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Comité de Unidad Académica

¿QUIÉNES LO INTEGRAN?

* El Rector de la Seccional o su delegado.
* El Decano o Director de la Unidad Académica, quien lo preside.
* Un delegado del Consejo Directivo Seccional.
* Un (1) representante de los profesores de la Unidad Académica.
* Un (1) representante de los estudiantes de la Unidad Académica. El periodo de funciones del profesor y del estudiante es de un (1) año y ellas se cumplen sin recibir remuneración alguna.


¿CÓMO FUNCIONA?

El Comité se reúne ordinariamente una (1) vez al mes, o extraordinariamente cuando sea convocado por el Decano.
El Secretario Académico actúa como secretario de las reuniones y elabora las actas.
El quórum se constituye con la asistencia de tres (3) de sus miembros.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA EL PROFESOR?

Al momento de ser elegido, debe tener contrato docente vigente con tres 3) años como mínimo de antigüedad en la Universidad Libre y hacer parte de la nómina de la respectiva unidad académica.


¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA EL ESTUDIANTE?

Al momento de ser elegido, debe ser alumno regular de la Universidad en el respectivo programa, tener un promedio de calificaciones igual o mayor a 3.5 en los periodos cursados, no tener materias pendientes, y o estar cursando primero o último período académico.


¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES ?

1. Asesorar al Decano o al Director en el control y el desarrollo curricular del programa.

2. Proponer al Consejo Académico Seccional proyectos de investigación, desarrollo docente y de extensión.

3. Adoptar a propuesta del Decano o Director, el plan de desarrollo de la unidad y evaluar su cumplimiento.

4. Promover estudios sobre la pertinencia y actualización de las asignaturas de la unidad, y sobre la situación profesional y laboral de los egresados.

5. Aprobar el calendario de actividades académicas.

6. Promover la publicación y difusión de los logros y actividades de la unidad.

7. Apoyar el proceso de auto evaluación de los programas académicos.

8. Decidir sobre las solicitudes de transferencias.

9. Conceder reserva de cupos.

10. Aprobar la homologación de asignaturas.

11. Reglamentar el trabajo tutorial y autorizar los cursos de vacaciones cuando el numero de estudiantes justifique académica y económicamente su realización.

12. Determinar los módulos y contenidos programáticos que deben hacer parte del programa de actualización académica para los estudiantes que no se hubieren graduado dentro de los cinco (5) años posteriores a la culminación del plan de estudios.

13. Autorizar grados póstumos en los términos del Reglamento Estudiantil.

14. Conocer y decidir las investigaciones disciplinarias y emitir los conceptos relacionados con la materia, con base en las atribuciones del Reglamento Estudiantil.

15. Aplicar las sanciones a que hubiere lugar, de acuerdo con el Reglamento Estudiantil.

16. Decidir dentro de los términos, los recursos interpuestos por los estudiantes contra las decisiones que establezcan medidas disciplinarias.

17. Nominar ante el Consejo Directivo, la participación de los estudiantes del programa para llevar la representación en certámenes especializados y en convenios previamente aprobados por la Universidad.

18. Recomendar al Consejo Directivo el estímulo de Matrícula de Honor y exención de pago de los derechos de matrícula.

19. Otorgar la distinción de Trabajo de Grado Meritorio o Laureado.20. Asesorar al Decano o Director para desarrollar el concurso de méritos u otros métodos para la selección del profesorado y una vez efectuada la preselección presentar ante el Consejo Directivo los candidatos seleccionados.

21. Revisar la asignación de carga académica del personal docente de cada uno de los programas académicos, dejando constancia respecto al cumplimiento de requisitos de ingreso a la docencia y asignación de carga académica conforme a la dedicación y tipo de vinculación estipulados en las normas internas de la Corporación.
 
22. Elaborar técnicamente las encuestas de la evaluación docente, que incluye la evaluación estudiantil, la evaluación administrativa y la autoevaluación del profesor.

23. Reglamentar los requisitos especiales de grado.

24. Reglamentar otros aspectos propios de su competencia, previa coordinación con el Rector Seccional y de acuerdo con el Reglamento Estudiantil.

25. Darse su propio reglamento.

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