(19 de marzo)
La Consiliatura de la Universidad Libre en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 37, numeral 8, y,
CONSIDERANDO:
- Que el título de la Resolución n.° 42 de 2024 reza: «Por la cual se crea el programa de Doctorado en Ingeniería de la Sostenibilidad y Tecnologías Emergentes en las Seccionales Bogotá, Pereira y Barranquilla».
- La Consiliatura, en consulta realizada el 13 de marzo de 2025, determinó que «atendiendo una completitud recibida del Ministerio de Educación Nacional, aprueba modificar la Resolución n.º 42 de 2024 en el sentido de que la denominación del programa aprobado en dicha norma interna será “Doctorado en Ingeniería de la Sostenibilidad”».
- Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1 Modifíquese el título de la Resolución n.º 42 de 2024, el cual quedará así:
«Por la cual se crea el programa de Doctorado en Ingeniería de la Sostenibilidad en las Seccionales Bogotá, Pereira y Barranquilla».
Artículo 2. Modifíquese artículo 1 de la Resolución n.º 42 de 2024, el cual quedará así:
Artículo 1. De la creación. Créase el programa de Doctorado en Ingeniería de la Sostenibilidad adscrito a las Seccionales Bogotá, Pereira y Barranquilla, Facultad de Ingeniería bajo las siguientes condiciones:
INFORMACIÓN DEL PROGRAMA | |
Nombre del programa: | Doctorado en Ingeniería de la Sostenibilidad |
Nivel académico: | Posgrado |
Nivel de formación: | Doctorado |
Modalidad: | Presencial |
Número de créditos: | 90 créditos académicos |
Duración del programa: | Seis (6) semestres |
Título para otorgar: | Doctor(a) en Ingeniería de la Sostenibilidad |
Departamento de oferta: | Cundinamarca, Risaralda y Atlántico |
Municipio de oferta: | Bogotá D.C., Pereira y Barranquilla |
Periodicidad de admisión: | Anual |
CINE F 2013 AC | |
Campo amplio: | 07 Ingeniería, Industria y Construcción |
Campo específico: | 071 Ingeniería y profesiones afines |
Campo detallado | 0712 Tecnología de Protección del Medio Ambiente |
NÚCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO | |
Área del conocimiento: | Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo y afines |
NBC: | Otras ingenierías |
Artículo 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de marzo de 2025.
(Original firmada) (Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO LUIS FERNANDO USECHE JIMÉNEZ
Presidente Secretario General (E)
Elaboró y revisó: Transcribió:
Sonia Liliana Amaya Mora Ingrid Tatiana Bobadilla Rendón
Jefe de la División Académica Técnico Administrativo I