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Resolución n.º 17 de 2022 (7 de octubre)

Resolución n.º 17 - (Consiliatura)

Resolución n.º 17
(7 de octubre de 2022)

«Por la cual se fijan los derechos pecuniarios que la Universidad Libre podrá exigir durante la vigencia de 2023».

Contenido

Capítulo 1. De los derechos de inscripción
Artículo 1. Definición
Artículo 2. Del valor de los derechos de inscripción

Capítulo 2. De los derechos de matrícula para pregrado
Artículo 3. Definición
Artículo 4. En Administración de Empresas
Artículo 5. En Administración de Negocios Internacionales
Artículo 6. En Bacteriología
Artículo 7. En Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas
Artículo 8. En Contaduría Pública
Artículo 9. En Derecho - anualizado
Artículo 10. En Derecho - semestralizado
Artículo 11. En Economía
Artículo 12. En Enfermería
Artículo 13. En Filosofía
Artículo 14. En Fisioterapia
Artículo 15. En Ingeniería Ambiental
Artículo 16. En Ingeniería Civil
Artículo 17. En Ingeniería Comercial
Artículo 18. En Ingeniería de Sistemas
Artículo 19. En Ingeniería en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Artículo 20. En Ingeniería Financiera
Artículo 21. En Ingeniería Industrial
Artículo 22. En Ingeniería Mecánica
Artículo 23. En Instrumentación Quirúrgica
Artículo 24. En Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental
Artículo 25. En Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deportes
Artículo 26. En Licenciatura en Educación Infantil
Artículo 27. En Licenciatura en Español e Inglés
Artículo 28. En Licenciatura en Español y Lenguas Extranjeras
Artículo 29. En Medicina
Artículo 30. En Mercadeo
Artículo 31. En Microbiología
Artículo 32. En Negocios Internacionales
Artículo 33. En Nutrición y Dietética
Artículo 34. En Psicología
Artículo 35. En Trabajo Social
Artículo 36. En Zootecnia

Capítulo 3. De los derechos de matrícula para especialización
Artículo 37. En Acondicionamiento físico para la Salud
Artículo 38. En Administración de Negocios Internacionales
Artículo 39. En Administración Estratégica del Control Interno
Artículo 40. En Administración Financiera
Artículo 41. En Alta Gerencia
Artículo 42. En Auditoría de Control Interno y Aseguramiento
Artículo 43. En Auditoría de Servicios de Salud
Artículo 44. En Ciencias Forenses y Técnica Probatoria
Artículo 45. En Cirugía General
Artículo 46. En Comunicación Digital
Artículo 47. En Contabilidad Financiera Internacional
Artículo 48. En Contratación Estatal
Artículo 49. En Derecho Administrativo
Artículo 50. En Derecho Comercial
Artículo 51. En Derecho Constitucional
Artículo 52. En Derecho de Daños y Responsabilidad Pública y Privada
Artículo 53. En Derecho de Familia
Artículo 54. En Derecho del Trabajo, Pensiones y Riesgos Laborales
Artículo 55. En Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico
Artículo 56. En Derecho Laboral
Artículo 57. En Derecho Médico
Artículo 58. En Derecho Penal
Artículo 59. En Derecho Procesal
Artículo 60. En Derecho Público
Artículo 61. En Derecho Público Financiero
Artículo 62. En Derecho Tributario
Artículo 63. En Derecho Urbano, Gestión y Planeamientos Inmobiliarios
Artículo 64. En Derechos Humanos
Artículo 65. En Dermatología
Artículo 66. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica
Artículo 67. En Gestión Ambiental
Artículo 68. En Gerencia de Calidad de Productos y Servicios
Artículo 69. En Gerencia de Mercadeo y Estrategia de Ventas
Artículo 70. En Gerencia de Proyectos.
Artículo 71. En Gerencia de Servicios de Salud
Artículo 72. En Gerencia del Talento Humano
Artículo 73. En Gerencia Empresarial
Artículo 74. En Gerencia Financiera
Artículo 75. En Gerencia Logística
Artículo 76. En Gerencia Social
Artículo 77. En Gerencia Tributaria
Artículo 78. En Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos
Artículo 79. En Gestión de Proyectos.
Artículo 80. En Gestión de Proyectos de Inversión.
Artículo 81. En Gestión Tributaria y Aduanera
Artículo 82. En Ginecología y Obstetricia
Artículo 83. En Ingeniería de la Calidad
Artículo 84. En Logística y Cadena de Suministro
Artículo 85. En Medicina Interna
Artículo 86. En Mercadeo
Artículo 87. En Movilidad y Transporte
Artículo 88. En Negocios Internacionales con Énfasis en Logística Internacional.
Artículo 89. En Ortopedia y Traumatología.
Artículo 90. En Pediatría
Artículo 91. En Planeación y Gestión Estratégica
Artículo 92. En Psicología Jurídica y Forense
Artículo 93. En Psiquiatría
Artículo 94. En Responsabilidad Médica
Artículo 95. En Revisoría Fiscal
Artículo 96. En Seguridad Social
Artículo 97. En Seguridad y Salud en el Trabajo
Artículo 98. En Soldadura

Capítulo 4. De los derechos de matrícula para maestrías
Artículo 99. En Administración.
Artículo 100. En Biotecnología.
Artículo 101. En Contabilidad.
Artículo 102. En Criminalística y Ciencias Forenses.
Artículo 103. En Derecho Administrativo.
Artículo 104. En Derecho Constitucional.
Artículo 105. En Derecho Disciplinario
Artículo 106. En Derecho Laboral y Seguridad Social.
Artículo 107. En Derecho Penal.
Artículo 108. En Derecho Privado.
Artículo 109. En Derecho Procesal.
Artículo 110. En Derecho Público.
Artículo 111. En Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Transformaciones Sociales para la Paz. El
Artículo 112. En Educación. El
Artículo 113. En Educación Física.
Artículo 114. En Epidemiología.
Artículo 115. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica.
Artículo 116. En Gerencia en Servicios de Salud.
Artículo 117. En Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 118. En Gestión Empresarial.
Artículo 119. En Informática Educativa.
Artículo 120. En Ingeniería.
Artículo 121. En Mercadeo.
Artículo 122. En Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 123. En Sistemas Integrados de Gestión.
Artículo 124. En Tributación.

Capítulo 5. De los derechos de matrícula para doctorado
Artículo 125. En Derecho.

Resolución n.º 17
(7 de octubre de 2022)

«Por la cual se fijan los derechos pecuniarios que la Universidad Libre podrá exigir durante la vigencia de 2023»

La Consiliatura de la UNIVERSIDAD LIBRE en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 25, numeral 19, y

C O N S I D E R A N D O:

  1. Que es competencia de la Consiliatura fijar los derechos pecuniarios que pueda exigir la Universidad directamente.

  2. Que mediante Resolución 015865 de agosto 25 de 2021, el Ministerio de Educación Nacional renovó por seis años «la Acreditación Institucional en Alta Calidad Multicampus a la Universidad Libre con oferta en Bogotá, D.C., Cali, Barranquilla, Pereira, Cúcuta, Socorro y Cartagena».

  3. Que, con base en la competencia estatutaria, la Consiliatura en sesión de 29 de septiembre de 2022, según consta en el acta n.º 13, determinó que «aprobar los siguientes porcentajes de incrementos en el valor de las matrículas para la vigencia 2023, así:

    1. Para todos los semestres de los programas de pregrado y posgrado a nivel nacional, excepto los primeros semestres de los programas de la Facultad de Ciencias de la Salud, Ingeniería Ambiental e Ingeniería Civil de la Seccional Cúcuta: 10%.

    2. Para el primer semestre de Ingeniería Ambiental e Ingeniería Civil de la Seccional Cúcuta: 15%.

    Así mismo, facultó a los señores Presidente y Rector Nacional para que establezcan, en algunos casos, los incrementos superiores al 10% en:

    1. Las matrículas para primer semestre en varios programas de pregrado y posgrado, en especial, algunos de Ciencias de la Salud.

    2. Los derechos pecuniarios diferentes a los de matrícula».

  4. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Capítulo 1. De los derechos de inscripción

Artículo 1. Definición Los derechos de inscripción corresponden al pago que realiza todo aspirante para sufragar los gastos correspondientes a los procedimientos de preinscripción y generación de recibo de pago de derechos de inscripción; inscripción y selección del plan de estudios; preselección, pruebas y selección; y, finalmente, admisión (valoración, decisión de admisión, comunicación de la misma o rechazo) a un programa académico, de pregrado o de posgrado, ofertado por la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira. Estos derechos no son reembolsables ni transferibles ni aplazables, salvo en los casos en que la Universidad no pueda ofertar el servicio.

Artículo 2. Del valor de los derechos de inscripción . El valor de los derechos de inscripción es como sigue:

  1. Todos los pregrados, excepto Medicina ……………………………………$100.000,00
  2. Pregrado de Medicina ………………………………………………………$150.000,00
  3. Todos los posgrados, excepto especialidades médicas………………………$150.000,00
  4. Especialidades médicas ………………………………………………………$350.000,00

Parágrafo. A quien haya pagado los derechos de inscripción y sea admitido a primer semestre en un programa de pregrado o de posgrado, diferente a una especialidad médica, la Universidad Libre deducirá el valor de dicha inscripción del precio de la matrícula.

Capítulo 2. De los derechos de matrícula para pregrado

Artículo 3. Definición . Los derechos de matrícula corresponden a la contraprestación pecuniaria a cargo del admitido por concepto del derecho a suscribir una matrícula (académica y financiera), a gozar de un cupo universitario y ser incluido en una lista de clases, a la expedición de un carnet de estudiante activo, a la entrega de un programa académico por cada asignatura, modulo, curso u otra alternativa con los reglamentos correspondientes, a beneficiarse del servicio de la educación superior y a utilizar los recursos institucionales para cumplir el plan de estudios, al cual ha sido admitido, por un período académico.

Parágrafo 1. De la renovación de los derechos de matrícula. Es la contraprestación pecuniaria a cargo del estudiante, que debe repetir, que se reintegra o que ha sido promovido a un nivel superior, por concepto del derecho a suscribir la renovación de una matrícula (académica y financiera) por un período académico.

Parágrafo 2. Para suscribir la matrícula (académica y financiera) o su renovación, el pago a cargo del estudiante deberá realizarse en las fechas señaladas en el calendario académico. La Universidad no reintegrará valores cancelados por los derechos pecuniarios aquí señalados, salvo las excepciones contempladas en el Reglamento Estudiantil.

Artículo 4. En Administración de Empresas . El valor de la matrícula para los pregrados de Administración de Empresas de la Sede Principal, las seccionales de Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 5. En Administración de Negocios Internacionales . El valor de la matrícula para el pregrado de Administración de Negocios Internacionales de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 6. En Bacteriología . El valor de la matrícula para el pregrado de Bacteriología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 7. En Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas . El valor de la matrícula para el pregrado de Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 8. En Contaduría Pública . El valor de la matrícula para el pregrado de Contaduría Pública de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 9. En Derecho - anualizado . El valor de la matrícula para el pregrado de Derecho anualizado de la Sede Principal, las seccionales Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 10. En Derecho - semestralizado . El valor de la matrícula para el pregrado de Derecho semestralizado de la Sede Principal, las seccionales Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 11. En Economía . El valor de la matrícula para el pregrado de Economía de las seccionales Cali y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 12. En Enfermería . El valor de la matrícula para el pregrado de Enfermería que oferta en las seccionales de Cali y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 13. En Filosofía . El valor de la matrícula para el pregrado de Filosofía de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 14. En Fisioterapia . El valor de la matrícula para el pregrado de Fisioterapia de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 15. En Ingeniería Ambiental . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Ambiental que ofertan la Sede Principal y en las seccionales de Cúcuta y El Socorro, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 16. En Ingeniería Civil . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Civil que se oferta en las seccionales de Cúcuta y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 17. En Ingeniería Comercial . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Comercial de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 18. En Ingeniería de Sistemas . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería de Sistemas de la Sede Principal y de las seccionales Barranquilla, Cali y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 19. En Ingeniería en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 20. En Ingeniería Financiera . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Financiera de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 21. En Ingeniería Industrial . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Industrial de la Sede Principal y las seccionales Barranquilla, Cali y Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 22. En Ingeniería Mecánica . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Mecánica que oferta la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 23. En Instrumentación Quirúrgica . El valor de la matrícula para el pregrado de Instrumentación Quirúrgica que oferta la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 24. En Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental . El valor de la matrícula para el pregrado de Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental que oferta la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 25. En Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deportes . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deportes que oferta la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 26. En Licenciatura en Educación Infantil . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Infantil que oferta la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 27. En Licenciatura en Español e Inglés . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Español e Inglés que oferta la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 28. En Licenciatura en Español y Lenguas Extranjeras . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Español y Lenguas Extranjeras que oferta la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 29. En Medicina . El valor de la matrícula para el pregrado de Medicina de las seccionales Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 30. En Mercadeo . El valor de la matrícula para el pregrado de Mercadeo de las seccionales de Cali y Cartagena, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 31. En Microbiología . El valor de la matrícula para el pregrado de Microbiología de las seccionales Barranquilla y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 32. En Negocios Internacionales . El valor de la matrícula para el pregrado de Negocios Internacionales de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 33. En Nutrición y Dietética . El valor de la matrícula para el pregrado de Nutrición y Dietética de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 34. En Psicología . El valor de la matrícula para el pregrado de Psicología de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 35. En Trabajo Social . El valor de la matrícula para el pregrado de Trabajo Social de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 36. En Zootecnia . El valor de la matrícula para el pregrado de Zootecnia de la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2023 será:

Capítulo 3. De los derechos de matrícula para especialización

Artículo 37. En Acondicionamiento físico para la Salud . El valor de la matrícula para la especialización en Acondicionamiento Físico para la Salud de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 38. En Administración de Negocios Internacionales . El valor de la matrícula para la especialización en Administración de Negocios Internacionales de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 39. En Administración Estratégica del Control Interno . El valor de la matrícula para la especialización en Administración Estratégica del Control Interno de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 40. En Administración Financiera . El valor de la matrícula para la especialización en Administración Financiera de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 41. En Alta Gerencia . El valor de la matrícula para la Especialización en Alta Gerencia que se oferta en las seccionales de Cartagena y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Parágrafo. El valor de la matrícula para la Especialización en Alta Gerencia de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será de $11.585.000,00 por cohorte.

Artículo 42. En Auditoría de Control Interno y Aseguramiento . El valor de la matrícula para la Especialización en Auditoría de Control Interno y Aseguramiento de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 43. En Auditoría de Servicios de Salud . El valor de la matrícula para la especialización en Auditoría de Servicios de Salud de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 44. En Ciencias Forenses y Técnica Probatoria . El valor de la matrícula para la especialización en Ciencias Forenses y Técnica Probatoria de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 45. En Cirugía General . El valor de la matrícula para la especialización en Cirugía General de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 46. En Comunicación Digital . El valor de la matrícula para la especialización en Comunicación Digital de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será de $6.240.000,00 por cohorte.

Artículo 47. En Contabilidad Financiera Internacional . El valor de la matrícula para la especialización en Contabilidad Financiera Internacional de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 48. En Contratación Estatal . El valor de la matrícula para la especialización en Contratación Estatal de las seccionales Barranquilla y Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 49. En Derecho Administrativo . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Administrativo de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 50. En Derecho Comercial . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Comercial de la Sede Principal y las seccionales de Barranquilla y Cartagena, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 51. En Derecho Constitucional . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Constitucional de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 52. En Derecho de Daños y Responsabilidad Pública y Privada . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho de Daños y Responsabilidad Pública y Privada de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 53. En Derecho de Familia . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho de Familia de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cúcuta y El Socorro, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 54. En Derecho del Trabajo, Pensiones y Riesgos Laborales . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho del Trabajo, Pensiones y Riesgos Laborales de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 55. En Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 56. En Derecho Laboral . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, El Socorro y Pereira y para la especialización en Derecho Laboral de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 57. En Derecho Médico . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Médico de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 58. En Derecho Penal . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Penal y Criminología de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cartagena y Cúcuta y para la especialización en Derecho Penal de las seccionales Cali, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 59. En Derecho Procesal . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Procesal de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cartagena, Cúcuta y El Socorro y para la especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 60. En Derecho Público . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Público de la Seccional Cúcuta para la vigencia de 2023 será:

Artículo 61. En Derecho Público Financiero . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Público Financiero de la Sede Principal para la vigencia de 2023 será:

Artículo 62. En Derecho Tributario . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Tributario de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 63. En Derecho Urbano, Gestión y Planeamientos Inmobiliarios . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Urbano, Gestión y Planeamientos Inmobiliarios de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 64. En Derechos Humanos . El valor de la matrícula para la especialización en Derechos Humanos de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 65. En Dermatología . El valor de la matrícula para la especialización en Dermatología de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 66. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica . El valor de la matrícula para la especialización en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 67. En Gestión Ambiental . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Ambiental de la Sede Principal y para la especialización en Gestión Ambiental de las seccionales Barranquilla y El Socorro, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 68. En Gerencia de Calidad de Productos y Servicios . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Calidad de Productos y Servicios de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 69. En Gerencia de Mercadeo y Estrategia de Ventas . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Mercadeo y Estrategia de Ventas de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 70. En Gerencia de Proyectos. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Proyectos de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será de $11.585.000,00 por cohorte.

Artículo 71. En Gerencia de Servicios de Salud . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Servicios de Salud de las seccionales de Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 72. En Gerencia del Talento Humano . El valor de la matrícula para la Especialización en Gerencia del Talento Humano que se oferta en la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Parágrafo. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia del Talento Humano de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será de $10.525.000,00 por cohorte.

Artículo 73. En Gerencia Empresarial . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Empresarial de la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 74. En Gerencia Financiera . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Financiera Internacional de la Sede Principal y la especialización en Gerencia Financiera de las seccionales Barranquilla, Cali y Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 75. En Gerencia Logística . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Logística de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 76. En Gerencia Social . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Social de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 77. En Gerencia Tributaria . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Tributaria de la Sede Principal, las seccionales de Cartagena y El Socorro y la Especialización en Tributaria de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 78. En Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 79. En Gestión de Proyectos. El valor de la matrícula para la especialización en Gestión de Proyectos de las seccionales de Barranquilla y Cartagena, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 80. En Gestión de Proyectos de Inversión. El valor de la matrícula para la especialización en Gestión de Proyectos de Inversión de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 81. En Gestión Tributaria y Aduanera . El valor de la matrícula para la especialización en Gestión Tributaria y Aduanera de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 82. En Ginecología y Obstetricia . El valor de la matrícula para la especialización en Ginecología y Obstetricia de las seccionales Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 83. En Ingeniería de la Calidad . El valor de la matrícula para la especialización en Ingeniería de la Calidad de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 84. En Logística y Cadena de Suministro . El valor de la matrícula para la especialización en Logística y Cadena de Suministro de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 85. En Medicina Interna . El valor de la matrícula para la especialización en Medicina Interna de las seccionales Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 86. En Mercadeo . El valor de la matrícula para la especialización en Mercadeo de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 87. En Movilidad y Transporte . El valor de la matrícula para la especialización en Movilidad y Transporte de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 88. En Negocios Internacionales con Énfasis en Logística Internacional. El valor de la matrícula para la especialización en Negocios Internacionales con Énfasis en Logística Internacional de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 89. En Ortopedia y Traumatología. El valor de la matrícula para la especialización en Ortopedia y Traumatología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 90. En Pediatría . El valor de la matrícula para la especialización en Pediatría de las seccionales Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 91. En Planeación y Gestión Estratégica . El valor de la matrícula para la especialización en Planeación y Gestión Estratégica de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 92. En Psicología Jurídica y Forense . El valor de la matrícula para la especialización en Psicología Jurídica y Forense de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 93. En Psiquiatría . El valor de la matrícula para la especialización en Psiquiatría de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 94. En Responsabilidad Médica . El valor de la matrícula para la especialización en Responsabilidad Médica de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 95. En Revisoría Fiscal . El valor de la matrícula para la especialización en Revisoría Fiscal de las seccionales de Cartagena y Cúcuta, la especialización en Revisoría Fiscal y Auditoría Externa de la Sede Principal y la especialización en Revisoría Fiscal y Auditoría de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 96. En Seguridad Social . El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad Social de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 97. En Seguridad y Salud en el Trabajo . El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo de las seccionales de Barranquilla y Cartagena y la especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo, Gerencia y Control de Riesgo de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Parágrafo. El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será de $11.585.000,00 por cohorte.

Artículo 98. En Soldadura . El valor de la matrícula para la especialización en Soldadura de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Capítulo 4. De los derechos de matrícula para maestrías

Artículo 99. En Administración. El valor de la matrícula para la Maestría en Administración de la Seccional Barranquilla, Maestría en Dirección de Empresas (MBA) de Cúcuta y la Maestría en Administración de Empresas que se oferta en la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 100. En Biotecnología. El valor de la matrícula para la maestría en Biotecnología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 101. En Contabilidad. El valor de la matrícula para la maestría en Contabilidad de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 102. En Criminalística y Ciencias Forenses. El valor de la matrícula para la maestría en Criminalística y Ciencias Forenses de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 103. En Derecho Administrativo. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Administrativo de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, El Socorro y Pereira para la vigencia de 2023 será:

Artículo 104. En Derecho Constitucional. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Constitucional de las seccionales de Cali, Cúcuta y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 105. En Derecho Disciplinario El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Disciplinario de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 106. En Derecho Laboral y Seguridad Social. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social de la Sede Principal y la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 107. En Derecho Penal. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Penal de las seccionales Cali y Pereira, para la maestría en Derecho Penal - Áreas Penal y Procesal Penal de la Seccional Cúcuta y de la Sede Principal y la maestría en Derecho Penal y Criminología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 108. En Derecho Privado. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Privado de las seccionales Barranquilla y Cúcuta, y la maestría en Derecho Privado y de los Negocios de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 109. En Derecho Procesal. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Procesal de la Sede Principal y de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 110. En Derecho Público. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Público de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 111. En Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Transformaciones Sociales para la Paz. El valor de la matrícula para la Maestría en Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Transformaciones Sociales para la Paz que se oferta en la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 112. En Educación. El valor de la matrícula para la maestría en Educación de la Sede Principal y la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 113. En Educación Física. El valor de la matrícula para la maestría en Educación Física de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 114. En Epidemiología. El valor de la matrícula para la maestría en Epidemiologia de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 115. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica. El valor de la matrícula para la maestría en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 116. En Gerencia en Servicios de Salud. El valor de la matrícula para la maestría en Gerencia en Servicios de Salud de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 117. En Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El valor de la matrícula para la maestría en Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 118. En Gestión Empresarial. El valor de la matrícula para la maestría en Gestión Empresarial de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 119. En Informática Educativa. El valor de la matrícula para la maestría en Informática Educativa de la Seccional Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 120. En Ingeniería. El valor de la matrícula para la maestría en Ingeniería de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 121. En Mercadeo. El valor de la matrícula para la maestría en Mercadeo de las seccionales de Cali y Pereira, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 122. En Seguridad y Salud en el Trabajo. El valor de la matrícula para la maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo de las seccionales de Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 123. En Sistemas Integrados de Gestión. El valor de la matrícula para la maestría en Sistemas Integrados de Gestión de las seccionales de Barranquilla y Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Artículo 124. En Tributación. El valor de la matrícula para la Maestría en Tributación que se oferta en las seccionales de Barranquilla y Cúcuta, para la vigencia de 2023 será:

Capítulo 5. De los derechos de matrícula para doctorado

 

Artículo 125. En Derecho. El valor de la matrícula para el Doctorado en Derecho de la Sede Principal, para la vigencia de 2023 será:

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de octubre de 2022.


(Original firmado)

JORGE ALARCÓN NIÑO
Presidente de la Corporación

(Original firmado)

FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Secretario General



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