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Resolución n.º 11 (25 de octubre de 2021)

Resolución n.º 11 (25 de octubre de 2021)

Resolución n.º 11
(25 de octubre de 2021)

«Por la cual se fijan los derechos pecuniarios de matrícula que la Universidad Libre podrá exigir durante la vigencia de 2022»

Contenido

Capítulo 1. De los derechos de matrícula para pregrado
Artículo 1. En Administración de Empresas
Artículo 2. En Administración de Negocios Internacionales
Artículo 3. En Bacteriología
Artículo 4. En Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas
Artículo 5. En Contaduría Pública
Artículo 6. En Derecho - anualizado
Artículo 7. En Derecho - semestralizado
Artículo 8. En Economía
Artículo 9. En Enfermería
Artículo 10. En Filosofía
Artículo 11. En Fisioterapia
Artículo 12. En Ingeniería Ambiental
Artículo 13. En Ingeniería Civil
Artículo 14. En Ingeniería Comercial
Artículo 15. En Ingeniería de Sistemas
Artículo 16. En Ingeniería en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Artículo 17. En Ingeniería Financiera
Artículo 18. En Ingeniería Industrial
Artículo 19. En Ingeniería Mecánica
Artículo 20. En Instrumentación Quirúrgica
Artículo 21. En Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental
Artículo 22. En Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Ciencias Naturales y Educación Ambiental
Artículo 23. En Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Ciencias Sociales
Artículo 24. En Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Humanidades y Lenguas
Artículo 25. En Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Matemáticas
Artículo 26. En Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deportes
Artículo 27. En Licenciatura en Educación Infantil
Artículo 28. En Licenciatura en Español e Inglés
Artículo 29. En Licenciatura en Español y Lenguas Extranjeras
Artículo 30. En Medicina
Artículo 31. En Mercadeo
Artículo 32. En Microbiología
Artículo 33. En Negocios Internacionales
Artículo 34. En Nutrición y Dietética
Artículo 35. En Psicología
Artículo 36. En Tecnología en Investigación Criminal
Artículo 37. En Trabajo Social
Artículo 38. En Zootecnia

Capítulo 2. De los derechos de matrícula para especialización
Artículo 39. En Acondicionamiento físico para la Salud
Artículo 40. En Administración de Negocios Internacionales
Artículo 41. En Administración Estratégica del Control Interno
Artículo 42. En Administración Financiera
Artículo 43. En Alta Gerencia
Artículo 44. En Auditoría de Control Interno y Aseguramiento
Artículo 45. En Auditoría de Servicios de Salud
Artículo 46. En Ciencias Forenses y Técnica Probatoria
Artículo 47. En Cirugía General
Artículo 48. En Comunicación Digital
Artículo 49. En Contabilidad Financiera Internacional
Artículo 50. En Contratación Estatal
Artículo 51. En Derecho Administrativo
Artículo 52. En Derecho Comercial
Artículo 53. En Derecho Constitucional
Artículo 54. En Derecho de Daños y Responsabilidad Pública y Privada
Artículo 55. En Derecho de Familia
Artículo 56. En Derecho del Trabajo, Pensiones y Riesgos Laborales
Artículo 57. En Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico
Artículo 58. En Derecho Laboral
Artículo 59. En Derecho Médico
Artículo 60. En Derecho Minero, Energético e Hidrocarburos
Artículo 61. En Derecho Penal
Artículo 62. En Derecho Probatorio
Artículo 63. En Derecho Procesal
Artículo 64. En Derecho Público
Artículo 65. En Derecho Público Financiero
Artículo 66. En Derecho Tributario
Artículo 67. En Derecho Urbano, Gestión y Planeamientos Inmobiliarios
Artículo 68. En Derechos Humanos
Artículo 69. En Dermatología
Artículo 70. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica
Artículo 71. En Gestión Ambiental
Artículo 72. En Gerencia de Calidad de Productos y Servicios
Artículo 73. En Gerencia de Mercadeo y Estrategia de Ventas
Artículo 74. En Gerencia de Proyectos.
Artículo 75. En Gerencia de Servicios de Salud
Artículo 76. En Gerencia del Talento Humano
Artículo 77. En Gerencia Empresarial
Artículo 78. En Gerencia Financiera
Artículo 79. En Gerencia Logística
Artículo 80. En Gerencia Social
Artículo 81. En Gerencia Tributaria
Artículo 82. En Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos
Artículo 83. En Gestión de Proyectos.
Artículo 84. En Gestión de Proyectos de Inversión.
Artículo 85. En Gestión Tributaria y Aduanera
Artículo 86. En Ginecología y Obstetricia
Artículo 87. En Ingeniería de la Calidad
Artículo 88. En Logística y Cadena de Suministro
Artículo 89. En Medicina Interna
Artículo 90. En Mercadeo
Artículo 91. En Movilidad y Transporte
Artículo 92. En Negocios Internacionales con Énfasis en Logística Internacional.
Artículo 93. En Ortopedia y Traumatología.
Artículo 94. En Pediatría
Artículo 95. En Planeación y Gestión Estratégica
Artículo 96. En Psicología Jurídica y Forense
Artículo 97. En Psiquiatría
Artículo 98. En Responsabilidad Médica
Artículo 99. En Revisoría Fiscal
Artículo 100. En Seguridad Social
Artículo 101. En Seguridad y Salud en el Trabajo
Artículo 102. En Soldadura

Capítulo 3. De los derechos de matrícula para maestrías
Artículo 103. En Administración.
Artículo 104. En Biotecnología.
Artículo 105. En Contabilidad.
Artículo 106. En Criminalística y Ciencias Forenses.
Artículo 107. En Derecho Administrativo.
Artículo 108. En Derecho Constitucional.
Artículo 109. En Derecho Disciplinario
Artículo 110. En Derecho Laboral y Seguridad Social.
Artículo 111. En Derecho Penal.
Artículo 112. En Derecho Privado.
Artículo 113. En Derecho Procesal.
Artículo 114. En Derecho Público.
Artículo 115. En Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Transformaciones Sociales para la Paz. El
Artículo 116. En Educación. El
Artículo 117. En Educación Física.
Artículo 118. En Epidemiología.
Artículo 119. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica.
Artículo 120. En Gerencia en Servicios de Salud.
Artículo 121. En Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 122. En Gestión Empresarial.
Artículo 123. En Informática Educativa.
Artículo 124. En Ingeniería.
Artículo 125. En Mercadeo.
Artículo 126. En Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 127. En Sistemas Integrados de Gestión.
Artículo 128. En Tributación.

Capítulo 4. De los derechos de matrícula para doctorado
Artículo 129. En Derecho.

Resolución n.º 11
(25 de octubre de 2021)

«Por la cual se fijan los derechos pecuniarios de matrícula que la Universidad Libre podrá exigir durante la vigencia de 2022».

La Consiliatura de la UNIVERSIDAD LIBRE en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 25, numeral 19, y

CONSIDERANDO:

  1. Que es competencia de la Consiliatura fijar los derechos pecuniarios que pueda exigir la Universidad directamente.

  2. Que mediante Resolución 015865 de agosto 25 de 2021, el Ministerio de Educación Nacional renovó por seis años «la Acreditación Institucional en Alta Calidad Multicampus a la Universidad Libre con oferta en Bogotá, D.C., Cali, Barranquilla, Pereira, Cúcuta, Socorro y Cartagena».

  3. Que, con base en la competencia estatutaria, la Consiliatura en sesión de 3 de octubre de 2021, según consta en el acta n.º 13, determinó que «con ocasión de la celebración del Centenario de la Universidad Libre, como un estímulo para los estudiantes, aprueba:

  4. No incrementar el valor de las matrículas de los programas que oferta la Universidad para el año 2022.

  5. Para los estudiantes que ingresan a primer semestre se aplica el mismo valor de matrícula que se cobró en el período 2021-II».

  6. Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

Capítulo 1. De los derechos de matrícula para pregrado

Artículo 1. En Administración de Empresas . El valor de la matrícula para los pregrados de Administración de Empresas de la Sede Principal, las seccionales de Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 2. En Administración de Negocios Internacionales . El valor de la matrícula para el pregrado de Administración de Negocios Internacionales de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 3. En Bacteriología. El valor de la matrícula para el pregrado de Bacteriología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 4. En Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas . El valor de la matrícula para el pregrado de Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 5. En Contaduría Pública . El valor de la matrícula para el pregrado de Contaduría Pública de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 6. En Derecho - anualizado . El valor de la matrícula para el pregrado de Derecho anualizado de la Sede Principal, las seccionales Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 7. En Derecho - semestralizado . El valor de la matrícula para el pregrado de Derecho semestralizado de la Sede Principal, las seccionales Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 8. En Economía . El valor de la matrícula para el pregrado de Economía de las seccionales Cali y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 9. En Enfermería . El valor de la matrícula para el pregrado de Enfermería que oferta en las seccionales de Cali y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 10. En Filosofía . El valor de la matrícula para el pregrado de Filosofía de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 11. En Fisioterapia . El valor de la matrícula para el pregrado de Fisioterapia de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 12. En Ingeniería Ambiental . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Ambiental que ofertan la Sede Principal y en las seccionales de Cúcuta y El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 13. En Ingeniería Civil . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Civil que se oferta en las seccionales de Cúcuta y Pereira, para la vigencia de 2022 será

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 14. En Ingeniería Comercial . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Comercial de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 15. En Ingeniería de Sistemas . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería de Sistemas de la Sede Principal y de las seccionales Barranquilla, Cali y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 16. En Ingeniería en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 17. En Ingeniería Financiera . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Financiera de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 18. En Ingeniería Industrial . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Industrial de la Sede Principal y las seccionales Barranquilla, Cali y Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 19. En Ingeniería Mecánica . El valor de la matrícula para el pregrado de Ingeniería Mecánica que oferta la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 20. En Instrumentación Quirúrgica . El valor de la matrícula para el pregrado de Instrumentación Quirúrgica que oferta la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 21. En Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental . El valor de la matrícula para el pregrado de Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental que oferta la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 22. En Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Ciencias Naturales y Educación Ambiental . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Básica con Énfasis en Ciencias Naturales y Educación Ambiental que oferta la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 23. En Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Ciencias Sociales . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Ciencias Sociales que oferta la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 24. En Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Humanidades y Lenguas . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Humanidades y Lenguas que oferta la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 25. En Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Matemáticas . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Matemáticas que oferta la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 26. En Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deportes . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Física, Recreación y Deportes que oferta la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 27. En Licenciatura en Educación Infantil . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Educación Infantil que oferta la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 28. En Licenciatura en Español e Inglés . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Español e Inglés que oferta la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 29. En Licenciatura en Español y Lenguas Extranjeras . El valor de la matrícula para la Licenciatura en Español y Lenguas Extranjeras que oferta la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 30. En Medicina . El valor de la matrícula para el pregrado de Medicina de las seccionales Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 31. En Mercadeo . El valor de la matrícula para el pregrado de Mercadeo de las seccionales de Cali y Cartagena, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 32. En Microbiología . El valor de la matrícula para el pregrado de Microbiología de las seccionales Barranquilla y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 33. En Negocios Internacionales . El valor de la matrícula para el pregrado de Negocios Internacionales de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 34. En Nutrición y Dietética . El valor de la matrícula para el pregrado de Nutrición y Dietética de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 35. En Psicología . El valor de la matrícula para el pregrado de Psicología de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 36. En Tecnología en Investigación Criminal . El valor de la matrícula para el programa de Tecnología en Investigación Criminal de la Seccional Cúcuta para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 37. En Trabajo Social . El valor de la matrícula para el pregrado de Trabajo Social de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 38. En Zootecnia . El valor de la matrícula para el pregrado de Zootecnia de la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Capítulo 2. De los derechos de matrícula para especialización

Artículo 39. En Acondicionamiento físico para la Salud . El valor de la matrícula para la especialización en Acondicionamiento Físico para la Salud de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 40. En Administración de Negocios Internacionales . El valor de la matrícula para la especialización en Administración de Negocios Internacionales de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 41. En Administración Estratégica del Control Interno . El valor de la matrícula para la especialización en Administración Estratégica del Control Interno de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 42. En Administración Financiera . El valor de la matrícula para la especialización en Administración Financiera de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 43. En Alta Gerencia . El valor de la matrícula para la Especialización en Alta Gerencia que se oferta en las seccionales de Cartagena y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Parágrafo. El valor de la matrícula para la Especialización en Alta Gerencia de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será de $10.532.000,00 por cohorte.

Artículo 44. En Auditoría de Control Interno y Aseguramiento . El valor de la matrícula para la Especialización en Auditoría de Control Interno y Aseguramiento de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 45. En Auditoría de Servicios de Salud . El valor de la matrícula para la especialización en Auditoría de Servicios de Salud de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 46. En Ciencias Forenses y Técnica Probatoria . El valor de la matrícula para la especialización en Ciencias Forenses y Técnica Probatoria de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 47. En Cirugía General . El valor de la matrícula para la especialización en Cirugía General de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 48. En Comunicación Digital . El valor de la matrícula para la especialización en Comunicación Digital de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será de $6.240.000,00 por cohorte.

Artículo 49. En Contabilidad Financiera Internacional . El valor de la matrícula para la especialización en Contabilidad Financiera Internacional de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 50. En Contratación Estatal . El valor de la matrícula para la especialización en Contratación Estatal de las seccionales Barranquilla y Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 51. En Derecho Administrativo . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Administrativo de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 52. En Derecho Comercial . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Comercial de la Sede Principal y las seccionales de Barranquilla y Cartagena, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 53. En Derecho Constitucional . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Constitucional de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, Cúcuta, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 54. En Derecho de Daños y Responsabilidad Pública y Privada . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho de Daños y Responsabilidad Pública y Privada de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 55. En Derecho de Familia . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho de Familia de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cúcuta y El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 56. En Derecho del Trabajo, Pensiones y Riesgos Laborales . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho del Trabajo, Pensiones y Riesgos Laborales de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 57. En Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 58. En Derecho Laboral . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, El Socorro y Pereira y para la especialización en Derecho Laboral de la Seccional Cali y Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 59. En Derecho Médico . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Médico de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 60. En Derecho Minero, Energético e Hidrocarburos . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Minero, Energético e Hidrocarburos de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 61. En Derecho Penal . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Penal y Criminología de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cartagena y Cúcuta y para la especialización en Derecho Penal de las seccionales Cali, El Socorro y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 62. En Derecho Probatorio . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Probatorio de la Seccional Barranquilla para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 63. En Derecho Procesal . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Procesal de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cartagena y Cúcuta y para la especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 64. En Derecho Público . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Público de la Seccional Cúcuta para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 65. En Derecho Público Financiero . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Público Financiero de la Sede Principal para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 66. En Derecho Tributario . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Tributario de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 67. En Derecho Urbano, Gestión y Planeamientos Inmobiliarios . El valor de la matrícula para la especialización en Derecho Urbano, Gestión y Planeamientos Inmobiliarios de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 68. En Derechos Humanos . El valor de la matrícula para la especialización en Derechos Humanos de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 69. En Dermatología . El valor de la matrícula para la especialización en Dermatología de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 70. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica . El valor de la matrícula para la especialización en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 71. En Gestión Ambiental . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Ambiental de la Sede Principal y para la especialización en Gestión Ambiental de las seccionales Barranquilla y El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 72. En Gerencia de Calidad de Productos y Servicios . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Calidad de Productos y Servicios de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 73. En Gerencia de Mercadeo y Estrategia de Ventas . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Mercadeo y Estrategia de Ventas de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 74. En Gerencia de Proyectos. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Proyectos de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será de $10.532.000,00 por cohorte.

Artículo 75. En Gerencia de Servicios de Salud . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia de Servicios de Salud de las seccionales de Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 76. En Gerencia del Talento Humano . El valor de la matrícula para la Especialización en Gerencia del Talento Humano que se oferta en la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Parágrafo. El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia del Talento Humano de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será de $9.568.000,00 por cohorte.

Artículo 77. En Gerencia Empresarial . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Empresarial de la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 78. En Gerencia Financiera . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Financiera Internacional de la Sede Principal y la especialización en Gerencia Financiera de las seccionales Barranquilla, Cali y Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 79. En Gerencia Logística . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Logística de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 80. En Gerencia Social . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Social de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 81. En Gerencia Tributaria . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Tributaria de la Sede Principal, las seccionales de Cartagena y El Socorro y la Especialización en Tributaria de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 82. En Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos . El valor de la matrícula para la especialización en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 83. En Gestión de Proyectos. El valor de la matrícula para la especialización en Gestión de Proyectos de las seccionales de Barranquilla y Cartagena, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 84. En Gestión de Proyectos de Inversión. El valor de la matrícula para la especialización en Gestión de Proyectos de Inversión de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 85. En Gestión Tributaria y Aduanera . El valor de la matrícula para la especialización en Gestión Tributaria y Aduanera de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 86. En Ginecología y Obstetricia . El valor de la matrícula para la especialización en Ginecología y Obstetricia de las seccionales Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 87. En Ingeniería de la Calidad . El valor de la matrícula para la especialización en Ingeniería de la Calidad de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 88. En Logística y Cadena de Suministro . El valor de la matrícula para la especialización en Logística y Cadena de Suministro de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 89. En Medicina Interna . El valor de la matrícula para la especialización en Medicina Interna de las seccionales Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 90. En Mercadeo . El valor de la matrícula para la especialización en Mercadeo de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 91. En Movilidad y Transporte . El valor de la matrícula para la especialización en Movilidad y Transporte de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 92. En Negocios Internacionales con Énfasis en Logística Internacional. El valor de la matrícula para la especialización en Negocios Internacionales con Énfasis en Logística Internacional de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 93. En Ortopedia y Traumatología. El valor de la matrícula para la especialización en Ortopedia y Traumatología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 94. En Pediatría . El valor de la matrícula para la especialización en Pediatría de las seccionales Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 95. En Planeación y Gestión Estratégica . El valor de la matrícula para la especialización en Planeación y Gestión Estratégica de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 96. En Psicología Jurídica y Forense . El valor de la matrícula para la especialización en Psicología Jurídica y Forense de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 97. En Psiquiatría . El valor de la matrícula para la especialización en Psiquiatría de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 98. En Responsabilidad Médica . El valor de la matrícula para la especialización en Responsabilidad Médica de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 99. En Revisoría Fiscal . El valor de la matrícula para la especialización en Revisoría Fiscal de las seccionales de Barranquilla, Cartagena, Cúcuta y Pereira, la especialización en Revisoría Fiscal y Auditoría Externa de la Sede Principal y la especialización en Revisoría Fiscal y Auditoría de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 100. En Seguridad Social . El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad Social de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 101. En Seguridad y Salud en el Trabajo . El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo de las seccionales de Barranquilla y Cartagena y la especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo, Gerencia y Control de Riesgo de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Parágrafo. El valor de la matrícula para la especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será de $10.532.000,00 por cohorte.

Artículo 102. En Soldadura . El valor de la matrícula para la especialización en Soldadura de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Capítulo 3. De los derechos de matrícula para maestrías

Artículo 103. En Administración. El valor de la matrícula para la Maestría en Administración de la Seccional Barranquilla, Maestría en Dirección de Empresas (MBA) de Cúcuta y la Maestría en Administración de Empresas que se oferta en la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 104. En Biotecnología. El valor de la matrícula para la maestría en Biotecnología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 105. En Contabilidad. El valor de la matrícula para la maestría en Contabilidad de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 106. En Criminalística y Ciencias Forenses. El valor de la matrícula para la maestría en Criminalística y Ciencias Forenses de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 107. En Derecho Administrativo. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Administrativo de la Sede Principal, las seccionales de Barranquilla, Cali, Cartagena, El Socorro y Pereira para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 108. En Derecho Constitucional. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Constitucional de las seccionales de Cali, Cúcuta y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 109. En Derecho Disciplinario El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Disciplinario de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 110. En Derecho Laboral y Seguridad Social. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social de la Sede Principal y la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 111. En Derecho Penal. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Penal de las seccionales Cali y Pereira, para la maestría en Derecho Penal - Áreas Penal y Procesal Penal de la Seccional Cúcuta y de la Sede Principal y la maestría en Derecho Penal y Criminología de la Seccional Barranquilla, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 112. En Derecho Privado. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Privado de las seccionales Barranquilla y Cúcuta, y la maestría en Derecho Privado y de los Negocios de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 113. En Derecho Procesal. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Procesal de la Sede Principal y de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 114. En Derecho Público. El valor de la matrícula para la maestría en Derecho Público de la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 115. En Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Transformaciones Sociales para la Paz. El valor de la matrícula para la Maestría en Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Transformaciones Sociales para la Paz que se oferta en la Seccional Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 116. En Educación. El valor de la matrícula para la maestría en Educación de la Sede Principal y la Seccional El Socorro, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 117. En Educación Física. El valor de la matrícula para la maestría en Educación Física de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 118. En Epidemiología. El valor de la matrícula para la maestría en Epidemiologia de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 119. En Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica. El valor de la matrícula para la maestría en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 120. En Gerencia en Servicios de Salud. El valor de la matrícula para la maestría en Gerencia en Servicios de Salud de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 121. En Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El valor de la matrícula para la maestría en Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Seccional Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 122. En Gestión Empresarial. El valor de la matrícula para la maestría en Gestión Empresarial de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 123. En Informática Educativa. El valor de la matrícula para la maestría en Informática Educativa de la Seccional Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 124. En Ingeniería. El valor de la matrícula para la maestría en Ingeniería de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 125. En Mercadeo. El valor de la matrícula para la maestría en Mercadeo de las seccionales de Cali y Pereira, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 126. En Seguridad y Salud en el Trabajo. El valor de la matrícula para la maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo de las seccionales de Barranquilla y Cali, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 127. En Sistemas Integrados de Gestión. El valor de la matrícula para la maestría en Sistemas Integrados de Gestión de las seccionales de Barranquilla y Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Artículo 128. En Tributación. El valor de la matrícula para la Maestría en Tributación que se oferta en las seccionales de Barranquilla y Cúcuta, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

Capítulo 4. De los derechos de matrícula para doctorado

Artículo 129. En Derecho. El valor de la matrícula para el Doctorado en Derecho de la Sede Principal, para la vigencia de 2022 será:

Derechos Pecuniarios 2022

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de octubre de 2021.


(Original firmado)

JORGE ALARCÓN NIÑO
Presidente

(Original firmado)

FLORO HERMES GÓMEZ PINEDA
Secretario General

Elaboró: Viviana Julieth Ortegón Rodríguez.
Transcribió: Angélica Leal Viatela.
Revisó: Felipe Guzmán Lozano.



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Libre...ta - Observatorio de Intervención Ciudadana Constitucional

Libre...ta
Observatorio de Intervención Ciudadana Constitucional


Espacio de opinión y divulgación de los miembros del Observatorio de Intervención Ciudadana Constitucional de la Universidad Libre (estudiantes, profesores y egresados).


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Préstamos Interinstitucionales - SIBUL

Prestamos Interinstitucionales

 

El préstamo interinstitucional es un acuerdo de voluntades entre las bibliotecas de las siete seccionales de la Universidad libre con el objeto de apoyar los procesos académicos de aprendizaje, enseñanza, investigación y proyección social para facilitar el acceso a recursos bibliográficos como: libros y publicaciones académicas que no se existan dentro de su acervo bibliográfico.


Condiciones para el préstamo

  • Servicio dirigido a toda la comunidad Unilibrista activa.

  • Para solicitar el préstamo el usuario no debe tener deudas con la Biblioteca.

  • Este servicio aplica únicamente para el préstamo de libros.

  • La biblioteca prestataria es autónoma en decidir los libros que puede prestar por este concepto, de acuerdo a sus políticas internas.

  • Se debe diligenciar el formato de Préstamo Interinstitucional.

  • El periodo de préstamo es por un mes a partir del envío del material.

  • Se autoriza máximo tres (3) títulos por solicitud.

  • El tiempo de entrega del material está sujeto a los tiempos de envió por correspondencia entre ciudades.

  • Los libros se reclaman y regresan a la Biblioteca solicitante.

  • El usuario es responsable del material prestado y se debe acoger a lo estipulado en el Acuerdo 08 del 2008 Por el cual se adopta el reglamento para el funcionamiento y servicios del Sistema de Bibliotecas de la Universidad Libre. C.VIII. De los servicios de información. Art.17. Responsabilidad del Material Prestado y Art. 21. Sanciones por el mal Uso de la Biblioteca.

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Reflexión sobre el principio de autonomía - Omebul

Martha Eugenia Uribe Mutis – Facultad de Ciencias de la Salud- Programa Medicina, Cali 
Raúl Antonio Castro García – Facultad de Ciencias Económicas Administrativas y Contables; Cali  

La Autonomía es uno de los cuatro principios de forman parte de la Bioética y que, en el debate contemporáneo, es abordada como:  

La capacidad de las personas de deliberar sobre sus finalidades personales y de actuar bajo la dirección de las decisiones que pueda tomar. Todos los individuos deben ser tratados como seres autónomos y las personas que tienen la autonomía mermada tienen derecho a la protección.  

Según Héctor Mauricio Mazo Álvarez, el Principio de Autonomía es un dato característico de la bioética, desde la perspectiva de autores norteamericanos. Se fundamenta en su respeto a la libertad, y por eso se podría colocar aquí la palabra democracia siendo, de paso, una rotunda oposición a todo lo que se puede llamar dictadura o despotismo, pero que en muchas sociedades y ambientes se le ha llamado con el vocablo de paternalismo. 

En el abordaje de del Principio de Autonomía, al igual que en el de otros tres Principios, se debe partir de un Supuesto Epistemológico que considera los siguientes puntos: 

  1. Todo concepto se construye con argumentos y estos son fruto de la investigación, 
  2. Al mismo tiempo esos argumentos permiten avanzar en nuevos procesos investigativos. 
  3. Ningún concepto es absoluto, sino aproximación que da cuenta de una realidad y por consiguiente es susceptibles de mejoramiento, entendido como explicaciones más adecuadas de la realidad que aborda. 
  4. Esos factores les dan a los conceptos un carácter de universalidad 
  5. Esa universalidad es la se busca con los conceptos que fundamentan la ética y la bioética. 

El interés, en este caso, es precisar la universalidad del concepto de Autonomía para así incorporarlo en nuevas investigaciones. 

Para hablar de este principio de Autonomía se puede desglosar la palabra para entender, por sus raíces,  qué se entiende por Autonomía y  se encuentra que esta palabra proviene del vocablo latín auto que significa “uno mismo” y nomos que quiere decir “norma”;  esto indica que la Autonomía es aquella capacidad que tiene la persona, y las colectividades, de establecer sus propias normas  y regirse por ellas  para poder realizar las propias elecciones y toma de decisiones, asumiendo responsabilidad por ellas.  

La afirmación sobre “la capacidad de establecer sus propias normas” hay que matizarla y el nuevo panorama conduce a los procesos de decisión sobre con cuáles de las normas ya establecidas las personas deciden vivir sus vidas, tomar decisiones de múltiples tipos y asumir la responsabilidad por esas decisiones. 

Está también el telón de fondo del proceso de socialización de cada persona, cualquiera que sea su contexto cultural y social, lo que implica, para esa persona, asimilación de formas de pensar, de valorar, de accionar, sin desconocer que las personas pueden ir ganando, o construyendo su Autonomía, a lo largo de la vida. 

María Estela Raffino plantea lo siguiente, textualmente: 

 “Se entiende por autonomía la capacidad de decidir de manera propia, independiente, sin la coerción o la influencia de terceros. Este término se aplica dentro del pensamiento filosófico (ética), psicológico (psicología evolutiva) e incluso legal y político (soberanía), pero siempre con significados semejantes, vinculados con la capacidad de autogestión y la independencia, cuando no la libertad. En el desarrollo cognitivo y emocional de las personas, la autonomía se convierte en una cualidad cada vez más marcada y esperada del individuo. Quizá porque de niños (y aún de adolescentes) somos seres vulnerables, que en gran medida dependen de las decisiones de sus padres (lo que en materia jurídica consagra la patria potestad) tanto para lo logístico como lo afectivo. Esta última forma de dependencia es la última en desaparecer, a medida que nos hacemos más autónomos y empezamos a tomar nuestras propias decisiones. 

Los individuos adultos, así, poseen una capacidad de autonomía que los convierte en sujetos de derecho, o sea, en personas capaces de tomar sus propias decisiones sin consultar antes a nadie (aunque puedan elegir hacerlo). En este sentido es lo contrario de la heteronomía o la dependencia. Desde luego, con la autonomía, como con la libertad, también se adquieren obligaciones y responsabilidades. En ese sentido es un rasgo de madurez o adultez. 

En materia política, similarmente, es un rasgo de soberanía de las naciones como tales: un país que tenga autonomía en materia legal, económica y cultural será un país independiente, por ende un país más libre y más capaz de hacer frente a la comunidad internacional” 

La Autonomía se clasifica bajo las siguientes categorías, sin cerrar la opción a unas nuevas categorías: 

  • La autonomía personal, entendida ésta al derecho que cada individuo tiene en la toma de decisiones en cada momento de su cotidianidad. La persona es consciente de lo que puede ser correcto o de lo que no lo es y tal como se decía al principio debe por lo tanto asumir las consecuencias de lo que ha decidido. 

  • La autonomía de la voluntad es aquella que hace referencia a ciertos aspectos legales, regidos por normas que le permiten al individuo regular libremente sus intereses.  

  • La autonomía de una nación, como lo dice Pulido Acuña, cuando afirma que en la forma en que se organiza territorialmente un Estado, se encuentra la base para entender el sistema de distribución del poder político, administrativo y financiero en el ámbito territorial y por ende, la aproximación al concepto del principio de autonomía.3 

  • La autonomía moral, entendida como aquella capacidad del ser humano que le permite valorar aspectos relacionados al carácter moral, la capacidad de juzgar un modo de actuación o una situación, sin embargo, esta autonomía moral está fuertemente influenciada por el contexto social y como parte del desarrollo humano y personal, las decisiones que el individuo tome están sujetas a sus valores morales y la capacidad de percepción critica que la persona que tenga.   

  • Autonomía Universitaria y consiste en tener una independencia política y administrativa en una universidad pública en relación a factores externos, la autonomía universitaria le permite establecer su propio reglamento y programas de estudio sin injerencia del poder político. Las instituciones de educación superior del sector privado si gozan de su propia autonomía. 

Principio de Autonomía

 

Espacio de Reflexión

 
  • ¿Qué valores consideras están relacionados con el principio de autonomía?  
  • ¿Tienes propuestas de como fortalecer este principio? 

Consulta de registro SNP

El registro SNP (Servicio Nacional de Pruebas) es el número o código que el ICFES asigna a cada persona que presenta el examen de estado. Este número puede ser consultado de varias formas: a través del desprendible de resultados de citación del examen  (http://icfesinteractivo.info/consultar-citacion/) o incluso en la consulta de resultados desde la página web.

Este número se compone básicamente de dos campos:

  1. El primero trata al programa y consta de dos letras y tres o cinco digitos.
  2. El segundo es el código personal formado por 7 digitos.

Ejemplo: AC292 0345678 – AC2005 1234567

Los dígitos pueden representar también la fecha en la que se ha presentado el examen. Si no se tiene el desprendible de citación se puede dirigir a la consulta de resultados del ICFES (http://icfesinteractivo.info/resultados-saber-pro/) y allí verá su código SNP.

Reflexión sobre el principio de Precaución - Omebul

José Alejandro Machado Jiménez – Facultad de Derecho y Ciencias Políticas Sede Cartagena
María Teresa Holguín Aguirre– Facultad de Ciencias Económicas Administrativas y Contables – Sede Bogotá

La Precaución es un principio del obrar humano que surge a partir del reconocimiento que tiene la prudencia como virtud, o hábito operativo que hace bueno a quien posee el hábito y hace buena la obra (Aristóteles EN, II, 6: 1106 a 15 ss), y es aplicado para los conflictos éticos especialmente cuando el carácter poderoso o invasivo del accionar humano adquiere efectos imprevisibles en situaciones que, reaccionando de manera encadenada, pueden llegar a producir daños ciertos a otras personas y a bienes comunes. Este Principio se encuentra consagrado en la legislación colombiana, por ejemplo el Artículo 1, de los fundamentos de la Ley 99 de 1993, conforme al cual, “cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente” (República de Colombia, 1993) y es considerado uno de los pilares del desarrollo sostenible y de los deberes del Estado sobre la protección al medio ambiente Lora-Kesie (2011).

Para precisar la corrección del obrar ético con la precaución es necesario situar la aplicación del principio en el momento de la deliberación prudencial. Pues es en la deliberación donde se percatan los riesgos que la acción humana tiene frente a un determinado obrar con efectos encadenados. Quien delibera con el principio de precaución invierte el valor positivo de la audacia, pues si bien como lo sostiene Diaz Rodriguez (2014) al estar asociada la precaución a medidas de cautela concretas que complementan el actuar prudente (p.129), se añade la necesidad del control extrínseco al obrar y que consigue un límite a la audacia, dando a la prudencia rango directivo frente a unos hechos concretos que necesitan ser deliberados entre la incertidumbre y el riesgo próximo o remoto de un daño.

Así mismo, la precaución califica las decisiones éticas como satisfactorias o buenas, siempre y cuando la eficiencia y el perfeccionismo sean excluidos, de manera que se constate en la realidad la máxima de la literatura inglesa agitándonos para alcanzar lo mejor, maleamos a menudo lo bueno (“Striving to better, oft we mar what’s well”) (Shakespeare, Rey Lear 365 FTLN 0945), también afirmada con otras palabras por Voltaire en un diccionario filosófico que escribió en lengua italiana en el año 1770: “el meglio é l’inimico del bene”, lo mejor es enemigo de lo bueno. Con esta máxima, el principio de precaución adquiere un carácter de imperativo categórico reaccionario en las visiones de la cultura actual. Así es como el principio de precaución ha adquirido particular relevancia en los discursos políticos, especialmente a partir de los dramas éticos que surgen en la era de la tecnociencia y el multiculturalismo.

Por ejemplo, un drama ético recurrente surge cuando ante la necesidad de satisfacer necesidades económicas de alimentación, salud y educación, se considere justificado el uso económico de las fuentes de riqueza obtenidas por medio de la extracción continuada o por el uso indiscriminado de los recursos de los ecosistemas naturales para satisfacer todas las necesidades; y en tanto que dicho uso se justificaría a partir de las expectativas que por medio del conocimiento tecnocientífico permitan lograr una intervención sobre el medio natural controlada, aunque subsista la incertidumbre de que los resultados de dicha intervención controlada arriesguen la conservación del recurso bien para el agotamiento o también para la limitación de acceso para el uso y el disfrute de una generación próxima y futura. En esa medida por el principio de precaución la información tecnocientífica pierde el valor preponderante en la deliberación ética con respecto a justificación que puedan tener las conductas extractivas o de uso continuado de los ecosistemas naturales. Adicionalmente, y contrario a lo que podría pensarse respecto a la información tecnocientífica en las sociedades hiperconectadas, la incertidumbre se ha generalizado con respecto al riesgo del uso de tales recursos, lo cual obliga a crear nuevas reglas de validación del obrar humano en las dimensiones política, sanitaria, emprendedora y gerencial.

El principio de precaución encuentra en el pragmatismo y en el oportunismo sus opuestos. Por el pragmatismo ético cualquier obrar se legitima siempre que los medios empleados logren obtener un máximo de resultados favorables tanto para el individuo como para la sociedad, y mientras exista una certeza absoluta que no justifique o impida el uso de tales medios. Así, por ejemplo, en el pragmatismo ético sería legítimo afectar con vertimientos contaminantes esporádicos un ecosistema natural que tenga condiciones de resiliencia si con ello se logra un mejor funcionamiento de una factoría o se obtiene una mayor producción de bienes o servicios de consumo cotidianos; pues las condiciones de resiliencia, aunque inciertas, alentarían un logro de que es más cierto el beneficio productivo que la expectativa del deterioro permanente del ecosistema natural.

Por parte del oportunismo lo relevante que califica el correcto obrar ético es mostrar la existencia de una fluida capacidad para obtener beneficios ante cualquier circunstancia que sobrevenga sin importar la ilicitud de los medios que se empleen, de manera que, frente al principio de precaución, y las cautelas que este principio demanda, se convierten en un obstáculo, por cuanto son el aprovechamiento de las circunstancias las que califican el obrar ético y no la deliberación sobre las mismas. Si el oportunismo excluye cualquier forma de deliberación prudencial, también excluiría una de sus vías lógicas como es la del principio de precaución. Por ejemplo, sería bueno para la perspectiva oportunista realizar capturas masivas de especies animales migratorias aptas para el consumo humano en un punto de concentración de su trasegar, bajo la pretendida justificación que la captura es menos costosa en esas circunstancias y sin considerar los hábitos que estas especies tienen cuando se reúnen en volúmenes para mantener su preservación.

Situaciones como las que se han ejemplificado son el día a día del actuar de la sociedad, donde prevalece el crecimiento económico sobre la conservación de los ecosistemas de los cuales depende el equilibrio del sistema planetario que es el equilibrio a su vez de la especie humana, de allí la necesidad de invertir los principios del desarrollo económico que es insostenible para dar el paso al desarrollo sostenible donde se posicione el Principio de Precaución que en su esencia, naturaleza y prescripción legal requiere de medidas inmediatas, urgentes y precautorias para evitar cualquier daño o amenaza de daño al medio ambiente.

Bibliografía

Aristóteles EN, II, 6: 1106 a 15 (ss). Ed. Gredos.

Diaz Rodriguez C. (2014). El principio de precaución: un discurso bioético para la producción de energía eléctrica en la sociedad de riesgo. Revista colombiana de Bioética, vol 9. No. 1, 126-150

Congreso de Colombia (1993) Ley 99 por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones. Disponible en https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=297

Lora-Kesie, Karem Ivette (2011). El principio de precaución en la legislación ambiental colombiana. Revista actualidad Jurídica. Edición 3a y 4ª. (p. 22 a 29) disponible en https://www.uninorte.edu.co/documents/4368250/4488389/El+principio+de+precauci%C3%B3n+en+la+legislaci%C3%B3n+ambiental+coombiana/c7e464c7-f69c-43e3-967d-f9d63ce1ca6f

Shakespeare W. The tragedy of King Lear. Disponible en https://shakespeare.folger.edu/downloads/pdf/king-lear_PDF_FolgerShakespeare.pdf

Principio de Precaución

 

Espacio de Reflexión

 
  • ¿Qué valores consideras están relacionados con el principio de precaución? 
  • ¿Tienes propuestas de como fortalecer este principio? 
  • ¿Te has enfrentado a situaciones de la vida donde haya sido necesario aplicar el principio de precaución?

CONTACTO CORREO

 

Jose Alejandro Machado Jiménez - Mail:   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.     

CvLac:  https://scienti.minciencias.gov.co/cvlac/visualizador/generarCurriculoCv.do?cod_rh=0001402039 

Maria Teresa Holguín Aguirre – Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  

CvLac: http://scienti.colciencias.gov.co:8081/cvlac/visualizador/generarCurriculoCv.do?cod_rh=0000538809 

Nota: estos textos obedecen exclusivamente a la producción académica, las investigaciones y los encuentros de reflexión de los investigadores frente a las temáticas que aborda el Observatorio Multicampus de Ética y Bioética. 

Repositorio Institucional Unilibre - RIU

¿Qué es el Repositorio Institucional UniLibre?

Es un espacio centralizado donde se almacena, organiza, mantiene y difunde, de forma libre y gratuita, información digital que contiene publicaciones electrónicas en texto completo (libros, artículos, trabajos finales de grado, presentaciones a congresos, documentos de trabajo académico, obras artísticas, informes de investigación, revistas, recensiones y documentos legales) de profesores, alumnos, investigadores, becarios y pasantes de la Unilibre.

Propósito

Establecer como política las buenas prácticas que permitan fortalecer la cultura de ciencia abierta por medio del Repositorio Académico Institucional Público de la Universidad Libre con el fin de recuperar, preservar, aumentar la visibilidad y difundir la producción académica y cultural de la universidad.

Objetivos

  1. Promover y garantizar el acceso abierto a los contenidos académicos y científicos producidos por la Universidad Libre.Continuación Acuerdo n.º 2 de mayo 22 de 2019 «Por el cual se establece la Política Nacional del Repositorio Académico Institucional Público de la Universidad Libre». Página 5 de 11

  2. Mejorar la visibilidad institucional a través de la exposición y difusión del conocimiento de la comunidad académica e investigativa.

  3. Integrar el Repositorio Institucional con proyectos nacionales e internacionales de acceso abierto de la comunidad Unilibrista.

  4. Articular la difusión de la producción académica e investigativa de la Universidad Libre desde la iniciativa del acceso abierto a través del Repositorio Institucional.

  5. Apoyar la visibilidad y posicionamiento de la producción científica de la Universidad.

Licencia de acceso

  1. Aplica la vigencia de acceso una vez entregado el documento.
  2. Autorizan a la Universidad Libre para incluir los documentos en el Repositorio Institucional, los cuales se almacenarán y divulgarán sin ánimo de lucro con fines exclusivamente académicos.
  3. Todos aquellos que publiquen en el Repositorio Institucional quedarán sujetos bajo la Licencia Creative Commons (CC) en el tipo «Atribución-No comercial– Sin derivar» que consiste en que los documentos albergados en el mismo podrán ser descargados, compartidos dando reconocimiento al autor (citar), no modificar la información contenida de la obra, y no ser utilizado para fines comerciales.
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