
“Por el cual se modifica el parágrafo 1 del Acuerdo No. 03 de 2009 que reglamenta los posgrados en la Universidad.”
La Consiliatura de la Universidad Libre, en uso de sus atribuciones reglamentarias y estatutarias,
CONSIDERANDO:
1.- Que el Parágrafo 1 del artículo 12 del Acuerdo No. 03 de 2009 del Reglamento de Posgrados dispone que las solicitudes de homologación deben corresponder a programas de especialización o maestría realizados dentro de los cinco (5) años anteriores a la solicitud.
2.- Que se hace necesario reglamentar que en aquellos programas en donde se pretendan homologar asignaturas de programas que hayan sido cursados con anterioridad a los cinco últimos años, las personas que tengan esa pretensión puedan presentar una validación por suficiencia.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar el Parágrafo 1 del artículo 12 del Acuerdo 03 de 2009, que reglamenta los Posgrados en la Universidad, el cual quedará así:
PARÁGRAFO 1. Las solicitudes de homologación deben corresponder a programas de especialización o maestría realizados dentro de los cinco (5) años anteriores a la solicitud. En aquellos programas cursados con anterioridad superior a cinco años se podrá presentar validación por suficiencia”
ARTICULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D.C. a los veintiocho (28) días del mes de noviembre de 2011.
LUIS FRANCISCO SIERRA REYES | PABLO EMILIO CRUZ SAMBONI |
Presidente Nacional | Secretario General |
Esperanza P