(15 de abril de 1986)
LA HONORABLE CONSILIATURA DE LA UNIVERSIDAD LIBRE, EN USO DE SUS FACULTADES ESTATUTARIAS Y,
CONSIDERANDO:
- Que en la ciudad de Cartagena ha venido funcionando un Colegio de Bachillerato como dependencia de la Universidad Libre;
- Que la Universidad Libre es propietaria del inmueble donde funciona el colegio de Bachillerato en la ciudad de Cartagena, el cual tiene capacidad para efectuar la construcción y alojar programas de Educación Superior;
- Que la Universidad debe propender por llevar la Educación Superior a las distintas regiones del país y aprovechar para ello los recursos con que cuenta;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Crear la Seccional de la Universidad Libre en la ciudad de Cartagena, Departamento de Bolívar, destinada a la enseñanza de la Educación Superior en el campo tecnológico y de formación universitaria;
ARTÍCULO SEGUNDO: La Seccional funcionará en los programas que se determinen de acuerdo con el estudio que se haga al efecto y una vez obtenga la correspondiente licencia del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES.
ARTÍCULO TERCERO: La Seccional se regirá por las normas que regulan el régimen de este tipo de unidades docentes de la Universidad Libre emanadas de la Honorable Consiliatura.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.E., a los quince (15) días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis (1986).
Fdo. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MOJICA
Presidente
Fdo. VÍCTOR HERNNANDO ALVARADO ARDILA
Secretario General