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Declaración

LA UNIVERSIDAD LIBRE Y EL LAICISMO

Desde el surgimiento de la República y durante casi todo el siglo XX, tema central de controversia entre los colombianos fue la lucha por la separación de la Iglesia y el Estado, liberadora de la herencia colonial religiosa.



El debate giraba en torno a las relaciones entre la Iglesia Católica y el Poder Civil; no alrededor de la lucha por el predominio entre diversas creencias cristianas (caso de la vieja Europa y de Norteamérica); ni entre religiones emparentadas (como las tres grandes monoteístas); ni entre creyentes, ateos y agnósticos.



Sin desconocer la fe católica, la controversia se centraba en la lucha por el control del poder civil, en la pretensión de imposición de la “verdad” monopólica de la Iglesia frente a la libertad de conciencia y en la lucha del clero por mantener la acumulación de la propiedad, fundamentalmente rural, en contra del clamor de las diversos sectores sociales por la desamortización de bienes.

En ese contexto surgen figuras, tendencias, conceptos e instituciones progresistas y libertarias como EZEQUIEL ROJAS, MANUEL MURILLO TORO y SANTIAGO PÉREZ, el Radicalismo liberal, el Estado laico, el laicismo en la educación, las Constitución de 1853 y de 1863 con sus aciertos y errores y la creación de la Universidad Nacional. 



Contra ese avance tumultuoso y caótico de la libertad pronto surge la reacción “regeneradora” de NUÑEZ y CARO que se materializa en la Constitución del 86 centralista, teocrática, dogmática y autoritaria, donde el Estado y la Iglesia quedan amalgamados a través del Concordato, siendo esta “la de la Nación”. Otros cultos apenas son “tolerados” disponiéndose que “la educación pública sea organizada y dirigida en concordancia con la Religión Católica” (art. 41, C. P. 1886). A su vez la educación privada, en sus diversos niveles, queda mayoritariamente en manos de congregaciones religiosas con su característica actitud dogmática e intolerante.



Como respuesta liberadora a ese modelo de Estado con visos teocráticos y al cercenamiento de las libertades que él traía aparejado, se dan los primeros intentos del liberalismo abatido en 1885 por recuperarse de la debacle, poniendo el acento en la educación “formando repúblicos para la república” al decir de GERADO MOLINA, evitando de manera pragmática confrontaciones con el clero todopoderoso. Así surgen en la educación superior entidades como el Externado de Colombia fundado en 1886 por DIEGO MENDOZA PÉREZ y reabierto en 1918 por NICOLAS PINZÓN WARLOSTEN, así como la Universidad Republicana, creada por JOSÉ ANTONIO ROBLES, Universidad que más tarde se refundiría en la Libre.



Con el nuevo siglo, el fin de la guerra de los mil días y la dictadura de REYES, los caudillos liberales retornan al quehacer político orientándose algunos por el “socialismo de Estado” de URIBE URIBE que sin pasar de ser un intervencionismo de Estado, constituía avance de todo orden en el modelo de sociedad imperante, y los más por un pragmatismo en lo religioso, distante del laicismo radical liberador. En este contexto es interesante destacar que ya en julio de 1917 la dirección nacional liberal en una circular propende “por la autonomía de la Universidad Nacional… y porque se organice la UNIVERSIDAD LIBRE como creación del partido”.



Después de la derrota de la guerra de los mil días y la paz del Winsconsin, de la secesión de Panamá y de la Primera Guerra Mundial, así como de la pobreza espiritual y doctrinaria que todo ello dejó en el liberalismo colombiano, el Partido carente de presente asume como eje fundamental de su tarea renovadora la formación de la juventud, única manera de forjarse un porvenir. Bien conocida, en ese sentido, es la decisión de la Convención Liberal de Ibagué de 1923 de “recomendar a los liberales que en la medida de sus recursos presten decidido apoyo a la fundación de la Universidad Libre….”



La UNIVERSIDAD LIBRE se constituyó así en heredera de las mejores tradiciones del radicalismo decimonónico y del ideario de un magisterio civilizador forjado en la derrota militar por caudillos como URIBE URIBE y HERRERA, y educadores como DIEGO MENDOZA PÉREZ y LUIS ANTONIO ROBLES, tradiciones que se han venido consolidando a través de los años por connotados educadores, por luchadores sociales de amplísima trayectoria y por juristas eminentes que han pasado por sus aulas, como ANTONIO JOSÉ RESTREPO, MIGUEL LÓPEZ PUMAREJO, JORGE ELIECER GAITÁN, TULIO ENRIQUE TASCÓN, GERARDO MOLINA y ESTANISLAO ZULETA, para no mencionar sino unos pocos, entre los más conocidos y ya fallecidos.



En 1923, al iniciar actividades la Universidad, el general HERRERA en declaración que enmarca nuestros Estatutos y constituye guía de nuestro actuar, dijo:



“La Universidad Libre, no debe ser un foco de sectarismo, ni una fuente perturbadora de la conciencia individual; ese moderno establecimiento debe ser una Escuela Universal, sin restricciones ni imposiciones; ese hogar espiritual deber ser amplísimo templo abierto a todas las orientaciones del magisterio civilizador, y a todas las sanas ideas en materia de educación; nada que ate la conciencia a los prejuicios y a las preocupaciones; pero nada tampoco que atente contra la libertad ni la conciencia del individuo. No vamos a fundar una Cátedra Liberal, sino una amplísima aula en que se agiten y se muevan, con noble libertad, los temas científicos y los principios filosóficos aceptados por la moderna civilización.”



Con el paso de los años y la actualización de paradigmas, producto de los avances civilizadores del último siglo, se ha consolidado la separación de la Iglesia y Estado; los derechos humanos se amplían, se fortalecen y adquieren nuevas dimensiones. Instrumentos tan importantes como la Declaración universal de derechos humanos, la Convención americana sobre derechos humanos y la Carta de Derechos Fundamentales de la Constitución de 1991 nos dan la dimensión actual de la libertad de conciencia y de la libertad religiosa en el contexto de un Estado laico, de un Estado Social de Derecho. La educación y específicamente la educación superior y su autonomía han de encuadrarse en dicho sistema de principios y valores.



Así como dentro de la autonomía universitaria hay centros privados de educación superior que se proclaman confesionales, también los hay, como el caso de la UNIVERSIDAD LIBRE que se caracterizan por su laicismo.



El laicismo no proclama el ateísmo, ni el agnosticismo pero los respeta como respeta toda creencia religiosa. El laicismo es por esencia aconfesional. En el plano educativo prescinde de toda religión, la que queda por fuera de la escuela y como asunto privado de cada individuo; esta es la única forma efectiva de garantizar la libertad de conciencia, así como las normas y valores de toda otra creencia, superando pretensiones hegemónicas.



La escuela debe pregonar la igualdad efectiva en la enseñanza, impartiendo ideas y conocimientos que sean comunes a todos, prescindiendo de creencias, valores y dogmas de grupos, los cuales no pueden imponerse a los demás so pretexto de creer ser mayorías.



Siendo toda religión dogmática y poseedora “única” de la verdad, riñe con la escuela laica, la que al aceptar que no hay una única verdad, admite la diferencia y tiende a la civilizadora búsqueda de consensos, que no unanimismos. La educación laica es inclusiva, la religiosa exclusiva. La única forma efectiva de garantizar la libertad de pensamiento y el libre examen en el proceso educativo se da prescindiendo de todo dogma de todo prejuicio, secularizando la ciencia, la filosofía, la ética, la historia y todo forma de conocimiento de la realidad.



El Censor Nacional de la UNIVERSIDAD LIBRE en ejercicio de su deber de velar por los principios que la inspiran (artículo 42 de los Estatutos) y consciente de los peligros que constantemente se ciernen sobre el carácter laico de nuestra Institución y de la enseñanza laica que ella imparte y debe impartir, invita a toda comunidad universitaria a reafirmar estos principios, a ser coherentes con ellos en nuestro actuar cotidiano y comunica a todos, que los directivos de la Universidad y todo otro servidor administrativo o docente, deben abstenerse de utilizar sus cargos y condiciones así como los recursos de todo orden del Centro Educativo (económicos, instalaciones, equipos, tiempo laborable, actividades académicas y de bienestar universitario, etc.) para fines confesionales.

 

Firma Censor

Bogotá, noviembre 8 de 2010

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