(21 Mayo)
La Consiliatura de la Universidad Libre, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las establecidas en el artículo 37, numeral 8; y la Presidencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 40, numeral 17 de los Estatutos de la Universidad, y,
CONSIDERANDO:
De un lado, que la Constitución Política, en su artículo 69, “garantiza la autonomía universitaria”; y de otro, que el artículo 28 la Ley 30 de 1992 señaló que en ejercicio de ésta la Universidad goza de la facultad para “crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes”.
La Comisión Permanente de Asuntos Académicos de la Consiliatura en sesión de 19 de febrero de 2025, registrada en el Acta N.° 2 del mismo año, recomendó a la Consiliatura aprobar la propuesta de modificación de la denominación del programa, el título a otorgar y la disminución de los créditos académicos del programa de Tecnología en Bioinformática en la Seccional Pereira.
Por su parte, la Consiliatura en sesión celebrada el 6 de mayo de 2025, según consta en el Acta N.º 6, aprobó la modificación del artículo 1.º de la Resolución N.º 10 de 2024, «Por la cual se crea la Tecnología en Bioinformática en la Seccional Pereira», en los siguientes términos: renombrar el programa como «Tecnología en Procesamiento de Datos Bioinformáticos», el título a otorgar será: «Tecnólogo en Procesamiento de Datos Bioinformáticos» y reducir los créditos académicos de 83 a 78.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1 Modifíquese el título de la Resolución N.º 10 de 2024, el cual quedará así:
«Por la cual se crea la Tecnología en Procesamiento de Datos Bioinformáticos en la Seccional Pereira».
Artículo 2. Modifíquese el artículo 1 de la Resolución N.º 10 de 2024, el cual quedará así:
“Artículo 1. De la creación. Créase el programa de Tecnología en Procesamiento de Datos Bioinformáticos adscrito a la Seccional Pereira, Facultad de Ciencias de la Salud, Exactas y Naturales bajo las siguientes condiciones:
INFORMACIÓN DEL PROGRAMA | |
Nombre del programa: | Tecnología en Procesamiento de Datos Bioinformáticos |
Nivel académico: | Pregrado |
Nivel de formación: | Tecnológico |
Modalidad: | Presencial |
Número de créditos: | 78 |
Duración del programa: | Cinco (5) semestres |
Título para otorgar: | Tecnólogo en Procesamiento de Datos Bioinformáticos |
Departamento de oferta: | Risaralda |
Municipio de oferta: | Pereira |
Periodicidad de admisión: | Semestral |
CINE F 2013 AC | |
Campo amplio: | 05 – Ciencias naturales, matemáticas y estadística |
Campo específico: | 058 – Programas y certificaciones interdisciplinarios relativos a ciencias naturales, matemáticas y estadística |
Campo detallado | 0588 – Programas y certificaciones interdisciplinarios relativos a ciencias naturales, matemáticas y estadística |
NÚCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO | |
Área del conocimiento: | Matemáticas y ciencias naturales |
NBC: | Biología, microbiología y afines |
Artículo 3. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de mayo de 2025.
(Original firmada)
MARÍA ELIZABETH GARCÍA GONZÁLEZ
Presidente
(Original firmada)
MIGUEL ÁNGEL CÁRDENAS GONZÁLEZ
Secretario General
Elaboró y revisó: Transcribió:
Sonia Liliana Amaya Mora Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón
Jefe de la División Académica Técnico Administrativo I