En Norte de Santander, donde las historias judiciales suelen diluirse en el olvido, una se convirtió en símbolo de resistencia contra la injusticia. Es la de Edward Alfirio Nieto Coronel, condenado a 56 años de prisión por delitos que nunca cometió y vinculados con la masacre ocurrida en el corregimiento de Juan Frío, en Villa del Rosario.
Este proceso fue asumido de manera pro bono por José María Peláez Mejía, docente e investigador de la Universidad Libre, seccional Cúcuta. Su lucha silenciosa transformó el caso en objeto de análisis en el más reciente seminario de Derecho Penal, convertido ahora en paradigma de error judicial en Colombia.
Peláez Mejía tomó las riendas de la defensa en 2012. A partir de 2017, acompañado por otros docentes de la misma casa de estudios, pusieron en marcha el proyecto Inocencia, destinado a explorar estrategias jurídicas inéditas.
El camino fue áspero: cerca de quince tutelas, múltiples apelaciones y tres acciones de revisión. Todas fueron rechazadas, salvo la tercera revisión extraordinaria, que se convertiría en la llave de la libertad. El equipo de Derecho Penal de la Universidad llevó el caso a instancias constitucionales y hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Reunieron documentos y testimonios que desligaban por completo a Nieto Coronel de la masacre de Juan Frío. Pero la maquinaria judicial lo mantuvo tras las rejas durante 14 años, 2 meses y 21 días, de los 56 que pesaban sobre su vida.
En 2020, por primera vez, la Corte Suprema de Justicia admitió una acción de revisión. El tiempo confirmó lo esperado: los testimonios recopilados tenían credibilidad y nunca existió fundamento alguno para condenar a Edward Alfirio. El alto tribunal así lo declaró, y el pasado 22 de agosto ordenó su libertad. Pero tanto la sentencia de revisión como el seminario organizado por la Universidad dejaron al descubierto una verdad aún más inquietante: no solo las pruebas nuevas confirmaban la inocencia de Nieto Coronel, sino que jamás existió evidencia suficiente para vincularlo al proceso y mucho menos para condenarlo.
Su desgracia tuvo origen en un hecho tan fortuito como injusto: el día de las capturas él se encontraba visitando a su novia en la casa donde vivía con sus suegros, quienes habían arrendado una habitación —sin que él lo supiera— a uno de los verdaderos responsables de la masacre. Todos los presentes fueron detenidos y condenados con base en un débil indicio de presencia en un inmueble que, además, nada tuvo que ver con los hechos investigados. De ahí que la propia Corte Suprema, en la providencia que le devolvió la libertad (SP1817-2025, rad. 56741), afirmara con contundencia:
“(…) era necesario que los jueces de instancia constataran cada uno de los elementos estructurales de los delitos endilgados al ahora accionante, para estructurar su participación en la conducta punible; SIN QUE ASÍ HUBIERA OCURRIDO, pues no se estableció de manera concreta el actuar de Nieto Coronel, su aporte o comportamiento específico para contribuir en la materialización de los delitos por los cuales resultó condenado.”
Recién liberado, Nieto Coronel pronunció palabras de reconstrucción: “Estoy iniciando de nuevo, me estoy adaptando a esta vida que me tocó. No guardo resentimiento, ya estoy tomando nuevas experiencias y con la frente en alto de que logré demostrar mi inocencia, gracias al abogado de la Universidad Libre”.
Desde el ámbito académico, Peláez Mejía resumió el propósito: “Este seminario de Derecho Penal buscaba un objetivo propedéutico y pedagógico: mostrar en un caso real las distintas fases del proceso, los errores en que se puede incurrir y cómo evitarlos. Recorriendo la totalidad del proceso penal, al final se hizo justicia con los elementos jurídicos aprendidos en nuestra universidad”.






