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Acuerdo n.º 5 de 1987

«Por medio del cual se reforma el inciso 2 del parágrafo del artículo primero del Acuerdo N.º 02 de abril 13 de 1982» «Este Acuerdo fue Derogado por el Acuerdo n.º 2 de 2002».

(Diciembre 17 de 1987)

LA HONORABLE CONSILIATURA DE LA UNIVERSIDAD LIBRE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUTARIAS:

ACUERDA:

Artículo 1. El inciso 2 del parágrafo del artículo 1 del Acuerdo N.º 2 de abril 13 de 1982 quedará así:

«El aumento o reajuste a que tienen derecho los pensionados por decisión de la Universidad será únicamente el señalado por la ley».

Deróguese el inciso 1 del parágrafo del artículo primero de abril 13 de 1982.

Artículo 2. El presente acuerdo rige para los reajustes de las pensiones de jubilación a partir del 1 de enero de 1988.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.E., a los diez y siete (17) días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y siete (1987).

(Original firmado) 

JOSÉ RAMÓN NAVARRO MOJICA

Presidente Universidad

(Original firmado)  

GABRIEL ADOLFO ESPITIA ÁLVAREZ

Secretario General

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