaz la existencia de la presente acción para los fines de publicidad e interés a quienes consideren perturbado su derecho por los mismos motivos facticos de esta solicitud de amparo.(…) 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora HEVER ALEXIS ACEVEDO LONDOÑO, bajo radicado N° 08-001-33-33-012-2020-00128-00, en el numeral tercero del auto del 13 de agosto de 2020. Tercero. ORDENAR a las aludidas accionadas, publicar en la página web de la convocatoria Nº 758 de 2018 Territorial Norte de la Alcaldía Distrital De Barranquilla esta providencia y la proferida por este Despacho el 6 de agosto de 2020, mediante la cual se admitió la demanda de la referencia, y allegue a este proceso la constancia respectiva, con la finalidad de notificar de la presente acción a las personas que tienen aspiraciones de hacer parte de la lista de elegibles para proveer el cargo de técnico operativo uno del tránsito OPEC Nº 75516 dentro de dicha convocatoria. (…) 

ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora KAREN PATRICIA REDONDO GUERRA, bajo radicado N° 08-001-33-33-012-2020-00130-00, en el numeral tercero del auto del 13 de agosto de 2020. Tercero.-ORDENAR a las aludidas accionadas, publicar esta providencia en la página web de dicha convocatoria y allegue a este proceso la constancia respectiva, con la finalidad de notificar de la presente acción a los participantes de la convocatoria pública ordenada por el Acuerdo Nº CNSC - 20191000008746 del 17 de septiembre de 2019, mediante la cual se convocó a concurso público de méritos para proveer definitivamente la vacante del empleo denominado Líder De Programa, Código 206, Grado 3, identificado con el Código OPEC Nº 5842, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Galapa (Atlántico), ofertado con el Proceso de Selección Nº 746 de 2018 – Convocatoria Territorial Norte”. (…) 

ADMISORIO

 Se informa que el JUZGADO TRECE CIVIL DEL CIRCUITO ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora SANDRA PATRICIA CASTRO RAMIREZ, bajo radicado N° 00056 - 2020, en el numeral tercero del auto del 12 de agosto de 2020. 5. SOLICITAR a las entidades UNIVERSIDAD LIBRE, COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, realizar la notificación del auto admisorio de la tutela, por medio de su página web autorizada, para que todo el que se considere tiene algún derecho o puede salir afectado de la decisión de este fallo se haga parte en el estudio de la presente tutela. 

ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO UNICO DE EJECUCIÓN DE PENAS DE PAMPLONA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor CESAR DAVID GUERRERO MONTAÑEZ, bajo radicado N° 545183187001 – 2020 – 00090 - 00, en el numeral tercero del auto del 13 de agosto de 2020. Tercero. VINCULAR al presente tramite a los aspirantes en el concurso abierto de méritos, proceso de selección No. 791 de 2018 – Convocatoria Territorial Norte – ALCALDÍA DE SALAZAR DE LAS PALMAS, OPEC 51672, Nivel Técnico Operativo, para que en el término de dos (2) días siguientes a la notificación del presente auto, si lo consideran pertinente, se pronuncien sobre los hechos y pretensiones del accionante.  

La notificación se realizará por la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC y la UNIVERSIDAD LIBRE, a través de las páginas web de las entidades, publicando la admisión de esta acción de tutela. De manera que, los aspirantes al cargo de técnico operativo, OPEC 51672, proceso de selección No. 791 de 2018 – Convocatoria Territorial Norte – ALCALDÍA DE SALAZAR DE LAS PALMAS, puedan ejercer sus derechos. Posteriormente, las demandadas deberán aportar constancia de la publicación.  

(…) 

ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO TRECE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora SILENA ROCIO JIMENEZ MEJIA, bajo radicado N° 08-001-33-33-013-2020-00132-00, en el numeral cuarto del auto del 11 de agosto de 2020. CUARTO: CONMINAR a la UNIVERSIDAD LIBRE, COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC, para que NOTIFIQUE a todos los aspirantes de la convocatoria OPEC 75975 convocatoria 758 de 2018 que se les publicó prueba de antecedentes en tanto el Despacho no cuenta con información de contacto, enviándoles copia del escrito de tutela y de esta providencia. Así mismo se les conminará a la a la UNIVERSIDAD LIBRE, COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC que se permitan publicar en sus respectivos portales electrónicos la existencia de la presente acción constitucional y remitir constancia de la notificación solicitada. 

ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA – ATLÁNTICOen conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor DONALDO ROMERO DE LOS REYES, bajo radicado N° 08001-33-33-014-2020-00121-00, en el numeral tercero del fallo del 12 de agosto de 2020. Tercero. - ORDENAR a la Universidad Libre de Colombia (UNILIBRE), a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, que publiquen en sus respectivas páginas web, el presente fallo de tutela, lo cual deberán acreditar al despacho dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes.  

TUTELA

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE CARTAGENA DE INDIAS D. T. y C, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora GLORIA MARÍA PRINS DÍAZ, bajo radicado N° 13001310700220200004000 N. Interno. 2020-040., en el numeral tercero del auto del 10 de agosto de 2020. 3. En consecuencia, en aras de lograr esa vinculación efectiva, se le ordena a la Comisión Nacional del Servicio Civil y a la Universidad Libre que, en el término de 24 horas siguientes a la notificación de este auto, publiquen en sus páginas web la admisión de esta acción de tutela. De esa manera, los aspirantes al cargo de técnico operativo, código 314, grado 7, OPEC 68494, tendrán la oportunidad de ejercer sus derechos de defensa frente a las pretensiones de la accionante. Se les indicará, además, que dicha respuesta deberán enviarla al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Del cumplimiento de esta orden de publicación, las entidades accionadas deberán mostrar su cumplimiento al momento de rendir el informe que se les solicitará. 

ACCIÓN DE TUTELA

“Se informa a todos los aspirantes del Proceso de Selección 771 de 2018 – Convocatoria Territorial Norte que, el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señor HERIBERTO ABRAHAM VENGOECHEA RODRÍGUEZ, bajo radicado N° 08001-31-10-004-2020-00150-00, en auto de fecha 6 de agosto de 2020, Ordeno VINCULAR a esta acción de tutela a todas las personas que aspiraron al cargo con número OPEC 76004 perteneciente a la Convocatoria No. 758 de 2018 Territorial Norte. Esto con la finalidad de que puedan ejercer sus derechos de defensa y contradicción, para lo cual se ORDENA a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC, que publiquen en sus respectivas páginas web, la admisión de la presente acción de tutela, así como el escrito de tutela, a fin de que se notifique a quienes pudieran estar interesados en los resultados de la presente acción, quienes tendrán el término de cuarenta y ocho horas (48) días para que se pronuncien sobre la demanda de tutela. Y se le REQUIERE a las accionadas para que, junto con el informe solicitado por este Juzgado, aporten la constancia de dicha notificación”.

TUTELA

“Se informa a todos los aspirantes del Proceso de Selección 771 de 2018 – Convocatoria Territorial Norte que,  el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CARTAGENAen conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora ERICKA PATRICIA MENDOZA DE HOYOS, bajo radicado N° 13001-31-04-001-2020-00042-00, en auto de fecha 5 de agosto de 2020, Ordeno comunicar que esa agencia Judicial decidió en auto de la fecha, vincular a la presente acción constitucional a la ALCALDÍA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS y a todos los aspirantes al cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, COORDINADOR DE UNALDE (PROCESO DE SELECCIÓN 771 DE 2018 – CONVOCATORIA TERRITORIAL NORTE).  

Para ello se ordena dar traslado a la ALCALDÍA DE CARTAGENA- quien en un término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de este auto, deberán pronunciarse en un informe sobre los hechos que motivaron la presente acción.

En el caso de los aspirantes al cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, COORDINADOR DE UNALDE (PROCESO DE SELECCIÓN 771 DE 2018 – CONVOCATORIA TERRITORIAL NORTE), el traslado deberá correrse por intermedio de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y LA UNIVERSIDAD LIBRE, por ser quienes poseen los datos de contacto de todos y cada uno de los concursantes. el termino es igual al señalado en el párrafo anterior.”

ACCIÓN DE TUTELA

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO (2º) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA – ATLÁNTICO, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora CRISTIAN CAMILO HERAZO CAMARGO, bajo radicado N° 08001-31-09-002-2020-00120-00, en el numeral segundo del fallo del 31 de julio de 2020, Ordena la Universidad Libre de Colombia (UNILIBRE), Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), Alcaldía de Soledad – Atlántico, publiquen en sus respectivas páginas web, el presente fallo de tutela, lo cual deberán acreditar al despacho dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes. 

SENTENCIA

Se informa que el JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora DAMARIS ZÚÑIGA CASTILLO, bajo radicado N° 13001-31-03-009-2020-00073-00. Ordena VINCULAR a los participantes de la CONVOCATORIA TERRITORIAL NORTE PROCESO DE SELECCIÓN NO. 771 OPEC 73384, por ser terceros con interés legítimo en el presente asunto. Se concede el término improrrogable de (1) día contados a partir de la respectiva notificación, para que se pronuncien respecto a los hechos planteados. TUTELA

AUTO ADMISORIO

Tercero.- ORDENAR a la Universidad Libre de Colombia (UNILIBRE); Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.; que publiquen en sus respectivas páginas web, el presente fallo de tutela, lo cual deberán acreditar al despacho dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes. TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO PENAL DE CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela con radicado N° 13001310400720200037, interpuesta por la señora DAMARIS ZUÑIGA CASTILLA, ordena la publicación del auto admisorio y del escrito de tutela a fin de notificar a todos y cada uno de los participantes inscritos en la Convocatoria Territorial Norte, Proceso de Selección N° 771, que figuran como vinculados en la presente acción, para que si a bien lo tienen, se pronuncien frente a esta en el termino de 48 horas siguientes a esta publicación, en aras de garantizar su derecho a la defensa y debido proceso.” DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y TRES (53) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor CARLOS FERNANDO ROMERO LUNA, bajo radicado N° 110013342053-2020-00146-00. Ordena la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, a fin de notificar a todos y cada uno de los aspirantes la Convocatoria Territorial Norte, en especial, a aquellos que se encuentran inscritos en la OPEC: 73538, denominado: Técnico Operativo; código: 314; grado: 25 para que, si a bien lo tienen, ejerzan sus derechos dentro del término de los dos días siguientes a la presente publicación, haciendo mención a que el accionante pretende se realice un nuevo estudio, valoración, corrección y publicación de los antecedentes.” TUTELA

ADVOCA Y RESUELVE

Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE MONTERIA en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor WILBER FIGUEROA ENRIQUE con radicado N° 23-0001-31-05-003-2020-00094, ordena publicar el tramite de la presente de la presente acción, con la intención de evitar eventuales nulidades y con el fin de notificar a todos y cada uno de los aspirantes de la convocatoria Territorial Norte 771 de 2018, en especial, a los inscritos en el empleo identificado con código OPEC:73530; denominado: Profesional Universitario; código 222; grado: 41, informándoles que, si a bien lo tienen, pueden hacer uso de su derecho a la defensa y la contradicción de la prueba de sus interese jurídicos, ante el mismo despacho que conoce de la acción en mención. OFICIO

DEMANDA

AUTO-ADMISORIO

OFICIOS UNILIBRE Y CNSC

ORDENA

"TERCERO: Atendiendo la pretensión del actor de reubicación en la lista de elegibles para el cargo de Profesional Especializado grado 8 código 222 OPEC 76020 dentro del Proceso de Selección No. 758 de 2018 – Convocatoria Territorial Norte- y de lo dispuesto en el Acuerdo No. CNSC 20180000006346 del 16 de octubre de 2018, se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL –CNSC- y a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, procedan a la publicación de esta providencia y el traslado de la presente acción de tutela en sus páginas web institucionales, con el fin que los terceros interesados en este asunto intervengan dentro de los dos (2) días siguientes a dicha publicación, debiendo dejar constancia de al ello al descorrer el traslado." AUTO ADMISORIO

ADMISORIO

“Se informa que EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 2019-0084-00 interpuesto por el señor EUGENIO CASTRO FORERO, ordena publicar el Auto Admisorio, el escrito de Tutela, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la Convocatoria ordenada en el proceso de selección Nº. 758 a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.” TUTELA

Se informa que EL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CARTAGENA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 13001311800220190008100 interpuesto por la señora ENEVIS LIDA JARABA CASTILLO, ordena publicar el Fallo proferido, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria Territorial Norte inscritas e interesadas en la OPEC: 68397 (Profesional Universitario, cód. 2219 grado 2) a fin garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. OFICIO

PROVIDENCIA

Se informa que EL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CARTAGENA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 13001311800220190008500 interpuesto por la señora ARNOVIS PÉREZ BALLESTA, ordena publicar el escrito de tutela, el auto admisorio y sus anexos, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria Territorial Norte inscritos en la OPEC: 78272 (Técnico Operativo de Tránsito, cód. 339 grado 17) a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. TUTELA

AVISO

AUTO-ADMISORIO

OFICIO

“Se informa que EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 2019-00204-00 interpuesto por la señora MARÍA ANGÉLICA JAIMES GALLARDO, ordena publicar el Fallo proferido, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria Territorial Norte inscritas en la OPEC: 26566 (Nivel Asistencial, cód. 407 grado 4) a fin de comunicar que pueden hacer uso del Recurso de Impugnación, y así garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.” OFICIO

FALLO

Se informa que EL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CARTAGENA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 13001311800220190008100 interpuesto por la señora ENEVIS LIDAJARABA CASTILLO , ordena publicar el auto admisorio, el escrito de tutela y sus anexos y la respectiva providencia, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria Territorial Norte N.772 de 2018  inscritas en la OPEC: 68397 (Profesional Universitario, cód. 2219 grado 2) a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. AUTO ADMISORIO

TRASLADO

OFICIO

Se informa que EL JUZGADO DÉCIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 13-001-33-33-010-2019-00258-00 interpuesto por la señora CARMEN PAOLA RODRIGUEZ SANMARTÍN, ordena publicar dicha providencia, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria Territorial Norte, inscritas en la OPEC: 70336 (Auxiliar Administrativo) a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. OFICIO

Se informa que EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE CARTAGENA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 00538 de 2019 interpuesto por el señor JAIME ALFONSO PAJARO OLIVO , ordena notificar a todos y cada uno de los participantes ADMITIDOS en la convocatoria Territorial Norte, a fin de informales que fueron vinculados en la acción de tutela en mención, y a su vez garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos. ACCIÓN DE TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que EL JUZGADO SEGUNDO PENAL DELCIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FNCIONES DE CONOCIMIENTO DE CARTAGENA, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 13001311800220190008000 interpuesto por la señora ESCARLET DEL ROSARIO PLAZA COTA , ordena publicar el auto admisorio, el escrito de tutela y sus anexos y la respectiva providencia, con ocasión de notificar a todos y cada uno de los participantes de la convocatoria Territorial Norte N.771 de 2018 inscritas en la OPEC: 73472 (profesional Especializado, grado 41) a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.” AUTO ADMISORIO

TRASLADO

OFICIO

“Acción de tutela Leslie Lizeth Rojas Vergel. Juzgado Sexto Administrativo Oral de Cúcuta. Radicado. 2019-0179” ACCIÓN DE TUTELA

“Acción de Tutela Primera Instancia GABYNO ANDRÉS HERNÁNDEZ BECERRA” AUTO ADMISORIO

Sector Defensa

Convocatorias 624 al 638 - 980 y 981 de 2018 Sector Defensa.

Línea Call center de la convocatoria: (601) 382 1116

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.


Elige la información deseada

Avisos Informativos

Más Avisos Informativos
AVISOS INFORMATIVOS ENLACE

Procesos de Selección Nos. 624 a 638, 980 y 981 de 2018 Convocatoria Sector Defensa Solicitud de cambio de ciudad para presentación de pruebas.

Teniendo en cuenta que las pruebas escritas de la Convocatoria “Sector Defensa”, se realizarán el 11 de abril de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil informa que en atención a diferentes solicitudes realizadas por aspirantes que piden cambio de ciudad para presentación de pruebas y con miras a adoptar medidas concordantes con las disposiciones de la Resolución 666 de 2020 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social que procura evitar desplazamientos innecesarios por parte de los aspirantes, se dispondrá el aplicativo SIMO desde el 5 hasta el 19 de febrero de 2021, para que los aspirantes de los niveles Profesional, Técnico y Asistencial que escogieron la prueba escrita puedan realizar el cambio de ciudad de presentación de pruebas. Por razones de planeación y despliegue de la logística del proceso, después de esta fecha no se autorizará ningún cambio.

Los aspirantes interesados en modificar la ciudad de presentación de pruebas, deberán:

  • Únicamente se podrá hacer el cambio por el aplicativo SIMO.
  • Ingresar con su usuario y contraseña al aplicativo SIMO.
  • Dirigirse al “panel de control” y ubicar la sección “mis empleos”
  • En la sección “mis empleos” identificar el empleo inscrito para la Convocatoria Sector Defensa.
  • Dar click en la nube habilitada para dirigirse al final de la página en la sección “ciudad de presentación de pruebas” y seleccionar la ciudad que sea de su preferencia.

Se recuerda a los aspirantes que las pruebas escritas previstas en los procesos de selección del Sector Defensa, conforme a lo descrito en el artículo 28 de los Acuerdos que lo regulan, serán aplicadas en todas las ciudades capitales del territorio Colombiano.

En cuanto a los aspirantes del nivel asistencial que seleccionaron la prueba de ejecución, éstas se realizarán en los sitios y ciudades que ofrezcan posibilidades técnicas y logísticas para su aplicación, teniendo en cuenta las condiciones especiales de cada prueba y los sitios serán dados a conocer por la Universidad Libre previo a la citación para que elijan el lugar de presentación.

Publicación respuesta a reclamaciones y resultados definitivos de Verificación de Requisitos Mínimos Procesos de Selección Nos. 624 a 638, 980 y 981 de 2018 Convocatoria Sector Defensa

Publicación de resultados Verificación de Requisitos Mínimos - Procesos de Selección No. 624 al 638 - 980 y 981 de 2018 - Sector Defensa 

La Comisión Nacional del Servicio Civil informa que los resultados de la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos serán publicados el día 03 de julio de 2020, en la página web www.cnsc.gov.co,  enlace SIMO, en cumplimiento de los artículos 23 y siguientes de los Acuerdos de la convocatoria a concurso de méritos del Sector Defensa. 

Para consultar los resultados, los aspirantes deben ingresar al SIMO con su usuario y contraseña, desde la web o desde su celular por la aplicación simo app[1]en  donde podrán visualizar su estado de ADMITIDO o NO ADMITIDO para el empleo al cual se encuentran inscritos. 

Los participantes que consideren necesario podrán presentar reclamaciones únicamente a través de la página web de la CNSC enlace SIMO, desde las 00:00 horas del día 06 de julio y hasta las 23:59 horas del día 07 de julio de 2020, en los términos del artículo 12 del Decreto Ley 760 de 2005, las cuales serán recibidas y atendidas a través de este medio. 

Para lo anterior, se recomienda a los aspirantes consultar el video tutorial que se encuentra publicado en el siguiente enlace:

https://www.youtube.com/watch?time_continue=9&v=CuqYPY_NHxc

Citación a Pruebas Escritas Niveles Técnico y Profesional Procesos de Selección No. 624 al 638 - 980 y 981 de 2018 Sector Defensa

el 26 Marzo 2021.

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 de los Acuerdos del Proceso de Selección Sector Defensa, la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan a los aspirantes admitidos en la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos de los Niveles Técnico y Profesional, que a partir del 31 de marzo de 2021 pueden ingresar a la página www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO, con su usuario y contraseña, en la opción “alertas”, para conocer la hora y sitio de aplicación de las pruebas escritas que se realizarán el domingo 11 de abril de 2021.

A los aspirantes admitidos en la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos del Nivel Asistencial, las pruebas escritas se llevaran a cabo el 13 de junio de 2021 y las pruebas de ejecución se realizarán a partir del lunes del 14 al miércoles 30 de junio del mismo año, por lo que próximamente se informará, a través de la página web, la fecha a partir de la cual los aspirantes deben ingresar con su usuario y contraseña al SIMO o su equivalente, para consultar la fecha, hora y lugar de presentación de las pruebas.

Se sugiere revisar la Guía de Orientación, donde encontrarán de manera detallada recomendaciones e instrucciones para la aplicación de las pruebas, así como los Ejes Temáticos sobre las cuales se realizó la construcción de pruebas.

La Guía podrá ser consultada en el sitio web www.cnsc.gov.co/ Convocatorias/ En desarrollo/ 624 al 638 - 980 y 981 de 2018-Convocatoria Sector Defensa/ Guías, o directamente a través del siguiente Link: https://www.cnsc.gov.co/index.php/guias-624-al-638-980-y-981-de-2018-sector-defens

Se aplaza la aplicación de pruebas escritas de la Convocatoria del Sector Defensa

el 05 de abril 2021.

  • Junto con la Universidad Libre, la CNSC determinó unificar los cronogramas para la aplicación de las pruebas escritas de los niveles profesional, técnico y asistencial de este proceso de selección.
  • Se informará la nueva fecha con mínimo cinco (5) días hábiles. Los aspirantes podrán ingresar a la página www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO, en la opción “alertas”, para conocer la hora y sitio de aplicación de las pruebas escritas.

Bogotá, Lunes 5 de abril de 2021. La Comisión Nacional del Servicio Civil informa que se aplaza la aplicación de las pruebas Específicas Funcionales y de Valores en Defensa y Seguridad para los niveles Profesional y Técnico de la Convocatoria Sector Defensa, las cuales se iban a llevar a cabo este domingo 11 de abril.

Junto con la Universidad Libre, la CNSC determinó unificar los cronogramas para la aplicación de las pruebas escritas de los niveles Profesional, Técnico y Asistencial de este proceso de selección.

Teniendo en cuenta esto, se informará la nueva fecha con mínimo cinco (5) días hábiles. Es importante recordar que los aspirantes podrán ingresar a la página www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO, con su usuario y contraseña, en la opción “alertas”, para conocer la hora y sitio de aplicación de las pruebas escritas.

La CNSC invita a los aspirantes a consultar la Guía de Orientación, donde encontrarán de manera detallada recomendaciones e instrucciones para la aplicación de las pruebas, así como los Ejes Temáticos de las mismas.

Esta podrá ser consultada en la página web de la Comisión www.cnsc.gov.co en el siguiente link: https://www.cnsc.gov.co/index.php/guias-624-al-638-980-y-981-de-2018-sector-defensa

Guía de Orientación para las pruebas de ejecución del Nivel asistencial y selección de ciudad - Procesos de Selección No. 624 al 638 - 980 y 981 de 2018 Sector Defensa

el 15 de mayo 2021.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a los aspirantes del nivel asistencial del proceso de selección del “Sector Defensa” que seleccionaron la prueba de ejecución, que, a partir de la fecha pueden consultar  la Guía de Orientación para las pruebas de ejecución, en el siguiente link: https://www.cnsc.gov.co/index.php/guias-624-al-638-980-y-981-de-2018-sector-defensa

Teniendo en cuenta que las pruebas se realizarán en los sitios y ciudades que ofrezcan posibilidades técnicas y logísticas para su aplicación, de acuerdo con las condiciones especiales de cada prueba  y que previo a la citación, se deben dar a conocer los sitios, para que los aspirantes puedan elegir el lugar en donde las presentarán, el aplicativo se encuentra disponible en el siguiente link: https://eligetuciudad.unilibre.edu.co/eleccion_de_ciudad a partir de la fecha y hasta el 24 de mayo de 2021, para que de manera individual realicen la selección de la ciudad de presentación.

También se dispuso para los aspirantes un video tutorial que los guiará en este procedimiento y que se puede visualizar en el link: https://www.unilibre.edu.co/la-universidad/cnsc#gu%C3%ADas-3

De otro lado, para la aplicación de algunas pruebas de ejecución, será necesario que el aspirante se presente con elementos propios de protección personal, los cuales serán informados al momento de realizar la citación en el siguiente vínculo: http://epp.unilibre.edu.co/elementossectordefensa/

La citación para la aplicación de las pruebas (día y hora), se hará a través del aplicativo SIMO con por lo menos cinco (5) días hábiles previos a su presentación, por lo tanto, se recomienda estar atentos a los avisos que emita la CNSC mediante el sitio web.

Procesos de Selección No. 624 al 638 - 980 y 981 de 2018 Sector Defensa Ampliación plazo para elegir ciudad de Aplicación de las del Nivel Asistencial modalidad Ejecución

el 25 de mayo 2021.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a los aspirantes del Nivel Asistencial que seleccionaron la Prueba de Ejecución, que se amplió el plazo hasta el 27 de mayo de 2021, para elegir la ciudad de aplicación de la prueba.

Para ello, dispuso para un video tutorial que los guiará en este procedimiento y que se puede visualizar en el link: https://www.unilibre.edu.co/la-universidad/cnsc#gu%C3%ADas-3

El aplicativo para la selección de la ciudad de presentación se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://eligetuciudad.unilibre.edu.co/eleccion_de_ciudad.

Citación a Pruebas Específicas Funcionales (Escritas y de Ejecución) Procesos de selección del Sector Defensa

el 03 de junio 2021.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre unificaron los cronogramas de aplicación de pruebas e informan a los aspirantes admitidos, que a partir del 03 de junio de 2021 pueden ingresar al sitio web www.cnsc.gov.co y/o - enlace SIMO, con su usuario y contraseña, en la sección “ALERTAS”, para conocer la hora y sitio de aplicación de las pruebas específicas funcionales que se realizarán así:

  • Pruebas Escritas para los Niveles Profesional, Técnico y Asistencial el 13 de junio de 2021. (citación disponible a partir del 03 de junio de 2021).
  • Pruebas de Ejecución, únicamente para los aspirantes que seleccionaron esta opción, del 17 al 30 de junio de 2021. (citación disponible a partir del 08 de junio de 2021).

Lo anterior, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 de los Acuerdos del Proceso de Selección del Sector Defensa y conforme a lo informado en aviso publicado el 05 de abril del año en curso.

Se sugiere revisar la Guía de Orientación tanto de pruebas Escritas como de Ejecución, en la que encontrarán de manera detallada las recomendaciones e instrucciones, así como los Ejes Temáticos sobre las cuales se realizó la construcción de pruebas.

Las Guías (incluido un alcance del 01 de junio de 2021) podrán ser consultadas en el sitio web www.cnsc.gov.co/ Convocatorias/ En desarrollo/ 624 al 638 - 980 y 981 de 2018-Convocatoria Sector Defensa/ Guías, o directamente a través del siguiente Link: https://www.cnsc.gov.co/index.php/guias-624-al-638-980-y-981-de-2018-sector-defensa

Publicación de los resultados de las Pruebas Específicas Funcionales (Escritas y de Ejecución) y de valores en defensa y seguridad Proceso de Selección del Sector Defensa

el 03 de junio 2021.

La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre informan que el día 27 de julio de 2021, se publicarán los resultados de las pruebas Específicas Funcionales (Escritas y de Ejecución) y de valores en defensa y seguridad del Sector Defensa.

Para conocer los resultados, los aspirantes deben ingresar con su usuario y contraseña, al Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad -SIMO- y seguir la ruta: Mis empleos / Resultados.

Recepción de reclamaciones: Los aspirantes podrán presentar reclamación frente a los resultados obtenidos en las pruebas, en los términos establecidos en el artículo 25º de los Acuerdos de Convocatoria, únicamente a través de la aplicación SIMO a partir de las 00:00 del día 28 de julio y hasta las 23:59:59 del día 03 de agosto de 2021.

Acceso a pruebas: De conformidad con lo establecido en los Acuerdos de Convocatoria, los aspirantes que así lo consideren deberán manifestar expresamente en su reclamación la necesidad de acceder al material de las pruebas, para que puedan completar su reclamación durante los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha dispuesta para el acceso a pruebas.

Publicación de: Respuestas a Reclamaciones y Resultados Definitivos de las Pruebas Específicas Funcionales, de Valores en Defensa y Seguridad del Sector Defensa y Resultados de Valoración de Antecedentes.

el 09 de septiembre 2021.

La Comisión Nacional del Servicio Civil informa que el día 16 de septiembre de 2021, se publicarán las Respuestas a las Reclamaciones y los Resultados Definitivos de las Pruebas Específicas Funcionales (Escritas y de Ejecución), de Valores en Defensa y Seguridad del proceso de selección “Sector Defensa”. Así mismo, el 18 de septiembre de 2021 se realizará la publicación de resultados de la Prueba de Valoración de Antecedentes y las Reclamaciones se recibirán únicamente a través de la plataforma SIMO del 20 al 24 de septiembre de 2021.

Para conocer los resultados y respuesta a las reclamaciones, los aspirantes deben ingresar con su usuario y contraseña, al Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad -SIMO- y seguir la ruta: Mis empleos/Resultados/Consultar reclamaciones y respuestas.

Publicación de Respuestas a Reclamaciones y Resultados Definitivos de la Prueba de Valoración de Antecedentes Procesos de Selección No. 624 al 638 - 980 y 981 de 2018 - Sector Defensa.

el 07 de octubre de 2021.

Publicación de Respuestas a Reclamaciones y Resultados Definitivos de la Prueba de Valoración de Antecedentes  

Procesos de Selección No. 624 al 638 - 980 y 981 de 2018 - Sector Defensa 

La CNSC y la Universidad Libre informan a todos los aspirantes que el 15 de octubre de 2021 se publicarán las respuestas a las reclamaciones de quienes hicieron uso de ese derecho frente a los resultados de la prueba de Valoración de Antecedentes de los Procesos de Selección del Sector Defensa, así como los resultados definitivos de la mencionada prueba. 

Para consultar la respuesta a la reclamación y los resultados definitivos de la referida prueba, los aspirantes deben ingresar con su usuario y contraseña a la página https://www.cnsc.gov.co/ enlace SIMO. 

Se precisa que contra las decisiones que resuelven las reclamaciones, no procede ningún recurso. 

SIMO

 

Acciones Constitucionales

Pronto más información

Actuaciones administrativas

Pronto más información

Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

“Se informa que el JUZGADO VEINTIDOS PENAL DE CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, mediante auto admisorio del 24 de junio de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-186, interpuesta por la señora ANGIE LORENA NÚÑEZ ROJAS, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

NULIDAD

“Se informa que el JUZGADO VEINTIDOS PENAL DE CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, mediante sentencia del 31 de mayo de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar el fallo proferido en el marco de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-139, interpuesta por la señora LEONOR CRISTINA CAÑÓN URIBE, con el propósito de comunicar la decisión a las personas que tengan interés en el resultado de la misma.”

FALLO

“Se informa que el JUZGADO VEINTIDOS PENAL DE CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, mediante auto admisorio del 19 de mayo de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-139, interpuesta por la señora LEONOR CRISTINA CAÑÓN URIBE, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

NULIDAD

“Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y SEIS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-026, Interpuesta por el señor JONATHAN STIV PINEDA RODRÍGUEZ, ordena publicar el presente FALLO DE TUTELA, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No.  632 de 2018 - Sector Defensa.”

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C”, en cumplimiento del fallo proferido el 02 de diciembre de 2021 proferido por el Tribunal Superior de Bogotá, donde declara la nulidad de lo actuado al interior de la acción de tutela identificada con número de radicado: 110013118004202100207-01, interpuesta por el señor ÓSCAR ORLANDO ZARRATE PACHECHO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

NULIDAD

AUTO SUBSANAR NULIDAD

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE ARAUCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 81-001-31-04-002-2021- 00110, Interpuesta por la señora GLORIA STELLA PULGARÍN ACEVEDO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 624 al 638 – 980 y 981 de 2018 SECTOR DEFENSA al cargo OPEC 79916, código 6-1, grado 8. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término de dos (2) días, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones de la presente tutela”.

TUTELA

AUTO ADMISIÓN

Escrito de tutela interpuesto por la aspirante TATIANA MARCELA BELEÑO SIERRA en el marco de la etapa de LISTA DE ELEGIBLES de los Procesos de selección Nos 637 de 2018 - Convocatoria Sector Defensa"  y el Auto admisorio de la acción de tutela con radicado No. 20001-33-33-007-2021-00313-00 proferida por el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR,  mediante el cual se ORDENA a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y a la UNIVERSIDAD LIBRE, que una vez notificada la presente decisión, suspenda de manera inmediata (sin importar la etapa en la que se encuentre), el PROCESO DE SELECCIÓN 637 DE 2018, para el cargo del Nivel: Profesional, Denominación: Profesional De Seguridad O Defensa, Grado: 10, Código: 3-1, Número OPEC: 105228, del Departamento Jurídico Integral del Ejército Nacional, hasta tanto se resuelva de fondo la presente acción.

DEMANDA

ADMISORIO TUTELA

Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO DE POPAYAN profirio fallo el día 08 de noviembre de 2021 en las acciones de tutela interpuestas por la señora Adali Yulieth Ojeda Rodríguez y el señor Iván Yesid Jiménez Alfonso contra la CNSC y la Universidad Libre, con radicados 190013109003202100385 00 y 190013109003202100392
(acumulada), en el cual resuelve: 

Primero. DECLARAR improcedente la acción de tutela impetrada por el señor Iván Yesid Jiménez Alfonso y la señora Adali Yulieth Ojeda Rodríguez, demanda dirigida en contra de la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre. Segundo. NOTIFICAR la presente decisión a los intervinientes dentro de la presente actuación. 29 Tercero. REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, una vez quede en firme el presente pronunciamiento.

Lo anterior, con el fin de notificar a todos los integrantes del Proceso de Selección No. 637 de 2018 Sector Defensa de la CNSC del fallo dictado.

FALLO

 “Se informa que JUZGADO DIECIOCHO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 2021-00712, Interpuesta por el señor: SANDRA ELIZABETH MORALES PIÑEROS, ordena publicar el inicio de las acciones constitucionales, con el propósito de notificar del  presente proveído, a los aspirantes inscritos en la convocatoria. Lo anterior, de tal manera que todas aquellas personas que tengan interés en las resultas del proceso, se pronuncien al respecto."

DEMANDA

ADMISORIO TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO VEINTIUNO CIVIL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 05001-31-03-021-2021-00333-00, Interpuesta por el señor NATALIA DE LOS RÍOS RAMÍREZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección No. 637 de 2018 - Ejército Nacional - Sector Defensa. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”. 

TUTELA

AUTO ADMISIÓN

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE FACATATIVÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 25269-33-33-001-2021-00172-00, Interpuesta por el señor MARTÍN ELÍAS SALCEDO MENDOZA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 638 de 2018 - Sector Defensa. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término de dos (2) días, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

DEMANDA

ADMISORIO TUTELA

Auto admisorio de la acción de tutela con radicado No. 2021-0034000 proferida por el Juzgado Once Civil del Circuito De Bogotá D.C., y escrito de tutela interpuesto por la aspirante Andrés Arturo Martínez Álvarez  en el marco de la etapa de Pruebas de los Procesos de selección Nos 635 de 2018 - Convocatoria Sector Defensa" a efectos de comunicar a todas las personas que se encuentran ocupando actualmente cargos en provisionalidad o encargo el cargo profesional de seguridad o defensa grado: 15 código: 3-1, Grupo Técnica, número OPEC: 52053” perteneciente al Sistema Especial de Carrera Administrativa Instituto de Casas Fiscales del Ejército-ICFE, y de esta manera, puedan contestar la tutela y allegar los documentos que pretendan hacer valer como pruebas, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la notificación.

TUTELA

AUTO ADMISIÓN

Auto admisorio de la acción de tutela con radicado No. 2021-0473 proferida por el Juzgado Veintinueve De Familia De Bogotá D.C., y escrito de tutela interpuesto por la aspirante MONICA PATRICIA CASTAÑEDA en el marco de la etapa de Pruebas de los Procesos de selección Nos 624 a 638, 980 y 981 de 2018 - Convocatoria Sector Defensa" a efectos de comunicar a todas las personas que se encuentran ocupando actualmente cargos en provisionalidad o encargo, dentro de la Convocatoria Pública de empleos OPEC 106645 perteneciente al Sistema Especial de Carrera Administrativa del Ejercito Nacional, y de esta manera, puedan contestar la tutela y allegar los documentos que pretendan hacer valer como pruebas, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la notificación.

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

 Se informa de la acción de tutela con radicado No. 52001 3333 003 2021-00124-00 proferida por el JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, interpuesta por el aspirante JAMES FERNEY CHAVEZ VARGAS en el marco de los Procesos de selección Nos 624 a 638, 980 y 981 de 2018 - Convocatoria Sector Defensa, para todos aquellos que puedan tener interés en la presente acción constitucional dentro de la Convocatoria Pública de empleos OPEC 80533 perteneciente al Sistema Especial de Carrera Administrativa del Armada Nacional.

TUTELA

AUTO ADMISIÓN

Auto admisorio de la acción de tutela con radicado No. 2021-0473 proferida por el Juzgado Veintinueve De Familia De Bogotá D.C., y escrito de tutela interpuesto por la aspirante MONICA PATRICIA CASTAÑEDA en el marco de la etapa de Pruebas de los Procesos de selección Nos 624 a 638, 980 y 981 de 2018 - Convocatoria Sector Defensa" a efectos de comunicar a todas las personas que se encuentran ocupando actualmente cargos en provisionalidad o encargo, dentro de la Convocatoria Pública de empleos OPEC 106645 perteneciente al Sistema Especial de Carrera Administrativa del Ejercito Nacional, y de esta manera, puedan contestar la tutela y allegar los documentos que pretendan hacer valer como pruebas, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la notificación.

TUTELA

AUTO ADMISIÓN

"Tramite de la acción de tutela 15001 3105 001 2020 00166-01 instaurada por la aspirante Lina Maria Aguilar Guerreo y Auto que avoca conocimiento de la impugnación presentada por la accionante contra el fallo de tutela proferido por el Juzgado Primero Laboral del Circuito, el día 10 de septiembre del 2020 en el marco de la Verificación de Requisitos Mínimos de los Procesos de selección Nos 624 a 638, 980 y 981 de 2018 - Convocatoria Sector Defensa"

FALLO

AUTO ADVOCA

ESCRITO ACCIONANTE

Auto admisorio de la acción de tutela 2020-00321 proferida por el Juzgado Único de Familia de Dosquebradas, Risaralda y escrito de tutela interpuesto por el aspirante Jair de Jesús Toro Rámirez en el marco de la Verificación de Requisitos Mínimos de los Procesos de selección Nos 624 a 638, 980 y 981 de 2018 - Convocatoria Sector Defensa

TUTELA

AUTO ADMISIÓN

Guías

GUÍAS
DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

Guía de Orientación al Aspirante Pruebas Escritas Empleos de Nivel Profesional Técnico y Asistencial

Protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del COVID-19

Video tutorial guía de orientación al aspirante para que pueda seleccionar ciudad de aplicación de la prueba

Guía de Orientación para las pruebas de ejecución del Nivel asistencial y selección de ciudad

Alcance Guía de Orientación para la presentación de Pruebas escritas

INPEC

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Aviso Informativos

AVISOS INFORMATIVOS
DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

"La Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, informan a todos los aspirantes que debido a una falla técnica en el aplicativo para publicación de resultados de Valoración Médica, que afecta la visualización completa de los mismos, fue necesario retirar la publicación efectuada el día 10 de noviembre.

Por tanto, se informará la nueva fecha de publicación, con su correspondiente período de reclamaciones.

Se recomienda consultar permanentemente el sitio web de la CNSC."

Actuaciones Administrativas

ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

AUTO No. 001 “Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a determinar la procedencia del retiro del aspirante, JORGE NINO GÓMEZ CATALÁN, del Proceso de Selección No1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia y Vigilancia.”

RESOLUCIÓN No. 002, “Por medio del cual se concluye una actuación administrativa tendiente a determinar la procedencia del retiro del aspirante, JORGE NINO GÓMEZ CATALÁN, del Proceso de Selección No1356 de 2019 – INPEC Cuerpo de Custodia y Vigilancia.”

AUTO No. 003. 'Por medio del cual se inicia una actuación administrativa tendiente a decidir sobre la procedencia de efectuar la corrección de la calificación publicada al aspirante CRISTIAN ANDRES MONROY ARIAS, en la prueba Físico Atlética, dentro del Proceso de selección No. 1356 de 2019 - Cuerpo de Custodia y Vigilancia INPEC, y determinar la consecuente exclusión del participante de este Proceso de Selección.'

RESOLUCIÓN No. 004, “Por medio de la cual se concluye una actuación administrativa tendiente a decidir sobre la procedencia de efectuar la corrección de la calificación publicada al aspirante CRISTIAN ANDRES MONROY ARIAS, en la prueba Físico Atlética, dentro del Proceso de selección No. 1356 de 2019 - Cuerpo de Custodia y Vigilancia INPEC, y determinar la consecuente exclusión del participante de este Proceso de Selección”

Actuaciones Constitucionales

Pronto más información

Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

"4.- Así mismo, se ordena VINCULAR, como terceros con interés, a los inscritos al PROCESO DE SELECCIÓN Nro. 1357 – INPEC ADMINISTRATIVOS, para que se pronuncien sobre los hechos que motivan la acción de tutela de la referencia y ejerzan su derecho de defensa, fines para los que cuentan con el término de dos (2) días, siguientes a la publicación del aviso en los portales web de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y de la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA. El escrito respectivo deberá remitirse a través de correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

ADMISORIO

PRUEBAS

“Se informa que el JUEZ PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE DUITAMA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 15238-33-33-001-2022-00099-00, Interpuesta por el señor SEBASTIAN D´ANGELO ALVARE ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.  

TUTELA

ADMISORIO

“Se informa que el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA PENAL, en conocimiento de la impugnación de la acción de tutela identificada con número de radicado: 76001-31-18-003-2022-00022-01, Interpuesta por el señor: CAMILO ANDRÉS GARCÍA MEJÍA, en sentencia de fecha 18de marzo de 2022, ordena publicar la presente decisión judicial, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC”. 

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE YOPAL (CASANARE), en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 85-001-318-7002-2021-069, Interpuesta por el señor FREDDY CALDERON ANGARITA, en sentencia de fecha 11 de marzo de 2022, ordena publicar la presente decisión judicial, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC”.    

FALLO TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO QUINCE DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 1100131100152022-0227-00, Interpuesta por el señor JESÚS GABRIEL URREA ESPEJO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.   

TUTELA

ADMISORIO

ANEXOS

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2021-069, Interpuesta por el señor FREDDY CALDERON ANGARITA, en Auto de fecha 01 de marzo de 2022, ordena publicar la presente decisión judicial, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC en ejercicio del derecho de defensa y contradicción de los vinculados. 

TUTELA

ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES MANIZALES – CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 17-001-31-18-001-2022-00001-01, Interpuesta por el señor YONIER ANCIZAR ZUÑIGA ZUÑIGA, en sentencia de fecha 25 de febrero de 2022, ordena publicar la presente decisión judicial, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC”.  

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA BOLIVAR – CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-00001-00, Interpuesta por el señor YONIER ANCIZAR ZUÑIGA ZUÑIGA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.    

TUTELA

AUTO INTERLOCUTORIO

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA (CALDAS), en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-00001-00, Interpuesta por el señor JUAN DIEGO BERNAL BARBOSA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”. 

TUTELA

ADMISORIO

AUTO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE MANIZALEZ., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-060, Interpuesta por el señor JUAN DIEGO FRANCO TABARES, a través de apoderado judicial, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes al cargo: Dragoneante, Código: 4114, OPEC: 129614, Grado: 11; inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

TUTELA

ADMISORIO

ANEXOS

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES MANIZALES (CALDAS), en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 17-001-31-18-001-2022-00001-00, Interpuesta por el señor JUAN DAVID LÓPEZ GALVIS, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”. 

TUTELA

ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE IPIALES, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2021-00197-00, Interpuesta por el señor BRAYAN ALEXANDER BASTIDAS ACOSTA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

DEMANDA

ADMISORIO

NULIDAD

PRUEBAS

 “Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MANZANARES (CALDAS), en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 17 433 31 89 001 2021 - 00224 - 00, Interpuesta por el señor CRISTIAN CAMILO VALENCIA TANGARIFE, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”. 

DEMANDA

AUTO NULIDAD

AUTO CONSTITUCIONAL

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-000024, Interpuesta por el señor DEIVI SANTIAGO ORTEGA VELASCO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

TUTELA

ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO VEINTITRÉS ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 05001-33-33-023-2022-00044 00, Interpuesta por el señor JUAN PABLO GÓMEZ VILLARRAGA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

DEMANDA

ADMISORIO NIEGA MEDIDA

ANEXOS Y PRUEBAS

“Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y SEIS (56) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 041- 2022, Interpuesta por el señor SERGIO ENRIQUE SUAREZ MURCIA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

TUTELA

AUTO AVOCA

ACTA DE REPARTO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 54-001-31-21-002-2022-00018-00, Interpuesta por el señor FELIX DUVAN MONTOYA GOMEZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

TUTELA

ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE CHOCONTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 25183318400120220001400, Interpuesta por el señor YEINI YINETH URUEÑA SIERRA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”. 

TUTELA

ADMISORIO TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TREINTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 110013109033-2022-00019-00, Interpuesta por el señor EDGAR ALFONSO GONZALEZ RODRIGUEZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

DEMANDA

ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO OCTAVO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-31-87-008-2022-00021-00, Interpuesta por la señora MAIRA CATTERINE ZUÑIGA GARZON, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC, especialmente a los inscritos al cargo denominado: TENIENTE DE PRISIONES, código: 4222, grado 16. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

DEMANDA

ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE OCAÑA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 54 – 498 – 31 – 84 – 001 – 2022 – 00018- 00, Interpuesta por el señor FAUDER PACHECO BOHORQUEZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC, especialmente a los participantes al cargo TENIENTE DE PRISIONES código OPEC 4222, GRADO 16. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante” TUTELA

ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 520013187003 2022 00003 - 00, Interpuesta por el señor CRISTIAN FERNANDO SILVA ARGUELLO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

TUTELA

ADMISORIO

ANEXOS

“Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO MIXTO DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 20001-31-04-003-2022-00030-00, Interpuesta por el señor FERNANDO LUIS JIMENEZ MEZA, mediante apoderado judicial, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

DEMANDA

ADMISORIO

ANEXOS

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DE CIRCUITO MANIZALES, CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 17001310400220220000100, Interpuesta por el señor ISLEN GERARDO SERNA MUÑOZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”

TUTELA

ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE ARAUCA en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 81-001-31-87-001-2022-00002-00, Interpuesta por el señor CAMILO ANDRÉS GARCÍA MEJÍA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección No. 1356 de 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”. 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE RIOHACHA en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 44-001-31-87-001-2022-00002-00, Interpuesta por el señor JANERSON DAVID COTES FUENTES, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección No. 1356 de 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”. 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE DUITAMA (BOYACA) en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2021-397, Interpuesta por el señor IVAN DARIO GAMEZ BECERRA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección No. 1356 de 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA – CALDAS en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2021-00453-00, Interpuesta por el señor SANTIAGO GARCIA AGUIRRE, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección No. 1356 de 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”. 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y SEIS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO – BOGOTA D.C en conocimiento de la acción de tutela con número de radicado No. 2021-0151-00, Interpuesta por el señor MICHAEL STEVEN AGUILAR ORJUELA, ordena publicar Fallo de Tutela proferido por este despacho, con el propósito de notificar del presente, a los participantes de la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC”. 

SENTENCIA

 “Se informa que JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO MANIZALES – CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con radicado No. 17001 31 04 003 - 2021-00089 – 00, Interpuesta por el señor: WILMER JAMES MENESES BONILLA, ordena publicar el inicio de las acciones constitucionales, con el propósito de notificar del  presente proveído, a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior, de tal manera que todas aquellas personas que tengan interés en las resultas del proceso, se pronuncien al respecto.

 Para que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional, en ejercicio del derecho de contradicción y defensa que les asiste.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 15001 3333 012 2021 00153, Interpuesta por el señor JOVANNI SEBASTIAN VARGAS MORENO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE BELLO, ANTIOQUIA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 050883104002-2021-00096, Interpuesta por el señor YEISON ALEJANDRO GUTIÉRREZ PADILLA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO La Unión - Nariño, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2021-00032-00, Interpuesta por el señor DAVID ALEJANDRO PASAJE OJEDA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante, al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO INTERLOCUTORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE BARRANCABERMEJA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 6808131040012021 0006100, Interpuesta por el señor BRAYAN DAVID DIAZ SALAS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante, al correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.."

TUTELA

AUTO AVOCA

 “Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE MONTERÍA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 23.001.33.33.006.2021.00240, Interpuesta por el señor JUAN CAMILO SEGURA PACHECO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

ADMISORIO TUTELA

ADMISORIO

DEMANDA

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA. SOCORRO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 68-755-31-84-001-2021-00109-00, Interpuesta por la señora FLOR EDITH RANGEL SERRANO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante, al correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

AUTO ADMISORIO

OFICIO

TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO SEPTIMO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 05-001-31-09-007-2021-00119, Interpuesta por el señor RICARDO ANDRES VILLARREAL ROA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante, al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

AUTO AVOCA CONOCIMIENTO

TUTELA

 “Se informa que JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO MANIZALES – CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2021-00381-00, Interpuesta por el señor FELIPE ANDRÉS GARCÍA SANTA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior, para que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional, en ejercicio del derecho de contradicción y defensa que les asiste.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA Y ANEXOS

“Se informa que el JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 76001-33-33-004-2021-00168-00, Interpuesta por el señor JORGE LUIS RENGIFO QUIRAMA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término antes señalado, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante, al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

AUTO INTERLOCUTORIO

TUTELA Y ANEXOS

 “Se informa que JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE FLORENCIA - CAQUETÁ, en conocimiento de las acciones de tutela identificadas con número de radicado No. 2021-00069-00 (Acumulado), Interpuestas por los señores: YASCER ULISES VARON ROJAS, SERGIO ANDRÉS PALMA MENDOZA, JORGE DANILO PISCAL CASTILLO y SANTIAGO OVIEDO SILVA, ordena publicar el inicio de las acciones constitucionales, con el propósito de notificar del  presente proveído, a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC, empleo: Dragoneante 4114, grado: 11. Lo anterior, para que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional, en ejercicio del derecho de contradicción y defensa que les asiste.”

AUTO OBEDEZCASE

TUTELA SERGIO PALMA

TUTELA YASCER VARÓN

TUTELA JORGE PISCAL

TUTELA SANTIAGO OVIEDO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO QUIBDÓ – CHOCÓ, en conocimiento de la acción de tutela con número de radicado No. 2021-00107-00, Interpuesta por el señor JELSERSON PALACIOS CORDOBA, ordena publicar el Auto Admisorio y el escrito de Tutela, con el propósito de vincular y notificar del  presente proveído, a los participantes de la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior, para que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional si lo estiman conveniente en defensa de sus intereses, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.”

AUTO ADMISORIO

AUTO SUSTENTACIÓN

OFICIO

 “Se informa que JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE FLORENCIA CAQUETÁ, en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 18-001-31-18-001-2021-00144-00, Interpuesto por el señor CRHYSTIAN FABIAN VELASQUEZ VARÓN, ordena publicar el Auto Admisorio y el escrito de Tutela, con el propósito de notificar del  presente proveído, a los aspirantes admitidos de la convocatoria No. 1356 DE 2019 CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA INPEC. Lo anterior, para que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional si lo estiman conveniente en defensa de sus intereses, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

OFICIO

Guías

Pronto más información

Distrito Capital No. 4

Convocatorias 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Distrito Capital 4.

Línea Call center de la convocatoria: (601) 382 1111

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Actuaciones Administrativas

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Actuaciones Constitucionales

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Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-3109-052-2021-00206-01, interpuesta por la señora MARÍA DEL PILAR RENGIFO CANO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones de la accionante”.

AUTO AVOCA

AUTO DECRETA NULIDAD

AUTO OBEDEZCASE

DEMANDA

PRUEBAS - ANEXOS

Se informa que el JUZGADO 48 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTOen conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora RUBY BERNARDITA PARRADO AGUDELO CONTRA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y UNIVERSIDAD LIBRE., bajo Rad No. 2021-0202, en el auto del 5 de noviembre de 2021. Resolvió: PRIMERO: NEGAR medida provisional alguna, para la ciudadana Ruby Bernardita Parrado Agudelo, por las razones aducidas. SEGUNDO: AVOCAR el conocimiento de la acción de tutela presentada por la ciudadana Ruby Bernardita Parrado Agudelo, en contra de Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, y Universidad Libre. De acuerdo con los hechos de tutela, se dispone la vinculación de la Secretaría Distrital de Movilidad, para que se pronuncie respecto de los hechos de tutela. TERCERO: Para dar publicidad a la presente acción de tutela, se ORDENA a las entidades accionadas Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, y Universidad Libre, PUBLICAR en sus respectivas páginas web institucionales la presente demanda de tutela. Así quienes tengan un interés legítimo, pueden hacerse partícipes como terceros coadyuvantes de las partes involucradas, de conformidad con las consideraciones esbozadas. CUARTO: CORRER traslado a la accionada y vinculada, para que dentro del término de un día (1) hábil e improrrogable ejerzan el derecho a la defensa y contradicción; y brinden la información pertinente a través de la dirección electrónica del juzgado. (…)”. 

SENTENCIA

DEMANDA

ANEXOS

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora JOSÉ LUIS CAJAR ÁLVAREZ CONTRA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC Y OTROS, bajo RAD No. 08-001-31-10-002-2021-00284-00, en el auto del 2 de septiembre de 2021. Ordena: Ordénese a la Comisión Nacional del Servicio Civil, Universidad Libre, Comisión de Personal de la Alcaldía Distrital de Barranquilla y Alcaldía Distrital de Barranquilla que notifiquen este proveído y el de fecha 23 de agosto de 2021, a este trámite a todos los inscritos al proceso descrito con anterioridad a través de los correos electrónicos informados y de la página web de cada una de las entidades, de lo cual deberá dar cuenta inmediatamente a este juzgado, adjuntando las pruebas de la publicación ordenada(…)”.

AUTO VINCULACIÓN

DEMANDA

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por la señora DIANA MARCELA FIGUEREDO RINCÓN CONTRA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE, bajo RAD No. 110013403 002 2021 00138 00, en el auto del 2 de julio de 2021. Ordena: se ordena a la Comisión Nacional del Servicio Civil y a la Universidad Libre poner un aviso público en la página web que dispone para las comunicaciones oficiales de la referida convocatoria, así mismo, al correo electrónico de los aspirantes de la referida OPEC que garantice el conocimiento de los participantes. Lo anterior para que si lo consideran pertinente intervengan en el presente asunto. (…)”.     

TUTELA

AUTO ADMISORIO

SECUENCIA

 Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y SIETE CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor ALEX FERNANDO VALENCIA AMAYA CONTRA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE Y EL INSTITUTO DISTRITAL DE PROTECCIÓN Y LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD, bajo RAD No. 47-2021-00379-00, en el auto del 9 de julio de 2021. Resuelve: 1.- TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE Y LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD. para que, por conducto de dichas entidades, se notifique a todos interesados dentro del "No. 1487 de 2020 - DISTRITO CAPTAL 4", donde el actor de estas diligencias es interesado, publicando un aviso en la página Web y arrimando las pruebas a que tenga lugar(…)”.    

TUTELA

AUTO ADMISORIO

ANEXOS DE PRUEBAS

Guías

Pronto más información

Nariño

Convocatorias 1522 a 1526 Nariño.

Línea Call center de la convocatoria: (601) 382 1114

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:30 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.


Aviso Informativos

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AVISOS INFORMATIVOS ENLACE

Resultados PRELIMINARES de las Pruebas Escritas de los empleos del nivel Asistencial del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 – Territorial Nariño

El 13 de Febrero - 2023.

En atención al fallo proferido en segunda instancia por el TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PASTO – SALA DE DECISIÓN PENAL dentro de la acción de tutela interpuesta por la señora MARIA CRISTINA CHAVEZ DUARTE con radicado 2022-002901, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución No. 12364 de 2022 ““Por la cual se resuelve la Actuación Administrativa iniciada mediante Auto No. CNSC 449 del 9 de mayo de 2022 tendiente a determinar la existencia de irregularidades en las Pruebas Escritas, aplicadas para los empleos del Nivel Asistencial ofertados en el marco del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 – Territorial Nariño” y, en cumplimiento de lo establecido en los Acuerdos de convocatoria, y el numeral 4.3 del Anexo, la CNSC y la Universidad Libre informan a los aspirantes que el día 17 de febrero de 2023 serán publicados los RESULTADOS PRELIMINARES DE LAS PRUEBAS ESCRITAS, para los empleos del nivel asistencial, que fueron aplicadas pasado 20 de noviembre de 2022, dentro del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 – Territorial Nariño.

Para conocer el resultado, deben ingresar al sitio web www.cnsc.gov.co enlace https://simo.cnsc.gov.co/, con su usuario y contraseña.

Los aspirantes que lo consideren necesario podrán presentar reclamación frente a los resultados obtenidos en esta prueba únicamente a través del SIMO, en los términos establecidos en el numeral 4.4 del Anexo a los Acuerdos, la cual se podrá presentar durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los mismos; esto es, desde las 0:00 horas del 20 de febrero hasta las 23:59 horas del 24 de febrero de 2023.

Tenga en cuenta que los días 18 y 19 de febrero de 2023 el aplicativo SIMO no estará disponible, debido a que estos no son días hábiles.

NOTA: Para consultar sus resultados y presentar una reclamación puede seguir los pasos que se muestran en los tutoriales y videos publicados en el siguiente link: https://www.cnsc.gov.co/convocatorias/tutoriales-y-videos

Citación Pruebas de Ejecución del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño

El 21 Abril 2022.

En cumplimiento de lo establecido en el Art. 17° de los Acuerdos de convocatoria, y el numeral 4.1 del Anexo a los Acuerdos, la CNSC y la Universidad Libre, informan a los aspirantes ADMITIDOS A LOS EMPLEOS DE CONDUCTOR MECÁNICO O CONDUCTOR (u otros con diferente denominación pero que su Propósito Principal sea el de conducir vehículos), que superen la Prueba sobre Competencias Funcionales del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño, que el día 29 de abril pueden consultar la citación a la presentación de las Pruebas de Ejecución, la cual será aplicada entre el 7 y el 15 de mayo de 2022.

Para consultar su citación, debe ingresar después del 29 de abril al Sistema – SIMO, a través del link https://simo.cnsc.gov.co/ con su usuario y contraseña, en la opción “ALERTAS”.

La CNSC invita a los aspirantes citados a consultar la Guía de Orientación al aspirante para las Pruebas de Ejecución, publicado en el link: https://historico.cnsc.gov.co/index.php/guias-y-protocolos  

Pruebas Escritas del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño

El 22 Marzo 2022.

1. En cumplimiento de lo establecido en el Art. 18° de los Acuerdos de convocatoria, y el numeral 4.3 del Anexo a los Acuerdos, la CNSC y la Universidad Libre informan a los aspirantes ADMITIDOS en la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño, que fueron citados a las PRUEBAS ESCRITAS del presente proceso el pasado 6 de marzo de 2022, que los resultados preliminares de estas pruebas serán publicados el día 29 de marzo de 2022.

Para conocer el resultado, deben ingresar al sitio web www.cnsc.gov.co enlace https://simo.cnsc.gov.co/, con su usuario y contraseña.

Los aspirantes que lo consideren necesario podrán presentar reclamación frente a los resultados obtenidos en estas pruebas únicamente a través del SIMO, en los términos establecidos en el numeral 4.4 del Anexo a los Acuerdos; es decir durante los cinco (5) días hábiles siguientes, esto es, desde las 0:00 horas del 30 de marzo al 01 de abril y el 4 y 5 de abril hasta las 23:59 horas.

Los días 2 y 3 de abril el Sistema – SIMO NO se encontrará habilitado por no ser días hábiles.

Se recuerda que, en la respectiva reclamación, el aspirante puede solicitar si así lo considera, el acceso al material de sus pruebas aplicadas.

NOTA: Para consultar sus resultados y presentar una reclamación puede seguir los pasos que se muestran en los tutoriales y videos publicados en el siguiente link:

https://www.cnsc.gov.co/convocatorias/tutoriales-y-videos

2. La jornada de acceso a material de pruebas escritas del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño se llevará a cabo el 10 de abril de 2022 en las mismas ciudades de aplicación de la prueba escrita.

La citación correspondiente a la jornada de acceso podrá ser consultada por cada aspirante, que la haya solicitado, a partir del 07 de abril de 2022 en la opción “ALERTAS” de SIMO https://simo.cnsc.gov.co/ con su usuario y contraseña, donde se indicará el lugar, fecha y hora que podrá asistir a dicha jornada.

INFORMACIÓN IMPORTANTE Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño

El 01 de Julio de 2022.

En cumplimiento de lo establecido en el numeral 5.6 del Anexo a los Acuerdos, la CNSC y la Universidad Libre informan a los aspirantes inscritos en los Procesos de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño, que el 11 de julio de 2022 se publicarán los resultados y respuesta a reclamaciones de la etapa de Valoración de Antecedentes para los diferentes empleos ofertados.

Para conocer el resultado y consultar la respuesta de reclamación, el aspirante deberá ingresar a través del sitio web www.cnsc.gov.co, enlace SIMO - Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, con su usuario y contraseña.

Publicación Lista de Elegibles de la OPEC 160195 Proceso de Selección No. 1522 de 2020 - Territorial Nariño

La Comisión Nacional del Servicio Civil, informa que de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de los Acuerdos del Proceso de Selección, el acto administrativo a través del cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para el empleo identificado con OPEC 160195 de la Gobernación de Nariño ofertado dentro del Proceso de Selección No. 1522 de 2020 - Territorial Nariño, se publicará el 19 de octubre de 2022 y estará disponible para su consulta en el sitio web, www.cnsc.gov.co, enlace Banco Nacional de Listas de Elegibles: https://bnle.cnsc.gov.co/bnle-listas/bnle-listas-consulta-general.

Lo anterior, teniendo en cuenta que la misma se encontraba pendiente por publicación, en virtud al fallo de acción de tutela instaurada, por los señores Guillermo Alberto Acosta Chamorro y Diego Enrique Muñoz Chaves, con ocasión de los resultados de la etapa de Pruebas Escritas, misma que ya cuenta con fallo de segunda instancia, el cual confirma la decisión proferida con anterioridad, por tanto, no existen actuaciones pendientes a la fecha.

La firmeza de la Lista de Elegibles, se producirá vencidos los cinco (5) días hábiles siguientes a su publicación en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, de conformidad con los artículos 29 y 30 de los Acuerdos del Proceso de Selección, teniendo en cuenta que, en los casos en donde se haya solicitado exclusión por parte de la Comisión de Personal de la Entidad, se atenderá lo establecido en el Criterio Unificado expedido por la CNSC del 12 de julio de 2018 denominado “Cómo opera la firmeza de las listas de elegibles cuando se realiza solicitud de exclusión”, el cual puede ser consultado en el siguiente enlace: https://gestion.cnsc.gov.co/TeasurosApp/faces/busquedaWeb.xhtml

Frente a casos de empate en las Listas de Elegibles, el representante legal de la entidad deberá dar estricta aplicación al Artículo 25 de los Acuerdos del Proceso de Selección. 

INFORMACIÓN IMPORTANTE PROCESO DE SELECCIÓN NO. 1522 A 1526 DE 2020 - TERRITORIAL NARIÑO- SUSPENSIÓN APLICACIÓN DE PRUEBAS COMPORTAMENTALES Y FUNCIONALES PARA EL NIVEL ASISTENCIAL

La Comisión Nacional del Servicio Civil informa que en cumplimiento de las órdenes judiciales, se SUSPENDE la aplicación de las pruebas escritas programadas para el día 30 de octubre 2022 para los aspirantes del Nivel Asistencial de los Procesos de Selección Nos. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño, en atención las medidas provisionales decretadas por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Pasto-Nariño mediante Auto Admisorio del 25 de octubre de 2022, el Juzgado Promiscuo Municipal de El Tablón de Gómez mediante Auto Admisorio del 27 de octubre de 2022, y el Juzgado Tercero Penal del Circuito Transitorio de Mocoa mediante Auto Admisorio del 27 de octubre del 2022, dentro de las acciones de tutelas Nos. 2022-00287; 2022-00193 y 2022-00186.

Por lo anterior, una vez se levanten las medidas provisionales, se informará por este mismo medio la nueva fecha de aplicación de las pruebas comportamentales y funcionales para el Nivel Asistencial.

Actuaciones Administrativas

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Guías y Protocolos

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GUÍAS - DESCRIPCIÓN ENLACE

Guía de Orientación al Aspirante - Prueba de Ejecución - Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño

Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

“Se informa que el Juzgado Promiscuo Municipal De Buesaco-Nariño, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2024-00024-00, interpuesta por la señora Martha Liliana Martinez Higidio, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que hacen parte de la Lista de Elegibles conformada mediante la Resolución No. 12522, ofertado por la Gobernación del Departamento de Nariño, Modalidad Abierto, para que la coadyuve o rechacen la misma y puedan aportar sus fundamentos en hechos y derecho. Se precisa que, podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del juzgado.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL CUASPUD CARLOSAMA, NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00071-00, Interpuesta por la aspirante VIKY JOHANA TULCAN YAMA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en la OPEC: 160147, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA CIRCUITO JUDICIAL DE IPIALES - NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 523563184001-2023-00012-00, Interpuesta por el aspirante Darío Fernando Segovia Lucero, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, para garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”..

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00153, Interpuesta por el aspirante DIEGO ARMANDO GARCIA HIDALGO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00129, interpuesta por el señor JAIRO ANIBAL RIASCOS ASCUNTAR, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del Despacho: : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Penal del Circuito La Unión – Nariño, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-043, interpuesta por la señora ANA GRACIELA TORRES CIFUENTES, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE LA CRUZ - NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-138, interpuesta por el señor OWER BRAVO REALPE, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Penal del Circuito La Unión – Nariño, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-043, interpuesta por la señora ANA GRACIELA TORRES CIFUENTES, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-132, interpuesta por el señor ROLANDO ALIRIO FIGUEROA GOMEZ, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, precisando que podrán dirigir sus escritos al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Por medio del cual se deja sin efecto el Auto No. 990 del 05 de diciembre del 2022, en cumplimiento al fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Pasto – Nariño Sala de Decisión Penal, dentro de la Acción de Tutela con radicado No. 2022-0029001, instaurada por la señora MARÍA CRISTINA CHÁVEZ DUARTE, en el marco del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 – Territorial Nariño"

AUTO

“Por el cual se deja sin efectos el Auto No. 20 de 2023 y se levanta la medida provisional, en cumplimiento del fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de El Tablón de Gómez (N), dentro de la Acción de Tutela con radicado No. 522584089001-2022-00193-00, en el marco del Proceso de Selección No. 1522 a 1526 de 2020 - Territorial Nariño”.

AUTO

 “Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00003, Interpuesta por la aspirante DORA IRMA VARGAS ANDRADE, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo SECRETARIO de nivel: asistencial, grado: código: 440 número OPEC: 160272, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE LA CRUZ - NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2023-00001, Interpuesta por el aspirante GERARDO JAVIER BOLAÑOS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo SECRETARIO,de nivel: asistencial, grado: código: 440 número OPEC: 160272, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Pasto–Nariño, pronuncio Fallo de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022 - 00167, Interpuesta por la señora NORMA FERNANDA ORDOÑEZ ERASO, ordena publicar el presente Fallo, el cual resuelve considerando la presente tutela como improcedente, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño,”.

SENTENCIA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO, pronuncio Fallo de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013110001-2022-00288-00, Interpuesta por el señor JUAN CARLOS SALAZAR CARDONA, ordena publicar el presente Fallo, el cual resuelve considerando la presente tutela como improcedente, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño,”.

FALLO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013110001-2022-00288-00, Interpuesta por el aspirante JUAN CARLOS SALAZAR CARDONA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO de nivel: PROFESIONAL, grado: código: 222número OPEC: 164075, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

En cumplimiento de lo ordenado por el JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD CIRCUITO DE BOGOTÁ, en auto admisorio de tutela instaurada por CARLOS BAYRO GARCÍA CORREA, radicado: 2022-00486 , se publica la admisión y el escrito de tutela frente al proceso de la Convocatoria No. 001 de 2021 – Fiscalía General de la Nación.

ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00316, Interpuesta por la aspirante FLORANGELA ESCOBAR ORTIZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo AUXILIAR ADMINISTRATIVO de nivel: asistencial, grado: código: 407 número OPEC: 160284, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”. 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA PALMIRA- VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.  2022-00598, Interpuesta por el aspirante WILLIAM ADOLFO MOSQUERA QUINTERO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

ADMISORIO

TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO 1 CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00255-00, Interpuesta por la aspirante María Mercedes Montilla, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES de nivel: asistencial, grado: 1 código: 470 número OPEC: 160263, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO 1 CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 0000, Interpuesta por la aspirante María Mercedes Montilla, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES de nivel: asistencial, grado: código: 470 número OPEC: 160263, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO PASTO – NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52-001-33-33-006-2022-00193-00, Interpuesta por la señora CARMEN MARIA CRIOLLO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo SECRETARIO de nivel: asistencial, grado: código: 440 número OPEC: 160272, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013187003-2022-00403-00, Interpuesta por la aspirante VIVIANA CATALINA CASTRO VILLAMARIN, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo SECRETARIO de nivel: asistencial, grado: 18 código: 440 número OPEC: 163374, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

ADMISORIO

TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00495, Interpuesta por los aspirantes ALBERTO DAVID GONZALEZ CAMACHO, DANIEL ANDRES BASTIDAS PANTOJA, GILMA LILIANA ERAZO MELO, LEIDY JOHANNA CERON TORO y MIGUEL ALFONSO PORTILLA CHALAPUD, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, pero exclusivamente, respecto de los cargos a los cuales hayan optado los ahora accionantes. para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-0072, Interpuesta por el señor WILMER YESID PRIETO HERNANDEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo Auxiliar Administrativo de nivel: asistencial, grado: código: 407 número OPEC: 160277, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

ADMISORIO

TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 002-2022-00161, Interpuesta por el señor ANDRES ALONSO SANTACRUZ BRAVO Y OTROS., ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño,  para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Primero Penal del Circuito Pasto, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00183, Interpuesta por la señora PAOLA LÓPEZ BURBANO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo Auxiliar Administrativo de nivel: asistencial, grado: 5 código: 407 número OPEC: 164089, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el Juzgado 02 Penal Circuito Especializado - Nariño - Pasto, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52 – 001 – 31 – 07 – 002 – 2022 – 00136 , Interpuesta por la señora ANA RUTH GONZÁLEZ VILLOTA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: 6 código: 219 número OPEC: 163308, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PASTO, NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022 00349, Interpuesta por la señora CARMEN LILIANA ARMERO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo TÉCNICO ADMINISTRATIVO de nivel:técnico, grado: 111 código: 367 número OPEC:163345, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCION DE TIERRAS PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00102, Interpuesta por la señora GLADYS MERCEDES PAZ YARPAZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo TECNICO OPERATIVO de nivel: Técnico, grado: 4 código: 314 número OPEC: 163338, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52 – 001 – 31 – 07 – 002 – 2022 – 00100 – 00, Interpuesta por la señora CECILIA ANDREA MELO MONTILLA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo INSPECTOR DE POLICIA URBANO 2ª CATEGORIA de nivel: Profesional, grado: código: 234 número OPEC: 163290, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

ADMISORIO

VINCULACIÓN

 “Se informa que el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013121004 2022 00058-00, Interpuesta por el señor MARIN DELGADO GOMEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: código: 219 número OPEC: 160194, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”. 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00078 Interpuesta por la señora ARELLIS MARINELLA DAZA NARVAEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: código: 219número OPEC: 160208, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013110001-2022-00139-00, Interpuesta por el señor VIVIAN ROSARIO NARVÁEZ DELGADO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo TECNICO AREA SALUD de nivel: Técnico, grado: código: 323 número OPEC: 164082, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEXTO DE FAMILIA CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52001 31 10 006 2022-00122 00, Interpuesta por el señor GUSTAVO ADOLFO PEREZ LOPEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: 2 código: 219 número OPEC: 160192, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.”.

TUTELA

ADMISORIO

 “Se informa que el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00081-00, Interpuesta por el señor JESUS GAVILANES VITERI , ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, al cargo de Entidad GOBERNACION DE NARIÑO, código 219, No. de empleo OPEC 160214, Denominación profesional universitario, Nivel jerárquico grado 4, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022001650, Interpuesta por la señora LIDIA MARGOTH FIGUEROA LOPEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: código: 219número OPEC: 160096, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

DEMANDA

ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00112-00, Interpuesta por el señor JUAN MIGUEL GUERRON MONTENEGRO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo TECNICO AREA SALUD de nivel: Técnico, grado: 5 código: 323 número OPEC: 164081, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00112-00, Interpuesta por la señora LUCY JANETH PARUMA PABON, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: 01; código: 219 número OPEC: 160099, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

DEMANDA

ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES, pronuncio Fallo de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013118002 - 2022 - 00063, Interpuesta por la señora BARBARA MARICELA PASCUAZA DULCE, ordena publicar el presente Fallo, el cual resuelve considerando la presente tutela como improcedente, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño,”.

FALLO DE TUTELA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 520013107001 2022-00060, Interpuesta por la señora PAOLA ANDREA CORTES RENGIFO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020, TERRITORIAL NARIÑO. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

DEMANDA

ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013107001 2022-00059, Interpuesta por la persona NÉSTOR EDUARDO HIDALGO MUÑOZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, para la OPEC No. 160106profesional universitario, grado 1, código 219, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CATORCE (14) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00108. Interpuesta por la señora SANDRA MILENA MORA CASTILLO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, para el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028, GRADO 21, IDENTIFICADO CON LA OPEC 158771, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

DEMANDA

AUTO

 “Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013107003 2022 00055, Interpuesta por la persona Liliam Emilce Burbano Burbano, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, para el empleo de  OPEC 164078, para optar por el cargo de Técnico Operativo, código 314, grado 4, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el Juzgado Primero Penal del Circuito Para Adolescentes Con Funciones de Conocimiento, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013118001202200069-00, Interpuesta por la señora LUCENY DEL ROSARIO GONZALES MEJIA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el empleo denominado TÉCNICO ÁREA DE LA SALUD, OPEC N°160136, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”.

DEMANDA

OFICIO

“Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00075, Interpuesta por la persona SADITH TREJO MONCAYO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, para el empleo denominado profesional universitario, grado 01, código 219, OPEC 160173, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013118002 - 2022 - 00068, Interpuesta por la señora BÁRBARA MARICELA PASCUAZA DULCE, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en la OPEC 160104, PARA OPTAR POR EL CARGO DE PROFESIONAL UNIVERSITARIO, CÓDIGO 219, GRADO 1, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013118002 - 2022 - 00068, Interpuesta por la señora BÁRBARA MARICELA PASCUAZA DULCE, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en la OPEC 160104, PARA OPTAR POR EL CARGO DE PROFESIONAL UNIVERSITARIO, CÓDIGO 219, GRADO 1, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL CIRCUITO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00183-00, Interpuesta por la señora MARGOTH EUGENIA BRAVO CORDOBA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo Profesional Universitario de nivel: Profesional, grado: código: 219 número OPEC: 160168, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. "

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO LA UNION - NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por OMAR GIRALDO VALDES MOLINA , HECTOR MAURICIO MORENO CORDOBA FAUSTINO ORDOÑEZ MUÑOZ, bajo el número de Radicación 2022-00044, ordenó a la Universidad Libre publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria Territorial Nariño No. 1522 a 1526 de 2020. Lo anterior con el propósito de VINCULAR a los terceros interesados, para que si a bien lo tienen procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA HÉCTOR MORENO

TUTELA OMAR VALDES

TUTELA FAUSTINO ORDÓÑEZ

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00053, Interpuesta por el señor DANIEL FRANCISCO MERA AZAÍN, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: 2 código: 219 número OPEC: 160183, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No.  2022-00093, Interpuesta por el señor ADRIÁN MEDINA ARTEAGA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: código: 219 número OPEC: 160108, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00087-00, Interpuesta por la señora ZULLY RAQUEL GUERRERO BOLAÑOS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño,  en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: código: 219 número OPEC: 160108, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022 – 00119 – 00 y 520013107003 2022 00049-, Interpuesta por la señora TERESA DE JESUS NARVAEZ NARVAEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: código: 219 número OPEC: 160198, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO PASTO – NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 52-001-33-33-006-2022-00076-00, Interpuesta por el señor OSCAR MONTEZUMA VILLOTA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020, TERRITORIAL NARIÑO. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

TUTELA

ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 20220012800, Interpuesta por la aspirante ERNESTINA DEL SOCORRO BASTIDAS LEGARDA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional , grado: código: 219 número OPEC: 160199, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013110003-2022-00103-00, Interpuesta por la señora RUBIELA MARGOT ESTRADA JURADO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: código: 219 número OPEC: 160119, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO- PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00175, Interpuesta por la señora AURA MARINA LOPEZ MORALES, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES de nivel: asistencial, grado: 2 código: 470 número OPEC: 163363, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE TUMACO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52835-3333-001-2022-00133-00, Interpuesta por la señora IVONNI ÁVILA DIAZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: código: 219 número OPEC: 160120, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00066, Interpuesta por el señor JORGE ERASMO PALADINES BELLO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, para cargo Código 219, Nº de empleo 160220, Denominación PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Nivel jerárquico profesional Grado 4, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00062-00, Interpuesta por la señora MARTHA LUCÍA SANTACRUZ RODRÍGUEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Nivel jerárquico profesional, Grado 2, código: 219 número OPEC: 160200, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-00063, Interpuesta por la señora MIRIAN JANET PORTILLO PORTILLO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020, TERRITORIAL NARIÑO. Lo anterior para que, si estos lo consideran pertinente, dentro del término señalado en el auto admisorio, intervengan dentro de esta acción, enviado su pronunciamiento sobre los hechos y pretensiones del accionante”.

DEMANDA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE TUMACO DISTRITO JUDICIAL DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00040-00, Interpuesta por el señor ROCIO DEL CARMEN CORTES ARBOLEDA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: asistencial, grado: 2 código: 219 número OPEC: 160167, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00071, Interpuesta por el señor JOHN ALEXANDER LOPEZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES de nivel: asistencial, grado: 1 código: 470 número OPEC: 160263, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el Juzgado Penal del Circuito, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00013-00, Interpuesta por el señor HEIMAN OBREGÓN, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo CELADOR de nivel: asistencial, grado: 2código: 477 número OPEC: 160265, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52001 3333 003 2022-0030-00, Interpuesta por el señor HERNÁN SANTACRUZ MONCAYO, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES de nivel: asistencial, grado: 1 código: 470 número OPEC: 160263, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00046-00, Interpuesta por la señora Adriana Fernanda Belalcazar Granda, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, código 219, Cargo 162, identificado con la OPEC 160187, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00029, Interpuesta por el señor JORGE EDUARDO HENAO MEJÍA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el empleo de Profesional Universitario; Grado: 09; Código: 219, identificado con OPEC: 163328, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA CIRCUITO DE BARBACOAS – NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520793184001-2022-00005-00, Interpuesta por el señor JOSÉ ANTONIO CASTILLO VALLECILLA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en la OPEC 160265 Código 477 grado 2 que concursaron por el empleo denominado CELADOR, NIVEL: ASISTENCIAL, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”. 

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013118002 - 2022 - 00024 - 00, Interpuesta por el señor DANIL ROMAN VELANDIA ROJAS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: 2 código: 219 número OPEC: 160183, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.,”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00047, Interpuesta por el señor GILBERTO ORLANDO GUERRERO RAMIREZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo CONDUCTOR de nivel: asistencial, grado: 3 código: 480 número OPEC: 160285, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO ORAL CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52001333300720220002600, Interpuesta por la señora FRANCES ZUTTA AMADOR, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en la OPEC 160286, denominado Secretario Ejecutivo Grado 7 código 425, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEXTO DE FAMILIA CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00022, Interpuesta por la señora SALLY MILENA BENAVIDES MUTIS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo TECNICO OPERATIVO de nivel: Técnico, grado: 3 código: 314 número OPEC: 163381, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Primero Civil del Circuito de Túquerres, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52-838-31-03-001-2022-00012-00, Interpuesta por el señor Alexander Horacio Sánchez Vallejo, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el cargo SECRETARIO de nivel: asistencial, grado: 5 código: 440 número OPEC: 160272, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013103002-2022-00026-00, Interpuesta por el señor Arturo Libardo Álvarez Acosta, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el empleo OPEC 160285 denominado Conductor, grado 3, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 52001312100420220000800, Interpuesta por el señor JESÚS ALFREDO ARTEAGA ARCINIEGAS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el empleo OPEC 160285 denominado Conductor, grado 3, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el Juzgado Primero Penal del Circuito Pasto - Nariño, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 5200131040012022-0002200, Interpuesta por el señor WILLIAM JAVIER ÁLVAREZ ROJAS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el empleo OPEC 160285 denominado Conductor, grado 3, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del DespachoEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Pasto, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00031, Interpuesta por el señor CARLOS ANDRÉS ORDOÑEZ SARASTY, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el empleo OPEC 164319 denominado Profesional Universitario, grado 10, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO ORAL CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013333007 2022-00012-00, Interpuesta por el señor WILLIAM ALEJANDRO ORTEGA ARTEAGA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, en el empleo OPEC 160227 denominado Profesional Universitario, grado 4, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intercevenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho :Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO QUINTO DE FAMILIA CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 520013110005 2022-00013 -00, Interpuesta por la señora SANDRA MILENA CASTRO ACOSTA, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, cargo de SECRETARIO, código OPEC 160272, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 5200131100042022-00005-00, Interpuesta por el señor HECTOR FABIO NARVAEZ ORTIZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño, cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, código OPEC 164327, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

ANEXOS DE PRUEBAS

Nación 3

Proceso de Selección No. 1418, 1498 a 1501, 1503 a 1521 de 2020 y 1547 de 2021– Nación 3

Línea Call center de la convocatoria: (601) 382 1113

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:30 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

Aviso Informativos

Actuaciones Administrativas

Pronto más información

Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

“Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y DOS CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por WILLIAM ALFREDO PINEDA NIÑO, bajo el número de Radicado: 11001-31-03-042-2023-00294-00, ordenó a la Universidad Libre, publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro de la Convocatoria Nación 3 de 2020, entidad Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social- UGPP. Lo anterior, con el fin de garantizar que las personas que tengan interés directo en el resultado de la misma, puedan participar a efecto de ejercer la defensa de sus derechos a través del despacho judicial al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

AUTO ADMISORIO

TUTELA

ANEXOS

PRUEBAS

Se informa que el JUZGADO DÉCIMO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por LUZ DARY MORALES ALVAREZ, bajo el número de Radicación 2022 - 530, Resolvió: “CUARTO. - VINCÚLESE a la presente acción de tutela a las personas inscritas a la Convocatoria de la AGENCIA DE RENOVCION DEL TERRITORIO para PROCESO DE SELECCIÓN No. 1498 de 2020, para que se sirvan pronunciar sobre los hechos de la presente acción de tutela (…) SEXTO.- ORDENAR a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC y la y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, a fin de que en el término perentorio de DOCE (12) HORAS notifique a las personas mencionadas en el numeral anterior de la presente acción de tutela y la vinculación a la misma y una vez realizada la notificación se envié a este Despacho judicial SOPORTE DE LA NOTIFICACIÓN., la cual deberá hacerse PUBLICANDO el presente auto en las páginas web de la COMISION NACIONAL DE SERVICIO CIVIL –CNSC y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA.”, a fin de que los interesados participen en el trámite de la acción en el ejercicio de contradicción y defensa que les asiste.

AUTO ADMISORIO

TUTELA

 Se informa que el JUZGADO VEINTICUATRO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por DIANA ROCIO ROJAS SOSA, bajo el número de Radicación 11001310502420220055900, Resolvió: CUARTO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, CNSC y a la UNIVERSIDAD LIBRE-SEDE CENTRAL, que publiquen el auto admisorio de la tutela y escrito de tutela en su página web y el link de la Convocatoria para proveer el cargo de denominado Profesional Especializado, Grado 23, Código 2028, número OPEC 146980, dentro del proceso de selección 1520 de 2020 Nación 3, UGPP, con el fin de enterar a las personas que participaron en dicha convocatoria.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en el trámite de la acción de tutela instaurada por JOHN MICHAEL NUÑEZ MARTINEZ, bajo el número de Radicado: 202200541, profirió sentencia en la que resolvió negar el amparo solicitado y ordenó a la Universidad publicar la decisión emitida.”

FALLO

 “Se informa que el JUZGADO VEINTISÉIS ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARTHA LILIANA ARÍAS VARELA, bajo el número de Radicado: 11001-33-35-026-2022-00486-00, ordenó a la Universidad Libre, publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro de la Convocatoria Nación 3 de 2020, entidad Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social- UGPP, empleo de nivel profesional, denominación profesional especializado, grado 15 con código 2028 y OPEC 146867. Lo anterior con el fin de garantizar que las personas que tengan interés en el resultado de la misma, puedan participar a efecto de ejercer la defensa de sus derechos a través del despacho judicial al correo electrónico  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DIANA MARCELA SÁNCHEZ AGUIRRE, bajo el número de Radicado: 11001333400620220060500, ordenó a la Universidad Libre, publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del PROCESO DE SELECCIÓN 1428 a 1521 de 2020 y 1547 de 2021 NACIÓN 3 DE 2020, OPEC 146847. Lo anterior con el fin de garantizar que las personas que tengan interés en el resultado de la misma, puedan participar a efecto de ejercer la defensa de sus derechos a través del despacho judicial al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”

DEMANDa

AUTO ADMISORIO

ANEXOS

“Se informa que JUZGADO DIECISIETE LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., , en conocimiento del escrito de tutela con número de radicado No. 2022-00491, Interpuesto por el señor AUGUSTO ENRIQUE OSPINO HERNANDEZ , ordena publicar el Auto Admisorio y el escrito de Tutela, con el propósito de VINCULAR a la presente acción a las PERSONAS NATURALES INDETERMINADAS que se encuentran inscritas en el concurso y proceso de selección NACIÓN 3 DE 2020, PROFESIONAL ESPECIALIZADO GRADO 14, CÓDIGO 2028, que se puedan ver afectadas con la presente acción constitucional, para que si a bien lo tienen, intervengan en la presente acción constitucional si lo estiman conveniente en defensa de sus intereses, a fin de garantizar el derecho al debido proceso y a la defensa de cada uno de ellos.”

ACCIÓN DE TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE ENVIGADO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SAUL DE JESUS ESPINEL RICO, bajo el número de Radicación 2022-00441, ordenó a la Universidad, publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y UNO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por WILLIAM HUMBERTO PUENTES DUARTE bajo el número de Radicación 11001-3342-051-2022-00436-00, ordenó a la Universidad publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del PROCESO DE SELECCIÓN 1520 DE 2020, CONVOCATORIA NACIÓN 3, para que los aspirantes admitidos para el empleo Profesional Especializado código 2028 nGrado 17, OPEC 146821 se enteren de este trámite con el fin de que en el término de dos (2) días ejerzan su derecho de contradicción y defensa.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y UNO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LEIDY JHOANA VELANDIA QUINTERO, bajo el número de Radicación 11001-3342-051-2022-00420-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del PROCESO DE SELECCIÓN 1428 a 1521 de 2020 y 1547 de 2021 NACIÓN 3 DE 2020, Lo anterior con el fin de que los aspirantes admitidos para el empleo Profesional Especializado código 2028 grado 23 OPEC 148389 se enteren de este trámite con el fin de que en el término de dos (2) días ejerzan su derecho de contradicción y defensa.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO DÉCIMO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-0530. Interpuesta por la señoraLUZ DARY MORALES ALVAREZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria AGENCIA  DE  RENOVCION  DEL  TERRITORIO - PROCESO  DE  SELECCIÓN No. 1498  de  2020, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Se informa que el JUZGADO OCTAVO (8) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D. C. SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Luis Alejandro Gutiérrez Carranza , bajo el número de Radicación 11001-33-35-008-2022-00415-00, ordenó a la Universidad, publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del PROCESO DE SELECCIÓN No. 1428 a 1521 de 2020 y 1547 de 2021 - NACIÓN 3. Lo anterior con la finalidad de dar a conocer la existencia y trámite a los terceros con interés legítimo en el Proceso de Selección Nación 3 No. 1519 de 2020 - Servicio Geológico Colombiano - Modalidad Ascenso, en especial para el cargo denominado Profesional Especializado, Código 2028, Grado 21, identificado con el Código OPEC No. 147408.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO VEINTIDOS (22) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022 – 196, interpuesta por la señora KAREN ANDREA HOME CHAVARRO, ordena publicar el contenido de esta acción constitucional, con destino a que los participantes del Concurso Abierto de Méritos para proveer de manera definitiva cuatrocientas setenta y ocho (478) vacantes de la planta de personal de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales - UGPP, a través del Proceso de Selección No. 1520 de 2020 - Nación 3 - (OPEC) con código 146850, puedan hacerse parte de la presente acción constitucional, si lo desean."

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022-00087-00, Interpuesta por la señora ZULLY RAQUEL GUERRERO BOLAÑOS, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1522 a 1526 de 2020 -Territorial Nariño,  en el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO de nivel: Profesional, grado: código: 219 número OPEC: 160108, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE TUMACO, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado No. 2022- 00012, Interpuesta por la señora JOHANA MERLI QUIÑONES PAZ, ordena publicar la acción constitucional, con el propósito de notificar a los aspirantes inscritos en la convocatoria No. 1498 a 1521 y 1547 de 2020 -Nación 3, en el cargo GESTOR de nivel: asistencial, grado: 16 código: t1 número OPEC: 147212, para que, en el término establecido dentro del Auto Admisorio, procedan, si lo consideran pertinente, a intervenir dentro de esta acción, en ejercicio del derecho de defensa y contradicción que les asiste remitiendo sus contestaciones al correo electrónico del Despacho: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.

TUTELA

AUTO ADMISORIO

Entidades del Orden Nacional 2022

Línea Call center de la convocatoria: (57+1) 382 1111

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Aviso Informativos

Pronto más información

Normatividad

Pronto más información

Actuaciones Administrativas

Pronto más información

Tutelas

DESCRIPCIÓN DOCUMENTO

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MONTERREY; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 85 162 31 89 001 2023 -00116-00, interpuesta por el señor SERGIO DUVÁN DUQUE YOSCUA, ordena publicar la presente sentencia.”

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MONTERREY; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 85 162 31 89 001 2023 -00116-00, interpuesta por el señor SERGIO DUVÁN DUQUE YOSCUA, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y SEIS ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, SECCIÓN SEGUNDA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 110013342-046-2023-00111-00, interpuesta por la señora OSCAR IVÁN AGUILAR AMADO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ -SECCIÓN SEGUNDA; en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado: 110013335-012-2023-00096-00, interpuesta por la señora MAGDA JULIANA RAMÍREZ NIÑO, ordena publicar la presente acción constitucional, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

“Se informa que el JUZGADO TRAINTA Y NUEVE CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., mediante providencia del 17 de febrero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la decisión de la acción  de tutela identificada con número de radicado: 11001 31 03 039 2023 00064 00, interpuesta por la señora DIANA PATRICIA DEAZA CURICO, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

  “Se informa que el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ADSCRITO AL PROGRAMA OIT EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ, mediante providencia del 09 de febrero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la decisión de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2023-00023, interpuesta por la señora NELSY LORENA FONSECA TORRES, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

  “Se informa que el JUZGADO PRIMERO  PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE NEIVA, HUILA, mediante providencia del 10 de febrero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la decisión de la acción  de tutela identificada con número de radicado: 41001 3109 001 2023 00013 00, interpuesta por el señor JOSUÉ GUTIÉRREZ POLOcon el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

TUTELA

AUTO ADMISORIO

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE SAN JUAN DE PASTO, mediante auto admisorio del 10 de enero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 52001318700220230001100, interpuesta por la señora MARICELA PAREDES TULCAN, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

  “Se informa que el JUZGADO DIECISIETE DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C., mediante providencia del 20 de enero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la decisión de la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001311001720220096800, interpuesta por el señor DANIEL LÓPEZ BARRERA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

FALLO

 “Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, SECCIÓN SEGUNDA, mediante providencia del 19 de enero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la decisión de la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-3335-007-2022-00477-00, interpuesta por el señor ALLAN STEWART GARZÓN GUALTEROS, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

FALLO

 “Se informa que el JUZGADO VEINTIUNO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, mediante providencia del 13 de enero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la decisión de la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-00599, interpuesta por la señora CLAUDIA MARCELA BETANCUR ORTEGA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

FALLO

 “Se informa que el JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DE BOGOTÁ, SECCIÓN SEGUNDA, mediante auto admisorio del 12 de enero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la acción  de tutela identificada con número de radicado: 110013335012-2023-00001-00, interpuesta por la señora LILIANA MELGAREJO MARTÍNEZ, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE SAN JUAN DE PASTO, mediante auto admisorio del 10 de enero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 52001318700220230001100, interpuesta por la señora MARICELA PAREDES TULCAN, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE BOGOTÁ mediante auto admisorio del 11 de enero de 2023, ordena a la Universidad Libre publicar la acción  de tutela identificada con número de radicado: 11001 3403 002 2023 00001 00, interpuesta por la señora PAOLA ANDREA CALLE PINTO, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa, quienes cuentan con un término de un (1) día para pronunciarse sobre las pretensiones de la accionante. Así mismo, las intervenciones deben dirigirse a la carrera 10 No. 14-30 piso 2 Juzgado Segundo Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá, correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

 “Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE SARAVENA -ARAUCA mediante auto admisorio del 23 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción  de tutela identificada con número de radicado: 00780 – 2022, interpuesta por la señora RUBIELA  CALDERÓN CARRILLO, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE YOPAL, mediante auto admisorio del 26 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción  de tutela identificada con número de radicado: 2022-078, interpuesta por la señora SINDY TATIANA GUERRA ANAYA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

“Se informa que el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ADSCRITO AL PROGRAMA OIT EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C. mediante auto de trámite del 19 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción  de tutela identificada con número de radicado: 2022-00172, interpuesta por la señora ANA IDALY BERMÚDEZ CORREA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO DIECISIETE DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C. mediante auto admisorio del 16 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción  de tutela identificada con número de radicado: 2022-0968, interpuesta por el señor DANIEL LÓPEZ BARRERA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ -SECCIÓN SEGUNDA, mediante auto admisorio del 16 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción  de tutela identificada con número de radicado: 11001-3335-007-2022-00477-00, interpuesta por el señor ALLAN STEWART GARZON GUALTEROS, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. mediante auto admisorio del 15 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 110013103007-2022-00512 - 00, interpuesta por el señor YOLMAN HERNÁN OSORIO SOLANO, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ -SECCIÓN SEGUNDA mediante auto admisorio del 16 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la sentencia proferida en el marco de la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-3335-007-2022-00465-00, interpuesta por la señora YOLANDA BOGOTÁ PARRA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

SENTENCIA

 “Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y UNO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, mediante auto admisorio del 14 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-3342-051-2022-00465-00, interpuesta por el señor JOSÉ GIOVANNY GARZÓN MENJURA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE YOPAL -CASANARE, mediante auto admisorio del 12 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 85001-33-31-001- 2022-00252-00, interpuesta por la señora MARÍA DERCY SUAREZ, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

“Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ -SECCIÓN SEGUNDA, mediante auto admisorio del 09 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-3335-007-2022-00465-00, interpuesta por la señora YOLANDA BOGOTÁ PARRA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

“Se informa que el JUZGADO ÚNICO DE FAMILIA DE DOSQUEBRADAS, RISARALDA, mediante auto admisorio del 09 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-00797, interpuesta por el señor HÉCTOR FERNANDO PAYAN ARCE, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO VEINTICINCO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., mediante auto admisorio del 07 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado:11001-31-09-025-2022-00334-00, interpuesta por la señora OIRIS OLMOS SOSA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

“Se informa que el JUZGADO SESENTA Y TRES ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ -SECCIÓN TERCERA, mediante auto admisorio del 06 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001 – 33 – 43 – 063 – 2022 – 00432 – 00, interpuesta por el señor WILSON HERNANDO SOTO BAHAMÓN, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

“Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, mediante auto admisorio del 06 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-33-34-006-2022-00598-00, interpuesta por la señora GILMA RUTH SALAZAR RESTREPO, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

“Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE BOGOTÁ, mediante auto admisorio del 05 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001 3403 002 2022 00288 00,interpuesta por la señora ÁNGELA FERNANDA LOZANO ROMERO, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa; quienes cuentan con el término de un (1) día para pronunciarse sobre las pretensiones del accionante. Se precisa que la dirección a la que deben dirigir sus intervenciones (carrera 10 No. 14-30 piso 2 Juzgado Segundo Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá, correo electrónicoEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO DOCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, mediante auto admisorio del 06 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-338, interpuesta por el señor JUAN DAVID CALDERÓN VARGAS, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

“Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y DOS ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ -SECCIÓN SEGUNDA, mediante auto admisorio del 05 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-33-42-052-2022-00497-0, interpuesta por la señora GLORIA JIMENA OSPINA REINA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

“Se informa que el JUZGADO QUINCE DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ, mediante auto admisorio del 02 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 11001-31-87-015-2022-00106-00 N.I. 26808, interpuesta por el señor LUIS ORLANDO CHINOME BARRERA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

 “Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE ENVIGADO, mediante auto admisorio del 01 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 05266 31 03 002 2022 00322 00, interpuesta por la señora LINA MARCELA VALLEJO RINCÓN, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

TUTELA

 “Se informa que el JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, mediante auto admisorio del 01 de diciembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 2022-00520, interpuesta por la señora LADY CAROLINA CORTES AYALA, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

AUTO ADMISORIO

DEMANDA

 “Se informa que el JUZGADO ÚNICO DEL EJECUCIÓN DE PENAS DE PAMPLONA, mediante auto admisorio del 30 de noviembre de 2022, ordena a la Universidad Libre publicar la acción de tutela identificada con número de radicado: 545183187001-2022-00227-00, interpuesta por el señor WILMER JAVIER MORENO COTE, con el propósito de garantizarle a las personas que tengan interés en el resultado de la misma su derecho a la defensa.”

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TUTELA

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Resolución n.º 16 de 2023 (4 de octubre)

Resolución n.º 16 de 2023

Resolución n.º 16 de 2023
(4 de octubre)


«Por la cual se crea el programa de Especialización en Enfermería Materno Perinatal en la Seccional Pereira».


Contenido

Artículo 1. De la creación.
Artículo 2. De la solicitud de registro calificado.
Artículo 3. De la vigencia.

Resolución n.º 16 de 2023
(4 de octubre)


«Por la cual se crea el programa de Especialización en Enfermería Materno Perinatal en la Seccional Pereira».

La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 8, y,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución Política, artículo 69, «garantiza la autonomía universitaria».
  2. Que la Ley 30 de 1992, artículo 28, señala que en ejercicio de la autonomía universitaria la Universidad goza de la facultad para «crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes».
  3. Que la Ley 1188 de abril 25 de 2008 que regula el registro calificado de los programas de educación superior, establece las condiciones de calidad de los programas académicos.
  4. Que de acuerdo con el Estatuto, artículo 37, numeral 8, corresponde a la Consiliatura: «Crear, modificar o suprimir las unidades académicas, dependencias administrativas u otras formas de organización institucional y académica, directamente, o a instancias del Consejos Directivos correspondiente».
  5. Que el Acuerdo n.° 1 de 2007 «Por el cual se expide el Reglamento de la Consiliatura», en su artículo 18 establece que «corresponde a la Comisión Académica, elaborar, proyectar y programar lo relacionado con la planeación académica, con el funcionamiento, de los procesos de Registro Calificado y Acreditación de Programas Académicos, los procesos de investigación, la inspección y vigilancia de los programas y métodos de enseñanza [...]».
  6. Que institucionalmente la UNIVERSIDAD LIBRE cuenta con:
    1. Un Reglamento Estudiantil y un Reglamento Docente que establecen (ambos) mecanismos de selección y evaluación de estudiantes y profesores que garantizan la escogencia por méritos e impiden cualquier discriminación por concepto de raza, sexo, credo, discapacidad o condición social.
    2. Una estructura administrativa y académica flexible, ágil y eficiente al servicio de la misión de las instituciones de educación superior.
    3. Una cultura de la autoevaluación con espíritu crítico y constructivo hacia el mejoramiento continuo.
    4. Un programa de egresados que hace seguimiento a largo plazo de los resultados institucionales, involucra la experiencia del egresado en la vida universitaria y hace realidad el requisito de que el aprendizaje debe continuar a lo largo de la vida.
    5. Un modelo de bienestar universitario que procura hacer agradable la vida universitaria y facilitar la resolución de necesidades insatisfechas en salud, cultura, convivencia, recreación y condiciones económicas y laborales.
    6. Recursos suficientes para garantizar el cumplimiento de las metas con calidad, bienestar y capacidad de proyectarse hacia el futuro, de acuerdo con las necesidades de las regiones en donde opera, en particular, y del país, en general.
    7. Una Guía para la creación, modificación y renovación de los registros calificados de programas académicos.
    8. Convenios interinstitucionales de apoyo en actividades académicas que enriquecen los procesos de aprendizaje y permiten el intercambio cultural, investigativo, y académico, además de facilitar y procurar la movilidad nacional e internacional de la comunidad estudiantil y profesoral.
  7. Que la Resolución del DANE n.º 1791 de 3 de julio de 2018 establece la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación – Campos de Educación y Formación adaptada para Colombia (CINE-F 2013 A. C.) en cumplimiento del parágrafo 1 del artículo 160 de la Ley 1753 de 2015 y los numerales 6 y 7 del artículo 2.2.3.1.7 del Decreto 1743 de 2016.
  8. Que de conformidad con CINE-F 2013 A. C., se tiene:

CAMPO

DESCRIPCIÓN

AMPLIO

ESPECÍFICO

DETALLADO

09

091

0913

Salud y bienestar

  1. Que, en sesión de 18 de julio de 2023 la Comisión Académica de la Consiliatura, teniendo en cuenta las condiciones institucionales y las específicas de los campos amplio, específico y detallado, avaló y propuso a la Consiliatura la creación del programa de Especialización en Enfermería Materno Perinatal, adscrito a la Facultad de Ciencias de la Salud, Exactas y Naturales.
  2. Que en sesión de 24 de julio de 2023 la Consiliatura, teniendo en cuenta que la Seccional Pereira cuenta con los recursos docentes, físicos y administrativos suficientes para dar respuesta a las necesidades de la región, autorizó la creación del posgrado universitario presencial de Especialización en Enfermería Materno Perinatal para solicitar al Ministerio de Educación Nacional el registro calificado. Este programa estará adscrito a la Facultad de Ciencias de la Salud, Exactas y Naturales y será ofertado a través de la Seccional Pereira.

RESUELVE:

Artículo 1. De la creación. Créase el programa de Especialización en Enfermería Materno Perinatal adscrito a la Seccional Pereira, Facultad de Ciencias de la Salud, Exactas y Naturales:


INFORMACIÓN DEL PROGRAMA

Nombre del programa:

Especialización en Enfermería Materno Perinatal

Nivel académico:

Posgrado

Nivel de formación:

Especialización universitaria

Modalidad:

Presencial

Número de créditos:

28

Duración del programa:

Dos semestres

Título para otorgar:

 Especialista en Enfermería Materno Perinatal

Departamento de oferta:

Risaralda

Municipio de oferta:

Pereira

Periodicidad de admisión:

Anual

CINE F 2013 AC

Campo amplio:

09 Salud y bienestar

Campo específico:

091 Salud

Campo detallado

0913 Enfermería y partería

NÚCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO

Área del conocimiento:

Ciencias de la salud

NBC:

Enfermería

Artículo 2. De la solicitud de registro calificado. Se autoriza a la Rectoría Seccional de la Seccional Pereira para que, a través de la Dirección Nacional de Planeación, radique en la plataforma Nuevo SACES del Ministerio de Educación Nacional la solicitud de registro calificado.
Artículo 3. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición, para los efectos de la petición ante el Ministerio de Educación Nacional, y a partir de la fecha de aprobación por parte del Ministerio de Educación Nacional, para la oferta del programa.


COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de octubre de 2023.

 

(Original firmada)                                                    (Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO                                     FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                               Secretario General

 

Elaboró y revisó: Sonia Liliana Amaya Mora, Jefe de la División Académica.
Transcripción:      Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón, Técnico Administrativo I.

 



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Acuerdo n.º 3 de 2023 (17 de abril)

Acuerdo n.º 3 de 2023

Acuerdo n.º 3 de 2023
(17 de abril)
«Por el cual se adopta una nueva versión del Reglamento del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de las Facultades de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Libre y se deroga el Acuerdo n°. 14 de 2002».

Contenido

Título I
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Definición.
Artículo 2. Misión:
Artículo 3. Visión.
Artículo 4. Objetivos.
Artículo 5. Metas.
Artículo 6. De la atención de los beneficiarios.
Artículo 7. Del servicio de mediación.
Artículo 8. Uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Capítulo II
Del Comité Asesor
Artículo 9. Definición.
Artículo 10. Composición.
Artículo 11. Funciones del Comité Asesor:
Artículo 12. Del recurso.
Capitulo III
De la Dirección del Centro de Conciliación
Artículo 13. La Dirección del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico.
Artículo 14. Funciones del Director.
Capitulo IV
De la Coordinación del Centro De Conciliación
Artículo 15. Denominación del cargo.
Artículo 16. Requisitos para desempeñar el cargo de Coordinador (a) del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico.
Artículo 17. Funciones del Coordinador (a) del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico.
Artículo 18. Docencia en el Centro de Conciliación.
Artículo 19. Funciones de los docentes.
Capítulo V
De los Judicantes Conciliadores
Artículo 20. Definición.
Artículo 21. Requisitos.
Artículo 22. Funciones.
Capítulo VI
De los estudiantes conciliadores
Artículo 23. Definición.
Artículo 24. Requisitos para ser estudiante Conciliador.
Artículo 25. De las obligaciones del estudiante Conciliador.
Artículo 26. De la lista de estudiantes conciliadores.
Artículo 27. De la designación de los estudiantes conciliadores.
Artículo 28. Programa de Educación Continuada
Artículo 29. Gratuidad de la Conciliación.
Artículo 30. De la citación a la audiencia.
Artículo 31. Información sobre el proceso conciliatorio.
Artículo 32. Rol del conciliador.
Capítulo VII
De las faltas y sanciones de los estudiantes
Artículo 33. De las Faltas.
Artículo 34. De las sanciones.
Título II
Capítulo Único
Del Código de Ética
Artículo 35. Del Código de Ética
Artículo 36. Régimen de transición.
Artículo 37. Vigencia.

Acuerdo n.º 3 de 2023
(17 de abril)

«Por el cual se adopta una nueva versión del Reglamento del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de las Facultades de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Libre y se deroga el Acuerdo n°. 14 de 2002».

La Consiliatura de la Universidad Libre en uso de sus facultades estatutarias y en especial las consagradas en el artículo 25, numeral 1, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la Consiliatura de la Universidad aprobó el Acuerdo n°. 14 del 4 de diciembre de 2002 «Por medio de la cual se adopta el Reglamento del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, de las Facultades de Derecho de la Universidad Libre».

  2. Que la Ley 2113 de 2021 «Por medio de la cual se regula el funcionamiento de los consultorios jurídicos de las instituciones de educación superior», en el parágrafo 3° del artículo 6° estableció que: «Para la prestación del servicio de conciliación extrajudicial en derecho, los consultorios jurídicos deberán organizar su propio centro de conciliación, conforme a los parámetros legales y reglamentarios de creación, funcionamiento y supervisión que regulan la materia. Los consultorios jurídicos también podrán crear y poner en funcionamiento centros de conciliación en equidad, mediación y justicia restaurativa o disponer de espacios o escenarios para la prestación de sus servicios, según lo estime pertinente cada Institución de Educación Superior».

  3. Que por medio de la Ley 2220 de junio 30 de 2022 se expidió el Estatuto de la Conciliación y se hace necesario ajustar a la misma el Reglamento del Centro de Conciliación.

  4. Que la Ley 906 de 2004, en sus artículos 523 y 527 autoriza la figura de la Mediación Penal como mecanismo de justicia restaurativa.

  5. Que de conformidad con la citada Ley, el Fiscal General de la Nación expidió la Resolución 383 de 11 de mayo de 2022 «Por medio de la cual se adopta el Manual de Justicia Restaurativa y se dictan otras disposiciones para el funcionamiento de la mediación penal y que promueve la suscripción de convenios con entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro interesadas en crear programas de mediación penal».

  6. Que cuando se trate de mediadores de programas de justicia restaurativa de los consultorios jurídicos de las facultades de derecho, los estudiantes podrán serlo sin acreditar la calidad de abogados titulados.

  7. Que en las seccionales de la Universidad Libre funcionan Centros de Conciliación de los Consultorios Jurídicos debidamente autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho.

  8. Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Título I

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1. Definición. Es la línea de acción autorizada por el Ministerio de Justicia y del Derecho a la Universidad para que preste el soporte operativo y administrativo requerido en el servicio de la conciliación extrajudicial en derecho, contando para ello con estudiantes conciliadores inscritos en sus listas, y conforme a lo establecido en el presente reglamento.

Artículo 2. Misión: Promover y liderar la transformación de la solución de conflictos, revisando metodologías y modelos, logrando que se documenten políticas y estrategias con estructuras que sirvan de aporte al marco legal y regulen la prevención y la forma de conciliar diferencias.

Artículo 3. Visión. Ser punto de referencia nacional e internacional de los Centros de Conciliación por nuestra contribución en la búsqueda, de la excelencia en la solución de conflictos, reconocidos por la calidad, solidez humana, jurídica y social.

Artículo 4. Objetivos. Son objetivos del Centro de Conciliación:

  1. Estructurar el proceso de la Conciliación;
  2. Liderar la transformación de la solución de conflictos;
  3. Servir de terceros neutrales en la mediación de un conflicto;
  4. Consolidar la confianza de los usuarios en nuestro centro y sus satélites, diagnosticar y diseñar metodologías;
  5. Ser reconocidos por nuestra excelencia en la solución de conflictos y calidad humana;
  6. Documentar políticas y estrategias que aporten al marco legal y las políticas públicas, en la solución de conflictos.

Artículo 5. Metas. Son metas del Centro de Conciliación:

  1. Generar conocimientos mediante la investigación de desarrollo y apropiación de metodologías de muy alta calidad, aplicables y replicables en la solución de conflictos;
  2. Dirigir estudios y realizar programas tendientes a la solución extrajudicial de conflictos;
  3. Organizar y promover programas, procedimientos que medien la normativa y la proyección del Centro de Conciliación.

Parágrafo. Indicadores. El Centro de Conciliación desarrollará los indicadores de cumplimiento según el Sistema de Gestión de Calidad.

Artículo 6. De la atención de los beneficiarios. Para la atención de los beneficiarios del servicio de Conciliación extrajudicial en derecho, se debe aplicar lo establecido en Acuerdo n.º 11 de 2022 (15 de diciembre) «Por el cual se establece la Política de Educación Inclusiva en la Universidad Libre»; en concordancia con los artículos 22 y 23 del reglamento de Consultorio Jurídico, a fin de garantizar el principio de acceso a la Justicia.

Artículo 7. Del servicio de mediación. El Centro de Conciliación podrá adelantar mediación penal de acuerdo con lo establecido en el artículo 523 del código de procedimiento penal previa suscripción de convenio con la Fiscalía General de la Nación.

Artículo 8. Uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. En concordancia con el artículo 19 del Reglamento de Consultorio Jurídico y a fin de garantizar la accesibilidad al servicio, el Centro de Conciliación ofrece servicios de conciliación extrajudicial en derecho, suscripción de acuerdos de apoyo y directivas anticipadas de manera presencial y, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 2220 del 2022, su reglamentación o el que lo modifique o sustituya implementará sus procesos de conciliación de manera digital o electrónica y mixta.

Para el proceso de  conciliación y demás servicios que ofrece el Centro de Conciliación, se utilizarán el sistema de información documental de la Universidad, las herramientas de la suite Office 365 de Microsoft, el sistema de información académica y cualquier otro sistema que la Universidad disponga para el efecto; también se dispondrá de la plataforma virtual de aprendizaje e-Libre de apoyo a la presencialidad, donde se publicarán los contenidos y actividades de aprendizaje para la formación de los conciliadores y mediadores.

De conformidad con los sistemas integrados de gestión correspondientes, se garantiza la seguridad y trazabilidad de la información y los documentos relacionados con los servicios del Centro de Conciliación, los cuales son alojados en la plataforma Office 365, o en la que establezca la Universidad, en carpetas protegidas. De tal manera que solo personal con autorización pueda acceder a recursos que están en custodia de la Universidad.

Capítulo II

Del Comité Asesor

Artículo 9. Definición. Es un comité asesor del Centro de Conciliación para el desarrollo políticas y toma de decisiones.

Artículo 10. Composición. El Comité Asesor está integrado de la siguiente manera:

  1. El director (a), quien lo preside
  2. El coordinador (a) del Centro de Conciliación.
  3. Los docentes asesores asignados al Centro de Conciliación.
  4. Hará las veces de secretario del Comité Asesor el Secretario (a) Académico (a) del Consultorio Jurídico, quien tendrá voz más no voto.

Parágrafo. Las decisiones del Comité se adoptarán por la mayoría simple de los votos de los asistentes.

Artículo 11. Funciones del Comité Asesor:

  1. Asesorar al Director (a) en el diseño de pautas y programas académicos que se desarrollan en el período lectivo.
  2. Conocer de los asuntos académicos y administrativos planteados al Comité.
  3. Resolver los recursos de reposición presentados por los estudiantes contra las decisiones tomadas por el Comité, respecto de quejas o reclamos relacionados con las calificaciones.
  4. Decidir sobre solicitudes presentadas al Comité.
  5. Interpretar, cumplir y hacer cumplir este reglamento.
  6. Las demás que sean inherentes a sus competencias.

Artículo 12. Del recurso. Contra las decisiones del Comité Asesor procede el recurso de reposición y en subsidio el de apelación ante el Comité de Unidad Académica de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.
El recurso deberá ser interpuesto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión.

Capitulo III

De la Dirección del Centro de Conciliación

Artículo 13. La Dirección del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico. La Dirección del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico estará a cargo del Director (a) del Consultorio Jurídico.

Artículo 14. Funciones del Director. Al Director (a) del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico le corresponden las siguientes funciones:

  1. Fijar políticas y adoptar los planes generales relacionados con el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, y velar por el cumplimiento de los términos y condiciones establecidas para su ejecución;

  2.  Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento en sus dependencias de los objetivos y el reglamento del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por la facultad de derecho y la dirección de la Universidad;

  3.  Organizar el funcionamiento del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico y proponer ajustes a la estructura orgánica, de acuerdo con las necesidades y las políticas internas de la Universidad;

  4. Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico y las demás disposiciones que regulen los procedimientos y los trámites administrativos internos de la Universidad.

  5. Adelantar dentro del marco de las funciones propias como Director del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de los proyectos y programas académicos;

  6. Representar a la Universidad por delegación de las autoridades académicas de la misma en reuniones nacionales e internacionales relacionadas con los asuntos de su competencia como Director del Centro de Conciliación del Consultorio jurídico;

  7. Adoptar sistemas o canales de información interinstitucional para la ejecución y el seguimiento de los programas y proyectos del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico;

  8. Presentar los informes de labores a la Decanatura de la Facultad de Derecho;

  9. Convocar y presidir el Comité Asesor del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico a reuniones ordinarias y extraordinarias;

  10. Ejercer estricta vigilancia en el cumplimiento de las funciones y deberes de los docentes, profesores catedráticos y personal del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico;

  11. Vigilar que los servicios que presta el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico se realicen en forma eficaz y conforme a la normatividad;

  12. Designar y dar posesión a los judicantes del Director del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, y

  13. Las demás que señalen los estatutos y reglamentos.

Capitulo IV

De la Coordinación del Centro De Conciliación

Artículo 15. Denominación del cargo. Coordinador (a) del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico.

La Coordinación del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico estará a cargo del Coordinador (a) ro de Conciliación del Consultorio Jurídico.

Artículo 16. Requisitos para desempeñar el cargo de Coordinador (a) del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico. Son requisitos para desempeñar el cargo de Coordinador (a) del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico:

  1. Ser Abogado.
  2. Acreditar la calidad de conciliador.
  3. Haber sido docente universitario, como mínimo durante dos (2) años.

Artículo 17. Funciones del Coordinador (a) del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico. Son funciones del Coordinador (a) del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, las siguientes:

  1. Coadyuvar en la formulación de las políticas y en la determinación de los programas y proyectos;
  2. Administrar, dirigir, controlar, y evaluar el desarrollo de los programas, los proyectos y las actividades;
  3. Asistir en representación del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, a reuniones y demás actividades, cuando lo delegue el director;
  4. Llevar los registros reglamentarios del Centro de Conciliación;
  5. Las demás que le sean asignadas por el Director (a) del Consultorio Jurídico.

Capítulo IV

De la docencia

Artículo 18. Docencia en el Centro de Conciliación. Es ejercida por docentes de jornada completa, media jornada o catedráticos del Consultorio Jurídico en el Centro de Conciliación.

Artículo 19. Funciones de los docentes. Son funciones de los docentes de jornada completa, de media jornada y catedráticos del Centro de Conciliación, además de las señaladas en el Reglamento Docente, las siguientes:

  1. Asesorar a los conciliadores en aquellos asuntos que así lo requieran;
  2. Controlar la asistencia de judicantes conciliadores y estudiantes conciliadores;
  3. Revisar y autorizar los asuntos de acuerdo con la competencia del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico;
  4. Participar en los talleres que señale la Dirección del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico con ocasión del ingreso de los nuevos discentes;
  5. Participar como conferencista, programar reuniones, mesas redondas con los estudiantes; igualmente, hacer uso de la sala de audiencias, participar en jornadas de brigadas de asesoría, conciliación, las diferentes convocatorias que en el tema de proyección social sean informadas y demás actividades.
  6. Las demás que el Director (a) del Consultorio Jurídico y el Comité Asesor le asignen.

Capítulo V

De los Judicantes Conciliadores

Artículo 20. Definición. Son Judicantes Conciliadores del Centro de Conciliación los egresados no graduados de los Programas de Derecho, quienes realizan prácticas como Abogados Conciliadores para cumplir con el requisito de la Judicatura en el tiempo y horario que determinen la ley y los reglamentos.

Artículo 21. Requisitos. Para ser Judicante Conciliador del Centro de Conciliación se requiere:

  1. Ser egresado de un programa de Derecho;
  2. Acreditar la calidad de Conciliador;
  3. Haber obtenido licencia temporal vigente;
  4. Haber obtenido un promedio general de calificaciones igual o superior a tres cinco (3.5).

Artículo 22. Funciones. Son funciones de los Judicantes Conciliadores las siguientes:

  1. Asumir el carácter de Judicante Conciliador del Centro de Conciliación;
  2. Elaborar las actas de conciliación cuando actúe como conciliador;
  3. Asesorar permanentemente a los estudiantes en la recepción de consultas, elaboración y redacción de Actas de Conciliación;
  4. Actuar como conciliadores cuando los estudiantes designados como tales, por razones de enfermedad, trabajos, horarios de clase, examen o causa justificada, se encuentren imposibilitados;
  5. Coordinar con el usuario del Centro de Conciliación y estudiante conciliador la prestación eficiente del servicio para el primero y el buen desarrollo para el éxito académico y profesional del segundo;
  6. Llevar el control de las audiencias suspendidas y cumplimientos;
  7. Informar oportunamente cualquier irregularidad al superior cuando observe algún tipo de incumplimiento por una o ambas partes;
  8. Cumplir con el horario asignado para el desempeño de sus funciones;
  9. Colaborar con los profesores asesores o auxiliares en la organización interna del Centro de Conciliación y la vigilancia de todos los materiales y elementos del mismo;
  10. Acatar y hacer cumplir las disposiciones emanadas de la Universidad, la dirección del Centro de Conciliación y los abogados asesores;
  11. Llevar las estadísticas de las actas de conciliación celebradas y las constancias;
  12. Asistir a los seminarios de actualización, programados por el Centro de Conciliación y
  13. Velar para que se realice la audiencia de conciliación en las fechas y horas señaladas por el Centro.

Para efecto de la realización del trámite de conciliación, los conciliadores aplican el Procedimiento para la Gestión del Conflicto y la Conciliación, establecido en el Sistema de Gestión de Calidad.

Capítulo VI

De los estudiantes conciliadores

 

Artículo 23. Definición. Son estudiantes conciliadores del Centro de Conciliación aquellos que cursen Consultorio Jurídico II, Consultorio Jurídico III o Consultorio Jurídico IV y que cumplan con los requisitos establecidos por ley y este Reglamento.

Artículo 24. Requisitos para ser estudiante Conciliador. Para ser estudiante conciliador se debe haber cursado y aprobado los créditos académicos correspondientes a Solución Alternativa de Conflictos que hacen parte del plan de estudios del programa de Derecho.

Artículo 25. De las obligaciones del estudiante Conciliador. Los estudiantes conciliadores del Centro de Conciliación tienen las siguientes obligaciones:

  1. Actuar como conciliadores en los asuntos que por cuantía sean competencia de los Consultorios Jurídicos;
  2. Citar a las partes de conformidad con lo dispuesto en la ley;
  3. Hacer concurrir a quienes, en su criterio, deban asistir a la audiencia
  4. Ilustrar a los comparecientes sobre el objeto, alcance y límites de la conciliación;
  5. Motivar a las partes para que presenten fórmulas de arreglo con base en los hechos tratados en la audiencia;
  6. Formular propuestas de arreglo;
  7. Levantar el acta de la audiencia de conciliación;
  8. Registrar el acta de la audiencia de conciliación de conformidad con lo previsto en esta ley;
  9. Es deber del conciliador velar por que no se menoscaben los derechos ciertos e indiscutibles, así como los derechos mínimos e intransigibles;
  10. Permanecer en los Centros de Atención durante los turnos establecidos;
  11. Asistir a todo el programa de educación continuada que se desarrolle en capacitación y actualización del Centro de Conciliación.

Artículo 26. De la lista de estudiantes conciliadores. La lista de estudiantes conciliadores se integrará en orden alfabético con los estudiantes que inscriban su práctica de Consultorio Jurídico en el Centro de Conciliación. Para ser estudiante conciliador se requiere:

  1. Haber cursado y aprobado los créditos académicos correspondientes a la asignatura Solución Alternativa de Conflictos.
  2. Estar cursando Consultorio Jurídico II, III o IV.
  3. Haber optado por la práctica de Consultorio Jurídico en el Centro de Conciliación.

Causales de exclusión. Son causales de exclusión de la lista del Centro de Conciliación:

  1. Perder la calidad de estudiante del Consultorio Jurídico.
  2. Haber sido sancionado disciplinariamente con suspensión de matrícula o suspensión de la Universidad, de acuerdo con el procedimiento disciplinario previsto en el Reglamento Estudiantil.

Artículo 27. De la designación de los estudiantes conciliadores. La designación de los estudiantes conciliadores se hará teniendo en cuenta aquellos que estén prestando el turno, siguiendo el orden establecido en el artículo anterior.

Artículo 28. Programa de Educación Continuada. El Centro de Conciliación establecerá un programa de educación continuada orientado a la actualización y el desarrollo de los conocimientos y habilidades del conciliado y el personal vinculado con el Centro de Conciliación.

Artículo 29. Gratuidad de la Conciliación. El trámite de la conciliación y su registro no tendrá costo alguno.

Artículo 30. De la citación a la audiencia. La citación a la audiencia de conciliación extrajudicial en derecho deberá intentarse en el menor tiempo posible y comunicarse a las partes por el medio que el conciliador considere más expedito y eficaz, indicando sucintamente el objeto de la conciliación y mencionando las consecuencias jurídicas de la no comparecencia.

La citación debe incluir la fecha de la citación, destinatario, remitente, fecha de la audiencia, firma autorizada y del notificado y se adecuará a las diferentes áreas del derecho, conforme los formatos controlados por el sistema de gestión de la calidad.

La audiencia de conciliación deberá intentarse en el menor tiempo posible, la cual, en todo caso, deberá surtirse dentro de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud, pudiendo ser prolongada por mutuo acuerdo de las partes.

Artículo 31. Información sobre el proceso conciliatorio. Al iniciar la Conciliación, el conciliador deberá informar detalladamente a las partes sobre sus funciones específicas, procedimiento a seguirse, las características propias de las audiencias y la naturaleza del acuerdo que firmarían eventualmente.
El conciliador deberá asegurarse de la comprensión de los participantes y su consentimiento sobre esos puntos.

Artículo 32. Rol del conciliador. El conciliador está obligado a educar a las partes e involucrarlas en el proceso de Conciliación. El conciliador debe considerar que la audiencia de Conciliación cumple un papel pedagógico que transciende la solución del conflicto específico y que posibilita preparar a las partes para manejar futuros conflictos en una forma más propositiva y creativa, contribuyendo de ese modo al establecimiento de una cultura de paz y de convivencia.

Capítulo VII

De las faltas y sanciones de los estudiantes

Artículo 33. De las Faltas. Además de lo previsto en el Reglamento Estudiantil, son faltas las siguientes:

  1. La no concurrencia sin justa causa a la audiencia.
  2. Atentar contra la integridad física y psicológica de compañeros, usuarios u otras personas que laboren en el Centro de Conciliación.
  3. Exigir o recibir dineros o dádivas a los usuarios del Centro de Conciliación para la prestación del servicio.
  4. Asumir directamente o recomendar abogados para tramitar los asuntos que son motivo de consulta en el Centro de Conciliación.

Artículo 34. De las sanciones. Le corresponde al Coordinador (a) del Centro de Conciliación informar por escrito a la dirección del Consultorio Jurídico, que a su vez comunicará por escrito al Comité de Unidad Académica de la Facultad para que se adelante el trámite correspondiente.

Título II

Capítulo Único

Del Código de Ética

 

Artículo 35. Del Código de Ética. En la Conciliación todos somos activos participantes en la solución del conflicto, los conciliadores tenemos el deber hacia las partes, hacia nuestra profesión o actividad y para nosotros mismos;

Debemos actuar de manera clara en relación con los participantes;

Debemos ser honestos e imparciales;

Debemos promover la confianza de las partes, obrar de buena fe, ser diligentes y no buscar el propio interés;

Como conciliador soy un profesional con responsabilidades y deberes éticos;

Como conciliador soy la persona que actúa como un recurso activo, a quien puede recurrirse cuando sea apropiado y necesario;

Debo estar preparado para dar sugerencias en cuanto al procedimiento y alternativas que ayuden a las partes a llegar a acuerdos mutuamente satisfactorios;

Debido al estatus, experiencia y habilidad que tengo como conciliador debo ser consciente de que mis sugerencias y recomendaciones puedan ser aceptadas por las partes sin medir sus consecuencias. Por lo tanto, debo evaluar cuidadosamente el impacto de mis intervenciones o propuestas y asumir plena responsabilidad por mis actuaciones;

La información que recibo en la Audiencia de Conciliación es confidencial y no debo revelarla a ninguna persona ni a las partes fuera del contexto de la audiencia;

No puedo utilizar la información adquirida durante el proceso conciliatorio para beneficiar a terceros ni a mí mismo;

Debo expresar y revelar al Centro y a las partes, tan pronto sea designado o tome conocimiento de algún caso, todas las afiliaciones económicas, psicológicas, emocionales o profesionales que tuviera con alguna de las partes, que pudieran causar un conflicto de interés o que sean susceptibles de afectar la neutralidad, real o percibida en el ejercicio de la función;

No puedo establecer una relación profesional con ninguna de las partes, en algún asunto relacionado con la controversia o sobre cualquier asunto no relacionado con ella, si es que pudiera afectar la integridad del proceso de conciliación;

Estoy obligado durante el desarrollo de mis servicios a mantener una postura imparcial con todas las partes; La imparcialidad implica un compromiso para ayudar a todas las partes por igual en el logro a una solución mutuamente satisfactoria. Así mismo, a no desempeñar un papel adversarial en el proceso;

Debo dirigir con honestidad e imparcialidad el proceso de Conciliación y pondré a disposición de las partes todas mis habilidades inherentes a la profesión y todos los esfuerzos tendientes a conducir la Conciliación con el más alto grado de excelencia;

Debo abstenerme de realizar cualquier comportamiento inapropiado o indecoroso que afecte la imagen del Centro de Conciliación;

No debo usar mi posición para obtener alguna ventaja o ganancia, o tomar parte en labores, actividades o proyectos que contravengan o se opongan a mi desempeño como conciliador.

Artículo 36. Régimen de transición. A los estudiantes que al momento de la expedición del presente acuerdo cursen el programa de Derecho anualizado, en lo que corresponda, se les continuará aplicando el Acuerdo n° 14 del 4 de diciembre de 2002.

Artículo 37. Vigencia. Este reglamento rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 17 días del mes de abril de 2023.

(Original firmado)                                      (Original firmado)
JORGE ALARCÓN NIÑO                           FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                 Secretario General

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ACUERDO No. 03 (Marzo 3 de 1999)

ACUERDO No. 03 Marzo 3 de 1999

ACUERDO No. 03
(Marzo 3 de 1999)

“POR MEDIO DEL CUAL  SE REGLAMENTA LA INVESTIGACION EN  LA UNIVERSIDAD LIBRE”

LA CONSILIATURA  DE LA UNIVERSIDAD LIBRE EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUTARIAS Y,

CONSIDERANDO



  • Que  la Universidad Libre pretende la construcción permanente de un país y de una sociedad democrática, pluralista y tolerante, iluminada por los principios  de su fundador.
  • Que  lidera el proceso de investigación, de ciencia  y la solución pacifica de los conflictos.
  • Que reconoce permanentemente su identidad, la realidad del país y del mundo en cada época.
  • Que está vinculada a la comunidad nacional e internacional y propende  por su integración en ellas en busca de soluciones globales a problemas comunes.
  • Que hace de la Investigación científica su propia cultura y el eje de la actividad académica para la formación integral  del ser social como humano.
  • Que es protagonista  en los procesos de transformación y desarrollo de la sociedad.

 

ACUERDA

 

TITULO I
 MISION, LINEAS Y POLITICAS DE LA INVESTIGACION EN LA UNIVERSIDAD LIBRE


CAPITULO 1
DE LA MISION



ARTICULO 1. - La investigación en la Universidad Libre tendrá como misión:

  1. Interelacionar  la Universidad con el Estado, la sociedad y sectores productivos para formar un proyecto de desarrollo humano y sostenible que contribuya a configurar la formación de una sociedad futura.
  2. Forjar ciudadanos conscientes y responsables, de profesionales investigadores y técnicos, formados multidisciplinariamente, dotados de una cultura humanística  y científica capaces de construir conocimiento, de aplicarlos a las transformaciones sociales, localizar información evaluarla críticamente y tomar decisiones.
  3. Ser comunidad crítica que fortalezca y difunda la cultura e identidad nacional.
  4. Integrar la docencia, la investigación, la expansión y la extensión del conocimiento en la búsqueda y aplicación de soluciones, para los problemas de la sociedad y de la Nación.
  5. Aceptar la evaluación por sus pares y practicar  la autoevaluación constante y sistemática en todas sus actividades.

 

CAPITULO 2
POLITICA Y LINEAS DE INVESTIGACION

 

ARTICULO 2. -  POLITICA DE LA INVESTIGACIÓN.- Se hace necesario consolidar las siguientes políticas de investigación que desarrollarán la misión propuesta:

  1. Consolidar las comunidades científicas o académicas, que permitan desarrollar el papel del científico y la profesionalización de un saber  en problemas concretos, que permitan someter a examen la realidad que se desea investigar.
  2. Incluir la investigación dentro del Plan Nacional de la Universidad Libre.
  3. Integrar lo regional y local, buscar su identidad y desde luego su contextualización en una época.

 

ARTICULO 3. - SUSTENTO TEORICO DE LAS POLITICAS Y LINEAS DE INVESTIGACIÓN.- El sustento teórico de las políticas y de las líneas son las comunidades científicas, construidas en nuestra realidad, que se mueve especialmente dentro de tres niveles: la realidad de la investigación, la realidad de la institución y la realidad social.

ARTICULO 4. -  ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO DE LAS  POLITICAS Y LINEAS DE LA INVESTIGACIÓN. -La estrategia para el desarrollo de las políticas y líneas deberá interelacionarse con las necesidades locales y regionales con la perspectiva de incidir en la resolución de problemas, desde cada profesión y/o  áreas de conocimiento.
Como estrategia se deberá articular  los centros de investigaciones, las áreas de metodología, técnicas de investigación  y  las jefaturas de áreas.
Se tendrán como estrategias para el desarrollo de las políticas y líneas de investigación:

  1. La institucionalización de la investigación.
  2. La profesionalización de la investigación, que se podrá desarrollar con los siguientes proyectos: reglamentación de la investigación, fondo para proyectos, revisión de las normas sobre la investigación, revisión curricular con prioridad en metodología de la investigación, manejo de recursos, manejo presupuestal, organización del PEI  e investigación, diplomado para la investigación.
  3. La consolidación de la Red de comunicaciones para la investigación, fijar como proyectos el correo electrónico, la teleconferencia, la página  WWW,  Emisoras, editoriales y revistas.
  4. El establecimiento del sistema de información para la investigación, que se debe desplegar mediante un banco de proyectos, sistemas de seguimientos, control y evaluación de los mismos proyectos y un inventario de ofertas y demandas de investigación.

 

ARTICULO 5. - LINEAS DE INVESTIGACIÓN.- La presentación y desarrollo de los proyectos marcará las líneas de investigación  en cada Unidad Académica, Centro o grupo de investigación.
Pueden considerarse fuentes de estos proyectos, las siguientes temáticas:

  1. Articulación de la investigación con las necesidades locales, regionales, nacionales e internacionales, la cual se realiza bajo los siguientes aspectos:
    Análisis y propuestas frente al conflicto y sociedad.
    Estudio de fenómenos sociales tales como: la corrupción,  la justicia,  etc.
  2. El lineamiento económico se deberá valorar mediante proyectos de tecnologías de puntas, manejo de recursos naturales, desarrollo de la Telematica, la robótica,  y la optimización de los procesos productivos.
  3. Investigación sobre optimización de las funciones del Estado, la globalización y bloques y la línea de la educación para el siglo XXI.
  4. Articulación de la actividad investigativa, con la ecología y medio ambiente, se le fija como derroteros a nivel de proyectos: las cuencas hidrográficas, el reciclaje y el impacto ambiental.
  5. La Salud. 

 

TITULO II
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA INVESTIGACION

CAPITULO 1
ESTRUCTURA DE LA INVESTIGACION

ARTICULO 6. - ESTRUCTURA DE LA INVESTIGACIÓN La investigación en la Universidad Libre contará con los siguientes órganos para su impulso, orientación, ejecución y evaluación:

  1. Consejo Nacional de Investigación.
  2. Consejos Seccionales de Investigación.
  3. Centros de Investigación de Unidad Académica y/o Posgrados.
  4. Grupos de Investigación por área y/o Posgrados.

CAPITULO 2
EL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACION

ARTICULO 7. - INTEGRACION DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN El Consejo Nacional estará integrado por las siguientes personas:


  1. El Rector o su delegado, quien lo presidirá.
  2. El Presidente Nacional o su delegado.
  3. Un representante de la Consiliatura.
  4. Los Directores Seccionales de los Centros de Investigación.

ARTICULO 8. - FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN: Son funciones del Consejo Nacional de Investigación:

  1. Expedir y Modificar su propio Reglamento.
  2.  Determinar las políticas de promoción y desarrollo de la investigación en la    Universidad.
  3. Definir las políticas generales de la formación científica-metodológica de las diversas Facultades y Programas de Posgrados y de extensión.
  4. Definir las líneas y proyectos de investigaciones institucionales e interinstitucionales de los Centros de Investigación de la Universidad.
  5. Coordinar la actividad investigativa de los Centros de Investigación y solicitar informes de resultados alcanzados.
  6. Propiciar, coordinar y desarrollar las relaciones interinstitucionales a nivel nacional e internacional para el fomento, ejecución y evaluación de la Investigación.
  7. Proponer a los Centros de Investigación líneas y programas de investigación que fomenten  la inter y transdisciplinariedad, aprovechando los talentos y recursos  de las diversas Facultades y  programas.
  8. Gestionar los recursos económicos para financiar los proyectos de investigación, lo mismo que autorizar y reglamentar los fondos seccionales de investigación.
  9. Apoyar y avalar los proyectos de investigación institucional e interinstitucional de alcance  nacional presentados por los Centros de Investigación.


CAPITULO 3
CONSEJOS  SECCIONALES DE INVESTIGACIÓN



ARTICULO 9. - CONSEJO SECCIONAL. En cada Seccional de la Universidad Libre habrá un Consejo  Seccional de Investigación.

ARTICULO 10. - INTEGRACION DEL CENTRO SECCIONAL DE INVESTIGACIÓN: El Consejo Seccional de Investigaciones estará integrado por:

  1. El Rector Seccional.
  2. Director Seccional.
  3. Un Asistente de Dirección.
  4. Los coordinadores de investigación de las unidades académicas y/Posgrados.

ARTICULO 11. - FUNCIONES DEL CONSEJO SECCIONAL DE INVESTIGACIONES: Para el cumplimiento de sus objetivos, el Centro de Investigaciones deberá desarrollar las siguientes funciones:

  1. Proponer y recomendar ante el Consejo Nacional de Investigación las políticas de promoción y desarrollo de la Investigación en la Universidad.
  2. Recomendar al Consejo Nacional de Investigación las políticas generales de la formación científica-metodológica de los diversos programas académicos  de la corporación.
  3. Ejecutar las políticas de formación y desarrollo de la investigación en los programas de pregrado y Posgrado en la respectiva Seccional.
  4. Estudiar, proponer y evaluar la actualización de los currículos de los diferentes programas, integrando el trabajo de las diferentes unidades académicas, sin detrimento de las necesidades e iniciativas propias de cada programa en cada región.
  5. Fomentar la formación de comunidades científicas dentro y fuera de la Seccional con el concurso de sus propios programas y de otras instituciones.
  6. Proponer al Consejo Nacional para su aprobación proyectos de investigación institucional e interinstitucional.
  7. Proponer y ejecutar el presupuesto de investigaciones de la correspondiente Seccional teniendo en cuenta las necesidades de cada Facultad y programa de Posgrado y la calidad o trascendencia  de los proyectos presentados por cada uno.
  8. Realizar las actividades que surjan de los convenios y de las redes interinstitucionales.
  9. Asesorar a las entidades públicas, territoriales privadas e internacionales en materia de investigación, planeación social, desarrollo y solución de conflictos.
  10. Contribuir al desarrollo del conocimiento por intermedio de asesorías, consultorías, e investigaciones de carácter social,  científico y tecnológico.

 

ARTICULO 12. - FUNCIONES DEL DIRECTOR SECCIONAL DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES:

  1. Presidir el Consejo Seccional de Investigación.
  2. Velar por el cumplimiento de los objetivos y funciones del Centro de Investigaciones.
  3. Gestionar ante las instituciones oficiales o privadas, nacionales e internacionales que apoyen la investigación, la financiación de proyectos aprobados por el Centro de Investigaciones.
  4. Participar a nombre de la Universidad, en los encuentros  de carácter científico, que se realicen en el país o en el exterior, para los cuales se le invite  o se le designe.
  5. Llevar la contabilidad separada de cada uno de los proyectos de Investigación y velar porque los dineros correspondientes sean oportunamente entregados y correctamente manejados.
  6. Controlar el desarrollo de las investigaciones proyectadas por los investigadores y los de grupos y personas financiadas por la Universidad.
  7. Rendir informes semestrales de las actividades realizadas por el Consejo Seccional de Investigación  y de la ejecución del presupuesto a su cargo, al Consejo Nacional de Investigación.
  8. Establecer e implementar un cronograma de políticas de publicaciones.
  9. Coordinar el debate teórico-pedagógico y metodológico del Consejo Seccional de Investigaciones.
  10. Promover y desarrollar simposios, paneles, foros, seminarios, y congresos de acuerdo a las diferentes líneas y políticas de investigación.
  11. Capacitar el personal docente para la investigación.

 

CAPITULO 4
CENTROS DE INVESTIGACIÓN DE UNIDAD ACADEMICA Y O POSTGRADO.

 

ARTICULO 13. -  CENTROS DE INVESTIGACION DE UNIDAD ACADEMICA. En cada Facultad  e Instituto de Posgrado operará, bajo la coordinación del Centro de Investigaciones de la respectiva Seccional, un Centro de Investigación.

ARTICULO 14. – INTEGRACION. El Centro  de Investigaciones de Unidad Académica estará integrado por:

  1. El  Coordinador quien presidirá
  2. El  Director de la correspondiente Unidad Académica y/o Director de Posgrado
  3. Un Asistente de la coordinación
  4. Los Investigadores
  5. Los monitores

 

TITULO III

DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD INVESTIGATIVA

CAPITULO 1
PROCESOS DE INVESTIGACIÓN

ARTICULO 15. - PROCESO DE INVESTIGACIÓN. Se entiende por proceso de Investigación una actividad sistemática e intensiva de la producción, renovación y adaptación del conocimiento científico, tanto para la comprensión y explicación del objeto estudiado, como también el conocimiento científico acerca de la estructura, de las transformaciones y los cambios de la realidad social.

ARTICULO 16. - DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD INVESTIGATIVA DOCENTE: Los procesos académicos de investigación se desarrollarán mediante dos ejercicios fundamentales:  La docencia en Investigación y la investigación docente.  La primera tiene por objeto guiar el aprendizaje del estudiante mediante un programa de estudio e investigación, la segunda consiste en la investigación de carácter científico, disciplinario, tecnológico y social inherente a la docencia universitaria y a la misión de la Universidad.

 

CAPTIULO 2
PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACION

 

ARTICULO 17. - DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN. La actividad investigativa se desarrollara mediante tres programas permanentes, a saber:

  1. Investigación formativa o trabajo de grado.
  2. Investigación docente institucional.
  3. Investigación institucional e interinstitucional.

ARTICULO 18. -EL PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN FORMATIVA:
Tiene como objetivo capacitar al estudiante en la metodología para la formulación de proyectos de investigación, evaluar el desarrollo de la investigación teórica en las diversas disciplinas que le permitan la identificación de problemas relevantes y de impacto científico y diseñar estrategias  metodológicas e instrumentales que le posibiliten realizar las investigaciones.

ARTICULO 19. - PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN DOCENTE INSTITUCIONAL: Tiene como objetivos básicos la promoción del desarrollo investigativo al interior de los programas académicos, orientada por las líneas de investigación previamente aprobadas, la consolidación de los grupos de investigación y la integración de la  academia con la realidad social y el avance científico del país.

ARTICULO 20.- PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN INSTITUCIONAL:  Tiene como objetivo fundamental formar comunidades críticas e integrar la universidad, la docencia y la investigación con la expansión y extensión del conocimiento, en la búsqueda y aplicación de soluciones a las líneas de los diversos programas y a la problemática de la sociedad,  la Nación y el Mundo.

ARTICULO 21.- PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN INTERINSTITUCIONAL: El programa de investigación interinstitucional tiene por objetivo la creación de redes que promuevan la estrategia de comunicación y el fortalecimiento de las relaciones científicas con pares académicos nacionales e internacionales, con grupos consolidados de investigación y con otras instituciones que apoyan el desarrollo científico y tecnológico del país.

 

CAPITULO 3

DE LOS TRABAJOS DE GRADO DISPOSICIONES  GENERALES

 

ARTICULO 22. - DEFINICION DE TRABAJO DE GRADO:  Se entiende por trabajo de grado el ejercicio intelectual de aplicación de un diseño metodológico o académico, para la resolución de un problema de conocimiento teórico o práctico, elaborado por el estudiante y asesorado por el Centro de Investigaciones o por docentes investigadores; teniendo como objetivo el capacitar al estudiante en el manejo apropiado de los métodos de investigación de acuerdo con su disciplina profesional de estudio.

ARTICULO 23. - MODALIDADES DE LOS TRABAJOS DE INVESTIGACION: Los proyectos de investigación para trabajos de grado pueden desarrollarse mediante dos modalidades a saber:

  1. Proyecto particular de carácter aplicado, con asesoría especializada por parte del Centro de Investigación.
  2. Homologación mediante participación en proyectos de investigación docente, institucional o interinstitucional.

 

CAPITULO 4
PROYECTOS PARTICULARES DE CARÁCTER APLICADO

ARTICULO 24. - OBLIGATORIEDAD:  El trabajo de investigación es de carácter obligatorio y deberá realizarse dentro del plan de estudios de pregrado o durante el termino del correspondiente nivel de Posgrado.  Si durante el término anterior el estudiante no concluyere  la investigación,  esta podrá realizarse con posterioridad inscribiéndola como materia.
La investigación aprobada se tendrá en cuenta como requisito de grado si al termino de la carrera o finalización del Posgrado hubiere tenido su aprobación.

ARTICULO 25.- DESCRIPCION DE LAS ETAPAS DE INVESTIGACIÓN:  Presentado y aprobado el proyecto, el Centro de Investigaciones le nombrará un  Director  quien dirigirá  la investigación.  Para la elaboración y consolidación de los proyectos y los trabajos de investigación se podrán integrar grupos de trabajo de máximo cinco estudiantes.
El Director de la investigación deberá presentar informes parciales del desarrollo de la misma  y cumplir el reglamento elaborado por el Centro de Investigación

ARTICULO 26.- TERMINACION DE LA INVESTIGACION: Terminada la investigación, el Director enviará una carta al  Centro de Investigación  de con su concepto y solicitud de evaluación.
Presentado el informe final, la investigación seguirá el trámite fijado para su evaluación y aprobación.
El informe final será estudiado de acuerdo con la normatividad establecida en el capítulo de evaluación del trabajo final de investigación.

ARTICULO 27. - EXPEDICION DE PAZ Y SALVO.  La aprobación de la investigación es requisito para la terminación de estudios.  El cumplimiento de este requisito será certificado por el Centro de Investigaciones previo el cumplimiento adicional  de los siguientes requisitos:

  1. Entrega de un original y dos copias del trabajo final.
  2. Entrega de un resumen científico del trabajo.
  3. Entrega de una copia del artículo científico para su publicación cuando así se considere pertinente.

 

CAPITULO 5
DE LA HOMOLOGACION DE TRABAJO DE GRADO Y ASIGNATURAS POR PARTICIPACION EN PROYECTOS INSTITUCIONALES DE INVESTIGACIÓN

 

ARTICULO 28.- INSCRIPCION DE PROYECTOS INSTITUCIONALES, DOCENTES Y DE GRUPOS CONSOLIDADOS DE INVESTIGACIÓN. Los investigadores docentes, los profesores de los diferentes programas de pregrado, Posgrados,  y los grupos consolidados de investigación podrán inscribir proyectos en el Centro de Investigación con el correspondiente cronograma de trabajo para periodos mínimos de un año. El cual será sometido al trámite previsto de evaluación.

ARTICULO 29. - VINCULACION DE ESTUDIANTES A PROYECTOS INSTITUCIONALES Y DOCENTES DE INVESTIGACIÓN. Una vez aprobado el proyecto, el Centro de Investigaciones convocará a los estudiantes para que se vinculen  como auxiliares de investigación.
El Director del Centro de Investigaciones junto con el  Director  del proyecto seleccionará a los estudiantes que participarán en él.

En casos especiales se podrán homologar con el trabajo de investigación  asignaturas de cualquier área de investigación,  previa decisión del Centro de Investigación.

ARTICULO 30. - REQUISITOS PARA LA HOMOLOGACION DEL TRABAJO DE GRADO El estudiante homologará el trabajo de grado o la asignatura correspondiente con un trabajo de investigación siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  1. Haber sido aceptado oficialmente en el proyecto.
  2. Haber cumplido satisfactoriamente con las tareas asignadas por el Director.
  3. Haber asistido por lo menos al 80% de las sesiones de trabajo  programadas por el Director.
  4. Haber presentado el informe semestral y el informe final de la  investigación en su tarea académica correspondiente.

ARTICULO 31. - INICIACIÓN Y DESARROLLO DEL PROYECTO.  En el momento de iniciar el proyecto su Director junto con el grupo de estudiantes inscritos, levantarán un Acta de Instalación en la cual se deben precisar las  especificaciones del proyecto, los compromisos asumidos en el momento de la vinculación, ratificando el hecho de conocer y aceptar el reglamento de esta modalidad.

En el desarrollo del proyecto el Director y los estudiantes levantarán un protocolo de todas las reuniones del equipo de investigación en la cual debe constar los asistentes, temáticas y tareas desarrolladas, tareas asignadas y firma de todos los asistentes.  Estos protocolos se entregarán al Centro de Investigaciones en el informe semestral y en el informe final de investigación.

ARTICULO 32. - ENTREGA DE INFORMES.  Durante el transcurso del trabajo el Director de la investigación hará dos entregas de informes, que deberán tener en cuenta los contenidos científicos exigidos para ello.  Además, el primer informe debe contener una evaluación del cumplimiento del cronograma, número de sesiones de trabajo cumplidas, asistencia, cumplimiento de tareas y posibles variaciones o ajustes del proyecto.  Cuando fuere el caso solicitud de cancelación de participación de uno o más estudiantes vinculados al proyecto por incumplimiento de sus obligaciones.

El informe final deberá incluir la calificación del desempeño de cada uno de los estudiantes la cual será la nota definitiva de la asignatura a homologar.  El director de la investigación podrá determinar cuando un estudiante aprueba la asignatura y cuando su trabajo académico no avala la homologación de trabajo de grado.  Igualmente, presentará específicamente una carta solicitando la homologación de la participación de los alumnos en el proyecto como trabajo de grado.

La solicitud de exclusión de un estudiante de un proyecto institucional o docente deberá tramitarse ante el Centro de Investigaciones. En este caso el estudiante no podrá inscribirse nuevamente a otro proyecto de esta modalidad o deberá cursar la asignatura.

ARTICULO 33. - CANCELACION DE PROYECTOS INSTITUCIONALES O DOCENTES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ASUMIDAS  Cuando el Centro de Investigaciones, cancela un proyecto institucional o docente por incumplimiento de las obligaciones contraídas; El centro de Investigaciones estudiará las circunstancias particulares de cada caso y del tiempo de trabajo para conceder o no a los estudiantes la homologación de la asignatura o del trabajo de grado.

ARTICULO 34. - DENEGACION DE LA HOMOLOGACION DEL TRABAJO DE GRADO  Se pierde la homologación del trabajo de grado cuando el estudiante es excluido de la investigación  institucional o docente debido al desempeño insuficiente o abandono del proyecto. 

En este caso el Director de la investigación presentará un informe al Centro de Investigaciones 30 días antes de la culminación del proyecto. Con copia al estudiante interesado, quien podrá interponer los recursos determinados por el reglamento estudiantil.

ARTICULO 35. - EVALUACIÓN DEL INFORME FINAL El informe final de la evaluación institucional o docente será estudiado de acuerdo con la normatividad establecida en el capítulo de evaluación del trabajo final de investigación.

ARTICULO 36.- DIVULGACION DE PROYECTOS INSTITUCIONALES O DOCENTES. La divulgación es un compromiso del director de un proyecto institucional o docente, quien deberá presentarlo en eventos nacionales e internacionales en el que la Universidad decida inscribirlo.
Cuando el estudiante es invitado por el director del proyecto a participar como coautor en una presentación pública el estudiante podrá referenciar esta presentación en su hoja de vida.

ARTICULO 37. -INVESTIGACION INTERINSTITUCIONAL

Se entiende por investigación institucional a aquellos proyectos que han sido presentados por docentes, investigadores, grupos consolidados de investigación para su aprobación correspondiente y que han sido presentados por el Centro de Investigaciones  a una entidad externa con el  fin de obtener cofinanciación para su realización, así como aquellos que se realizan en colaboración con investigadores de otras instituciones. Para la aprobación de proyectos interinstitucionales se seguirán los criterios fijados en el capítulo de evaluación.

 

TITULO IV
CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE PROYECTOSDE INVESTIGACION

 

CAPITULO 1
PROYECTO DE INVESTIGACION

ARTICULO 38. - PROYECTO DE INVESTIGACION: Se entiende por proyecto de investigación el despliegue de medios intelectuales, infraestructurales, materiales y financieros, con el fin de lograr resultados de valor científico o tecnológico propuestos de antemano. El proyecto debe buscar resultados concretos en tiempo bien definido.

ARTICULO 39. - TEMATICA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN. Los proyectos presentados al Centro de Investigaciones deberán versar prioritariamente sobre temáticas científicas dentro de las diferentes áreas del conocimiento.

ARTICULO 40. - QUIENES PRESENTAN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN. Podrán presentar proyectos los grupos de investigación, los estudiantes, los profesores investigadores adscritos al Centro de Investigación, los profesores vinculados a las diferentes facultades, programas de Posgrado y grupos constituidos con fines académicos o de carácter científico de conformidad con la temática, líneas, políticas y requisitos establecidos por el Centro de Investigación.

Se comprende por grupo de investigación la reunión de profesores, estudiantes, egresados y demás comunidades académicas de las diferentes unidades académicas, que comparten una misma estrategia, plan de trabajo, instrumentos de documentación y experimentación dentro del  pensamiento científico.

ARTICULO 41. - PRESENTACION DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN. Los proyectos de investigación deberán presentarse al Centro de Investigación  el cual adelantará el estudio evaluativo previo, de la calidad, viabilidad y pertinencia de los proyectos antes de presentárselo a los pares para su evaluación.

ARTICULO 42. - REQUISITOS DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN. Los proyectos de investigación deberán ser presentados de acuerdo con las técnicas y metodologías propias de la investigación científica; además, deberán ajustarse a los elementos conceptuales relacionados en la guía de presentación de proyectos, adjuntando tres ejemplares de la propuesta concreta, ficha resumen del proyecto (formato Centro de investigaciones), presupuesto (formato Centro de Investigaciones), hoja de vida de los investigadores, bibliografía, versión de la propuesta en archivo electrónico vigente.

ARTICULO 43. - ELEMENTOS CONCEPTUALES DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN. Los elementos conceptuales para la presentación de proyectos son:

  1. TEMA Y/O TITULO: Que exprese en forma adecuada, clara y concisa la idea central del trabajo.
  2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA E HIPOTESIS: Consiste en determinar la cuestión a estudiar, la pregunta o preguntas de la investigación y las hipótesis susceptibles de ser formuladas y verificadas dentro del trabajo de investigación.
  3. RELEVANCIA / JUSTIFICACION DEL TEMA EN RELACION CON EL CONTEXTO DE CONOCIMIENTO EN EL AREA.-  Se deberá determinar en  términos generales, la posible aportación al conocimiento o desarrollo de la disciplina, los beneficios y aportes al conocimiento del área escogida.
  4. CONTEXTO TEORICO.- Breve síntesis del marco teórico del proyecto que indique el conocimiento básico sobre el estado del arte de la cuestión a estudiar.
  5. OBJETIVOS: Se deberán formular con precisión, claridad y consistencia, debido a que sobre estos elementos se establecerán los criterios de valoración. Así, mismo resulta fundamental encadenar la secuencia lógica entre actividades y objetivos para garantizar la coherencia interna del proyecto.
    1. Objetivos Generales.-  Definir con claridad lo que se pretenden conseguir con la investigación propuesta.
    2. Objetivos Específicos.- Representan el fin inmediato que el proyecto mismo se propone. Qué conocimiento se espera obtener. Qué solución se espera desarrollar, cuál es el aporte que se pretende hacer, cuál será es el conocimiento generado si el trabajo se realiza.
  6. METODOLOGIA: Debe reflejar la estructura lógica del proceso de investigación desde la elección de un enfoque metodológico específico, hasta la forma como se van a analizar e interpretar los resultados.
  7. RESULTADOS ESPERADOS: Los resultados esperados deben estar de acuerdo con los objetivos planeados y ser coherentes con las  capacidades del grupo de investigación, con la infraestructura material y con los medios de los cuales se dispongan en las condiciones reales.
  8. ESTRATEGIAS DE COMUNICACION: Todo proyecto debe planear una estrategia de comunicación; la investigación que no se publica o se difunde en las comunidades de pares, no existe. Se trata de someter la investigación a la crítica autorizada y de llegar a amplios sectores de la sociedad.
  9. HOJA DE VIDA DE LOS INVESTIGADORES: Instrumento que identificará la trayectoria académica de los investigadores.
  10. PRESUPUESTO: Describir en forma clara la planeación, control y evaluación de los recursos económicos que afecten el desarrollo de la investigación.
  11. CRONOGRAMA: Calendarización por fases del proceso de elaboración del proyecto con fechas tentativas de inicio y terminación
  12. BIBLIOGRAFIA BASICA: El proyecto deberá incluir una bibliografía preliminar suficientemente sólida para darle inicio.

CAPITULO 2

EVALUACION DE PROYECTOS DE INVESTIGACION

 

ARTICULO 44. - CRITERIOS DE EVALUACION.  El Centro de Investigación evaluará los proyectos de investigación en primera instancia teniendo en cuenta los siguientes criterios:

    1. Indicadores de Calidad.-
    Los indicadores de calidad se refieren a cuatro aspectos:
    a) Calidad del tema: evaluar la calidad con que el investigador explica lo  que pretende hacer con la investigación y como lo va hacer, propuesta de los autores, en que radica la importancia del tema a investigar y su originalidad, que se ha hecho sobre este tema en Colombia o a nivel Internacional y cual es el aporte.
    b) Calidad de los investigadores:  Se trata de analizar la formación académica e investigativa como también las investigaciones, publicaciones, para lo cual se debe estudiar las hojas de vida completas y detalladas de quienes participan en la propuesta de investigación
    c) Calidad de los Medios Propuestos:  Se trata de evaluar la metodología, los recursos financieros, contrapartidas incremental, apoyo logístico e infraestructura, capacidad administrativa y de gestión.
    d) Calidad de la Estrategia de Comunicación Planteada: Evaluar las estrategias de comunicación propuestas para la difusión de los resultados de la investigación

2.Indicadores de Pertinencia.-
La Pertinencia esta referida a la correspondencia que tiene los resultados esperados del proyecto, tomando como punto de referencia la planeación estratégica y participativa. Los resultados esperados por este indicador de evaluación serán los siguientes:

a) Resultados Directos:
- aporte potencial al desarrollo del conocimiento;
- posibilidades de desarrollo científico - social en corto, mediano y largo plazo;

b) Resultados Indirectos:
- Contribución a la formación de redes y formación de pares

ARTICULO 45. – PARES.  Se entiende por pares, personas ampliamente conocedoras del tema en cuestión que puedan conceptualizar sobre el proyecto de investigación y el producto de la investigación científica con autoridad similar o superior a la del ponente.
Los proyectos presentados al Centro de Investigaciones, se evaluarán científicamente por pares escogidos de acuerdo a la trascendencia académica y científica de la propuesta investigativa, para tal efecto podrán ser pares internos dentro de la misma Facultad y Universidad o externos de carácter nacional e internacional. 
La evaluación de pares se realizará de acuerdo a la carta de recomendaciones elaboradas por el Centro de Investigaciones.
Para implementar el proceso de la evaluación por pares se organizará un banco de evaluadores que permita sistematizar y optimizar el proceso de evaluación científica de los proyectos de investigación.

ARTICULO 46. - PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE PROYECTOS: Todo proyecto de Investigación será presentado al centro de investigaciones, el que le dará tramite de la siguiente forma:

  1. Estudio de los requisitos exigidos en la presente reglamentación, realizando si es del caso las recomendaciones pertinentes para su ajuste científico.
  2. Una vez ajustada la propuesta por los autores del proyecto, esta será enviada al par evaluador para su recomendación de aprobación o rechazo.
  3. El Director del centro de investigaciones  aprobará el proyecto una vez recibida la carta de recomendación diligenciada por el par evaluador.
  4. Los proyectos que requieran financiación de la Universidad o de otras instituciones especializadas en el fomento investigativo, serán aprobados necesariamente por el Centro de Investigación.
  5. Para efectos legales y administrativos se entenderá aprobado un proyecto cuando el acta respectiva así lo establezca y tenga las firmas del  Director Seccional cuando sea necesario.
  6. El Centro de Investigaciones notificará al investigador principal el acta de aprobación del proyecto en el evento de no ser aprobado, la comunicación respectiva contendrá las razones por las cuales los evaluadores tomaron tal decisión.  Esto con el objeto de que los autores del proyecto efectúen las correcciones necesarias.

ARTICULO 47. - PROYECTOS PRESENTADOS Y FINANCIADOS POR ENTIDADES NACIONALES E INTERNACIONALES. Estos proyectos de investigación presentados a entidades nacionales e internacionales, que requieran financiación complementaria o total por parte de instituciones especializadas en el fomento investigativo, serán presentados directamente al Centro de Investigaciones para lo cual se ajustarán a los requisitos y criterios exigidos por la entidad financiadora.

ARTICULO 48. - CARTA CONVENIO: El coordinador  y/o director de investigaciones y los investigadores  de los proyectos  aprobados suscribirán  una carta convenio.

Se entiende por carta convenio el acuerdo que suscriben el Coordinador y/o Director y el investigador Principal del proyecto con el fin de establecer obligaciones comunes;  los términos de guía serán:

Los investigadores se comprometen a:
- Realizar la investigación en el tiempo y con los costos establecidos en el proyecto aprobado.
- Entregar informes científicos y financieros sobre el desarrollo y culminación de la investigación.
- Igualmente, autorizan a la Universidad para iniciar o continuar la ejecución del proyecto en caso de abandono por cualquier causa y a renunciar a cualquier prestación económica que se tuviere como producto de dicha investigación en caso de que el abandono fuere injustificado.

La Universidad se compromete a:
- Financiar el proyecto en los términos de tiempo y cantidades aprobadas.
- Garantizar los estímulos a que tengan derecho los investigadores del    proyecto.

ARTICULO 49. - INSUFICIENCIA DE RECURSOS ASIGNADOS: En caso de insuficiencia de los recursos asignados a un proyecto, el investigador principal del mismo, podrá hacer solicitud justificada de refinanciación al Centro de Investigaciones el cual estudiará las condiciones específicas del proyecto y decidirá al respecto.

 

CAPITULO 3
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO FINAL DE
INVESTIGACIÓN




ARTICULO 50. - TERMINACION Y EVALUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN: Terminada la investigación el investigador deberá presentar tres copias del informe final de su trabajo al centro de investigaciones, versión del mismo en archivo electrónico, un abstrac o resumen científico de su trabajo.  Todos estos documentos deberán presentarse de acuerdo con los parámetros metodológicos establecidos a nivel nacional para la presentación de trabajo de investigación.

ARTICULO 51. - PROCEDIMIENTO DE EVALUACION. El centro de investigaciones seguirá el siguiente procedimiento de evaluación:

  1. Seleccionará un evaluador par del banco de proyectos de acuerdo al área, temática y calidad de los investigadores.
  2. Enviara al par copia del informe final, copia del abstrac y de la carta de recomendaciones para su consideración.
  3. Si el par considera pertinente la elaboración de correcciones a la investigación, estas se sugerirán al investigador para que se efectúe los ajustes necesarios.
  4. El centro de investigaciones fijará la hora y el día de realización de sustentación del trabajo final de investigación, para lo cual se citará a los investigadores, pares evaluadores y al Director del centro de investigaciones.
  5. De la sustentación se levantará un acta de aprobación o devolución del trabajo final de investigación, la cual tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

Cumplimiento de las estrategias de comunicación, a sí mismo, se ordenará el envío del abstrac a una revista de carácter nacional o internacional de reconocida trayectoria investigativa para su publicación si lo considera pertinente.

 

TITULO V
PORTAFOLIO

 

ARTICULO 52. – PORTAFOLIO: El Centro de Investigaciones diseñará y construirá anualmente un portafolio de servicios sobre las diferentes áreas o temáticas que desarrollará de acuerdo a su planeación investigativa y objetivo de análisis estratégico.
Se entiende por portafolio el conjunto de áreas o temáticas de investigación sobre la cual el Centro de Investigaciones ofrece servicios de consultoría, asesoría e investigación.

ARTICULO 53- CONSTRUCCION PARTICIPATIVA DEL  PORTAFOLIO: El portafolio de servicios del Centro de Investigaciones será elaborado a partir de un dialogo de saberes construido mediante un diagnóstico efectuado entre los grupos consolidados de investigación, los profesores investigadores adscritos al Centro de Investigaciones.

TITULO VI
DE LOS INVESTIGADORES

CAPITULO 1
VINCULACION DE INVESTIGADORES

ARTICULO 54. - VINCULACION DE INVESTIGADORES. El nombramiento de los docentes investigadores, corresponde al Consejo Directivo de acuerdo  con la planta de personal creada por la Consiliatura.

Los Centros de Investigaciones  contarán con profesores investigadores de dedicación exclusiva, con una carga de 40 horas semanales, los cuales serán vinculados mediante contrato de trabajo a término definido de 1 año.
Los Directores Seccionales, y los investigadores que se vinculen a los Centros serán seleccionados por concurso de méritos cuyos requisitos se fijarán en la convocatoria.  Al concurso serán llamados todos los profesores  de la respectiva facultad y los investigadores externos que quisieran vincularse.  Al vencimiento del término del contrato podrá prorrogarse por otro término igual si la evaluación de su trabajo resulta satisfactoria.

Los Directores de los Centros Seccionales  se tendrán para los efectos salariales como cargos docentes con los derechos previstos para ello y tanto ellos como los profesores investigadores podrán tener hasta seis horas  cátedra que se pagarán de forma adicional.
Si el docente investigador ya estuviere vinculado anteriormente a la Universidad y su evaluación como Investigador no resultaré satisfactoria o voluntariamente quisiere su retiro del Centro de Investigaciones volverá a su cargo anterior.

ARTICULO 55. - REMUNERACION DE LOS DOCENTES INVESTIGADORES Los docentes investigadores tendrán una remuneración equivalente al pago de 40 horas semanales según su categoría en el escalafón docente; los coordinadores de investigación tendrán un incremento del 20% de la remuneración de los profesores investigadores y el Director Seccional de un 30%. Todos ellos podrán tener hasta seis horas de docencia cuyo pago será adicional.

ARTICULO 56. - INVESTIGADORES EXTERNOS. Cuando un proyecto de investigación, siguiendo el procedimiento establecido por el Centro de Investigaciones para la evaluación de proyectos, sea calificado por este como importante para la Universidad por la originalidad del tema, los aportes al desarrollo del conocimiento científico y la forma novedosa de su tratamiento, demande la participación de un investigador especializado en la temática, se contratará un investigador externo para tal fin.  La remuneración y el modo de contratación estarán sujetos al tiempo que vaya a dedicar  a la investigación y a la duración específica del proyecto.

ARTICULO 57. - REMUNERACIÓN DE LOS PARES. Los pares designados por el Centro de Investigaciones para la evaluación de los proyectos e informes finales de investigación serán remunerados con base en las tarifas preestablecidas por la Universidad, para cada evaluación.

 

CAPITULO 2
PERFILES

 

ARTICULO 58. - PERFIL DEL DIRECTOR SECCIONAL DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES  Y DE LOS COORDINADORES DE FACULTAD.

  1. Tener un título de Posgrado y/o alto reconocimiento académico a nivel nacional o internacional.
  2. Demostrar experiencia como investigador a través de su participación en proyectos de investigación y/o publicaciones de tipo académico.

ARTICULO 59. - PERFIL DE LOS DOCENTES INVESTIGADORES

  1. Tener título de Posgrado y/o experiencia en investigación acreditada por la participación en proyectos de investigación y/o por publicaciones de tipo académico.
  2. Acreditar capacitación y formación en investigación científica.

 

TITULO VII
MONITORES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES

CAPITULO 1
MONITORES

ARTICULO 60. - CREACION DE MONITORIAS DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES.- Podrán acceder al cargo de monitor del Centro de Investigaciones los estudiantes de último año, dos últimos semestres o egresados no graduados o graduados de la Universidad libre, que voluntariamente y sin ánimo de lucro se involucren en la construcción de la cultura de la investigación y que además cumplan con los requisitos de ingreso y funciones establecidas mediante el presente reglamento.

El estudiante regular de otros cursos que acredite su vocación a la investigación, la realización de investigaciones aprobadas por el Centro de Investigaciones y colaboración constante dentro del proceso de construcción de la cultura de la investigación, puede tener la calidad de monitor previa evaluación efectuada por el Centro de Investigaciones.

Como personal en proceso de formación o capacitación que son, los monitores no están bajo dependencia o subordinación laboral de la Universidad.

ARTICULO 61. - REQUISITOS PARA EL INGRESO A LA MONITORIA Además de los requisitos mencionados en el artículo anterior, para monitor del Centro de Investigaciones el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Inscribirse para concursar, dentro del lapso señalado en la convocatoria.
  2. Ser evaluado en concurso diseñado por el Centro de Investigaciones.
  3. No haber sido  sancionado disciplinariamente por la Universidad.
  4. Firmar el contrato respectivo.
  5. Aprobar la evaluación de desempeño diseñada por el Centro de Investigaciones.

ARTICULO 62. - PLAZAS DE MONITORES. El Consejo Directivo Seccional, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos y las necesidades del servicio determinarán periódicamente el número de plazas de monitores a propuesta del Centro de Investigaciones.

ARTICULO 63. – CONCURSOS: Los concursos serán diseñados por el Centro de Investigaciones y se celebrarán en la época asignada para tal fin por la Secretaría Académica de la respectiva Facultad.
El concurso será diseñado por el centro de investigaciones sobre los siguientes aspectos:

  • Cumplimiento del perfil de monitor del Centro de Investigaciones.
  • Evaluación sobre conocimientos de la misión, visión, reglamentación y publicaciones del Centro de Investigaciones.
  • Presentación de un proyecto de trabajo al Centro de Investigaciones.

ARTICULO 64. – CONTRATACION Ningún monitor podrá iniciar su actividad sin haber suscrito el correspondiente contrato civil, mediante el cual la Universidad, por un lapso determinado, ofrece suministrarle, dentro de sus posibilidades capacitación para la investigación y docencia, con el compromiso por parte del Monitor de cumplir con las obligaciones especiales estipuladas en los respectivos contratos.

Las monitorias tendrán la duración de un período académico, pero podrá ser prorrogadas previa solicitud del Centro de Investigaciones, después de informarse de las aptitudes, rendimiento, interés y demás calidades demostradas por el Monitor.
Los monitores del Centro de Investigaciones tendrán las mismas prerrogativas, incentivos y derechos de las demás monitorias reglamentadas en la Universidad Libre.

CAPITULO 2
DEBERES Y DERECHOS

ARTICULO 65. - DEBERES DE LOS MONITORES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES.

  1. Incentivar y desarrollar la cultura de la investigación en la Universidad.
  2. Asistir a las reuniones programadas por el Centro de Investigaciones.
  3. Asistir, participar y desarrollar los encuentros, cursos, eventos y talleres diseñados por el Centro de Investigaciones.
  4. Promover e incentivar junto con el equipo de investigación los semilleros de investigación en la Facultad a la cual prestan el servicio de monitoría.
  5. Participar en las investigaciones que se realicen bajo la dirección del Centro de Investigaciones.
  6. Asesorar a los estudiantes en la elaboración de los proyectos de investigación.
  7. Apoyar la consolidación permanente del Centro de Documentación del Centro de Investigaciones.
  8. Asistir a los conversatorios programados por el Centro de Investigación.
  9. Diseño y elaboración de revistas, boletines, folletos y cartillas elaborados por el Centro de Investigaciones.
  10. Las demás tareas encomendadas por el equipo de investigación diseñadas en aras de la construcción de la cultura de la investigación y de comunidades académicas.

 

ARTICULO 66. - LOS MONITORES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES TENDRAN LOS SIGUIENTES  DERECHOS E INCENTIVOS. Además de los derechos y prerrogativas establecidos por la Universidad para todos los monitores, los del Centro de Investigaciones tendrán los siguientes:

  1. A que una vez terminada la monitoría se le expida la correspondiente certificación sobre cumplimiento del término y la evaluación satisfactoria de su desempeño  por parte del Centro de Investigaciones.
  2.  A que se les homologue la monitoría ejercida por un término no inferior a un año por el trabajo de investigación dirigida, de acuerdo con la evaluación y certificación expedida por el Centro de Investigaciones.
  3. A su mención en publicaciones del Centro de Investigaciones, previo reconocimiento de su trabajo por el equipo de investigación.

 

TITULO VIII
INCENTIVOS Y DERECHOS DE
AUTOR

CAPITULO I.
INCENTIVOS

ARTICULO 67. - INCENTIVOS.- Son los instrumentos académicos y financieros mediante los cuales se estimula y se da reconocimiento social a la labor de investigación en la Universidad Libre.

ARTICULO 68. - CRITERIOS FRENTE A LOS INCENTIVOS.- Serán criterios de origen y aplicación de los incentivos los siguientes:

  1. La investigación es un bien público que requiere apoyo y estímulo financiero, es necesario dotarla de recursos, infraestructura y elementos esenciales para su desarrollo inicial.
  2. Los recursos para la investigación se deberán gestionar a través de proyectos tanto en las organizaciones públicas y privadas extranjeras, en la empresa privada, el Estado y en la Universidad.
  3. Los recursos se legalizarán a través de Convenios y  contratos.
  4. Se utilizarán los instrumentos de financiación establecidos por Colciencias, así:  Créditos de recuperación contingente, créditos de reembolso obligatorio, créditos no reembolsables, cofinanciación, incentivos tributarios, fondos parafiscales, financiación de apoyo institucional y financiación a los estímulos de los investigadores.
  5. En la Universidad se estimulará la investigación a través del presupuesto y el control de su ejecución, para tal efecto los Centros Seccionales, con la asesoría de planeación  elaborarán los presupuestos Seccionales.  Una vez aprobados los enviarán al Consejo Nacional de Investigación.  Aprobados por este se remitirán a las Seccionales para su integración por sindicatura en el presupuesto Seccional; éste deberá ser aprobado por el Consejo Directivo de la Seccional y su consolidación nacional por la Consiliatura.
  6. El estímulo y/o apoyo financiero se establecerá tanto a nivel general es decir a los centros y grupos de investigación.  Este apoyo cumple el papel de conferir estabilidad y permanencia a estos colectivos que son el fundamento de la comunidad científica, mejorando la interdisciplinariedad, la infraestructura, las redes, las publicaciones y la capacidad de gestión de los Centros.  Esta financiación no podrá tener otro destino sino el situado fiscal de la investigación  (rubro presupuestal de investigación).  Este rubro garantiza, dentro de los limites de la normatividad orgánica de la Universidad, la autonomía patrimonial a la que podemos aspirar por el momento. A nivel particular es el apoyo a los programas, proyectos y actividades en un área de investigación determinada, sin perder de vista la integración interdisciplinaria.  Se desarrolla en periodos determinados y esta asociado a grupos de investigación consolidados. De igual formar el apoyo a los investigadores.
  7. A los investigadores se les debe incentivar financieramente y estimularse mediante el reconocimiento social para que permanezca en su actividad, lo anterior se logrará mediante la socialización de los resultados.

ARTICULO 69. - REGLAMENTACION DE INCENTIVOS. Losfinanciamientos, apoyos y estímulos, se reglamentarán bajo los siguientes aspectos:

  1. Manejo y distribución de los recursos obtenidos para el  primer nivel  (centros y  grupos de investigación).
  2. Manejo y distribución de los recursos obtenidos para el segundo nivel  (programas, proyectos y actividades de investigación).
  3. Incentivos específicos a los investigadores, es decir, para el desarrollo del recurso humano.
    a.- investigadores permanentes del Centro;
    b.- Docentes Investigadores;
    c.- Discentes Investigadores y Discentes Auxiliares de Investigación;
    d.- Monitores.

ARTICULO 70.- APOYO A LOS GRUPOS Y CENTROS DE INVESTIGACION: A  este nivel  los recursos  serán los provenientes de:

  1. Rubro Presupuestal, Seccional y Nacional de la Universidad
  2.  Convenios con el Estado de acuerdo con la ley y los estatutos de la Universidad, cuyos beneficios económicos  engrosarán el rubro presupuestal de investigaciones;
  3. Convenios a nivel Internacional, cuyos beneficios económicos engrosarán el rubro presupuestal de investigaciones;
  4. Convenios con la empresa privada y las ONG Nacionales, cuyos beneficios económicos engrosaran el rubro presupuestal de Investigaciones;
  5. Recursos provenientes de personas pertenecientes o no a la Universidad cuya gestión implicará  beneficios para el rubro presupuestal de investigaciones y para las personas naturales o jurídicas agentes de la gestión.

 

ARTICULO 71.- APOYO A LOS GRUPOS Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN.-A este nivel  los recursos provendrán de:

  1. Rubro presupuestal;
  2. Convenios

ARTICULO 72.- APOYO AL DESARROLLO DEL RECURSO HUMANO.- Incentivos a los Investigadores:

1.- INVESTIGADORES PRINCIPALES O PERMANENTES DEL CENTRO

  1. El Investigador tendrá derecho a ser becario en uno de los programas de Posgrados existentes en la Universidad;
  2. Cuando obtenga beca en otra Universidad colombiana o extranjera, tendrá derecho a licencia remunerada por el término establecido en el reglamento docente y a licencia no remunerada por el resto del periodo de sus estudios.
  3. El Comité de Carrera Docente reglamentará; los estímulos a los investigadores dentro de su competencia; La investigación aprobada  será tomada en cuenta  como uno de los factores  determinantes  en la inscripción y ascenso en el escalafón docente.
  4. El Investigador tendrá prelación para asistir a seminarios Nacionales e Internacionales relacionados con su proyecto, con derecho a recibir el monto de los gastos y licencia remunerada;

2.- DOCENTES INVESTIGADORES

  1. El docente Investigador gozará de los incentivos y estímulos que se establezcan en el respectivo convenio;
  2. El Docente Investigador tendrá acceso a la infraestructura y logística de los Centros de Investigación.  Igualmente, recibirá asesoría del Centro dentro de las posibilidades técnicas y científicas del mismo;
  3. Evaluada como de alta calidad la gestión del Investigador el Centro recomendará su vinculación a la categoría de Investigador principal y permanente.  Este es el instrumento adecuado para consolidar la comunidad investigadora o científica.

 

3.- DISCENTES INVESTIGADORES  Y DISCENTES  AUXILIARES DE INVESTIGACION.

Para los efectos de este capítulo los estudiantes de la Universidad se clasificarán, así: , Discentes investigadores y discentes auxiliares de investigación.
Los estudiantes tendrán los siguientes incentivos.

  1. Las establecidas en el reglamento estudiantil;
  2. El discente Investigador o el discente auxiliar de Investigación tendrá derecho a obtener el carné que lo acredite como tal.
  3. Tendrán derecho a la utilización de la estructura logística del Centro           de Investigación;
  4. Aquellos que hayan sido admitidos y bien evaluados en el Centro de Investigación tendrán derecho a media beca en alguno de los posgrados que ofrece la Universidad;
  5. Tendrán derecho a los beneficios que determinen los convenios en cuyo desarrollo hayan intervenido.
  6. Los discentes investigadores cuyos trabajos sean  evaluados como de alta calidad tendrán preferencia a la monitoria;
  7. Tendrá derecho a que  por su gestión bien evaluada por el Centro homologue el trabajo de investigación dirigida como requisito para optar el título en su programa correspondiente.

 

4.- MONITORES
Sus incentivos son los consagrados en la reglamentación existente o que con posterioridad expida la Universidad.

CAPITULO 2
DERECHOS DE AUTOR

ARTICULO 73.- AUTOR: En las investigaciones financiadas por la Universidad, adelantadas por los grupos consolidados  de investigación, por los profesores investigadores,  adscritos al Centro de Investigaciones, por los profesores y estudiantes  de las diferentes Facultades, es autor aquel que realiza el proyecto y/o desarrolla la investigación.  Si fueren varias, la autoría corresponderá a todos.
En los trabajos de grado presentados para optar  el titulo profesional, se tendrá como autor  al estudiante o al egresado y como asesor  al docente que haya dirigido la investigación.

ARTICULO 74.- DERECHOS MORALES: Los derechos morales, tal como los consagra la Ley, pertenecen en todo tiempo y circunstancia al autor de la investigación, pudiendo por lo tanto conservar la obra inédita o divulgarla, salvo disposición  en sentido contrario, reivindicar la paternidad  de la obra en cualquier momento  y oponerse a toda deformación, mutilación o modificación  que atente contra el decoro  de la obra o la reputación del autor.

La Universidad reconoce la autoría investigativa a docentes,  investigadores y estudiantes, bajo la presunción de la obra no ha quebrantado derechos de autor de otras personas. En caso de violación la responsabilidad será del infractor.
Las ideas expresadas  en los trabajos de investigación  por sus autores  son de su exclusiva responsabilidad y no comprometen el pensamiento oficial de la institución.

A la muerte del autor, el ejercicio de los derechos morales  corresponde a los causahabientes  durante ochenta años, si no los hubiere, la obra pasará  a ser de dominio público.

Cuando un investigador adscrito al Centro de Investigaciones  se retira de la Institución  o no concluya el trabajo investigativo asignado, La Universidad Libre podrá  continuarlo bajo la dirección  de otro investigador,  reconociendo la autoría, siempre y cuando su participación  haya cubierto por lo menos  la construcción del marco teórico, el diseño metodológico y la preparación del material de estudio.  En caso contrario, la autoría será del segundo investigador, haciendo mención de la participación del primero.

ARTICULO 75.- DERECHOS ECONOMICOS Y CONEXOS: Las investigaciones financiadas por la Universidad, es decir, aquellas en que se le paga al investigador para que adelante una investigación,  trátese de docente,  de Investigadores pertenecientes al centro de Investigaciones o de investigadores externos contratados para una investigación determinada, los derechos económicos  pertenecen de manera exclusiva a la Universidad Libre. Por tanto, no se podrá reproducir la obra por ninguna forma o procedimiento, ni distribuirla públicamente comercializarla, traducirla, adaptarla, arreglarla o transformarla, sin la autorización de la Universidad Libre.

La Universidad podrá, mediante contrato, estipular a favor del autor una participación económica sobre los beneficios patrimoniales obtenidos de la obra.

Si durante tres años contados a partir de la aprobación de la investigación, la Universidad no la publicare, el autor podrá hacerlo a sus expensas. En tal caso el autor deducirá los costos y de las utilidades pagará a la Universidad  una cuota igual a la que se hubiere estipulado a favor de este.
Esto mismo podrá hacerse antes del vencimiento del término anterior, por convenio suscrito entre la Universidad y el autor.

Si un investigador remunerado por la Universidad, por cualquier causa no culmina la investigación,  éste no podrá  culminarla  en otra institución ni a titulo personal,  sin la autorización expresa  y por escrito de la Universidad Libre, quedando siempre a salvo  los derechos morales  del autor sobre la parte realizada.
En las investigaciones interinstitucionales  los derechos materiales o económicos  se regularan en el contrato correspondiente.

En los trabajos de grado los derechos económicos  serán del estudiante o egresado.  En caso de que la obra  sea  de interés para la comunidad académica. La Universidad Libre  tendrá el derecho de preferencia  para su publicación.  En los casos en que el trabajo de grado  se haya realizado con la participación  de estudiantes y docentes investigadores, los derechos morales y patrimoniales  pertenecen a todos los autores.  Si alguno de los coautores  desea ceder sus derechos,  debe hacerse con la autorización de la Universidad Libre.

ARTICULO 76.- INVESTIGACIONES  DE PERSONAS NO REMUNERADAS POR LA UNIVERSIDAD. Cuando se trata de  proyectos de investigación  que son el objeto de un convenio o contrato,  con personas naturales o jurídicas distintas de la Universidad Libre, el régimen de los derechos  patrimoniales se determinara  por el convenio mismo o en su defecto por la Ley.

Cuando se trata de un proyecto de investigación  que son elaborados y ejecutados por un profesor no remunerado  como investigador, previa autorización del Centro de Investigaciones,  los derechos de autor intelectuales y patrimoniales  pertenecen al investigador.

Cuando la investigación se realiza  a través de convenios  o contratos de prestación de servicios, en el mismo contrato  se reglamentará  lo relativo a los derechos patrimoniales.

Cuando la investigación  sea laborada y ejecutada  por un profesor investigador, con auxilio de estudiantes,  estos tendrán derecho al reconocimiento público  en caso de edición.

ARTICULO 77.- PUBLICACIONES: Cuando se presenten a la Universidad  para su publicación, obras no financiadas por ésta, tales obras serán evaluadas  por el Centro de Investigaciones  conforme a las normas preestablecidas.

Si de dicha evaluación  se dedujere  que la obra tiene interés  científico, artístico, literario o de proyección  de la  Universidad,  ésta podrá celebrar  con el autor contrato de edición.
Las prestaciones a cargo y a favor de la Universidad  y del autor, serán las que se determinen en el mismo contrato, o en su defecto en la ley.

ARTICULO 78.- ABANDONO DE LA INVESTIGACIÓN.- El abandono de la investigación en cualquier estado en que ella se encuentre conlleva a la pérdida de cualquier derecho patrimonial, que pudiere derivarse de la misma.

ARTICULO 79.- CUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA INVESTIGACIÓN.- Cuando la ejecución de la investigación fuere parcial y el retiro del investigador fuere justificado, este conservará su calidad de autor en relación con la parte cumplida y tendrá derecho a su mención en la obra final.
Para la conclusión de la obra o de la investigación se entiende autorizada la Universidad sin necesidad de estipulación expresa.

ARTICULO 80.- TRANSMISION DE DERECHOS PATRIMONIALES. De quienes voluntariamente transfieren sus derechos sobre proyectos o sobre investigaciones.

El investigador podrá en cualquier estado de la investigación, aún concluida esta, renunciar parcial o totalmente  a los derechos patrimoniales de autor. La renuncia deberá realizarse por escrito privado.

El autor o investigador podrá ceder a la Universidad o a cualquier otra persona los derechos patrimoniales sobre la obra concluida. La cesión se perfeccionará conforme a las normas legales que regulan este acto.

ARTICULO 81.-.Vigencia.-El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

 

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999).

 

 

(Original firmado)                       (Original firmado)
LUIS FRANCISCO SIERRA REYES     FERNANDO DEJANON RODRIGUEZ
Presidente Corporación             Rector Universidad

 

(Original firmado)
NICOLAS E. ZULETA HINCAPIE
Secretario General

 

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Acuerdo n.º 2 De 2023 (17 de abril)

Acuerdo n.º 2 (17/04/2023)

Acuerdo n.º 2 De 2023
(17 de Abril)
«Por el cual se adopta una nueva versión del Reglamento de Consultorio Jurídico de las Facultades de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Libre y se deroga el Acuerdo n°. 11 del 2002»
Contenido
Título I
Disposiciones generales y principios rectores
Artículo 1. Definición.
Artículo 2. Misión.
Artículo 3. Visión.
Artículo 4. Objetivo general.
Artículo 5. Objetivos específicos.
Artículo 6. Principios.
Título II
Organización administrativa
Capítulo I
Del Comité Asesor
Artículo 7. Definición.
Artículo 8. Composición.
Artículo 9.Funciones del Comité Asesor:
Artículo 10. De los recursos.
Capitulo II
De la Dirección
Artículo 11. De la dirección del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación.
Artículo 12. Requisitos del cargo de director(a).
Artículo 13. Funciones del director(a).
Capítulo III
De la Secretaría Académica.
Artículo 14. La Secretaría Académica.
Artículo 15. Requisitos del cargo de Secretaría Académica.
Artículo 16. Funciones del Secretario(a) Académica (a):
Capítulo IV
Del personal administrativo
Artículo 17. Personal administrativo y de apoyo.
Título III
Servicios del Consultorio Jurídico
Artículo 18. Servicios que presta el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación.
Título IV
Uso de tecnologías
Artículo 19. Uso de tecnologías.
Título V
Representación a terceros
Artículo 20. De la representación a terceros.
Titulo VI
De los beneficiarios del servicio
Artículo 21. Beneficiarios:
Artículo 22. Criterios de atención a beneficiarios de los servicios.
Artículo 23. Atención especial y preferente.
Título VII
Régimen Académico
Capítulo I
De los estudiantes
Artículo 24. Definición.
Artículo 25. De los Derechos.
Artículo 26. De los deberes.
Artículo 27. Componentes de la práctica.
Artículo 28. Los turnos.
Artículo 29. Representación de terceros.
Artículo 30. Exoneración.
Capítulo II
De la docencia
Artículo 31. De la docencia.
Artículo 32. De las obligaciones académicas de los docentes.
Capítulo III
De la práctica en Consultorio Jurídico
Artículo 33. Contenido de la práctica y créditos académicos.
Artículo 34. De la duración.
Artículo 35. De los requisitos de inscripción a la práctica del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación.
Artículo 36. De la obligatoriedad de la práctica jurídica.
Artículo 37. De la asistencia a los turnos y el cumplimiento de horario.
Artículo 38. De las faltas.
Artículo 39. De las jornadas.
Artículo 40. Del cambio de día y jornada de prestación del servicio:
Título VIII
Evaluación Academica
Artículo 41. De la evaluación de los practicantes.
Título IX
Régimen disciplinario
Artículo 42. De las faltas de los Docentes.
Artículo 43 De las faltas de los judicantes del Consultorio Jurídico.
Artículo 44. De las faltas de los estudiantes.
Artículo 45. De las sanciones.
Artículo 46. Régimen de transición.
Artículo 47. Vigencia.

Acuerdo n.º 2 de 2023
(17 de abril)

«Por el cual se adopta una nueva versión del Reglamento de Consultorio Jurídico de las Facultades de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Libre y se deroga el Acuerdo n°. 11 del 2002».

La Consiliatura de la Universidad Libre en uso de sus facultades estatutarias y en especial las consagradas en el artículo 25, numeral 1, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la Consiliatura de la Universidad aprobó el Acuerdo n°. 11 del 4 de diciembre de 2002 «Por medio del cual se adopta el Reglamento del Consultorio Jurídico, de las Facultades de Derecho de la Universidad Libre».
  2. Que la Ley 2113 de 2021 «Por medio de la cual se regula el funcionamiento de los consultorios jurídicos de las instituciones de educación superior», en el inciso segundo del artículo 17 estableció que: «las Instituciones de Educación Superior con programas de Derecho efectuarán dentro de los dos (2) años a partir de la expedición de esta Ley, los ajustes curriculares, tecnológicos, de personal y de infraestructura a que haya lugar, para armonizar la estructura y operación de sus consultorios jurídicos con el contenido de esta Ley».
  3. Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Título I

Disposiciones generales y principios rectores

Artículo 1. Definición. El Consultorio Jurídico es un escenario de aprendizaje jurídico práctico de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, en el que los estudiantes cursan los créditos académicos, establecidos en el plan de estudios del programa de derecho, que depende de la Decanatura de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

Artículo 2. Misión. La prestación de un servicio jurídico social con calidad humana como un espacio de formación integral para el ejercicio de la abogacía.

Artículo 3. Visión. Ser un referente local, regional, nacional e internacional en la solución de conflictos para la transformación social, permitiendo que los estudiantes adquieran competencias, habilidades y valores para el ejercicio profesional.
Artículo 4. Objetivo general. El presente reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento del Consultorio Jurídico.

Artículo 5. Objetivos específicos. Son objetivos específicos del Consultorio Jurídico:

  1. Formar en el estudiante conciencia crítica, para el ejercicio profesional.
  2. Formar profesionales en todas las áreas del conocimiento jurídico, que sobresalgan por la entereza moral, excelencia académica, amor al estudio y la investigación, decisión de luchar en defensa de la democracia, la libertad y la dignidad del ser humano y, por tanto, personas tolerantes, respetuosas de las creencias y derechos de los demás.
  3. Brindar asistencia jurídica de alta calidad y gratuita a sujetos de especial protección constitucional y población vulnerable, con enfoque humanístico y ético, en armonía con los postulados constitucionales.
  4. Fortalecer las competencias de los estudiantes en la práctica jurídica.

Artículo 6. Principios. El Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación desarrollará sus funciones de acuerdo con los siguientes principios:

  1. Formación Integral. Constituye un escenario idóneo para la formación académica, humana y ética del abogado Unilibrista, facilitando a sus estudiantes adquirir experiencias, competencias suficientes y habilidades para el ejercicio de la profesión.

  2. Función social. Ofrecer servicios jurídicos obligatorios, inclusivos y voluntarios a la población beneficiaria señalada en la ley.

  3. Progresividad. Las prácticas jurídicas formativas se articulan de manera progresiva con el currículo de la universidad y el programa de derecho.

  4. Gratuidad. Presta servicios jurídicos gratuitos a las personas beneficiadas, de conformidad con la ley a excepción de los gastos necesarios para el impulso procesal y las costas judiciales.

  5. Inclusión. Garantizar los ajustes razonables necesarios para asegurar que los servicios prestados sean accesibles a los grupos de interés y afianzar su participación activa en igualdad de condiciones.

  6. Accesibilidad. Asegurar a los grupos de interés el acceso en igualdad de condiciones al entorno físico y virtual, la información y las comunicaciones relacionadas con la prestación de sus servicios.

  7. Confidencialidad. Los miembros activos del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación no podrán revelar o utilizar la información suministrada por quienes solicitan la prestación de sus servicios, a menos que hayan recibido del solicitante autorización escrita para ello, o que tengan necesidad de hacer revelaciones para evitar la comisión de un delito.

  8. Calidad. El Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación harán parte del macroproceso misional de proyección social del Sistema de Gestión de Calidad de la Universidad, fijando estándares que garanticen la calidad y eficiencia en la prestación del servicio, conforme a las normas técnicas aplicables.

Título II

Organización administrativa

Capítulo I

Del Comité Asesor

Artículo 7. Definición. Es un órgano adscrito del Consultorio Jurídico, a fin de asesorarlo en el desarrollo de políticas y la toma de decisiones.

Artículo 8. Composición. El Comité Asesor está integrado de la siguiente manera:

  1. El director, quien lo preside.
  2. Cuatro docentes del Consultorio Jurídico designados por el Decano de la Facultad de Derecho.
  3. Hará las veces de secretario del Comité Asesor el Coordinador Académico del Consultorio Jurídico, quien tendrá voz más no voto.

Parágrafo. Las decisiones del Comité se adoptarán por la mayoría simple de los votos de los asistentes.

Artículo 9.Funciones del Comité Asesor: Son funciones del Comité Asesor:

  1. Asesorar al Director en el diseño de pautas y programas académicos que se desarrollan en el período lectivo
  2. Conocer de los asuntos académicos y administrativos planteados al Comité.
  3. Resolver los recursos de reposición presentados por los discentes contra las decisiones tomadas por el Comité, respecto de quejas o reclamos relacionados con las calificaciones.
  4. Decidir sobre solicitudes presentadas al Comité
  5. Declarar los impedimentos de acuerdo con las normas legales vigentes.
  6. Interpretar, cumplir y hacer cumplir este reglamento.
  7. Las demás que sean inherentes a sus competencias.

Artículo 10. De los recursos. Contra las decisiones del Comité Asesor proceden los siguientes recursos:

  1. Reposición ante el mismo Comité Asesor.
  2. Apelación ante el Comité de Unidad Académica de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

Los recursos deberán ser interpuestos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión.

Capitulo II

De la Dirección

Artículo 11. De la dirección del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación. Estará a cargo de un director designado por el Consejo Directivo o la autoridad que los estatutos de la universidad vigentes al momento de la designación lo determinen.

Artículo 12. Requisitos del cargo de director(a). Para desempeñar el cargo de director del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación se requiere:

  1. Ser abogado.
  2. Ser Conciliador.
  3. Acreditar experiencia docente universitaria, mínimo por dos años.
  4. Acreditar título de maestría.
  5. Acreditar experiencia en el ejercicio de la abogacía por un término no inferior a cuatro años.

Artículo 13. Funciones del director(a). Al director (a) del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación le corresponden las siguientes funciones:

  1. Adoptar, dirigir y cumplir con las directrices institucionales, para la función misional.

  2. Recomendar la celebración de convenios, cartas de intención o memorandos de entendimiento y ejecutarlos cuando sea de su competencia, con todas las entidades que cumplan una función social.

  3. Organizar y velar por el funcionamiento del Consultorio Jurídico y proponer ajustes a la estructura orgánica, de acuerdo con las necesidades y las políticas internas de la Universidad.

  4. Ajustar los procedimientos y los trámites administrativos internos, conforme a las normas orgánicas del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación y las demás disposiciones de la Universidad.

  5. Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de los proyectos y programas académicos.

  6. Presentar informes de gestión a la Decanatura de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

  7. Convocar y presidir el Comité Asesor del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación a reuniones ordinarias y extraordinarias.

  8. Ejercer estricta vigilancia en el cumplimiento de las funciones y deberes de los docentes y personal del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación y que la prestación del servicio se realice en forma eficiente, eficaz, conforme a la normativa.

  9. Designar y dar posesión a los judicantes del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación, y

  10. Las demás que señalen los estatutos, reglamentos y las asignadas por las autoridades institucionales competentes.

Capítulo III

De la Secretaría Académica

Artículo 14. La Secretaría Académica. Estará a cargo de un Secretario(a) Académico (a) que atiende los asuntos académicos del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación.

Artículo 15. Requisitos del cargo de Secretaría Académica. Para desempeñar el cargo de secretario Académico del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación se requiere:

  1. Ser abogado.
  2. Acreditar experiencia docente en la Universidad Libre mínimo por 3 años.
  3. Haber aprobado el programa de formación en conciliación, en una entidad avalada por el Ministerio de Justicia y del Derecho o por quien haga sus veces.

Artículo 16. Funciones del Secretario(a) Académica (a):

  1. Responder por el cumplimiento de los programas y proyectos académicos del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación.

  2. Promover y participar en los estudios e investigaciones que permitan mejorar la prestación de los servicios de Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación.

  3. Establecer los horarios y llevar el registro de asistencia de los docentes, judicantes y asignar los turnos de los estudiantes.

  4. Rendir informes solicitados por la dirección de Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación.

  5. Convocar las reuniones que tengan por objeto cumplir los fines propuestos por el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación.

  6. Parametrizar, consolidar y migrar la evaluación de los estudiantes del Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación en las fechas establecidas para cada periodo académico.

  7. Hacer las veces de secretario (a) del Comité Asesor del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación.

  8. Asistir en representación del Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación a reuniones y demás actividades, cuando lo deleguen el director, Coordinador o las autoridades académicas de la Universidad.

  9. Ejercer las demás funciones que le señale el director del Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación.

Capítulo IV

Del personal administrativo

 

Artículo 17. Personal administrativo y de apoyo. El Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación contará con personal administrativo y de apoyo, para el cumplimiento de los objetivos propuestos.

Título III

Servicios del Consultorio Jurídico

 

Artículo 18. Servicios que presta el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación. Prestará los servicios de asesoría jurídica, conciliación extrajudicial en derecho, representación judicial y extrajudicial, adelantamiento de actuaciones administrativas e interposición de recursos en sede administrativa y pedagogía en derechos.

Parágrafo primero. Podrá prestar servicios de conciliación en equidad, mediación, mecanismos de justicia restaurativa y litigio estratégico de interés público, así como todos aquellos otros servicios que guarden relación y permitan el cumplimiento de los principios y objetivos establecidos en el presente reglamento y en la ley.

Parágrafo segundo. El litigio estratégico. Se entiende por litigio estratégico de interés público las acciones jurídicas encaminadas a lograr un efecto significativo en las políticas públicas, la legislación y la sociedad civil, a través de la garantía de los derechos.

Título IV

Uso de tecnologías

 

Artículo 19. Uso de tecnologías. Para el desarrollo de las actividades en el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación se utilizarán los aplicativos, sistemas de información de la tecnología y las Comunicaciones que disponga la universidad.

El consultorio jurídico y el Centro de Conciliación podrá ofrecer atención virtual a los usuarios en correspondencia con los principios orientadores y disposiciones aplicables contenidas en la ley 1341 de 2009 o la que haga sus veces.

El Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación podrán prestar servicios de asesoría legal y pedagogía en derechos bajo la modalidad virtual, cuando las circunstancias así lo exijan, en favor de la población beneficiaria de estos servicios.

El Consultorio Jurídico adecuara su sistema de información estableciendo los mecanismos de asesoramiento, conocimiento y atención de inquietudes, quejas o reclamos por parte de los usuarios y de información al público, a través de su página web.

Título V

Representación a terceros

 

Artículo 20. De la representación a terceros. Ejercerán las funciones de representación de terceros conforme a la competencia establecida por el artículo 9 de la ley 2113 de 2022 o la que la modifique o sustituya, los estudiantes que matriculen Consultorio Jurídico en los dos últimos semestres; siempre que hayan cursado y aprobado todas las asignaturas habilitantes.

Parágrafo. Los estudiantes deberán haber cursado y aprobado las siguientes asignaturas habilitantes:

Procesal Administrativo I y II;
Procesal Penal I y II;
Procesal Civil General;
Derecho Procesal Laboral;
Derecho Probatorio.

Titulo VI

De los beneficiarios del servicio

Artículo 21. Beneficiarios: Son beneficiarios de los servicios, los sujetos de especial protección constitucional, personas naturales que carezcan de medios económicos para contratar los servicios de un profesional del Derecho, y en general personas o grupos que, por sus circunstancias especiales, se encuentren en situación de vulnerabilidad o indefensión, cuando se trate de asuntos íntimamente ligados con su condición.

Los demás servicios a cargo del Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación, solo se prestarán a personas naturales que carezcan de medios económicos para contratar los servicios de un profesional en Derecho, previa evaluación de la situación socioeconómica particular quienes lo soliciten, conforme a los criterios establecidos por la Universidad en el marco de su autonomía.

Parágrafo. En ningún caso el valor de la pretensión podrá ser tenido en cuenta como factor de evaluación de la situación socioeconómica del usuario.

Artículo 22. Criterios de atención a beneficiarios de los servicios. Para la representación a terceros se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  1. Que el beneficiario habite en estratos 1, 2 y 3.
  2. La presentación del documento de identidad.
  3. El soporte de afiliación al sistema de identificación de potenciales beneficiarios de programas sociales «SISBEN» o certificado de vecindad.
  4. Factura de un servicio público domiciliario donde reside.

Artículo 23. Atención especial y preferente. El Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación tendrán en cuenta el protocolo inclusivo de atención a las personas con discapacidad; la guía de atención a mujeres maltratadas y personas LGBTIQA+; y la política de educación inclusiva de la Universidad.

Título VII

Régimen Académico

Capítulo I

De los estudiantes

Artículo 24. Definición. Son estudiantes del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación quienes hayan aprobado al menos el 50% de los créditos académicos del programa de Derecho y estén matriculados en Consultorio Jurídico I, II, III o IV.

Artículo 25. De los Derechos. Los estudiantes del Consultorio Jurídico además de los establecidos en el Reglamento Estudiantil, tienen los siguientes derechos:

  1. Obtener las correspondientes certificaciones y autorizaciones que los acrediten como estudiante del Consultorio Jurídico para actuar expresamente en cada proceso.
  2. Acceder a los escenarios de práctica jurídica en el marco de los convenios interinstitucionales suscritos con entidades públicas y privadas.
  3. Contar con la idónea y oportuna orientación, supervisión por parte de los docentes del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación en las asesorías y representación de terceros.
  4. Contar con los apoyos tecnológicos y logísticos que requiera para su desempeño en el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación.

Artículo 26. De los deberes. Los estudiantes del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación además de los establecidos en el Reglamento Estudiantil, tienen los siguientes deberes:

  1. Cursar en el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación los créditos académicos previstos en el plan de estudios.

  2. Atender con diligencia a los beneficiarios de manera presencial y/o virtual y permanecer en los Centros de Atención durante los turnos establecidos.

  3. Utilizar debidamente el sistema de información académica bajo estricta supervisión del docente de turno.

  4. Asumir, tramitar e impulsar eficiente y ordenadamente el conocimiento del proceso asignado, con estricta observancia de la ética profesional; con la asesoría del docente asesor.

  5. Realizar la digitalización de los procesos en las correspondientes carpetas del sistema de información académica y en la forma como el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación lo dispongan.

  6. Rendir, dentro de las fechas señaladas, los informes de actividades de cada periodo académico.

  7. Asistir a las capacitaciones programadas por el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación.

  8. Abstenerse de realizar cualquier actuación administrativa o judicial, sin la respectiva verificación y aprobación por parte de los docentes asesores y consultores del Consultorio Jurídico.

  9. Representar con decoro a la Universidad en todas las actuaciones del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación.

  10. Informar al beneficiario y al docente de la gestión procesal que adelante en cada proceso.

  11. Abstenerse de recibir documentos originales cuando realice la atención primaria.

  12. Cumplir los turnos asignados en los horarios que corresponda en el Centro de Atención.

Artículo 27. Componentes de la práctica. La práctica de Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación está conformada por dos (2) componentes que se desarrollan de manera presencial y/o virtual, así:

  1. Cumplimiento y desempeño de los turnos asignados en los diferentes Centros de Atención del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación.
  2. Representación a terceros en procesos judiciales y administrativos.

Artículo 28. Los turnos. Son las consultorías, capacitaciones y actividades realizadas por los estudiantes del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación en los Centros de Atención, de acuerdo con la programación establecida al inicio del periodo académico por la Secretaría Académica del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación.

Los turnos deberán ser cumplidos en la jornada asignada para ello, en el Centro de Atención que corresponda.

Artículo 29. Representación de terceros. Es la representación judicial o extrajudicial realizada por los estudiantes cuando sean designados como apoderados o defensores del beneficiario que lo requiera.

Artículo 30. Exoneración. El estudiante de Consultorio Jurídico que se encuentre en las circunstancias previstas en el artículo 29 de la ley 1123 de 2007, deberá acreditar la situación y solicitar a la Secretaría Académica se le exonere de la representación de terceros, presentando los siguientes documentos:

  1. Certificación laboral actualizada. Deberá ser aportada a la Secretaría Académica del Consultorio Jurídico o quien haga sus veces, por cada semestre de práctica.
  2. Fotocopia del acta de posesión del cargo que está desempeñando.
  3. Fotocopia de la resolución de nombramiento.

Una vez el Comité Asesor resuelva declararlo impedido para ejercer representación judicial, el estudiante deberá participar en las actividades de proyección social programados por la Dirección de Consultorio Jurídico.
Lo anterior sin perjuicio de lo establecido por el inciso segundo del parágrafo segundo del artículo 6 de la ley 2113 de 2021, o la que haga sus veces.

Capítulo II

De la docencia

Artículo 31. De la docencia. Son docentes de Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación los profesores de planta o catedráticos, que hayan sido asignados por la facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

Artículo 32. De las obligaciones académicas de los docentes. Son obligaciones de los docentes además de las señaladas en el Reglamento Docente, las siguientes:

  1. Orientar y dirigir la consulta, certificando con su visto bueno el diligenciamiento de la misma, en el sistema implementado por la Universidad para tales efectos.

  2. Controlar la asistencia de estudiantes y las actividades que le sean encargadas.

  3. Revisar y autorizar los asuntos de acuerdo con la competencia del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación.

  4. Entregar los informes de gestión y avance de los casos y procesos atendidos por los estudiantes en el consultorio y demás actividades académicas bajo su responsabilidad, conforme a la programación en el calendario académico.

  5. Participar en los talleres que señale la dirección del Consultorio Jurídico con ocasión del ingreso de los estudiantes.

  6. Participar como conferencista, programar reuniones, mesas redondas con los estudiantes; igualmente, hacer uso de la sala de audiencias, participar en jornadas de brigadas de asesoría, conciliación, las diferentes convocatorias que en el tema de proyección social sean informadas y demás actividades.

  7. Calificar el desempeño de los estudiantes en los turnos asignados; representación de terceros y demás actividades en el sistema académico dispuesto por la Universidad.

  8. Participar en el programa de educación continua, con temas de interés para los estudiantes, egresados no graduados, profesionales y público en general.

  9. Cumplir y registrar la asistencia en el sistema académico de la Universidad.

  10. Asistir a las reuniones del Comité Asesor, a las que sean citados.

  11. Las demás que el director del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación le señalen.

Capítulo III

De la práctica en Consultorio Jurídico

 

Artículo 33. Contenido de la práctica y créditos académicos. Con fundamento en los currículos construidos para el efecto. El contenido de la práctica general estará ligado a las asignaturas habilitantes cursadas por el estudiante, al ingreso de cada semestre de Consultorio Jurídico. Dicha práctica está conformada por dos créditos académicos para cada consultorio respectivamente.

Artículo 34. De la duración. La práctica del Consultorio Jurídico tendrá una duración de 4 semestres (de 7 a 10 semestre), conforme a las normas académicas de la universidad.

Artículo 35. De los requisitos de inscripción a la práctica del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación. El estudiante deberá diligenciar la inscripción de acuerdo con los parámetros y tiempos estipulados en el calendario académico de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

Los requisitos para ingresar al consultorio jurídico son:

  1. Haber cursado y aprobado 91 créditos académico del plan de estudio del programa de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, junto con sus asignaturas habilitantes.

  2. Estar debidamente matriculado y contar con la condición de estudiante de la facultad de derecho, ciencias políticas y sociales.

  3. Haber realizado en debida forma la inscripción de la práctica de Consultorio Jurídico.

  4. Haber asistido a la capacitación del Consultorio Jurídico y cumplir con los demás requisitos que el reglamento del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación estipule.

  5. Las demás que establezcan los reglamentos de la Universidad.

Artículo 36. De la obligatoriedad de la práctica jurídica. El Consultorio Jurídico en ningún caso será susceptible de omisión, homologación, convalidación o sustitución. Los componentes de la práctica jurídica establecidos en cada uno de los microcurrículos serán obligatorios.

Artículo 37. De la asistencia a los turnos y el cumplimiento de horario. Se considera como la labor realizada por los miembros activos del Consultorio Jurídico, de acuerdo al reparto y la programación establecida conforme al reglamento.

Artículo 38. De las faltas. Se aplicará lo establecido en el reglamento estudiantil.

Artículo 39. De las jornadas. Las actividades del Consultorio Jurídico se desarrollarán conforme lo establecido en cada seccional y/o conforme a directrices institucionales.

Artículo 40. Del cambio de día y jornada de prestación del servicio: Los estudiantes previo aviso soportado, podrán solicitar cambio excepcional en su día y jornada de servicio, el cual se compensará de acuerdo con la necesidad del servicio y bajo la autonomía de la Dirección del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación.

Título VIII

Evaluación Academica

Artículo 41. De la evaluación de los practicantes. La práctica del Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación se aprueba cuando el estudiante obtenga una nota mínima de tres cero (3.0) en cada uno de los componentes: Representación a terceros y desempeño en los turnos asignados.

Parágrafo primero. El trabajo académico en los turnos y participación en las diferentes actividades serán evaluados en una escala de cero puntos cero (0.0) a cinco puntos cero (5.0) y los ítems calificados serán:

  1. Cumplimiento que incluye: puntualidad, presentación personal, y comportamiento.
  2. Conocimientos, es decir la asesoría que se brinde de acuerdo al caso o casos consultados durante su permanencia del turno.
  3. Documentos, sea la hoja de consulta, lo entrevista o las actas de las audiencias realizadas cuando el turno se preste en el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico.

Parágrafo segundo. El trabajo académico será evaluado en una escala de cero puntos cero (0.0) a cinco puntos cero (5.0) por cada proceso activo. Esta calificación será el resultado de un mínimo de dos (2) revisiones programadas a lo largo del período académico.

Si el estudiante obtiene una nota inferior a tres (3.0) en cualquiera de los componentes que integran la práctica, improbará los créditos cursados en el escenario de prácticas, reportándose como IMPROBADO (I) en el Sistema de información académica.

La nota de Consultorio Jurídico no es computable para efectos del promedio de notas.

Título IX

Régimen disciplinario

 

Artículo 42. De las faltas de los Docentes. Además de las previstas en el Reglamento Docente, son faltas disciplinarias del docente de Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación, las siguientes:

  1. Exigir, recibir dineros o dádivas de los beneficiarios del Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación para la prestación del servicio.
  2. Asumir directamente o recomendar abogados para tramitar los asuntos que son motivo de consulta en el Consultorio Jurídico y del Centro de Conciliación; a excepción de lo establecido por los literales h) e i) del artículo 34 de este reglamento.
  3. No cumplir con las revisiones académicas de acuerdo con la programación del consultorio jurídico y su Centro de Conciliación en los procesos de asesoría a su cargo.
  4. Faltar al respeto a los beneficiarios y estudiantes de Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación.
  5. Vulnerar el principio de confidencialidad.

Artículo 43 De las faltas de los judicantes del Consultorio Jurídico. Además de las previstas en el capítulo XI del reglamento estudiantil, son:

  1. Asumir directamente o recomendar abogados para tramitar los asuntos que son motivo de consulta en el Consultorio Jurídico y su Centro de Conciliación.
  2. Faltar al respeto a los beneficiarios, docentes, estudiantes y personal del Consultorio Jurídico.
  3. Vulnerar el principio de confidencialidad.

Artículo 44. De las faltas de los estudiantes. Además de las previstas en el Reglamento Estudiantil, son:

  1. Exigir o recibir dineros o dádivas de los beneficiarios del Consultorio Jurídico.
  2. Asumir directamente o recomendar abogados para tramitar los asuntos que son motivo de consulta en el Consultorio Jurídico.
  3. No cumplir con los horarios establecidos para el desempeño de su labor.
  4. No cumplir con las actuaciones procesales propias de los asuntos asignados.
  5. Faltar al respeto a los beneficiarios, docentes, asistentes docentes y personal del Consultorio Jurídico.
  6. Vulnerar el principio de confidencialidad.

Artículo 45. De las sanciones. El procedimiento disciplinario y las sanciones aplicables a los docentes, egresado no graduado y estudiantes serán las establecidas en el Reglamento Docente y el Reglamento Estudiantil.

Artículo 46. Régimen de transición. A los estudiantes que al momento de la expedición del presente acuerdo cursen el programa de Derecho anualizado, en lo que corresponda se les continuará aplicando el Acuerdo n° 11 del 4 de diciembre de 2002.

Artículo 47. Vigencia. Este reglamento rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 17 días del mes de abril de 2023.

(Original firmado)                                      (Original firmado)
JORGE ALARCÓN NIÑO                           FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente                                                 Secretario General

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