Concurso de Méritos FNG 2024
SIDCA 3

Línea Call Center de la convocatoria:
382 1000 Ext. 1526.

Horario de Atención:
Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Procesos de Selección

Consulte las OPECEAccede a la plataforma SIDCA 3
Documentos de interés
Descargar PDF
ACUERDO No. 001 DE 2025 (3 de marzo de 2025)

Acuerdo de convocatoria N0. 001 de 2025 Descárgalo aquí.
Documentos de interés
Descargar
Guía de Orientación al Aspirante para la Prueba de Valoración de Antecedentes (VA)
Descargar
Guía de orientación al aspirante para el acceso a las pruebas escritas
Descargar
Guía de Orientación al Aspirante para la Etapa de Pruebas Escritas
Descargar
Guía de Orientación al Aspirante para la Etapa de Verificación del Cumplimiento de Requisitos Mínimos y Condiciones de Participación (VRMCP)
Descargar

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL – FAMILIA en fallo de Segunda Instancia de fecha 24 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora ERIKA XIOMARA PORRAS GARZÓN con radicado 151763110001202600069– 01 (2026-0280) ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: CONFIRMAR el fallo proferido el 6 de marzo de 2026 por el JUZGADO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CHIQUINQUIRÁ, por lo edificado por esta Superioridad.

SEGUNDO: NOTIFICAR por el medio más expedito lo aquí resuelto, conforme las previsiones del artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.

TERCERO: Disponer el envío del expediente a la Corte Constitucional para su eventual Revisión. Déjense las constancias de rigor. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

El JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MANIZALES en fallo de Primera Instancia de fecha 27 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS con radicado 17-001-33-39-006-2026-00147-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, acceso a cargos públicos en condiciones de mérito y confianza legítima invocados por la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS, identificada con C.C. 1.085.925.762, ante la falta de configuración del requisito de procedibilidad de subsidiariedad para la presente acción de tutela.

SEGUNDO: NO TUTELAR el derecho de fundamental de petición invocados por la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS, identificada con C.C.1.085.925.762, por las razones expuestas en precedencia.

TERCERO: INSTAR a la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS para que consulte en el aplicativo web SIDCA3 la respuesta a la petición por ella interpuesta el 22 de febrero de 2026.

CUARTO: NOTIFÍQUESE este fallo a las partes intervinientes por el medio más expedito (art. 30 Decreto 2591/91), haciéndoles saber que el mismo es susceptible de impugnación, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de este fallo (art. 31 ibídem).

QUINTO: REMÍTASE este expediente a la Honorable Corte Constitucional para la eventual revisión de la sentencia, en caso de que la misma no sea impugnada (art. 31 inciso 2º Decreto 2591/91). (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-203-M-01-(679) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL II.

JUZGADO DIECISIETE PENAL DEL CIRCUITO FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SANTIAGO DE CALI, en conocimiento de la acción de Tutela  JULIANA LENIS PANESSO radicada bajo 2026-00064-00 profirió auto de fecha 27 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la acción de tutela instaurada por la señora  Juliana Lenis Panesso en contra de Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal  Convocatoria FGN 2024, de conformidad con las razones expuestas en precedencia.

SEGUNDO: NOTIFÍQUESE esta providencia en la forma ordenada por el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. Asimismo, ORDENAR a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION –UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL y a la UNIVERSIDAD LIBRE, que a través del aplicativo digital dispuesto para tal fin y a través del correo electrónico procedan a la publicación y notificación inmediata de la presente decisión, en especial a las demás personas inscritas en el “Concurso de Méritos FGN 2024, convocado por la Fiscalía General de la Nación, para proveer el cargo denominado Asistente de Fiscal II – Código I-203-M-01-(679)”.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL – FAMILIA,mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 17 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Rouald Fernando Martínez González, con  radicado No. 150013153004-2025-00327-00,  ordenó lo siguiente: 

« PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia del 03 de marzo de 2026, proferida por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Tunja, por la cual se declaró improcedente el amparo constitucional invocado por el señor Rouald Fernando Martínez González, en contra de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación. (…)”. 

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado ASISTENTE DE FISCAL IV, identificado con el código OPECE No. I-201-M-01-(250).  

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de Tutela  AURELIO REYES ICO radicada bajo 2026 – 00052 profirió auto de fecha 22 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: NEGAR la medida provisional deprecada por AURELIO REYES ICO identificado con la cédula de ciudadanía número 5.824.178, en atención a lo anotado en la parte considerativa de este auto.

TUTELA

Descargar

“El Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bucaramanga Sala Quinta de Decisión Laboral, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 23 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JUAN DAVID VEGA SANMARTIN, con radicado No. 68-001-31-05-004-2026-10026-01, ordenó lo siguiente:

PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia proferida el 11 de marzo de 2026 por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bucaramanga, en la acción de tutela incoada por Juan David Vega Sanmartín contra Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FNG 2024, conforme a las razones dadas en precedencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos y cada uno de los participantes del concurso de méritos de la FGN 2024 postulados al cargo de secretario Administrativo I, Código I-303-M-01-(67).

TUTELA

Descargar

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 20 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JAIME ALEJANDRO GUTIÉRREZ GÓMEZ, con  radicado No. 1100131870252026 00044 01,  ordenó lo siguiente:

«PRIMERO. Confirmar la sentencia proferida el 6 de febrero de 2026 por el Juzgado 25 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, por lo anotado en precedencia. (…)”.

Adicionalmente, por medio del auto que notifica el fallo de segunda instancia, se ordena lo siguiente:

«(…) De otra parte, por intermedio de la COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE, se solicita publicar el fallo en comento en la página web dispuesta para tal fin. «

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los terceros interesados.

CONFIRMA

Descargar

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN PENAL en fallo de Segunda Instancia de fecha 22 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora DIANA PATRICIA FUENTES FARFÁN con radicado 110013109004202600053 01 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero. Confirmar la sentencia de tutela proferida el 17 de febrero de 2026 por el Juzgado 4º Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá.  

Segundo. En firme esta decisión, remítanse las diligencias a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-203-M-01-(679) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL II.

CONFIRMA

Descargar

Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor CRISTIAN JAVIER PEREIRA PULIDO identificado con la C.C. No. 1030542433, mediante auto de fecha 24 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los integrantes de la lista de elegibles correspondiente al cargo de Fiscal delegado ante Jueces Penales del Circuito Especializado, identificado con el código OPECE No. I-102-M-01-(419), para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA HABIL, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j03pccbt@cendoj.ramajudicial.gov.co

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor MARIO ANDRÉS ALDANA BAUTISTA identificado con la C.C. No. 80229404, mediante auto de fecha 24 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a  todas las personas aspirantes al cargo I-104-M-01-(448) FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: jccto02vvc@notificacionesrj.gov.c

JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de Tutela  SHAMIR EDUARDO SANTOS FLÓREZ radicada bajo 2026-10095-00 profirió sentencia de fecha 24 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por el accionante SHAMIR EDUARDO SANTOS FLÓREZ, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

SENTENCIA

Descargar

JUZGADO PRIMERO PENAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÒN DE CONOCIMIENTO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D.C, en conocimiento de la acción de Tutela  YESENIA CORTES AVILA radicada bajo 2026-00083-00 profirió sentencia de fecha 22 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: NEGAR la acción de tutela invocada por la señora YESENIA CORTES AVILA, atendiendo las razones expuestas en la parte considerativa de esta decisión.

SEGUNDO: NOTIFICAR este proveído de acuerdo con lo normado en los artículos 16 y 30 del Decreto 2591 de 1991.

TERCERO: Contra esta decisión procede la impugnación ante la Sala Mixta de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior de Bogotá en los términos del artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, la cual deberá ser tramitada por intermedio del Centro de Servicios Judiciales de los Juzgados Penales para Adolescentes.

TUTELA

Descargar

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de Tutela  ANDRÉS FELIPE VÁSQUEZ SIBAJA radicada bajo 2026-00048 profirió sentencia de fecha 20 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: MODIFICAR el fallo de tutela de 17 de febrero de 2026, proferido por  el Juzgado Cincuenta y Seis Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, en el único sentido de declarar improcedente el amparo deprecado por ANDRÉS FELIPEZ VÁSQUEZ SIBAJA, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.066.180.121, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión.

SEGUNDO: INFORMAR que contra esta providencia no procede recurso alguno.

SENTENCIA

Descargar

Se informa que el JUZGADO 39 PENAL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora OMAIRA PERDOMO APONTE, identificada con la C.C. No. 51881670, mediante auto de nulidad de fecha 21 de abril de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a LOS PARTICIPANTES DEL CONCURSO FGN – 2024, para que, si así lo consideran, puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (VEINTICUATRO (24)) horas, para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j39pccbt@cendoj.ramajudicial.gov.co 

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de Tutela  RAFAEL EDUARDO MARTINEZ MENDOZA radicada bajo 2025-00427 profirió sentencia de fecha 22 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

Primero: MODIFICAR la sentencia proferida el veintitrés (23) de febrero de dos mil veintiséis (2026) por el Juzgado Segundo de Familia del Circuito de Valledupar, en el sentido de DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

Segundo: NOTIFICAR este fallo por un medio ágil y envíese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

TUTELA

Descargar

Se informa que el Tribunal Superior del Distrito Judicial, Sala Penal Sala Primera de Decisión Constitucional de Montería, Córdoba, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora Patricia Mariela Petro Rodríguez, identificada con la C.C. No. 34992264, mediante auto de fecha 24 de abril de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los aspirantes que integran la lista de elegibles del concurso de méritos FGN-2024 para el cargo identificado con el ID No. 17260, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: sectribsupspmon@cendoj.ramajudicial.gov.co

El TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER en fallo de Segunda Instancia de fecha 22 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JAIRO ALBERTO ABRIL CORZO con radicado 680013333-001-2026-00081-01 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero: Confirmar la sentencia de primera instancia proferida el 20 de marzo de 2026 por el Juzgado Primero Administrativo de Bucaramanga que declaró la improcedencia de la acción de tutela.

Segundo: Notificar el presente fallo por el medio más expedito o en la forma señalada en el Art. 30 del Decreto 2591 de 1991.

Tercero: Remitir por la Secretaría de la Corporación el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, una vez ejecutoriada esta decisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-104-M-01-(448) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA PRIMERA DE DECISIÓN PENAL SALA PENAL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 18 de marzo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Roger Augusto Ávila Soto, con  radicado No. 08001318700520250009201,  ordenó lo siguiente:

«PRIMERO: CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla en fecha 06 de enero de 2026, dentro de la acción de tutela de la referencia, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de esta providencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes de la convocatoria de Concurso de Méritos del Concurso de Méritos Fiscalía General de la Nación 2024, en la modalidad de ingreso, identificado con ID de inscripción 116997. Postulado al cargo: Técnico II, OPECE Código I 206-M-01-(130), correspondiente al proceso o subproceso de Investigación y Judicialización.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA DE DECISIÓN CIVIL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 15 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora Carmen Lucía Perdomo Genes, con  radicado No. 11001 3103 011 2026 00118 01,  ordenó lo siguiente:

« En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Séptima de Decisión Civil, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia que el Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogotá profirió el 24 de marzo de 2026, con el que denegó el amparo que reclamó Carmen Lucía Perdomo Genes contra la Unión Temporal Convocatoria FGN (y otros). (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado “Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y promiscuos”, inscritos en la CONVOCATORIA FGN-2024.

Se informa que el JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO DE PASTO – NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela Radicado No.: 2026-00059-00 presentada por JUAN PABLO CORREDOR LOPEZ, resolvió en auto del 9 de abril de 2026 lo siguiente:

PRIMERO.- SIN LUGAR A ACLARAR O ADICIONAR el fallo de tutela del 7 de abril de  2026, proferido dentro de la presente acción constitucional, por las razones expuestas.

SEGUNDO.- La presente decisión se notificará en estados electrónicos de conformidad con el artículo 201 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 2021.

TUTELA

Descargar

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 13 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora Marly Isabel Cuellar Mora, con  radicado No. 73001-31-09-004-2026-00019-01,  ordenó lo siguiente:

«Primero: Confirmar la sentencia proferida el veintitrés (23) de febrero de dos mil veintiséis (2026) por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué, mediante la cual se declaró improcedente la acción de tutela promovida por Marly Isabel Cuellar Mora, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado Fiscal Delegado Ante Jueces municipales y promiscuos, identificado con el código OPECE No. I-104-M-01-(448).

“El JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE PEREIRA – RISARALDA, mediante AUTO QUE ACEPTA DESISTIMIENTO, de fecha 22 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora María Jimena Arias Ochoa, con  radicado No. 66001-33-33-001-2026-00166-00,  ordenó lo siguiente:

« 1. ACEPTAR el desistimiento de la acción de tutela, por lo considerado.

2. ORDÉNASE el levantamiento de la medida provisional decretada en auto del 21 de abril de 2026. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los integrantes de la lista de elegibles resultantes del proceso de selección nro. FGN 2024 / FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS OPECE I-102-M-01 (419), que conforma la lista de elegibles conforme la Resolución nro. 00005 del 29 de enero de 2025.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ SECRETARÍA SALA PENAL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 17 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JONNATHAN FRANCISCO FERNÁNDEZ POLANÍA, con  radicado No. 11001-31-09-024-2025-00290-01,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO. – REVOCAR el fallo proferido el 30 de enero de 2026 por el Juzgado 24 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, mediante el cual se declaró improcedente la acción de tutela promovida por el ciudadano JONNATHAN FRANCISCO FERNÁNDEZ POLANÍA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO. – En su lugar, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al acceso a cargos públicos y al principio de mérito invocados por el ciudadano JONNATHAN FRANCISCO FERNÁNDEZ POLANÍA, de conformidad con las consideraciones precedentes. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a las personas que se inscribieron al cargo denominado PROFESIONAL DE GESTIÓN III, I-108-AP-11-(3), modalidad de ingreso del Concurso de Méritos FGN 2024.

Se informa que el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora VIVIANA ESPERANZA URIBE MEDINA identificada con la C.C. No. 63502190, mediante auto de fecha 22 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los demás integrantes de la lista de elegibles, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C.mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 20 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Jarol Estibens Echeverry Giraldo, con  radicado No. 1100131090372026-00066 01,  ordenó lo siguiente:

« Primero. Confirmar el fallo impugnado. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a las personas que participan en el CONCURSO FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN 2024.

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE VILLAVICENCIO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor KEVIN DAVID ARÉVALO CIFUENTES identificado con la C.C. No. 1010132137, mediante auto de fecha 22 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de a  quienes les asista interés en las resultas de este, a quienes ocupan el cargo en encargo y provisionalidad, y a los participantes que inscritos al concurso de méritos FGN 2024, cargo denominado  asistente de fiscal II – Código I-203-M-01-(679) de la Fiscalía General de la Nación superaron las pruebas escritas, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: tutelas.csepmvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co

El JUZGADO SESENTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DECONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C. en fallo de Primera Instancia de fecha 22 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor DANIEL FERNANDO GÓMEZ GALLEGO con radicado 11001310906320260002800 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO frente a los derechos de petición y debido proceso, en lo que respecta al pronunciamiento de la Unión Temporal frente a la reclamación elevada por Daniel Fernando Gómez Gallego.

SEGUNDO: NEGAR el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y acceso a cargos públicos respecto al cambio de puntaje pretendido por Daniel Fernando Gómez Gallego por las razones expuestas en precedencia.

TERCERO: NOTIFICAR por Secretaría y a través del medio más expedito el contenido del presente fallo de conformidad con el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, indicando que el mismo puede ser impugnado dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-103-M-01-(597) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C.mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 14 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor RICARDO ANDRÉS ESPAÑA PERDOMO, con  radicado No. 110013187011202500248 01,  ordenó lo siguiente:

« Primero: CONFIRMAR el fallo del 8 de enero de 2026, proferido por el Juzgado 11 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá que declaró improcedente el amparo de los derechos invocados por RICARDO ANDRÉS ESPAÑA PERDOMO, contra la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre de Colombia (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los aspirantes al cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Penales del Circuito Especializado.

“El JUZGADO 65 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 15 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora GLORIA PATRICIA ARANGO TAYACK, con  radicado No. 11001310906520260015300,  ordenó lo siguiente:

«(…) SEGUNDO: DECLARAR LA IMPROCEDENCIA de la acción de tutela presentada por el señor GLORIA PATRICIA ARANGO TAYACK, ante la aparente transgresión de sus derechos fundamentales en que habría incurrido la Comisión Especial de Carrera de la FGN de la Universidad Libre de Colombia, acorde a las estimaciones efectuadas sobre el particular al interior de este proveído. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los participantes en el concurso Resolución No. 0012 del 26 de febrero de 2026.

El JUZGADO CUARENTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en fallo de Primera Instancia de fecha 27 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora CARMENZA CASTILLO ROJAS con radicado 2026-0070 ordenó lo siguiente:

“(…) ÚNICO: DECLARAR la improcedencia de la presente acción de tutela presentada por Carmenza Castillo Rojas contra la Fiscalía General de la Nación y la UT Convocatoria FGN2024.

Notifíquese este fallo de la forma más expedita posible, y envíese a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Contra este fallo, procede el recurso de IMPUGNACIÓN (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE A-105-M-09-(1) el cargo de PROFESIONAL EXPERTO.

TUTELA

Descargar

Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE PEREIRA – RISARALDA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la  señora María Jimena Arias Ochoa, identificada con la C.C. No. 1088237998, mediante auto de fecha 21 de abril de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los integrantes de la lista de elegibles resultantes del proceso de selección nro. FGN 2024 / FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS OPECE I-102-M-01 (419), que conforma la lista de elegibles conforme la Resolución nro. 00005 del 29 de enero de 2025, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co

Se informa que el JUZGADO DECIMO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora JOVANNA PATRICIA GARZÓN RAMÍREZ identificada con la C.C. No

 63366778, mediante auto de fecha 21 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de a a quienes les asista interés en las resultas de este, a quienes ocupan el cargo en encargo y provisionalidad, y a las personas que hacen parte de la lista de elegibles, para el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO, identificado con el

código OPECE I-102-M-01- (419), para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co

TUTELA

Descargar

ADMITE

Descargar

VINCULA

Descargar

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO- SALA PENAL PARA ADOLECENTES, en conocimiento de la acción de Tutela  MARIA DEL MAR PORTILLA MONTENEGRO radicada bajo 2026-00012 profirió sentencia de fecha 15 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO. CONFIRMAR la improcedencia del fallo proferido el 16 de febrero de 2026 por el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Pasto (N), conforme la parte motiva de esta providencia.

TUTELA

Descargar

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA- SALA DE CASACION PENAL, en conocimiento de la acción de Tutela ZULLY MARÍA SANDOVAL ÁLVAREZ, radicada bajo 76001220400020250194601 profirió sentencia de fecha 12 de marzo de 2026, en la que RESOLVIÓ:

 Primero. Confirmar la sentencia impugnada.

La SALA QUINTA DE DECISIÓN DE LA SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C en fallo de Segunda Instancia de fecha 20 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora ANGÉLICA CAROLINA RINCÓN QUITIÁN con radicado 46-2026-10036-01 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: CONFIRMAR la Sentencia de Tutela de Primera Instancia, conforme la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes la presente decisión por el medio más expedito.

TERCERO: REMITIR el expediente a la Honorable CORTE CONSTITUCIONAL para efectos de su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

El JUZGADO TREINTA Y TRES (33) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en fallo de Primera Instancia de fecha 15 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor SANTIAGO SUESCA ALARCÓN con radicado 2026-00058-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de amparo deprecada por SANTIAGO SUESCA ALARCÓN contra la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN-2024, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad y seguridad jurídica, conforme a las razones contenidas en la parte motiva de esta sentencia.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta decisión a las partes por el medio más expedito, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, haciéndoles saber que contra la misma procede impugnación en los términos del artículo 31 ibidem.

TERCERO: De no ser impugnado este fallo, REMÍTASE de manera inmediata el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, conforme a lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

Se informa que el JUZGADO OCTAVO (8) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D. C., en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora MISHELL DANIELA VILLAMIZAR FONTECHA, identificada con la C.C. No 1007331119, mediante auto de fecha 17 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a  los terceros con interés legítimo en el Proceso de Selección, en especial para el cargo denominado Asistente de Fiscal I, código I-204-M-01-(347), para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: jadmin08bta@notificacionesrj.gov.co

El JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO SUCRE en fallo de Primera Instancia de fecha 15 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor ANDRÉS DARIO RAMÍREZ PERCY con radicado 2026-1005100 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR LA IMPROCEDENCIA de la presente acción de tutela instaurada por el señor ANDRÉS DARIO RAMÍREZ PERCY en contra de LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y LA UNIVERSIDAD LIBRE, en razón a lo anotado en la parte motiva de este proveído.

SEGUNDO: Notifíquese el presente fallo a las partes por el medio más expedito.

TERCERO: Si esta sentencia no es impugnada, envíese dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DOSQUEBRADAS – RISARALDA en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor Mario Alberto Ramírez Mendoza, identificado con la C.C. No. 9870962, mediante auto de fecha 17 de abril de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los INTEGRANTES DE LA LISTA DE ELEGIBLES PARA PROVEER EL CARGO FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j01cctodosq@cendoj.ramajudicial.gov.co.

JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de Tutela  DEISY TATIANA PATIÑO SERNA radicada bajo 2026-00060x profirió sentencia de fecha 16 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la pretensión de amparo invocadapor DEISY TATIANA PATIÑO SERNA, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024-FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con la vinculación de la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL-FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD LIBRE, por las razones expuestas en la parte motiva.

JUZGADO 28 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÀ, en conocimiento de la acción de Tutela INDIRA ZALIMA SGUERRA CASTAÑEDA radicada bajo 2026-00004 profirió sentencia de fecha 17 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: DECLARAR la improcedencia del amparo invocado por la señora Indira Zalima Sguerra Castañeda. Ello ante el incumplimiento del requisito de subsidiariedad y, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la decisión.

SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes de la presente acción a través del medio más expedito posible, haciéndoles saber que puede ser impugnado dentro de los tres (03) días siguientes a su notificación de conformidad con el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991.

TERCERO: ORDENAR a la UT Convocatoria FGN 2024 para que, en el marco de sus competencias publique la presente providencia en la plataforma SIDCA 3, notificando de esta manera a todos los aspirantes al cargo denominado Profesional Experto I-105-M-02-(1).

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE, en conocimiento de la acción de Tutela ZAMIR MOLINA PIDACHE radicada bajo 2026-00009 profirió sentencia de fecha 16 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: Declarar la carencia actual de objeto por hecho superado, por

las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

El JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CALARCÁ en fallo de Primera Instancia de fecha 16 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor ORIANA SILVA MORENO con radicado 631303187001-2026-00060-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: NEGAR la tutela presentada por la señora ORIANA SILVA MORENO, identificada con cédula de ciudanía No. 1.094.924.227, por las razones indicadas en la parte motiva. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-103-M-01-(597)el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO.

Se informa que el JUZGADO TRECE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela Radicado No.: -2026-00064-00 presentada por VIVIANA MARTINEZ SOLER, ordena publicarla acción constitucional, con el propósito de los participantes inscritos en el empleo denominado FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS, identificado con el código OPECE I-102-M-01-(419), modalidad de INGRESO del Concurso de Méritos FGN 2024, para que, si lo consideran pertinente, expresen su interés dentro del término ordenado en este trámite constitucional, remitiendo sus escritos a la dirección electrónica que se muestra a continuación   j13pcbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de Tutela JEISSON DAVID DE PIÑERES RANGEL  radicada bajo 2026-00019 profirió sentencia de fecha 14 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta, el 16 de febrero del corriente, dentro del trámite de tutela incoado por Jeisson David De Piñeres Rangel contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – UT FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación, al que fueron vinculados la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía encartada, el Coordinador General del respectivo concurso de méritos,  las Universidades Libre y del Magdalena, el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto, y los aspirantes al cargo de Asistente de Fiscal II, identificado con el código -203-3-M-01-(679), de conformidad con lo indicado en las líneas considerativas.

Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS, identificada con la C.C. No 1085925762, mediante auto de fecha 16 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los aspirantes del cargo de ASISTENTE DE FISCAL I, código I-204-M-01-(347), para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co

Videotutoriales - Campus Virtual
Ingreso a plataforma e-Libre
Ver video
Ingreso a la plataforma ECV-Libre
Ver video
Ingreso a UV-Libre
Ver video
Matricula de asignaturas estudiantes Unilibristas
Ver video
Plataforma SIBUL
Ver video
¿Qué es Turnitin?
Ver video
Creación de clases en Turnitin
Ver video
Turnitin: Configuración de ejercicio
Ver video
Turnitin: Entrega rápida
Ver video
Turnitin: Interpretación informe
Ver video