Concurso de Méritos FNG 2024
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Guía de Orientación al Aspirante para la Etapa de Pruebas Escritas
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Se informa que el TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISIÓN PENAL DE MANIZALES en conocimiento de la impugnación, interpuesta por la señora KATHLEEN LEÓN ROSERO, mediante auto de fecha 20 de mayo de 2026 ordena publicar el auto que concede impugnación, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los participantes del empleo denominado ASISTENTE DE FISCAL I código I-204-M-01-(347), para que puedan tener interés en las resultas de la presente acción, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: des01sptscld@cendoj.ramajudicial.gov.co

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR SALA CIVIL – FAMILIA – LABORALmediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 19 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JOEL ANDRES CASTELLANO PARRA, con  radicado No. 20013-40-89-001-2026-00098-01,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia proferida el diecisiete (17) de marzo del dos mil veintiséis (2026), proferida por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Valledupar, conforme la parte motiva de esta providencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los aspirantes del concurso de méritos adelantado por la UT CONVOCATORIA FGN 2024.

“El JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO ORAL CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO – NARIÑOmediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 19 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora DIANA MARÍA VELASCO BOLAÑOS, con  radicado No. 520013333007 2026-00099-00,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO. NEGAR por improcedente esta solicitud de amparo constitucional, propuesta por la señora DIANA MARÍA VELASCO BOLAÑOS en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL FGN 2024, de conformidad con las razones expuestas anteriormente.

SEGUNDO: REQUERIR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, para que se sirva NOTIFICAR esta decisión a los aspirantes al cargo de Asistente de Fiscal II – Código I-203-M-01-(679) del concurso de méritos FGN 2024, adelantado por la Fiscalía General de la Nación. Para tal efecto, deberá PUBLICAR en la página web en la que se encuentran los avisos del referido proceso de selección esta providencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los aspirantes al cargo de Asistente de Fiscal II – Código I-203-M-01-(679) del concurso de méritos FGN 2024.

“El JUZGADO DÉCIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MONTERÍA – CÓRDOBAmediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 15 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Edwin José Rodelo Tapia, con  radicado No. 23001333301020260018300,  ordenó lo siguiente:

«1. Declarar improcedente el amparo constitucional solicitado por el señor Edwin José Rodelo Tapia de conformidad con las razones expuestas en precedencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes inscritos en el empleo denominado  Fiscal Delegado ante Tribunal del Distrito, correspondiente al OPECE I-101-M-01-(44), modalidad de INGRESO del Concurso de Méritos FGN 2024.

Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÒN DE CONOCIMIENTO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D.C.en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor PEDRO NORBERTO FORERO LÓPEZ, identificado con la C.C. No. 7304953, mediante auto de fecha 20 de mayo de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a las personas que conforman la lista de elegibles de la OPECE No. I-102-M-01-(419) en el Concurso de Mérito FGN 2024, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (UN (01)) día, para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: ado01conbt@cendoj.ramajudicial.gov.co.

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA PENAL en Fallo de Segunda Instancia de fecha 20 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor AURELIO REYES ICO con radicado: 110013109017202609197 01 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: CONFIRMAR el fallo de tutela proferido el 25 de marzo de 2026, por el Juzgado Diecisiete Penal del Circuito de Bogotá, en el que declaró improcedente el amparo invocado por AURELIO REYES ICO, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.824.178, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión.

SEGUNDO: INFORMAR que contra esta providencia no procede recurso alguno.

TERCERO: REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-103-M-01-(597) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO.

El JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO FLORENCIA – CAQUETÁ en Fallo de Segunda Instancia de fecha 19 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JAIRO ANDRÉS GARCÍA GONZÁLEZ con radicado: 1800103104003-2026-00074-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por el señor Jairo Andrés García González identificado con la cédula de ciudadanía N° 1.144.089.703, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE ARMENIA, QUINDÍO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor Manuel Guillermo Gómez Gutiérrez, identificado con la C.C. No. 7549721, mediante auto de fecha 19 de mayo de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a quienes hagan parte de la lista de elegibles para el cargo de fiscal delegado ante jueces penales del circuito especializados, del proceso de selección FGN 2024, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (UN (01))  día, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j03lctoarm@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Se informa que el JUZGADO 52 PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C. en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor DIEGO FERNANDO FERREIRA FLÓREZ, mediante auto de fecha 15 de mayo de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los aspirantes al “Concurso de Méritos FGN 2024”, para que puedan tener interés en las resultas de la presente acción, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j52pccbt@cendoj.ramajudicial.gov.co

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA DE DECISIÓN PENAL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 14 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Cristián Eduardo Cárdenas Silva, con  radicado No. 110013109030 2026 00091-01,  ordenó lo siguiente:

« Primero: Confirmar el fallo impugnado. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los aspirantes del concurso de méritos adelantado por la UT CONVOCATORIA FGN 2024 y UT CONVOCATORIA FGN 2024 –UNIVERSIDAD LIBRE “SIDCA” y “SIDCA 3” FISCALIA GEBERAL DE LA NACIÓN.

“El Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Popayán, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 13 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Davey Sebastián Hoyos Tróchez, con  radicado No. 19001-31-03-004-2026-00108-00,  ordenó lo siguiente:

« Primero.- DENEGAR, por improcedente, el amparo constitucional incoado por el señor Davey Sebastián Hoyos Tróchez, identificado con C.C. n.° 1.063.817.986, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN Fiscalía General de la Nación 2024.”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todas las personas que se hayan inscrito al cargo de «asistente de fiscal II, código I-203-M-01-(679)», en el marco del Acuerdo 001 de 2.025.

El TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA DE DECISIÓN PENAL PARA ADOLESCENTES en Fallo de Segunda Instancia de fecha 15 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor DANIEL ESTEBAN BURGOS PATIÑO con radicado: 520013118001-2026-00032-01 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia proferida el 19 de marzo de 2026 por el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes de Pasto, en la cual se declaró la improcedencia de la acción elevada por el ciudadano Daniel Esteban Burgos Patiño, pero, por los argumentos aquí expuestos.

SEGUNDO: NOTIFÍQUESE a las partes en la forma prevista en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.

TERCERO: REMÍTASE el expediente a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión.

CUARTO: ENVÍESE copia de esta providencia al do Primero Penal del Circuito para Adolescentes de Pasto. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO VÉLEZ – SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor CARLOS AUGUSTO RODRÍGUEZ, identificado con la C.C. No. 94481188, mediante auto de fecha 14 de mayo de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los terceros interesados  en el  Concurso de Mérito FGN 2024, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (UN (01))  día, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j02ccvelez@cendoj.ramajudicial.gov.co.

El JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO FLORENCIA CAQUETÁ en Fallo de Primera Instancia de fecha 15 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor LUIS CARLOS RODRIGUEZ ORTEGA con radicado: 18001-31-04-002-2026-00074 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: NEGAR la presente acción de tutela instaurada por el señor LUIS CARLOS RODRIGUEZ ORTEGA, contra la FISCALIA GENERAL DE LA NACION – UNION TEMPORAL CONCURSO FGN 2024 por IMPROCEDENTE, de conformidad a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

 SEGUNDO: NOTIFICAR este fallo a las partes en la forma indicada por el decreto 2591 de 1991, a las partes accionante y accionada.  

TERCERO: En el evento de que esta providencia no fuere impugnada, REMITIR las diligencias a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-102-M-01-(419) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS.

Se informa que el JUZGADO UNDÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora VALENTINA RESTREPO SEPÚLVEDA, mediante auto de fecha 14 de mayo de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los PARTICIPANTES DEL CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024, para que puedan tener interés en las resultas de la presente acción, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: ccto11me@cendoj.ramajudicial.gov.co

“El JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE ZIPAQUIRÁ – CUNDINAMARCA, mediante AUTO QUE ADMITE DESISTIMIENTO, de fecha 08 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor GUSTAVO BARBOSA NEIRA, con radicado No. 25899-31-87-001-2026-00072-00,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento de la acción de tutela de la referencia promovida por GUSTAVO BARBOSA NEIRA en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – SUBDIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO por las razones expuestas. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todas las personas aspirantes al cargo OPECE I-102-M-01-(419) FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO.

“El  Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena Sala de Decisión Penalmediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 06 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor CARLO MAGNO RENTERIA MENDOZA, con  radicado No. 13-001-31-09-005-2026-00033-01,  ordenó lo siguiente:

«PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia proferida el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Cartagena, el 20 de marzo de 2026, que declaró improcedente la acción de tutela promovida por Carlos Magno Rentería Mendoza, pero por las razones expuestas en esta decisión. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los aspirantes a la convocatoria Concurso de Méritos FGN 2024- Fiscal Delegado ante Jueces del Circuito.

Se informa que el JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO – SUCRE, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor HABRAHAM JOSÉ ÁLVAREZ TOSCANO, mediante auto de fecha 15 de mayo de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024, empleo ASISTENTE FISCAL I, modalidad ingreso, para que puedan tener interés en las resultas de la presente acción, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: ccto06sinc@cendoj.ramajudicial.gov.co

“El JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD PALMIRA – VALLE DEL CAUCA, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 06 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Víctor Hugo Bedoya Arias, con  radicado No. 76-520-31-87-002-2026-00039-00,  ordenó lo siguiente:

«Primero: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela promovida por el señor VÍCTOR HUGO BEDOYA ARIAS contra la UT CONVOCATORIA FGN 2024, la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD LIBRE, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes inscritos en el empleo denominado PROFESIONAL DE GESTIÓN II, identificado con el código OPECE I-109-AP-05-(9), modalidad de INGRESO del Concurso de Méritos FGN 2024,.

“El Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Penal Montería-Córdoba, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 05 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora Luisa Fernanda Ruiz Vélez, con  radicado No. 13001311800220260003701,  ordenó lo siguiente:

« 1. Modificar el numeral 1º del resolutivo de la sentencia del 24 de marzo de 2026, proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito para Adolescentes de Cartagena, el cual quedará así:

‘PRIMERO: NEGAR la acción de tutela promovida por la señora LUISA FERNANDA RUIZ VÉLEZ, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN- UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia’. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todas las personas aspirantes AL CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024 MODALIDAD INGRESO, NIVEL TÉCNICO-ASISTENTE DE FISCAL II.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA PENALmediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 05 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor IVÁN ALONSO RODRÍGUEZ ARTEAGA, con radicado No. 11001310902320260005201,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO: confirmar el fallo impugnado. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los terceros indeterminados con interés en la causa.

“El Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Penal Montería-Córdoba, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 05 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora Patricia Mariela Petro Rodríguez, con  radicado No. 23 001 22 04 000 2026 00110 00,  ordenó lo siguiente:

«Primero. – Declarar Improcedente la acción de tutela instaurada por la señora Patricia Mariela Petro Rodríguez contra la Fiscalía General de la Nación, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los aspirantes que integran la lista de elegibles del concurso de méritos FGN-2024 para el cargo identificado con el ID No. 17260.

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN PENAL en Fallo de Segunda Instancia de fecha 08 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor CESAR CAMILO PEÑARANDA BARRERA con radicado: 110013109060202600112 01 (161.26) ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO. CONFIRMAR la decisión emitida el 12 de marzo de 2026 por el Juzgado 60 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá.

SEGUNDO. Contra la presente decisión no proceden recursos.

TERCERO: REMÍTANSE las diligencias a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-202-M-01-(250) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL III.

Se informa que el JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE VILLAVICENCIO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor LUIS ALEJANDRO SERRANO RODRIGUEZ, mediante auto de fecha 12 de mayo de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a la totalidad de los aspirantes que aprobaron la prueba de conocimientos para el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I, código I-204-M-01-(347), en el Proceso de Selección en el concurso de méritos FGN 2024, para que puedan tener interés en las resultas de la presente acción, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: tutelas.csepmvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co

El JUZGADO 007 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NEIVA – HUILA en Fallo de Primera Instancia de fecha 08 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor RAFAEL HERNANDO LOSADA LONDOÑO con radicado: 41001318700720260007200 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo constitucional de la tutela promovida por RAFAEL HERNANDO LOSADA LONDOÑO, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, conforme los motivos expuestos. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-108-AP-10-(6)  el cargo de PROFESIONAL DE GESTIÓN III.

El JUZGADO SEXTO DEL CIRCUITO DE POPAYÁN, CAUCA en Fallo de Primera Instancia de fecha 12 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JUAN MANUEL ARDILA MENZA con radicado: 19001-31-03-006-2026-00111-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el Amparo de Tutela invocado por JUAN MANUEL ARDILA MENZA, por las razones expuestas en el cuerpo motivo de este proveído.

SEGUNDO: ORDENAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, que de manera INMEDIATA publiquen la presente decisión en la página WEB de la entidad.

TERCERO: NOTIFÍQUESE la presente decisión conforme lo establecen los artículos 16 y 30 del Decreto 2591 de 1991, informando a las partes que contra la presente decisión procede la impugnación para ante el superior jerárquico, de conformidad con lo estipulado en el artículo 31 del decreto 2591 de noviembre 19 de 1.991.

CUARTO: Si la presente decisión no es impugnada, REMÌTASE a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora YULIETH ROCIO LINARES RODRÍGUEZ, mediante auto de fecha 06 de mayo de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a las personas participantes de la Convocatoria FGN 2024 que concursan para el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I, código I-204-M-01-(347), para que puedan tener interés en las resultas de la presente acción, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j02pepas@cendoj.ramajudicial.gov.co

El TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER en Auto de Desistimiento de fecha 8 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora VIVIANA ESPERANZA URIBE MEDINA con radicado 680012333000-2026-00261-00 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero: Aceptar el desistimiento de la acción de tutela presentada por la señora Viviana Esperanza Uribe Medina, con fundamento en las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

Segundo: Notificar la presente providencia por el medio más expedito o en la forma señalada en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.

Tercero: En caso de no ser impugnada la anterior decisión, remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-102-M-01-(419) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS.

El JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE PEREIRA, RISARALDA en fallo de Primera Instancia de fecha 11 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora MARÍA FERNANDA SEPÚLVEDA DÍAZ con radicado 66001-4003-001-2026-00363-01 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero: Se confirma el fallo, el fallo de primera instancia, proferido el 26 de marzo de 2026, por el Juzgado Primero Civil Municipal de Pereira – Risaralda, en esta acción de tutela promovida por la señora María Fernanda Sepúlveda Díaz en contra de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024-UT FGN 2024.

Segundo: Notificar la presente sentencia de la manera más ágil posible a los sujetos procesales y al Juzgado de primera instancia.

Tercero: Remitir a la Corte Constitucional para una eventual selección para revisión, los folios correspondientes, a través de la plataforma electrónica implementada para tal fin. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

TUTELA

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Se informa que el JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el  señor EDWIN MANUEL BARRIOS FONTALVO, identificado con la C.C. No. 7675399, mediante auto de fecha 11 de mayo de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los participantes del empleo de carrera administrativa denominado “Asistente de Fiscal IV – Código de Empleo I-201-M-01-(250)”, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co.

El JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en fallo de Primera Instancia de fecha 06 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor CRISTIAN JAVIER PEREIRA PULIDO con radicado 110013109003-2026-00098 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO. DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela promovida por el señor CRISTIAN JAVIER PEREIRA PULIDO contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – DIRECCIÓN EJECUTIVA – SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-102-M-01-(419) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS.

“El JUZGADO TREINTA Y NUEVE (39) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C.mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 05 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora OMAIRA PERDOMO APONTE, con radicado No. 2026 – 059, ordenó lo siguiente:

« PRIMERO: DENEGAR el amparo de los derechos constitucionales fundamentales reclamados mediante acción de tutela por OMAIRA PERDOMO APONTE, conforme a las consideraciones precedentes. (…)”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes del concurso FGN – 2024.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA SALA PENAL DE DECISIÓN N°1, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 30 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora ÁNGELA MARCELA DANGONG MÓVIL, con radicado No. 5400131-07-004-2026-00231-01, ordenó lo siguiente:

« PRIMERO: CONFIRMAR la decisión de fecha y origen señalados, por las razones expuesta en la presente providencia. (…)”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los aspirantes que se encuentran participando en el empleo Asistente de Fiscal IV identificado con el código OPECE I-201-M-01-(250).

NOTIFICACION

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“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA PENAL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 28 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Carlos Andrés Alonso Alvarado, con radicado No. 11001 31 09 004 2026 00044 01,  ordenó lo siguiente:

«PRIMERO. Confirmar el fallo de tutela emitido el 12 de febrero de 2026 por el Juzgado 4° Penal del Circuito de Bogotá. (…)”.

Adicionalmente, por medio de auto de notificaciones, proferido el 05 de mayo de 2026, indica:

            “Respetados señores (…)

PERSONAS QUE ESTÁN EN LA LISTA DE ELEGIBLES PARA EL CARGO “FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS” CÓDIGO I-104-M-01-(448) EN EL CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2025 ( NOTIFICADAS MEDIANTE LA UNIVERSIDAD LIBRE Y LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN )

(…)

Comedidamente me permito NOTIFICARLE DE DECISION, proferida por la Sala de Decisión Penal presidida por la H. Magistrada de la Sala Penal del Tribunal de Bogotá. (…)”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a las PERSONAS QUE ESTÁN EN LA LISTA DE ELEGIBLES PARA EL CARGO “FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS” CÓDIGO I-104-M-01-(448) EN EL CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2025 ( NOTIFICADAS MEDIANTE LA UNIVERSIDAD LIBRE Y LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN ).

NOTIFICACION

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“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D. C. SALA PENAL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 04 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Jaime Alberto Sierra Cotes, con radicado No. 110013109048202600055 01,  ordenó lo siguiente:

«Primero: Modificar el fallo de tutela proferido el 18 de marzo de 2026 por el Juzgado 48 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, en el sentido de ordenar a la Subdirección de Talento Humano de la Fiscalía General de la Nación, que en el término de 48 horas contados a partir de la notificación de esta decisión, emita una respuesta en la que resuelva de fondo, de manera precisa y congruente sobre la ubicación geográfica de los cargos de asistente fiscal III referidos en la petición presentada por Jaime Alberto Sierra Cotes y las fiscalías a las que se encuentran asignados, conforme a lo expuesto en precedencia.”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a las personas que ostentan la condición de elegibles y participantes en la convocatoria pública abierta por el Acuerdo No. 001 de 2025 modalidad ingreso para proveer en vacancia definitiva el empleo de carrera administrativa ASISTENTE DE FISCAL III nivel Técnico Código I-202-M-01-(250).

Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE ORALIDAD DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA N.S., en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora SANDRA PATRICIA CONTRERAS VARGAS, mediante auto de fecha 07 de mayo de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los terceros que se consideren con interés legítimo en este trámite constitucional pertenecientes al Proceso de Selección, cargo ASISTENTE DE FISCAL I código I-204-M-01-(347), para que puedan tener interés en las resultas de la presente acción, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: : jfamcu4@cendoj.ramajudicial.gov.co

El JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE VILLAVICENCIO en fallo de Primera Instancia de fecha 06 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor KEVIN DAVID ARÉVALO CIFUENTES con radicado 50 001 31 87 002 2026 00028 00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: Declarar improcedente esta acción de tutela.

SEGUNDO: Notifíquese esta decisión a las partes, por el medio más expedito.

TERCERO: De no ser impugnada, envíese la actuación a la Corte Constitucional, dentro del término previsto en el Decreto 2591 de 1991, artículo 31, inciso segundo, para su eventual revisión.

Contra esta sentencia procede la impugnación ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio – Sala de Decisión Penal – dentro de los tres días siguientes a su notificación (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-203-M-01-(679)  el cargo de ASISTENTE DE FISCAL II.

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA, SALA DE ASUNTOS PENALES PARA ASOLESCENTES, SALA SEXTA DE DECISIÓN en fallo de Segunda Instancia de fecha 05 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor RODRIGO ALBERTO RESTREPO REYES con radicado 08001311800120260002401 ordenó lo siguiente:

“(…) En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en Sala Sexta de Decisión de Asuntos Penales para Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, resuelve CONFIRMAR el fallo de fecha y procedencia conocida.

Notifíquese a los involucrados, por el medio más expedito y eficaz, según lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. Toda comunicación relativa a este sumario deberá remitirse a la dirección electrónica de la secretaría de esta Corporación: secpenbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se ordena a la autoridad accionada que anexe copia de la presente decisión al expediente objeto de análisis. Remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-102-M-01-(419) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS.

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO EN VILLAVICENCIO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora ARALY GONZÁLEZ GONZÁLEZ, identificada con la C.C. No. 55158544, mediante auto que vincula de fecha 06 de mayo de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los terceros con interés legítimo, es decir, los aspirantes que integran las listas de elegibles para el cargo con ID 18098, dentro del Concurso de Méritos FGN 2024, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j02pctoadovcio@cendoj.ramajudicial.gov.co.

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN PENAL en fallo de Primera Instancia de fecha 05 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora MARÍA INÉS COLLANTE TRIGOS con radicado 110013109049202600007 02 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero. Confirmar el fallo de tutela proferido el veintisiete (27) de enero de dos mil veintiséis (2026), por el Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá.

Segundo. Notificar la presente decisión en los términos establecidos en el Decreto 2591 de mil novecientos noventa y uno (1991), y, la Ley 2213 de dos mil veintidós (2022). Cumplido lo anterior, envíense las diligencias a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-203-M-01-(679) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL II.

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITOFLORENCIA – CAQUETÁ, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor LUIS CARLOS RODRIGUEZ ORTEGA identificado con la C.C. No. 1032356973, mediante auto de fecha 07 de mayo de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los participantes del empleo de carrera administrativa denominado “Fiscal Delegado ante Jueces Penales del Circuito Especializados”, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: jpencfl2@cendoj.ramajudicial.gov.co

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR SALA SEXTA DE DECISIÓN CIVIL – FAMILIA – LABORAL en fallo de Segunda Instancia de fecha 05 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JAIME ALBERTO SIERRA COTES con radicado 20001-31-03-004-2026-00044-01 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Valledupar-Cesar, el cinco (5) de marzo de dos mil veintiséis (2026), conforme a la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: NOTIFICAR lo decidido a las partes por el medio más expedito.

TERCERO: REMÍTASE la actuación a la Corte Constitucional, para su eventual revisión (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-202-M-01-(250) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL III.

Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO ORAL CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO – NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora DIANA MARÍA VELASCO BOLAÑOS, identificada con la C.C. No. 1085313574, mediante auto de fecha 07 de mayo de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los aspirantes al cargo de Asistente de Fiscal II – Código I-203-M-01-(679) del concurso de méritos FGN 2024, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: adm07pas@cendoj.ramajudicial.gov.co.

El TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI, SALA DE FAMILIA en fallo de Segunda Instancia de fecha 06 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor KEVIN ALEJANDRO RANGEL VELÁSQUEZ con radicado 76 001 31 10 011 2026 00115 01 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia No. 056 del 17 de marzo de 2026, proferida por el Juzgado Once de Familia de Oralidad Cali, dentro de la acción de tutela instaurada por Kevin Alejandro Rangel Velásquez contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, por las razones vertidas en el cuerpo de este proveído. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITIO JUDICIAL DE MONTERÍA, SALA SEGUNDA CIVIL-FAMILIA Y LABORAL en fallo de Primera Instancia de fecha 30 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JOSÉ MIGUEL ARGUMEDO OTERO con radicado 23-555-31-84-001-2026-00049-01 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: CONFIRMAR el fallo de naturaleza, fecha y origen indicados en el pórtico de esta decisión, conforme a lo dicho en la parte motiva de esta sentencia.

SEGUNDO: Comuníquese a los interesados y al juzgado de primera instancia, en la forma establecida en el artículo 32 del Decreto 2591de 1991.

TERCERO: Remítase oportunamente, el expediente a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión. (Artículo 31 – inciso 2° -Decreto 2591 de 1991) (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-202-M-01-(250) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL III.

El JUZGADO CUARENTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en fallo de Primera Instancia de fecha 09 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora FLOR PATRICIA RODRÍGUEZ CHÁVEZ con radicado 2026-0123 ordenó lo siguiente:

“(…) ÚNICO: DECLARAR la improcedencia de la presente acción de tutela presentada por Flor Patricia Rodríguez Chávez contra la Fiscalía General de la Nación, la Universidad Libre y la UT Convocatoria FGN 2024 y a la cual se vinculó a los integrantes de la lista de elegibles del cargo Asistente a Fiscal I.

Notifíquese este fallo de la forma más expedita posible, y envíese a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Contra este fallo, procede el recurso de IMPUGNACIÓN (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO FLORENCIA – CAQUETÁ, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor JAIRO ANDRÉS GARCÍA GONZÁLEZ identificado con la C.C. No. 1144089709, mediante auto de fecha 06 de mayo de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los aspirantes y demás interesados tengan conocimiento de la solicitud de protección constitucional, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: jpencfl3@cendoj.ramajudicial.gov.co

Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE ZIPAQUIRÁ – CUNDINAMARCA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor GUSTAVO BARBOSA NEIRA, identificado con la C.C. No. 80095518, mediante auto de fecha 05 de mayo de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a todas las personas aspirantes al cargo OPECE I-102-M-01-(419) FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: jepmszip@cendoj.ramajudicial.gov.co.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA – BOLÍVARmediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 28 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor PEDRO MANUEL GUERRERO TORRES, con radicado No. 13001310501020251005001,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia proferida el siete (13) de marzo de dos mil veintiséis 2026 por el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Cartagena dentro de la acción de tutela instaurada por PEDRO MANUEL GUERRERO TORRES, en nombre propio contra FISCALIA GENERAL DE LA NACION Y UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 de conformidad con las anotaciones dadas en precedencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado “Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y Promiscuos, identificado con el código OPECE No. I-104-M-01-(448).

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA PRIMERA DE DECISIÓN DE FAMILIA, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 27 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Heraldo Efrain Burbano Castillo, con  radicado No. 0526631100022026010701,  ordenó lo siguiente:

«PRIMERO.- Confirmar la sentencia del 10 de marzo de los corrientes, por el Juzgado Segundo de Familia de Envigado, en la acción de tutela incoada por Heraldo Efraín Burbano Castillo en contra de la Fiscalía General de la Nación, la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, la Universidad Libre y la Comisión de Carrera de la Fiscalía General de la Nación, por las razones apuntaladas en el cuerpo de esta decisión. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los INTEGRANTES DE LA LISTA DE ELEGIBLES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CONVOCATORIA FGN 2024 SIDCA 3 ASPIRANTES AL CARGO FISCAL DELEGADO ANTE TRIBUNAL DE DISTRITO.

“El JUZGADO TRECE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTODE BUCARAMANGA – SANTADER, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 29 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora Viviana Martínez Soler, con  radicado No. 680013109013 2026 00064 00,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO – DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo invocado por VIVIANA MARTÍNEZ SOLER contra la SUBDIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, al no acreditarse el requisito de subsidiariedad de la acción de tutela, conforme a lo expuesto en precedencia.

SEGUNDO. ORDÉNESE a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación y a la UT Convocatoria FGN 2024 que publiquen el presente auto admisorio y el escrito de tutela en sus páginas web oficiales, y alleguen prueba de su cumplimiento. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes inscritos en el empleo denominado FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS, identificado con el código OPECE I-102-M-01-(419), modalidad de INGRESO del Concurso de Méritos FGN 2024.

El JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO en fallo de Primera Instancia de fecha 04 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor MARIO ANDRÉS ALDANA BAUTISTA con radicado 500013103002 2026 00101 00 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero: Declarar la improcedencia de la acción de tutela presentada por Mario Andrés Aldana Bautista contra la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre de Colombia.

Segundo: Desvincular la UT Convocatoria FGN 2024 y a todas las personas aspirantes al cargo I-104-M-01-(448) FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS.

Tercero: Ordenar que esta sentencia se notifique por el medio más expedito y se remita a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-104-M-01-(448) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS.

El JUZGADO DÉCIMO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA en fallo de Primera Instancia de fecha 04 de mayo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora JOVANNA PATRICIA GARZÓN RAMÍREZ con radicado 680013333010 2026 00135-00 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero: DECLARAR improcedente la acción de tutela de la referencia presentada por JOVANNA PATRICIA GARZÓN RAMÌREZ, ante la carencia actual de objeto por hecho superado de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.

Segundo: NOTIFÍQUESE el presente fallo por el medio más expedito o en la forma señalada en el artículo 30 del decreto 2591 de 1991.

Tercero: Si no fuere impugnada esta providencia, dentro del término legal REMITIR ante la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión, y una vez devuelto procédase a su archivo. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-102-M-01- (419) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO.

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA DE DECISIÓN PENAL en fallo de Segunda Instancia de fecha 28 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor MAURICIO CRUZ JOYA con radicado: 110013109039202600078-01 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero: Confirmar el fallo de primera instancia.

Segundo: Oportunamente, envíese la actuación a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-101-M-01-(44) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE TRIBUNAL DEL DISTRITO.

Se informa que el JUZGADO 007 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NEIVA – HUILA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor RAFAEL HERNANDO LOSADA LONDOÑO identificado con la C.C. No. 7723949, mediante auto de fecha 29 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los aspirantes y demás interesados tengan conocimiento de la solicitud de protección constitucional, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j07epmsnva@cendoj.ramajudicial.gov.co

El JUZGADO OCTAVO (8) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D. C. –SECCIÓN SEGUNDA – en fallo de Primera Instancia de fecha 30 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora MISHELL DANIELA VILLAMIZAR FONTECHA con radicado: 11001-33-35-008-2026-000157-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO. – Declarar improcedente la acción de tutela incoada por la señora Mishell Daniela Villamizar Fontecha, contra la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – UT FGN 2024, respecto de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, acceso a cargos públicos de carrera administrativa, así como al principio de confianza legítima; por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO. – Reconocer personería al doctor Diego Hernán Fernández Guecha, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.188.619 y portador de la T.P. No. 176.312 del C. S. de la J., para actuar en calidad de apoderado de la Unión Temporal Convocatoria FGN, en los términos y para los efectos del poder a él conferido.

TERCERO. – Notificar a la fiscal general de la Nación, al representante legal de la UT Convocatoria FGN 2024, o a quienes hagan sus veces, y a la tutelante, por el medio más expedito, en el término previsto por el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.

CUARTO. – Si este fallo no fuere impugnado, por secretaría envíese el expediente al día siguiente a la Corte Constitucional, para efectos de su eventual revisión, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto 2591 de 1991 y una vez concluido dicho trámite archívese el expediente dejando las constancias del caso. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

“El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá Sala Penal, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 29 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JAVIER ORLANDO PACHECO CALVO, con  radicado No. 110013187018202500208 02,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO: CONFIRMAR el fallo de tutela del 10 de marzo de 2026, proferido por el Juzgado Dieciocho de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá en el que declaró improcedente el amparo deprecado por JAVIER ORLANDO PACHECO CALVO, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.983.426, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes que se encuentran aspirando al cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO II, identificado con la OPECE No. I-106-AP-09-(8).

“El Tribunal Administrativo de Nariño Sala Primera de Decisión, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 27 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JORGE JAVIER AYOS JULIO, con  radicado No. 52001333300320260004601,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO: REVOCAR la sentencia proferida el 13 de marzo de 2026 por el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Pasto, mediante la cual se declaró la improcedencia por temeridad. En su lugar, NEGAR POR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por el señor Jorge Javier Ayos Julio contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los aspirantes al cargo de Asistente de Fiscal II, Código I-203 – Modalidad de ingreso dentro de la Convocatoria FGN 2024.

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN PENAL en fallo de Segunda Instancia de fecha 28 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora YENIZABETH NAIZAQUE RAMÍREZ con radicado: 110013107011202600043 01 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero: CONFIRMAR la sentencia impugnada, conforme a lo anotado ut supra.

Segundo: ADVERTIR que contra lo resuelto no proceden recursos.

Tercero: REMITIR las diligencias a la Corte Constitucional para su eventual revisión (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-103-M-01-(597) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO.

Se informa que el JUZGADO SEXTO LABORAL DEL CIRCUITO MEDELLÍNen conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor Gerardo Mauricio Arango Zuleta, identificado con la C.C. No. 71707395, mediante auto de fecha 21 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los terceros con interés legítimo en el  Concurso de Mérito FGN 2024.

“El Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto – Nariño, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 27 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por LUIS FERNANDO LONDOÑO COLORADO ANGIE STEFANÍA PANTOJA CUASANCHIR CAMILO ANDRÉS CAMACHO RODRÍGUEZ, con  radicado No. 52001-33-33-009-2026-00082-00,  ordenó lo siguiente:

« CAURTO: NOTIFÍQUESE esta providencia a las partes de conformidad con el Artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.

Para la notificación de los actuales aspirantes al cargo de Asistente de Fiscal I, código I 204-M-01-(347) del concurso de méritos FGN 2024, adelantado por la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a todos los terceros interesados en la misma, se ORDENA a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, inmediatamente sean notificados, publiquen el presente fallo en la página WEB de la entidad y a través del medio que se haya dispuesto para comunicaciones.  (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a actuales aspirantes al cargo de Asistente de Fiscal I, código I 204-M-01-(347) del concurso de méritos FGN 2024.

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D. C. – SALA DE ASUNTOS PENALES PARA ADOLESCENTES – en fallo de Segunda Instancia de fecha 21 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor HENRY YECID SÁNCHEZ SAAVEDRA con radicado:  110013118004202600023 01 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero: CONFIRMAR el fallo del 13 de febrero de 2026, proferido por el Juzgado 4 Penal del Circuito para Adolescentes de Bogotá que declaró improcedente el amparo de los derechos invocados por HENRY YECID SÁNCHEZ SAAVEDRA, contra la Fiscalía General de la Nación, Universidad Libre de Colombia y Unión Temporal Convocatoria FGN 2024.

Segundo: NOTIFICAR la presente determinación de conformidad al artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-103-M-01-(597) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO.

Se informa que el JUZGADO DÉCIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MONTERÍA, en conocimiento de la acción de tutela Radicado No.: -2026-00183-00 presentada por Edwin José Rodelo Tapia, ordena publicarla acción constitucional, con el propósito de los participantes inscritos en el empleo denominado  Fiscal Delegado ante Tribunal del Distrito, correspondiente al OPECE I-101-M-01-(44), modalidad de INGRESO del Concurso de Méritos FGN 2024, para que, si lo consideran pertinente, expresen su interés dentro del término ordenado en este trámite constitucional, remitiendo sus escritos a la dirección electrónica que se muestra a continuación   jadm10mon@cendoj.ramajudicial.gov.co

Se informa que el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO POPAYÁN – CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor DAVEY SEBASTIAN HOYOS TRÓCHEZ, identificado con la C.C. No. 1063817986, mediante auto de fecha 30 de abril de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a todas las personas que se hayan inscrito al cargo de «asistente de fiscal II, código I-203-M-01-(679)», en el marco del Acuerdo 001 de 2.025, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j04ccpayan@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Se informa que el JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO POPAYÁN, CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor JUAN MANUEL ARDILA MENZA identificado con la C.C. No. 11079412803, mediante auto de fecha 29 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los ASPIRANTES AL CARGO DE ASISTENTE DE FISCAL I, CÓDIGO I-204-M-01-(347) del concurso de méritos FGN 2024, adelantado por la Fiscalía General de la Nación, así como también a terceros interesados en la misma, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j06ccpayan@cendoj.ramajudicial.gov.co.

TUTELA

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RESUELVE

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AUTO

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El JUZGADO SEXTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA en fallo de Primera Instancia de fecha 24 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora LAUREN TORRALVO JIMENEZ con radicado: 08-001-31-09-006-2026-00045-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela promovida por la señora LAUREN MARÍA TORRALVO JIMÉNEZ contra la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, la UNIVERSIDAD LIBRE en asocio con TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S. y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: NOTIFÍQUESE esta decisión a las partes por el medio más expedito y eficaz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991 (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-103-M-01-(597) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO.

“El JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE DOSQUEBRADAS, RISARALDA, mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 28 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Mario Alberto Ramírez Mendoza, con radicado No. 66170-31-03-001-2026-00146-00, ordenó lo siguiente:

«PRIMERO: NEGAR la acción de tutela impetrada por el señor MARIO ALBERTO RAMÍREZ MENDOZA, actuando en nombre propio, en contra de la SUBDIRECCION NACIONAL DE TALENTO HUMANO y LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, al no encontrarse vulneración alguna de derechos por parte de las accionadas. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los INTEGRANTES DE LA LISTA DE ELEGIBLES PARA PROVEER EL CARGO FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS.

El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL – FAMILIA en fallo de Segunda Instancia de fecha 24 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora ERIKA XIOMARA PORRAS GARZÓN con radicado 151763110001202600069– 01 (2026-0280) ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: CONFIRMAR el fallo proferido el 6 de marzo de 2026 por el JUZGADO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CHIQUINQUIRÁ, por lo edificado por esta Superioridad.

SEGUNDO: NOTIFICAR por el medio más expedito lo aquí resuelto, conforme las previsiones del artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.

TERCERO: Disponer el envío del expediente a la Corte Constitucional para su eventual Revisión. Déjense las constancias de rigor. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

El JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MANIZALES en fallo de Primera Instancia de fecha 27 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS con radicado 17-001-33-39-006-2026-00147-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, acceso a cargos públicos en condiciones de mérito y confianza legítima invocados por la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS, identificada con C.C. 1.085.925.762, ante la falta de configuración del requisito de procedibilidad de subsidiariedad para la presente acción de tutela.

SEGUNDO: NO TUTELAR el derecho de fundamental de petición invocados por la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS, identificada con C.C.1.085.925.762, por las razones expuestas en precedencia.

TERCERO: INSTAR a la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS para que consulte en el aplicativo web SIDCA3 la respuesta a la petición por ella interpuesta el 22 de febrero de 2026.

CUARTO: NOTIFÍQUESE este fallo a las partes intervinientes por el medio más expedito (art. 30 Decreto 2591/91), haciéndoles saber que el mismo es susceptible de impugnación, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de este fallo (art. 31 ibídem).

QUINTO: REMÍTASE este expediente a la Honorable Corte Constitucional para la eventual revisión de la sentencia, en caso de que la misma no sea impugnada (art. 31 inciso 2º Decreto 2591/91). (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-203-M-01-(679) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL II.

JUZGADO DIECISIETE PENAL DEL CIRCUITO FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SANTIAGO DE CALI, en conocimiento de la acción de Tutela  JULIANA LENIS PANESSO radicada bajo 2026-00064-00 profirió auto de fecha 27 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la acción de tutela instaurada por la señora  Juliana Lenis Panesso en contra de Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal  Convocatoria FGN 2024, de conformidad con las razones expuestas en precedencia.

SEGUNDO: NOTIFÍQUESE esta providencia en la forma ordenada por el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. Asimismo, ORDENAR a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION –UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL y a la UNIVERSIDAD LIBRE, que a través del aplicativo digital dispuesto para tal fin y a través del correo electrónico procedan a la publicación y notificación inmediata de la presente decisión, en especial a las demás personas inscritas en el “Concurso de Méritos FGN 2024, convocado por la Fiscalía General de la Nación, para proveer el cargo denominado Asistente de Fiscal II – Código I-203-M-01-(679)”.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL – FAMILIA,mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 17 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Rouald Fernando Martínez González, con  radicado No. 150013153004-2025-00327-00,  ordenó lo siguiente: 

« PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia del 03 de marzo de 2026, proferida por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Tunja, por la cual se declaró improcedente el amparo constitucional invocado por el señor Rouald Fernando Martínez González, en contra de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación. (…)”. 

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado ASISTENTE DE FISCAL IV, identificado con el código OPECE No. I-201-M-01-(250).  

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de Tutela  AURELIO REYES ICO radicada bajo 2026 – 00052 profirió auto de fecha 22 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: NEGAR la medida provisional deprecada por AURELIO REYES ICO identificado con la cédula de ciudadanía número 5.824.178, en atención a lo anotado en la parte considerativa de este auto.

TUTELA

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“El Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bucaramanga Sala Quinta de Decisión Laboral, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 23 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JUAN DAVID VEGA SANMARTIN, con radicado No. 68-001-31-05-004-2026-10026-01, ordenó lo siguiente:

PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia proferida el 11 de marzo de 2026 por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bucaramanga, en la acción de tutela incoada por Juan David Vega Sanmartín contra Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FNG 2024, conforme a las razones dadas en precedencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos y cada uno de los participantes del concurso de méritos de la FGN 2024 postulados al cargo de secretario Administrativo I, Código I-303-M-01-(67).

TUTELA

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“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 20 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JAIME ALEJANDRO GUTIÉRREZ GÓMEZ, con  radicado No. 1100131870252026 00044 01,  ordenó lo siguiente:

«PRIMERO. Confirmar la sentencia proferida el 6 de febrero de 2026 por el Juzgado 25 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, por lo anotado en precedencia. (…)”.

Adicionalmente, por medio del auto que notifica el fallo de segunda instancia, se ordena lo siguiente:

«(…) De otra parte, por intermedio de la COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE, se solicita publicar el fallo en comento en la página web dispuesta para tal fin. «

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los terceros interesados.

CONFIRMA

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El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN PENAL en fallo de Segunda Instancia de fecha 22 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora DIANA PATRICIA FUENTES FARFÁN con radicado 110013109004202600053 01 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero. Confirmar la sentencia de tutela proferida el 17 de febrero de 2026 por el Juzgado 4º Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá.  

Segundo. En firme esta decisión, remítanse las diligencias a la Corte Constitucional para su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-203-M-01-(679) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL II.

CONFIRMA

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Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor CRISTIAN JAVIER PEREIRA PULIDO identificado con la C.C. No. 1030542433, mediante auto de fecha 24 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los integrantes de la lista de elegibles correspondiente al cargo de Fiscal delegado ante Jueces Penales del Circuito Especializado, identificado con el código OPECE No. I-102-M-01-(419), para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA HABIL, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j03pccbt@cendoj.ramajudicial.gov.co

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor MARIO ANDRÉS ALDANA BAUTISTA identificado con la C.C. No. 80229404, mediante auto de fecha 24 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a  todas las personas aspirantes al cargo I-104-M-01-(448) FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: jccto02vvc@notificacionesrj.gov.c

JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de Tutela  SHAMIR EDUARDO SANTOS FLÓREZ radicada bajo 2026-10095-00 profirió sentencia de fecha 24 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por el accionante SHAMIR EDUARDO SANTOS FLÓREZ, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

SENTENCIA

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JUZGADO PRIMERO PENAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÒN DE CONOCIMIENTO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D.C, en conocimiento de la acción de Tutela  YESENIA CORTES AVILA radicada bajo 2026-00083-00 profirió sentencia de fecha 22 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: NEGAR la acción de tutela invocada por la señora YESENIA CORTES AVILA, atendiendo las razones expuestas en la parte considerativa de esta decisión.

SEGUNDO: NOTIFICAR este proveído de acuerdo con lo normado en los artículos 16 y 30 del Decreto 2591 de 1991.

TERCERO: Contra esta decisión procede la impugnación ante la Sala Mixta de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior de Bogotá en los términos del artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, la cual deberá ser tramitada por intermedio del Centro de Servicios Judiciales de los Juzgados Penales para Adolescentes.

TUTELA

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TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de Tutela  ANDRÉS FELIPE VÁSQUEZ SIBAJA radicada bajo 2026-00048 profirió sentencia de fecha 20 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: MODIFICAR el fallo de tutela de 17 de febrero de 2026, proferido por  el Juzgado Cincuenta y Seis Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, en el único sentido de declarar improcedente el amparo deprecado por ANDRÉS FELIPEZ VÁSQUEZ SIBAJA, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.066.180.121, por las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión.

SEGUNDO: INFORMAR que contra esta providencia no procede recurso alguno.

SENTENCIA

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Se informa que el JUZGADO 39 PENAL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora OMAIRA PERDOMO APONTE, identificada con la C.C. No. 51881670, mediante auto de nulidad de fecha 21 de abril de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a LOS PARTICIPANTES DEL CONCURSO FGN – 2024, para que, si así lo consideran, puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (VEINTICUATRO (24)) horas, para que puedan remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j39pccbt@cendoj.ramajudicial.gov.co 

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de Tutela  RAFAEL EDUARDO MARTINEZ MENDOZA radicada bajo 2025-00427 profirió sentencia de fecha 22 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

Primero: MODIFICAR la sentencia proferida el veintitrés (23) de febrero de dos mil veintiséis (2026) por el Juzgado Segundo de Familia del Circuito de Valledupar, en el sentido de DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

Segundo: NOTIFICAR este fallo por un medio ágil y envíese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

TUTELA

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Se informa que el Tribunal Superior del Distrito Judicial, Sala Penal Sala Primera de Decisión Constitucional de Montería, Córdoba, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora Patricia Mariela Petro Rodríguez, identificada con la C.C. No. 34992264, mediante auto de fecha 24 de abril de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los aspirantes que integran la lista de elegibles del concurso de méritos FGN-2024 para el cargo identificado con el ID No. 17260, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: sectribsupspmon@cendoj.ramajudicial.gov.co

El TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER en fallo de Segunda Instancia de fecha 22 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JAIRO ALBERTO ABRIL CORZO con radicado 680013333-001-2026-00081-01 ordenó lo siguiente:

“(…) Primero: Confirmar la sentencia de primera instancia proferida el 20 de marzo de 2026 por el Juzgado Primero Administrativo de Bucaramanga que declaró la improcedencia de la acción de tutela.

Segundo: Notificar el presente fallo por el medio más expedito o en la forma señalada en el Art. 30 del Decreto 2591 de 1991.

Tercero: Remitir por la Secretaría de la Corporación el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, una vez ejecutoriada esta decisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-104-M-01-(448) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA PRIMERA DE DECISIÓN PENAL SALA PENAL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 18 de marzo de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Roger Augusto Ávila Soto, con  radicado No. 08001318700520250009201,  ordenó lo siguiente:

«PRIMERO: CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla en fecha 06 de enero de 2026, dentro de la acción de tutela de la referencia, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de esta providencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los participantes de la convocatoria de Concurso de Méritos del Concurso de Méritos Fiscalía General de la Nación 2024, en la modalidad de ingreso, identificado con ID de inscripción 116997. Postulado al cargo: Técnico II, OPECE Código I 206-M-01-(130), correspondiente al proceso o subproceso de Investigación y Judicialización.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA DE DECISIÓN CIVIL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 15 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora Carmen Lucía Perdomo Genes, con  radicado No. 11001 3103 011 2026 00118 01,  ordenó lo siguiente:

« En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Séptima de Decisión Civil, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia que el Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogotá profirió el 24 de marzo de 2026, con el que denegó el amparo que reclamó Carmen Lucía Perdomo Genes contra la Unión Temporal Convocatoria FGN (y otros). (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado “Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y promiscuos”, inscritos en la CONVOCATORIA FGN-2024.

Se informa que el JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO DE PASTO – NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela Radicado No.: 2026-00059-00 presentada por JUAN PABLO CORREDOR LOPEZ, resolvió en auto del 9 de abril de 2026 lo siguiente:

PRIMERO.- SIN LUGAR A ACLARAR O ADICIONAR el fallo de tutela del 7 de abril de  2026, proferido dentro de la presente acción constitucional, por las razones expuestas.

SEGUNDO.- La presente decisión se notificará en estados electrónicos de conformidad con el artículo 201 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 2021.

TUTELA

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“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 13 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora Marly Isabel Cuellar Mora, con  radicado No. 73001-31-09-004-2026-00019-01,  ordenó lo siguiente:

«Primero: Confirmar la sentencia proferida el veintitrés (23) de febrero de dos mil veintiséis (2026) por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué, mediante la cual se declaró improcedente la acción de tutela promovida por Marly Isabel Cuellar Mora, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los concursantes inscritos para el empleo denominado Fiscal Delegado Ante Jueces municipales y promiscuos, identificado con el código OPECE No. I-104-M-01-(448).

“El JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE PEREIRA – RISARALDA, mediante AUTO QUE ACEPTA DESISTIMIENTO, de fecha 22 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora María Jimena Arias Ochoa, con  radicado No. 66001-33-33-001-2026-00166-00,  ordenó lo siguiente:

« 1. ACEPTAR el desistimiento de la acción de tutela, por lo considerado.

2. ORDÉNASE el levantamiento de la medida provisional decretada en auto del 21 de abril de 2026. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los integrantes de la lista de elegibles resultantes del proceso de selección nro. FGN 2024 / FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS OPECE I-102-M-01 (419), que conforma la lista de elegibles conforme la Resolución nro. 00005 del 29 de enero de 2025.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ SECRETARÍA SALA PENAL, mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 17 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor JONNATHAN FRANCISCO FERNÁNDEZ POLANÍA, con  radicado No. 11001-31-09-024-2025-00290-01,  ordenó lo siguiente:

« PRIMERO. – REVOCAR el fallo proferido el 30 de enero de 2026 por el Juzgado 24 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, mediante el cual se declaró improcedente la acción de tutela promovida por el ciudadano JONNATHAN FRANCISCO FERNÁNDEZ POLANÍA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO. – En su lugar, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al acceso a cargos públicos y al principio de mérito invocados por el ciudadano JONNATHAN FRANCISCO FERNÁNDEZ POLANÍA, de conformidad con las consideraciones precedentes. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a las personas que se inscribieron al cargo denominado PROFESIONAL DE GESTIÓN III, I-108-AP-11-(3), modalidad de ingreso del Concurso de Méritos FGN 2024.

Se informa que el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora VIVIANA ESPERANZA URIBE MEDINA identificada con la C.C. No. 63502190, mediante auto de fecha 22 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los demás integrantes de la lista de elegibles, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de UN (1) DÍA, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C.mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 20 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor Jarol Estibens Echeverry Giraldo, con  radicado No. 1100131090372026-00066 01,  ordenó lo siguiente:

« Primero. Confirmar el fallo impugnado. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a las personas que participan en el CONCURSO FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN 2024.

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE VILLAVICENCIO, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor KEVIN DAVID ARÉVALO CIFUENTES identificado con la C.C. No. 1010132137, mediante auto de fecha 22 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de a  quienes les asista interés en las resultas de este, a quienes ocupan el cargo en encargo y provisionalidad, y a los participantes que inscritos al concurso de méritos FGN 2024, cargo denominado  asistente de fiscal II – Código I-203-M-01-(679) de la Fiscalía General de la Nación superaron las pruebas escritas, para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: tutelas.csepmvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co

El JUZGADO SESENTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DECONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C. en fallo de Primera Instancia de fecha 22 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor DANIEL FERNANDO GÓMEZ GALLEGO con radicado 11001310906320260002800 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO frente a los derechos de petición y debido proceso, en lo que respecta al pronunciamiento de la Unión Temporal frente a la reclamación elevada por Daniel Fernando Gómez Gallego.

SEGUNDO: NEGAR el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y acceso a cargos públicos respecto al cambio de puntaje pretendido por Daniel Fernando Gómez Gallego por las razones expuestas en precedencia.

TERCERO: NOTIFICAR por Secretaría y a través del medio más expedito el contenido del presente fallo de conformidad con el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, indicando que el mismo puede ser impugnado dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-103-M-01-(597) el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO.

“El TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C.mediante FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, de fecha 14 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor RICARDO ANDRÉS ESPAÑA PERDOMO, con  radicado No. 110013187011202500248 01,  ordenó lo siguiente:

« Primero: CONFIRMAR el fallo del 8 de enero de 2026, proferido por el Juzgado 11 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá que declaró improcedente el amparo de los derechos invocados por RICARDO ANDRÉS ESPAÑA PERDOMO, contra la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre de Colombia (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a los aspirantes al cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Penales del Circuito Especializado.

“El JUZGADO 65 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., mediante FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, de fecha 15 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora GLORIA PATRICIA ARANGO TAYACK, con  radicado No. 11001310906520260015300,  ordenó lo siguiente:

«(…) SEGUNDO: DECLARAR LA IMPROCEDENCIA de la acción de tutela presentada por el señor GLORIA PATRICIA ARANGO TAYACK, ante la aparente transgresión de sus derechos fundamentales en que habría incurrido la Comisión Especial de Carrera de la FGN de la Universidad Libre de Colombia, acorde a las estimaciones efectuadas sobre el particular al interior de este proveído. (…)”.

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificarlo a todos los participantes en el concurso Resolución No. 0012 del 26 de febrero de 2026.

El JUZGADO CUARENTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en fallo de Primera Instancia de fecha 27 de febrero de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora CARMENZA CASTILLO ROJAS con radicado 2026-0070 ordenó lo siguiente:

“(…) ÚNICO: DECLARAR la improcedencia de la presente acción de tutela presentada por Carmenza Castillo Rojas contra la Fiscalía General de la Nación y la UT Convocatoria FGN2024.

Notifíquese este fallo de la forma más expedita posible, y envíese a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Contra este fallo, procede el recurso de IMPUGNACIÓN (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE A-105-M-09-(1) el cargo de PROFESIONAL EXPERTO.

TUTELA

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Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE PEREIRA – RISARALDA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la  señora María Jimena Arias Ochoa, identificada con la C.C. No. 1088237998, mediante auto de fecha 21 de abril de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los integrantes de la lista de elegibles resultantes del proceso de selección nro. FGN 2024 / FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS OPECE I-102-M-01 (419), que conforma la lista de elegibles conforme la Resolución nro. 00005 del 29 de enero de 2025, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co

Se informa que el JUZGADO DECIMO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora JOVANNA PATRICIA GARZÓN RAMÍREZ identificada con la C.C. No

 63366778, mediante auto de fecha 21 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de a a quienes les asista interés en las resultas de este, a quienes ocupan el cargo en encargo y provisionalidad, y a las personas que hacen parte de la lista de elegibles, para el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO, identificado con el

código OPECE I-102-M-01- (419), para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co

TUTELA

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ADMITE

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VINCULA

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TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO- SALA PENAL PARA ADOLECENTES, en conocimiento de la acción de Tutela  MARIA DEL MAR PORTILLA MONTENEGRO radicada bajo 2026-00012 profirió sentencia de fecha 15 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO. CONFIRMAR la improcedencia del fallo proferido el 16 de febrero de 2026 por el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Pasto (N), conforme la parte motiva de esta providencia.

TUTELA

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LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA- SALA DE CASACION PENAL, en conocimiento de la acción de Tutela ZULLY MARÍA SANDOVAL ÁLVAREZ, radicada bajo 76001220400020250194601 profirió sentencia de fecha 12 de marzo de 2026, en la que RESOLVIÓ:

 Primero. Confirmar la sentencia impugnada.

La SALA QUINTA DE DECISIÓN DE LA SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C en fallo de Segunda Instancia de fecha 20 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por la señora ANGÉLICA CAROLINA RINCÓN QUITIÁN con radicado 46-2026-10036-01 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: CONFIRMAR la Sentencia de Tutela de Primera Instancia, conforme la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes la presente decisión por el medio más expedito.

TERCERO: REMITIR el expediente a la Honorable CORTE CONSTITUCIONAL para efectos de su eventual revisión. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

El JUZGADO TREINTA Y TRES (33) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en fallo de Primera Instancia de fecha 15 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor SANTIAGO SUESCA ALARCÓN con radicado 2026-00058-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de amparo deprecada por SANTIAGO SUESCA ALARCÓN contra la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN-2024, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad y seguridad jurídica, conforme a las razones contenidas en la parte motiva de esta sentencia.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta decisión a las partes por el medio más expedito, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, haciéndoles saber que contra la misma procede impugnación en los términos del artículo 31 ibidem.

TERCERO: De no ser impugnado este fallo, REMÍTASE de manera inmediata el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, conforme a lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

Se informa que el JUZGADO OCTAVO (8) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D. C., en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora MISHELL DANIELA VILLAMIZAR FONTECHA, identificada con la C.C. No 1007331119, mediante auto de fecha 17 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a  los terceros con interés legítimo en el Proceso de Selección, en especial para el cargo denominado Asistente de Fiscal I, código I-204-M-01-(347), para que puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: jadmin08bta@notificacionesrj.gov.co

El JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO SUCRE en fallo de Primera Instancia de fecha 15 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor ANDRÉS DARIO RAMÍREZ PERCY con radicado 2026-1005100 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: DECLARAR LA IMPROCEDENCIA de la presente acción de tutela instaurada por el señor ANDRÉS DARIO RAMÍREZ PERCY en contra de LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y LA UNIVERSIDAD LIBRE, en razón a lo anotado en la parte motiva de este proveído.

SEGUNDO: Notifíquese el presente fallo a las partes por el medio más expedito.

TERCERO: Si esta sentencia no es impugnada, envíese dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-204-M-01-(347) el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I.

Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DOSQUEBRADAS – RISARALDA en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por el señor Mario Alberto Ramírez Mendoza, identificado con la C.C. No. 9870962, mediante auto de fecha 17 de abril de 2026, ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este trámite, a los INTEGRANTES DE LA LISTA DE ELEGIBLES PARA PROVEER EL CARGO FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS, para que si así  lo consideran,  puedan  intervenir dentro de la acción constitucional, otorgándoles un término de (DOS (02))  días, para que puedan remitir  sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: j01cctodosq@cendoj.ramajudicial.gov.co.

JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de Tutela  DEISY TATIANA PATIÑO SERNA radicada bajo 2026-00060x profirió sentencia de fecha 16 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la pretensión de amparo invocadapor DEISY TATIANA PATIÑO SERNA, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024-FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con la vinculación de la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL-FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD LIBRE, por las razones expuestas en la parte motiva.

JUZGADO 28 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÀ, en conocimiento de la acción de Tutela INDIRA ZALIMA SGUERRA CASTAÑEDA radicada bajo 2026-00004 profirió sentencia de fecha 17 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: DECLARAR la improcedencia del amparo invocado por la señora Indira Zalima Sguerra Castañeda. Ello ante el incumplimiento del requisito de subsidiariedad y, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la decisión.

SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes de la presente acción a través del medio más expedito posible, haciéndoles saber que puede ser impugnado dentro de los tres (03) días siguientes a su notificación de conformidad con el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991.

TERCERO: ORDENAR a la UT Convocatoria FGN 2024 para que, en el marco de sus competencias publique la presente providencia en la plataforma SIDCA 3, notificando de esta manera a todos los aspirantes al cargo denominado Profesional Experto I-105-M-02-(1).

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE, en conocimiento de la acción de Tutela ZAMIR MOLINA PIDACHE radicada bajo 2026-00009 profirió sentencia de fecha 16 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: Declarar la carencia actual de objeto por hecho superado, por

las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

El JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CALARCÁ en fallo de Primera Instancia de fecha 16 de abril de 2026, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA interpuesta por el señor ORIANA SILVA MORENO con radicado 631303187001-2026-00060-00 ordenó lo siguiente:

“(…) PRIMERO: NEGAR la tutela presentada por la señora ORIANA SILVA MORENO, identificada con cédula de ciudanía No. 1.094.924.227, por las razones indicadas en la parte motiva. (…).”

Por lo anterior, se publica el citado fallo de tutela, con el fin de notificar a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024 en la OPECE I-103-M-01-(597)el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO.

Se informa que el JUZGADO TRECE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela Radicado No.: -2026-00064-00 presentada por VIVIANA MARTINEZ SOLER, ordena publicarla acción constitucional, con el propósito de los participantes inscritos en el empleo denominado FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS, identificado con el código OPECE I-102-M-01-(419), modalidad de INGRESO del Concurso de Méritos FGN 2024, para que, si lo consideran pertinente, expresen su interés dentro del término ordenado en este trámite constitucional, remitiendo sus escritos a la dirección electrónica que se muestra a continuación   j13pcbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de Tutela JEISSON DAVID DE PIÑERES RANGEL  radicada bajo 2026-00019 profirió sentencia de fecha 14 de abril de 2026, en el que RESOLVIÓ:

PRIMERO: CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Santa Marta, el 16 de febrero del corriente, dentro del trámite de tutela incoado por Jeisson David De Piñeres Rangel contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – UT FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación, al que fueron vinculados la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía encartada, el Coordinador General del respectivo concurso de méritos,  las Universidades Libre y del Magdalena, el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto, y los aspirantes al cargo de Asistente de Fiscal II, identificado con el código -203-3-M-01-(679), de conformidad con lo indicado en las líneas considerativas.

Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MANIZALES, en conocimiento de la acción de tutela, interpuesta por la señora MÓNICA DEL ROCÍO HERNÁNDEZ CEBALLOS, identificada con la C.C. No 1085925762, mediante auto de fecha 16 de abril de 2026 ordena publicar el auto admisorio y el escrito de tutela, con el propósito de darles a conocer la existencia de este a los aspirantes del cargo de ASISTENTE DE FISCAL I, código I-204-M-01-(347), para que si así lo consideran, puedan intervenir dentro de la acción constitucional en un término de DOS (2) DÍAS, los cuales, pueden remitir sus escritos al correo electrónico del Despacho Judicial: samai@notificacionesrj.gov.co

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