La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 8, y artículo 38, y la Presidencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 40, numeral 17 de los Estatutos de la Universidad, y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política, en su artículo 69, “garantiza la autonomía universitaria”; y que el artículo 28 la Ley 30 de 1992 señaló que en ejercicio de ésta las universidades gozan de la facultad para “crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes”.
Al respecto, el Acuerdo n.º 1 de 2023 (Estatutos vigentes de la Universidad Libre) dispone que los actos de la Consiliatura se expiden mediante Resolución, excepto cuando se trata de los siguientes casos: (i) reglamentar los estatutos; (ii) desarrollar las políticas generales de la Universidad fijadas por la Sala General; (iii) adoptar el plan integral de desarrollo institucional (PIDI); (iv) crear, modificar o suprimir seccionales; (vi) aprobar el presupuesto consolidado con los presupuestos de las seccionales y el del gobierno nacional de la Universidad; (vii) reglamentar el sistema de elecciones de los representantes de los profesores, estudiantes y egresados en los cuerpos colegiados; (viii) adoptar los reglamentos docentes, estudiantil y de investigaciones; (ix) darse su reglamento.
La Consiliatura, a través del Acuerdo n.º 1 de 2020 reglamentó los exámenes preparatorios del programa de Derecho; en tal sentido, en su artículo 8, numeral 1, estableció en la obligación de la Universidad, bajo la dirección del Rector Nacional, de elaborar «un banco de preguntas y respuestas para los preparatorios escritos«; no obstante, mediante la Resolución n.º 12 de 2024, el citado cuerpo colegiado modificó el literal a) del artículo 4 del Acuerdo n.º 1 de 2020, estableciendo expresamente que: «[l]os preparatorios escritos y orales tendrán un banco temático por cada área del conocimiento del Derecho, herramienta que estará disponible en la página web institucional«.
De manera que, la disposición contenida en la Resolución n.º 12 de 2024 refleja la voluntad institucional de transitar hacia un modelo de evaluación basado en competencias y áreas del conocimiento, superando el modelo memorístico que propician los bancos de preguntas y respuestas fijas; es decir, existe una contradicción normativa entre lo dispuesto en el literal a) del artículo 4 y el numeral 1 del artículo 8, del Acuerdo n.º 1 de 2020, por lo cual se hace necesario armonizar el reglamento para evitar interpretaciones erróneas y garantizar la seguridad jurídica de los procedimientos académicos.
En consecuencia, la Consiliatura en reunión del 12 de diciembre de 2025, según consta en el Acta N.° 21 del mismo año, aprobó la modificación del numeral 1 del artículo 8 del Acuerdo n.º 1 de 2020 «[p]or el cual se modifican y unifican las normas que regulan los exámenes preparatorios del programa de Derecho en la Universidad Libre».
Finalmente, el objetivo de los exámenes preparatorios es validar la idoneidad profesional y el criterio jurídico de los evaluados, propósito que se cumple de manera más efectiva mediante el estudio de ejes temáticos integrales que fomenten el análisis y la argumentación, en concordancia con las nuevas opciones de grado y flexibilidad curricular que ofrece la Universidad.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Modifíquese el numeral 1 del artículo 8 del Acuerdo n.º 1 de 2020, el cual quedará así:
“1. La Universidad, bajo la dirección del señor Rector Nacional, elaborará un banco temático para los exámenes preparatorios”.
Artículo 2. De la vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 28 días del mes de enero de 2026.
(Original firmado)
MARÍA ELIZABETH GARCÍA GONZÁLEZ
Presidenta
(Original firmado)
MIGUEL ÁNGEL CÁRDENAS GONZÁLEZ
Secretario General