Rectoría seccional

RECTOR

El Rector de la sede principal y de cada Seccional es la máxima autoridad académica.

Para ser Rector de la sede principal y de cada Seccional se requiere:

1.Tener título profesional universitario;

2. Haber ejercido la docencia en la Universidad Libre por un período mínimo de tres años o haber desempeñado el cargo en propiedad.

Son funciones del Rector Seccional:

1. Cumplir y hacer cumplir la Ley, los Estatutos, los Reglamentos, las decisiones y actos de la Consiliatura y de los Consejos Directivos;
2. Asistir a las reuniones del Consejo Directivo con voz. En ausencia del Rector Nacional asistirá con voz y voto;
3. Presidir la Comisión Permanente de Asuntos Académicos del Consejo Directivo, el Consejo Académico Seccional y el Comité de Currículo;
4. Ejercer la representación académica de la Seccional y controlar su marcha académica;
5. Dirigir, de común acuerdo con el Delegado del Presidente, la planeación de la Seccional;
6. Dirigir el proceso de planeación académica, curricular e instruccional de la Seccional;
7. Presentar ante el Consejo Directivo, conjuntamente con el Delegado del Presidente, el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y gastos de la Seccional, y
8. Las demás que señalen la Ley, los Estatutos y los Reglamentos.