Resolución No. 008
RESOLUCIÓN N.º 008
(25 de octubre de 1996)
El Rector Nacional de la Universidad Libre, en uso de las atribuciones legales y en especial la contenida en el numeral 10 del artículo 34 del Estatuto de la Corporación, y
C O N S I D E R A N D O:
- Que la Universidad Libre está constituida como unidad corporativa;
- Que la dirección y representación académicas les corresponden al Rector Nacional;
- Que el numeral 10 del artículo 34 autoriza la delegación de algunas funciones en las autoridades universitarias.
- Que es necesario unificar en el orden Nacional la persona, que en nombre de la Universidad, otorgue los títulos.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar en el Rector Seccional junto con el Decano de la respectiva facultad, la función de otorgar títulos en los programas que la Seccional ofrezca.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El acto de grado será presidido por el Rector Seccional; de éste se levantará acta que será firmada por el Rector Seccional, el Decano, el Secretario del Programa y el graduando;
ARTÍCULO TERCERO. - El Acta de Grado y el Diploma tendrán por contenidos los de los anexos que tienen carácter obligatorio para todos los títulos de Educación Superior que otorgue la Universidad Libre.
ARTÍCULO CUARTO.- Para el otorgamiento del título, el Decano del Programa será responsable de velar por el cumplimiento, por parte del Graduando, de las exigencias legales y reglamentarias del programa.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás reglamentaciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis (1996).
FERNANDO DEJANÓN RODRÍGUEZ
RECTOR NACIONAL
NICOLÁS ZULETA HINCAPIÉ
SECRETARIO GENERAL