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Acuerdo n.º 04 (8 de noviembre de 1983)

Acuerdo n.º 04 (Noviembre 08 de 1983)

ACUERDO No. 04

(Noviembre 08 de 1983)

«Por el cual se crea la oficina de Planeación de la Universidad Libre y se señalan funciones».

LA CONSILIATURA DE LA UNIVERSIDAD LIBRE
En ejercicio de sus facultades estatutarias y

CONSIDERANDO:

  • Que la Universidad moderna exige la previa planeación administrativa y académica para obtener eficazmente sus objetivos.
  • Que además la Universidad Libre requiere de planeación en consideración a que ha tenido un amplio crecimiento en los últimos años, a efecto de ordenar y programar armónicamente su desarrollo, y
  • Que el D.L. 080 de 1980, artículo 79 ordena que «en cada institución deberán establecerse, como mínimo, los sistemas de planeación, de bibliotecas e información científica, de información estadística», y es forzoso darle cumplimiento a tales exigencias,

ACUERDA:

Artículo Primero.- Créase la oficina de Planeación de la Universidad Libre, con jurisdicción en todas sus unidades administrativas y docentes, y como organismo asesor de la Consiliatura y de la Rectoría.

Artículo Segundo.- La oficina de Planeación funcionará con un Director, un auxiliar y una secretaria mecanógrafa.

El Director tendrá categoría de Decano y devengará la asignación mensual del de Derecho de Bogotá.

Artículo Tercero.- La oficina de Planeación cumplirá las siguientes funciones:

  1. Elaborar los planes y programas de desarrollo de la Universidad Libre, en general, y de cada una de sus Seccionales y unidades docentes en particular.
  2. Elaborar los estudios indicativos que permitan la formulación de las políticas administrativas y académicas de la Universidad Libre.
  3. Estudiar y conceptuar sobre los planes, programas y proyectos que someta a su consideración la Consiliatura y la Rectoría.
  4. Determinar, recopilar y mantener actualizada la información que requieran las diferentes unidades administrativas y docentes de la Universidad.
  5. Evaluar y conceptuar sobre el desarrollo de los planes y programas de la Universidad.
  6. Proponer la adecuada estructura administrativa de la Universidad para satisfacer las necesidades que impliquen el desarrollo de sus objetivos.
  7. Proponer los manuales de funciones para las diferentes unidades administrativas y docentes y para los funcionarios de la Universidad.
  8. Estudiar y proponer el adecuado planeamiento financiero de la Universidad de acuerdo con las políticas que determine la Consiliatura y el Icfes.
  9. Elaborar los estudios de factibilidad que la Consiliatura le encomiende.
  10. Proponer controles sobre el desarrollo académico y sobre el cumplimiento de programas.
  11. Proponer políticas sobre selección e ingreso del profesorado de la Universidad, y sobre el estatuto profesoral.
  12. Organizar las estadísticas que requiera la Universidad para el desarrollo de sus planes.
  13. Elaborar estudios sobre la ubicación y labores que desarrollen sus egresados y sobre la situación de las carreras cursadas en la Universidad en el mercado laboral.
  14. Las demás que le asigne la Consiliatura.

Artículo Cuarto.- El Auxiliar desempeñará funciones de colaboración y asesoría del Director de la oficina de Planeación y tendrá categoría y asignación de Secretario de Facultad.

La Secretaria Mecanógrafa tendrá asignación mensual de $

Artículo Quinto.- Este Acuerdo rige desde la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en la Universidad Libre, Bogotá, D.E., a los ocho (8) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres (1983).

 

 

(Original firmado) 

CARLOS GUZMÁN BOTERO

Presidente

(Original firmado)  

FABIO ARISTIZABAL HOYOS

Secretario General



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