Acuerdo Nro. 07 (Mayo 5 de 1999)
ACUERDO Nro. 07
(Mayo 5 de 1999)
“Mediante el cual se reforma y adiciona el Acuerdo No. 05 del 29 de julio de 1998, por el cual se fijan las normas para el proceso presupuestal de la Corporación Universidad Libre”.
LA CONSILIATURA DE LA UNIVERSIDAD LIBRE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS Y ESTATUTARIAS y,
CONSIDERANDO:
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Que de acuerdo con el numeral 1 del artículo 25 de los Estatutos de la Corporación, es función de la Consiliatura reglamentar los Estatutos de la Universidad.
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Que la Consiliatura mediante el Acuerdo No 05 de Julio 29 de 1.998 fijó las normas para el proceso presupuestal de la Corporación Universidad Libre.
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Que se hace necesario reformar y adicionar el capítulo XI del Acuerdo No 05 de Julio 29 de 1.998, en lo referente al glosario de cuentas.
ACUERDA:
ARTICULO UNICO: Reformar el Capítulo XI “DISPOSICIONES GENERALES” del Acuerdo No 05 de Julio 29 de 1.998, en lo referente al glosario de cuentas, numerales 1.3., 1.3.1, 1.3.2., 2.3., 2.3.1., 2.3.2., 2.3.3., 2.3.4, 2.3.5., los cuales quedarán así:
1.3. RECURSOS DE CAPITAL
Comprende los Recursos de Balance del año inmediatamente anterior y los Recursos de Crédito a contratar.
1.3.1. RECURSOS DE BALANCE
Se determinaran así: Al activo disponible se le resta el valor de los fondos, se suman las inversiones en CDT o aquellas que sean convertibles a corto plazo, menos los ingresos recibidos por anticipado en dinero efectivo.
1.3.2. RECURSO DE CREDITO
Se constituyen con los prestamos a mediano y largo plazo, previamente autorizados por el Consejo Directivo y por la Consiliatura, según sea el caso y cuyo ingreso debe producirse dentro de la respectiva vigencia.
2.3 PASIVO
Se refiere a las cuentas que representan las obligaciones contraídas por la Universidad, en el desarrollo del giro ordinario de su actividad que no fueron canceladas en el año inmediatamente anterior. Comprende las obligaciones financieras, proveedores, cuentas por pagar, impuestos y obligaciones laborales que se encuentran en el balance general.
2.3.1. OBLIGACIONES FINANCIERAS
Hace referencia a las obligaciones contraídas por la Universidad mediante la obtención de recursos provenientes de entidades financieras o de crédito. Esta cuenta no incluye intereses financieros. Está conformada por las siguientes cuentas: Bancos Nacionales, Corporaciones Financiera, Compañías de Financiamiento Comercial, Corporaciones de Ahorro y Vivienda.
2.3.2. PROVEEDORES
Comprende el valor de las obligaciones a cargo de la Universidad, por concepto de la adquisición de bienes y/o servicios en desarrollo de las operaciones relacionadas directamente con la explotación del objeto social, tales como, materiales, combustibles, suministros en general, contratos, etc.
2.3.3. CUENTAS POR PAGAR.
Se refiere a las obligaciones contraídas por la Universidad a favor d terceros por conceptos diferentes a los proveedores y obligaciones financieras, tales como: deudas a compañías vinculadas, cuentas por pagar a contratistas, costos y gastos por pagar.
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A Compañías Vinculadas: Se refiere las obligaciones de las Seccionales para con la Sede Principal por concepto de aportes a autoridades nacionales, las deudas por concepto de prestamos o transacciones efectuadas entre ellas.
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Costos y Gastos por Pagar: Registra aquellos pasivos de la Universidad originados por la prestación de servicios, honorarios y gastos financieros entre otros.
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Acreedores Varios: Registra los valores adeudados por la Universidad por conceptos diferentes a los especificados anteriormente.
2.3.4. IMPUESTOS, GRAVAMENES Y TASAS:
Comprende el valor de los gravámenes de carácter general y obligatorios a favor del Estado y a cargo de la Universidad por concepto de los cálculos con base en las liquidaciones privadas sobre las respectivas bases impositivas generadas en el período fiscal. Está conformada por las siguientes subcuentas: Impuestos sobre las Ventas por Pagar, De Industria y Comercio, A la Propiedad Raíz, De Valorización, De Vehículos y Otros.
2.3.5. OBLIGACIONES LABORALES:
Comprende el valor de los valores a favor de los empleados, exempleados o beneficiarios, originados en virtud de normas legales, convencionales o por pactos colectivos de trabajo, tales como: salarios por pagar, cesantías consolidadas, primas de servicios, prestaciones extralegales, pensiones por pagar e indemnizaciones laborales.
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve (1999).
(Original firmado)
FRANCISCO SIERRA REYES
Presidente
(Original firmado)
NICOLAS ZULETA HINCAPIÉ
Secretario General
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