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Resolución n.º 1 de 2022 (3 de febrero)

Resolución n.º 1 de 2022 (3 de febrero)

Resolución n.º 1 de 2022
(3 de febrero)

«Por la cual el Presidente delega unas funciones en el Vicepresidente de la Universidad Libre».

El Presidente de la Universidad Libre en ejercicio de sus funciones estatutarias y,

CONSIDERANDO: 

  1. Que el Estatuto de la Universidad Libre, Acuerdo n.º 1 de 1994, en su artículo 30, numeral 16, sobre funciones del Presidente de la Corporación establece la de «Delegar en el Vicepresidente y en otros funcionarios nacionales, cuando lo considere necesario, algunas de las funciones propias de su cargo conforme al reglamento».

  2. Que el Acuerdo n.º 8 de junio 5 de 1995 Por el cual se reglamenta la delegación de funciones, en su artículo 1 establece que «cuando lo considere necesario, el Presidente Nacional podrá delegar algunas de sus funciones señaladas en el Estatuto Orgánico, con excepción de la de ejercer la representación legal de la Corporación y las contempladas en los numerales 10, 11 y 13 del artículo 30 del Estatuto Orgánico».

  3. Que el citado Acuerdo n.º 8 de 1995, en su artículo 3 establece que para el ejercicio de la atribución de delegar de que goza el Presidente, éste informará previamente a la Consiliatura sobre su decisión, presentándole un proyecto de resolución que la contenga.

  4. Que en sesión de julio 18 de 2016 de la Consiliatura, el señor Presidente informó previamente sobre su decisión de delegar en el Vicepresidente algunas de las funciones que le señala el Estatuto Orgánico, diferentes a la representación legal de la Corporación y las contempladas en los numerales 10, 11 y 13 del artículo 30.

  5. Que es del más alto interés comenzar a organizar adecuadamente la celebración de los cien años de la fundación de la Universidad Libre conforme al Acuerdo n.º 6 del 3 de abril de 1922 de la Convención Liberal de Ibagué y el inicio de las actividades académicas, hecho ocurrido el 13 de febrero de 1923, efemérides que servirá para rendirle el justo homenaje que merecen todos sus fundadores y para adelantar el análisis de la proyección histórica de la Universidad, consultando las más variadas fuentes disponibles. Se hará para ello necesaria la organización del Centro de Memoria Histórica de la Universidad Libre.

  6. Que adicionalmente para la mayor agilización posible y por tiempo limitado, conviene delegar la función presidencial contenida en el numeral 6 del artículo 30 de los Estatutos en cuanto a ordenar gastos administrativos y financieros y celebrar de acuerdo con el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos, actos o contratos cuya cuantía no supere el 50% de las competencias que corresponden al Presidente Nacional.

  7. Que la Consiliatura, en su sesión ordinaria del 31 de enero de 2022, aprobó un presupuesto de $1.500 millones para atender los gastos que implique el desarrollo de los varios proyectos contemplados en el Programa Centenario que habrá de cumplirse entre el 1 de marzo de 2022 y el 28 de febrero de 2023, programa que fue conocido previamente por la Consiliatura en su sesión del 6 de diciembre de 2021.

  8. Que todos los aspectos a que aluden los anteriores considerandos demandan hoy, dada su señalada conveniencia, urgente y cuidadosa atención de la Presidencia Nacional; por todo lo cual,

RESUELVE:

Artículo 1. Delégase en el Vicepresidente Nacional de la Corporación, desde el 1 de febrero de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2022, la función contemplada en el artículo 30, numeral 5, de los Estatutos, en el sentido de liderar el proceso de planeación y ejecución administrativa y financiera para la conmemoración del Centenario de la Universidad Libre, entre el 1 de marzo de 2022 y el 28 de febrero de 2023. Incluye esta delegación el manejo de la caja menor por diez millones ($10´000.000), aprobada por la Consiliatura en su sesión del 31 de enero de 2022.

Artículo 2. Delégase en el Vicepresidente Nacional, desde el 1 de febrero de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2022, la función contenida en el artículo 30, numeral 6, de los Estatutos, en cuanto a ordenar gastos administrativos y financieros y celebrar de acuerdo con el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos, actos o contratos cuya cuantía no supere el 50% de las competencias que corresponden al Presidente Nacional.

Artículo 3. En todo lo pertinente quedan vigentes las disposiciones contenidas en la Resolución n.º 8 de 27 de julio de 2016 emanada del Presidente Nacional de la Universidad.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Se expide en Bogotá D.C., a los 3 días del mes de febrero de 2022.

 

(Original firmado)

JORGE ALARCÓN NIÑO
Presidente de la Corporación

(Original firmado)

FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Secretario General



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