(6 de diciembre de 2022)
La Consiliatura de la Universidad Libre, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las señaladas en el artículo 25, numerales 1 y
CONSIDERANDO:
- Que la Ley 1581 de 2012, desarrolla el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política.
- Que el Decreto 1074 de 26 mayo de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en su Artículo 2.2.2.25.3.1., de Políticas de Tratamiento de la información, establece que los responsables del tratamiento deberán desarrollar sus políticas para el tratamiento de los datos personales y velar porque los encargados del tratamiento den cabal cumplimiento a las mismas.
- Que el Decreto 1074 de 2015, en su Artículo 2.2.2.26.1.1. y siguientes reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, en lo relativo al Registro Nacional de Bases de Datos y establece que los responsables del tratamiento de la información personal deben inscribir sus bases de datos en dicho Registro.
- Que la Universidad Libre debe garantizar que el tratamiento de los datos Personales bajo su responsabilidad sea llevado a cabo, exclusivamente, con fines académicos, bienestar universitario, prácticas empresariales, biblioteca, becas, relaciones nacionales e internacionales, participación en eventos o concursos (académicos, democráticos, culturales, recreativos, deportivos), congresos y/o seminarios, relacionamiento de egresados y graduados, atención en centro médico, difusión de información a través de los medios de comunicación de la universidad, temas publicitarios, comerciales, investigativos, estadísticos, de mercadeo, y en general para las actividades que se enmarquen dentro del objeto social y estatutos de la universidad.
- Que la Consiliatura en sesión del 5 de diciembre de 2022 aprobó el Marco Regulatorio de Protección de Datos Personales de la Universidad Libre.
- Que, en mérito de lo expuesto,
R E S U E L V E:
Artículo 1. De la adopción del marco regulatorio de Protección de Datos Personales. Adoptar el Marco Regulatorio de Tratamiento de Datos Personales para la Universidad Libre en su Sede Principal y sus Seccionales, el cual obra como anexo de esta.
Artículo 2. De la vigencia. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 6 días del mes de diciembre de 2022.
(Original firmado)
JORGE ALARCÓN NIÑO
Presidente de la Corporación
(Original firmado)
FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Secretario General