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Resolución n.º 06 de 2020 (03 de marzo)

Resolución n.º 06 de 2020 (03 de marzo)

Resolución n.º 6 de 2020
(3 de marzo)

«Por la cual se cambia la denominación del cargo de Asistente y se establecen las funciones del Asesor de la Presidencia Nacional».

La Consiliatura de la Universidad Libre, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 25, numerales 1, 2, 7, y

CONSIDERANDO:

  1. Que es competencia de la Consiliatura «crear, modificar o suprimir las unidades académicas, dependencias administrativas u otras formas de organización institucional y académicas».
  2. Que la Consiliatura aprobó la creación de los cargos de Asistente de la Presidencia Nacional y Asistente de la Rectoría Nacional, según consta en el Acta n.º 5 de mayo 20 de 2013.
  3. Que las funciones asistenciales implican el ejercicio de actividades de apoyo, manuales o de simple ejecución.
  4. Que las funciones y responsabilidades atribuidas al Asistente de la Presidencia Nacional, aconsejan el cambio de denominación de este cargo por la de Asesor de la Presidencia Nacional.
  5. Que se hace necesario establecer las funciones del cargo de Asistente de la Presidencia Nacional.
  6. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. De la denominación. Cambiar la denominación del cargo de Asistente de la Presidencia Nacional por la de Asesor de la Presidencia Nacional.

Artículo 2. De las funciones. Son funciones del Asesor de la Presidencia Nacional:

  1. Asesorar al Presidente Nacional en su liderazgo de los procesos de planeación financiera y administrativa contemplados en el Plan Integral de Desarrollo Institucional, la formulación de programas y proyectos, la dirección, orientación y seguimiento de los mismos, así como en el establecimiento de las correspondientes acciones de mejora.

  2. Brindar asesoría al Presidente Nacional como responsable de los procesos administrativos y financieros, encaminada al control y verificación de la correcta ejecución del presupuesto anual aprobado por la Consiliatura.

  3. Dar su opinión al Presidente Nacional sobre la conveniencia financiera de adelantar proyectos y actividades que respondan a la responsabilidad social de la Universidad y que integren la proyección social con las funciones sustantivas.

  4. Previo a la firma de documentos y solicitudes de gastos por parte del señor Presidente Nacional, efectuar revisión puntual del cumplimiento de los estatutos, reglamentos y demás requisitos y normas fijadas por la Consiliatura y en las normas legales.

  5. Asistir a las reuniones a que sea convocado por el señor Presidente Nacional y participar en los organismos que tenga a bien designarlo.

  6. Representar al Presidente Nacional en actividades internas y externas por expresa delegación suya.

  7. Las demás propias de su gestión que le sean asignadas por el Presidente Nacional.

Artículo 3. De la vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 3 días del mes de marzo de 2020.

(Original firmado)

JORGE ALARCÓN NIÑO
Presidente

(Original firmado)

FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Secretario General



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