“Por el cual modifica el literal f) del Artículo 6 del Acuerdo n.º 15 del cuatro de diciembre de 2002, que reglamenta los Preparatorios en la Universidad”.
La H Consiliatura de la Universidad Libre en uso de sus facultades estatutarias y especialmente las consagradas en el numeral 1º del Artículo 25, y
CONSIDERANDO:
- Que el Acuerdo n.º 15 del cuatro (4) de diciembre de 2002, reglamenta los Preparatorios en la Universidad.
- Que el literal f del artículo 6º. del Acuerdo n.º 15 del cuatro (4) de diciembre de 2002, a la letra dice: Los Seminarios de Actualización serán dictados por profesores que cuenten con calificación igual o mayor a cuatro punto cinco (4.5) en el último período académico.
- Que la Universidad para facilitar la contratación en las seccionales de los docentes para realizar los Seminarios de Actualización para preparatorios, considera que se debe modificar el literal f del numeral 6 del artículo 6º. del Reglamento de Preparatorios.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el literal f) del artículo 6 del Reglamento de Preparatorios, el cual quedará así: Los Seminarios de Actualización serán dictados por profesores que cuenten con calificación igual o superior a cuatro punto cero (4.0) en el último período académico
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de septiembre de 2008.
(Original firmado) VÍCTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA |
(Original firmado) PABLO EMILIO CRUZ SAMBONI |
Presidente | Secretario |