Presentación
COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL - COCOLAB
¿QUÉ ES ACOSO LABORAL?: Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un trabajador por parte de un empleador, un superior, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del trabajador.
NATURALEZA DEL COCOLAB: El comité se constituye como una medida preventiva de acoso laboral, el cual se fundamenta en la Ley 1010 de 2006, la Ley 2646 de 2008, la Resolución 0652 de 2012 y la Resolución 1356 de 2012, y se reúne ordinariamente cada tres (3) meses, sesionando con la mitad más uno.
CANAL DE COMUNICACIÓN DEL COMITÉ: La comunidad trabajadora de la seccional Pereira se puede comunicar al mail Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., donde se garantiza especial reserva de la información allí registrada, teniendo en cuenta que solo tiene acceso al mail el presidente del comité.
VIGENCIA DEL COMITÉ: El período de vigencia de los miembros del Comité es de 2 años a partir de su conformación.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
1. Recibir y dar trámite a las quejas que puedan constituir acoso laboral y sus respectivas pruebas.
2. Examinar de manera confidencial los casos.
3. Escuchar a las partes involucradas de manera individual.
4. Crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas y construir conjuntamente compromisos mutuos.
5. Formular un plan de mejora concertado entre las partes, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
6. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos.
7. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, se informará y remitirá la queja a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez competente.