Resolución n.º 22 de 2024
Resolución n.º 22 de 2024
(9 de octubre)
«Por la cual se fijan los derechos pecuniarios que la Universidad Libre podrá exigir durante la vigencia 2025»
Contenido
Capítulo 1. De los derechos de inscripción
Artículo 2. Del valor de los derechos de inscripción
Parágrafo. Deducción del valor de la inscripción del precio de la matrícula
Capítulo 2. De los derechos de matrícula para pregrado
Parágrafo 1. De los derechos de matrícula por renovación de la misma
Parágrafo 2. De las fechas de pago de los derechos de matrícula o de su renovación.
Artículo 4. De Administración de Empresas
Artículo 5. En Administración de Negocios Internacionales.
Artículo 7. En Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas
Artículo 8. En Contaduría Pública.
Artículo 14. En Ingeniería Ambiental.
Artículo 15. En Ingeniería Civil.
Artículo 16. En Ingeniería Comercial.
Artículo 17. En Ingeniería de Sistemas.
Artículo 18. En Ingeniería en Ciencia de Datos.
Artículo 19. En Ingeniería en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Artículo 20. En Ingeniería Financiera.
Artículo 21. En Ingeniería Industrial.
Artículo 22. En Ingeniería Mecánica.
Artículo 23. En Instrumentación Quirúrgica.
Artículo 24. En Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental.
Artículo 25. En Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deportes.
Artículo 26. En Licenciatura en Educación Infantil.
Artículo 27. En Licenciatura en Español e Inglés.
Artículo 28. En Licenciatura en Español y Lenguas Extranjeras.
Artículo 31. En Microbiología.
Artículo 32. En Negocios Internacionales.
Artículo 33. En Nutrición y Dietética.
Artículo 35. En Trabajo Social.
Capítulo 3. De los derechos de matrícula para especialización.
Artículo 38. En Acondicionamiento físico para la Salud.
Artículo 39. En Administración Estratégica del Control Interno.
Artículo 40. En Administración Financiera.
Artículo 41. En Alta Gerencia.
Artículo 42. En Auditoría de Control Interno y Aseguramiento.
Artículo 43. En Auditoría de Servicios de Salud.
Artículo 44. En Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad.
Artículo 45. En Ciencias Forenses y Técnica Probatoria.
Artículo 46. En Cirugía General.
Artículo 47. En Comunicación Digital.
Artículo 48. En Contabilidad Financiera Internacional.
Artículo 49. En Contratación Estatal.
Artículo 50. En Derecho Administrativo.
Artículo 51. En Derecho Comercial.
Artículo 52. En Derecho Constitucional.
Artículo 53. En Derecho de Daños y Responsabilidad Pública y Privada.
Artículo 54. En Derecho de Familia.
Artículo 55. En Derecho del Trabajo, Pensiones y Riesgos Laborales.
Artículo 56. En Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico.
Artículo 57. En Derecho Laboral.
Artículo 58. En Derecho Médico.
Artículo 59. En Derecho Penal.
Artículo 60. En Derecho Penal y Criminología.
Artículo 61. En Derecho Procesal.
Artículo 62. En Derecho Procesal.
Artículo 63. En Derecho Público.
Artículo 64. En Derecho Tributario.
Artículo 65. En Derecho Urbano, Gestión y Planeamientos Inmobiliarios.
Artículo 66. En Derechos Humanos.
Artículo 68. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica.
Artículo 69. En Gerencia Ambiental.
Artículo 70. En Gerencia de Calidad de Productos y Servicios.
Artículo 71. En Gerencia de Construcción.
Artículo 72. En Gerencia de Mercadeo y Estrategia de Ventas.
Artículo 73. En Gerencia de Proyectos.
Artículo 74. En Gerencia de Servicios de Salud.
Artículo 75. En Gerencia del Talento Humano.
Artículo 76. En Gerencia Empresarial.
Artículo 77. En Gerencia Financiera.
Artículo 78. En Gerencia Financiera Internacional.
Artículo 79. En Gerencia Logística.
Artículo 80. En Gerencia Social.
Artículo 81. En Gerencia Tributaria.
Artículo 82. En Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos.
Artículo 83. En Gestión Ambiental.
Artículo 84. En Gestión de Proyectos.
Artículo 85. En Gestión de Proyectos de Inversión.
Artículo 86. En Gestión Tributaria y Aduanera.
Artículo 87. En Ginecología y Obstetricia.
Artículo 88. En Ingeniería de la Calidad.
Artículo 89. En Logística y Cadena de Suministro.
Artículo 90. En Medicina Interna.
Artículo 92. En Movilidad y Transporte.
Artículo 93. En Negocios Internacionales con Énfasis en Logística Internacional.
Artículo 94. En Ortopedia y Traumatología.
Artículo 96. En Planeación y Gestión Estratégica.
Artículo 97. En Psicología Jurídica y Forense.
Artículo 99. En Responsabilidad Médica.
Artículo 100. En Revisoría Fiscal.
Artículo 101. En Revisoría Fiscal y Auditoría.
Artículo 102. En Revisoría Fiscal y Auditoría Externa.
Artículo 103. En Seguridad de la Información.
Artículo 104. En Seguridad Social.
Artículo 105. En Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 106. En Seguridad y Salud en el Trabajo, Gerencia y Control de Riesgo.
Capítulo 4. De los derechos de matrícula para maestrías
Artículo 108. En Administración.
Artículo 109. En Administración de Empresas.
Artículo 110. En Biotecnología.
Artículo 111. En Contabilidad.
Artículo 112. En Contratación Estatal y Litigios Contractuales.
Artículo 113. En Criminalística y Ciencias Forenses.
Artículo 114. En Derecho Administrativo.
Artículo 115. En Derecho Constitucional.
Artículo 116. En Derecho Disciplinario.
Artículo 117. En Derecho Laboral y Seguridad Social.
Artículo 118. En Derecho Penal.
Artículo 119. En Derecho Penal - Áreas Penal y Procesal Penal.
Artículo 120. En Derecho Penal y Criminología.
Artículo 121. En Derecho Privado.
Artículo 122. En Derecho Privado
Artículo 123. En Derecho Procesal.
Artículo 124. En Derecho Público.
Artículo 126. En Dirección de Empresas (MBA).
Artículo 128. En Educación Física.
Artículo 129. En Epidemiología.
Artículo 130. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica.
Artículo 132. En Gerencia en Servicios de Salud.
Artículo 133. En Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 134. En Gestión e Innovación.
Artículo 135. En Gestión Empresarial.
Artículo 136. En Informática Educativa.
Artículo 139. En Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 140. En Sistemas Integrados de Gestión.
Artículo 141. En Transformación Digital Empresarial.
Capítulo 5. De los derechos de matrícula para doctorado.
Artículo 144. En Derecho Administrativo.
Artículo 145. En Gestión de las Organizaciones para la Sustentabilidad.
Artículo 146. De los derechos por la realización de exámenes de habilitación.
Artículo 147. De los derechos por la realización de exámenes supletorios.
Artículo 148. De los derechos por la realización de exámenes preparatorios.
Artículo 149. De los derechos por la realización de exámenes de validación.
Capítulo 7. De los derechos por realización de estudios de homologación..
Artículo 150. De la definición.
Artículo 151.De los derechos pecuniarios por el estudio de homologación.
Parágrafo. De la exención de pago por la realización de estudios de homologación.
Capítulo 8. De los derechos por realización de cursos especiales y de educación permanente.
Artículo 152. De los derechos por realización de cursos especiales y de educación permanente.
Capítulo 9. De los derechos de grado.
Artículo 153. De la definición.
Artículo 154. De los derechos de grado.
Capítulo 10. De los derechos por la expedición de certificados y constancias.
Artículo 155. De los derechos por la expedición de certificados y constancias.
Artículo 156. De la información al Ministerio de Educación Nacional.
Resolución n.º 22 de 2024
(9 de octubre)
«Por la cual se fijan los derechos pecuniarios que la Universidad Libre podrá exigir durante la vigencia 2025»
La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 17, y,
CONSIDERANDO:
- Que la Constitución Política, artículo 69, «garantiza la autonomía universitaria».
-
Que la ley 30 de 1992, artículo 28, establece:
Artículo 28. La autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política de Colombia y de conformidad con la presente Ley, reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional.
-
Que la ley 30 de 1992, artículo 122, dispone:
Artículo 122. Los derechos pecuniarios que por razones académicas pueden exigir las Instituciones de Educación Superior, son los siguientes:
- Derechos de Inscripción.
- Derechos de Matrícula.
- Derechos por realización de exámenes de habilitación, supletorios y preparatorios.
- Derechos por la realización de cursos especiales y de educación permanente.
- Derechos de Grado.
- Derechos de expedición de certificados y constancias.
Parágrafo 1. Las instituciones de Educación Superior legalmente aprobadas fijarán el valor de todos los derechos pecuniarios de que trata este artículo y aquellos destinados a mantener un servicio médico asistencial para los estudiantes, los cuales deberán informarse al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (Icfes) para efectos de la inspección y vigilancia, de conformidad con la presente ley.
- Que los Estatutos, artículo 37, numeral 17, faculta a la Consiliatura para «Fijar los derechos pecuniarios por los servicios que preste la Universidad».
- Que los directores financieros Nacional y de las seccionales, teniendo los factores y características para la Evaluación de Programas Académicos a tenor del Decreto 1075 de 2015, articulo 2.5.3.9.1.1, han realizado los estudios de costos orientados a asegurar la sostenibilidad de los programas académicos, en particular, y de la Universidad, en general.
- Que la Consiliatura, con base en los estudios de costos orientados a la sostenibilidad, en sesión de 20 de agosto de 2024, según consta en el acta n.° 8, determinó no incrementar el valor de los derechos de inscripción para la vigencia 2025. Adicionalmente, al inscrito que sea admitido a primer semestre en un pregrado o un posgrado, se le deducirá el valor de dicha inscripción del precio de la matrícula.
- Que, con base en los estudios de costos orientados a asegurar la sostenibilidad de los programas académicos y de la Universidad elaborado por los directores financieros Nacional y de las seccionales, el Comité Seccional de Incremento de Matrículas realizó los análisis pertinentes sobre el comportamiento de las matrículas y las proyecciones de los valores para 2025.
-
Que, la Consiliatura en sesión de 17 septiembre de 2024, según consta en el acta n.° 10, decidió con respecto a los derechos de matrícula:
Seccional Bogotá.
- Incremento del 7% para programas de pregrado y posgrado.
Seccional Barranquilla
-
Noincrementar el valor en los programas de:
- Bacteriología (1er semestre).
- Microbiología (1er semestre).
- Ingeniería Industrial (1er semestre).
- Especialización en Gestión Ambiental.
- Maestría en Sistemas Integrados de Gestión.
- Especialización en Derecho Médico.
- Maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Especialización en Derecho Constitucional.
- Especialización en Derecho Tributario.
- Maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social.
- Maestría en Administración.
- Maestría en Tributación.
-
Incremento del 5% en los programas de:
- Especialización en Acondicionamiento Físico para la Salud.
- Maestría en Biotecnología.
- Especialización en Gerencia de Servicios de Salud.
- Especialización en Auditoria de Servicios de Salud.
- Especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo.
-
Incremento del 7% en los programas de:
- Fisioterapia.
- Bacteriología.
- Microbiología.
- Derecho Semestralizado.
- Contaduría Pública.
- Administración de Negocios Internacionales.
- Ingeniería de Sistemas.
- Instrumentación Quirúrgica.
- Ingeniería Industrial.
- Especialización en Derecho Administrativo.
- Especialización en Derecho Comercial.
- Especialización en Derecho Procesal.
- Especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social.
- Especialización en Logística y Cadena de Suministro.
- Especialización en Ingeniería de la Calidad.
- Especialización en Gestión de Proyectos.
- Maestría en Derecho Penal y Criminología.
- Maestría en Derecho Privado.
-
Incremento del 8% en los programas:
- Especialización en Derecho de Familia.
- Especialización en Derecho Penal y Criminología.
- Especialización en Contratación Estatal.
- Maestría en Derecho Administrativo.
- Especialización en Gerencia Financiera.
-
Incremento del 10% en los programas de:
- Medicina (1 al 10 semestre).
- Especialización en Cirugía General.
- Especialización en Ginecología y Obstetricia.
- Especialización en Medicina Interna.
- Especialización en Pediatría.
- Especialización en Ortopedia y Traumatología.
- Incremento del 12% en el programa de Fisioterapia (1er semestre).
Seccional Cali.
-
No incrementar el valor en los programas de:
- Turismo.
- Ingeniería Civil.
-
Incremento del 3% en los programas de:
- Ingeniería de Sistemas.
- Ingeniería Industrial.
- Maestría en Gerencia de Servicios de Salud.
-
Incremento del 6% en los programas de:
- Medicina.
- Enfermería.
- Psicología.
- Derecho.
- Contaduría Pública.
- Administración de Empresas.
- Mercadeo
- Economía.
- Posgrados de Derecho.
- Posgrados de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables.
- Maestría en Informática Educativa.
- Posgrados de Salud no clínicos.
- Incremento del 10% en los programas de: Especialidades Medico-quirúrgicas.
- Incremento del 11% en el programa de Especialización de Gerencia de Servicios de Salud.
Seccional Pereira.
-
Incremento del 8% para programas de:
- Pregrado (estudiantes nuevos y antiguos).
- Maestría.
- Incremento del 6% en el programa de Contaduría Pública.
- Incremento del 8,5% en todos los programas de Especialización.
Seccional Cúcuta.
-
Incremento del 8% en programas de:
- Pregrado.
- Posgrado.
- Incremento del 15% en el programa de Ingeniería Civil.
Seccional Cartagena.
-
Incremento del 8,5% en programas de:
- Pregrado.
- Posgrado.
- Noincrementar el valor en los programas de Posgrado de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables.
Seccional El Socorro.
-
Incrementar el 10% en los programas de:
- Pregrado.
- Posgrado.
-
Que, así mismo, la Consiliatura en la mencionada sesión de 17 septiembre de 2024, según consta en el acta n.° 10, decidió:
- Con respecto a los derechos por realización de exámenes de habilitación, supletorios y preparatorios; por la realización de cursos especiales y de educación permanente; por realización de estudios de homologación; de grado y de expedición de certificados y constancias, el incremento del 8%.
- El incremento del 10% en el valor del Año de Internado Obligatorio Rotatorio en la Seccional Cali.
- El incremento del 16,491% en el valor del Año de Internado Obligatorio Rotatorio en la Seccional Barranquilla.
- Que el Ministerio de Educación Nacional le notificó electrónicamente al representante legal de la Universidad la Resolución n.° 012544 de 30 de julio de 2024 por la cual se otorga registro calificado al nuevo programa de Doctorado en Derecho Administrativo, cuyos derechos pecuniarios de matrícula para 2025 la Consiliatura fijó en $ 27.220.000.
- Que, de conformidad con el deber de informar para efectos de inspección y vigilancia establecido en la ley 30 de 1992, artículo 122, parágrafo 1, las Instituciones de Educación Superior a tenor de la Resolución n.º 20434 de 2016, artículo 9, deben hacerlo «Entre el primero (1°) de noviembre y el quince (15°) de diciembre de cada año […]».
- Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Capítulo 1. De los derechos de inscripción
Artículo 1. De la definición. Los derechos de inscripción corresponden al pago que realiza todo aspirante para sufragar los gastos correspondientes a los procedimientos de preinscripción y generación de recibo de pago de derechos de inscripción; inscripción y selección del plan de estudios; preselección, pruebas y selección; y, finalmente, admisión (valoración, decisión de admisión, comunicación de la misma o rechazo) a un programa académico, de pregrado o de posgrado, ofertado por las seccionales de Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira. Estos derechos no son reembolsables ni transferibles ni aplazables, salvo en los casos en que la Universidad no pueda ofertar el servicio.
Artículo 2. Del valor de los derechos de inscripción. El valor de la inscripción es como sigue:
- Todos lo pregrados, excepto Medicina… … … … $112.000,00
- Pregrado de Medicina … … … … … … $168.000,00
- Todos los posgrados, excepto las especialidades diagnósticas, médicas, médico-quirúrgicas y quirúrgicas … … … … … $168.000,00
- Especialidades diagnósticas, médicas, médico-quirúrgicas y quirúrgicas … … … … … … … … … … $392.000,00
Parágrafo. Deducción del valor de la inscripción del precio de la matrícula. Quien haya pagado los derechos de inscripción y sea admitido a primer semestre en un programa de pregrado o de posgrado la Universidad Libre deducirá el valor de dicha inscripción del precio de la matrícula.
Capítulo 2. De los derechos de matrícula para pregrado
Artículo 3. De la definición. Los derechos de matrícula corresponden a la contraprestación pecuniaria a cargo del admitido por concepto del derecho a suscribir una matrícula (académica y financiera), a gozar de un cupo universitario y ser incluido en una lista de clases, a la expedición de un carnet de estudiante activo, a la entrega de un programa académico por cada asignatura, modulo, curso u otra alternativa con los reglamentos correspondientes, a beneficiarse del servicio de la educación superior y a utilizar los recursos institucionales para cumplir el plan de estudios, al cual ha sido admitido, por un período académico. Estos derechos no son reembolsables ni transferibles ni aplazables, salvo la excepción establecida por el Reglamento Estudiantil.
Parágrafo 1. De los derechos de matrícula por renovación de la misma Es la contraprestación pecuniaria a cargo del estudiante, que debe repetir, que se reintegra o que ha sido promovido a un nivel superior, por concepto del derecho a suscribir la renovación de una matrícula (académica y financiera) por un período académico.
Parágrafo 2. De las fechas de pago de los derechos de matrícula o de su renovación.Establézcanse dos fechas para el pago de los derechos de matrícula en los correspondientes calendarios académicos seccionales.
Artículo 4. De Administración de Empresas El valor semestral de la matrícula para los pregrados de Administración de Empresas, para la vigencia 2025 será:
- Bogotá … … … … … … … … …$ 5.643.000,00
- Cali… … … … … … … … …$ 5.682.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 3.737.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 4.741.000,00
- Pereira… … … … … … … … …$ 4.695.000,00
Parágrafo: Para la Seccional Cúcuta, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
II - III | 3.540.000,00 | 3.540.000,00 |
IV | 3.447.000,00 | 3.540.000,00 |
V - VIII | 3.447.000,00 | 3.447.000,00 |
Artículo 5. En Administración de Negocios Internacionales. El valor de la matrícula para el pregrado de Administración de Negocios Internacionales de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - III | 4.177.000,00 | 4.177.000,00 |
IV | 4.103.000,00 | 4.177.000,000 |
V - X | 4.103.000,00 | 4.103.000,00 |
Artículo 6. En Bacteriología. El valor de la matrícula para el pregrado de Bacteriología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I | 7.441.000,00 | 7.441.000,00 |
II | 7.962.000,00 | 7.441.000,00 |
III | 7.962.000,00 | 7.962.000,00 |
IV | 7.820.000,00 | 7.962.000,00 |
V - IX | 7.820.000,00 | 7.820.000,00 |
Artículo 7. En Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas. El valor de la matrícula para el pregrado de Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
II - III | 3.319.000,00 | 3.319.000,00 |
IV | 3.232.000,00 | 3.319.000,00 |
V - VIII | 3.232.000,00 | 3.232.000,00 |
Artículo 8. En Contaduría Pública. El valor semestral de la matrícula para el pregrado de Contaduría Pública, para la vigencia 2025 será:
- Bogotá … … … … … … … … …$ 5.643.000,00
- Cali… … … … … … … … …$ 5.148.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 3.737.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 4.741.000,00
- Pereira… … … … … … … … …$ 5.249.000,00
Parágrafo 1: Para la Seccional Barranquilla, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - III | 3.986.000,00 | 3.986.000,00 |
IV | 3.915.000,00 | 3.986.000,00 |
V - X | 3.915.000,00 | 3.915.000,00 |
Parágrafo 2: Para la Seccional Cúcuta, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - III | 3.357.000,00 | 3.357.000,00 |
IV | 3.269.000,00 | 3.357.000,00 |
V - VIII | 3.269.000,00 | 3.269.000,00 |
Artículo 9. En Derecho. El valor de la matrícula para el pregrado de Derecho, para la vigencia 2025 será:
-
Plan anualizado:
AÑO CICLO BOGOTÁ PEREIRA V ENE-DIC 14.389.000,00 9.979.000,00 V JUL-JUN N.A. N.A. -
Plan semestralizado:
- Bogotá … … … … … … … … …$ 7.196.000,00
- Cali… … … … … … … … …$ 5.901.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 5.604.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 5.036.000,00
Parágrafo 1: Para la Seccional Barranquilla, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - III | 5.523.000,00 | 5.523.000,00 |
IV | 5.425.000,00 | 5.523.000,00 |
V - X | 5.425.000,00 | 5.425.000,00 |
Parágrafo 2: Para la Seccional Cúcuta, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - III | 4.742.000,00 | 4.742.000,00 |
IV | 4.618.000,00 | 4.742.000,00 |
V - X | 4.618.000,00 | 4.618.000,00 |
Parágrafo 3: Para la Seccional Pereira, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - V | 5.080.000,00 | 5.080.000,00 |
VI | 4.990.000,00 | 5.080.000,00 |
VII - X | 4.990.000,00 | 4.990.000,00 |
Artículo 10. En Economía. El valor semestral de la matrícula para el pregrado de Economía, para la vigencia 2025 será:
- Cali … … … … … … … … …$ 5.182.000,00
- Pereira… … … … … … … … …$ 4.658.000,00
Artículo 11. En Enfermería. El valor semestral de la matrícula para el pregrado de Enfermería, para la vigencia 2025 será:
- Cali … … … … … … … … …$ 8.310.000,00
- Pereira… … … … … … … … …$ 6.358.000,00
Artículo 12. En Filosofía. El valor de la matrícula para el pregrado de Filosofía de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 3.922.000, el semestre.
Artículo 13. En Fisioterapia. El valor de la matrícula para el pregrado de Fisioterapia de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I | 6.033.000,00 | 6.033.000,00 |
II | 5.764.000,00 | 6.033.000,00 |
III | 5.764.000,00 | 5.764.000,00 |
IV | 5.661.000,00 | 5.764.000,00 |
V - VIII | 5.661.000,00 | 5.661.000,00 |
Artículo 14. En Ingeniería Ambiental. El valor semestral de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Ambiental, para la vigencia 2025 será:
- Bogotá … … … … … … … … …$ 7.109.000,00
- Cúcuta… … … … … … … … …$ 3.213.000.00
- El Socorro… … … … … … … …$ 5.036.000,00
Artículo 15. En Ingeniería Civil. El valor semestral de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Civil, para la vigencia 2025 será:
- Cali … … … … … … … … …$ 7.169.000,00
- Pereira… … … … … … … … …$ 7.215.000,00
Parágrafo: Para la Seccional Cúcuta, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I | 3.650.000,00 | 3.650.000,00 |
II | 3.428.000,00 | 3.650.000,00 |
III | 3.428.000,00 | 3.428.000,00 |
IV | 3.213.000,00 | 3.428.000,00 |
V - VIII | 3.213.000,00 | 3.213.000,00 |
Artículo 16. En Ingeniería Comercial. El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Comercial de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $5.946.000, el semestre.
Artículo 17. En Ingeniería de Sistemas. El valor semestral de la matrícula para el pregrado de Ingeniería de Sistemas, para la vigencia 2025 será:
- Bogotá … … … … … … … … …$ 7.109.000,00
- Cali… … … … … … … … …$ 6.336.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 4.000.000,00
- Pereira … … … … … … … …$ 5.976.000,00
Parágrafo: Para la Seccional Barranquilla, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - III | 5.064.000,00 | 5.064.000,00 |
IV | 4.974.000,00 | 5.064.000,00 |
V - X | 4.974.000,00 | 4.974.000,00 |
Artículo 18. En Ingeniería en Ciencia de Datos. El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería en Ciencia de Datos de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 7.113.000, el semestre.
Artículo 19. En Ingeniería en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - V | 3.632.000,00 | 3.632.000,00 |
IV | 3.532.000,00 | 3.632.000,00 |
VII - VIII | 3.532.000,00 | 3.532.000,00 |
Artículo 20. En Ingeniería Financiera. El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Financiera de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $5.883.000, el semestre.
Artículo 21. En Ingeniería Industrial. El valor semestral de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Industrial, para la vigencia 2025 será:
- Bogotá … … … … … … … … …$ 7.109.000,00
- Cali… … … … … … … … …$ 6.365.000,00
- Cúcuta… … … … … … … … …$ 3.973.000,00
Parágrafo: Para la Seccional Barranquilla, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I | 5.253.000,00 | 5.253.000,00 |
II | 5.621.000,00 | 5.253.000,00 |
III | 5.621.000,00 | 5.621.000,00 |
IV | 5.520.000,00 | 5.621.000,00 |
V - X | 5.520.000,00 | 5.520.000,00 |
Artículo 22. En Ingeniería Mecánica. El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Mecánica de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 7.109.000, el semestre.
Artículo 23. En Instrumentación Quirúrgica. El valor de la matrícula para el pregrado de Instrumentación Quirúrgica de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - III | 5.293.000,00 | 5.293.000,00 |
IV | 5.199.000,00 | 5.293.000,00 |
V - VIII | 5.199.000,00 | 5.199.000,00 |
Artículo 24. En Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental. El valor de la matrícula para el pregrado de Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental de la Seccional El Socorro, para la vigencia 2025 será: $3.981.000, el semestre.
Artículo 25. En Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deportes. El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deportes de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 4.938.000, el semestre.
Artículo 26. En Licenciatura en Educación Infantil. El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Infantil de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 4.537.000, el semestre.
Artículo 27. En Licenciatura en Español e Inglés. El valor de la matrícula para la Licenciatura en Español e Inglés de la Seccional El Socorro, para la vigencia 2025 será: $ 3.981.000, el semestre.
Artículo 28. En Licenciatura en Español y Lenguas Extranjeras. El valor de la matrícula para la Licenciatura en Español y Lenguas Extranjeras de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 5.230.000, el semestre.
Artículo 29. En Medicina. El valor de la matrícula para el pregrado de Medicina de la Seccional Barranquilla será, para la vigencia 2025 será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - V | 20.118.000,00 | 20.118.000,00 |
VI | 19.245.000,00 | 20.118.000,00 |
VII - X | 19.245.000,00 | 19.245.000,00 |
Parágrafo:Para la Seccional Cali, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - X | 20.562.000,00 | 20.562.000,00 |
Artículo 30. En Mercadeo. El valor de la matrícula para el pregrado de Mercadeo de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 5.194.000, el semestre.
Artículo 31. En Microbiología. El valor de la matrícula para el pregrado de Microbiología de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 7.386.000, el semestre.
Parágrafo:Para la Seccional Barranquilla, el valor de la matrícula será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I | 7.441.000,00 | 7.441.000,00 |
II | 7.962.000,00 | 7.441.000,00 |
III | 7.962.000,00 | 7.962.000,00 |
IV | 7.820.000,00 | 7.962.000,00 |
V - X | 7.820.000,00 | 7.820.000,00 |
Artículo 32. En Negocios Internacionales. El valor de la matrícula para el pregrado de Negocios Internacionales de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $5.825.000, el semestre.
Artículo 33. En Nutrición y Dietética. El valor de la matrícula para el pregrado de Nutrición y Dietética de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será:
SEMESTRE | CICLO | |
---|---|---|
ENE-JUN | JUL-DIC | |
I - V | 6.692.000,00 | 6.692.000,00 |
VI | 6.572.000,00 | 6.692.000,00 |
VII - IX | 6.572.000,00 | 6.572.000,00 |
Artículo 34. En Psicología. El valor de la matrícula para el pregrado de Psicología de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $7.197.000, el semestre.
Artículo 35. En Trabajo Social. El valor de la matrícula para el pregrado de Trabajo Social de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 4.225.000, el semestre.
Artículo 36. Turismo. El valor semestral de la matrícula para el pregrado de Turismo, para la vigencia 2025 será:
- Bogotá … … … … … … … …$ 5.643.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 4.857.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 3.737.000,00
- Pereira … … … … … … … …$ 4.657.000,00
Artículo 37. En Zootecnia. El valor de la matrícula para el pregrado de Zootecnia de la Seccional El Socorro, para la vigencia 2025 será: $ 4.741.000, el semestre.
Capítulo 3. De los derechos de matrícula para especialización
Artículo 38. En Acondicionamiento físico para la Salud. El valor de la matrícula para la especialización en Acondicionamiento Físico para la Salud de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 5.049.000, el semestre.
Artículo 39. En Administración Estratégica del Control Interno. El valor de la matrícula para la especialización en Administración Estratégica del Control Interno de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 8.905.000, el semestre.
Artículo 40. En Administración Financiera. El valor de la matrícula para la especialización en Administración Financiera de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 41. En Alta Gerencia. El valor semestral de la matrícula para la Especialización en Alta Gerencia, para la vigencli 2025 será:
- Cartagena… … … … … … … …$ 8.150.000,00
- Pereira … … … … … … … …$ 9.296.000,00
Parágrafo. El valor de la matrícula para la Especialización en Alta Gerencia de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será de $14.073.000,00 por cohorte.
Artículo 42. En Auditoría de Control Interno y Aseguramiento. El valor de la matrícula para la Especialización en Auditoría de Control Interno y Aseguramiento de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 7.144.000, el semestre.
Artículo 43. En Auditoría de Servicios de Salud. El valor de la matrícula para la especialización en Auditoría de Servicios de Salud de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 8.952.000, el semestre.
Artículo 44. En Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad. El valor de la matrícula para la Especialización en Auditoría en Salud y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 8.453.000, el semestre.
Artículo 45. En Ciencias Forenses y Técnica Probatoria. El valor de la matrícula para la especialización en Ciencias Forenses y Técnica Probatoria de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 9.290.000, el semestre.
Artículo 46. En Cirugía General. El valor de la matrícula para la especialización en Cirugía General de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 50.743.000, el semestre.
Artículo 47. En Comunicación Digital. El valor de la matrícula para la especialización en Comunicación Digital de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será de $8.339.000,00 por cohorte.
Artículo 48. En Contabilidad Financiera Internacional. El valor de la matrícula para la especialización en Contabilidad Financiera Internacional de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $9.296.000, el semestre.
Artículo 49. En Contratación Estatal. El valor semestral de la matrícula para la Especialización en Contratación Estatal, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 8.338.000,00
- Bogotá … … … … … … … …$ 9.290.000,00
Parágrafo. El valor de la matrícula para la especialización en Contratación Estatal de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será de $13.807.000,00 por cohorte.
Artículo 50. En Derecho Administrativo. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Administrativo, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 8.879.000,00
- Bogotá … … … … … … … …$ 9.290.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 8.943.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 8.843.000,00
- Pereira … … … … … … … …$ 9.296.000,00
-
Por cohorte:
- Cúcuta… … … … … … … … …$ 14.630.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 15.770.000,00
Artículo 51. En Derecho Comercial. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Comercial, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 7.576.000,00
- Bogotá … … … … … … … …$ 9.290.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 8.843.000,00
Artículo 52. En Derecho Constitucional. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Constitucional, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 7.080.000,00
- Bogotá … … … … … … … …$ 9.290.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 8.862.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 8.843.000,00
- Pereira … … … … … … … …$ 9.296.000,00
-
Por cohorte:
- Cúcuta… … … … … … … … …$ 13.807.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 15.770.000,00
Artículo 53. En Derecho de Daños y Responsabilidad Pública y Privada. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho de Daños y Responsabilidad Pública y Privada de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 54. En Derecho de Familia. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho de Familia, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 8.028.000,00
- Bogotá … … … … … … … …$ 9.290.000,00
-
Por cohorte:
- Cúcuta… … … … … … … … …$ 13.807.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 15.770.000,00
Artículo 55. En Derecho del Trabajo, Pensiones y Riesgos Laborales. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho del Trabajo, Pensiones y Riesgos Laborales de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 56. En Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será: $13.807.000, por cohorte.
Artículo 57. En Derecho Laboral. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social de las seccionales de Barranquilla, Bogotá, Cali, El Socorro y Pereira y para la especialización en Derecho Laboral de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 8.680.000,00
- Bogotá … … … … … … … …$ 9.290.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 8.777.000,00
-
Por cohorte
- Cúcuta… … … … … … … … …$ 13.807.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 15.770.000,00
Artículo 58. En Derecho Médico. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Médico de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 8.726.000, el semestre.
Artículo 59. En Derecho Penal. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Penal, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Cali…… … … … … … … …$ 8.777.000,00
- Pereira… … … … … … … … …$ $9.296.000,00
-
Por cohorte:
- El Socorro… … … … … … … …$ 15.770.000,00
Artículo 60. En Derecho Penal y Criminología. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Penal y Criminología, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 8.185.000,00
- Bogotá… … … … … … … … …$ 9.290.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 8.843.000,00
-
Por cohorte:
- Cúcuta … … … … … … … …$ 14.630.000,00
Artículo 61. En Derecho Procesal. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Procesal, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Barranquilla … … … … … … …$ 8.879.000,00
- Bogotá … … … … … … … …$ 9.290.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 8.843.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 8.965.000,00
-
Por cohorte:
- Cúcuta … … … … … … … …$ 13.807.000,00
Artículo 62. En Derecho Procesal. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 63. En Derecho Público. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Público de la Seccional Cúcuta para la vigencia 2025 será: $ 13.807.000, por cohorte.
Artículo 64. En Derecho Tributario. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Tributario de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 7.833.000, el semestre.
Artículo 65. En Derecho Urbano, Gestión y Planeamientos Inmobiliarios. El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Urbano, Gestión y Planeamientos Inmobiliarios de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 66. En Derechos Humanos. El valor de la matrícula para la especialización en Derechos Humanos de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será: $ 13.807.000, por cohorte.
Artículo 67. En Dermatología. El valor de la matrícula para la especialización en Dermatología de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 49.051.000, el año.
Artículo 68. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica. El valor de la matrícula para la especialización en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 6.340.000, el semestre.
Artículo 69. En Gerencia Ambiental. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Ambiental de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 8.816.000, el semestre.
Artículo 70. En Gerencia de Calidad de Productos y Servicios. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Calidad de Productos y Servicios de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 8.816.000, el semestre.
Artículo 71. En Gerencia de Construcción. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Construcción de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 72. En Gerencia de Mercadeo y Estrategia de Ventas. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Mercadeo y Estrategia de Ventas de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 8.816.000, el semestre.
Artículo 73. En Gerencia de Proyectos. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Proyectos de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será de $14.073.000,00 por cohorte.
Artículo 74. En Gerencia de Servicios de Salud. El valor semestral de la matrícula para la especialización en Gerencia de Servicios de Salud, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla … … … … … … …$ 8.354.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 10.223.000,00
Artículo 75. En Gerencia del Talento Humano. El valor de la matrícula para la Especialización en Gerencia del Talento Humano, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Cali … … … … … … … … …$ 8.905.000,00
-
Por cohorte:
- Cúcuta … … … … … … … …$ 12.786.000,00
Artículo 76. En Gerencia Empresarial. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Empresarial de la Seccional El Socorro, para la vigencia 2025 será: $ 15.770.000, por cohorte.
Artículo 77. En Gerencia Financiera. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Financiera, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 7.589.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 9.841.000,00
-
Por cohorte:
- Cúcuta … … … … … … … …$ 13.807.000,00
Artículo 78. En Gerencia Financiera Internacional. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Financiera Internacional de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 7.144.000, el semestre.
Artículo 79. En Gerencia Logística. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Logística de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 80. En Gerencia Social. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Social de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 81. En Gerencia Tributaria. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Tributaria, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Bogotá… … … … … … … … …$ 7.144.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 8.150.000,00
-
Por cohorte:
- El Socorro… … … … … … … …$ 15.770.000,00
Artículo 82. En Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 8.905.000, el semestre.
Artículo 83. En Gestión Ambiental. El valor de la matrícula para la especialización en Gestión Ambiental de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 7.525.000, el semestre.
Artículo 84. En Gestión de Proyectos. El valor de la matrícula para la especialización en Gestión de Proyectos, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 8.143.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 8.150.000,00
Artículo 85. En Gestión de Proyectos de Inversión. El valor de la matrícula para la especialización en Gestión de Proyectos de Inversión de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 8.905.000, el semestre.
Artículo 86. En Gestión Tributaria y Aduanera. El valor de la matrícula para la especialización en Gestión Tributaria y Aduanera de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 87. En Ginecología y Obstetricia. El valor anual de la matrícula para la especialización en Ginecología y Obstetricia, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 50.743.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 49.051.000,00
Artículo 88. En Ingeniería de la Calidad. El valor de la matrícula para la especialización en Ingeniería de la Calidad de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 8.052.000, el semestre.
Artículo 89. En Logística y Cadena de Suministro. El valor de la matrícula para la especialización en Logística y Cadena de Suministro de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 8.143.000, el semestre.
Artículo 90. En Medicina Interna. El valor anual de la matrícula para la especialización en Medicina Interna, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 50.743.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 49.051.000,00
Artículo 91. En Mercadeo. El valor semestral de la matrícula para la especialización en Mercadeo, para la vigencia 2025 será:
- Cali … … … … … … …$ 8.905.000,00
- El Socorro… … … … … …$ 7.885.000,00
Artículo 92. En Movilidad y Transporte. El valor de la matrícula para la especialización en Movilidad y Transporte de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 93. En Negocios Internacionales con Énfasis en Logística Internacional. El valor de la matrícula para la especialización en Negocios Internacionales con Énfasis en Logística Internacional de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 9.841.000, el semestre.
Artículo 94. En Ortopedia y Traumatología. El valor de la matrícula para la especialización en Ortopedia y Traumatología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 50.743.000, por año.
Artículo 95. En Pediatría. El valor anual de la matrícula para la especialización en Pediatría, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 50.743.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 49.051.000,00
Artículo 96. En Planeación y Gestión Estratégica. El valor de la matrícula para la especialización en Planeación y Gestión Estratégica de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 97. En Psicología Jurídica y Forense. El valor de la matrícula para la especialización en Psicología Jurídica y Forense de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 8.440.000, el semestre.
Artículo 98. En Psiquiatría. El valor de la matrícula para la especialización en Psiquiatría de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 49.051.000, por año.
Artículo 99. En Responsabilidad Médica. El valor de la matrícula para la especialización en Responsabilidad Médica de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 100. En Revisoría Fiscal. El valor de la matrícula para la especialización en Revisoría Fiscal de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será: $ 13.807.000, por cohorte
Artículo 101. En Revisoría Fiscal y Auditoría. El valor de la matrícula para la especialización en Revisoría Fiscal y Auditoría de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 8.905.000, el semestre.
Artículo 102. En Revisoría Fiscal y Auditoría Externa. El valor de la matrícula para la especialización en Revisoría Fiscal y Auditoría Externa de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 7.144.000, el semestre.
Artículo 103. En Seguridad de la Información. El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad de la Información de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 104. En Seguridad Social. El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad Social de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será: $ 13.807.000, por cohorte.
Artículo 105. En Seguridad y Salud en el Trabajo. El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 8.103.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 8.150.000,00
-
Por cohorte:
- Cúcuta … … … … … … … …$ 14.073.000,00
Artículo 106. En Seguridad y Salud en el Trabajo, Gerencia y Control de Riesgo. El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo, Gerencia y Control de Riesgo de la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 9.296.000, el semestre.
Artículo 107. En Tributaria. El valor de la matrícula para la especialización en Tributaria de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será: $ 13.807.000, por cohorte
Capítulo 4. De los derechos de matrícula para maestrías
Artículo 108. En Administración. El valor de la matrícula para la Maestría en Administración de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 9.587.000, el semestre.
Artículo 109. En Administración de Empresas. El valor de la matrícula para la Maestría en Administración de Empresas que se oferta en la Seccional Pereira, para la vigencia 2025 será: $ 10.454.000, el semestre.
Artículo 110. En Biotecnología. El valor de la matrícula para la maestría en Biotecnología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 10.716.000, el semestre.
Artículo 111. En Contabilidad. El valor de la matrícula para la maestría en Contabilidad de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 8.605.000, el semestre.
Artículo 112. En Contratación Estatal y Litigios Contractuales. El valor de la matrícula para la maestría en Contratación Estatal y Litigios Contractuales de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 10.619.000, el semestre.
Artículo 113. En Criminalística y Ciencias Forenses. El valor de la matrícula para la maestría en Criminalística y Ciencias Forenses de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 10.786.000, el semestre.
Artículo 114. En Derecho Administrativo. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Derecho Administrativo, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 11.443.000,00
- Bogotá … … … … … … … …$ 10.619.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 11.089.000,00
- Cartagena… … … … … … … …$ 11.171.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 11.825.000,00
- Pereira … … … … … … … …$ 10.454.000,00
Artículo 115. En Derecho Constitucional. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Derecho Constitucional, para la vigencia 2025 será:
- Cali … … … … … … … … …$ 11.089.000,00
- Cúcuta … … … … … … … …$ 9.394.000,00
- Pereira… … … … … … … … …$ 10.454.000,00
Artículo 116. En Derecho Disciplinario. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Disciplinario de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 10.619.000, el semestre.
Artículo 117. En Derecho Laboral y Seguridad Social. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 10.206.000,00
- Bogotá … … … … … … … …$ 10.619.000,00
- Cúcuta … … … … … … … …$ 9.109.000,00
Artículo 118. En Derecho Penal. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Derecho Penal, para la vigencia 2025 será:
- Cali … … … … … … … … …$ 11.089.000,00
- Pereira … … … … … … … …$ 10.454.000,00
Artículo 119. En Derecho Penal - Áreas Penal y Procesal Penal. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Derecho Penal - Áreas Penal y Procesal Penal, para la vigencia 2025 será:
- Bogotá… … … … … … … … …$ 10.619.000,00
- Cúcuta … … … … … … … …$ 8.311.000,00
Artículo 120. En Derecho Penal y Criminología. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Penal y Criminología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia 2025 será: $ 11.466.000, el semestre.
Artículo 121. En Derecho Privado. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Derecho Privado, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 10.920.000,00
- Cúcuta … … … … … … … …$ 7.643.000,00
Artículo 122. En Derecho Privado y de los Negocios. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Privado y de los Negocios de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 10.619.000, el semestre.
Artículo 123. En Derecho Procesal. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Procesal, para la vigencia 2025 será:
-
Semestralizado:
- Bogotá … … … … … … … …$ 10.619.000,00
-
Por cohorte:
- Cúcuta … … … … … … … …$ 17.345.000,00
Artículo 124. En Derecho Público. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Público de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será: $ 16.677.000, por cohorte.
Artículo 125. En Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Transformaciones Sociales para la Paz. El valor semestral de la matrícula para la Maestría en Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Transformaciones Sociales para la Paz, para la vigencia 2025 será:
- Bogotá … … … … … … … …$ 10.619.000,00
- Cúcuta … … … … … … … …$ 10.246.000,00
Artículo 126. En Dirección de Empresas (MBA). El valor de la matrícula para la Maestría en Dirección de Empresas (MBA) de Cúcuta, para la vigencia 2025 será: $ 10.246.000, el semestre.
Artículo 127. En Educación. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Educación, para la vigencia 2025 será:
- Bogotá … … … … … … … …$ 6.606.000,00
- El Socorro… … … … … … … …$ 8.184.000,00
Artículo 128. En Educación Física. El valor de la matrícula para la maestría en Educación Física de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 6.606.000, el semestre.
Artículo 129. En Epidemiología. El valor de la matrícula para la maestría en Epidemiologia de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 11.188.000, el semestre.
Artículo 130. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica. El valor de la matrícula para la maestría en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 8.700.000, el semestre.
Artículo 131. En Finanzas. El valor de la matrícula para Maestría en Finanzas de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 8.605.000, el semestre.
Artículo 132. En Gerencia en Servicios de Salud. El valor de la matrícula para la maestría en Gerencia en Servicios de Salud de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 10.230.000, el semestre.
Artículo 133. En Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para la vigencia 2025 será:
- Cali … … … … … … … … …$ 10.261.000,00
- Pereira … … … … … … … …$ 10.454.000,00
Artículo 134. En Gestión e Innovación. El valor de la matrícula para Maestría en Gestión e Innovación de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $8.774.000, el semestre.
Artículo 135. En Gestión Empresarial. El valor de la matrícula para la maestría en Gestión Empresarial de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 10.243.000, el semestre.
Artículo 136. En Informática Educativa. El valor de la matrícula para la maestría en Informática Educativa de la Seccional Cali, para la vigencia 2025 será: $ 6.428.000, el semestre.
Artículo 137. En Ingeniería. El valor de la matrícula para la maestría en Ingeniería de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 10.591.000, el semestre.
Artículo 138. En Mercadeo. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Mercadeo, para la vigencia 2025 será:
- Cali … … … … … … … … …$ 10.243.000,00
- Pereira … … … … … … … …$ 10.454.000,00
Artículo 139. En Seguridad y Salud en el Trabajo. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 9.996.000,00
- Cali … … … … … … … … …$ 11.185.000,00
Artículo 140. En Sistemas Integrados de Gestión. El valor semestral de la matrícula para la maestría en Sistemas Integrados de Gestión, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 9.829.000,00
- Cúcuta… … … … … … … … …$ 8.002.000,00
Artículo 141. En Transformación Digital Empresarial. El valor de la matrícula para Maestría en Transformación Digital Empresarial de la Seccional Cúcuta, para la vigencia 2025 será: $ 9.000.000, el semestre.
Artículo 142. En Tributación. El valor semestral de la matrícula para la Maestría en Tributación, para la vigencia 2025 será:
- Barranquilla… … … … … … … …$ 11.276.000,00
- Cúcuta… … … … … … … … …$ 7.660.000,00
Capítulo 5. De los derechos de matrícula para doctorado
Artículo 143. En Derecho. El valor de la matrícula para el Doctorado en Derecho de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 29.125.000, el año.
Artículo 144. En Derecho Administrativo. El valor de la matrícula para el Doctorado en Derecho Administrativo de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 27.220.000, el año.
Artículo 145. En Gestión de las Organizaciones para la Sustentabilidad. El valor de la matrícula para el Doctorado en Gestión de las Organizaciones para la Sustentabilidad de la Seccional Bogotá, para la vigencia 2025 será: $ 15.044.000, el semestre.
Capítulo 6. De los derechos por realización de exámenes de habilitación, supletorios, preparatorios y de validación
Artículo 146. De los derechos por la realización de exámenes de habilitación. El valor de un examen de habilitación, para la vigencia 2025 será:
CÓD. | CONCEPTO | VALOR 2024 | INCREMENTO | VALOR 2025 |
---|---|---|---|---|
P0006 | Examen de habilitación | 148.000 | 8% | 159.000 |
Artículo 147. De los derechos por la realización de exámenes supletorios. El valor de un examen supletorio, para la vigencia 2025 será:
CÓD. | CONCEPTO | VALOR 2024 | INCREMENTO | VALOR 2025 |
---|---|---|---|---|
P0007 | Examen supletorio | 148.000 | 8% | 159.000 |
Artículo 148. De los derechos por la realización de exámenes preparatorios. El valor de exámenes preparatorios, para la vigencia 2025 será:
CÓD. | CONCEPTO | VALOR 2024 | INCREMENTO | VALOR 2025 |
---|---|---|---|---|
P0008 | Examen preparatorio por área | 148.000 | 8% | 159.000 |
P0009 | Examen preparatorio único | 743.000 | 8% | 802.000 |
Artículo 149. De los derechos por la realización de exámenes de validación. El valor de todo examen validación, sea ordinaria, extraordinaria o por suficiencia, para la vigencia 2025 será:
CÓD. | CONCEPTO | VALOR 2024 | INCREMENTO | VALOR 2025 |
---|---|---|---|---|
P0010 | Examen de validación (ordinaria, extraordinaria o por suficiencia) | 203.000 | 8% | 219.000 |
Capítulo 7. De los derechos por realización de estudios de homologación
Artículo 150. De la definición. El estudio de homologación es el proceso por el cual la Universidad asigna recursos humanos, técnicos y financieros para examinar si los resultados de aprendizaje esperados, los propósitos de formación, los contenidos temáticos, la evaluación del aprendizaje, la intensidad horaria, la bibliografía y el número de créditos cursados en una Institución de Educación Superior distinta a la Universidad Libre son semejantes o similares con los establecidos en el plan de estudios aprobado por la Consiliatura que se pretende homologar con el propósito de admitir como estudiante al requirente.
Artículo 151.De los derechos pecuniarios por el estudio de homologación. El valor de un estudio de homologación de un plan de estudios de pregrado o de posgrado, para la vigencia 2025 será el 50% del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV). De una asignatura será el 10% del SMLMV.
Parágrafo. De la exención de pago por la realización de estudios de homologación. Los transferentes procedentes del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y de Instituciones de Educación Técnica y Tecnológica con los cuales la Universidad haya suscrito un convenio para la homologación de planes de estudio, cuyo programa de origen corresponda a uno con estudios de homologación previa, no pagarán los derechos pecuniarios correspondientes por este concepto.
Capítulo 8. De los derechos por realización de cursos especiales y de educación permanente.
Artículo 152. De los derechos por realización de cursos especiales y de educación permanente. El valor por realización de cursos especiales y de educación permanente, los cuales se ofertarán siempre y cuando se complete el número de estudiantes requerido con base en el punto de equilibrio, para la vigencia 2025 será:
-
Año de Internado Obligatorio Rotatorio:
CÓD. CONCEPTO SECCIONAL VALOR 2024 INCREMENTO VALOR 2025 P0023 Año de Internado Obligatorio Rotatorio Barranquilla 16.633.000 16,491% 19.376.000 P0023 Año de Internado Obligatorio Rotatorio Cali 17.615.000 10% 19.376.000 Parágrafo. En aquellos casos de estudiantes que realicen una o varias rotaciones en áreas clínicas con las cuales no exista convenio de relación docencia-servicio, se les cobrará un valor proporcional de la matrícula de acuerdo con la ponderación del tiempo realizado por fuera. En todo caso, cuando se realiza la totalidad del Internado con otras universidades o con hospitales legalmente autorizados con los cuales no existe convenio de relación docencia-servicio, se cobrará el 50% del valor de la matrícula.
-
Opciones de grado:
CÓD. CONCEPTO SECCIONAL VALOR 2025 P0024 Diplomado de opción de grado Ingeniería Industrial Barranquilla 70% Valor I Semestre P0025 Diplomado opción de grado Barranquilla 70% Valor I Semestre P0051 Diplomada opción de grado en Comercio Internacional, Logística y Distribución Física Internacional – Fac. Ciencias Económicas Barranquilla 70% Valor I Semestre P0026 Diplomados opción de grado de los programas de Contaduría, Economía, Administración de empresas o Mercadeo. Cali 70% Valor I Semestre P0062 Diplomado opción de grado en Ingeniería Industrial Cali 70% Valor I Semestre P0063 Diplomado opción de grado en Ingeniería Sistemas P0025 Diplomado con opción de grado Pereira 100% Valor del 1er Semestre Pregrado P0067 Coterminal como opción de grado para estudiantes y egresados no graduados de la Universidad Libre, excepto para Derecho y los programas cuyo registro calificado no lo permita. Todas las seccionales Valor de los módulos en el posgrado correspondiente EXT Diplomado vía Especialización (Todas las Especializaciones) El Socorro 14.530.000 -
Cursos especiales y de educación permanente:
CÓD. CONCEPTO SECCIONAL VALOR 2024 INCREMENTO VALOR 2025 CURSOS Y SEMINARIOS PARA PREPARATORIOS P0028 Curso de Actualización para todos los preparatorios (Acuerdo n.º 15 de diciembre 4 de 2002, artículo 6). Intensidad: 300 horas. Todas las seccionales 4.472.000 8% 4.829.000 P0057 Cada seminario de actualización de las asignaturas que integran un área (Acuerdo n.º 15 de diciembre 4 de 2002) Intensidad: 60 horas. Todas las seccionales 20% del valor del Curso de Actualización para todos los preparatorios P0030 Seminario de Actualización Contable (módulos de Contaduría) Barranquilla 520.000 8% 561.000 DIPLOMADO CONSULTORIO JURÍDICO Y CENTRO DE CONCILIACIÓN P0035 Inscripciones para Curso de Formación Extrajudicial en Derecho y Diplomado de Insolvencia Todas las seccionales 102.000 8% 110.000 P0033 Curso de formación Extrajudicial en Derecho Todas las seccionales 868.000 8% 937.000 P0055 Diplomado en Insolvencia de Personas Naturales para estudiantes Unilibristas Todas las seccionales 707.000 8% 763.000 P0055 Diplomado en Insolvencia de Personas Naturales para particulares Todas las seccionales 1.351.000 8% 1.459.000 CURSOS Y DIPLOMADOS ESCUELA DE FORMACIÓN PARA DOCENTES UNIVERSITARIOS P0045 Diplomado para Profesionales, Tecnólogos o No Egresados Seccional Bogotá y Cali 3.059.000 8% 3.303.000 P0048 Diplomado para Egresados Seccional Bogotá 2.754.000 8% 2.974.000 P0049 Diplomado para Estudiantes Unilibristas Seccional Bogotá 1.529.000 8% 1.651.000 P0046 Curso para Profesionales, Tecnólogos o No Egresados Seccional Bogotá y Cali 1.018.000 8% 1.099.000 P0047 Curso para Egresados Seccional Bogotá y Cali 916.000 8% 989.000 P0050 Curso para Estudiantes Unilibristas Seccional Bogotá y Cali 509.000 8% 549.000 P0045 Diplomado Docencia Universitaria para Particulares Pereira 1.756.000 8% 1.896.000 P0048 Diplomado Docencia Universitaria para Egresados Pereira 1.645.000 8% 1.776.000 P0049 Diplomado Docencia Universitaria para Estudiantes de Pregrado Pereira 982.000 8% 1.060.000 P0052 Diplomado en Pedagogía Universitaria Cali 2.590.000 8% 2.797.000 P0045 Diplomado Docencia Universitaria para Particulares El Socorro 1.590.000 8% 1.717.000 P0048 Diplomado Docencia Universitaria para Egresados El Socorro 1.489.000 8% 1.608.000 P0049 Diplomado Docencia Universitaria para Estudiantes de Pregrado El Socorro 890.000 8% 961.000 CURSOS CENTRO DE EDUCACIÓN CONTINUADA – EXTENSIÓN P0053 Cursos Líderes Cali 43.000 8% 46.000 P0054 Cursos Programas Semestrales Cali 104.000 8% 112.000 P0055 Cursos Programas Anuales Cali 96.000 8% 103.000 -
Otros cursos especiales y de educación permanente:
CÓD. CURSOS CENTRO DE EDUCACIÓN CONTINUADA - EXTENSIÓN P0068 Coterminal Todas las seccionales Valor de los módulos en el posgrado correspondiente P0013 Cursos de nivelación, cupos libres (Reglamento Estudiantil, artículo 47, parágrafo) y cursos de extensión Todas las seccionales Valor vigente de la asignatura en el programa correspondiente
Capítulo 9. De los derechos de grado
Artículo 153. De la definición. Los derechos de grado corresponden a la contraprestación pecuniaria a cargo del egresado no graduado por concepto de la auditoría final al expediente académico del graduando; la producción física del acta de grado y del diploma con las condiciones de seguridad y protección correspondientes; el porte; el registro del título y el valor proporcional de acuerdo con el tipo de entrega de diploma escogida.
Artículo 154. De los derechos de grado. El valor por los derechos de grado en programas de pregrado y posgrado, de acuerdo con el tipo de entrega de diploma escogida, para la vigencia 2025 será:
CÓD. | CONCEPTO | VALOR 2024 | INCREMENTO | VALOR 2025 |
---|---|---|---|---|
En fechas generales establecidas por los Comités de Unidad Académica correspondientes: | ||||
P0014 | Grado en ceremonia colectiva pública solemne | 861.000 | 8% | 929.000 |
Por fuera de las fechas generales establecidas por los Comités de Unidad Académica | ||||
P0056 | Grado individual por ventanilla, sin ceremonia ni acto protocolario | 662.000 | 8% | 714.000 |
P0015 | Grado en ceremonia individual (privado) con acto protocolario. | 1.259.000 | 8% | 1.359.000 |
Capítulo 10. De los derechos por la expedición de certificados y constancias
Artículo 155. De los derechos por la expedición de certificados y constancias. El valor por la expedición de certificados y constancias, para la vigencia 2025 será:
CÓD. | CONCEPTO | VALOR 2024 | INCREMENTO | VALOR 2025 |
---|---|---|---|---|
P0016 | Copia Acta de Grado | 26.000 | 8% | 28.000 |
P0017 | Duplicado del diploma | 269.000 | 8% | 290.000 |
P0018 | Certificados, constancias y paz y salvos | 20.000 | 8% | 21.000 |
P0019 | Certificado de notas por semestre | 20.000 | 8% | 21.000 |
P0019 | Certificado de notas por año | 26.000 | 8% | 28.000 |
P0058 | Certificado de notas del programa académico | 67.000 | 8% | 72.000 |
P0020 | Copia de programas académicos o contenidos programáticos por año o semestre | 79.000 | 8% | 85.000 |
P0021 | Copia de programas académicos o contenidos programáticos por materia | 23.000 | 8% | 24.000 |
P0022 | Duplicado de carné | 17.000 | 8% | 18.000 |
Artículo 156. De la información al Ministerio de Educación Nacional. Informar, para efectos de inspección y vigilancia, al Ministerio de Educación Nacional esta resolución entre el primero de noviembre y el quince de diciembre conforme a la Resolución del Ministerio de Educación Nacional 20434, art. 9.
Dado en Bogotá, D. C., a los 9 días de octubre de 2024.
(Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO
Presidente
(Original firmada)
FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Secretario General
Proyectó
Olga Lucía Martínez Paredes
Encargada de Presupuesto,
tesorería y cartera
Transcribió
Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón
Tecnico Administrativo I
Revisó
Eibar Adriana Martínez Toro
Directora Financiera Nacional