(30 de marzo)
La Consiliatura de la UNIVERSIDAD LIBRE en ejercicio de sus funciones estatutarias y,
CONSIDERANDO:
- Que el artículo 9 del Estatuto de la Universidad señala que son cuerpos colegiados a nivel nacional, la Consiliatura; a nivel seccional, el Consejo Directivo, el Consejo Académico y el Comité de Currículo y, a nivel de unidad académica, el Comité de Unidad Académica.
- Que la Consiliatura reguló las materias electorales de carácter general mediante el Acuerdo n.º 4 de noviembre 19 de 2012.
- Que la Consiliatura mediante el Acuerdo n.º 1 de 2021 realizó unas modificaciones al Acuerdo n.º 4 de noviembre 19 de 2012.
- Que de conformidad con el artículo 28 del Acuerdo n.º 4 de noviembre 19 de 2012, corresponde, particularmente, a la Consiliatura establecer «las fechas de los procesos eleccionarios» «sea que se trate de elecciones de carácter nacional, seccional o de unidad académica», las cuales «se realizarán en el mes de marzo del año en que comienza el período estatutario».
- Que la Consiliatura mediante Resolución n.º 21 de 7 de diciembre de 2022 señaló «las fechas del proceso eleccionario para 2023 en la Sede Principal y en las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira para el período estatutario 1 de abril de 2023 a 31 de marzo de 2025».
- Que «las fechas [del calendario electoral] son perentorias y su inobservancia es causal de mala conducta de parte del funcionario responsable de su omisión».
- Que las fechas establecidas para la inscripción de candidatos aspirantes a representar a los estudiantes, profesores y egresados ante los distintos Consejos Directivos, Consejos Académicos y Comités de Unidad Académica de Facultad fueron entre el 24 de febrero y 1 de marzo de 2023.
- Que vencido el término de inscripciones, no se presentaron candidaturas para los siguientes cuerpos colegiados:
Cuerpo colegiado | Seccional | Estamento |
Consejo Académico | Sede Principal | Profesores |
Comité de Unidad Académica de la Facultad de Ciencias de la Educación | Sede Principal | Profesores |
Comité de Unidad Académica de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales | Sede Principal | Estudiantes |
Comité de Unidad Académica de la Facultad de Filosofía y Ciencias Humanas | Sede Principal | Egresados |
Comité de Unidad Académica de la Facultad de Ingeniería | Seccional Cali | Egresados |
Consejo Académico | Seccional Cartagena | Egresados |
Comité de Unidad Académica de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables | Seccional Cartagena | Egresados |
Comité de Unidad Académica de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables | Seccional Cartagena | Profesores |
Comité de Unidad Académica de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales | Seccional Cartagena | Profesores |
Comité de Unidad Académica de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales | Seccional Cúcuta | Egresados |
- Que las fechas establecidas para la elección de los representantes de los estudiantes, profesores y egresados ante los distintos Consejos Directivos, Consejos Académicos y Comités de Unidad Académica de Facultad fueron los días 15, 16 y 17 de marzo de 2023, respectivamente.
- Que una vez terminada la jornada de votación para la elección del representante de los estudiantes ante el Comité de Unidad Académica de la Facultad de Filosofía y Ciencias Humanas de la Sede Principal, el voto en blanco constituyó la mayoría absoluta en relación con los votos válidos.
- Que el Reglamento Electoral de la Universidad Libre, en el artículo 8 prevé: «Cuando el voto en blanco constituya mayoría absoluta en relación con los votos válidos, la elección se repetirá por una vez, y los candidatos no electos no podrán volverse a presentar a las nuevas elecciones».
- Que una vez elegido el único candidato a representar a los egresados ante el Comité de Unidad Académica de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Sede Principal, presentó renuncia a su cargo.
- Que para garantizar la participación de nuestros estudiantes, profesores y egresados ante los distintos cuerpos colegiados, se hace necesario repetir las elecciones para los siguientes cuerpos colegiados:

- Que cada proceso eleccionario es un evento particular y toda decisión con respecto al mismo, igualmente es «particular».
- Que las decisiones aquí contenidas son de carácter particular, debiendo ser adoptadas por resolución.
RESUELVE:
Artículo 1. Establécese el siguiente calendario el cual señala las fechas para el proceso eleccionario conducente a la elección de los representantes de los estudiantes, profesores y egresados, así:
N.º | ACTIVIDAD | FECHA |
1 | REUNIÓN Comité Seccional Electoral Comité de Facultad | 31 DE MARZO |
2 | CONVOCATORIA ART. 29: «con una antelación no inferior a dos (2) días hábiles a la fecha que se establezca para las inscripciones».Para egresados la convocatoria de los electores se hará en un diario de amplia circulación nacional y/o regional y en la página web de la Universidad. | 10 DE ABRIL |
3 | INSCRIPCIONES ART. 24: «vencerá quince días calendarios antes de las elecciones». | 13 DE ABRIL |
4 | MODIFICACIÓN DE LISTAS ART. 24: «procederá hasta dos días hábiles después de haberse vencido el término de inscripción». | HASTA EL 17 DE ABRIL |
5 | PUBLICACIÓN LISTA DE CANDIDATOS ART. 26: «Al día hábil siguiente de vencerse el término de modificación de listas, se publicará la lista definitiva de candidatos[…]». | 18 DE ABRIL |
6 | IMPUGNACIÓN DE CANDIDATOS ART. 26: «Al día hábil siguiente de vencerse el término de modificación de listas, se publicará la lista definitiva de candidatos, cuya inscripción podrá ser impugnada únicamente por otro candidato que aspire a la misma representación hasta el día hábil siguiente a esa publicación. Las impugnaciones serán resueltas en el término de 48 horas». | HASTA EL 19 DE ABRIL |
7 | LISTA DE JURADOS DE VOTACIÓN DESIGNADOS POR EL COMPETENTE Art. 30: «Se publicará en las respectivas carteleras el martes anterior a la fecha de las elecciones». | 25 DE ABRIL |
8 | REUNIÓN Comité Seccional Electoral Comité de Facultad | 25 DE ABRIL |
9 | ELABORACIÓN Y MONTAJE DEL VOTO ELECTRÓNICO ART. 27. «con una antelación no menor de tres (3) días a la fecha de las elecciones». | 25 DE ABRIL |
10 | PUBLICACIÓN DEL CENSO ELECTORAL ART. 22: «Serán publicadas en la página web de la Universidad 5 días calendario antes de las elecciones». | 21 DE ABRIL |
11 | INCLUSIÓN EN EL CENSO ELECTORAL Art. 22: «antes del segundo día hábil anterior a las elecciones». | HASTA EL 25 DE ABRIL |
12 | VOTACIONES | 28 DE ABRIL |
Artículo 2. De la vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de marzo de 2023.
(Original firmada) (Original firmada)
JORGE ALARCÓN NIÑO FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Presidente Secretario General