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Resolución n.º 10 de 2021

«Por la cual se modifica el plan de estudios de la Especialización en Ginecología y Obstetricia que se oferta en la Seccional Cali para la renovación del registro calificado».

(22 de septiembre)

La Consiliatura de la UNIVERSIDAD LIBRE en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 25, numeral 10, y,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución 16124 del 30 de septiembre de 2015 el Ministerio de Educación Nacional otorgó por siete (7) años el registro calificado al programa de Especialización en Ginecología y Obstetricia para ser ofrecido en la ciudad de Cali-Valle del Cauca.
  2. Que la Consiliatura de la Universidad Libre, de conformidad con lo normado en el Acuerdo n.º 13 de 2019, en consulta adelantada el día 21 de septiembre de 2021, Acta n.º 12, aprobó la modificación al plan de estudios de la Especialización en Ginecología y Obstetricia que se oferta en la Seccional Cali para la renovación del registro calificado. En la modificación aprobada se reduce el número de créditos de 239 a 238, se distribuyen y se cambia la denominación de algunas asignaturas.
  3. Que, con la participación activa de profesores, estudiantes, egresados y directivos, de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Seccional Cali, se llevó a cabo un proceso de revisión y análisis de la duración de las especializaciones que hacen parte de la oferta académica de la Facultad.
  4. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Modifíquese al plan de estudios de la Especialización en Ginecología y Obstetricia que se oferta en la Seccional Cali para la renovación del registro calificado, así:


PLAN DE ESTUDIOS
Curso – Módulo – AsignaturaCréditos académicosHoras de trabajo académicoCiclos
Horas de trabajo directoHoras de trabajo independienteHoras de trabajo totalesBásicoProfesional
Componentes de formación del currículo
BásicoHumanísticoElectivaProfesionalOptativa
PRIMER AÑO
OBSTETRICIA I3012242161440X
ECOGRAFÍA I 520040240X    
GINECOLOGÍA I1040080480   X 
INFECTOLOGÍA2801696X    
PATOLOGÍA1242448X    
PEDAGOGÍA1361248 X   
BIOÉTICA1242448 X   
CICLO DE FUNDAMENTACIÓN2811596X    
MEDICINA BASADA EN LA EVIDENCIA I1361248X    
SALUD PÚBLICA Y ADMINISTRACIÓN1242448 X   
ENDOCRINOLOGÍA832064384   x 
SEGUNDO AÑO
OBSTETRICIA II16660108768   X 
GINECOLOGÍA II15612108720   X 
PERINATOLOGÍA I1040872480   X 
MASTOLOGÍA1040080480   X 
CIRUGÍA GENERAL519248240X    
MEDICINA BASADA EN LA EVIDENCIA II184048X    
INVESTIGACIÓN I184048X    
TERCER   AÑO
OBSTETRICIA III1040872480   X 
PERINATOLOGÍA II1040872480   X 
GINECOLOGÍA III520436240   X 
GINECOONCOLOGÍA1040872480   X 
COLPOSCOPIA Y PATOLOGÍA CERVICAL416032192   X 
UCI1040872480   X 
ECOGRAFÍA II1040872480   X 
MEDICINA BASADA EN EVIDENCIA III184048X    
CUARTO AÑO
MEDICINA REPRODUCTIVA1040872480   X 
OBSTETRICIA IV520436240   X 
GINECOLOGÍA IV520436240   X 
LAPAROSCOPIA15612108720   X 
UROGINECOLOGÍA y PISO PÉLVICO1040872480   X 
ELECTIVA9240192432  X  
INVESTIGACIÓN II288896X    
SEXOLOGÍA CLÍNICA2484896 X X 

Parágrafo. Los prerrequisitos en los cursos del plan de estudios se presentan en aquellas asignaturas denominadas de la misma manera, pero con secuencia I, II, III. Queda explícito en el micro currículo de cada asignatura.

Artículo 2. <Modificado por el artículo 1 de la Resolución n.º 2 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> Establézcase la distribución de créditos por sitios de convenio y año del plan de estudios para la vigencia del próximo registro calificado, así:

Especialización en Ginecología y Obstetricia
Créditos por año y sitio de convenio Plan 2021
Sitio de convenioPrimer AñoSegundo AñoTercer AñoCuarto AñoTotal%
Clínica Farallones S. A 7600105765-0117131575221,85%
Clínica Versalles 7600103359181815106125,63%
Clínica Imbanaco 7600101111-01: sedes 01, 02 y 1692223313,87%
Clínica Palma Real 7652009397-01110,42%
Hospital San Juan de Dios 7600103715-0110104,20%
Instalaciones Universidad Libre7214145,88%
Clínica Desa 7600109837-0115156,30%
Clínica de los Remedios 7600101125-01331,26%
Clínica Los Andes 7600102103-01125177,14%
Hospital Universitario del Valle 7600103799-01331,26%
Hematooncólogos 7600105416-01220,84%
Hospital Mario Correa Rengifo 7600103954-01552,10%
Clínica Nueva Rafael Uribe Uribe220,84%
Centro de Biomedicina Reproductiva. (fecundar). 7600102630552,10%
Hospital San José de Buga 7611103495-01552,10%
Instituto Nacional de Cancerología 1100106065-0155104,20%

Artículo 3. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de septiembre de 2021.

 

(Original firmado)

JORGE ALARCÓN NIÑO
Presidente de la Corporación

(Original firmado)

FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Secretario General

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