Acuerdo No. 003
ACUERDO N.º 003 de 1986
(Marzo 4)
«Por el cual se reglamenta el otorgamiento de títulos en la Universidad Libre».
LA HONORABLE CONSILIATURA DE LA UNIVERSIDAD LIBRE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUTARIAS Y,
Que el Decreto 2725 de 1980, en su artículo octavo, faculta a la Universidad para determinar qué funcionarios deben firmar los Diplomas de Grado;
Que no existe reglamentación uniforme en tal sentido para la Universidad.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. Los Diplomas de Grado que expida la Universidad Libre en cualquiera de sus programas académicos y tanto en Bogotá como en sus Seccionales, llevarán la firma del Rector, el Secretario General de la Universidad, el Decano y el Secretario Académico de la respectiva Facultad.
PARÁGRAFO.En aquellos programas que la Tesis sea requisito de grado, el Diploma respectivo puede ser firmado por el presidente del respectivo trabajo y los examinadores
ARTÍCULO SEGUNDO.– El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.E., a los cuatro (4) días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y seis 1986.
(Original firmado)
JOSÉ RAMÓN NAVARRO MOJICA
Presidente Universidad
(Original firmado)
VÍCTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA
Secretario General