(16 de octubre)
La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 8, y artículo 38, y,
CONSIDERANDO:
- Que la Constitución Política, artículo 69, «garantiza la autonomía universitaria».
- Que la Ley 30 de 1992, artículo 28, señala que en ejercicio de la autonomía universitaria la Universidad goza de la facultad para «crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes».
- Que mediante Resolución 6171 del 2 de septiembre de 2009 el Ministerio de Educación Nacional otorgó por cinco (5) años el registro calificado al programa de Especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social, para ser ofrecido en la ciudad de Socorro (Santander).
- Que, con la participación activa de profesores, estudiantes, egresados y directivos, del programa de Especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social de la Seccional El Socorro, se llevó a cabo un proceso de revisión y análisis de los programas similares de referencia.
- Que de acuerdo con el Estatuto, artículo 37, numeral 8, corresponde a la Consiliatura: «Crear, modificar o suprimir las unidades académicas, dependencias administrativas u otras formas de organización institucional y académica, directamente, o a instancias del Consejos Directivos correspondiente».
- Que el Acuerdo n.° 1 de 2007 «Por el cual se expide el Reglamento de la Consiliatura», en su artículo 18 establece que «corresponde a la Comisión Académica, elaborar, proyectar y programar lo relacionado con la planeación académica, con el funcionamiento, de los procesos de Registro Calificado y Acreditación de Programas Académicos, los procesos de investigación, la inspección y vigilancia de los programas y métodos de enseñanza […]».
- Que la Comisión Permanente de Asuntos Académicos de la Consiliatura en sesión de 16 de septiembre de 2024, acta n.° 6, recomendó a la Consiliatura aprobar la propuesta de modificación del plan de estudios del programa de Especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social en la Seccional El Socorro.
- Que la Consiliatura de la Universidad Libre en sesión de 17 de septiembre de 2024, acta n.° 10, acogió la recomendación de la Comisión Académica y autorizó las modificaciones al Plan de Estudios del programa de Especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social, en el sentido de sustituir dos (2) asignaturas por asignaturas nuevas y cambiar el nombre de tres (3) asignaturas de manera que se incorpore nuevas temáticas cruciales para la práctica del derecho laboral en la actualidad y un enfoque más integral al programa.
- Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Modifíquese el plan de estudios del programa de Especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social, que se oferta en la Seccional El Socorro, el cual quedará así:
PLAN DE ESTUDIOS | ||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Curso – Módulo – Asignatura | Obligatorio | Electivo | Créditos Académicos | Horas de trabajo académico | Áreas o Componentes de Formación del Currículo | |||||
Horas de trabajo directo | Horas de trabajo independiente | Horas de trabajo totales | Disciplinar | Optaitva | Investigación | Electiva | ||||
Derecho Constitucional del Trabajo y de la Protección Social, Evolución y Perspectivas Contemporáneas | X | 2 | 32 | 64 | 96 | X | ||||
Impacto de las Tecnologías en el Derecho Laboral y de la Seguridad Social | X | 2 | 32 | 64 | 96 | X | ||||
Metodología de la Investigación Jurídica | X | 2 | 32 | 64 | 96 | X | ||||
Electiva I | X | 1 | 16 | 32 | 48 | X | ||||
Optativa I | X | 2 | 32 | 64 | 96 | X | ||||
Derecho Laboral Individual | X | 3 | 48 | 96 | 144 | X | ||||
Sistemas Pensionales | X | 3 | 48 | 96 | 144 | X | ||||
Teorías de la Responsabilidad Laboral | X | 2 | 32 | 64 | 96 | X | ||||
Medicina del Trabajo | X | 3 | 48 | 96 | 144 | X | ||||
Electiva II | X | 1 | 16 | 32 | 48 | X | ||||
Riesgos Laborales y Procedimiento de Calificación de la Capacidad Laboral | X | 3 | 48 | 96 | 144 | X | ||||
Sistema General de Seguridad Social en Salud | X | 2 | 32 | 64 | 96 | X | ||||
Derecho Internacional del Trabajo | X | 2 | 32 | 64 | 96 | X | ||||
Optaitva II | X | 2 | 32 | 64 | 96 | X | ||||
Total Número Horas | 480 | 960 | 1408 | |||||||
Total Porcentaje Horas (%) | 34% | 66% | 100% | |||||||
Total Número Créditos del Programa | 28 | 2 | 30 | 22 | 4 | 2 | 2 | |||
Total Porcentaje Créditos (%) | 93% | 7% | 100% | 73% | 13% | 7% | 7% |
Parágrafo. De las equivalencias, de las asignaturas nuevas y las asignaturas que salen del plan de estudios de la Especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social. El siguiente cuadro contiene las equivalencias entre asignaturas del plan actual de la Especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social con el nuevo plan, las asignaturas nuevas y las que salen del plan actual de estudios, que se aprueba mediante esta resolución:
PLAN DE TRANSICIÓN | ||||
---|---|---|---|---|
Especialización en Derecho Penal | ||||
Plan de estudios vigente | Propuesta de Plan de estudios | |||
Asignatura | Créditos | Asignatura | Créditos | |
Historia, Principios e Instituciones del Derecho Laboral y de la Seguridad Social | 2 | Eliminada, pero incorpora la nueva asignatura | Impacto de las Tecnologías en el Derecho Laboral y de la Seguridad Social | 2 |
Regímenes Especiales en el Sistema Pensional Colombiano | 2 | Eliminada, pero incorpora la nueva asignatura | Teorías de la Responsabilidad Laboral | 2 |
Derecho Constitucional Laboral y de la Seguridad Social | 2 | Equivale a | Derecho Constitucional del Trabajo y de la Protección Social, Evolución y Perspectivas Contemporáneas | 2 |
Sistema General de Riesgos Profesionales | 3 | Equivale a | Riesgos Laborales y Procedimiento de Calificación de la Capacidad Laboral | 3 |
Sistema General de Pensiones | 3 | Equivale a | Sistemas Pensionales | 3 |
Los estudiantes del programa actual que tengan pendiente cursar y aprobar créditos de optativas y de electivas deberán cursarlas de acuerdo con lo ofrecido en el nuevo plan de estudios, aquellas que ya no se oferten podrán ser validadas.
Artículo 2. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 16 días del mes de octubre de 2024.
(Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO
Presidente
Elaboró y revisó
Sonia Liliana Amaya Mora
Jefe de la División Académica
(Original firmada)
FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Secretario General
Transcribió
Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón
Técnico Administrativo I