Procesos de Selección
Se informa que el TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 2025- 00178 Interpuesta GYOBANA PEÑA TORRES con C.C. 24049712, ordena publicarla acción constitucional, con el propósito de notificar los aspirantes del empleo Fiscal Delegado ante Tribunal de Distrito, código OPECE I-101-M-01-(44), del Concurso de Méritos FGN 2024 del CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024, quienes en su condición de terceros con interés, y si lo consideran pertinente, intervenir dentro de esta acción dentro del término de 48 horas, remitiendo sus escritos a la dirección electrónica que se muestra a continuación sectribsupspst15bta@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCION DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora CARMENZA CASTILLO ROJAS, identificada con la C.C. No 39530834,mediante auto de fecha 17 de febrero de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a cada una de las personas que hacen parte de la lista de elegibles y/o Convocatoria del Proceso de Selección, para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial j43pccbt@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 2026- 00039 Interpuesta ANDRÉS SIERRA AMAZO con C.C. 86040512, ordena publicarla acción constitucional, con el propósito de notificar los aspirantes del empleo Fiscal Delegado ante Tribunal de Distrito, código OPECE I-101-M-01-(44), del Concurso de Méritos FGN 2024 del CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024, quienes en su condición de terceros con interés, y si lo consideran pertinente, intervenir dentro de esta acción dentro del término de 72 horas, remitiendo sus escritos a la dirección electrónica que se muestra a continuación https://ventanillavirtual.consejodeestado.gov.co/
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE BARRANCO DE LOBA BOLIVAR, dentro del trámite de la acción de tutela, con radicado 130744089001-2026-00032-00, interpuesta por el ciudadano YESID ARDILA TAFUR, identificado con cédula de ciudadanía No. 1046430090, profirió auto ordenando la notificación de la demanda y del auto admisorio de la acción de tutela a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado ASISTENTE DE FISCAL II, identificado con el código OPECE No. I-203-M-01-(679), para que puedan intervenir enviando sus respectivos memoriales en el término de dos (2) días, si a bien lo consideran pertinente.
Por lo anterior y dando cumplimiento a la orden impartida se publica el contenido de la demanda y del auto admisorio que dispuso:
“(…)
Ordenar a la Fiscalía General de la Nación, a través de la Subdirección Nacional de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial y a la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, que publique de manera visible el contenido de esta providencia en el aplicativo SIDCA3 y en la página web oficial de la convocatoria, a efectos de garantizar la participación e intervención de otros aspirantes que pudieran tener interés en el resultado del presente trámite constitucional.
(…)”
Con el propósito de notificar y vincular a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado ASISTENTE DE FISCAL II, identificado con el código OPECE No. I-203-M-01-(679), para que puedan intervenir enviando sus respectivos memoriales en el término de dos (2) días, si a bien lo consideran pertinente, remitiendo sus escritos al correo electrónico del despacho: j01prmbloba@cendoj.ramajudicial.gov.co;
Se informa que el JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD MANIZALES – CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor JORGE ANDRÉS LOZANO GARCÍA, identificado con la C.C. No 1054996870,mediante auto de fecha 13 de febrero de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a cada una de las personas que hacen parte de la lista de elegibles y/o Convocatoria del Proceso de Selección, para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de DOS (2) DÍAS para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial cseradmjepmsmzl@notificacionesrj.gov.co.
El JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE YOPAL – CASANARE, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 12 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor ZAMIR MOLINA PIDACHE, con radicado No. 850013333003-2026-00029-00, ordenó lo siguiente:
«TERCERO: ORDENAR a la UNION TEMPORAL FGN2024; publicar en la página oficial correspondiente al concurso la presente decisión para efecto de enterar a los concursantes, especialmente los que concursan PARA EL EMPLEO DENOMINADO FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS. ”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los xxxx participantes inscritos …. (de acuerdo a lo que haya ordenado el fallo mismo, o en su defecto a quien se haya dirigido la notificación del auto admisorio).
FALLO
DescargarSe informa que el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ADSCRITO AL PROGRAMA OIT EN LA CIUDAD BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora YENIZABTEH NAIZAQUE RAMÍREZ, identificado con la C.C. No 53084692,mediante auto de fecha 12 de febrero de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a cada una de las personas que hacen parte de la lista de elegibles y/o Convocatoria del Proceso de Selección, para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de VENTICUATRO (24) HORAS para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: csaoit@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR, dentro del trámite de la acción de tutela, con radicado 20001-31-05-003-2026-10018-00, interpuesta por el ciudadano FRANCISCO JAVIER TAMARA PEREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 88268549, profirió auto ordenando la notificación de la demanda y del auto admisorio de la acción de tutela a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado ASISTENTE DE FISCAL II, identificado con el código OPECE No. I-203-M-01-(679), para que puedan intervenir enviando sus respectivos memoriales en el término de veinticuatro (24) horas, si a bien lo consideran pertinente.
Por lo anterior y dando cumplimiento a la orden impartida se publica el contenido de la demanda y del auto admisorio que dispuso:
“(…)
TERCERO: REQUERIR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN-2024 que, a partir de la notificación del presente auto, notifiquen personalmente y corran traslado del escrito de tutela y auto admisorio a quienes hayan aprobado la prueba escrita al cargo de ASISTENTE DE FISCAL II, código I-203-M-01-(679); informándoles que se les otorga el término de UN (1) DÍA, contado a parr de la notificación del presente auto, para que, si lo consideran pertinente, se manifiesten y alleguen los documentos en ejercicio de sus derechos de defensa y contradicción. Las entidades deben allegar los respectivos soportes a la mayor brevedad, entendiendo que se trata de una acción constitucional.
CUARTO: REQUERIR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN-2024, para que publiquen en sus páginas web oficiales, el escrito de tutela y auto admisorio, con el fin que los interesados en la misma conozcan su contenido y si es su voluntad se pronuncien al respecto, para cuyos efectos se les otorga el término de UN (1) DÍA, contado a parr de la publicación en las respectivas páginas. Las entidades deberán allegar al día siguiente de su publicación los respectivos soportes
(…)”
Con el propósito de notificar y vincular a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado ASISTENTE DE FISCAL II, identificado con el código OPECE No. I-203-M-01-(679), para que puedan intervenir enviando sus respectivos memoriales en el término de veinticuatro (24) horas, si a bien lo consideran pertinente, remitiendo sus escritos al correo electrónico del despacho: j03lcvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co;
El TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ SALA PENAL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 03 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Luis Carlos Rodríguez Reyes, con radicado No. 110013109001202500257 01 [T-461-25], ordenó lo siguiente:
« 1. CONFIRMAR el fallo de fecha, naturaleza y origen indicados. (…)”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a cada una de las personas que hacen parte de la lista de elegibles y/o Convocatoria del Proceso de Selección.
FALLO
DescargarEl TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 11 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Anthony Gabriel Culchac Portilla, con radicado No. 5235631040012025 00425 0, ordenó lo siguiente:
«PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia proferida el 11 de diciembre de 2025 por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Ipiales (N), ello de acuerdo con las razones expuestas en este proveído. (…)”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes del Concurso FGN 2024 que optaron por la vacante de Asistente de Fiscalía I, código I-204-M-01-(347).
FALLO
DescargarEl JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA IPIALES-NARIÑO, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 11 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor EDWIN ANDERSON CUAYAL BOLAÑOS, con radicado No. 2026 – 00015, ordenó lo siguiente:
«PRIMERO. – NO TUTELAR el amparo constitucional invocado por el señor EDWIN ANDERSON CUAYAL BOLAÑOS, formulada en contra de la la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA. (…)”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los concursantes de la Convocatoria FNG 2024.
FALLO
DescargarEl JUZGADO 4° PENAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ de fecha 13 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor HENRY YECID SÁNCHEZ SAAVEDRA, con radicado No: 11000113180042026-000023-00 ordenó lo siguiente:
“(…) Primero. Declarar improcedente la solicitud de tutela elevada por HENRY YECID SÁNCHEZ SAAVEDRA en contra de la Fiscalía General de la Nación, Universidad Libre de Colombia y Unión Temporal Convocatoria Fiscalía General de la Nación 2024.
Segundo. Notificar la sentencia de acuerdo con las previsiones del artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, en el evento de que no sea impugnada, remitir la actuación a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-103-M-01-(597) para el cargo FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO.
FALLO
DescargarEl TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA, SALA PENAL DE DECISIÓN de fecha 11 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor NESTOR BENJAMÍN GUZMÁN BARRIOS, con radicado No: 13-001-31-87-001-2025-00120-01 ordenó lo siguiente:
“(…) PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia del 14 de enero de 2026 proferido por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cartagena, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-109-M-06-(32) para el cargo PROFESIONAL DE GESTIÓN II.
FALLO
DescargarEl JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 11 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor DIEGO ALEJANDRO ZAFRA PIMIENTO, con radicado No. 680013333001-2026-00028-00 , ordenó lo siguiente:
«PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE POR NO CUMPLIR CON EL REQUISITO DE SUBSIDIARIEDAD, la acción de tutela presentada por el señor DIEGO ALEJANDRO ZAFRA PIMIENTO en contra de la COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UT CONVOCATORIRA FGN 2024, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente sentencia. (…)”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los restantes participantes del concurso de méritos denominado convocatoria FGN 2024, en la modalidad de ingreso y ascenso en el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I ofertado con el OPEC I-204-M-01(347).
FALLO
DescargarJUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C en conocimiento de la acción de Tutela instaurada CARLOS ANDRÉS ALONSO ALVARADO radicada bajo 2026-00044 profirió sentencia de fecha 12 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por el ciudadano CARLOS ANDRÉS ALONSO ALVARADO contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD LIBRE, de acuerdo con lo argumentado en la parte considerativa de esta decisión.
FALLO
DescargarTRIBUNAL SUPERIOR DE ARMENIA, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada ALEXIS HURTADO MORA radicada bajo 2025-00091 profirió sentencia de fecha 13 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
Primero: Confirmar la sentencia de 19 de enero de 2026, proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Armenia, Quindío, que declaró improcedente el amparo dentro de la acción de tutela promovida por Alexis Hurtado Mora contra la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre – Concurso de Méritos FGN 2024 SIDCA 3.
FALLO
DescargarEl JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD SANTA MARTA – MAGDALENA de fecha 23 de enero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor GIOVANNI CEBALLOS RODRÍGUEZ, con radicado No: 47-001-31-87-002-2026-00041-00 ordenó lo siguiente:
“(…) TERCERO. La notificación de los integrantes de la lista de elegibles la deberá realizar la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, a través de la página web de dicha entidad, o el medio más idóneo de que dispongan para tal fin, debiendo suministrarles a dichos aspirantes, copia de la presente decisión. La entidad remitirá con destino a esta acción constitucional las constancias respectivas de la notificación (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-106-M-09-(2) para el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO II.
FALLO
DescargarEl TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA PENAL DE BUCARAMANGA de fecha 13 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora CAROLINA ANGARITA CHACÓN, con radicado No: 2025-00112-01 / 09 ordenó lo siguiente:
“(…) PRIMERO. – CONFIRMAR el fallo de fecha, naturaleza y origen reseñados, mediante el cual se declaró improcedente la acción de tutela promovida por CAROLINA ANGARITA CHACÓN.
SEGUNDO. – ENVIAR las diligencias INMEDIATAMENTE a, la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-206-M-01-(130) para el cargo TÉCNICO II.
FALLO
DescargarJUZGADO SEXTO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO BOGOTA D.C, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada MAGDA CECILIA SAAVEDRA CORREDOR radicada bajo 2026-00022 profirió sentencia de fecha 13 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
PRIMERO: NEGAR el amparo constitucional promovido por Magda Cecilia Saavedra Corredor contra la Fiscalía General de la Nación, la Universidad Libre y la Unión Temporal UT Convocatoria FGN 2.024, por las consideraciones anotadas en la parte motiva de la sentencia.
FALLO
DescargarEl JUZGADO 3° PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO POPAYÁN–CAUCA de fecha 11 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora LEYDY CAMILA PAJOY ANTONIO, con radicado No: 190013107003-2026-30015-00 ordenó lo siguiente:
“(…) TERCERO: REQUERIR a la COMISIÓN NACIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, para que de manera inmediata publiquen en la página web de la entidad el fallo de tutela de la presente acción constitucional, remitiendo a este Despacho los documentos que den cuenta de esta actuación, para que se surta la notificación de los vinculados participantes del concurso convocado mediante Acuerdo No. 001 de 2025, del 03 de marzo de 2025 al cargo de Asistente de Fiscal II OPECE I-203-
M-01-(679). (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-203-M-01-(679) para el cargo ASISTENTE DE FISCAL II.
FALLO
DescargarEl TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA SALA PENAL DE DECISIÓN N°003 de fecha 9 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JUAN CARLOS SANDOVAL RODRÍGUEZ, con radicado No: 54001-31-87-003-2025-00281-01 ordenó lo siguiente:
“(…) PRIMERO: CONFIRMAR el fallo de origen y fecha señalados, materia de impugnación, pero por lo expuesto en la motivación de esta providencia.
SEGUNDO: NOTIFICAR este fallo a las partes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, en concordancia con el Artículo 5° del Decreto 306 de 1992. COMUNÍQUESE por oficio al Juzgado de origen.
TERCERO: En cumplimiento de lo ordenado en el inciso final del artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, ejecutoriado este fallo, remítase el expediente a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-203-M-01-(679) para el cargo ASISTENTE DE FISCAL II.
FALLO
DescargarTRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada HECTOR FABIO CANO RESTREPO radicada bajo 2025-00206 profirió sentencia de fecha 12 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
Primero: Modificar la sentencia proferida por el Juzgado 3°de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín en cuanto denegó por improcedente la acción de tutela presentada y, en su lugar, negar el amparo constitucional por falta de vulneración de los derechos fundamentales reclamados por el accionante, conforme con lo dicho en la parte motiva.
FALLO
DescargarTRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada MICHAEL STIVEN OCAMPO ORTIZ radicada bajo 2026-00164 profirió sentencia de fecha 11 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
Primero. – Declarar la improcedencia de la acción de tutela formulada por Marcos David Sánchez Gómez en contra de la Fiscalía General de la Nación, la Universidad Libre, y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, conforme las razones expuestas en la parte motiva de este proveído.
FALLO
DescargarTRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARMENIA, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada MICHAEL STIVEN OCAMPO ORTIZ radicada bajo 2025-00087 profirió sentencia de fecha 11 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
PRIMERO: CONFIRMAR el fallo del 9 de enero de 2026, proferido por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Calarcá.
FALLO
DescargarTRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada JOSÉ LIBORIO HERNÁNDEZ VÁSQUEZ radicada bajo 2025- 00165 profirió sentencia de fecha 11 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
PRIMERO: CONFIRMAR por las razones expuestas la decisión de primera instancia, de fecha y origen conocidos.
FALLO
DescargarSe informa que el JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor EDGARD MAURICIO ARCINIEGAS OCHOA, identificado con la C.C. No 91285546,mediante auto de fecha 12 de febrero de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a cada una de las personas que hacen parte de la lista de elegibles y/o Convocatoria del Proceso de Selección, para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de UN (1) DÍA para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j06ccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co
EL TRIBUNAL SUPERIOR DE BUCARAMANGA, SALA CIVIL FAMILIA, mediante Fallo de Segunda Instancia, de fecha 28 de enero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor LEONARD ACOSTA HERAZO, con radicado No. 6800131030005-2025-00341-01, ordenó lo siguiente:
«PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida el 2 de diciembre de 2025 por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Bucaramanga, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
SEGUNDO. NOTIFICAR esta providencia a las partes en la forma más expedita posible.
TERCERO. REMITIR el expediente digital a la Corte Constitucional para una eventual revisión”.
(…)”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes del empleo aplicado por el accionante, “FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS” identificados con el código OPECE I-104-M-01-(448), Modalidad Ingreso, Concurso de Méritos FGN, para que tengan conocimiento de la decisión de segunda instancia.
FALLO
DescargarEl JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA IPIALES-NARIÑO, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 09 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor ANTHONY GABRIEL CULCHAC PORTILLA, con radicado No. 2026 – 00013, ordenó lo siguiente:
«PRIMERO. – NO TUTELAR el amparo constitucional invocado por el señor ANTHONY GABRIEL CULCHAC PORTILLA, formulada en contra de la la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA. (…) ”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los inscritos con interés legítimo del Concurso de Mérito FGN 2024.
FALLO
DescargarSe informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO ORAL DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor JOHN EVER BOLAÑOS BLANDÓN, identificado con la C.C. No 3593513,mediante auto de fecha 11 de febrero de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a cada una de las personas que hacen parte de la lista de elegibles y/o Convocatoria del Proceso de Selección, para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de DOS (2) DÍAS para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co.
El JUZGADO DÉCIMO SEXTO PENAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE MEDELLIN – ANTIOQUIA, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 09 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora LIBIA AMPARO GIL GIL, con radicado No. 05001 31 09 016 2026-00013, ordenó lo siguiente:
« PRIMERO: NEGAR la presente acción de tutela por IMPROCEDENTE, instaurada por la señora LIBIA AMPARO GIL GIL, quien actúa en nombre propio, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 UNIVERSIDAD LIBRE y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, de conformidad con la parte motiva. (…)”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los Aspirantes de la Convocatoria Concurso de Méritos FGN 2024 para el cargo de “FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS.
FALLO
DescargarEl JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO de fecha 9 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora LEIDY DIANA CERCHIARO CHIMENTY, con radicado No: 47001310900220260001000 ordenó lo siguiente:
“(…) TERCERO. Ordenar a la a FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA insertar en sus páginas Web, el presente fallo, así como el oficio respectivo para efectos de la notificación de las personas que se encuentren como aspirantes de la Convocatoria Acuerdo No. 001 del 3 de marzo de 2025, enunciadas en antelación. Las entidades acreditarán la materialización de esta disposición dentro del término de cuatro (4) horas siguientes al recibo del oficio que las notifica. (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-104-M-01-(448) para el cargo FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS.
FALLO
DescargarEl JUZGADO 25 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C., mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 06 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JAIME ALEJANDRO GUTIÉRREZ GÓMEZ, con radicado No. 11001-31-87-025-2026-00044-00, ordenó lo siguiente:
« PRIMERO: NEGAR la acción de tutela interpuesta por JAIME ALEJANDRO GUTIERREZ GOMEZ, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. (…)”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los terceros interesados.
FALLO
DescargarEL JUZGADO TREINTA Y SEIS ADMINISTRATIVO ORAL DE MEDELLIN, mediante Fallo de Primera Instancia, de fecha febrero 10 de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor HECTOR ALEXANDER LONDOÑO RUIZ, con radicado No. 05001-33-33-036-2026-00028-00, ordenó lo siguiente:
“PRIMERO: Declarar IMPROCEDENTE la presente acción de tutela instaurada por HECTOR ALEXANDER LONDOÑO RUIZ en nombre propio, contra de 1. FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN-FGN (Comisión De La Carrera Especial); 2. la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, integrada por La FUNDACIÓN UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.
SEGUNDO: Notificar este fallo a las partes por el medio más expedito, advirtiéndoles que contarán con el término de tres (3) días siguientes a la notificación de la providencia para efectos de la impugnación, conforme lo previsto en el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, lo cual podrán hacer a través del email del juzgado, esto es, adm36med@cendoj.ramajudicial.gov.co, De conformidad con el Acuerdo PCSJA20-11517 del 15 de marzo de 2020, cualquier mensaje que se reciba a través de correo diferente, será tenido como NO recibido y NO se adelantará ningún trámite.
TERCERO: Se ORDENA a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN-FGN y a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 que publique en su página web el presente fallo a fin de informar a todos los participantes de la CONVOCATORIA FGN 2024.”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los participantes en el Concurso de Méritos FGN, para que tengan conocimiento de la decisión de primera instancia.
FALLO
DescargarEl Tribunal Superior de Bogotá – Sala Laboral, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 04 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora Lynda Layda López Benavides, con radicado No. 050 2025 0101998-01, ordenó lo siguiente:
« PRIMERO: CONFIRMAR la providencia emitida por el Juzgado Cincuenta Laboral del Circuito de Bogotá, el 25 de noviembre de 2025, por las razones indicadas en la parte motiva de esta sentencia (…)”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los participantes del Proceso de Selección.
FALLO
DescargarSe informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA-CÓRDOBA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor YASON FABIAN MOSQUERA VILLORINA, identificado con la C.C. No 78302076,mediante auto de fecha 11 de febrero de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a cada una de las personas que hacen parte de la lista de elegibles y/o Convocatoria del Proceso de Selección, para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de DOS (2) DÍAS para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j01pcmon@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el Juzgado Quinto Penal del Circuito Manizales, Caldas, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 2026-00025 Interpuesta JAIRO EDUARDO QUINTERO ARIAS con C.C. 1053804163, ordena publicarla acción constitucional, con el propósito de notificar los aspirantes del empleo Asistente de Fiscal II, registrado en el sistema SIDCA 3, código I-203-M-01-(679), del Concurso de Méritos FGN 2024 del CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024, quienes en su condición de terceros con interés, y si lo consideran pertinente, intervenir dentro de esta acción dentro del término de 48 horas, remitiendo sus escritos a la dirección electrónica que se muestra a continuación pcto05ma@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO 4° PENAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor HENRY YECID SÁNCHEZ SAAVEDRA, identificado con la C.C. No 7166409,mediante auto de fecha 11 de febrero de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a cada una de las personas que hacen parte de la lista de elegibles y/o Convocatoria del Proceso de Selección, para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de UN (1) DÍA para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: ado04conbt@cendoj.ramajudicial.gov.co.
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE POPAYÁN, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada MILLER ALEJANDRO NARVAEZ BERNAL radicada bajo 2026-00026 profirió sentencia de fecha 11 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
Primero.- DENEGAR, por improcedente, el amparo constitucional incoado por el señor Miller Alejandro Narváez Bernal, identificado con C.C. n.° 1.004.578.223, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN Fiscalía General de la Nación 2024.
SENTENCIA
DescargarSe informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO ORAL DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 2026-00047 Interpuesta RAFAEL ANDRES ACOSTA ROZO con C.C. 88251027, ordena publicarla acción constitucional, con el propósito de notificar los aspirantes del empleo Profesional de Gestión II con código de empleo No. I-109- AP-05 (9), del Concurso de Méritos FGN 2024 del CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024, quienes en su condición de terceros con interés, y si lo consideran pertinente, intervenir dentro de esta acción dentro del término de 72 horas, remitiendo sus escritos a la dirección electrónica que se muestra a continuación j14admcuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO SEXTO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora ALISON YUSLERY FAJARDO SOSA, identificado con la C.C. No 1069756602,mediante auto de fecha 11 de febrero de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a cada una de las personas que hacen parte de la lista de elegibles y/o Convocatoria del Proceso de Selección, para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de VEINTICUATRO (24) HORAS para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: ado06conbt@cendoj.ramajudicial.gov.co
El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA PENAL de fecha 22 de agosto de 2025, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor RAMIRO RAFAEL OROZCO BENAVIDES, con radicado No: 08-001-31-09-001-2025-00065-01 ordenó lo siguiente:
“(…) PRIMERO: Confirmar el fallo impugnado, de conformidad con lo expuesto en la parte emotiva.
SEGUNDO: Contra esta decisión no procede recurso alguno.
TERCERO: Remitir el expediente con destino a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-105-AP-05(1) para el cargo PROFESIONAL EXPERTO.
FALLO
DescargarEl JUZGADO CINCUENTA Y UNO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 05 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Fernando Andrés García Martínez, con radicado No. 11001 31 09051 2026 00017-00, ordenó lo siguiente:
» PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la presente acción de tutela, por lo considerado en la presente decisión.
(…)
TERCERO: ORDENAR a la Universidad Libre, a la Fiscalía General de la Nación y a la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 realizar la NOTIFICACIÓN por el medio más eficaz y expedito a todos los participantes del empleo denominado Profesional Especializado II, Código OPECE I-106-AP-09- (8) del proceso de Gestión Jurídica, en la modalidad de ingreso del Concurso de Méritos FGN 2024, contemplado en el Acuerdo No. 001 de 2025 y PUBLICAR en la página web de cada entidad este fallo de tutela, por ser esas entidades las que cuentan con las bases de datos de los inscritos y sus datos personales. (…)”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los participantes del empleo denominado Profesional Especializado II, Código OPECE I-106-AP-09- (8) del proceso de Gestión Jurídica, en la modalidad de ingreso del Concurso de Méritos FGN 2024.
FALLO
DescargarEl TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA DE DECISIÓN CONSTITUCIONAL de fecha 10 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora LILIANA CANDIA, con radicado No: 76-001-31-87-001-2025-00154-01 ordenó lo siguiente:
“(…) PRIMERO. – CONFIRMAR la sentencia No. 156 del 30 de diciembre de 2025, proferida por el Juzgado 1° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, conforme a las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO. – Notificadas las partes del presente proveído, envíese a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la I-106-AP-07-(1) para el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO II.
FALLO
DescargarJUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO NEIVA – HUILA, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada LILIANA NINCO DELGADO radicada bajo 2026-00009 profirió sentencia de fecha 9 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela instaurada por LILIANA NINCO DELGADO, por incumplimiento del requisito de subsidiariedad.
FALLO
DescargarSe informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BOGOTA D.C., dentro del trámite de la acción de tutela, con radicado 13001-31-07-002-2026-00029-00, interpuesta por el ciudadano JAROL ESTIBENS ECHEVERRY GIRALDO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1112764204, profirió auto ordenando la notificación de la demanda y del auto admisorio de la acción de tutela a las personas que participan en el CONCURSO FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN 2024, para que en el término de DOS (2) DÍAS contados a partir de la notificación del presente auto, se pronuncie sobre los hechos de la acción de tutela y, a su vez allegue las pruebas que pretenda hacer valer en su defensa.
Por lo anterior y dando cumplimiento a la orden impartida se publica el contenido de la demanda y del auto admisorio que dispuso:
“(…)
Se ordena a las accionadas que publiquen en la página web dispuesta para esta convocatoria la presente acción constitucional, con el fin de que los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024, si así lo desean y en el mismo término del numeral anterior, ejerzan su derecho de defensa, debiendo allegar a este despacho evidencia de dicha publicación.
(…)”
Con el propósito de notificar y vincular a las personas que participan en el CONCURSO FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN 2024, para que en el término de DOS (2) DÍAS contados a partir de la notificación del presente auto, se pronuncie sobre los hechos de la acción de tutela y, a su vez allegue las pruebas que pretenda hacer valer en su defensa, si a bien lo tienen, remitiendo sus escritos al correo electrónico del despacho: «pctoes02bt@cendoj.ramajudicial.gov.co.
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada OSCAR FERNANDO VARGAS CRUZ radicada bajo 2025-10244-01 profirió sentencia de fecha 9 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
PRIMERO. – CONFIRMAR el fallo de tutela proferido el 21 de mayo de 2025 por el Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Bogotá D.C., impetrada por ÓSCAR FERNANDO VARGAS CRUZ contra la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
FALLO
DescargarEl TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL IBAGUÉ SALA CIVIL – FAMILIA, de fecha 02 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor SAMUEL ENRIQUE DIAZ NINCO, con radicado No. 2025-00353-01, ordenó lo siguiente:
“PRIMERO. CONFIRMAR el fallo de tutela impugnado de fecha 2 de diciembre de 2025, proferido por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué (Tolima), de conformidad con lo explicado en esta providencia.”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los terceros interesados.
FALLO
DescargarEl TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA DE DECISIÓN CONSTITUCIONAL de fecha 06 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor ALEJANDRO MONTAÑO CAMPIÑO, con radicado No: 76-001-31-87-006-2025-00186-01 ordenó lo siguiente:
“(…) PRIMERO. – CONFIRMAR la sentencia No. 028 del 13 de enero de 2026, proferida por el Juzgado 06° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, conforme a las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO. – Notificadas las partes del presente proveído, envíese a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la I-106-AP-07-(1) para el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO II.
FALLO
DescargarTRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de Tutela instaurada DIEGO GUERRERO PARRADO radicada bajo 2025 00256 profirió sentencia de fecha 6 de febrero de 2026, en el que RESOLVIÓ:
PRIMERO: CONFIRMAR el fallo de tutela proferido el 1 de diciembre de 2025, por el Juzgado Veintitrés Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá.
FALLO
DescargarEl JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE SAN GIL de fecha 06 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora EVA FERNANDA BOTIA CARRANZA, con radicado No: 686793333003-2026-00029-0 ordenó lo siguiente:
“(…) Cuarto: Ordenar a la Comisión de Carrera de a Fiscalía General de la Nación, que publique esta sentencia en el portal web del concurso de méritos Acciones judiciales concurso de Méritos FGN 2024, y remita con destino a este proceso la constancia de su publicación. (…).”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la I-203-M-01-(679) para el cargo ASISTENTE DE FISCAL II.
FALLO
DescargarSe informa que el JUZGADO VENTICINCO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C., dentro del trámite de la acción de tutela, con radicado 11001-31-03-055-2026-00075-00, interpuesta por la ciudadana DORA LUZ CARDONA ALVAREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 43595255, profirió auto ordenando la notificación de la demanda y del auto admisorio de la acción de tutela a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado Fiscal Delegado Ante Jueces municipales y promiscuos, identificado con el código OPECE No. I-104-M-01-(448), para que puedan intervenir enviando sus respectivos memoriales en el término de un (1) día si a bien lo consideran pertinente.
Por lo anterior y dando cumplimiento a la orden impartida se publica el contenido de la demanda y del auto admisorio que dispuso:
“(…)
SEGUNDO. COMUNICAR mediante oficio a las autoridades accionadas y vinculadas, que se está adelantando esta acción de tutela en su contra y remítaseles copia de la solicitud y sus anexos, para que dentro del perentorio e improrrogable término de un (1) día siguiente al recibo de la comunicación se pronuncie sobre cada uno de los hechos y derechos que dieron origen a la presente acción constitucional. Notifíquesele en debida forma.
TERCERO. Por conducto de la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre, deberá notificarse el adelantamiento de la presente acción constitucional a los concursantes que hacen parte del Proceso de Selección Convocatoria FGN 2024.
(…)”
Con el propósito de notificar y vincular a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado Fiscal Delegado Ante Jueces Penales Del Circuito Especializados, identificado con el código OPECE No. I-104-M-01-(448), para que puedan intervenir enviando sus respectivos memoriales en el término de un (1) día, si a bien lo consideran pertinente, remitiendo sus escritos al correo electrónico del despacho: ccto25bt@cendoj.ramajudicial.gov.co;
El Tribunal Superior del Distrito Judicial Cali – Valle, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 03 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Christian David Cañar Ricaurte, con radicado No. T2-005-2025-00150-01, ordenó lo siguiente:
«Primero. – CONFIRMAR la Sentencia de Tutela No. 139 del 3 de diciembre de 2025, proferida por el Juzgado Quinto Penal para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Cali, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia. (…)”.
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los participantes.
FALLO
DescargarSe informa que el JUZGADO DIECISÉIS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela identificada con número de radicado 2026-00027 Interpuesta IVÁN DARIO ARAUJO LOPEZ con C.C. 1192782950, ordena publicarla acción constitucional, con el propósito de notificar los aspirantes del empleo ASISTENTE DE FISCAL II, código I-203-M-01-(679), del Concurso de Méritos FGN 2024 del CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024, quienes en su condición de terceros con interés, y si lo consideran pertinente, intervenir dentro de esta acción dentro del término de 48 horas, remitiendo sus escritos a la dirección electrónica que se muestra a continuación j16pccbt@cendoj.ramajudicial.gov.co
EL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE NEIVA, mediante Fallo de Primera Instancia, de fecha enero 26 de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor OSCAR ALIRIO PEREZ ORDOÑEZ, con radicado No. 41001-31-10-003-2026-00006-00, ordenó lo siguiente:
» PRIMERO: DECLARAR improcedente el amparo solicitado por la accionante, de acuerdo a las razones indicadas en la parte considerativa de esta decisión.
SEGUNDO: DESVINCULAR del presente trámite a la Fiscalía General de la Nación, así como los demás concursantes inscritos en el cargo de profesional de Gestión II, identificado con la OPECE: I-109-AP-11-(3), dentro del concurso de méritos adelantado Radicación: 41001-31-10-003-2026-0006-00, Accionante: OSCAR ALIRIO PEREZ ORDOÑEZ, para proveer cargos en la Fiscalía General de la Nación, conforme a las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
TERCERO: ORDENAR A LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, que realicen la publicación de la presente providencia, en la página destinada por la accionada para la publicación de actuaciones judiciales.
(…)”
Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes del empleo aplicado por el accionante, “PROFESIONAL DE GESTION II” identificados con el código OPECE I-109-AP-11(3)”, Modalidad Ingreso, Concurso de Méritos FGN, para que tengan conocimiento de la decisión de primera instancia.
FALLO
DescargarSe informa que el JUZGADO SEPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, dentro del trámite de la acción de tutela, con radicado 13001-31-03-007-2026-00035-00, interpuesta por el ciudadano JORGE JAVIER AYOS JULIO, , identificado con cédula de ciudadanía No. 1049935899, profirió auto ordenando la notificación de la demanda y del auto admisorio de la acción de tutela a las personas que participan en el CONCURSO FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN 2024, para que en el término de DOS (2) DÍAS contados a partir de la notificación del presente auto, se pronuncie sobre los hechos de la acción de tutela y, a su vez allegue las pruebas que pretenda hacer valer en su defensa.
Por lo anterior y dando cumplimiento a la orden impartida se publica el contenido de la demanda y del auto admisorio que dispuso:
“(…)
TERCERO: VINCULAR al presente trámite a las personas que participan en el CONCURSO FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN 2024, para que en el término de DOS (2) DÍAS contados a partir de la notificación del presente auto, se pronuncie sobre los hechos de la acción de tutela y, a su vez allegue las pruebas que pretenda hacer valer en su defensa. Para dar cumplimiento a lo anterior, se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, que notifique la presente acción de tutela por los medios que considere pertinentes, a las personas inscritas en el concurso FGN2024 y remita comprobante de ello a este despacho judicial.
(…)”
Con el propósito de notificar y vincular a las personas que participan en el CONCURSO FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN 2024, para que en el término de DOS (2) DÍAS contados a partir de la notificación del presente auto, se pronuncie sobre los hechos de la acción de tutela y, a su vez allegue las pruebas que pretenda hacer valer en su defensa, si a bien lo tienen, remitiendo sus escritos al correo electrónico del despacho: j07cctocgena@cendoj.ramajudicial.gov.co





















