(Abril 27 de 2017)
“Por la cual se expide la Política de Salud y Seguridad en el Trabajo de la Universidad Libre”.
La Sala General de la UNIVERSIDAD LIBRE en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 20, numeral 2, y,
CONSIDERANDO:
- Que el Decreto 1443/2014 de 31 de julio, Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) ordena en el CAPÍTULO II, artículo 5° establecer por escrito la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Que el Decreto 1072/2015 de mayo 26, Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, establece en el Artículo 2.2.4.6.5. la obligatoriedad de expedir por escrito la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
- Que Política de SST, por sus particulares características, requiere de un reglamento especial.
- Que puesta en conocimiento de la Sala General por el señor Presidente y la Secretaría General el contenido del Decreto 1072 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo” y dada la necesidad de que esta norma tenga cumplida ejecución, la Sala General facultó al señor Presidente, de conformidad con el artículo 20, numeral 2, de los Estatutos, para que expidiera la decisión, a través del acto pertinente, mediante el cual se adopte la Política de Salud y Seguridad en el Trabajo de la Universidad Libre.
- Que, de acuerdo con los Estatutos de la Universidad, artículo 21, las materias de carácter particular las adopta la Sala General en una sesión y se denominan resoluciones.
- Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. De la adopción de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo —STT. Adoptar la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, abreviadamente «Política de SST», para la UNIVERSIDAD LIBRE en su Sede Principal, sus seccionales y la Sede de Cartagena, la cual obra como anexo de esta.
ARTÍCULO 2. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones internas que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 27 días del mes de abril de 2017.