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Acuerdo n.º 003 de 1995 (marzo 27)

Acuerdo n.º 3 de 1995 (27 de marzo)

Acuerdo n.º 003 de 1995
(marzo 27)

«Por el cual se organiza la Sección de Sindicatura de la
 Corporación Universidad Libre».

La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus funciones Estatutarias, en especial la del artículo 25, numeral 5, de los Estatutos vigentes, Acuerdo n.º 1 de 1994;

ACUERDA:

Artículo 1. La Sección de Sindicatura. de la Sede Principal, adscrita a la Presidencia es la responsable de la coordinación administrativa y financiera de la Corporación y estará a cargo de un Síndico, elegido por la Consiliatura.

Artículo 2. El cargo de Síndico será de tiempo completo, incompatible con el ejercicio de otro cargo público o privado, requiere ser ciudadano colombiano en ejercicio, poseer título profesional universitario en Administración de Empresas o Contaduría o Ingeniería Industrial o Economía, acreditar cinco (5) años de experiencia en las funciones que más adelante se señalan, o la docencia universitaria por un lapso igual en las cátedras afines al cargo y no estar incurso en inhabilidades e incompatibilidades que señalan los Estatutos. Además, deberá otorgar fianza de manejo en la cuantía que señale la Consiliatura.

Artículo 3. Son funciones del Síndico:

  1. Asesorar al Presidente Nacional en la dirección de los servicios administrativos y de las dependencias encargadas del manejo de los bienes y recursos financieros, de la adquisición de elementos, de la vigilancia y el mantenimiento de los mismos;

  2. Coordinar, con las demás dependencias de la Universidad, la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Universidad y presentarlo a consideración del Presidente;

  3. Responder ante el Presidente Nacional por la ejecución del presupuesto;

  4. Responder por la ejecución y mantenimiento de los bienes de la Universidad;

  5. Vigilar que las dependencias seccionales suministren oportunamente los elementos requeridos por cada una de las unidades académicas y administrativas;

  6. Informar a la Presidencia Nacional sobre la ejecución presupuestal global y por seccionales;

  7. Custodiar los documentos y contratos que representan bienes inmuebles y los que sean de carácter financiero;

  8. Coordinar y dirigir los recaudos en dinero que por todo concepto perciba la Universidad;

  9. Coordinar las adquisiciones de suministros de bienes y/o servicios de acuerdo a la reglamentación existente para ello;

  10. Llevar y responder por los inventarios de todos los bienes de la seccional y velar por su conservación y cuidado;

  11. Elaborar y presentar el presupuesto anual de ingresos y gastos de la vigencia siguiente, a más tardar el 15 de noviembre de cada año, conforme a lo dispuesto en los Estatutos;

  12. Responder por la eficiencia, eficacia y efectividad de las dependencias adscritas a su Departamento;

  13. Coordinar las directrices e instrucciones de carácter administrativo-financiero que imparta la Consiliatura, y el Presidente;

  14. Refrendar con su firma todos los pagos, conjuntamente con quien señale la Consiliatura o el Consejo Directivo en su caso, distinto del ordenador del gasto;

  15. Rendir informe por escrito cada trimestre con destino a la Consiliatura y mensualmente al Presidente y al Consejo Directivo de las actividades financiero-estadísticas de la seccional a su cargo; y

  16. Las demás que señale la Consiliatura y el Presidente.

Artículo 4. Le corresponde al Síndico de Santafé de Bogotá consolidar la información financiera, contable y tributaria de todas las seccionales que conforman la Corporación Universidad Libre.

Artículo 5. Para el buen desempeño de sus funciones el Síndico coordinará las dependencias de Contabilidad, Presupuesto, Tesorería y Jefatura de Compras.

Artículo 6. La elección de los Síndicos de las Seccionales, quienes deberán cumplir los requisitos y funciones señaladas en lo que corresponda a su jurisdicción, se hará por los Consejos Directivos de ternas que presente el respectivo Presidente Seccional.

Artículo 7. El presente acuerdo rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cinco (1995).

 

(Original firmado)

GUSTAVO HUMBERTO RODRÍGUEZ R.
Presidente de la Corporación

(Original firmado)

FERNANDO CADAVID
Secretario General

 



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